sábado, 14 de abril de 2007

Ventajas Fiscales Vivienda II. Kidetza

ECONOMIA-DIARIO VASCO 20/12/2006

La Federación de padres separados solicita ventajas fiscales para el alquiler de vivienda
Reclaman que la nueva reforma del IRPF incremente las deducciones por hijos. Proponen que ascienda del 15% al 25% la deducción por pensión alimenticia.
PILAR ARANGUREN
Isabel Gil, Arantza Bergara y Julia Rodríguez Bárcena, portavoces de Kidetza. [FRAILE]

SAN SEBASTIÁN. DV. La Federación de Euskadi de Madres y Padres Separados, Kidetza, reclamó ayer que se favorezca fiscalmente el alquiler y la compra de viviendas a las personas separadas y divorciadas, un colectivo que va creciendo año a año.

De hecho, en 2005 se registraron 6.062 separaciones y divorcios en el País Vasco, un 20% más que en el ejercicio anterior.
El de la vivienda es el problema más lacerante para los separados y divorciados, según recordó ayer Arantza Bergara, miembro de la Junta de Kidetza, que compareció en San Sebastián junto con Isabel Gil, abogado y mediadora familiar, y Julia Rodríguez Bárcena, psiquiatra.

Las tres portavoces de Agipase, la asociación guipuzcoana que integra junto con la vizcaína Abipase y la alavesa Amapase la Federación de Euskadi, ofrecieron una rueda de prensa para dar a conocer una serie de propuestas al proyecto de norma foral de IRPF, que en el caso guipuzcoano se debatirá hoy en las Juntas Generales.

Arantza Bergara explicó que la situación de acceso a una vivienda de alquiler o en régimen de propiedad para la mayor parte de las personas separadas o divorciadas es «tremendamente penosa». Señaló que en un 80% de los casos el progenitor no custodio no tiene un lugar adecuado propio donde alojarse y convivir con sus hijos.
Además, apuntó que en el 52% de los casos además está pagando la mitad del crédito hipotecario de la vivienda conyugal, por lo que reclaman que se incentive fiscalmente a este colectivo, sobre todo, el alquiler de una vivienda.

Así, piden que este colectivo tenga la misma consideración fiscal a la hora de acceder a una vivienda que las familias numerosas o los menores de 35 años.
Otra de las medidas que reclaman es incrementar del 15% al 25% la deducción por pensión alimenticia, sin fijar límites, para «reparar la discriminación comparativa con otros colectivos y con el resto del Estado».

En este sentido, explican que la pensión de alimentos a los hijos son unos ingresos no sujetos a tributación para el progenitor custodio que los administra, pero que al progenitor no custodio se le computan fiscalmente como ingresos y apenas le desgravan. Añaden que en el resto del Estado se les computan como ingreso, pero también como gasto.

DECLARACIÓN CONJUNTA
Kidetza también reclama que se suban los tramos de deducciones por hijos, incluidos a los que tengan uno y dos descendientes, que son el 80% de las familias vascas, con el objetivo de «ir equiparando los apoyos a las familias de la CAV a los países europeos».
Así, piden que se deduza 600 euros por el primero, 700 por el segundo, 1.100 por el tercero, 1.200 por el cuarto y 1.600 por el quinto y cada uno de los sucesivos.

Asimismo, piden que se suba el tramo de edad para poder realizar declaración conjunta con los hijos de los 18 años actuales a los 23. De ese modo se recogería una realidad social, ya que dicen que la mayor parte de los hijos dependen económicamente de sus padres aproximadamente hasta esa edad. Consideran que del mismo modo que en la legislación de familia se prorroga la pensión alimenticia hasta la independencia económica de los hijos, el sistema fiscal debería reconocer también dicha situación.

Guarda y Custodia Compartida
Finalmente, solicitan que se reconozca fiscalmente la nueva situación legal de la guardia y custodia compartida. Ante la laguna del actual proyecto de norma de esta situación legal proponen que los hijos puedan realizar declaración conjunta de forma alternativa cada año con cada uno de los progenitores.

Novedades normativas adoptadas por Etxebide hacia el colectivo de personas separadas y divorciadas y sobre renuncias
Vitoria-Gasteiz, 27/03/07

Se trata de dos grupos de medidas normativas:

a)Personas separadas y divorciadas

El Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales ha pretendido adaptar la normativa de VPO a las nuevas circunstancias que se producen como consecuencia de separaciones o divorcios, que se han duplicado desde el año 2001, pasando de 2.000 anuales a más de 4.000. Se trata de situaciones complejas, ligadas a menudo a la asignación de la custodia y la vivienda.

Ø Las modificaciones introducidas permiten ya que el excónyuge que debe abandonar el domicilio conyugal pueda participar en los sorteos de forma inmediata, y no transcurridos dos años, como estipulaba la normativa anterior.

Ø En el caso de venta de la vivienda, también podrán participar en los sorteos los dos excónyuges siempre que el neto que obtengan por la venta -una vez descontada la hipoteca y los gastos notariales- no supere los 75.000 euros.

Ø Se incorpora a las personas divorciadas y separadas en el cupo social para viviendas en alquiler, en el que tienen también cabida las familias monoparentales o las mujeres que han sufrido maltrato. Es un cupo que tiene una probabilidad mayor en los sorteos.

Ø Las personas separadas o divorciadas inscritas en el Registro de Etxebide que tengan custodia compartida podrán hacer constar como unidad convivencial a dichos hijos en ambas solicitudes.

Ø En el caso de custodia no compartida, los hijos formarán parte de la unidad convivencial del ex cónyuge custodio.

Ø El ex cónyuge no custodio podrá solicitar que se tenga en cuenta a dichos hijos a los efectos de las dimensiones o número de habitaciones de la futura vivienda.


Finalmente, se tendrán en cuenta las situaciones derivadas del cálculo de ingresos para acceder a los sorteos, derivado de las pensiones compensatorias:

El mecanismo será el siguiente:

i. El exconyuge que tiene la obligación de pagar la pensión compensatoria debe probar documentalmente que la está pagando; en este caso se minora de sus ingresos a efectos de Etxebide (lo que le puede permitir no superar los ingresos máximos de compra –vg. 33.000 de VPO-o de ciertos tipos de alquiler –vg. los 21.000 euros de Bizigune o de VS-).

ii. Sin prueba documental de pago no se minora esa cantidad.

iii. Al exconyuge que recibe la pensión compensatoria, en caso de estar inscrito en Etxebide, se le suman los ingresos a efectos de Etxebide

El objetivo principal de estas medidas es ajustar la normativa a las necesidades cambiantes de la demanda. El objetivo específico es consolidar el cupo de alquiler para situaciones de emergencia social.

Algunas de estas medidas ya han entrado en vigor. La última estará vigente en junio de 2007.


b)Renuncias

Etxebide pasa de un modelo según el cual era preciso incurrir en dos renuncias para ser excluido de los sorteos durante un plazo de dos años, a la introducción de los siguientes supuestos:

· Dos renuncias expresas a adjudicaciones de cualquiera de los programas de Etxebide supone la exclusión automática del registro durante dos años. Por esta vía se ha dado de baja a 163 personas en los tres Territorios desde 2003.
· Una renuncia tácita por no haber sido posible localizar a la persona demandante cuando ha sido adjudicataria de una vivienda, también será motivo de exclusión. Es obligación de los/las demandantes tener actualizada la información de dirección postal y teléfono.
· Una renuncia expresa a uno de los programas de Etxebide producirá la exclusión inmediata de dicho programa.

El objetivo principal de estas medidas es ajustar la normativa a las necesidades cambiantes de la demanda. El objetivo específico es evitar un gasto administrativo que no deben costear las personas que tienen en Etxebide una opción primera y urgente.

No hay comentarios: