sábado, 1 de junio de 2013

El borrador de la Declaración de la Renta no recoge todas las deducciones por vivienda


Portal de la Agencia Tributaria donde se puede solicitar el borrador de la Declaración de la Renta.


Un año más la vivienda se convierte en esa gran amiga.
Los gestores administrativos explican, por ejemplo, que el borrador de la Agencia Tributaria no refleja las deducciones a las que el sujeto pasivo puede tener derecho, como por ejemplo, la deducción por discapacidad, por alquilar una vivienda o por deducciones autonómicas.
En el caso de la deducción por vivienda habitual, sí recoge el pago de la mensual de la hipoteca, pero no los pagos iniciales a notario, impuestos, cuotas del seguro hipotecario o facturas referentes a obras de reforma o mejora.
Además, recalcan que la información de los inmuebles es, en muchas ocasiones, errónea, ya que la información catastral no está siempre actualizada, según informan los gestores administrativos.
En el caso de arrendamientos, sólo vienen reflejados aquellos sometidos a retención, y siempre que el inquilino haya ingresado la misma.
Por otra parte, y relativo a la venta de inmuebles, viene reflejado el importe de la venta, pero no los coeficientes de actualización de los valores así como la exención del beneficio obtenido por reinversión, en el caso de la vivienda habitual.

Las tasas judiciales y las costas procesales como gastos deducibles

contencioso.es/ 31.05.2013
tasas recaudador En tiempo de crisis económica, acechando las tasas judiciales junto al criterio del vencimiento para imponer las costas contencioso-administrativas, no está de más recibir el alivio de conocer el criterio de la Dirección General de Tributos sobre su posible carácter deducible en materia impositiva. Veamos.
1. El gasto de la tasa judicial por reclamación judicial del pago de una factura a un cliente ( o del precio de un contrato administrativo, por ejemplo) es fiscalmente deducible como gasto inherente a la obtención de los ingresos propios de la actividad económica.
2. El pago de las costas por la Administración vencida no está sujeto a retención por pago a profesionales ya que “la condena en costas con origen en procedimiento judicial supone el nacimiento de un crédito a favor de la parte vencedora y en consecuencia, no procede la práctica de retención alguna por este concepto. Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de practicar la correspondiente retención sobre los rendimentos que satisfaga a sus abogados y procuradores la parte vencedora, en cuanto tuviera la condición de obligado a retener”. V0588-05. 11 de Abril de 2005.
3. Además no tratándose de operación sujeta a tributación ( por ser un crédito exigible generado por resolución judicial) tampoco hay obligación de expedir factura.
4. El pago de las costas procesales por el vencido en litigio que no guarda correlación con la actividad económica puede tener la consideración de pérdida patrimonial a los efectos de determinación de la base imponible del IRPF, ya que “se trata de una variación de patrimonio o pérdida de carácter ajeno a la voluntad”. V 1822-09. 5 de Octubre de 2009.
5. Por último, por mera conexión fiscal, recuerdo que ya traté la aplicación contencioso-administrativa de excluir el IVA de las costas procesales en un anterior post.

Y buena parte de lo aquí dicho lo tenéis en un ejemplo con la reciente sentencia de la Sala contencioso-administrativo del TSJ de Valencia.
Lamento la aridez pero basta con que uno solo de estos criterios resulte de utilidad a alguien para que como decía Gonzalo de Berceo, “bien valdrá, como creo. Un vaso de bon vino”.

viernes, 31 de mayo de 2013

El divorcio mata a la misma velocidad que el tabaco

En el día Mundial Sin Tabaco.

¿ Crees que es mejor haber amado y haber perdido a ese amor, que no haber amado nunca?El divorcio y sus consecuencias para la salud es un tema central de muchos estudios, que en su mayor parte indican que vale más vivir en pareja.




Una investigación titulada “Divorce and Death” (“Divorcio y muerte”) de  David A. Sbarra y Paul J. Nietert, publicada en “Psychological Science” quizás sugiera que sea mejor no haber conocido el amor, puesto que muestra que los matrimonios rotos pueden matar a la misma velocidad que el consumo regular de tabaco. 
Hay indicios de que el riesgo de morir es un 23% más elevado entre las personas divorciadas que entre la gente casada, resultado que sorprendió incluso a los investigadores, que no creía que la esperanza de vida viese reducida a edades comparables con las de fumadores, bebedores, y las personas obesas.
Otros estudios provenientes de Finlandia y Gran Bretaña señalan también la relación entre divorcio y expectativa de vida. 
En este caso, los investigadores descubrieron que en los matrimonios o relaciones largas  destacan varios factores que podrían prolongar la vida de las personas con respecto de las que no tienen una relación.

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Guia para dejar de fumar

Más impuestos para el divorcio en España

Llega el nuevo recargo que te cobrarán si quieres vender o alquilar tu casa.

Nuevo impuesto, nuevo coste y nuevos trámites para los propietarios de casas que quieran alquilarlas o venderlas en cualquier zona de España. 
Mientras una parte del PP presiona a Rajoy para que rebaje impuestos, el Gobierno sigue aumentando, implacable, la presión fiscal sobre los españoles.
Tras las subidas de IRPF e IVA y el 'tarifazo', ahora el nuevo golpe al bolsillo se llama certificado de eficiencia energética.  
Este sábado entra en vigor el decreto que obliga a cada vivienda en venta o alquiler a disponer del documento que recoge el nivel de gasto en energía del inmueble. Mientras los certificadores se frotan las manos por lo que van a ingresar, los agentes inmobiliarios temen que sólo genere más costes y más arrendamientos en negro.
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Se abre un suculento negocio para ingenieros y arquitectos y al mismo tiempo se crea un nuevo impuesto a cambio de que las Comunidades Autónomas validen con sello oficial ese certificado
En definitiva, es un nuevo impuesto para los propietarios.
El Real Decreto 235/2013 obliga a que cada nuevo alquiler o venta de inmueble incorpore un documento que informa con exactitud sobre el consumo de energía que requiere la vivienda y valora su eficiencia con 7 calificaciones, que van desde la excelencia de la letra "A" hasta el elevado consumo que marca la "G". Es la misma nomenclatura que se utiliza al etiquetar la eficiencia de los electrodomésticos.
El objetivo es loable: mejorar la eficiencia y por tanto reducir el gasto a futuro en calentar, enfriar o iluminar las viviendas de un país donde se ha construido mucho y muy mal. 
Casi todos los estados europeos avanzados lo tienen pero aquí en España llega en un mal momento. A largo plazo, su existencia impulsará la construcción o rehabilitación de edificios de alta eficiencia energética y a corto plazo provocará que los propietarios inviertan en equipos e instalaciones que ahorran energía.

Al mismo tiempo se informará de manera objetiva a los compradores y usuarios sobre sus características. 

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Un hombre mata a su expareja en Jaén y luego se suicida

La Guardia Civil ha hallado los cuerpos en 2 casas de la localidad de Alcalá la Real,
Jaén. (Agencias)|30/05/2013- 
Una mujer ha sido encontrada muerta presuntamente a manos de su expareja, quien después se ha suicidado, en Alcalá la Real (Jaén), según han informado fuentes municipales.
Según la Guardia Civil, unos agentes encontraron a las 5.30 horas a la mujer muerta, en su cama, sin aparentes signos de violencia, y después acudieron a casa de su expareja al que hallaron ahorcado, por lo que esperan los resultados de la autopsia para esclarecer lo ocurrido.
La mujer, Dolores E.L., no había presentado ninguna denuncia contra su excompañero ni ante la Guardia Civil, ni la Policía Local ni en el Centro de Información a la Mujer.
El Ayuntamiento de Alcalá la Real va a decretar un día de luto oficial "después de conocer el asesinato" y "quiere mostrar su más enérgica repulsa convocando a la ciudadanía a una concentración silenciosa en la plaza Arcipreste de Hita, al mediodía.

Apuñala a su mujer al salir del despacho de abogados que tramita su divorcio

El hombre, que ha sido detenido, le asestó varias puñaladas con un cuchillo en la espalda, las manos y en el costado | La mujer está grave.

Granada. (EUROPA PRESS)|30/05/2013
Agentes de la Policía Nacional han detenido este miércoles por la noche en Granada a un hombre por haber presuntamente apuñalado con un cuchillo a su esposa en la Plaza de San Juan de Letrán de la capital granadina, en el portal del despacho de abogados que tramita su divorcio.
Ésta es la 3ª mujer que resulta herida grave esta semana a manos de su pareja sentimental, después del caso registrado en Girona, donde un hombre mató a su cuñada e hirió a su mujer de la que estaba en trámites de separación, y el registrado el lunes en la localidad granadina del Atarfe.
La semana pasada fueron 4 las víctimas mortales de la violencia de género. 
Según han informado fuentes policiales, el suceso se ha producido alrededor de las 21,00 horas de este miércoles cuando la pareja, en trámites de divorcio, salía del despacho de abogados al que habían acudido precisamente para realizar gestiones relacionadas con su separación. Las mismas fuentes han indicado que en el mismo portal del edificio donde se ubica esta oficina, el ahora detenido supuestamente asestó varias puñaladas a su mujer con un cuchillo tanto en la espalda como en las manos y en el costado, causándole "lesiones graves" que le han afectado a un pulmón.
Después de que varios particulares alertasen de lo ocurrido, desde el 112 se dio aviso a la Policía Nacional y a los servicios sanitarios, que se trasladaron hasta el lugar de los hechos, donde los efectivos de seguridad detuvieron al supuesto agresor, nacido en 1962, e intervinieron el arma con el que supuestamente había apuñalado a su esposa, nacida en 1978.
Por su parte, los servicios sanitarios han trasladado a la mujer al Hospital Ruiz de Alda de Granada, donde ha quedado ingresada con lesiones graves aunque, no obstante, "su vida no corre peligro", según la Policía, que ha confirmado que el suceso se considera un nuevo caso de violencia de género.

Se buscan candidatos a probadores oficiales de DUREX

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Según el último Informe Durex de Bienestar Sexual, la crisis no ha reducido el deseo de los ciudadanos españoles, de los  que un 70% afirma sentirse satisfechos con su vida sexual y el 84% declara que sus parejas son buenas proporcionándoles placer
Estos datos, que nos elevan a la categoría de país sexualmente activo, han animado a Durex a buscar entre los españoles candidatos para probar sus productos. 
Por eso, a partir de 18 años, y sin límite de edad ni de condición, quienes lo deseen pueden convertirse en probador/a oficial de Durex. 
Ventajas: no es necesario saber idiomas, no piden experiencia, el horario es flexible y el producto… lo pone Durex. 
Requisitos: amor, humor, pasión y atrevimiento. Si, además, se añade creatividad, aumentan las posibilidades.

jueves, 30 de mayo de 2013

Un juez de Córdoba llama "burros" a los políticos

..... en una sentencia. El magistrado Manuel Otero falla a favor de un empleado municipal suspendido de empleo y sueldo por seguir los dictámenes de los políticos
 
EL PERIÓDICO / Barcelona / 29 de mayo del 2013 El juez del juzgado de lo Social número 2 de Córdoba Manuel Otero ha calificado de "burros" a los políticos. Y no una, sino varias veces. 
Además, el magistrado ha pedido, en la misma sentencia, perdón a los burros, por compararlos con los políticos.
En la sentencia, Otero da la razón a un empleado municipal, suspendido de empleo y sueldo por, según el fallo del juez, hacer lo que le decían los políticos.
El juez reconoce que quizás se ha extralimitado al utilizar esos términos, pero algunos compañeros jueces de Otero aseguran que comparten su punto de vista, aunque muchos discrepan de que se usen estos términos en documentos oficiales.

Condenada por quemar su casa tras pedirle su pareja el divorcio



Agencias. a Coruña - 30-05-2013
La mujer acusada de prender fuego a su casa de O Burgo (A Coruña) en febrero de 2011, tras regresar del despacho de la abogada de su marido, que le había pedido el divorcio, fue condenada a 5 años de prisión después de que la Fiscalía y la defensa llegasen a un acuerdo de conformidad, en el que el Ministerio Fiscal rebaja la pena de 14 años de cárcel que solicitaba inicialmente.
En declaraciones a los periodistas, la defensa, representada por la letrada María José Casal, explicó que se logró llegar a un acuerdo y rebajar la pena de prisión que solicitaba la Fiscalía, al reconocer las atenuantes de confesión de delito y de alteración psíquica.

Así, se acordó una pena de 5 años de prisión para la mujer, a quien la magistrada había decretado su ingreso en prisión provisional por riesgo de fuga, ya que es de nacionalidad brasileña y su familia reside en Sudamérica. Además, deberá abonar una indemnización a los propietarios de los pisos que sufrieron desperfectos. 
La Fiscalía solicitaba una indemnización de 45.200 euros pero esta cantidad se rebajó a la mitad, al haber retirado algunas de las acusaciones su reclamación económica que, sin embargo, continuarán solicitando por la vía civil.

Divorcio: Acusa a su marido de agresión sexual

 ...... y él lo achaca a disputas por el divorcio.

29/05/2013 - Paula Vilariño / El Progreso (Lugo)
El ministerio fiscal solicitó ayer una condena de 11 años y 8 meses de cárcel para un vecino de Xove acusado de maltratar y agredir sexualmente a su esposa, con la que llevaba 40 años de relación.
Durante la vista oral -celebrada ayer en la Audiencia Provincial de Lugo-, el hombre negó los hechos y explicó que su mujer lo denunció porque no quiso firmar el convenio regulador de divorcio en las condiciones que ella le propuso.
«Jamás de los jamases le he hecho a ninguna mujer algo que no quisiera», dijo. Por su parte, tanto la víctima como los 4 hijos del matrimonio se acogieron a su derecho a no declarar.

Los vacíos legales y los problemas de las nuevas tasas judiciales

......, a examen en la UNED

La secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Melilla, Mª José Moreno Povedano, expuso ayer en el Aula 10 de la UNED los entresijos de la nueva Ley de Tasas Judiciales. 
En esta jornada organizada por el Colegio Oficial de Abogados de Melilla, Moreno expuso los vacíos legales existentes en la nueva normativa así como los problemas que está suscitando en el día a día de los juzgados melillenses.
En las causas relacionadas con la familia existe un vacío legal en la aplicación de las nuevas tasas que está provocando que cada juzgado aplique un criterio diferente, debido a que abogados, procuradores, magistrados, jueces y secretarios judiciales aún desconocen el contenido específico de la nueva ley.
Por otra parte, la secretaria judicial melillense no pasó por alto las quejas generalizadas sobre la alta cuantía de las tasas y los problemas existentes para la devolución de las mismas. Moreno reconoció que la cuantía de las tasas es lo que ha creado más polémica en el ámbito judicial y social. 

Por ejemplo, los recursos de apelación antes tenían una tasa de 300 euros y ahora es de 800. Para los recursos de casación, la cuantía asciende a 1.200 euros.

Otro de los quebraderos de cabeza que está dando la nueva ley de tasas judiciales es el mecanismo de devolución de las mismas.  

La aplicación informática que permitirá a los juzgados un contacto directo con la Agencia Tributaria para esta gestión aún no está en funcionamiento. 
Además, la devolución podrá solicitarse a partir del 1 de junio y en un plazo de 4 años, mientras que lógicamente los ciudadanos quieren una devolución más breve en el tiempo.

Exenciones en el pago de las tasas judiciales

Hay exenciones en el pago de las tasas judiciales según sea la jurisdicción, tipo de procedimiento, la cuantía o el carácter subjetivo del sujeto pasivo.
 
NO SE PAGARÁN LAS TASAS JUDICIALES en los siguientes supuestos:
A) Según la jurisdicción:
La jurisdicción penal está exenta del pago de las tasas judiciales, incluidos los recursos que se interpongan en el orden penal (apelación, casación, etc.). Tampoco se abonarán tasas en los procedimientos que afecten a los menores en el orden penal.
          
B) Según el procedimiento que vayamos a poner (exenciones objetivas):
- La interposición de demanda y la presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos de capacidad, filiación, matrimonio y menores regulados en la Ley de Enjuciamiento Civil.  No obstante, sí pagarán la tasa cuando estos procesos no se inicien de mutuo acuerdo o por una de las partes con el consentimiento de la otra, aun cuando existan menores, salvo que las medidas solicitadas versen exclusivamente sobre estos.
- La demanda y recursos cuando se trate de los procedimientos dirigidos a la protección de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como contra la actuación de la Administración electoral.
- La solicitud de concurso voluntario por el deudor.
-La interposición de recurso contencioso-administrativo por funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios.
- La petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere los 2.000 euros. No se aplicará esta exención cuando en estos procedimientos la pretensión ejercitada se funde en un documento que tenga carácter de título ejecutivo extrajudicial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 517 de la LEC.
- La interposición de recursos contencioso-administrativos cuando se recurra en casos de silencio administrativo negativo o inactividad de la Administración.
- La interposición de la demanda de ejecución de laudos dictados por las Juntas Arbitrales de Consumo.
- Las acciones que en interés de la masa del concurso y previa autorización del Juez de lo Mercantil se interpongan por los administradores concursales.
- Los procedimientos de división judicial de patrimonios, salvo en los supuestos en que se formule oposición o se suscite controversia sobre la inclusión o exclusión de bienes.
-  Las conciliaciones, actos de jurisdicción voluntaria, incidentes, cuentas de abogado y procurador, medidas cautelares, diligencias preliminares, ejecución de títulos judiciales basados en resoluciones de Jueces y Secretarios Judiciales, recursos de apelación contra autos, tercerías de dominio y de mejor derecho, juicios verbales consecuencia de transformación de juicios monitorios, anulación de laudos arbitrales y recursos de amparo.

C) Según las condiciones económicas o quién sea el sujeto pasivo (exenciones subjetivas):
Habrá exenciones en el pago de las tasas judiciales y por tanto tampoco serán abonadas por aquellas personas a las que se les haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Igualmente, no se incluirán en las costas las tasas de los procesos de ejecución de las hipotecas.
El Ministerio Fiscal.
La Administración General del Estado, las de las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todas ellas.
Las Cortes Generales y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas.

D) Existen unas exenciones parciales:
En el orden social, los trabajadores, sean por cuenta ajena o autónomos, tendrán una exención del 60 % en la cuantía de la tasa que les corresponda por la interposición de los recursos de suplicación y casación.
En el orden contencioso-administrativo, los funcionarios públicos, cuando actúen en defensa de sus derechos estatutarios tendrán una exención del 60 % en la cuantía de la tasa que les corresponda por la interposición de los recursos de apelación y casación.

Modificación de medidas adoptadas por Juzgado de Violencia sobre la Mujer

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID:
Competencia...., tras dictarse sentencia absolutoria en el procedimiento penal
Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 22ª, de 18 de septiembre de 2012, recurso nº 1232/2012. Ponente: Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Es competente el Juzgado de 1ª Instancia para conocer de la modificación de medidas adoptadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer al haberse dictado por este sentencia absolutoria en el proceso penal. 
Aunque el Juzgado de Violencia sobre la Mujer haya conocido del anterior procedimiento, en el que se acordaron las medidas que en el ulterior se intentan modificar, ello no atrae necesariamente la competencia para conocer de este último a favor de dicho Órgano, pues, como declara el Tribunal Supremo, tales juicios de modificación a que se refiere el art. 775 LEC, no se configuran como un incidente del anterior procedimiento matrimonial, ni como ejecución de la Sentencia que le ponga fin, apartándose así del art. 61 de la LEC. 
Se añade que no resulta decisiva, en orden a la determinación de la competencia, la aplicación de la normativa que se contiene en el citado art. 775, pues tal precepto se refiere al tribunal, sin concretar cuál, con lo que no se resuelve satisfactoriamente la cuestión, y por ello ha de accederse a la normas competenciales establecidas en el art. 769 LEC.

La sentencia aquí

miércoles, 29 de mayo de 2013

Calamaro y Breque: “Un divorcio es como un infarto”

exitoina.com/28/05/2013 |
Intrusos encontró a Andrés Calamaro y Micaela Breque juntos, almorzando en Palermo. Si bien el cronista se apuró a definir la situación como una “reconciliación”, la modelo dijo que prefería “no hablar” del tema, pero que estaba “muy contenta”.
Calamaro fue un poco más verborrágico, y además de reconocer que está “muy contento”, ironizó sobre un regalo que le habría hecho a Breque: “Louis Vuitton habla por mí”
Micaela, enseguida, respondió entre risas que no recibió regalos de esa marca.
Enseguida, el movilero de Intrusos elogió el estado físico del Salmón, quien dijo que hace “mucho entrenamiento”, y se metió en un tema escabroso: las visitas a su hija, Charo.
Al referirse a su divorcio de Julieta Cardinali, el músico reflexionó: “Eso es complicado. Un divorcio es como un infarto, no hay buenos. Con Charo hago lo que puedo. La veo, sí. Mi hija conoce a su padre“.

¿Por qué se confunden violencia de género y violencia doméstica?

 
Desde que fue aprobada en diciembre de 2004 la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género, se ha mantenido la confusión entre violencia de género y violencia doméstica. Ha tenido que venir el Instituto Nacional de Estadística con su 1ª estudio sobre este problema, para aclarar lo que no ha hecho ninguna ley ni la media docena de organismos oficiales dedicados al tema desde hace 8 años (ver páginas 2 ó 19 del estudio).
De forma resumida, el INE define como violencia de género los actos violentos físicos o psicológicos ejercidos sobre una mujer por un hombre que tenga o haya tenido con ella relación conyugal o de afectividad. Y violencia doméstica, como el mismo tipo de actos ejercidos por hombres o por mujeres sobre familiares directos, a excepción de los casos que sean violencia de género.
Esa es una distinción que introdujo la ley de 2004 por la vía de cambiar la terminología, sin explicar la diferencia del concepto exclusivo de violencia género como la perpetrada por un hombre contra una mujer en el ámbito de la pareja o ex pareja, frente al concepto genérico y usado hasta entonces de violencia doméstica.
Aquella indefinición tuvo que ver con cierto temor del gobierno de Zapatero a que el Tribunal Constitucional no aceptara la discriminación penal por sexo, ya que la citada ley orgánica castiga la violencia del hombre contra la mujer en la pareja con una severidad superior que a la inversa.

La realidad es que el INE ha elaborado por 1ª vez un informe basado en datos del Ministerio de Justicia y referido a 2011, que incluye de forma diferenciada las realidades de ambos tipos de violencia. 
Así se recoge que de las 5.632 personas denunciadas ese año por violencia doméstica, el 76% fueron hombres y el 23,8% mujeres.
De esta materia se ocupan, en el Ministerio de Sanidad e Igualdad, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y el Instituto de la Mujer; el Ministerio del Interior; la Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial.  
Ninguno de ellos registra o analiza casos de violencia en el seno familiar distintos al del hombre sobre su pareja o ex pareja.
Incluso el Consejo del Poder Judicial dispone de un organismo relevante llamado Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género que realiza estudios estadísticos detallados, pero a pesar de su nombre toda la información que recoge es de la de género, no de la doméstica. Así se comprueba en esta página de boletines estadísticos y también en el informe anual referido al año 2012.
Del mismo modo, el seguimiento mensual y anual que hace el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre esta clase de delitos solo hace referencia a la información sobre violencia contra la mujer, sin incluir la doméstica.

Rubén Castro, del Betis, detenido por presunta agresión a su expareja

  • El delantero canario ya ha pasado a disposición judicial
  • La supuesta víctima denuncia haber sido golpeada a las 3:00 del lunes
  • El 016 es el número de atención a las víctimas de violencia de género
El delantero del Real Betis, Rubén CastroEl delantero del Real Betis, Rubén Castro.EFE
AGENCIAS 28.05.2013El delantero del Real Betis Rubén Castro ha sido detenido este martes por agentes de la Policía Nacional acusado de un presunto delito de violencia de género en Sevilla, según han informado fuentes policiales a Efe.
Rubén Castro ha prestado declaración en la Jefatura Superior de Policía tras haber sido acusado, "en principio, por un presunto delito de violencia de género, por una persona que ha sido pareja", según las fuentes. Alrededor de las 17:00 ha pasado a disposición de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Sevilla.
El jugador había sido denunciado por una pareja suya con la que, al parecer, había estado anoche por algunos locales de la capital andaluza, y a la que, según la denuncia, "había agredido físicamente".
El jugador, que fue detenido tras el entrenamiento de la plantilla bética, ha prestado declaración y ha quedado en los calabozos de las dependencias policiales, a la espera de pasar a disposición judicial, en las primeras horas ya de esta tarde.
Según otras fuentes citadas por Europa Press, ha sido la supuesta víctima la que ha denunciado ante la Jefatura de la Policía en Blas Infante que, sobre las 3:00 horas de este lunes, ambos se encontraban en la avenida de la Palmera y comenzaron una discusión en el marco de la cual el futbolista le habría propinado "varios puñetazos y bofetones".
En la denuncia, la mujer aseguró que Rubén Castro es su pareja, aunque el futbolista lo ha negado y ha señalado que se trata de su exnovia.

Presunción de Inocencia
El Betis ha informado de que no sabe "de qué se le acusa" a Rubén Castro y que antepone y defiende "su presunción de inocencia".
"El club se está ocupando de ello, por ser jugador del Betis, y cuenta ya con la asistencia letrada de una abogada por parte de la entidad", ha dicho un responsable del gabinete de prensa verdiblanco.
El máximo accionista del Real Betis, José Antonio Bosch Valero, se ha mostrado "muy sorprendido" por la detención del delantero bético Rubén Castro tras agredir, presuntamente, a su expareja aunque espera que el incidente "quede en nada".
Bosch, que ha acudido al Juzgado de Violencia contra la Mujer donde presta declaración el futbolista canario, ha instado a "confiar en la presunción de inocencia" de Rubén Castro, que fue detenido esta mañana tras la denuncia interpuesta por la víctima.
El dirigente bético, que ha hablado con el jugador en calidad de letrado, ha indicado que "Rubén está tranquilo" pero ha declinado revelar su versión de los hechos porque "primero lo tiene que saber el juez".
Bosch Valero se ha personado en el juzgado junto a uno de los capitanes de la plantilla bética, José Alberto Cañas, y otro amigo personal de Rubén Castro que presumiblemente han acudido en calidad de testigos de los hechos.

"El 80% de las mujeres asesinadas no denunció"

Delegada del Gobierno de violencia de género:

La delegada del Gobierno para la violencia de género, Blanca Hernández, ha señalado que el 80% de las mujeres que han muerto asesinadas a manos de sus parejas o exparejas no había denunciado.
Además, ha puesto el acento en la necesidad de incidir en las campañas de sensibilización ante esta lacra que "está muy arraigada", ya que la lucha es "contra un enemigo muy fuerte" como es la desigualdad y la discriminación.
Preguntada en RNE acerca de los últimos casos de violencia machista, la semana pasada 4 mujeres fueron asesinadas y este martes otra mujer está herida grave al haber sido apuñalada en Granada, Hernández ha reconocido que es una realidad que está ocurriendo y que cada vez hay más víctimas que declaran que la sufren pero en contraposición ha indicado que el "70% salen".
Asimismo, ha desglosado algunos de los puntos del Plan Nacional de Erradicación de violencia de género, presentado este fin de semana, que incluye medidas como la mejora de la coordinación de las administraciones en los que ha destacado la firma de un documento único para "maximizar la coordinación" en la atención a través del 016 y los teléfonos de asistencia de las diferentes comunidades autónomas.
La delegada también ha insistido en la necesidad de romper "el silencio cómplice" en estos casos para acabar con la cadena de violencia o en la atención a colectivos vulnerables como la mujer en el mundo rural.
Entre los puntos del plan también se establece un protocolo de vigilancia y asistencia en otros "tipos de maltrato" como trata de blancas, casos de matrimonios forzados o mutilación genital.

Recortes y violencia de género.
Blanca Hernández ha asegurado que la entidad que dirige es una de las que menos recortes ha sufrido y que se han centrado en partidas no asistenciales que no afectan directamente a la atención a las mujeres y ha puesto como ejemplo los brazaletes antimaltrato o el teléfono gratuito 016, "eso no se ha tocado", ha explicado.
"Hay que aumentar la concienciación", ha incidido la delegada, quien no obstante ha subrayado que la sensibilización de los varones hacía la violencia machista está aumentando, al igual que la de las empresas.