jueves, 10 de febrero de 2022

Los jueces de Familia: Divorcio y Covid-19

Los tribunales quitan a los padres antivacunas el cuidado médico de sus hijos en caso de divorcio.

Aunque en España no existe obligación de vacunar, los jueces justifican la entrega de la patria potestad de los niños en temas médicos al otro progenitor para protegerles.
ANDRÉS G. CARVAJAL, Madrid, 08 FEB 2022 
La patria potestad de un hijo menor de edad es habitualmente ejercida de forma conjunta por ambos progenitores en caso de separación. Sin embargo, los jueces están retirando al padre o madre contrario a las vacunas la toma de decisiones sobre el menor relacionadas con la atención psicológica y médica.
¿Qué ocurre cuando los padres de un menor no se ponen de acuerdo sobre la decisión de vacunar al hijo? Es una cuestión controvertida, pues en España vacunar no es obligatorio y sí una recomendación.
Los tribunales están recibiendo cada vez más asuntos de este tipo, casi todos enmarcados dentro de procesos de ruptura de pareja, y sentenciando en contra del progenitor contrario a la vacunación. 
La justicia es consciente que la falta de inmunización a un sector importante de la población puede tener consecuencias catastróficas para el resto de los ciudadanos. En sus autos recuerdan que la Organización Mundial de la Salud ha garantizado que son seguras y que sus beneficios son innegables. En este sentido, muchos jueces entienden que las vacunas son útiles para la salud de los menores y que es una medida acorde a sus intereses, razón que debe guiar sus decisiones.
Recientemente la A. P.  de Murcia ha respaldado la solicitud de un padre para vacunar a sus hijos, dado que la madre que ostentaba la custodia se negaba a ello, pues desconfiaba de la seguridad de la vacunación contra la Covid. El juzgado de familia había dado la razón al progenitor, pero la mujer apeló la resolución.
En el caso revisado por los magistrados de Murcia queda probado por un informe pericial que la madre era contraria al uso por su hija de mascarillas en el colegio por resultar perjudicial para su salud, además de oponerse a su vacunación contra la Covid. El informe del perito también destaca que la madre proporcionaba una alimentación vegetariana a su hija menor de edad. "En este caso el informe pericial antes citado refiere las propias manifestaciones de la madre con respecto a la alimentación vegetariana que dispensa a la menor, así como en relación a su postura contraria al uso por su hija de mascarillas en el centro escolar por resultar perjudicial para su salud, y su oposición a la vacunación contra la Covid-19", dice la sentencia.
La cuestión de vacunar o no a un menor es una cuestión directamente ligada a la patria potestad. Tuvimos que solicitar autorización judicial para ello”, explica Mª José Parra Martínez, abogada del padre.
Aunque la sentencia (cuyo texto puede consultar aquí) establece el ejercicio conjunto por ambos progenitores de la patria potestad de la niña, confirma la atribución al padre su ejercicio exclusivo respecto a las cuestiones psicológicas y médicas de la menor, incluyendo las decisiones que afectan a su vacunación y alimentación.
Los jueces, para justificar la retirada del cuidado médico al progenitor contrario a la vacunación, se basan en el predominio del superior interés de los menores de edad por encima de cualquier otro, incluido el de sus padres. Literalmente, creen que la decisión del juzgado "constituye un pronunciamiento correcto y acertado que garantiza el interés de la menor".
Vacunación voluntaria.
En España no existe la obligación de vacunar. 
El establecimiento de un calendario de vacunación, que puede variar según la comunidad autónoma, es una simple recomendación por lo que la decisión final corresponde a sus padres
Cuando se plantea la discrepancia entre ambos progenitores, los jueces cada vez lo tienen más claro: la decisión de vacunar no puede quedar al arbitrio de 1 de ellos y debe prevalecer en la sentencia el interés superior del menor a favor de su salud.
En este contexto, el Tribunal Supremo, en sentencia de febrero de 2012, considera que "la patria potestad constituye un officium que se atribuye a los padres para conseguir el cumplimiento del interés del menor".
La retirada a los antivacunas del poder decidir sobre el cuidado médico de sus hijos menores ya cuenta con bastante jurisprudencia en los tribunales, incluso con sentencias anteriores a la pandemia provocada por el coronavirus.
En 2019, la A. P. de Vigo atendió la solicitud de un padre para vacunar a sus hijos de acuerdo con el calendario de vacunación gallego, dado que la madre, que ostentaba la custodia, se negaba a poner las dosis programadas por el sistema de salud pública. 
El menor de los hijos, de 7 años, nunca había sido vacunado; el mayor, de 11, solo en 2 ocasiones. Ante el desacuerdo de los progenitores, los jueces, para salvaguardar el interés superior de los hijos menores de edad, decidieron atribuir al padre la decisión de vacunar.
El auto del tribunal gallego (cuyo texto puede consultar aquí) establece, siguiendo toda la normativa internacional, estatal y autonómica, que el superior interés del menor debe ser el criterio determinante para la adopción de cualquier medida que les afecte en relación con sus progenitores.
Los magistrados recuerdan que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha asegurado en multitud de ocasiones que las vacunas son seguras. “Es mucho más fácil padecer lesiones graves por una enfermedad prevenible mediante vacunación que por una vacuna” cita el fallo. Conforme a estos parámetros, el tribunal concluye que las vacunas no solo no causan perjuicio, sino que sus beneficios “son innegables tanto a nivel individual como poblacional”.
En el caso del suero contra la Covid, el Juzgado de Primera Instancia nº51 de Barcelona fue de los primeros en pronunciarse ante la discrepancia de unos padres a la hora de vacunar y hacer pruebas PCR a sus 2 hijos de 15 y 16 años. La resolución del juzgado dio la razón a la madre, partidaria de ambas medidas, para priorizar el interés de los menores.
Abogados de familia
La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) apela “al consenso entre las partes” y el “bienestar de los niños y las niñas” para evitar tener que recurrir a los tribunales, lo que podría retrasar hasta 1 año la resolución sobre si vacunar o no a los hijos.
Los abogados expertos en familia consideran que, como la vacunación afecta a la patria potestad de los menores, si hay desacuerdos en padres divorciados sobre el cuidado sanitario de niños a partir de 12 años, deberán acudir al juzgado para dirimir la controversia, como prevé el art.86 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Esto no se aplica si uno de los padres tiene atribuido judicialmente el ejercicio exclusivo de la patria potestad. Además, los padres casados también pueden acudir al juzgado para dirimir la controversia. 
Sin embargo, los adolescentes de 16 o más años o más tienen capacidad legal para aceptar o rechazar la vacunación por sí mismos.

Vivienda: la Hipoteca tras el divorcio

El 79% de los españoles se hipoteca en pareja: ¿qué pasa si luego hay divorcio?
20 MINUTOS, 09.02.2022 
Las entidades bancarias suelen valorar más positivamente los préstamos hipotecarios compartidos por el menor riesgo que implican. 
La pareja debe demostrar solvencia económica.
En caso de divorcio, existen distintas alternativas para poner fin a la deuda.
La solicitud de una hipoteca es una decisión vital en la vida de cualquier persona. Con motivo de San Valentín, la famosa celebración de los enamorados, Rastreator ha analizado el perfil de los clientes que solicitan una hipoteca. 
El análisis muestra que el 79% de los españoles que han solicitado un préstamo hipotecario en el último año lo han hecho de forma compartida, mientras que el 21% han optado por hacerlo de forma individual.
Sergio Carbajal, responsable de hipotecas de Rastreator, explica que "durante estos últimos meses, las entidades bancarias están ofreciendo hipotecas con condiciones óptimas con el objetivo de que incluso los más jóvenes, que suelen carecer del ahorro previo recomendado (20-30%), puedan contratar un préstamo hipotecario".
"Aun así -agrega el experto en hipotecas- ciudades como Madrid, Barcelona o San Sebastián tienen un coste de vida muy elevado, por lo que es muy común que se opte por pedir una hipoteca conjunta para que la operación sea más viable. De hecho, los bancos ven con buenos ojos que sea una pareja quien solicite una hipoteca, ya que la estabilidad económica suele ser mayor”.
Preferencias al solicitar una hipoteca: ¿Pareja de hecho o matrimonio?
Generalmente, cuando se pide una hipoteca las entidades bancarias tienen muy en cuenta el estado civil del hipotecado. En el caso de las hipotecas compartidas, las entidades suelen valorar de forma positiva que la pareja esté casada o sea pareja de hecho ya que al ser 2 personas con un mismo préstamo, la probabilidad de tener menor riesgo de impago suele ser superior. No obstante, esto sólo será válido si ambos tienen una situación laboral estable.
Para las parejas que no quieran pasar por el altar, también existe la opción de inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho. Este registro expone toda la información que hay que seguir si alguna vez la pareja decide romper su relación o alguno de los 2 falleciera.
Sergio Carbajal declara que “los bancos buscan una estabilidad en la pareja y documentos que formalicen su relación para establecer las condiciones necesarias a la hora de conceder una hipoteca. Tanto las parejas de hecho como los matrimonios disponen de dicha documentación, por lo que cualquiera de las 2 opciones será válida a la hora de aprobar el préstamo”.
Los bancos buscan una estabilidad en la pareja y documentos que formalicen su relación para conceder una hipoteca.
Parejas, el perfil ideal para conseguir una hipoteca
El principal objetivo que tienen las entidades financieras cuando conceden una hipoteca, es que dicho préstamo se devuelva sin contratiempos. 
Por este motivo, a la hora de pedir un préstamo hipotecario se mirará detenidamente que los solicitantes tengan solvencia económica.
Si los solicitantes son pareja, el perfil mejorará notablemente, ya que hay 2 ingresos para poder pagar la deuda. 
Además, si ocurre cualquier imprevisto, como por ejemplo, que uno de los titulares se quede sin empleo, la otra persona podrá abonar esa parte.
Otro aspecto importante para los bancos es la edad de los titulares: cuanto más joven sea el usuario, más tiempo tendrá para devolver el préstamo.
Carbajal señala que “otro aspecto importante para las entidades financieras es la edad de los titulares, ya que cuanto más joven sea el usuario, más tiempo tendrá para devolver el préstamo. También es imprescindible que los solicitantes dispongan de ahorros suficientes para abonar la entrada de la hipoteca y los gastos que conlleva la compra de una vivienda (impuestos, notario, Registro de la Propiedad…).
Asimismo, es imprescindible que ambos titulares tengan una solvencia económica estable, es decir, un contrato indefinido y no tener deudas pendientes, ya que si uno de los 2 miembros no cumple con estos requisitos, es probable que la entidad bancaria no pueda conceder la financiación
”.
El ahorro, motivo de peso para dar el paso de vivir en pareja
Aunque la capacidad de ahorro de los españoles se ha visto cada vez más limitada a raíz de las subidas del Índice de Precios de Consumo (IPC) los que comparten gastos suelen salir ganando. Compartir gastos se ha convertido en una de las soluciones que muchos españoles han optado por hacer y en el caso de las hipotecas, también.
Aun así, no es la única solución para conseguir ahorrar puesto que planificar las finanzas personales mensualmente para evitar imprevistos y saber distribuir los gastos básicos y personales supondrán a la larga un ahorro en nuestros bolsillos. Asimismo, es importante que a la hora de solicitar una hipoteca, ya se haga en pareja o no, se conozca todas las distintas opciones que hay en el mercado y se deje asesorar por expertos, como en el caso de Rastreator, ya que se trata de una decisión compleja y es clave elegir en base a lo que más se adapte a las necesidades de cada uno.
¿Qué ocurre con la hipoteca si finalmente la relación no cuaja?
En caso de divorcio con una hipoteca compartida sin finalizar, normalmente se debe asumir el pago del préstamo a partes iguales. Sin embargo, existen otras opciones para aquellos que busquen desvincularse del préstamo hipotecario:
-Vender la vivienda a un 3º: es una de las opciones que más se llevan a cabo si ambas partes están de acuerdo, ya que así se puede cancelar la hipoteca y repartir el dinero en partes iguales en el caso de que el precio actual de la casa sea igual o superior al momento en el que se adquirió.
-Extinción de condominio: la extinción de condominio suele ser una de las opciones más recurrentes ante este tipo de situaciones aunque puede llegar a ser complicada, ya que en esta opción la pareja decide que la titularidad de la vivienda pase a ser para una de las 2 partes.
Aun así, es probable que la deuda con el banco siga siendo compartida, con el objetivo de que la entidad tenga respaldo en caso de que el pago de la hipoteca no se realice. Si 1 de los titulares quiere dejar de ser responsable también de la deuda hipotecaria, tendrá que llevarse a cabo la novación del préstamo, es decir, modificación, sustitución o extinción. 
El banco puede optar por no aceptar dicha petición, y si finalmente lo hace, será con distintas condiciones para garantizar la devolución total del préstamo.
-Dación del pago: esta alternativa no suele ser muy común, ya que significa que los titulares deciden entregar la vivienda a la entidad bancaria para poder cancelar su deuda. En el caso de que el banco vea que hay otras opciones, como disponer de unos ingresos suficientes, seguramente rechace aceptar esta opción.
Carbajal explica que “en el caso de que la pareja tenga hijos y decida divorciarse, la situación cambia notablemente, ya que se deberá pactar quién de los 2 será el que viva en la casa con los hijos y quién deberá asumir la hipoteca y los gastos que genera una vivienda”.

Mapa del Divorcio en España por provincias

El mapa que muestra las provincias españolas donde se registran más divorcios.
En el año 2020 se produjeron en España 77.200 divorcios y más de 13.000 tuvieron lugar en Andalucía.
Irene Ramos/COPE, Sevilla, 09 feb 2022 
Desde que en España se aprobó la ley del divorcio han sido miles las uniones de parejas que han dejado de ser para siempre en nuestro país. Hayan durado más o menos, lo cierto es que hay matrimonios que se rompen por una u otra razón y que con mecanismos como el "divorcio exprés" pueden poner fin a su vida en común.
En la actualidad, el divorcio en España es uno de los tipos de disolución del matrimonio que recoge la legislación española y, más concretamente, el art.85 del C. Civil de España, en vigor con tal supuesto desde el 9 de agosto de 1981.
"El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio."
Puede ser tramitado en los juzgados a petición de 1 de los cónyuges, de ambos o de 1 con el consentimiento del otro, tal y como marca el art. 86 del C. Civil:
"Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de 1 solo de los cónyuges, de ambos o de 1 con el consentimiento del otro, [...]"
Desde el año 2015 también cabe la posibilidad de su tramitación ante notario, sin necesidad de pasar por el juzgado, si bien se contempla para casos de acuerdo mutuo y con unos requisitos más restringidos, estipulándose en el art. 87 del C.Civil.
"Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo [...] en escritura pública ante Notario, [...]".
Las rupturas matrimoniales se han producido a lo largo y ancho de todo el país, pero hay territorios que se sitúan a la cabeza y con mucha diferencia respecto al resto en cuanto al número de divorcios.
¿Cuáles son por ejemplo las comunidades donde más parejas se separan?
Pues según la estadística Andalucía (13.992), Cataluña ( 13.543) y Madrid (10.061) son por ese orden las comunidades autónomas donde más parejas pusieron fin a su relación y decidieron hacerlo con una sentencia judicial de divorcio en firme.
Así lo reflejan los datos detallados en la web del INE donde se puede consultar este ránking en el que se ofrecen los datos numéricos de los divorcios por comunidades.
En el extremo contrario de esta tabla de clasificación se encuentran La Rioja,(579) Ceuta (170) y Melilla (126) territorios más pequeños donde los divorcios fueron mucho menos numerosos. 
Esa clasificación sin embargo no significa que la provincia donde más rupturas matrimoniales se producen sea andaluza.
Y es que en el cómputo global el mapa de divorcios de España coloca a la cabeza a la capital catalana, Barcelona, donde en 2020 rompieron 10.077 parejas que previamente habían pasado por el altar o por el juzgado.
En 2º lugar nos encontramos con Madrid, que pisa los talones a Barcelona y acumula 10.061 divorcios, mientras que la 3ª provincia con mayor tasa de rupturas es Valencia, algo alejada de las 2 primeras al registrar 5.076 divorcios.
En cuanto a las provincias que se sitúan más abajo en los puestos inferiores de la tabla son Soria con 72 divorcios, Melilla con 126 y Teruel con 142. 
Estas cifras hacen referencia a parejas que han contraído matrimonio, sea civil o religioso, una práctica que en España se reduce año tras año.
De hecho los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) ponen de manifiesto un importante descenso del número de matrimonios en una tendencia a la baja que se mantiene desde el año 2008
En esa fecha el total de uniones en nuestro país ascendió a 197.216, mientras que en 2020 los matrimonios se redujeron a los 90.416.
En cuanto a la oscilación de la cifra de rupturas matrimoniales, también tienen una clara tendencia a la baja si se examina la serie histórica tomando como referencia el año 2008. En ese momento -recordemos de la llamada crisis de la burbuja inmobiliaria- se registraron 111.001 divorcios. El año siguiente la cifra se reducía a 98.359 y aunque en 2012 de nuevo se producía una subida y había más de 104.000 divorcios, lo cierto es que a partir de entonces la caída ha sido continuada.
Así en 2013 se produjeron 95.427 rupturas de parejas, en 2018 fueron 95.524 , en 2019 volvieron a caer a los 91.645 y hasta llegar a los 77.200 del año 2020, el último del que el INE ofrece de momento datos.

«Por qué no soy feliz»: los 9 enemigos de la felicidad

¿Crees que tienes impedimentos para alcanzar la felicidad que buscas?
Melissa González, 09 Feb 2022
Es inquietante la siguiente cita: «Con la felicidad pasa lo mismo que con las gafas: las buscas y las buscas y resulta que las llevas puestas». 
¿No te ha ocurrido con las gafas, el teléfono móvil o las llaves? Al parecer, la comparativa encaja a la perfección con la búsqueda de la felicidad, un estado que, como ya dijimos, parece más bien una carrera de fondo de a ver quién llega primero.
Sin embargo, es posible que vivas etapas en las que, efectivamente, no estés feliz. ¿Por qué? Los motivos pueden ser innumerables, pero existen una serie de «impedimentos» internos que te obstaculizan y la psicóloga Silvia Álava los ha llamado «los enemigos de la felicidad». 
En concreto son 9, aunque nuestra mente tiene mucho que ver en todos ellos...
1. La genética de la felicidad. «Hay que entender que esa genética de la felicidad se refiere a que todos tenemos un potente potencial de mejora. Muchas personas piensan que por las circunstancias no pueden serlo, pero eso solo pesa un 10%», dice Silvia Álava, que anima a esforzarnos por sentirnos mejor
Tenemos estrategias de regulación para poderme encontrar mejor y aceptar que nuestros enemigos de la felicidad somos nosotros mismos», insiste.«Hay que entender que esa genética de la felicidad se refiere a que todos tenemos un potente potencial de mejora»Silvia Álava, psicóloga.
2. Los pensamientos barrera. Nos aconsejan que tengamos cuidado de los demás, pero la psicóloga también alerta de la importancia de tener cuidado con uno mismo... «Hay una serie de pensamientos barrera con los que nos dejamos llevar pensando que todo nos va a salir mal», dice.
3. Las ideas irracionales. Hemos dado por hecho que todos los pensamientos que tenemos son verdaderos cuando son hipótesis
«La realidad pasa por delante de nosotros y la vamos interpretando, y en ella metemos ideas irracionales que no son ciertas pero igualmente nos las creemos», dice la experta en psicología. Además, dentro de las ideas irracionales hay que destacar esa costumbre que tenemos de hablarnos en términos de 'debería', como si el no hacer algo fuese a darnos un gran problema. «Por supuesto que hay cosas necesarias en nuestro día a día que hay que hacer, pero hay otras que son elegidas, por lo que dejemos de referirnos a ellas con un 'debo de', porque nos genera ansiedad cuando en su día lo elegimos así», anima.
Por tanto, es primordial diferenciar entre lo necesario de otras cosas que elegimos. Asimismo, alerta del desgaste que supone que el resto debería de hacer algo o algo debería de ser de 'x' forma porque son cosas que no dependen de nosotros. Además, usar palabras como siempre, nunca, todo, nada también nos hacen un flaco favor por el simple hecho de que nos cerramos a un mundo de posibilidades.
«Por supuesto que hay cosas necesarias en nuestro día a día que hay que hacer, pero hay otras que son elegidas»Silvia Álava, psicóloga.
4. Pensar demasiado. Junto a los pensamientos barrera encontramos el pensar demasiado, algo a lo que Silvia Álava se refiere como «rumiación»: «Pensamos demasiado y ponemos el cerebro en modo centrifugadora, pero lo que hay que hacer es decirle 'para' cuando estamos en esta fase de rumiación porque no hacemos un análisis para llegar a la solución, sino que nos quedamos pasmados en el pensamiento negativo».
5. La comparación social. Ya te contamos el mal que te puedes hacer por compararte con los demás, pero si esa constante comparativa te impulsa y motiva a luchar por lo que quieres, bienvenida sea. Silvia Álava, cuando tiene que hablar sobre esto, recurre a la siguiente frase: «si quieres ser infeliz espía a tu vecino». Y no es más que un jarro de agua fría y de realidad, porque además las redes sociales lo ponen realmente fácil. 
«Solo hace falta meterse en una red social para ver que todos los demás son mucho más felices que tú mismo, pero eso que muestran puede no ser real porque solo se trata de la proyección de realidad que los demás quieren que veas», manifiesta. Y es que, en cierto modo, en nuestras redes sociales «colgamos» lo mejor de nuestro día, pero no vamos contando nuestras penas a diestro y siniestro. 
«Solo hace falta meterse en una red social para ver que todos los demás son mucho más felices que tú mismo»Silvia Álava, psicóloga.
6. La envidia y los celos. La comparativa mal llevada puede ser solo el comienzo de la envidia y los celos... Y eso solo nos lleva a sentirnos más inseguros y vulnerables con nosotros mismos. «Mucho cuidado con esa comparación social, como la envidia y celos. Yo te aconsejo que pases, que te alegres por los demás y que procures construir tus propias metas; nadie mejor que tú sabe dónde quieres llegar y qué es lo que quieres hacer», afirma.
7. La ansiedad y el estrés. La ansiedad siempre es señalada por los psicólogos como una de las causas que más hace ir a consulta a la sociedad. Y desde que la pandemia por Covid-19 estalló, el aumento de personas con ansiedad ha sido abismal... «En estos momentos estamos viviendo una fatiga pandémica por la ansiedad que nos genera la crisis sanitaria. Para empezar a abordar este tema 1º de todo tenemos que ser conocedores de la aparición de la ansiedad y el estrés y empezar a buscar estrategias para manejarlo», indica.
8. El director de cine interior. Nos encantan montarnos películas en la cabeza pero, ¿cuántas de ellas han llegado a ocurrir en la realidad? 
Sobre esto habla Silvia Álava, porque al parecer se trata de uno de los grandes enemigos de la felicidad. «¿Eres consciente de la película que te has montado en tu cabeza? Muy pocas veces se ha hecho realidad y has sufrido 2 veces: una cuando la inventas y otra hasta que se cumple, si es que llega a ocurrir», advierte.
9. El móvil anestesiador emocional. «Mucho cuidado con el móvil» es la advertencia que nos hace la psicóloga. Y no porque sea malo su uso, sino porque lo usamos de anestesiador ante los problemas que tenemos. «Nosotros no estamos bien emocionalmente, es decir, sentimos algo desagradable como la tristeza o frustración, y lo que ocurre es que en vez de enfrentarnos a ello nos refugiamos en el teléfono», cuenta. 
Con el teléfono móvil no estamos pendientes de lo que nos ocurre, como los niños pequeños cuando recurren a un chupete para sentirse mejor, así que recurrimos a ese efecto de la anestesia: ese problema que tengo y me proporciona esa emoción que no me gusta lo que hace es perpetuar el problema o incluso agravarlo.

miércoles, 9 de febrero de 2022

¿Cuál es el secreto de la felicidad? Harvard tiene la respuesta

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El método japonés para ser feliz y llegar a los 100 años: las 9 claves Hanasaki
6 PASOS FUNDAMENTALES
Un profesor de la Universidad de Harvard ha elaborado una guía con las 6 claves fundamentales con las que las personas pueden alcanzar la felicidad y tener una vida plena.
El Confidencial, 08/02/2022 
El doctor en psicología Tal Ben-Shahar convirtió la felicidad en una asignatura académica en la Universidad de Harvard. Sus clases ostentan el récord de ser las que más estudiantes ha tenido en la historia de tan distinguida institución con más de 1.400 alumnos por semestre.
Además, Ben-Shahar también es escritor, autor de libros como ‘La búsqueda de la felicidad’, y dirige la ‘Happiness Studies Academy’, una plataforma online que ofrece recursos para aprender a gestionar las emociones. Ahora, acaba de elaborar una guía con las claves que considera imprescindibles para alcanzar la felicidad y tener una vida plena.
Según la Real Academia Española, la felicidad es un “estado de grata satisfacción espiritual y física”. Sin embargo, todos nos hemos planteado alguna vez o, incluso, de forma constante, cómo se consigue la felicidad y la respuesta no está del todo clara. Lo que para unos significa un auténtico regocijo o alegría, para otros puede ser un drama o una tragedia.
Claves para ser feliz
En este sentido, Ben-Shahar ha revelado que existen una serie de patrones, 6 en concreto, que se repiten en todas las personas que aseguran ser felices. El 1º de todos ellos radica en ser optimistas. La felicidad no depende solamente de nuestras circunstancias, sino más bien de la actitud que mostramos ante ellas. Para ello es bueno aceptar la vida como viene y afrontar las dificultades con ánimo y entusiasmo. No se trata de ser perfeccionistas, sino de aceptar nuestros fallos con humildad.
Ser optimista y resiliente te ayudará a alcanzar la felicidad.
Además de ser optimitas, debemos ser resilientes. La resiliencia es una cualidad que permite a las personas adaptarse a las adversidades y convertirlas en una oportunidad para crecer a nivel personal. Ya sea la pérdida de un ser querido, una ruptura sentimental o quedarse sin trabajo. La vida está llena de adversidades, pero es imprescindible superar los miedos ante los obstáculos, reponerse, superarlos y estar preparados para futuras caídas o pérdidas.
Para ser felices hay que evitar la procrastinación, es decir, aplazar nuestras responsabilidades de forma recurrente. Esto puede generar estrés, angustia, tensión y agobios que no vienen a cuento. 
Organizar nuestra vida y ponerla en orden es la clave. 
Tiene que haber tiempo para trabajar, para descansar, para divertirse. 
Si algo falta, algo estamos haciendo mal.
La felicidad no depende de las circunstancias, sino de la actitud que mostramos ante ellas.
Para encontrar la estabilidad, la mayoría de las personas necesitamos socializar y mantener una buena relación emocional con nuestros seres queridos, algo que ayudará a mejorar la autoestima y establecer vínculos y crecer como individuos. 
Asimismo, Ben-Shahar destaca que ser agradecido hace que te sientas mejor y mejora las relaciones interpersonales.
Junto a todo esto, practicar deporte es fundamental para tener una buena salud física y mental. Con solo 30 minutos de ejercicio diario se puede aliviar el estrés y generar endorfinas, notando un cambio gradual en el estado anímico y del cuerpo.

martes, 8 de febrero de 2022

Catalunya: Divorcio, vivienda y discapacidad

Redacción, 07.02.22
El TSJ de Cataluña atribuye durante 1 año la vivienda que dejó de ser familiar a una madre y a un hijo incapacitado.
Los magistrados deniegan su otorgamiento de forma indefinida al no atender a la necesidad del hijo.                                   CONSULTE LA SENTENCIA AQUÍ.                        El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha atribuido a una madre y al hijo, recientemente incapacitado, el uso de la vivienda “desafectada de uso familiar” durante el plazo de 1 año, mientras los progenitores gestionan la venta de la misma, para comprar otra casa más asequible para cubrir las necesidades del hijo.
El Tribunal decide no conceder el uso de la vivienda familiar de manera indefinida al considerar que no afecta propiamente al interés del hijo, puesto que no siempre la habían necesitado.
La desafección de la vivienda que fuera familiar se produjo por sentencia en la que no se adjudicó el uso a ninguno de los progenitores, dado que ninguno de ellos vivía en la misma. La vivienda pasó a estar alquilada hasta que los inquilinos decidieron irse, circunstancia que fue aprovechada por la madre para volver a usar la casa junto con el hijo común, que se hallaba, por entonces, sujeto a un proceso de incapacitación. Dicho retorno a la vivienda fue consentido por el padre.
La cuestión planteada es si una vez que se renuncia del uso de la vivienda y se declara "desafectada al uso familiar", puede ser adjudicado de nuevo su uso a uno de los hijos, que es declarado judicialmente incapacitado, y al progenitor que se haga cargo directo del mismo.
El Juzgado de Primera Instancia acordó atribuir provisionalmente a la madre el uso de la vivienda familiar durante un tiempo que el Juzgado consideraba suficiente para su venta. Sin embargo, la A. P. de Barcelona revocó en parte la sentencia y no hizo atribución del uso del domicilio.
Ante tal decisión, la madre recurre ante el TSJ Cataluña, con el fin de que se asimilase la situación de una persona necesitada de ayuda por parte de sus progenitores a un menor de edad, para, de este modo, atribuir el uso de la vivienda a la recurrente con carácter indefinido. Sin embargo, el Tribunal no acoge dicha pretensión.
Falta de necesidad
A pesar del consentimiento del padre, el Tribunal considera que la atribución del uso de la vivienda familiar no afecta propiamente al interés del hijo en este caso concreto, en atención a que no siempre ha necesitado dicha vivienda, volviendo a la misma por decisión de la madre, tras la marcha de los arrendatarios que la ocupaban. Y es que, recuerda el fallo, “no siempre se vincula los hijos menores de edad al uso de la vivienda familiar, ya que depende de los casos y de las situaciones concretas, de hecho se atribuye preferentemente, de forma temporal, al progenitor que tenga su custodia, mientras dure la misma. Igual sucede, por analogía, respecto de las personas incapacitadas (...)"
Además, teniendo en cuenta la situación permanente de incapacidad del hijo, el tribunal considera que se estaría privando al padre de disfrutar de una parte de su patrimonio de forma indefinida, lo cual estaría justificado si hubiera tal necesidad. En cualquier caso, matizan los magistrados, dadas las características de la vivienda familiar y alto coste de mantenimiento que tiene y que la madre reconoció no poder mantener, con su venta ambas partes podrán cubrir sus necesidades de vivienda y las de su hijo, manteniéndolo en la misma población.
De forma que, estimando la “no necesidad” por parte de la madre de ocupar la vivienda de forma indefinida en unión al hijo común, el Tribunal atribuye su uso a la madre durante el plazo de un año desde la firmeza de su sentencia con el fin de facilitar las gestiones de su venta.

7 años de divorcios de mutuo acuerdo ante Notario

SANDRA PACHO, Abogada, 07.02.2022
La Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria, introdujo diversas modificaciones en el ámbito del derecho de familia.
Entre ellas, encontramos la modificación de diversos artículos del Código Civil para adaptar esos preceptos a la nueva realidad: la posibilidad de los cónyuges de divorciarse ante Notario sin necesidad de tener que acudir a un procedimiento judicial.
Hasta el año 2015, la unión matrimonial únicamente podía ser disuelta en un procedimiento judicial.
Sin embargo, con esta novedad, que intentó descargar de trabajo a los ya saturados juzgados de familia, se pretendió que determinados divorcios pudieran tramitarse con mayor celeridad en sede notarial, y no judicial.
Para poder acudir al divorcio ante notario es necesaria la concurrencia de determinados requisitos:
* El divorcio debe ser de mutuo acuerdo entre ambos cónyuges. 
En caso
  de discrepancia será necesario acudir a la vía judicial.
* Deben de haber transcurrido 3 meses desde la celebración del
  matrimonio.
* Que no existan hijos menores de edad o incapacitados legalmente.
En caso de que existieran hijos mayores de edad o emancipados, estos deberán otorgar consentimiento respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
¿Es necesaria la intervención de abogado?
Sí. Los cónyuges deberán intervenir en el otorgamiento de modo personal, y deberán ser asistidos de letrado en ejercicio, prestando así su consentimiento ante el notario.
¿Qué efectos produce la escritura pública?
La escritura pública de divorcio, al igual que la sentencia o decreto, producen la suspensión de la vida en común de los cónyuges y cesa la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge, así como la revocación de poderes entre los cónyuges.
¿Desde cuándo surte efectos?
Los efectos se producirán desde la manifestación del consentimiento de ambos cónyuges otorgado en escritura pública, si bien, no se producirán plenos efectos frente a 3º de buena fe hasta que se inscriba en el Registro Civil.
¿Ante qué notario puedo divorciarme?
El notario competente para poder otorgar la escritura pública de divorcio será el del último domicilio común de los cónyuges o el del domicilio o residencia habitual de cualquier de cualquiera de los solicitantes.
¿Cuál es el procedimiento?
El letrado redactará el convenio regulador en el cual se contendrán las condiciones del divorcio, que posteriormente se incorporará a la escritura pública del notario (atribución del uso del domicilio familiar, liquidación del régimen económico matrimonial, pensiones compensatorias en su caso etc).
El convenio regulador, junto con la documentación pertinente (libro de familia, certificado de matrimonio etc) será remitida a la notaría a la espera de que los cónyuges acudan de forma personal a ratificarse.
El Notario podrá oponerse a la aprobación del Convenio si considera que el mismo es especialmente dañoso o perjudicial para alguno de los cónyuges o hijos.
Una vez ratificado el convenio se acordará el divorcio de los cónyuges.
El notario se encargará de remitir testimonio al Registro Civil en el que constase inscrito el matrimonio para que realicen la correspondiente inscripción de disolución el matrimonio.
Nos encontramos ante un procedimiento más ágil y económico que la vía judicial, cuya pretensión principal fue la descongestión de la administración de justicia, si bien en la práctica no es tan utilizado como se pensó cuando se introdujo esta novedad, puesto que de un lado muchas personas desconocen la existencia de esta vía y de otro, los requisitos legalmente exigidos para optar a este tipo de divorcio son en ocasiones difíciles de cumplir.

Fracaso del modelo de familia tradicional tras el divorcio: la Pensión de alimentos

Javier Izaguirre Fernández, E&J, 07/02/2022
Extingue la pensión alimenticia tras mensajes de su hijo del tipo: “no quiero saber nada de ti”.
El padre se interesó por su hijo durante el confinamiento, pero este último decidió no responder a sus mensajes de WhatsApp.
La A. P. de Albacete ha acordado extinguir la pensión de alimentos que un padre venía abonando a favor de su hijo mayor de edad, tras considerarse acreditada que la nula relación que mantenían ambos se debe a la negativa rotunda e injustificada mostrada por el hijo para ello.
Entre otras razones, la sentencia, de 12 de noviembre de 2021, señala que muestra de tal falta de relación es el mensaje de WhatsApp que el padre recibió tras felicitar a su hijo el día de su cumpleaños: “¿Cómo tengo que decirte que no quiero saber nada de ti?”, le contestó este último.
Ponemos en contexto: el Juzgado mantiene la pensión
En enero de 2021, el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Albacete estimó en parte la demanda de modificación de medidas promovida por el padre frente a su ex-esposa y, entre otros pronunciamientos, acordó mantener la pensión alimenticia establecida a cargo del actor y a favor del hijo en común.
El distanciamiento entre padre e hijo viene de tiempo atrás dada la mala relación existente entre los progenitores y la excesiva judicialización que éstos han mantenido por cuestiones que afectaban a los hijos y a los que ha hecho partícipes, tanto en el orden personal por desacuerdos en decisiones relativas al ejercicio de la patria potestad, visitas y comunicaciones, como en el económico, lo que si bien no justifica por sí la negativa del hijo a relacionarse con el padre, no puede considerarse que quepa imputarla de modo relevante y principal al hijo”, declaró la Magistrada-Juez.
Recurso de apelación: motivos para la extinción
Disconforme con tal conclusión, el padre interpuso recurso de apelación solicitando, con carácter principal, que se declarase la extinción de la pensión de alimentos que venía abonando el mismo a favor del hijo mayor de edad, con el que no mantiene ningún tipo de relación desde hace años dada la negativa rotunda e injustificada mostrada por el hijo para ello.
«El hijo eludía responder o le contestaba con mensajes del tipo: ¿Cómo tengo que decirte que no quiero saber nada de ti».
Asimismo, con carácter subsidiario, el progenitor peticiona que se revoque la sentencia dictada en 1ª instancia, por no aplicar la doctrina emanada de nuestro Alto Tribunal (STS 104/2019, de 19 de febrero) en relación a la extinción de la obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad en los casos de falta de relación entre estos últimos y su progenitor, cuando ello sea imputable al hijo, o al menos de un modo relevante.
El padre recuerda que su hijo, de 21 años, no le habla desde que cumplió la mayoría de edad y que tampoco ha intentado ponerse en contacto con él durante estos últimos años. Afirma que de los informes emitidos por el Punto de Encuentro Familiar (PEF) se desprende que dicha decisión fue tomada por el hijo mucho tiempo antes de cumplir los 18 años ya que, pese a los innumerables esfuerzos realizados en las visitas que tuvieron lugar en el citado espacio, la actitud mostrada por el mismo siempre fue hermenéutica y de rechazo.
Además, después de alcanzar la mayoría de edad, el progenitor anuncia que ha intentado en varias ocasiones, aprovechando el día de su cumpleaños, ponerse en contacto con su hijo a través de mensajes de WhatsApp. 
En cambio, este último eludía responder o le contestaba con mensajes del tipo: “¿Cómo tengo que decirte que no quiero saber nada de ti?”.
AP de Albacete: extinción de la pensión
Turno de la A.P. de Albacete, su Sección Iª declara que, tras el visionado del acto del juicio y después de examinar la documental obrante en las actuaciones, está suficientemente acreditado que el hijo mayor de edad “no tiene relación alguna con su padre por su propia voluntad”, sin que exista prueba alguna que acredite que esta falta de relación obedezca a un motivo justificado.
En opinión del Tribunal, resultan muy relevantes para alcanzar tal conclusión los sucesivos informes elaborados por el PEF desde que comenzaron las visitas de los hijos en dicho espacio (cuando aún eran menores), en los que se ponía de manifiesto que el alimentista “no quería tener relación alguna con su padre a pesar del esfuerzo y voluntad que éste ponía para poder comunicarse e interactuar con su hijo”.
La falta de toda relación se ha venido manteniendo con posterioridad a esa mayoría de edad a pesar de que el padre ha intentado mantener un mínimo canal de comunicación con su hijo”, agrega la Sala. Así, muestra de ello es el mensaje de WhatsApp arriba citado o cuando el padre se interesó por su situación en el confinamiento derivado de la pandemia, en el que de nuevo obtuvo el silencio por respuesta.
Por último, respecto a la posibilidad de que la madre haya podido contribuir a que exista tal sentimiento de rechazo hacia su padre, la Sala subraya que resulta imposible olvidar que el alimentista alcanzó su mayoría de edad hace casi 4 años y, desde ese momento, “por más que tuviera una relación mucho más intensa y cercana con su madre, era completamente libre para poder retomar siquiera una mínima relación con su padre”.
Así las cosas, habiendo decidido de modo “libre y consciente” no querer saber nada de su padre, sin obedecer a un motivo concreto y justificado, la Sala llega a la conclusión de que tal falta de relación “es imputable de modo principal o relevante” al hijo mayor de edad y a tener que acordar la extinción de la pensión alimenticia que el alimentante satisface a su favor.

Que no te engañen: En España no te puedes divorciar por internet.

Mª Fernández Abanades, E&J, 07/02/2022
Hasta que un clic nos separe: ¿es posible divorciarse por internet?
Numerosos despachos de abogados realizan los trámites del divorcio exprés de forma online.
Si introduces “divorcio exprés” tu página de resultados se llenará de ofertas para divorciarse online de forma rápida. “Divórciate sin salir de casa”, dicen algunas webs. En vista del panorama, es posible que al consumidor le surjan ciertas dudas: ¿en qué consiste el divorcio exprés? ¿Es realmente posible divorciarse por internet?
Divorcio exprés
El divorcio exprés nace en el año 2005 para dar respuesta a una necesidad social. Hasta ese año, las parejas debían ir al juzgado para separarse legalmente y, tras 1 año de espera, podían solicitar el divorcio y romper definitivamente el vínculo matrimonial.
Aunque se habla de “ley de divorcio exprés”, el nombre exacto de la misma es Ley 5/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.
El principal atractivo del divorcio exprés es la agilidad en los trámites, además del hecho de que permite que el proceso se lleve a cabo sin necesidad de acudir a un Juez. En este sentido, el divorcio exprés puede tramitarse por un Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) o por un Notario.
Recurrir a este procedimiento requiere reunir ciertas características. 
Estas son:
Divorciarse de mutuo acuerdo. Dado que es un procedimiento de jurisdicción voluntaria, el divorcio exprés requiere del mutuo acuerdo de los cónyuges, que deberán manifestar ante notario su voluntad de romper el vínculo matrimonial.
Aportar un convenio regulador. El convenio regulador es el documento en el que se determinan los efectos del divorcio
En principio queda abierto a la voluntad de las partes, y debe regular:
Cuando la pareja tenga hijos mayores de edad, emancipados, pero no independientes, las medidas relativa a su custodia, comunicaciones y visitas.
La distribución del patrimonio común: atribución del domicilio y ajuar familiar, liquidación de la sociedad de gananciales (en su caso) …
Puede establecer una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges o pensiones alimenticias en favor de los hijos.
Ausencia de hijos menores o con la capacidad modificada. 
El divorcio exprés es válido exclusivamente cuando no hay hijos menores o hijos con la capacidad modificada. El motivo es que en estos casos debe intervenir el Ministerio Fiscal para garantizar los derechos e intereses de estos individuos especialmente vulnerables. Por tanto, deberá tramitarse en sede judicial.
Al menos 3 meses de matrimonio y residencia en España.
Si no concurren todos estos requisitos, se deberá acudir, necesariamente, a un proceso judicial de divorcio ante un Juez.
En los procesos de divorcio las partes deberán ser asistidas por abogado y procurador.
Dicho esto… ¿Es posible divorciarse por internet?
Efectivamente, hay multitud de despachos de abogados que se encargan de todos los trámites del divorcio vía online. Normalmente, los cónyuges deben rellenar un formulario aportando los datos necesarios para que un abogado redacte el convenio regulador (al que posteriormente presta su acuerdo la pareja).
A pesar de todo, es imposible realizar la totalidad del proceso de divorcio de forma online: siempre deben acudir ambos cónyuges a firmar personalmente la escritura de divorcio si el trámite de divorcio se realiza ante notario o la ratificación del convenio regulador si el trámite se realiza ante el letrado de la Administración de Justicia.
Los precios de un divorcio online oscilan entre los 100 y los 400 euros por cónyuge.
¿Qué documentación hay que aportar en un divorcio exprés?
La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en su art.777, al regular la separación o divorcio solicitados de mutuo acuerdo, o por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro señala que “a las peticiones de divorcio presentadas de mutuo acuerdo deberán acompañarse»:
La certificación de la inscripción del matrimonio.
En su caso, las certificaciones de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil.
La propuesta de Convenio Regulador conforme a lo establecido en el CC.
Si se solicitaran medidas de carácter patrimonial, se deberá aportar aquellos documentos que permitan evaluar la situación económica de los cónyuges y, en caso de haberlos, de los hijos, tales como declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales.

lunes, 7 de febrero de 2022

¿Hacia un “divorcio católico”?

FSSPX.NEWS
06 Febrero 2022
El 17 de noviembre de 2021, el Papa Francisco publicó un Motu Proprio mediante el cual instituyó una comisión para verificar la correcta aplicación en las diócesis italianas del Motu Proprio Mitis Iudex del 15 de agosto de 2015, sobre los procesos de nulidad matrimonial.
En resumen, como informó Sandro Magister en su blog Settimo Cielo del 14 de diciembre: "[el Papa] encargó una comisión ad hoc para inspeccionar 1 por 1 las 200 diócesis italianas con el objetivo de asegurar si están o no obedeciendo" a lo que se decidió con Mitis iudex.
Según el vaticanista romano, "la modificación de estos procedimientos [para la nulidad del matrimonio] habrá sido sin duda la mayor novedad concreta de este pontificado, lanzada por sorpresa en agosto de 2015, entre los 2 sínodos sobre la familia".
Por sorpresa, porque "Francisco introdujo esta innovación a espaldas de los Padres sinodales, porque sabía que eran en gran medida refractarios, e ignorando la opinión contraria de su teólogo y cardenal de confianza Walter Kasper.
"Este último, en febrero de 2014, durante el discurso inaugural del 1º y último consistorio de cardenales de este pontificado, al tiempo que daba luz verde para la comunión de los divorciados vueltos a casar, advirtió contra "una ampliación de los procedimientos de nulidad" que podría "dar la peligrosa impresión de que la Iglesia está procediendo deshonesta-mente al conceder lo que en realidad sería un divorcio".
Sandro Magister explica: "Esta ampliación de los procedimientos, Francisco la quiso a toda costa y a su manera, en particular al confiar la función de verificar las causas de nulidad y pronunciar las sentencias no a los tribunales eclesiásticos regionales, con sus magistrados y abogados en respeto de la ley, sino a los propios obispos, como pastores " y por tanto jueces" de sus fieles, con procedimientos radicalmente simplificados y extrajudiciales, en un régimen de total gratuidad para los solicitantes".
¿Por qué tanta obstinación? Según el periodista italiano: 
"Para entender la lógica que mueve al Papa Francisco en este asunto, basta ver el discurso que pronunció en la Rota Romana el 29 de enero de 2021 con motivo de la inauguración del año judicial. […]
"Para él, siempre es una cuestión de dinero y sed de poder, incluso para los actuales opositores de su reforma de los procesos de nulidad matrimonial. Lo que dijo en este discurso fue: 
"Esta reforma, especialmente el juicio rápido, ha encontrado y encontrará mucha resistencia.
"Les haré una confesión: después de esta promulgación, recibí muchas cartas, muchas, no sabría decir cuántas pero muchas. Casi todas eran de abogados que estaban perdiendo a sus clientes. Y está el problema del dinero. En España se dice: 'Por la plata baila el mono'.
"Es un dicho que está muy claro. Y tristemente esto también, con dolor: en algunas diócesis me he encontrado con la resistencia de algunos vicarios judiciales que con esta reforma perdieron, no sé, cierto poder, porque se dieron cuenta de que los jueces no eran ellos, sino el obispo".
¿Es la preocupación por los pobres la verdadera razón detrás de esta abusiva reforma de los procedimientos? Tenemos derecho a preguntarlo, especialmente en la Iglesia de Italia que era, como recuerda Sandro Magister, "una de las mejor organizadas del mundo en esta materia, con una red eficaz de tribunales regionales y costes procesales reducidos, que iban desde un máximo de 525 euros a totalmente gratis dependiendo del nivel de vida de los solicitantes.
"Los jueces y los abogados de oficio eran directamente remunerados por la conferencia episcopal, con los ingresos de las contribuciones religiosas".
En todo caso, el resultado está ahí, concluye el vaticanista: la demolición de "lo que queda de las cortes matrimoniales dignas de tal nombre, en Italia y en el mundo. Con sentencias de nulidad destinadas a parecerse cada vez más a anulaciones de matrimonios fallidas, es decir, ese "divorcio católico" sobre el cual el cardenal Kasper había, inutilmente, advertido al Papa".
En este declive general, incluso el cardenal Kasper, un promotor muy ecuménico del "consenso diferenciado", es superado por el promotor de una "Iglesia poliédrica".
Fuente: Settimo Cielo, trad. à partir de diakonos/DICI n°416 – FSSPX.Actualités

Los divorcios siguen al alza, que no caiga tu matrimonio

Redacción, Córdoba, 05/02/22
La cantidad de solicitudes de divorcio en España tiene sus puntos álgidos, pero en general sigue siendo una tendencia al alza. 
Por eso, reconocer las fallas y establecer una forma de actuar para fortalecer la relación es una de las preocupaciones básicas de todas las parejas.
Que los divorcios sigan al alza -algo que puede incluso entenderse como un fenómeno social y familiar global-, no quiere decir de ninguna manera que todas las parejas estén buscando que ese sea el punto final de su relación, sino que, por el contrario, las intenciones irán decididamente en otra dirección, en la de fortalecer el matrimonio ante todos los riesgos que puedan existir.
Consejos para fortalecer un matrimonio
Ser amoroso: el tiempo disponible, las ocupaciones, agendas cargadas, muchas son las razones por las que se tienen pocas oportunidades para hablar y dedicarse su espacio juntos. Ser amoroso, utilizar palabras cariñosas, buscar frases de amor para tu esposa, puede ser una excelente manera de posicionar la relación hacia un ámbito más romántico.
Demostrar amor: a veces se da por sentado que las cosas están bien y que no hace falta nada. Pero las relaciones de pareja al igual que las plantas necesitan de riego continuo y de atención. Demostrar el amor físicamente, con detalles, regalando experiencias juntas, es una buena forma de mantener niveles saludables en su matrimonio.
Tiempo a solas: a solas, sin móviles, sin distracciones, como se pudiera decir que fue un tiempo anterior. Pasar tiempo a solas permite ponerse al día sobre la pareja, como individuos, sobre lo que quieren juntos para el presente y para el futuro, sin tener que distraerse cada 5 minutos y no poder profundizar.
Razones por la que las parejas se suelen divorciar
A pesar de que las relaciones de pareja y sobre todo los matrimonios representan ámbitos de convivencia dinámicos y sumamente complejos, la mayor parte de las veces fortalecer la relación implica reconocer cuáles son los potenciales riesgos a los que se enfrentan y poner toda la vocación y el interés en resolverlos e, incluso, en no seguir exponiéndose a ellos.
Entre tanto, también es fácil reconocer cuáles son las principales razones que tienen las parejas para plantearse el divorcio como la solución a todas las situaciones que ocurren:
Situaciones económicas: uno de los problemas más comunes entre los matrimonios tiene en las finanzas familiares su origen. Muchas veces sucede que son cuestiones que no se hablan incluso antes de formalizar la relación, por lo que conforme pasa el tiempo la insatisfacción, el estrés y la exposición a situaciones de gasto excesivo pueden crear momentos realmente incómodos. Mientras menos tiempo se habla de las finanzas, más tiempo se puede pasar discutiendo acerca de las consecuencias.
Infidelidad y secretos: la infidelidad es una de las causas básicas de un divorcio, plenamente justificado porque es una cuestión que de antemano se reconoce como una conducta inapropiada al tener una relación formal. De la misma manera, los secretos -incluso los que no afecten a la convivencia, pero que se asumen como algo que se ocultó deliberadamente- es otra de las razones por las que la relación cambia y por eso puede llegarse hasta situaciones de separación definitiva.
Falta de límites: la interferencia de terceras personas, la falta de límites claros sobre qué tanto protagonismo tienen los amigos, conocidos y hasta la familia en la relación puede ser una de las causas habituales de divorcio. Cuando la convivencia con la familia de alguno de los 2 se hace muy frecuente, la cuestión puede incomodar a la contraparte.
Proyectos distintos: un matrimonio actúa en conjunto para la búsqueda de sus grandes proyectos y objetivos comunes. Pero no siempre es así y en ocasiones cada una de las partes tiene horizontes distintos como objetivos o metas, lo que puede llegar a suponer un conflicto sobre la manera de afrontarlos en conjunto sin que parezca que la otra persona traiciona lo que le gusta o necesita.

Dime dónde vives y te diré cuánto tardará tu divorcio: el mapa del atasco de los tribunales

Resolver un despido o determinar si una empresa entra en concurso de acreedores se alarga un tiempo distinto dependiendo de cada comunidad autónoma: 
Andalucía, entre las CCAA más lentas.
Irene Cortés/
EC Jurídico06/02/2022 
Se dice que la Justicia española tiene varias velocidades. Con esta afirmación, se hace referencia a la rapidez con la que unos y otros tribunales resuelven los asuntos que les llegan, donde juegan un papel importante factores como la jurisdicción de la que se hable, la carga de trabajo de cada juzgado o los medios de los que disponen. No obstante, hay una variable que tiene un peso especialmente relevante: la localización. Dependiendo de dónde estén situados, los jueces pueden demorarse más o menos en despachar un proceso. Así, por ejemplo, un divorcio puede alargarse hasta 15 meses y medio en Castilla La Mancha, frente a los 6 que suele tardar en Navarra.
En la misma línea, los litigios por guardia, custodia y pensión de alimentos de menores en España suelen solucionarse en 11 meses y 9 días. 
Sin embargo, los jueces de La Rioja, Murcia y Castilla La-Mancha tardan algo más de 1 año, mientras que los de Aragón, Navarra y Asturias rondan los 8 meses. Como reflejan los datos recabados por el Consejo General del Poder Judicial, en 2020, vivir en estas comunidades es, en general, más ventajoso a la hora de acudir a los tribunales por conflictos de familia, donde los juzgados de esta jurisdicción muestran mayor agilidad.
En los procedimientos de índole laboral, como despidos, conflictos derivados de accidentes de trabajo, reclamación de cantidades o litigios contra la Seguridad Social, los juzgados andaluces muestran una lentitud superior a la de cualquier otra comunidad autónoma. De media, estos tribunales se demoran algo más de 15 meses en resolver estos asuntos, frente a los 7 de Asturias. Los jueces asturianos también son los más diligentes en los pleitos civiles (divorcios, separación de bienes, guardia de hijos, etcétera), cuyos procesos suelen alargarse poco más de 5 meses. Por el contrario, Murcia, Castilla-La Mancha y Andalucía registran los índices de congestión más altos.
20 días un ERE, siete años un concurso
Según los datos del CGPJ, el asunto que suelen resolver con más rapidez los juzgados españoles son los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), con una media nacional de mes y medio. En otras comunidades, el procedimiento se ventila incluso más rápido, llegando a tardar 21 días en Aragón y 27 en Galicia. También son particularmente ágiles los divorcios consensuados. Los juzgados suelen resolver estos pleitos en 2 meses y 9 días, aunque los jueces aragoneses y navarros suelen ventilar estos procesos en 27 días y algo más de 1 mes, respectivamente.
Por otro lado, entre los litigios que más tiempo permanecen en la mesa de los jueces destacan las ejecuciones hipotecarias (el procedimiento para ordenar un desahucio). En este último caso, los juzgados españoles suelen demorarse algo más de 3 años. Concretamente, 39 meses y 27 días. En Castilla-La Mancha, la lentitud se alarga hasta superar los 4 años.
El culmen de la tardanza, no obstante, se encuentra en los concursos de acreedores y, concretamente, en los juzgados mercantiles canarios. 
Estos órganos suelen demorarse una media de 7 años (84 meses) para resolver estas demandas, mientras que la media española es de 4 años y 3 meses.
Los juzgados de Islas Canarias son, en cambio, los más rápidos de España a la hora de resolver asuntos penales de violencia sobre la mujer, con una media de 1 mes y 12 días frente a la frecuencia nacional de 2 meses y medio. Esta jurisdicción es, de hecho, donde los juzgados españoles presentan una mayor agilidad
En el otro extremo del listado se encuentran los jueces mercantiles, con una media española de 13 meses y nueve días.
La lentitud, un mal endémico
A pesar de que desde hace años se habla del mal endémico que es para la justicia la congestión de sus juzgados y se insiste en la necesidad de dotar de medios a los tribunales, los datos demuestran que los esfuerzos que se han hecho en este sentido no han sido suficientes. En la última década, la carga de trabajo de los juzgados se ha mantenido en constante en muchas de las jurisdicciones, manteniéndose más o menos estables los tiempos medios de resolución. La única excepción (o al menos, la más notable) es el ámbito contencioso-administrativo, que ha conseguido reducir la duración de sus procesos de 12 meses a 9 y medio.
Algo similar ocurre en el Tribunal Supremo, donde todas las salas (a excepción, de nuevo, de la de lo Contencioso-Administrativo) han incrementado progresivamente el tiempo en el que resuelven los litigios
La Sala de lo Civil, por ejemplo, ha pasado de los 14 meses en 2010 a los 22 en 2020, mientras que la de lo Social ha subido de los 10 a los 17.
En general los tiempos en penal, tanto en los juzgados como en el Supremo, suelen mostrar estabilidad y tiempos medios relativamente bajos. El motivo se debe a que, en esta jurisdicción, los derechos que están en juego son mucho más sensibles que en otras áreas del derecho (la libertad de circulación), por lo que hay mayor presión por mantener la agilidad y rapidez a la hora de resolver los conflictos.

Abu Dabi aprueba regulaciones para matrimonio y divorcio civil de extranjeros

swiss info/Agencias, Dubái, 6 feb 2022
El emirato de Abu Dabi, en Emiratos Árabes Unidos (EAU), aprobó hoy nuevas regulaciones para el matrimonio y el divorcio civil de los extranjeros, después de que el año pasado se reformara Estatuto Personal de los no musulmanes, que permite resolver los casos al margen de la "sharia" o ley islámica.
La agencia de noticias oficial emiratí WAM dijo que este nuevo reglamento contiene 52 artículos que regulan las disputas relacionadas con el matrimonio, el divorcio, la custodia compartida de los hijos, los derechos económicos derivados de los divorcios, testamentos, herencias civiles, y adopciones.
Estas regulaciones se ha aprobado después de que el país llevara a cabo en los últimos meses una serie de reformas legales referentes a la familia, así como al consumo de alcohol y a la cohabitación entre hombres y mujeres que no están casados, algo prohibido e incluso ilegal en otros países musulmanes.
Entre los aspectos más destacados de la reforma figuran que ya no es necesaria la presencia de un "tutor o guardián" de una mujer para la celebración de un matrimonio, o que los cónyuges tienen "igualdad de derechos" en el proceso de divorcio.
Asimismo, también prevé poner a disposición de los turistas o residentes en EAU que viajen al emirato un contrato de matrimonio civil.
Finalmente, la nueva legislación estipula que, en caso de divorcio, el padre y la madre se alternen la custodia de los hijos "por igual cada semana, quincena o mes".
El pasado diciembre, Abu Dabi abrió un tribunal especial para resolver demandas en materia de familia para los extranjeros no musulmanes, en un momento que el Emiratos está realizando una serie de reformas con el objetivo de modernizar el país y atraer inversores.
Hasta ahora, los extranjeros residentes en Emiratos, un país donde son mayoría y que cuenta con 76 iglesias y lugares de culto de diferentes religiones, tuvieron que regirse por las nomas que organizan la vida personal en materias como matrimonio, adopción, divorcio o herencia conforme a la "sharia", por ser el islam la religión oficial del país. 

Cómo aprender a estar solo tras una ruptura

Elena Sanz, Psicóloga, 31 enero 2022
Cuando una relación termina, tomarnos un tiempo en soledad puede ayudarnos a elaborar el duelo, sanar y reconstruirnos. Descubre cómo aprovechar y disfrutar de esta etapa.
Estar en pareja conlleva muchas ventajas a nivel personal y social. Por norma, no solo nos sentimos amados, respaldados y apoyados por alguien que nos hace su prioridad; además, sentimos que familiares y conocidos nos validan por el hecho de estar en una relación, por cumplir con los estándares marcados. Por tanto, no es de extrañar que muchas personas tengan pánico a la soltería. Sin embargo, aprender a estar solo es fundamental.
Nadie puede asegurarnos la continuidad de nuestras relaciones y cuando terminan, podemos sentir que nos han lanzado al vacío, que hemos perdido nuestro valor, nuestra identidad y nuestros proyectos. 
Sin embargo, aprender a convivir con la soledad es necesario para reconstruirnos, sanar y mejorar; y, sobre todo, para que la elección de nuestra próxima pareja sea una decisión y no una necesidad.
¿Te cuesta estar solo? Entonces, te invitamos a seguir leyendo.
Claves para aprender a estar solo tras una ruptura
Si sientes que estar solo es una experiencia atemorizante, un sinónimo de fracaso o de carencia, estás experimentando unas sensaciones muy comunes. Muchas personas permanecen en relaciones infelices y dañinas por miedo a la soledad; otras pasan de un vínculo a otro como saltando entre lianas. Cualquier cosa antes que enfrentarse a la ausencia de compañía.
Si en este momento tu relación de pareja ha terminado y estás decidido a darte un tiempo propio, a invertir en ti, te damos algunas ideas para sacar provecho de esta etapa.
1. Toma conciencia de la importancia de la soledad
Este 1º paso es fundamental. Has de tener claro por qué merece la pena tomarse un tiempo en soledad pues, de lo contrario, ante el 1º miedo o contratiempo correrás a buscar fuera lo que debería provenir de adentro.
Recuerda que estar solo te permite descubrirte, conocerte y mejorar la relación contigo. Te permite invertir en ti el tiempo, la dedicación y la energía que le brindabas al otro y, ante todo, te ayuda a crecer y evolucionar personalmente.
2. Refuerza tu amor propio
Cuando una relación termina, perdemos nuestra principal fuente de amor, apoyo, comprensión y validación. Por ende, y para que el vacío no nos desborde, hemos de aprender a llenarlo por nosotros mismos. Si te cuesta estar solo, probablemente no tengas una autoestima sólida, quizá no te consideres valioso, digno o suficiente.
Este es el momento ideal para comenzar a hablarte y tratarte con amor, a acompañarte con compasión y respeto, a procurarte las mejores personas y experiencias. Piensa en todo lo que fuiste capaz de hacer por la persona que amabas y ahora hazlo contigo.
3. Retoma tus proyectos y diseña otros nuevos
Sin quererlo, y muchas veces sin darnos cuenta, cuando estamos en una relación terminamos haciendo a un lado nuestros intereses, hobbies y proyectos personales. Nuestra atención y nuestro esfuerzo se centran en el compañero y casi olvidamos quienes somos.
Ahora, tras la ruptura, puedes retomar aquellas actividades que tanto disfrutabas y abandonaste, puedes recuperar los sueños, los proyectos y las ilusiones que tenías a nivel individual. Incluso, puede ser un excelente momento para proyectar nuevos planes y metas a futuro.
4. Trabaja tus miedos
Para aprender a estar solo, esta es una condición indispensable: has de reconocer tus miedos y trabajarlos para que no te dominen. Como hemos dicho, la sociedad está hecha para las parejas y este estado civil se premia y refuerza externamente. Esto nos lleva a pensar que estando solteros estamos incompletos, incluso que somos defectuosos o estamos fracasando.
Así, puede aparecer el miedo al rechazo, a la vergüenza, a que los otros piensen que no somos válidos. Por otro lado, pueden sumarse otros temores como el miedo a no volver a disfrutar de una relación de pareja.
Si no logras racionalizar estos pensamientos, podrías convivir con una inquietud tan grande que te lleve a volver con tu expareja o vincularte con la 1ª persona con la que pienses que es factible. Esto solo causará malestar a largo plazo; por ello, trabaja tus miedos, y conservarás buena parte de tu libertad.
5. Ocúpate de ti
Durante las 1ªs semanas o meses tras la ruptura es posible que tu mente piense de manera constante en quien fue tu pareja, en los momentos compartidos, en lo que ya nunca será. Recogernos alrededor de estos pensamientos puede resultar muy doloroso y dañino, y la mejor estrategia para evitarlo es ocuparte de ti.
Comienza a cuidarte a nivel físico, mental y espiritual. Puedes comenzar a practicar ejercicio, mejorar tu alimentación o el cuidado de tu piel; puedes empezar a meditar, a escribir un diario terapéutico o a pasar tiempo con las personas que te quieren y te hacen sentir bien. 
Ahora, tú debes ser tu prioridad más que nunca.
6. Haz de tu vida una experiencia extraordinaria
Por último, recuerda que todo es pasajero y que volverás a amar. Y por haberte dado este tiempo para sanar, podrás hacerlo de un modo más sano, más auténtico y más libre. Sin embargo, tu vida no debe quedar en pausa hasta que aparezca esa persona que vuelva a tocar tu corazón.
Por el contrario, este periodo es ideal para que te enfoques en construir una vida tan rica, interesante y próspera que quien entre en ella lo haga por méritos propios, para compartir y sumar, y no para llenar vacíos.
Así, céntrate en tus metas, en tu carrera profesional, en tu salud y tu bienestar, en tu propia felicidad. Cuando esta etapa de tu vida termine, la recordarás como un maravilloso punto de inflexión, como el impulso que te llevó a convertirte en una persona más fuerte y feliz. 
Y es que, en realidad, aprender a estar solo es un valioso recurso.