Mostrando entradas con la etiqueta Custodia Compartida en el Mundo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Custodia Compartida en el Mundo. Mostrar todas las entradas

sábado, 1 de noviembre de 2025

Otros Medios: humanium, asianews,
Japón introducirá el sistema de custodia compartida de los hijos en abril de 2026
nippon news,Tokio, 31 de octubre 2025(Jiji Press)—
El Gobierno de Japón aprobó el viernes una ordenanza para poner en vigor la revisión del Código Civil, que incluye la introducción de un nuevo sistema de custodia compartida para padres divorciados, a partir del 1 de abril del próximo año.
Ese mismo día también se implementará un sistema legal de pensión alimenticia que establece pagos fijos obligatorios en los casos en que no exista un acuerdo de manutención en el momento del divorcio.

Los nuevos sistemas tienen como objetivo garantizar una mayor estabilidad en la vida de los hijos tras el divorcio de sus padres.
Los progenitores podrán elegir entre custodia compartida o exclusiva. Si no logran llegar a un acuerdo, la decisión quedará en manos de un tribunal de familia, que concederá la custodia exclusiva en los casos en que exista sospecha de violencia en el hogar o abuso.

El sistema de custodia compartida exigirá el consentimiento de ambos padres para decisiones importantes relacionadas con los hijos, como la matriculación escolar o un cambio de residencia.

sábado, 18 de mayo de 2024

Japón aprueba la custodia compartida en 77 años

REDACCIÓN/ EFE, Tokyo, 17 Mayo 2024 
Japón aprobó este viernes la introducción de la custodia compartida tras el divorcio en la que marca la 1ª reforma legal en lo que a autoridad parental se refiere en 77 años, una revisión controvertida que supondrá la adopción en el país de una práctica ya extendida en otras potencias.
La custodia compartida, que entrará en vigor en 2026, 2 años después de la aprobación de la normativa, se sumará a la custodia exclusiva existente en el Código Civil japonés actual, donde un tribunal de familia decide la custodia única de uno de los padres tras el divorcio, alimentando el drama de los secuestros parentales.

La enmienda permitirá a los padres escoger entre la custodia exclusiva o la compartida, pero si hay una disputa, intervendrá un tribunal de familia y decidirá sobre las disposiciones de custodia.

La ley se aplicará retroactivamente a los ya divorciados.
Unos 160.000 menores en Japón experimentaron el divorcio de sus progenitores en 2022, el doble que en 1950, según cifras oficiales.
Quienes pedían la introducción de la enmienda defienden que con ella será más sencillo que ambos padres participen en la crianza de los hijos y que tal supuesto pondrá a Japón en línea con otras naciones donde existen leyes similares. 
Sus detractores sostienen que dificultará la protección de víctimas de violencia doméstica.

Las víctimas de estos abusos temen que el nuevo sistema les impida romper los vínculos con sus agresores, pues mantendrían conexiones con sus excónyuges a través de sus hijos comunes, o que no puedan negociar la custodia compartida o única en igualdad de condiciones.

La reforma legal contempla que ante la confirmación o sospecha de violencia doméstica o abusos por parte de uno de los progenitores, el otro tendrá la custodia exclusiva del menor.
La reforma incluye la adopción de medidas contra el impago de la manutención de los hijos, que obligará a los padres a realizar pagos mínimos incluso si no se llega a un acuerdo en caso de divorcio.

El nuevo sistema se revisará 5 años después de entrar en vigor.
Antes de la revisión, Japón era el único país del G7 que carecía de un sistema legal de custodia compartida.
El país asiático ha sido objeto de duras críticas por su sistema de custodia exclusiva, que plantea desafíos extra para los nacionales no nipones que buscan mantener una relación con sus hijos cuando sus parejas japonesas regresan al archipiélago tras el divorcio, en ocasiones llevándose al menor y ocultando su paradero.

Japón suscribió en 2014 el Convenio de La Haya sobre la Sustracción Internacional de Menores, pero incluso tras ello, los casos de progenitores japoneses que llevan a sus hijos de vuelta a Japón sin el consentimiento de la otra parte seguía siendo un problema con casos de importante perfil mediático en años recientes.
Entre los afectados por estas sustracciones existe la opinión de que este mecanismo de búsqueda de consenso hace que la legislación sea inútil en la práctica, ya que no ofrece una solución real para divorcios conflictivos, los que requieren realmente mediación.

miércoles, 31 de enero de 2024

Japón: Proyecto de ley sobre la Custodia Compartida

El Gobierno de Japón presentará un proyecto de ley conjunto sobre la custodia compartida.
Nippon, Tokio, 30 de enero 24 (Jiji Press)—El Gobierno de Japón planea presentar un proyecto de ley durante la actual sesión ordinaria de la Dieta, el parlamento del país, para revisar el Código Civil con el fin de permitir que los padres divorciados compartan la custodia de sus hijos.

El martes, el subcomité para la ley de familia en el Consejo Legislativo, que asesora al ministro de Justicia, aprobó un borrador para el proyecto de ley que se espera sea aprobado en una reunión general del consejo a mediados de febrero y más tarde presentada al ministro de Justicia Koizumi Ryūji.
Según el Ministerio de Justicia, 3 de los 21 miembros del subcomité votaron en contra del borrador, pero este fue finalmente adoptado por el voto de una mayoría.

En la actualidad, en Japón solo se le otorga la custodia de los hijos a uno de los padres tras el divorcio.
El borrador del proyecto de ley propone una nueva disposición que obligue a ambos progenitores a mostrarse respeto y a que las negociaciones para el divorcio determinen si uno de ellos o ambos ejercerá la autoridad parental.

martes, 14 de noviembre de 2023

El divorcio en Emiratos Arabes para extranjeros

Todo lo que debe saber del divorcio para no musulmanes en Emiratos Árabes.
Es esencial tener en cuenta que los asuntos de custodia quedan a discreción del tribunal.
Mª Lorenza Cremaschi, 13 NOVIEMBRE 2023, 
El paso inicial de un divorcio en Emiratos Árabes Unidos consiste en registrar el caso a través de cualquiera de las partes en la Sección de Orientación Familiar del departamento judicial correspondiente en uno de los emiratos. Un conciliador designado por el tribunal intentará facilitar la reconciliación entre las partes que se divorcian.

Este proceso conciliatorio es un componente obligatorio de los procedimientos de divorcio en EAU. Durante esta fase, se permite a las partes expresar sus preocupaciones sobre el matrimonio sin la presencia de sus respectivos representantes legales.
En los casos de divorcios amistosos, la resolución puede alcanzarse en esta fase. Las partes implicadas deben redactar en colaboración un acuerdo basado en el entendimiento mutuo y firmarlo en presencia del conciliador.

Si una o ambas partes siguen decididas sobre el divorcio, el conciliador emitirá una carta de remisión al demandante, permitiéndole proceder ante el tribunal para finalizar su caso de divorcio. Esta carta de remisión puede presentarse ante el tribunal en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de emisión. 
Una vez en el tribunal, los detalles del caso de divorcio están sujetos a la discreción del tribunal, y cada parte está obligada a presentar pruebas en apoyo de sus reclamaciones contra el otro y en su propia defensa.

Los expatriados no musulmanes residentes en EAU tienen la opción de iniciar un procedimiento de divorcio en su país de origen o en EAU. 
Si las partes implicadas desean que se aplique el marco jurídico de su país de origen, pueden presentar una solicitud formal al tribunal.

Según el art. 1 de la Ley Federal nº 28 de 2005 relativa a los Asuntos Personales, esta ley se aplica en general a los ciudadanos de Emiratos Árabes, salvo cuando los no musulmanes de la comunidad o la confesión tengan disposiciones específicas que se les apliquen. Esta ley también se extiende a los no ciudadanos, a menos que una de las partes implicadas solicite la aplicación de su propio ordenamiento jurídico.

En los casos en que los aspectos relevantes del procedimiento de divorcio no estén contemplados en el ordenamiento jurídico del país de origen, los tribunales de EAU tienen la facultad discrecional de aplicar la ley emiratí. Además, cabe señalar que la ley de la nacionalidad del marido en el momento del matrimonio dicta las consecuencias personales y patrimoniales derivadas del matrimonio.

Custodia de los hijos
De conformidad con la Ley Federal No. 28 de 2005 de Asuntos Personales, la función de custodia de un hijo se designa a la madre biológica, mientras que el padre asume la posición de tutor. 
La custodia implica principalmente el cuidado diario del niño, que se suele conceder a la madre, sin menoscabo del derecho del padre a la tutela.
La responsabilidad económica del menor recae en el padre, cubriendo aspectos como el alojamiento, la alimentación, la atención médica, la educación y otras necesidades esenciales. La custodia y la tutela son responsabilidades distintas en EAU, con un reparto desigual entre los progenitores.

Los tribunales priorizan sistemáticamente el interés superior del menor. A menos que las circunstancias dicten lo contrario, la madre conserva la custodia física, bajo la supervisión del padre como tutor. Según el art. 156 de la Ley Federal No. 28 de 2005 de Asuntos Personales, la custodia de la madre cesa cuando el hijo cumple 11 años y la hija 13. Posteriormente, el padre, como tutor, puede reclamar la custodia.

Los art. 143 y 144 de la ley especifican los criterios que debe cumplir el tutor, exigiéndole que sea racional; maduro, honesto, capaz de educar al niño; no padecer enfermedades infecciosas; y no haber sido condenado por delitos contra el honor.

Si el custodio es la madre, no debe volver a casarse a menos que el tribunal lo considere en el interés superior del niño y debe compartir la misma religión que el niño. Si el custodio es el padre, debe tener una mujer adecuada en su casa para cuidar del niño y compartir la misma religión que el niño.

La madre puede solicitar una prórroga del periodo de custodia hasta que su hijo finalice los estudios o su hija se case. 
Para apoyar esta petición, debe demostrar su influencia positiva en los hijos, como demuestran los informes de rendimiento escolar y un historial médico sólido.
El padre puede pedir la custodia si cree que el niño está desarrollando rasgos indeseables con la madre y desea una educación más responsable. En ambos casos, el juez decidirá.

Prohibición de viajar
Viajar con el menor requiere que el custodio obtenga la aprobación del tutor del menor y, a la inversa, el tutor necesita el consentimiento del custodio. Llevarse al niño sin el consentimiento del otro progenitor puede considerarse sustracción de menores, lo que puede acarrear graves repercusiones legales para el progenitor infractor. En caso de preocupación, cualquiera de los progenitores puede conseguir que se prohíba viajar al menor, impidiéndole salir del aeropuerto. Las disputas sobre estos asuntos pueden elevarse a una autoridad judicial para su resolución.

Abu Dhabi
El emirato de Abu Dhabi tiene sus propias leyes que se aplican a los divorcios no musulmanes, la Ley de Abu Dhabi nº 14 de 2021 (Ley de Abu Dhabi). En virtud de la Ley de Abu Dhabi, el tribunal será competente en las siguientes circunstancias: 
* cuando ambos expatriados residan o tengan una dirección de trabajo actual o anterior en Abu Dhabi; 
* el tribunal de Abu Dhabi puede asumir la competencia aunque el demandado no trabaje ni tenga un domicilio en Abu Dhabi, si el matrimonio civil se celebró en Abu Dhabi;
* si el demandado tiene una dirección elegida en Abu Dhabi o si el demandante tiene trabajo o domicilio en Abu Dhabi;
* si el hijo reside en Abu Dhabi; 
* o si el demandante tiene su domicilio en Abu Dhabi y se desconoce el domicilio del demandado.

Si el tribunal de Abu Dhabi es competente, puede aplicar la Ley de Abu Dhabi en los siguientes supuestos:
* en el caso de residentes no musulmanes, 
* en el caso de matrimonio y divorcio celebrados en virtud de esta Ley de Abu Dhabi, * en el caso en que el expatriado no musulmán tenga un visado de residencia en el pasaporte de un país que no aplique los principios de la sharia, o
* en caso de que el matrimonio se haya celebrado en un país que no aplique los principios de la sharia en materia de familia.

Según esta ley, un matrimonio civil denota una unión duradera entre un hombre y una mujer extranjeros no musulmanes. Por consiguiente, para que la ley se aplique a un matrimonio válido, ambos cónyuges deben ser no musulmanes. Para contraer matrimonio civil, los cónyuges deben expresar su consentimiento rellenando un formulario de declaración en presencia de un juez que lo valide, y deben tener al menos 18 años. La ley no estipula el régimen económico específico que rige el matrimonio a falta de mutuo acuerdo entre las partes. Simplemente afirma que ambos cónyuges pueden acordar mutuamente los términos del contrato, teniendo en cuenta los derechos señalados para cada cónyuge durante el matrimonio y después del divorcio. En Abu Dhabi, las parejas no musulmanas pueden ahora casarse de mutuo acuerdo, eliminando el anterior requisito de autorización del tutor de la esposa, como se exigía en los matrimonios islámicos. 
La nueva ley para los no musulmanes establece la prueba de la paternidad mediante el matrimonio o el reconocimiento de la paternidad.

Unilateral o conjuntamente, las parejas pueden poner fin a su contrato matrimonial mediante el divorcio, y no se exige prueba de daño o culpa en un divorcio de extranjero no musulmán según la Ley de Abu Dhabi. El único requisito es que uno de los cónyuges manifieste ante el tribunal su deseo de separación y de fin de la sociedad conyugal. Los divorcios musulmanes y no musulmanes difieren mucho en cuanto al proceso. Los divorcios extranjeros en los que intervienen no musulmanes prescinden del Comité de Orientación Familiar, que sí debe intervenir en los divorcios musulmanes. Si el tribunal aplica la Ley de Abu Dhabi, el divorcio podría concederse a cualquiera de las partes sobre la base de un divorcio sin culpa en la primera vista judicial, en la que ninguna de las partes está obligada a alegar motivo alguno para el divorcio. La 1ª vista está prevista 30 días después de la fecha de presentación de la demanda. Este plazo de 1 mes a partir de la fecha de presentación se concede a efectos de reconsideración.

Tras la finalización del procedimiento de divorcio, la esposa puede solicitar una pensión alimenticia. Varios factores entran en juego a la hora de decidir sobre esta solicitud, incluyendo la duración del matrimonio, la edad de la esposa y las circunstancias financieras de ambas partes implicadas en el divorcio. 
El juez puede considerar en qué medida el marido contribuyó al divorcio, lo que implica que si las acciones, negligencia o errores del marido condujeron al divorcio, se le puede exigir que proporcione más apoyo financiero a su ex esposa. 
El tribunal, tras el divorcio, está facultado para designar a un experto financiero que evalúe la cuantía de la suma a tanto alzado, teniendo en cuenta factores específicos como la duración del matrimonio, la culpa de las partes, el daño moral y económico, la pérdida de oportunidades, la posición económica y social de ambas partes, los niveles educativos, las restricciones al empleo de la esposa, el nivel de vida, la contribución al patrimonio, las condiciones médicas, la futura capacidad laboral, la situación económica de la esposa, el número de hijos y la disparidad de ingresos entre los cónyuges.

Al evaluar la pensión alimenticia, un perito financiero designado por el tribunal puede considerar un mínimo del 25% del último salario multiplicado por los años de matrimonio o un porcentaje del valor de mercado de los bienes del marido, incluidos inmuebles, acciones y participaciones en empresas.
El experto también puede tener en cuenta los bienes de propiedad conjunta, y el tribunal puede ordenar al marido que efectúe los pagos a tanto alzado o a plazos para garantizar la asequibilidad.

Según la ley, la custodia compartida es obligatoria para los hijos hasta que cumplen 16 años. A partir de ese momento, los hijos tienen derecho a elegir entre sus progenitores. El art. 33 de la Ley de Abu Dhabi permite a los progenitores poner fin individualmente a la custodia compartida si el hijo tiene 12 años o más y desea separarse de uno de los progenitores. Entre los motivos para rescindirla figuran los entornos inadecuados, la violencia, las necesidades especiales de atención médica, los problemas psicológicos, la incapacidad para cuidar del niño, la adicción, el matrimonio o la creencia de que el otro progenitor padece una enfermedad que afecta al cuidado del niño.

Es esencial tener en cuenta que los asuntos de custodia quedan a discreción del tribunal y que las condiciones enumeradas no son exhaustivas. 
El tribunal da prioridad al interés superior del menor, y el cese de la custodia compartida es una medida extrema.
En caso de disputas, el tribunal aborda conflictos específicos sin poner fin a la custodia compartida. Pueden imponerse multas y deducciones en la duración de la custodia a los custodios que no respeten el acuerdo de custodia. Durante la custodia compartida, ambos progenitores pueden solicitar la prohibición de viajar con el menor si consideran que existe riesgo de fuga, sujeto a la potestad discrecional del tribunal, que impide a un custodio conjunto viajar solo con el menor sin el consentimiento del otro custodio o la aprobación del tribunal.

miércoles, 19 de abril de 2023

Un panel japones debatirá sobre la introducción de la custodia compartida

Nippon News/
Jiji Press,Tokio,19/04/2023
Un panel del Gobierno de Japón acordó el martes deliberar sobre la introducción de un sistema de custodia compartida a través del que los progenitores divorciados puedan compartir la crianza de los hijos.

El subcomité de la ley de familia del Consejo Legislativo, que asesora al ministro de Justicia, celebró una reunión a puerta cerrada ese mismo día. Fuentes conocedoras de la cuestión informaron que varios de sus miembros opinaron que es necesario revisar la ley actual, que prohíbe a los padres divorciados compartir la custodia de sus hijos sin excepciones.

En noviembre del año pasado, el subcomité elaboró un informe provisional en el que enumeraba propuestas para introducir un sistema de custodia compartida y para mantener el actual sistema que otorga la custodia solo a uno de los padres después del divorcio.

El panel, que asume que la custodia compartida debe permitirse si se cuenta con el consentimiento de ambos progenitores, estudiará en adelante un sistema en el que se pueda elegir entre ese tipo de custodia o la individual después del divorcio.

En la reunión de ese mismo día, algunos miembros del panel manifestaron que continúan teniendo dudas respecto al sistema de custodia compartida, ya que podría facilitar que continuara la violencia intrafamiliar después del divorcio.

sábado, 25 de marzo de 2023

Australia pide a Japón que adopte la custodia compartida

Jiji Press, 
Sídney, 23  marzo 2023
Australia pidió a Japón que adopte un sistema de custodia compartida mediante el que los padres divorciados puedan contribuir juntos al cuidado de sus hijos. Esta petición llega como respuesta a una serie de secuestros parentales internacionales.

El Gobierno de Australia presentó una opinión escrita al Ministerio de Justicia japonés en la que demanda una revisión del Código Civil que facilite a uno de los progenitores reunirse con su hijo cuando este vive en Japón bajo la custodia del otro progenitor.
El Código Civil japonés otorga la custodia solo a uno de los padres después del divorcio. Esto es considerado como uno de los motivos para el secuestro parental en casos que afectan a australianos con exparejas japonesas.

De acuerdo con el diario The Sydney Morning Herald, desde 2004 al menos 82 menores han sido secuestrados por sus progenitores japoneses después que estos rompieran con su pareja australiana.
Japón se unió al Convenio de La Haya sobre el Secuestro Internacional de Menores en 2014, que estipula que la disputa por la custodia debe resolverse después de que los menores regresen a sus países originales de residencia.

viernes, 18 de noviembre de 2022

Japón y la Guarda y Custodia Compartida

Tokio analiza otorgar la custodia compartida de los hijos tras el divorcio.
Una comisión del Ministerio de Justicia propone modificar el Código Civil para evitar que se prive a un progenitor de toda responsabilidad tras el fin del matrimonio. Es un tema que afecta a miles de familias, en un país donde las últimas cifras revelan 193.000 separaciones al año.

Guido Alberto Casanova, Tokio (AsiaNews), 17.11.22
Japón podría adoptar pronto una nueva ley de custodia compartida de los hijos en caso de separación de los progenitores. Una comisión del Ministerio de Justicia de Tokio propone una serie de opciones viables para modificar el código civil japonés, que actualmente no contempla la posibilidad de compartir la patria potestad tras el divorcio.

Aunque las parejas casadas ejercen conjuntamente la patria potestad, la ley de custodia estipula que sólo 1 de los 2 progenitores tiene autoridad para ocuparse de los hijos, actuar como su representante legal, administrar sus bienes y tomar todas las decisiones cotidianas en materia de salud y educación. Este sistema ha sido criticado porque privaría a uno de los progenitores de la responsabilidad de participar en la crianza de los hijos, pero algunas organizaciones de protección de las madres divorciadas se oponen a la revisión porque correría el riesgo de perpetuar las situaciones de violencia doméstica incluso después de la separación.

Es una cuestión que toca la vida de cientos de miles de familias en Japón: las últimas cifras indican que en 2020 se divorciaron 193.000 parejas, cerca de 1/3 de las que se casaron ese mismo año.

En el último período el país asiste a un creciente debate sobre la cuestión de la custodia parental, luego de que una noticia trascendiera a nivel nacional. El año pasado, poco antes del comienzo de los Juegos Olímpicos de Tokio, un ciudadano francés que estaba casado con una japonesa inició una huelga de hambre para protestar porque su ex mujer le impedía ver a sus hijos. La mujer habría desaparecido en 2018, llevándose a los 2 niños, acusando a su exmarido de abusos y maltratos domésticos. En julio, una sentencia judicial reconoció el derecho de custodia de la madre, que podrá seguir criando sola a sus hijos, pero rechazó las acusaciones de violencia doméstica. 
Por lo tanto, el juez dictaminó que el padre debía poder ver a los niños.

La propuesta de reforma presentada por el ministerio contempla varias opciones para introducir la custodia compartida, de modo que no queda claro cómo funcionaría en la práctica. Las hipótesis son: 
a.- hacer de la custodia compartida la norma, 
b.- mantener la legislación actual -custodia única- pero permitir la custodia compartida como excepción, 
c.- o establecer un régimen de custodia en el que se decide caso por caso.

Sin embargo, aún en el caso de la custodia compartida, es posible que uno de los progenitores conserve mayor autoridad para tomar decisiones en la vida de los hijos. Sin duda, la nueva ley mejorará la situación actual respecto a los derechos de visita y las obligaciones de alimentos. 
En ausencia de prescripciones legales existentes sobre esta cuestión, la propuesta del ministerio sugiere que se haga obligatorio que los padres discutan y acuerden estas cuestiones en el momento del divorcio. 
El Ministerio de Justicia ha solicitado a la población que haga llegar sus comentarios sobre las propuestas de reforma antes de finales de diciembre. Se espera que el debate en el Parlamento tenga lugar a principios del próximo año.

domingo, 12 de diciembre de 2021

Un español provoca que los Emiratos Árabes Unidos aprueben una Ley de Familia para no musulmanes con custodia compartida

Carlos Berbell, 12/12/2021 
Se llama Borja Brañanova, tiene 48 años, es asturiano, ingeniero de minas de formación y un alto ejecutivo de gestión de negocios de una multinacional alemana que hace 17 años lo desplazó a Dubai, una ciudad estado que forma parte de la monarquía federal que componen los 7 Emiratos Árabes Unidos (EAU) del Golfo Pérsico.
Brañanova es padre de 2 niños, Sebastián, de 7 años, y Olaya, de 5 años, nacidos en Dubai, con los que ha podido viajar a España por 1ª vez, desde 2015, siendo conscientes. De su viaje anterior, siendo el niño muy pequeño y la niña bebé, ninguno tiene recuerdos. Este es un viaje muy especial, al calor de una nueva ley que tiene su origen en su caso personal.
Es la Ley de Familia para no musulmanes, que entró en vigor el pasado mes de noviembre, según anunció el subsecretario del Departamento de Justicia, Youssef Saeed Al Abri.
La población total de los EAU es de 10.066.791 habitantes. Solo el 11,5 % son emiritíes, locales; 1.157.681 personas. El 88,5 % restante, 8.909.110 personas, son trabajadores extranjeros. 
Mayormente surasiáticos, que suman el 59,4 % (indios, un 38,2 %; blangladesíes, el 9,5 %; pakistaníes, el 9,4 %; y otros, el 2,3 %); egipcios, el 10,2 %; filipinos, el 6,1 %; y otros, el 12,8 %.
Entre estos últimos otros se encuentran el español Borja Brañanova y su exesposa, la sudafricana de origen afrikaner Claudia, de 36 años, quien solicitó el divorcio de su entonces marido en 2016.
Hasta ese momento, en los EAU cuando llegaban casos como estos, tanto a los locales como a los extranjeros, se aplicaba la sharia o ley islámica que, traducida a la realidad, la mujer se queda con todo: los hijos, la casa y la manutención. El hombre sin nada y sin poder ver a sus hijos porque la guarda y custodia es de la madre.
«Lo normal en Dubai y en los Emiratos Árabes Unidos en estos casos era que el hombre pagara lo que tuviera que pagar, hiciera otra familia y pasara página, sin volver a tener relación con sus hijos. Porque los hombres siempre pierden y las mujeres siempre ganan. Allí los abogados no cobran a las mujeres porque se llevan un porcentaje de lo que sacan para sus clientes», explica Brañanova.
«Eso sí, cuando el hijo varón cumple los 10 u 11 años, esa guarda y custodia pasa al padre. La hija se queda con la madre hasta que se casa. La ley islámica se aplicaba a todos. Tanto a los emiratíes, que son todos millonarios, y se pueden permitir tener 1, 2 y 3 familias –la poligamia cada vez es menor– y a los extranjeros, que no lo somos», añade.
Ahí empezó su cruzada.
Su hijo tenía 2 años y su hija meses. «Se me partía el alma cuando pensaba que no volvería a verlos», recuerda Brañanova.
Claudia, a la que había conocido en 2004, poco después de llegar a Dubai, cuando trabajaba en la hostelería local, con la que había convivido como pareja de hecho durante 7 años, y con la que se casó en 2013, contrató a una abogada de la élite, casada con un multimillonario, que exigió para su clienta el equivalente a 10 millones de dólares. Una cifra que emergió tras cuantificar la pensión solicitada, la vivienda, los viajes a Sudáfrica…
Como si fuera un multimillonario o un futbolista de élite. No tenía sentido.
EL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL, BASE LEGAL DE LA DISPUTA
Brañanova, sin embargo, tuvo suerte. Un reputado abogado de familia de Dubai, Mukhtar Al Gharib, quien asumió su caso, aclaró que, de acuerdo con el art. 1 de la Ley Federal nº 28 de 2005 de Asuntos Personales de los EAU, en caso de conflictos entre extranjeros la ley a aplicar es la del padre.
«Y yo escogí el Código Civil español. Esto quiere decir que los jueces del tribunal de justicia islámico tenían que dejar la sharía de lado, estudiar nuestro Código Civil y aplicarlo», relata Brañanova.
Para eso tenía que contar con un despacho de abogados español solvente.
«No fue fácil. Valoré hasta 5 bufetes distintos, hasta que di con Isabel Winkels«, apunta.
“Sin ella, sin su apoyo incondicional durante estos 5 años, todo lo que conseguimos después no hubiera sido posible”, subraya.
Porque lo que sucedió a continuación estuvo lejos de ser un camino de rosas o un paseo militar. «Hubo que traducir toda la parte del Código Civil al árabe, convalidarlo legalmente en España y en la embajada de los Emiratos Árabes Unidos. Había, además, un contratiempo. Porque nuestro Código Civil, a día de hoy, todavía no está actualizado. No contempla la jurisprudencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo que, desde 2013, decía que la custodia compartida debía considerarse normal y deseable«, cuenta Winkels, social directora de Winkels Abogados.
Justo por aquellas fechas, el magistrado de la Sala de lo Civil del Supremo, Xavier O’Callaghan, director de la revista La Ley-Wolters Kluwer, publicó un artículo sobre las últimas sentencias del Alto Tribunal sobre la custodia compartida y que era aplicable a todos los tribunales españoles.
«Flora Calvo –consultora de la firma– preparó un informe aplicable», revela Winkels. 
«Legalizamos notarialmente el Código Civil, los artículos aplicables de la Constitución y la revista. Hicimos un despliegue de legalizaciones muy grande para hacer ver a los jueces de Dubai que en ese año 2016 el Supremo español decía que la custodia compartida era normal y deseable y que, en el caso de Borja, se cumplían todos los requisitos exigidos para su reconocimiento«.
De forma paralela, Brañanova contrató a otro abogado en Sudáfrica, Ferdinand Hartzenberg, que hizo lo propio con la ley y la jurisprudencia sudafricana que, en materia de guardia y custodia de los hijos decía lo mismo que la española.
«El problema es que luchamos contra jueces que no conocían otra cosa, litigando en árabe», recuerda Brañanova.
PARA EMPEZAR, UN REVÉS, PERO DESPUÉS BIEN
La sentencia de la 1ª instancia, que salió en abril de 2017, tenía pocos rastros del Código Civil español, como tenía que haber sido.
«Dictaron una sentencia bajo el prisma de la ‘culpabilidad’ y le dieron la custodia absoluta a mi ex-esposa. Fue un veredicto clásico de la sharía. 
Sin visitas, sin custodia compartida, considerando que el mejor interés del menor estaba con la madre«, refiere Brañanova.
A todo esto, el español jamás dejó de tener contacto con sus hijos, lo que no deja de ser excepcional. Jamás dejó su casa, de su propiedad.
«Por la dificultad de acordar de quién era, no me llegaron a obligar a salir de ella. No me separé de mis hijos ni un solo día. Durante todos estos años he estado conviviendo con ellos de manera ininterrumpida y ni los niños han perdido a su madre ni a su padre ni yo el contacto con ellos». Se instaló en un cuartito apartado.
«Fue duro y nada agradable. En la casa se instalaron los que habían sido mis suegros. Pero tenía muy claro que no iba a renunciar a mis hijos. Así hasta 2019, cuando las relaciones se fueron relajando», recalca.
Con lo que no contaba el «establishment» judicial emiratí fue con la presión mediática internacional que generó el español. «No, sin mis hijos», podría haberse titulado. Todo esto llamó la atención de las altas instancias gubernamentales.
«Los propios jueces manifestaron públicamente que había un problema con los extranjeros pero que ellos aplicaban la ley que había», recuerda. Reconoce que, desde el gobierno –que no tiene una base democrática–, de forma indirecta, se pusieron en contacto con él para conocer su punto de vista.
«La apelación fue bien. O’Callaghan, que se había jubilado, elaboró un dictamen sobre el interés del menor y la custodia compartida junto con el también magistrado de la misma Sala del Supremo, José Almagro, y la profesora Flora Calvo. Con ese dictamen logramos que, en apelación, la Audiencia acordara la custodia compartida con una atribución de responsabilidades», destaca.
Fue en noviembre de 2018. La 1ª vez en la historia de los Emiratos Árabes Unidos que se producía sentencia de esas características.
El hito conseguido por Brañanova no tenía precedentes.
PROPUESTO COMO PREMIO PRINCESA DE ASTURIAS A LA CONCORDIA
Lo que llamó la atención de la Confederación por el Mejor Interés de la Infancia de España (CEMIN), que propuso la candidatura de Borja Brañanova y de todo el equipo de abogados que le asesoró hasta conseguir la 1ª custodia compartida de hijos en Dubai (EAU), al Premio Princesa de Asturias de la Concordia.
Una candidatura que preparó personalmente su presidente, Gerardo Rodríguez Acosta, aportando, como eje central, el texto de la histórica sentencia.
Para los Emiratos Árabes Unidos la concesión del Princesa de Asturias, el gran premio de España, un país que consideran hermano por su historia pasada, suponía el reconocimiento internacional de su diversidad cultural, pero, sobre todo, de su deseo de apertura, de cambio, de modernidad.
Brañanova no consiguió el Princesa de Asturias, pero la exposición mediática de EAU supuso un gran premio de consolación.Borja Brañanova logró lo impensable: que los emiratíes reconocieran el derecho a la custodia compartida de sus dos hijos y que lo admiren por eso. 
La casación ratificó la guardia y custodia compartida.
Los niños viven ahora una semana en casa del padre, quien no ha dejado su vivienda, en la que también habita su madre, su gran apoyo –se fue a vivir a Dubai desde el comienzo del conflicto– y su nueva compañera, una profesora tailandesa de padre de Malasia y madre de ascendencia china a la que los 2 niños llaman «Moana», como el personaje de Disney, por su parecido con ella.
Y una semana en la casa de la madre. Brañanova soporta el 60 % de su alquiler, el 60 % de todos los gastos que se consideren de los niños más una pensión para ella.
Las relaciones con su ex-esposa Claudia, a la que apoyó en sus estudios de BBA y carrera profesional, y que ahora es directora regional de recursos humanos de una gran empresa, son «normales».
El conflicto judicial, que acumuló un centenar de vistas ante los juzgados dubaitíes, le ha dejado económicamente «pelado», pero feliz, porque ha obtenido la custodia compartida de los 2 seres a los que más quiere.
«La noticia de aquella candidatura –dice refiriéndose al Princesa de Asturias– tuvo mucho impacto en Dubai y en los Emiratos Árabes Unidos. Tanto que, desde la dirección de los Juzgados de Familia, se me invitó a un ‘workshop’ (un taller) con todos los responsables de la jurisdicción. Me dijeron, llevas razón. Nuestro respeto y admiración por haberte enfrentando al sistema por tus hijos. Nuestras nuevas generaciones quieren ser así, no como antiguamente», resalta.
Brañanova es hoy razonablemente feliz. Ha podido traer a sus 2 hijos a España, cuyo idioma hablan a la perfección, para ver a su abuelo paterno. Promete ser el acontecimiento de sus vidas.
Desde la entrada en vigor de la nueva legislación sobre custodia compartida para extranjeros, provocada por su caso, han pasado apenas unos días.
«Mi objetivo es seguir luchando para conseguir más reformas legales en el mejor interés del menor. Colaboro con Familia Contemporánea y con el Parental Alienation Study Group, para apoyar que las leyes evolucionen ayudando a las familias a evolucionar. También en España. En nuestro país, aquí, tenemos la oportunidad de hacer una nueva ley de familia que sea referente universal. Porque tal como están las cosas, cuando se invoca fuera, es una auténtica lucha demostrar su funcionamiento real», asegura.
«¿Que si desde las más altas instancias se han vuelto a poner en contacto conmigo? Sí, hace 2 semanas. Me preguntaron: ¿qué tal?», concluye de forma enigmática, esbozando una sonrisa.
Es muy consciente de que finalmente ganó: «Por mis hijos y por que todos los niños tengan contactos regulares con sus familias sin impedimentos legales que acarreen daños emocionales irreparables», concluye.

lunes, 27 de julio de 2020

Custodia compartida: La preocupante experiencia italiana

..... que ha precedido a la española.
Los autores, Marino Maglietta, académico y miembro de la Consulta Nacional para la Infancia y Adolescencia "Gianni Rodari" y María Ángeles Velloso Mata, cónsul honoraria de España en Florencia y estudiosa del derecho comparado, advierten sobre el camino que en España se empieza a recorrer sobre la custodia compartida, camino muy trillado en Italia y sobre cuyos errores advierten.
Mario Maglietta /Mªde Los Ángeles Velloso, 26 Julio 2020.
Quienes esto escriben se encuentran en Italia, donde la custodia compartida, privilegiada a través de la Ley número 54/2006 de 8 de febrero, encuentra sobre el papel una amplísima aplicación a la que no corresponde una coherente jurisprudencia.
En sustancia, se le ha dado el nombre de custodia compartida al viejo modelo de la custodia exclusiva, con un único progenitor que atiende a las necesidades de los hijos –indicado en lengua italiana “collocatario”, que en español podríamos llamar “domiciliario”– mientras que al otro progenitor, que disfruta de un exangüe derecho de visitas, se le pide fundamentalmente que intervenga sólo desde un punto de vista económico.
Por este motivo, en Italia la fuerte corriente popular de opinión, que prácticamente había impuesto al parlamento la reforma de 2006 a través de más de un decenio de continuas presiones, lleva tiempo trabajando para hacer efectivo el derecho de los hijos de padres separados a la doble parentalidad, lo que significa cambiar la ley en el sentido de reforzar los equilibrios en el interior de la familia como prevé la auténtica custodia compartida e incrementar la participación y las facultades del progenitor actualmente definido por la jurisprudencia como “no domiciliario”.
No ha sido poco nuestro estupor al saber que España parece orientarse hacia la oficialización de un regreso al pasado, analizando lo que ha aprobado el pleno del Consejo General del poder judicial (CGPJ): “Guía sobre criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida”.
Naturalmente, anunciando las modificaciones, la Guía no se ha expresado en estos términos.
Al contrario, sin lugar a dudas sus defensores están haciendo un llamamiento a argumentos que resultan atrayentes e imposibles de rechazar: ¿quién puede discutir la prioridad del interés de los hijos?
Así pues la desconfianza –”rectius”, la viva preocupación– que manifestamos aquí podría parecer totalmente fuera de lugar y, con mucho gusto, la dejaríamos al margen.
Sin embargo, nos sentimos en la obligación de alertar a nuestros amigos españoles partiendo de la experiencia italiana, que se presenta como copia idéntica de la intervención anunciada.
En efecto, prescindiendo de que es deseable una formación específica de los magistrados de familia y de un espacio más amplio para escuchar a los hijos, consideramos que los temas planteados y los contenidos propuestos coinciden exactamente con las peticiones y las posiciones de los adversarios más feroces de una auténtica custodia compartida.
Y si en España estas ideas pueden sonar como una novedad, en Italia ya son historia documentada, crónica de 14 años de una ley traicionada.
Más en concreto, se afirma que la paridad de tiempos con los hijos no puede imponerse siempre y a priori, y que carece de sentido aplicar en todos los casos una equiparación aritmética de dichos tiempos: un argumento que tiene toda la apariencia del sentido común.
Es igualmente convincente la tesis de que el hijo no debe pasar de mano en mano entre 2 domicilios, sino que tiene el derecho a lo que podríamos definir la estabilidad logística.
Y ello sin entrar en el tema utilizado más a menudo, o sea, que no es indicado dar al progenitor violento la misma presencia junto al hijo.
La conclusión de todo ello es que no deben existir reglas, que hay que analizar las situaciones “caso por caso”, asumiendo cada decisión guiados por el “interés exclusivo del menor”.
MUERTE DE LA CUSTODIA COMPARTIDA
Lo repetimos, indudablemente suena muy bien, ¿pero en práctica que quiere decir?
Una custodia realmente compartida conlleva necesariamente la asunción por parte de ambos progenitores de responsabilidades iguales, la participación de ambos en los momentos de decisión, entrando los 2 plenamente en la vida cotidiana de sus hijos; quiere decir sacrificios equivalentes para atender a sus necesidades.
Es obvio que para poder cuidar es necesario estar presentes, para poder valorar las necesidades hay que conocerlas.
Resulta claro y nadie lo niega que, por ejemplo, si los domicilios son muy distantes, si los compromisos de trabajo de uno de los progenitores le obligan a estar lejos de sus hijos, si el niño es un lactante, no pueden planearse tiempos paritarios de los progenitores. Continua .....

sábado, 28 de septiembre de 2019

Japón: abre la puerta a estudiar la adopción de la custodia compartida

REDACCIÓN/(EFE), Tokio, 27/09/2019
El Ministerio de Justicia de Japón dijo este viernes que establecerá a finales de año un comité para estudiar la viabilidad de un sistema de custodia compartida en el país, donde la guarda de los hijos se otorga sólo a uno de los progenitores tras el divorcio.
El comité estará compuesto por académicos y funcionarios del Ministerio de Justicia y el de Salud, Trabajo y Bienestar, y está previsto que invierta más de 1 año en la realización del estudio, que no sólo abordará la custodia compartida, sino también varios temas relacionados con la crianza de los hijos tras una separación.
Entre ellos se encontraría el requerimiento de la elaboración de un programa de educación para el menor cuando se divorcien o el establecimiento de medidas para promover un régimen de visitas si fuera necesario, explicó el ministerio.
"Soy consciente de que existen varias opiniones sobre la custodia compartida entre los interesados y quiero que el comité discuta el tema cuidadosamente", dijo el ministro de Justicia, Katsuyuki Kawai, en una rueda de prensa recogida por la agencia de noticias Kyodo.
Japón mantiene actualmente un sistema de custodia única que, en la mayoría de los casos, se concede a la madre del menor cuando la disputa llega a los tribunales y es habitual que no permitan a los padres volver a ver a los niños tras la separación.

domingo, 17 de diciembre de 2017

EE.UU.: Aumenta la Custodia Compartida por Estados Federales

En azul, los estados de los EE. UU. Que han considerado leyes de custodia compartida en el año 2017 / National Parents Organization.
2017, año de la promoción de la custodia compartida en los Estados Unidos.
Más de 25 estados de la Unión han aprobado leyes que impulsan la crianza compartida tras los fracasos matrimoniales. Muchas de ellas apuestan por el modelo de coparentalidad aún en los casos en los que los progenitores no estén de acuerdo.
Ana Fuentes, 16/12/2017
La custodia compartida de los hijos es cada vez más considerada como fórmula base tras la ruptura de los padres.A lo largo de 2017, 25 estados de la Unión han valorado en sus cámaras legislativas mejorar la protección de la institución de la custodia o crianza compartida de los hijos como mejor fórmula tras la ruptura de los progenitores.
Por ejemplo, el Estado de Kentucky aprobó como procedimiento estándar la custodia física compartida y un tiempo estandar para las órdenes de custodia. En Florida, se aprobó por una inmensa mayoría legislativa que los hijos dispusieran de igual tiempo de crianza con cada uno de los padres, pero el gobernador republicano Rick Scott lo vetó.
En el Estado de Michigan, al nordeste del país, se está estudiando un proyecto legal que determina que de salida se contemple un tiempo de crianza equitativo en los procesos de ruptura familiar.
En el distrito de Columbia también se presume la custodia compartida excepto en casos de abuso o negligencia de los progenitores. En Maryland, un comité legislativo ha explorado fórmulas para la toma de decisiones conjuntas sobre los hijos, aunque no he llegado al plenario.
En Virginia se está impulsando un proyecto de ley por el que los jueces estarán obligdos a motivar por escrito la decisión sobre la custodia de los hijos en común, de tal forma que sobre esa motivación escrita ambos, padre y madre, puedan evaluar si existe algún tipo de sesgo a la hora de tomar la decisión.
Este movimiento legislativo tan intenso es fruto del trabajo de movilización social y contacto con los legisladores que llevan desarrollando organizaciones civiles como la National Parents Organization, un grupo que en su origen velaba por los derechos de los padres separados y divorciados, en el que partician algunas mujeres.
Desde hace un tiempo, el enfoque de su trabajo se ha centrado en reclamar el derecho de los niños a tener contacto con sus dos progenitores, frente a la tendencia de décadas por la que los hijos de matrimonios rotos se quedaban de forma indefectible con la madre.
El presidente de esta organización en el Estado de Virginia Christian Paasch subraya que “la forma en que el sistema está configurado ahora, 2 padres entran a la sala del tribunal. Cuando se van, uno es un padre y el otro un visitante”.
A su juicio, cuanto más se avance en la extensión de la crianza compartida, cambiará el esquema actual de que “el ganador se lo lleva todo” por el de “ambos seguirán siendo padres y a ambos les importan sus hijos”, tal y como ha relatado al rotativo The Washington Post..

viernes, 26 de junio de 2015

El Divorcio en el estado de Utah (EE.UU)

divorcio-anillo-corte.jpg_433_770_c
¿Puedo obtener un divorcio si mi esposo(a) no quiere divorciarme?
Sí. Aún si su pareja no quiere divorciarme, ud puede proceder con el proceso y obtener un divorcio.
¿Adónde debo mandar la petición para el divorcio?
Si ud quiere divorciarse en Utah, ud o su pareja tienen que haber sido residentes del condado donde piensa iniciar su divorcio por un mínimo de 3 meses. Si tiene hijos, en algunas circunstancias tiene que haber sido residente del condado por lo menos 6 meses.
¿Qué tipo de custodia puedo tener sobre mis hijos?
La custodia de un hijo consiste de 2 partes: custodia física y custodia legal. 
La custodia física determina adonde viven los niños. 
La custodia legal significa que los padres tienen el derecho de tomar decisiones importantes acerca de los niños. A menos que haya violencia doméstica en la familia, o el niño tiene necesidades especiales, o los padres viven separados, o hay algún otro factor que el tribunal considere pertinente, se presume que la custodia legal compartido entre los dos padres es en el mejor interés del niño. Uno puede superar esta presunción con pruebas adecuadas. Utah reconoce varios acuerdos de custodia de los hijos menores. Éstas incluyen:
Custodia Exclusiva (Física y Legal)
Cualquiera de los padres puede ser galardonado con la custodia exclusiva de los hijos. Esto significa que los niños viven con uno de los padres, quien toma decisiones principales sobre la vida de los niños. Si se concede la custodia exclusiva, el padre que no tiene la custodia todavía tiene derechos a visitación con los niños.
Custodia Compartida (Física y Legal)
Con esta disposición, los niños viven con ambos padres y los padres toman decisiones importantes sobre sus hijos. La custodia compartida es más exitosa cuando ambos padres se comunican bien entre sí y están dispuestos a trabajar juntos para cuidar de las necesidades de los niños.
Custodia legal compartida significa que ambos padres toman decisiones sobre cuestiones importantes que afectan a los niños. Estos problemas pueden incluir, entre otros, la religión (si la hay) del niño, si el niño debe recibir tratamiento médico o someterse a un procedimiento médico importante, donde el niño va a ir a la escuela, etc. La custodia legal no afecta a la residencia de los niños.
Custodia física compartida significa que los niños viven al menos 111 noches al año en el hogar de cada padre.
Custodia Física Exclusiva y Custodia Legal Compartida
En esta disposición, los niños viven con uno de los padres más de 225 noches por año, y el otro padre tiene derechos a visitación con los hijos. 
Los padres juntamente toman decisiones importantes sobre sus hijos.
La Custodia Dividida
Este acuerdo significa que cada padre se adjudica la custodia física de al menos 1 de los niños cuando hay más de un niño. La custodia legal de los niños puede o no ser compartida, dependiendo de la orden del tribunal.
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia (child support)?
Esto se calcula basado en los ingresos de cada padre, el nº de hijos menores, y la custodia física de los hijos. Tambien depende de las estipulaciones de los 2 padres.

martes, 4 de junio de 2013

Europa opta por la custodia compartida a falta de acuerdo

En Reino Unido, Alemania o Italia los jueces priorizan el interés del menor

La aprobación de la ley en las Cortes aragonesas ha reabierto el debate.MÓNICA PATXOT

La aprobación de la ley en las Cortes aragonesas ha reabierto el debate.MÓNICA PATXOT. 

En Alemania, Francia, Reino Unido o Italia, la ley recomienda que los jueces implanten la custodia compartida de los hijos en el caso de que el matrimonio no haya llegado a un acuerdo tras separarse. Esta fórmula es la que se ha aprobado la semana pasada en las Cortes aragonesas y que ha abierto una fuerte polémica en el ámbito de los derechos de la mujer. 

La legislación alemana distingue entre los padres casados y los que no lo están.  Por defecto, se declara la custodia compartida como régimen habitual, en el caso de los hijos que hayan nacido dentro del matrimonio. Por el contrario, si la pareja no estaba casada, la ley germana establece que el padre sólo podrá tener derecho a la custodia con el consentimiento de la madre. Las alternativas son pocas, o bien contraen matrimonio, o presentan una declaración ordenada de custodia compartida ante una Oficina de Protección de Menores. 

En Alemania, la ley distingue entre parejas casadas y las que no lo están. La jurisprudencia alemana tiene como referente el caso del músico Horst Zaunegger, quien apeló en 2009 al Tribunal de Justicia Europeo para que le concediera la custodia de su hija, nacida fuera del matrimonio. Estrasburgo le dio la razón y calificó las leyes alemanas de "discriminatorias" con los padres solteros. 

A raíz de esta sentencia, se presentó una petición de reforma de ley ante el Parlamento, para que el sistema alemán de custodia (el mismo que rige en Austria, Suiza y Liechtenstein) dé paso a uno más progresista con los derechos de los padres solteros, como en Francia o Bélgica. 

Asistente social.

En el Reino Unido, el sistema judicial tiende a recomendar la custodia compartida. La prioridad del juez es salvaguardar el interés del niño. Le asesora un asistente social que escucha a los padres y al menor, sobre todo si este es mayor de 12 años. En la práctica, los conflictos son numerosos. Muchos padres se quejan de que sus ex esposas no respetan el régimen de visitas. Por otro lado, no es raro que las madres protestenpor no recibir las cantidades económicas impuestas en la separación. 

En los últimos 4 años ha habido varios intentos frustrados en el Parlamento para impulsar cambios que conviertan la custodia compartida en una opción casi obligada, pero no han salido adelante. 

En Italia, en caso de que no haya acuerdo, la práctica legal marca la custodia compartida del menor. Este, sin embargo, vivirá de forma prevalente en casa de 1 de los 2 cónyuges, y el otro tendrá derecho a visitarles durante la semana escolar y a llevárselos a su casa la mitad de los fines de semana y las vacaciones, informa Sandra Buxaderas. 

Hay un consenso social bastante elevado sobre esta ley, pues se considera mejor para el niño que tenga una residencia estable pero que a la vez pueda ver a losdos progenitores casi la mitad del tiempo.

domingo, 1 de julio de 2012

El divorcio en los EE.UU.


En Estados Unidos depende de dónde se presente la demanda de divorcio para que las condiciones del mismo sean distintas. Si Katie Holmes la hubiera presentado en el estado de California se intenta que la custodia sea compartida, en la costa este no.


dlopez 30 junio 2012/la Cosa rosa.com/ 
Katie Holmes y su táctica para lograr la custodia de Suri: La actriz ha presentado la demanda de divorcio en Nueva York
Al haberlo hecho en el estado de Nueva York la actriz ha logrado que se respeten las normas de este estado. 
La custodia se suele dar siempre a 1 de las 2 partes por lo que la opción de compartir la educación de los hijos no es factible. 

Holmes ya ha declarado que tiene la sana intención de luchar por la custodia en solitario de su hija especialmente porque no quiere verla convertida en una feligresa de la iglesia de la Cienciología.
Lo más curioso del caso es que mientras que la pareja se casó en California, la actriz se haya informado de en qué estado le daban más garantías para conseguir su objetivo.
En Nueva York  piensan que la custodia compartida supone poner al niño en medio de un fuego cruzado y de varios conflictos que no tiene por qué vivir. 
No les falta razón para expresarse de esta forma ya que, a los hechos nos remitimos, hay demasiadas parejas que viven este tipo de situaciones casi a diario.

De nuevo nos gustaría expresar nuestros mejores deseos a ambas partes de la pareja. 
Ahora se verá si el actor puede conseguir la custodia de su hija gracias a Don Dinero o si el juez le da la razón a Katie Holmes.

jueves, 14 de junio de 2012

El modelo de custodia compartida de Arkansas en el que se fija Gallardón

En este estado, el juez tiene en cuenta cuál de los 2 progenitores permitirá el contacto frecuente y continuo con los menores a la parte que no obtenga la custodia.

El código legal de Arkansas incluye una particularidad única en Estados Unidos. 
Cuando uno de sus juzgados estudia un divorcio en el que deberá otorgar la custodia de los hijos a una de las partes, uno de los aspectos que influirá la decisión es cuál de los 2 progenitores permitirá el contacto frecuente y continuo con los menores a la parte que no obtenga la custodia.
Hasta mediados del siglo XX en la mayoría de Estados Unidos, cuando una pareja batallaba por la patria potestad de sus hijos, la madre partía con ventaja. 
Era la época en la que dominaba la conocida en inglés como «doctrina de los años tiernos», un principio legal que asumía que los menores debían permanecer con la madre. Esa tesis fue perdiendo pujanza progresivamente hasta que se extendió un modelo donde primaba el interés del menor y en el que cada caso se valoraba de manera independiente. Así, tanto el padre como la madre partían de una situación de igualdad.

Caso de Arkansas.

De entre los diferentes baremos que se crearon para evaluar la situación, la cláusula introducida por Arkansas es de las más específicas, aunque también de las más complicadas de contrastar, ya que se fija en la predisposición, y no en hechos, para inclinar la balanza hacia uno u otro lado. 
Ha sido en esta cláusula en la que se ha fijado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, a la hora de explicar este miércoles la próxima Ley nacional de Custodia Compartida, la cual priorizará, según ha apuntado, el derecho del menor por encima del de los padres.
Algunos aspectos que la ley de Arkansas contempla a la hora de entregar la custodia son:
1.- la preferencia del menor, 
2.- si existen antecedentes de violencia doméstica y 
3.- si alguno de los progenitores es un agresor sexual.

viernes, 18 de mayo de 2012

Arizona Governor Signs Legislation Modifying Best Interests of the Child


Professor Fabricius’ research and his work on family law has been written about by Fathers and Families’ Robert Franklin.

Arizona Governor Jan Brewer signed into law SB 1127, legislation that updates current Arizona statute to modify the factors a court must consider when determining what is in the best interest of a child. The ultimate goal is to limit one-sided decisions and to encourage as much shared parent-child time as possible for the positive development of the child.
Ned HolsteinWilliam Fabricius
The legislation is the result of the work of the Arizona Domestic Relations Committee chaired by William Fabricius, an associate professor of psychology at Arizona State University.

SB 1127 is the Committee’s second bill. It was sponsored by Senator Sylvia Allen and Senator Linda Gray. I
t states that the courts shall maximize parenting time between the two parents and order shared legal decision-making. In 2010, the Committee’s first bill was signed into law that said that it is in the children’s best interest for parents to share legal decision making and for both parents to have frequent, meaningful, substantial and continual parenting time.

“It gives the court and the public a clear statement that if there is no evidence to the contrary, the courts will maximize the parenting time between the two households. 
That should remove the perception of bias and should result in Arizona children having more equitable time with both their parents after divorce,” Fabricius said.

As a child psychologist, Fabricius saw the need to study the effects of divorce on children 12 years ago. Arizona children from divorced families who were studied from seventh to tenth grade from 2003 to 2006 revealed that 50 percent of children at every age wanted to spend more time with their fathers.

“If children spend less than substantial time with both parents, this is a huge long-term public health issue. It sets up this chronic stress response that initiates stress-related health problems including susceptibility to cancer and early mortality. These weren’t just our findings. 
This is supported by long-term health studies that link parent-child relationships and later health,” he said.

Provisions of SB 1127 include:
  • Replaces in statue legal custody with legal decision-making, and physical custody or parental visitation with parenting time.
  • Modifies the child’s best interests as follows:
    • Adds the past, present and potential future relationship between the parent and child.
    • Includes whether one parent intentionally mislead the court to cause an unnecessary delay, to increase the cost of litigation or to persuade the court to give a legal decision-making or parenting time preference to that parent.
    • Specifies the child must be of suitable age and maturity for the court to consider the child’s wishes as a factor.
    • Removes which parent has provided primary care of the child and the wishes of the child’s parent.
  • Requires a court, in a contested legal decision-making or parenting time case, to make specific findings on the record about all relevant factors and the reasons for which the decision is in the best interests of the child.
  • Specifies that an order for sole legal decision-making does not allow a parent to alter unilaterally a court-ordered parenting time plan.
  • States a parent who is not granted sole or joint legal decision-making is entitled to reasonable parenting time to ensure that the child has substantial, frequent, meaningful and continuing contact with the parent unless a court finds that parenting time would endanger the child’s physical, mental, moral, or emotional health.
Other research that polled the Arizona public showed that people from all walks of life strongly support equal parenting time and laws that support equal time, but they believe that the courts are biased toward mothers.
 “The public belief that the courts are biased is going to affect the decisions that divorcing parents make,” Fabricius said.