http://es.noticias.yahoo.com/blog/salud_consumo/articulo/6714/
Salud y Consumo
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Verano y crisis de pareja24 julio 2009
Un informe del Instituto de Política Familiar revela que 1 de cada 3 rupturas que se producen en nuestro país suceden después de las vacaciones veraniegas.
El día a día cargado, trabajo, horarios incompatibles, responsabilidades con nuestros hijos, nos agota de tal forma que en la mayoría de los casos, nos lleva a desatender la relación de pareja.
Esa falta de comunicación, que durante el año parece menos evidente al solaparse con otras muchas preocupaciones y quehaceres, se muestra en toda su magnitud durante las épocas de vacaciones.
Momentos en los que disponemos de espacios propios y en los cuales nos planteamos en mayor medida nuestras necesidades afectivas, y en los que comenzamos a valorar si la persona que se encuentra a nuestro lado es capaz de satisfacerlas.
Desatender nuestras necesidades interiores, carecer de tiempo y espacio para poder reflexionar sobre lo que queremos y necesitamos de la pareja, es la tónica habitual en la mayoría de nosotros.
En ocasiones incluso pedimos que nuestro compañero o compañera en la vida sea adivino y descubra sin pistas y sin una comunicación fluida lo que precisamos en cada momento, cuando en la mayoría de los casos ni nosotros mismos lo sabemos.
Esta situación individualista y carente de comunicación suele explotar en las vacaciones, ya que son estos momentos donde la convivencia se hace más intensa.
Si vuestra pareja no pasa por su mejor momento, os aconsejo que leáis los siguientes consejos, de cara a lograr unas buenas y gratificantes vacaciones.
Las vacaciones, en la medida de lo posible, deben ser consensuadas por la pareja de forma que ninguno se sienta en el papel de víctima sacrificada, ya que a la larga se lo acabará recriminando al otro.
Aprovechar el tiempo libre que tenéis para mejorar la comunicación. Nadie os apura, tomaros vuestro tiempo para redescubrir gustos e intereses.
No es necesario que permanezcáis todo el día juntos. Esto incluso puede ser negativo.
Regalaros pequeños espacios de tiempo, retomar aficiones personales, eso siempre nos enriquece como personas.
Y sobre todo no dramaticéis situaciones, utilizad el sentido del humor para resolver conflictos y antes de iniciar una discusión reflexionad si realmente el tema es tan importante como para pelear por él y estropear un día de vacaciones.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 25 de julio de 2009
Fraude sobre los delitos de malos tratos
Los jueces alertan del aumento del fraude para cobrar la ayuda por m....
Enviado por: "CS" splendordays@yahoo
Sáb, 25 de Jul, 2009
Los jueces alertan del aumento del fraude para cobrar la ayuda que ...
Diario de Sevilla
El juez Francisco Serrano explica que estas situaciones se repiten porque no hay una investigación sobre estos casos y de los motivos que han podido llevar ...
Los jueces de Sevilla han alertado del aumento de fraudes relacionados con los delitos de malos tratos en los que los cónyuges, sobre todo inmigrantes, se ponen de acuerdo para denunciar con la finalidad lograr el cobro durante algunos meses de la pensión que la Administración concede a las víctimas de malos tratos.
El juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, explicó ayer que algunos magistrados que han tratado un caso de violencia doméstica entre personas inmigrantes han comprobado que ambos cónyuges seguían juntos a la salida del juzgado y conversando tranquilamente en un bar.
El juez Serrano explica que estos casos son algunos de los que después engrosan la lista de mujeres que retiran la denuncia, tras haber cobrado la pensión durante algunos meses.
"Es cierto que algunas mujeres retiran la denuncia por miedo a sus cónyuges, pero no todas las que las retiran es por este motivo; hay otras que se dan cuenta de la desproporción del caso porque su denuncia no obedece a un maltrato sino a una situación conflictiva del matrimonio, y en otros casos la retirada se produce por este tipo de fraudes".
El magistrado señala que en algunos casos la denuncia de malos tratos deriva, por ejemplo, de una infidelidad, y cuando la mujer observa que su marido ha sido detenido, que le han impuesto una orden de alejamiento y que puede perder su fuente de ingresos, decide retirar la acusación.
El juez Francisco Serrano explica que estas situaciones se repiten porque no hay una investigación sobre estos casos y de los motivos que han podido llevar a la supuesta víctima de los malos tratos a retirar la denuncia contra su pareja.
Enviado por: "CS" splendordays@yahoo
Sáb, 25 de Jul, 2009
Los jueces alertan del aumento del fraude para cobrar la ayuda que ...
Diario de Sevilla
El juez Francisco Serrano explica que estas situaciones se repiten porque no hay una investigación sobre estos casos y de los motivos que han podido llevar ...
Los jueces de Sevilla han alertado del aumento de fraudes relacionados con los delitos de malos tratos en los que los cónyuges, sobre todo inmigrantes, se ponen de acuerdo para denunciar con la finalidad lograr el cobro durante algunos meses de la pensión que la Administración concede a las víctimas de malos tratos.
El juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, explicó ayer que algunos magistrados que han tratado un caso de violencia doméstica entre personas inmigrantes han comprobado que ambos cónyuges seguían juntos a la salida del juzgado y conversando tranquilamente en un bar.
El juez Serrano explica que estos casos son algunos de los que después engrosan la lista de mujeres que retiran la denuncia, tras haber cobrado la pensión durante algunos meses.
"Es cierto que algunas mujeres retiran la denuncia por miedo a sus cónyuges, pero no todas las que las retiran es por este motivo; hay otras que se dan cuenta de la desproporción del caso porque su denuncia no obedece a un maltrato sino a una situación conflictiva del matrimonio, y en otros casos la retirada se produce por este tipo de fraudes".
El magistrado señala que en algunos casos la denuncia de malos tratos deriva, por ejemplo, de una infidelidad, y cuando la mujer observa que su marido ha sido detenido, que le han impuesto una orden de alejamiento y que puede perder su fuente de ingresos, decide retirar la acusación.
El juez Francisco Serrano explica que estas situaciones se repiten porque no hay una investigación sobre estos casos y de los motivos que han podido llevar a la supuesta víctima de los malos tratos a retirar la denuncia contra su pareja.
¿Que son las Falsas Denuncias en los Divorcio ?
http://cita.es/denuncias/falsas/
Denuncias falsas: Un estudio criminológico y victimológico sobre la ...
La abogada experta en malos tratos María José Varela calificó de ...
Maria Sanahuja, quien ha alertado del 'abuso' que a su juicio se puede estar dando en ...
Los jueces de instrucción de Madrid (los que investigan los delitos) también ...
una posición favorable de uno de los cónyuges en el proceso de separación. www.cita.es/denuncias/falsas/
Denuncias falsas: Un estudio criminológico y victimológico sobre la ...
La abogada experta en malos tratos María José Varela calificó de ...
Maria Sanahuja, quien ha alertado del 'abuso' que a su juicio se puede estar dando en ...
Los jueces de instrucción de Madrid (los que investigan los delitos) también ...
una posición favorable de uno de los cónyuges en el proceso de separación. www.cita.es/denuncias/falsas/
viernes, 24 de julio de 2009
VI Encuentro de Jueces y Medicos sobre Infancia, Salud y Derecho
VI ENCUENTRO DE JUECES Y MÉDICOS SOBRE INFANCIA, SALUD Y DERECHO ...
Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat - Versión en HTML
Emelina Santana Páez.
Coordinador de Formación Continuada. ... Emelina Santana Páez. 16:00. –.
18:00. Juan Ignacio Gómez-Arnau. Ricardo Martino Alba ...
www.pediatriasocial.com/Documentos/VIEncuentroJueces.pdf - Similares -
Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat - Versión en HTML
Emelina Santana Páez.
Coordinador de Formación Continuada. ... Emelina Santana Páez. 16:00. –.
18:00. Juan Ignacio Gómez-Arnau. Ricardo Martino Alba ...
www.pediatriasocial.com/Documentos/VIEncuentroJueces.pdf - Similares -
Niegan una Custodia Compartida a un Padre que la tenia
http://foros.emagister.com/tema-custodia-12627-349267-1.htm
El 11 de Febrero 2007
Un juez niega la custodia a un padre que la tiene
Un juez niega la custodia compartida a un padre que la tiene Madrid, 7 de febrero de 2007.
El juez Francisco Ruiz-Jarabo, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Madrid, ha negado la custodia compartida a un padre que la ejerce en la vida diaria.
El padre, el periodista Enrique Barrueco, solicitó el reconocimiento formal de la custodia de sus dos hijos de 8 y 10 años que comparte en la práctica con la madre de los niños.
Padre y madre conviven con sus hijos el mismo nº de días de forma alterna.
El juez Ruiz-Jarabo argumenta en su sentencia, firmada con fecha de diciembre, que niega la custodia conjunta porque los padres no se comunican.
El matrimonio está separado hace 4 años.
La madre reclamó continuar con la custodia exclusiva monoparental.
El ministerio fiscal, representado por Carmen Palomares, se limitó a asumir el punto de vista de la defensa de la madre y se opuso en el mismo acto del juicio a la custodia conjunta.
Para Barrueco "ejercer en España el derecho a ser padre con todas las prerrogativas legales después de una separación en un juzgado de familia es como reclamar libertad de conciencia ante el tribunal de la inquisición hace 500 años. Si vivo en Madrid y por tanto estoy empadronado, soy español y por tanto tengo derecho al voto, ¿por qué no voy a poder ser padre con todos los derechos y obligaciones? Mal padre sería el que aceptara mansamente esa especie de "paternidad condicional".
¿En qué beneficia a nuestros hijos que madre y padre no estén ante ellos en plenas e iguales condiciones?".
Para el abogado del padre, Carlos Andrés Torices "en el fondo lo que se produce en este caso, es una clara discriminación del hombre frente a la mujer, que supone una violación del derecho constitucional de igualdad ante la ley. Se disminuye y se abarata el papel jurídico del padre.
No hay argumentos jurídicos solventes en la sentencia en cuestión y por eso vamos a recurrirla ante la Audiencia Provincial de Madrid, no descartando, si esa instancia judicial mantiene la posición del Juzgado de primera Instancia nº 25, acudir en amparo al Tribunal Constitucional por violación de derechos fundamentales.
El argumento de la supuesta "mala comunicación" entre los padres, justificación del juez y la fiscal para no conceder la guarda y custodia compartida al padre y a la madre, no ha impedido conceder la guarda y custodia completa a la madre. Tampoco se ha puesto en duda, que se siga manteniendo como derecho de visita la distribución equitativa entre ambos padres, de tiempo y obligaciones con los hijos"..
Los tribunales españoles retiran la custodia a la mayoría de los padres separados y les prohiben la función plena de la paternidad que casi siempre adjudican sistemáticamente a las madres.
Los mismos derechos que se vedan a los padres tras un divorcio se promueven si padre y madre viven en matrimonio.
En España la práctica jurídica en los juzgados de familia hace que a la madre que pretende la custodia exclusiva le beneficie siempre una supuesta mala relación entre los progenitores de la que además siempre va a culpar al padre.
La custodia compartida es automática y simultánea al divorcio en gran parte de los países desarrollados de Occidente aunque no en España.
Para más información: Carlos Andrés Torices
Tel 914 471 039
e-mail:catorices@icam.es
El 11 de Febrero 2007
Un juez niega la custodia a un padre que la tiene
Un juez niega la custodia compartida a un padre que la tiene Madrid, 7 de febrero de 2007.
El juez Francisco Ruiz-Jarabo, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Madrid, ha negado la custodia compartida a un padre que la ejerce en la vida diaria.
El padre, el periodista Enrique Barrueco, solicitó el reconocimiento formal de la custodia de sus dos hijos de 8 y 10 años que comparte en la práctica con la madre de los niños.
Padre y madre conviven con sus hijos el mismo nº de días de forma alterna.
El juez Ruiz-Jarabo argumenta en su sentencia, firmada con fecha de diciembre, que niega la custodia conjunta porque los padres no se comunican.
El matrimonio está separado hace 4 años.
La madre reclamó continuar con la custodia exclusiva monoparental.
El ministerio fiscal, representado por Carmen Palomares, se limitó a asumir el punto de vista de la defensa de la madre y se opuso en el mismo acto del juicio a la custodia conjunta.
Para Barrueco "ejercer en España el derecho a ser padre con todas las prerrogativas legales después de una separación en un juzgado de familia es como reclamar libertad de conciencia ante el tribunal de la inquisición hace 500 años. Si vivo en Madrid y por tanto estoy empadronado, soy español y por tanto tengo derecho al voto, ¿por qué no voy a poder ser padre con todos los derechos y obligaciones? Mal padre sería el que aceptara mansamente esa especie de "paternidad condicional".
¿En qué beneficia a nuestros hijos que madre y padre no estén ante ellos en plenas e iguales condiciones?".
Para el abogado del padre, Carlos Andrés Torices "en el fondo lo que se produce en este caso, es una clara discriminación del hombre frente a la mujer, que supone una violación del derecho constitucional de igualdad ante la ley. Se disminuye y se abarata el papel jurídico del padre.
No hay argumentos jurídicos solventes en la sentencia en cuestión y por eso vamos a recurrirla ante la Audiencia Provincial de Madrid, no descartando, si esa instancia judicial mantiene la posición del Juzgado de primera Instancia nº 25, acudir en amparo al Tribunal Constitucional por violación de derechos fundamentales.
El argumento de la supuesta "mala comunicación" entre los padres, justificación del juez y la fiscal para no conceder la guarda y custodia compartida al padre y a la madre, no ha impedido conceder la guarda y custodia completa a la madre. Tampoco se ha puesto en duda, que se siga manteniendo como derecho de visita la distribución equitativa entre ambos padres, de tiempo y obligaciones con los hijos"..
Los tribunales españoles retiran la custodia a la mayoría de los padres separados y les prohiben la función plena de la paternidad que casi siempre adjudican sistemáticamente a las madres.
Los mismos derechos que se vedan a los padres tras un divorcio se promueven si padre y madre viven en matrimonio.
En España la práctica jurídica en los juzgados de familia hace que a la madre que pretende la custodia exclusiva le beneficie siempre una supuesta mala relación entre los progenitores de la que además siempre va a culpar al padre.
La custodia compartida es automática y simultánea al divorcio en gran parte de los países desarrollados de Occidente aunque no en España.
Para más información: Carlos Andrés Torices
Tel 914 471 039
e-mail:catorices@icam.es
martes, 21 de julio de 2009
Embargo a padres divorciados por no pagar la pensión de alimentos
http://www.ideal.es/jaen/20090712/jaen/juzgado-embarga-padres-divorciados-20090712.html
JAÉN
El juzgado embarga a 60 padres divorciados por no pagar la pensión de sus hijos
IDEALM. M. Y J. E. P. JAÉN
Padres divorciados acuden a los juzgados para pedir una rebaja de las pensiones de sus hijos.
ALGUNOS DATOS:Del embargo al banquillo
Fiscalía: El año pasado los fiscales abrieron 119 diligencias de investigación por impago de pensiones, y los tribunales emitieron 55 condenas penales.
6 meses sin pagar llevan al deudor a un banquillo de los acusados de lo penal.
El paro y el deterioro de los contratos impiden mantener lo que se impuso en buenos tiempos
Muchos acuden a pedir reducción de pensiones.
La crisis económica está ahogando a muchas familias jienenses.
Los casi 50.000 parados de la provincia y los muchos miles que malviven con contratos cada vez más precarios y peor remunerados tienen nombres, apellidos y circunstancias personales.
Los divorciados que han perdido su empleo o han tenido que cerrar sus negocios acuden cada vez más a los juzgados para conseguir una reducción de la cuantía destinada a la manutención de sus hijos e incluso, en algunos casos, cancelar la pensión compensatoria que pagan a sus ex cónyuges.
Pequeños constructores, autónomos y empleados vinculados al sector de las construcción son los más perjudicados.
Las solicitudes de modificación de medidas fijadas en las sentencias de divorcio o separación han aumentado «de forma muy significativa» en lo que va de año.
Se espera incluso que vaya a más en los próximos meses, cuando el colchón de las prestaciones por desempleo se vaya consumiendo y los efectos de la crisis asomen con toda su crudeza.
En sus peticiones ante el juzgado, los divorciados en apuros económicos argumentan que se han quedado en el paro o que le han rebajado el salario.
«Lo habitual es que pidan una rebaja, aunque también cada vez nos están solicitando la extinción de la obligación. Se trata en la mayoría de casos de personas que se han quedado en paro, con una prestación que no llega al salario mínimo interprofesional», dicen en el juzgado de familia que funciona en Jaén desde el pasado mes de enero.
En el juzgado se está siendo sensible al problema y se estudia cada caso.
«Se están concediendo en algunos casos, ya que se atiende a que pueden haber variado las circunstancias económicas respecto al momento en el que se fijó la pensión alimenticia», apuntan en el juzgado.
Otras fuentes consultadas indican que un buen número de casos se rechazan:
«En muchas ocasiones porque las cantidades fijadas están tan ajustadas que no se pueden reducir más, ya que garantizan un mínimo de subsistencia para los niños».
Lo mínimo está entre los 100 y los 150 euros mensuales por hijo.
El Código Civil, además, establece que para reducir la medida económica se tiene que acreditar que se trata de una situación permanente y no coyuntural y, desde luego, ajena a la voluntad del pagador.
«Hay quien llega al juzgado con el sello del 1º mes del desempleo pidiendo ya una disminución de la pensión».
Personas que con la excusa de la crisis aprovechan para pedir reducciones sin que su estatus económico haya variado.
«Lo primero es garantizar esa manutención de los menores de edad. Además, los jueces saben que aunque se haya perdido el trabajo, normalmente detrás siempre hay un subsidio, una indemnización por despido a los que se puede recurrir», explica la abogada especialista en asuntos de familia María José Vergara, quien advierte también que las ejecuciones por impago de pensiones, es decir, los procedimientos de embargo se están multiplicando.
En el juzgado de Jaén se han dictado ya 60 en lo que va de año.
El juzgado le ha echado mano a la nómina, a las cuentas corrientes, a depósitos, al coche.
A lo que esté disponible para garantizar el derecho de los hijos a tener sus necesidades cubiertas.
«En el juzgado estamos recomendando a quien no puede pagar un mes que se ponga inmediatamente en manos de un abogado y haga una demanda para que se le reduzca la cuantía. Pero no es bueno acumular meses sin pagar porque pueden verse en un banquillo con una acusación penal contra ellos».
Cuando hay 6 meses sin abono de pensión, Fiscalía toma medidas. Los acusa de un delito de abandono de familia.
Según datos de la Memoria de la Fiscalía relativos, en un año se incoaron 119 diligencias previas por este delito.
En los juzgados son conscientes además de que hay muchos casos (cuando la relación entre el cónyuge pagador y el que recibe la prestación no está muy deteriorada) que se producen acuerdos en momentos dificultad para pagar.
Al tratarse de un derecho irrenunciable, si la maquinaria de la Justicia tiene conocimiento de falta de atención en los pagos en cualquier momento, actúa de oficio.
Abogados especialistas en el tema indican los jueces «no pueden ser tan rígidos en sus criterios sobre la reducción de pensiones. Es cierto que los hijos son lo primero y hay que garantizarles un mínimo de subsistencia, en eso estamos de acuerdo, pero hay casos y casos».
Añaden existen pensiones muy altas, que se fijaron en tiempos de más alegría económica, que no se acepta reducir con el argumento de que se trata de una situación coyuntural.
JAÉN
El juzgado embarga a 60 padres divorciados por no pagar la pensión de sus hijos
IDEALM. M. Y J. E. P. JAÉN
Padres divorciados acuden a los juzgados para pedir una rebaja de las pensiones de sus hijos.
ALGUNOS DATOS:Del embargo al banquillo
Fiscalía: El año pasado los fiscales abrieron 119 diligencias de investigación por impago de pensiones, y los tribunales emitieron 55 condenas penales.
6 meses sin pagar llevan al deudor a un banquillo de los acusados de lo penal.
El paro y el deterioro de los contratos impiden mantener lo que se impuso en buenos tiempos
Muchos acuden a pedir reducción de pensiones.
La crisis económica está ahogando a muchas familias jienenses.
Los casi 50.000 parados de la provincia y los muchos miles que malviven con contratos cada vez más precarios y peor remunerados tienen nombres, apellidos y circunstancias personales.
Los divorciados que han perdido su empleo o han tenido que cerrar sus negocios acuden cada vez más a los juzgados para conseguir una reducción de la cuantía destinada a la manutención de sus hijos e incluso, en algunos casos, cancelar la pensión compensatoria que pagan a sus ex cónyuges.
Pequeños constructores, autónomos y empleados vinculados al sector de las construcción son los más perjudicados.
Las solicitudes de modificación de medidas fijadas en las sentencias de divorcio o separación han aumentado «de forma muy significativa» en lo que va de año.
Se espera incluso que vaya a más en los próximos meses, cuando el colchón de las prestaciones por desempleo se vaya consumiendo y los efectos de la crisis asomen con toda su crudeza.
En sus peticiones ante el juzgado, los divorciados en apuros económicos argumentan que se han quedado en el paro o que le han rebajado el salario.
«Lo habitual es que pidan una rebaja, aunque también cada vez nos están solicitando la extinción de la obligación. Se trata en la mayoría de casos de personas que se han quedado en paro, con una prestación que no llega al salario mínimo interprofesional», dicen en el juzgado de familia que funciona en Jaén desde el pasado mes de enero.
En el juzgado se está siendo sensible al problema y se estudia cada caso.
«Se están concediendo en algunos casos, ya que se atiende a que pueden haber variado las circunstancias económicas respecto al momento en el que se fijó la pensión alimenticia», apuntan en el juzgado.
Otras fuentes consultadas indican que un buen número de casos se rechazan:
«En muchas ocasiones porque las cantidades fijadas están tan ajustadas que no se pueden reducir más, ya que garantizan un mínimo de subsistencia para los niños».
Lo mínimo está entre los 100 y los 150 euros mensuales por hijo.
El Código Civil, además, establece que para reducir la medida económica se tiene que acreditar que se trata de una situación permanente y no coyuntural y, desde luego, ajena a la voluntad del pagador.
«Hay quien llega al juzgado con el sello del 1º mes del desempleo pidiendo ya una disminución de la pensión».
Personas que con la excusa de la crisis aprovechan para pedir reducciones sin que su estatus económico haya variado.
«Lo primero es garantizar esa manutención de los menores de edad. Además, los jueces saben que aunque se haya perdido el trabajo, normalmente detrás siempre hay un subsidio, una indemnización por despido a los que se puede recurrir», explica la abogada especialista en asuntos de familia María José Vergara, quien advierte también que las ejecuciones por impago de pensiones, es decir, los procedimientos de embargo se están multiplicando.
En el juzgado de Jaén se han dictado ya 60 en lo que va de año.
El juzgado le ha echado mano a la nómina, a las cuentas corrientes, a depósitos, al coche.
A lo que esté disponible para garantizar el derecho de los hijos a tener sus necesidades cubiertas.
«En el juzgado estamos recomendando a quien no puede pagar un mes que se ponga inmediatamente en manos de un abogado y haga una demanda para que se le reduzca la cuantía. Pero no es bueno acumular meses sin pagar porque pueden verse en un banquillo con una acusación penal contra ellos».
Cuando hay 6 meses sin abono de pensión, Fiscalía toma medidas. Los acusa de un delito de abandono de familia.
Según datos de la Memoria de la Fiscalía relativos, en un año se incoaron 119 diligencias previas por este delito.
En los juzgados son conscientes además de que hay muchos casos (cuando la relación entre el cónyuge pagador y el que recibe la prestación no está muy deteriorada) que se producen acuerdos en momentos dificultad para pagar.
Al tratarse de un derecho irrenunciable, si la maquinaria de la Justicia tiene conocimiento de falta de atención en los pagos en cualquier momento, actúa de oficio.
Abogados especialistas en el tema indican los jueces «no pueden ser tan rígidos en sus criterios sobre la reducción de pensiones. Es cierto que los hijos son lo primero y hay que garantizarles un mínimo de subsistencia, en eso estamos de acuerdo, pero hay casos y casos».
Añaden existen pensiones muy altas, que se fijaron en tiempos de más alegría económica, que no se acepta reducir con el argumento de que se trata de una situación coyuntural.
El Divorcio, ¿Como se lo digo a mis hijos ?
http://www.saludymedicina.com.mx/nota.asp?id=1122&IDC=
DIVORCIO, ¿CÓMO SE LO DIGO A MIS HIJOS?
Fernando González G.
Lejana parece la época en que el divorcio era motivo de vergüenza entre la sociedad mexicana. Hoy, más allá de análisis sociológicos al respecto, toma relevancia la conducta que la pareja disuelta adopte ante los hijos procreados.
Lo primero, dejar en claro que la responsabilidad de la decisión reside solamente en los padres.
Muchas de las costumbres y leyes que nos rigen hoy día tienen su antecedente más lejano en la cultura romana, tal como ocurre en el caso del divorcio, pues los historiadores relatan que en aquella época la disolución matrimonial podía solicitarse sin causa justificada, y bastaba que hubiera terminado el afecto conyugal para que el trámite fuera procedente.
En sentido formal, esta figura jurídica se dividía en "bona gratia", término que se refiere al acuerdo que existía entre los dos consortes, y por repudiación, es decir, cuando así lo determinaba la voluntad de uno de los cónyuges, lo que en nuestros tiempos ocurre en forma muy similar.
Según palabras del filosofo Séneca, la facilidad de obtener el divorcio produjo la inmoralidad de las clases poderosas, ya que se abusaba de dicha situación, lo que da pie a la siguiente cita:
"¿Qué mujer se sonroja actualmente de divorciarse, desde que ciertas damas ilustres no cuentan su edad sino por el número de sus maridos? Se divorcian para volverse a casar, se casan para divorciarse".
Por supuesto que esta referencia está vigente, aunque para que sea justa se debe incluir también a los hombres, pues tal parece que la unión matrimonial ha perdido su valor y hoy se ve más como un experimento que como una decisión determinante en la vida de un individuo.
Dicho panorama afecta al conjunto social pero, fundamentalmente, a los hijos que se hayan procreado, pues éstos no pueden comprender con facilidad los cambios ocurridos al interior de su familia, ni tampoco el temor e inseguridad que genera la separación de sus padres.
En este sentido se pronuncian muchos estudios, los cuales concluyen que la separación y divorcio de los padres tienen considerable impacto sobre la vida de los hijos que se manifiesta mediante desórdenes psicológicos, inadaptación social, así como menores logros educativos y económicos.
Cómo explicar la separación.
Los especialistas en Psicología concuerdan que cuando los padres deciden separarse deben hablar en forma conjunta con sus hijos y ser honestos con ellos.
Asimismo, es fundamental usar un lenguaje adecuado para su edad y dejarles en claro que el divorcio es algo entre mamá y papá; asimismo, es fundamental demostrarles que van a seguir siendo sus padres aunque ya no vivan juntos.
De igual forma, los progenitores deben asumir su responsabilidad por la separación y hablar de los errores que pudieron haber cometido para que el niño no se sienta culpable de la situación, lo que ocurre muy a menudo.
Para que las cosas se compliquen menos le pueden dar ejemplos de gente que conozcan y que ya hayan pasado por esa situación, para exponerles que es algo que sucede comúnmente.
Si el niño es pequeño se puede recurrir a la adaptación de un cuento para explicar la ruptura conyugal, e inclusive usar muñecos para demostrarle que papá va a vivir en otra casa pero que lo va a visitar frecuentemente.
Es fundamental que ambos padres ofrezcan la explicación de la ruptura porque de esta manera, a pesar de lo paradójico que pueda parecer, infundirán seguridad y confianza en su hijo; para que dicha charla cumpla su cometido es conveniente planear lo que van a decir y quién lo va a hacer, así como el lugar donde platicarán y si lo harán con todos los hijos al mismo o con cada uno por separado.
Cada quien su responsabilidad.
Es fundamental que el hijo (sobre todo si es un niño), entienda que quienes se van a divorciar son los padres, pero que el cariño de cada uno de ellos hacia él es incondicional y permanente, y que nada de lo que ocurra podrá modificarlo.
También es relevante que los infantes sepan que nada de lo que ellos hagan o intenten hacer podrá modificar tal decisión.
En otras palabras, hay que dejar en claro que los niños no son responsables del divorcio, no son culpables de él y no pueden cambiar la decisión de los padres.
Por otro lado, se recomienda que la pareja disuelta establezca con precisión y de manera formal (sea voluntariamente o mediante la intervención de la autoridad civil) el arreglo mediante el cual se tenga contacto con los hijos.
A manera de sugerencia, algunas reglas que deben ser observadas:
Reciba o entregue a su hijo en la puerta de la casa, no permita que salga solo cargando una pequeña maleta. Esto produce ansiedad y puede ser humillante.
Evite tener discusiones enfrente de los pequeños, pues ello los hará sentir culpables.
No mande mensajes a su expareja con sus hijos.
Cada quién pone las reglas en su propia casa, por lo que no debe intentar imponerlas en casa de su expareja.
No hable mal de su "ex" a los niños, recuerde que también son sus hijos y que es muy importante que la imagen de ambos padres quede intacta.
Procure que los niños no se desvinculen del núcleo familiar al que estaban acostumbrados, es decir, busque que la convivencia con primos, tíos y abuelos (tanto maternos como paternos) no se altere de manera significativa.
Si el padre o madre de sus hijos se relaciona sentimentalmente con otra persona será bueno guardar cierta distancia, aunque nada malo sucederá si establece un trato diplomático y respetuoso con "él" o "ella".
Finalmente, aunque la separación de su pareja haya sido serena y civilizada, y la primera reacción de sus hijos pudiera catalogarse como "muy madura", es muy factible que surjan manifestaciones posteriores como tristeza, ansiedad, preocupación, así como bajo rendimiento escolar, sentimiento de abandono e incluso depresión.
En estos casos, será fundamental que forme un frente común con su expareja y busquen la ayuda de un psicólogo o paidosiquiatra (especialista en conducta infantil), quien les ayudará a definir la conducta a seguir.
DIVORCIO, ¿CÓMO SE LO DIGO A MIS HIJOS?
Fernando González G.
Lejana parece la época en que el divorcio era motivo de vergüenza entre la sociedad mexicana. Hoy, más allá de análisis sociológicos al respecto, toma relevancia la conducta que la pareja disuelta adopte ante los hijos procreados.
Lo primero, dejar en claro que la responsabilidad de la decisión reside solamente en los padres.
Muchas de las costumbres y leyes que nos rigen hoy día tienen su antecedente más lejano en la cultura romana, tal como ocurre en el caso del divorcio, pues los historiadores relatan que en aquella época la disolución matrimonial podía solicitarse sin causa justificada, y bastaba que hubiera terminado el afecto conyugal para que el trámite fuera procedente.
En sentido formal, esta figura jurídica se dividía en "bona gratia", término que se refiere al acuerdo que existía entre los dos consortes, y por repudiación, es decir, cuando así lo determinaba la voluntad de uno de los cónyuges, lo que en nuestros tiempos ocurre en forma muy similar.
Según palabras del filosofo Séneca, la facilidad de obtener el divorcio produjo la inmoralidad de las clases poderosas, ya que se abusaba de dicha situación, lo que da pie a la siguiente cita:
"¿Qué mujer se sonroja actualmente de divorciarse, desde que ciertas damas ilustres no cuentan su edad sino por el número de sus maridos? Se divorcian para volverse a casar, se casan para divorciarse".
Por supuesto que esta referencia está vigente, aunque para que sea justa se debe incluir también a los hombres, pues tal parece que la unión matrimonial ha perdido su valor y hoy se ve más como un experimento que como una decisión determinante en la vida de un individuo.
Dicho panorama afecta al conjunto social pero, fundamentalmente, a los hijos que se hayan procreado, pues éstos no pueden comprender con facilidad los cambios ocurridos al interior de su familia, ni tampoco el temor e inseguridad que genera la separación de sus padres.
En este sentido se pronuncian muchos estudios, los cuales concluyen que la separación y divorcio de los padres tienen considerable impacto sobre la vida de los hijos que se manifiesta mediante desórdenes psicológicos, inadaptación social, así como menores logros educativos y económicos.
Cómo explicar la separación.
Los especialistas en Psicología concuerdan que cuando los padres deciden separarse deben hablar en forma conjunta con sus hijos y ser honestos con ellos.
Asimismo, es fundamental usar un lenguaje adecuado para su edad y dejarles en claro que el divorcio es algo entre mamá y papá; asimismo, es fundamental demostrarles que van a seguir siendo sus padres aunque ya no vivan juntos.
De igual forma, los progenitores deben asumir su responsabilidad por la separación y hablar de los errores que pudieron haber cometido para que el niño no se sienta culpable de la situación, lo que ocurre muy a menudo.
Para que las cosas se compliquen menos le pueden dar ejemplos de gente que conozcan y que ya hayan pasado por esa situación, para exponerles que es algo que sucede comúnmente.
Si el niño es pequeño se puede recurrir a la adaptación de un cuento para explicar la ruptura conyugal, e inclusive usar muñecos para demostrarle que papá va a vivir en otra casa pero que lo va a visitar frecuentemente.
Es fundamental que ambos padres ofrezcan la explicación de la ruptura porque de esta manera, a pesar de lo paradójico que pueda parecer, infundirán seguridad y confianza en su hijo; para que dicha charla cumpla su cometido es conveniente planear lo que van a decir y quién lo va a hacer, así como el lugar donde platicarán y si lo harán con todos los hijos al mismo o con cada uno por separado.
Cada quien su responsabilidad.
Es fundamental que el hijo (sobre todo si es un niño), entienda que quienes se van a divorciar son los padres, pero que el cariño de cada uno de ellos hacia él es incondicional y permanente, y que nada de lo que ocurra podrá modificarlo.
También es relevante que los infantes sepan que nada de lo que ellos hagan o intenten hacer podrá modificar tal decisión.
En otras palabras, hay que dejar en claro que los niños no son responsables del divorcio, no son culpables de él y no pueden cambiar la decisión de los padres.
Por otro lado, se recomienda que la pareja disuelta establezca con precisión y de manera formal (sea voluntariamente o mediante la intervención de la autoridad civil) el arreglo mediante el cual se tenga contacto con los hijos.
A manera de sugerencia, algunas reglas que deben ser observadas:
Reciba o entregue a su hijo en la puerta de la casa, no permita que salga solo cargando una pequeña maleta. Esto produce ansiedad y puede ser humillante.
Evite tener discusiones enfrente de los pequeños, pues ello los hará sentir culpables.
No mande mensajes a su expareja con sus hijos.
Cada quién pone las reglas en su propia casa, por lo que no debe intentar imponerlas en casa de su expareja.
No hable mal de su "ex" a los niños, recuerde que también son sus hijos y que es muy importante que la imagen de ambos padres quede intacta.
Procure que los niños no se desvinculen del núcleo familiar al que estaban acostumbrados, es decir, busque que la convivencia con primos, tíos y abuelos (tanto maternos como paternos) no se altere de manera significativa.
Si el padre o madre de sus hijos se relaciona sentimentalmente con otra persona será bueno guardar cierta distancia, aunque nada malo sucederá si establece un trato diplomático y respetuoso con "él" o "ella".
Finalmente, aunque la separación de su pareja haya sido serena y civilizada, y la primera reacción de sus hijos pudiera catalogarse como "muy madura", es muy factible que surjan manifestaciones posteriores como tristeza, ansiedad, preocupación, así como bajo rendimiento escolar, sentimiento de abandono e incluso depresión.
En estos casos, será fundamental que forme un frente común con su expareja y busquen la ayuda de un psicólogo o paidosiquiatra (especialista en conducta infantil), quien les ayudará a definir la conducta a seguir.
Hijos de padres divorciados
http://www.saludymedicina.com.mx/nota.asp?id=174
HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS
Sofía Montoya
Una de las dificultades más serias que pueden presentarse durante la disolución del matrimonio ocurre cuando los padres sitúan a sus hijos en medio del conflicto.
La consecuencia de ello es que la capacidad de los pequeños para entablar relaciones sólidas será notablemente afectada.
Existen dos verdades en torno al divorcio que no debemos olvidar.
La primera es que se trata de un evento en el que no suelen existir ganadores, y la segunda es que así como sus causas no se encuentra en el momento de la separación, sino en el pasado de la vida de la pareja, es innegable que sus efectos no se detienen con la ruptura del lazo matrimonial, sino que se extienden hacia el futuro.
Más aún, es importante señalar que este suceso no sólo afecta a la pareja, sino también sus hijos, obligándolos a enfrentar situaciones inesperadas y a reaprender nuevas formas de relacionarse con la sociedad en general.
Problema frecuente.
Desafortunadamente, los cónyuges en conflicto suelen utilizar a sus descendientes para atacarse uno al otro, lo que los daña, asusta y confunde. Ello se traduce en:
Aparición de problemas emocionales como ansiedad, depresión o terror nocturno (pesadillas).
Mal aprovechamiento escolar.
Indisciplina y problemas de convivencia.
Baja autoestima.
Además, los chicos que se encuentran como árbitros del enojo de sus padres probablemente se convertirán en individuos enojados, inseguros y “a la defensiva”, cuyas relaciones sentimentales en el futuro pueden fracasar.
Así, el trabajo que corresponde desempeñar a los padres es ayudar a los pequeños en el difícil proceso de la separación, y para ello es posible encontrar opciones que orienten su opinión, como la terapia psicológica.
Es trascendental permitir que los chicos expresen sus sentimientos, pero no se debe dejar que manipulen la situación.
Simplemente, cada uno de los padres debe darle justo valor a lo que los menores sienten y compartir con ellos los sentimientos de tristeza, temor al abandono e inseguridad que las separaciones provocan.
También resulta fundamental no consentir a los hijos ni dejar que hagan su voluntad, a fin de que los progenitores encuentren alivio a sus sentimientos de culpa.
Cabe señalar que algunos niños tienden a guardarse todos sus sentimientos negativos para adoptar la posición de protectores de sus padres, pues piensan que éstos se encuentran en situación tan vulnerable que es mejor no molestarlos con sus problemas, asumiendo, por tanto, una madurez prematura que no les corresponde.
Otro caso común es el de aquellos niños de padres divorciados que se enferman como expresión de su sentimiento de desamparo.
En tal caso, será fundamental que se les enseñe que deben valorar y desarrollar su independencia, mientras los padres resuelven sus conflictos.
Una vez que se concrete la separación es importante que los infantes no viajen con excesiva frecuencia de la casa de uno de sus padres a la otra, ya que mantener una sola residencia les permitirá desarrollar su identidad.
Asimismo, es necesario respetar su derecho de amar a ambos padres sin importar las diferencias que existan entre ellos, pues deben comprender que hay problemas que sólo corresponden a la pareja y que ello no tiene que ver con el amor que merecen recibir.
En todo caso, es importante señalar que no es ideal suspender el divorcio “para evitar problemas a los hijos” en caso de que la relación de pareja no tenga solución a la vista.
Si los niños están viviendo situaciones de peleas constantes, discusiones o maltrato, será más beneficioso para ellos que sus padres se separen. Se ha comprobado que los pequeños sufren más en aquellas situaciones en que los padres son infelices juntos, que cuando deciden vivir separados.
HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS
Sofía Montoya
Una de las dificultades más serias que pueden presentarse durante la disolución del matrimonio ocurre cuando los padres sitúan a sus hijos en medio del conflicto.
La consecuencia de ello es que la capacidad de los pequeños para entablar relaciones sólidas será notablemente afectada.
Existen dos verdades en torno al divorcio que no debemos olvidar.
La primera es que se trata de un evento en el que no suelen existir ganadores, y la segunda es que así como sus causas no se encuentra en el momento de la separación, sino en el pasado de la vida de la pareja, es innegable que sus efectos no se detienen con la ruptura del lazo matrimonial, sino que se extienden hacia el futuro.
Más aún, es importante señalar que este suceso no sólo afecta a la pareja, sino también sus hijos, obligándolos a enfrentar situaciones inesperadas y a reaprender nuevas formas de relacionarse con la sociedad en general.
Problema frecuente.
Desafortunadamente, los cónyuges en conflicto suelen utilizar a sus descendientes para atacarse uno al otro, lo que los daña, asusta y confunde. Ello se traduce en:
Aparición de problemas emocionales como ansiedad, depresión o terror nocturno (pesadillas).
Mal aprovechamiento escolar.
Indisciplina y problemas de convivencia.
Baja autoestima.
Además, los chicos que se encuentran como árbitros del enojo de sus padres probablemente se convertirán en individuos enojados, inseguros y “a la defensiva”, cuyas relaciones sentimentales en el futuro pueden fracasar.
Así, el trabajo que corresponde desempeñar a los padres es ayudar a los pequeños en el difícil proceso de la separación, y para ello es posible encontrar opciones que orienten su opinión, como la terapia psicológica.
Es trascendental permitir que los chicos expresen sus sentimientos, pero no se debe dejar que manipulen la situación.
Simplemente, cada uno de los padres debe darle justo valor a lo que los menores sienten y compartir con ellos los sentimientos de tristeza, temor al abandono e inseguridad que las separaciones provocan.
También resulta fundamental no consentir a los hijos ni dejar que hagan su voluntad, a fin de que los progenitores encuentren alivio a sus sentimientos de culpa.
Cabe señalar que algunos niños tienden a guardarse todos sus sentimientos negativos para adoptar la posición de protectores de sus padres, pues piensan que éstos se encuentran en situación tan vulnerable que es mejor no molestarlos con sus problemas, asumiendo, por tanto, una madurez prematura que no les corresponde.
Otro caso común es el de aquellos niños de padres divorciados que se enferman como expresión de su sentimiento de desamparo.
En tal caso, será fundamental que se les enseñe que deben valorar y desarrollar su independencia, mientras los padres resuelven sus conflictos.
Una vez que se concrete la separación es importante que los infantes no viajen con excesiva frecuencia de la casa de uno de sus padres a la otra, ya que mantener una sola residencia les permitirá desarrollar su identidad.
Asimismo, es necesario respetar su derecho de amar a ambos padres sin importar las diferencias que existan entre ellos, pues deben comprender que hay problemas que sólo corresponden a la pareja y que ello no tiene que ver con el amor que merecen recibir.
En todo caso, es importante señalar que no es ideal suspender el divorcio “para evitar problemas a los hijos” en caso de que la relación de pareja no tenga solución a la vista.
Si los niños están viviendo situaciones de peleas constantes, discusiones o maltrato, será más beneficioso para ellos que sus padres se separen. Se ha comprobado que los pequeños sufren más en aquellas situaciones en que los padres son infelices juntos, que cuando deciden vivir separados.
lunes, 20 de julio de 2009
Sobreseimiento del Caso Lydia Bosch por abusos
http://www.hola.com/cine/200907159388/lydia/bosch/juicio/1/
La juez ha decidido el sobreseimiento provisional de la demanda que pesaba sobre Alberto Martín por presuntos abusos a una menor
Ante el revés judicial, Lydia Bosch: 'No compartimos la decisión judicial ni el fundamento de la misma'
La actriz recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid
Lydia Bosch, que atraviesa el momento más duro de su vida, cuenta con el apoyo de sus amigos y de sus compañeros en el cine y la televisión
A través de su abogada, Lydia Bosch envío un comunicado en el que se mostraba contraria a la resolución
Alegría para una parte y un mazazo para la otra.
En las decisiones judiciales, como en las guerras, siempre hay vencedores y vencidos.
Y en este nuevo capítulo del enfrentamiento penal entre el matrimonio —en vías de extinción— formado por Lydia Bosch y Alberto Martín, ha sido el arquitecto el que se ha llevado la mejor parte.
Tras abrir diligencias previas y realizar las investigaciones oportunas, la titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Pozuelo de Alarcón dictó el pasado viernes un auto de sobreseimiento provisional en el que afirmaba que no hay indicios de delito en la demanda por presuntos abusos a una menor que pesaba sobre Martín.
En el caso que nos ocupa, los hechos habrían tenido lugar hace 5 años.
La decisión judicial se apoya casi exclusivamente en el informe de los peritos, que en ningún momento acusan a la niña de mentir.
Simplemente, no pueden demostrar que dice la verdad.
Y ya se sabe que en los procesos judiciales no basta tener razón, hay que demostrarlo.
Para Lydia qué duda cabe de que ha sido un duro golpe.
Ella no se podía esperar, ni mucho menos, que la Justicia no fuera a estar de su parte.
Pero Lydia se vuelve a levantar para seguir en la lucha judicial y llegará hasta donde la Justicia le permita.
Ha perdido una batalla, pero no es el final de la contienda.
Por ello, el siguiente paso que ha anunciado que dará será en los Tribunales con un recurso que interpondrá ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Los momentos más duros de su vida.
Por su parte, Martín mostró su satisfacción a través de su portavoz y quiso agradecer a todos los que le han apoyado «en los momentos más duros de su vida» y manifestar su confianza en la Justicia.
Ahora está valorando interponer una querella en «defensa del honor que tan injustamente se ha visto lesionado, con consecuencias personales y sociales irreparables».
Se trataba de la respuesta que esperaba el entorno familiar de Martín, quien este fin de semana se relajó junto a sus hijos en la piscina (los tiene durante el mes de julio, mientras que en agosto estarán con su madre) de la casa de sus padres, donde sigue instalado hasta que, poco a poco, se vaya desenrollando la madeja judicial.
Aún no se había movido de Madrid, a la espera de acontecimientos judiciales, pero ahora tendría previsto marcharse unos días a Ibiza, para relajarse después de unos meses en los que, según sus cercanos, habría llegado al límite.
Recordemos que el pasado mes de abril saltó a los medios su separación, su demanda de divorcio y al tiempo lo hacía la denuncia por presuntos abusos a una menor.
Alberto Martín fue detenido inmediatamente y pasó una noche en prisión.
Al día siguiente, tras declarar, fue puesto en libertad sin medidas cautelares.
La juez denegó la orden de alejamiento familiar solicitada contra Martín, pero sí le obligó a presentarse en el Juzgado todos los primeros de mes mientras se llevaran a cabo las diligencias.
La respuesta de Lydia.
La respuesta de Lydia, como decíamos, no se hizo esperar.
A través de su abogada, Ana Fernández, envió un comunicado en el que se mostraba contraria a la resolución: «No compartimos la decisión judicial ni el fundamento de la misma».
Pero, sobre todo, hacía hincapié en que se trata de «un sobreseimiento provisional» y anunciaba que sería apelado.
Con todo, queda claro que aún no se ha dicho la última palabra en esta historia, que, a día de hoy, se podría ver como un triste empate.
Y es que hace tan sólo unos días era Lydia la que salía airosa de la contienda en los Juzgados (recordemos que se trata de dos procesos judiciales abiertos y paralelos: uno civil y otro penal, que sólo coinciden en el tiempo).
Entonces, aquella victoria, tuvo un trasfondo agridulce para la actriz: por un lado estaba satisfecha de haber conseguido lo que más le importaba, la guardia y custodia total de sus hijos —y no la compartida, como solicitaba el padre—, pero no podía estar feliz ante la difícil situación que viven tanto ella como su familia: un divorcio de lo más abrupto con demanda penal de por medio en un tema que no puede ser más doloroso.
Lydia conoció a Martín en octubre de 1999, cuando la actriz se mostró interesada en una vivienda que el arquitecto, entonces separado, había diseñado.
En 2001 se casaron por lo civil y en 2004, en un romántico enlace, por la Iglesia.
Ella aportaba una hija de una anterior relación con Micky Molina y él dos hijos de su primer matrimonio. Juntos tuvieron a los mellizos Juan y Ana en 2003.
No está sola.
En estos momentos tan dolorosos, Lydia no se puede sentir más arropada por sus amigos.
En especial, su grupo de inseparables amigas.
Ellas han sido el hombro donde apoyarse (y también donde llorar cuando hacía falta) en esta etapa tan difícil que le ha tocado vivir. Pero no sólo ellas.
También sus amigos de su trayectoria profesional en el cine y en la televisión han estado a su lado.
Llamadas, mensajes y frases de aliento que le han ayudado a sobrellevar la que, sin duda, está siendo la etapa más dura de su vida.
No hay que olvidar que Lydia es una de las más queridas y respetadas actrices del cine español.
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Lydia Bosch y Alberto Martín declararon en la vista previa del juicio de divorcio
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Lydia Bosch, que atraviesa el momento más duro de su vida, cuenta con el apoyo de sus amigos y de sus compañeros en el cine y la televisión
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Alegría para una parte y un mazazo para la otra.
En las decisiones judiciales, como en las guerras, siempre hay vencedores y vencidos.
Y en este nuevo capítulo del enfrentamiento penal entre el matrimonio —en vías de extinción— formado por Lydia Bosch y Alberto Martín, ha sido el arquitecto el que se ha llevado la mejor parte.
Tras abrir diligencias previas y realizar las investigaciones oportunas, la titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Pozuelo de Alarcón dictó el pasado viernes un auto de sobreseimiento provisional en el que afirmaba que no hay indicios de delito en la demanda por presuntos abusos a una menor que pesaba sobre Martín.
En el caso que nos ocupa, los hechos habrían tenido lugar hace 5 años.
La decisión judicial se apoya casi exclusivamente en el informe de los peritos, que en ningún momento acusan a la niña de mentir.
Simplemente, no pueden demostrar que dice la verdad.
Y ya se sabe que en los procesos judiciales no basta tener razón, hay que demostrarlo.
Para Lydia qué duda cabe de que ha sido un duro golpe.
Ella no se podía esperar, ni mucho menos, que la Justicia no fuera a estar de su parte.
Pero Lydia se vuelve a levantar para seguir en la lucha judicial y llegará hasta donde la Justicia le permita.
Ha perdido una batalla, pero no es el final de la contienda.
Por ello, el siguiente paso que ha anunciado que dará será en los Tribunales con un recurso que interpondrá ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Los momentos más duros de su vida.
Por su parte, Martín mostró su satisfacción a través de su portavoz y quiso agradecer a todos los que le han apoyado «en los momentos más duros de su vida» y manifestar su confianza en la Justicia.
Ahora está valorando interponer una querella en «defensa del honor que tan injustamente se ha visto lesionado, con consecuencias personales y sociales irreparables».
Se trataba de la respuesta que esperaba el entorno familiar de Martín, quien este fin de semana se relajó junto a sus hijos en la piscina (los tiene durante el mes de julio, mientras que en agosto estarán con su madre) de la casa de sus padres, donde sigue instalado hasta que, poco a poco, se vaya desenrollando la madeja judicial.
Aún no se había movido de Madrid, a la espera de acontecimientos judiciales, pero ahora tendría previsto marcharse unos días a Ibiza, para relajarse después de unos meses en los que, según sus cercanos, habría llegado al límite.
Recordemos que el pasado mes de abril saltó a los medios su separación, su demanda de divorcio y al tiempo lo hacía la denuncia por presuntos abusos a una menor.
Alberto Martín fue detenido inmediatamente y pasó una noche en prisión.
Al día siguiente, tras declarar, fue puesto en libertad sin medidas cautelares.
La juez denegó la orden de alejamiento familiar solicitada contra Martín, pero sí le obligó a presentarse en el Juzgado todos los primeros de mes mientras se llevaran a cabo las diligencias.
La respuesta de Lydia.
La respuesta de Lydia, como decíamos, no se hizo esperar.
A través de su abogada, Ana Fernández, envió un comunicado en el que se mostraba contraria a la resolución: «No compartimos la decisión judicial ni el fundamento de la misma».
Pero, sobre todo, hacía hincapié en que se trata de «un sobreseimiento provisional» y anunciaba que sería apelado.
Con todo, queda claro que aún no se ha dicho la última palabra en esta historia, que, a día de hoy, se podría ver como un triste empate.
Y es que hace tan sólo unos días era Lydia la que salía airosa de la contienda en los Juzgados (recordemos que se trata de dos procesos judiciales abiertos y paralelos: uno civil y otro penal, que sólo coinciden en el tiempo).
Entonces, aquella victoria, tuvo un trasfondo agridulce para la actriz: por un lado estaba satisfecha de haber conseguido lo que más le importaba, la guardia y custodia total de sus hijos —y no la compartida, como solicitaba el padre—, pero no podía estar feliz ante la difícil situación que viven tanto ella como su familia: un divorcio de lo más abrupto con demanda penal de por medio en un tema que no puede ser más doloroso.
Lydia conoció a Martín en octubre de 1999, cuando la actriz se mostró interesada en una vivienda que el arquitecto, entonces separado, había diseñado.
En 2001 se casaron por lo civil y en 2004, en un romántico enlace, por la Iglesia.
Ella aportaba una hija de una anterior relación con Micky Molina y él dos hijos de su primer matrimonio. Juntos tuvieron a los mellizos Juan y Ana en 2003.
No está sola.
En estos momentos tan dolorosos, Lydia no se puede sentir más arropada por sus amigos.
En especial, su grupo de inseparables amigas.
Ellas han sido el hombro donde apoyarse (y también donde llorar cuando hacía falta) en esta etapa tan difícil que le ha tocado vivir. Pero no sólo ellas.
También sus amigos de su trayectoria profesional en el cine y en la televisión han estado a su lado.
Llamadas, mensajes y frases de aliento que le han ayudado a sobrellevar la que, sin duda, está siendo la etapa más dura de su vida.
No hay que olvidar que Lydia es una de las más queridas y respetadas actrices del cine español.
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Lydia Bosch y Alberto Martín declararon en la vista previa del juicio de divorcio
El Divorcio en La Rioja, 2008
http://www.rioja2.com/diario/45886-2-10-La_mayor_parte_de_las_parejas_riojanas_que_se_separan_tienen_entre_40_y_50_anos
La mayor parte de las parejas riojanas que se separan tienen entre 40 y 50 años
Uno de cada tres divorcios se produce después de verano. La convivencia durante 24 horas en las vacaciones hace que muchos matrimonios no superen la llamada “prueba de la hamaca”.
Rioja2 - 20/07/2009
Muchas pueden ser las razones por las que una pareja decide tomar la decisión de separarse. Falta de entendimiento, infidelidad, desacuerdos o sacrificios que una de las partes no está dispuesta a asumir, o la monotonía de una relación larga y aburrida, pueden ser las causas por las que un matrimonio decida poner fin a su unión legal.
Los datos apuntan a que 1 de cada 3 parejas que se divorcian lo hacen después de verano.
Quizás la convivencia durante 24 horas con la pareja, a la que el resto del año a penas se ve 10 minutos al día, haga mella en la relación matrimonial y muchos no superen la llamada "prueba de la hamaca".
Así lo asegura Mª Dolores Morera, de Abogacía Dolores Morera, que culpa de esto a la falta de convivencia durante el año entre los cónyuges y el largo tiempo que en vacaciones deben pasar juntos.
“En el mundo en el que vivimos hoy, nos vemos poco con la pareja y los hijos. En el mes de vacaciones estamos juntos las 24 horas y entonces es cuando se descubre realmente lo que es la pareja”, apunta Mª Dolores.
“Tenemos una sociedad en la que queremos tener todo lo que deseamos y claro, en el momento que se produce un desacuerdo rompemos y punto”, puntualiza.
Pese a que las causas por las que un matrimonio decide llegar a separarse son tantas y tan variadas como parejas hay, uno de los motivos es éste, la falta de entendimiento a la hora de convivir todo el día juntos.
Resulta llamativo el dato que apunta a que son las parejas más jóvenes y las que llevan más de 20 años unidas en matrimonio las que más separan en La Rioja.
“Hay de todo, pero generalmente hay más gente joven o de 40 años en adelante. Sobre los 50 años los que más”.
Las razones: la falta de convivencia de unos y el exceso de convivencia de los otros.
España es el 3º país con más rupturas de la Unión Europea, con un 59%.
Por encima se sitúan Portugal (89%) e Italia (62%), los 3 con una fuerte tradición católica.
El respeto al matrimonio religioso y el miedo al “qué dirán” ha frenado las separaciones de las parejas durante muchos años.
El cambio de mentalidad con respecto al divorcio ha sido un punto importante para esos matrimonios que aguantaban “por costumbre” o “por aparentar”.
“Antes el divorcio se tomaba como una tragedia, hoy más o menos es una cosa normal y natural, la gente lo tiene muy asumido”, asegura Mª Dolores.
Dentro de este cambio de mentalidad es importante destacar el porcentaje de padres que en la actualidad solicitan la custodia, “antes el padre ni siquiera se planteaba el pedir la custodia, daban por hecho que era para la madre y ni preguntaban.
Ahora estamos luchando cada día más porque los padres la tengan, o por lo menos por una custodia compartida que es lo que más conseguimos.
Actualmente alrededor del 95% de los padres divorciados plantean querer tener la custodia de sus hijos”, comenta Mª Dolores Morera.
Y es que el tema de los hijos siempre ha dado quebraderos de cabeza a los matrimonios que se separan. Este es uno de los motivos de conflicto en las rupturas.
Mª Dolores Morera asegura que la mitad de los casos suelen ser separaciones de mutuo acuerdo y la otra mitad conflictivas, aunque "a medida que avanzan los trámites, cuando ven los problemas que se pueden presentar y que no son ellos quienes deciden, optan por hacer un divorcio de mutuo acuerdo”.
Desde que la ley del divorcio fuera aprobada hace ya 28 años, entre divorcios y separaciones suman casi 2 millones de rupturas matrimoniales.
Hace unas semanas se cumplieron 4 años de la implantación en España de la Ley 15/2005 del 8 de julio de 2005, conocida como divorcio “express”, pese a este nuevo procedimiento, Mª Dolores no ha notado gran diferencia en las separaciones, tan sólo en la cantidad de tiempo que tienen que esperar las parejas para disfrutar de nuevo de su soltería.
Antes, para divorciarse, había que pasar un periodo previo de separación, “si quitas este proceso, la sentencia de divorcio de antes y la de ahora tardan lo mismo en salir, dependiendo de si es contencioso o de mutuo acuerdo, no hay grandes diferencias con la ley anterior. Si el divorcio es de mutuo acuerdo se tardaría de un mes a un mes y medio, mientras que si es contencioso el plazo aumenta, llegaría a los seis meses”, afirma la abogada.
Hace unos semanas saltaba la noticia del descenso de divorcios a causa de la crisis.
En La Rioja, de acuerdo con los datos del Instituto de Política Familiar a partir del Consejo General del Poder Judicial, entre enero y septiembre de 2008 se registraron en total 522 divorcios y separaciones, cuando en el mismo periodo del 2007 la cifra fue muy superior;
el descenso de las rupturas se sitúa en torno al 60,2% en nuestra comunidad.
Al parecer, muchos matrimonios habrían decidido posponer su separación debido a la situación económica actual que ha hecho mella en todos los ámbitos de la vida.
Sin embargo, Mª Dolores Morera afirma no haber notado diferencias en estos tiempos de crisis. Pese a esto, no es de extrañar que muchas parejas decidan retardar su separación, ya que “un divorcio puede suponer una media de entre 1.200 y 3.000 euros, aunque esto depende de muchas circunstancias: del patrimonio que la pareja posea, de si es contencioso o no lo es, de la pensión de los hijos o de los problemas que conlleve la ruptura”.
Por otro lado, la crisis también podría ser razón para que las separaciones aumenten, ya que dentro del matrimonio se producen más discusiones cuando hay un problema de este tipo.
LAS OTRAS RAZONES.
Los motivos por los que las parejas se separan son muy diversos.
Los más comunes son la falta de entendimiento, las manías de uno o de otro, las infidelidades o la monotonía de la relación.
Sin embargo, siempre hay algunos casos que llaman la atención por las razones tan peregrinas de los cónyuges.
“Llevábamos saliendo 7 años y 1 año después de la boda descubrí que era gay”, cuenta Alicia con una sonrisa fingida en el rostro.
“Ahora me hace hasta gracia, pero en su momento lo pasé fatal. Después de 7 años saliendo con él, entrando en su casa y él en la mía, conviviendo juntos... me pidió matrimonio. Fue una boda por todo lo alto porque su familia estaba bastante bien posicionada y querían que su hijo tuviese de lo bueno lo mejor. La ilusión me duró 1 año, el mismo tiempo que tardé en descubrir que me estaba engañando...con otro hombre. Nuestra relación era normal, como un matrimonio común, pero un día descubrí en su ordenador conversaciones bastante subidas de tono con un hombre. Investigando llegué hasta ver vídeos que habían grabado. Cuando le pregunté “por qué” me dijo que lo hacía porque se aburría. Gracias a Dios no tuvimos hijos y fue una separación rápida, yo sólo quería alejarme de él y de su familia, que siempre me ha culpado a mí de que ese matrimonio no funcionase”.
Los motivos de Jesús fueron muy diferentes.
“La gente me decía que ella no me convenía, que no era buena, y yo no les creía. Vivimos juntos casi desde el primer día de conocernos y nos llevábamos muy bien. Preparamos una boda clásica, por la iglesia, con todos nuestros amigos y familiares y en la misma luna de miel empezaron los problemas. Pasamos casi 15 días sin dirigirnos la palabra. La actitud de ella cambió radicalmente. Cuando volvimos a la rutina descubrí sus nuevas amistades, un grupo más que peligroso con el que se andaba juntando.
Desaparecía de casa un jueves y volvía el martes sin dar ningún tipo de explicación.
Cuando le preguntaba no respondía o lo hacía de muy malas formas pidiéndome que me metiese en mis cosas.
Llegó a decir que por sus amigos podría llegar a hacer cualquier cosa, que ni la llamase cuando salía porque tenía cosas más importantes que hacer y que si llegaban paquetes extraños a casa no los tocase. Se convirtió en una persona que nunca me hubiese gustado conocer”.
“Al mes de casarnos me llegó una denuncia por violación”, cuenta apesadumbrado Fermín.
“Yo era muy joven, no tenía a penas experiencia en la vida y ella creo que tenía demasiada. A los pocos meses de conocernos se quedó embarazada, pese a que me juro que no podía tener hijos. Nos casamos después de tener el segundo, y a las pocas semanas los problemas empezaron a llegar a mi casa.
Primero una denuncia por violación, después una orden de alejamiento por acoso.
Estoy convencido de que tenía problemas psicológicos, pero cuando le proponía ir al médico me llegaba una nueva denuncia.
Nos divorciamos.
Empecé a pasarle la pensión religiosamente todos los meses, hasta que un día me llegó un embargo a casa, donde constaba que no había pasado ni un solo duro durante todo ese tiempo. No lo había declarado y tuve que volver a darle otra vez el dinero de esos meses. Casarme fue lo peor que he hecho en mi vida”.
La mayor parte de las parejas riojanas que se separan tienen entre 40 y 50 años
Uno de cada tres divorcios se produce después de verano. La convivencia durante 24 horas en las vacaciones hace que muchos matrimonios no superen la llamada “prueba de la hamaca”.
Rioja2 - 20/07/2009
Muchas pueden ser las razones por las que una pareja decide tomar la decisión de separarse. Falta de entendimiento, infidelidad, desacuerdos o sacrificios que una de las partes no está dispuesta a asumir, o la monotonía de una relación larga y aburrida, pueden ser las causas por las que un matrimonio decida poner fin a su unión legal.
Los datos apuntan a que 1 de cada 3 parejas que se divorcian lo hacen después de verano.
Quizás la convivencia durante 24 horas con la pareja, a la que el resto del año a penas se ve 10 minutos al día, haga mella en la relación matrimonial y muchos no superen la llamada "prueba de la hamaca".
Así lo asegura Mª Dolores Morera, de Abogacía Dolores Morera, que culpa de esto a la falta de convivencia durante el año entre los cónyuges y el largo tiempo que en vacaciones deben pasar juntos.
“En el mundo en el que vivimos hoy, nos vemos poco con la pareja y los hijos. En el mes de vacaciones estamos juntos las 24 horas y entonces es cuando se descubre realmente lo que es la pareja”, apunta Mª Dolores.
“Tenemos una sociedad en la que queremos tener todo lo que deseamos y claro, en el momento que se produce un desacuerdo rompemos y punto”, puntualiza.
Pese a que las causas por las que un matrimonio decide llegar a separarse son tantas y tan variadas como parejas hay, uno de los motivos es éste, la falta de entendimiento a la hora de convivir todo el día juntos.
Resulta llamativo el dato que apunta a que son las parejas más jóvenes y las que llevan más de 20 años unidas en matrimonio las que más separan en La Rioja.
“Hay de todo, pero generalmente hay más gente joven o de 40 años en adelante. Sobre los 50 años los que más”.
Las razones: la falta de convivencia de unos y el exceso de convivencia de los otros.
España es el 3º país con más rupturas de la Unión Europea, con un 59%.
Por encima se sitúan Portugal (89%) e Italia (62%), los 3 con una fuerte tradición católica.
El respeto al matrimonio religioso y el miedo al “qué dirán” ha frenado las separaciones de las parejas durante muchos años.
El cambio de mentalidad con respecto al divorcio ha sido un punto importante para esos matrimonios que aguantaban “por costumbre” o “por aparentar”.
“Antes el divorcio se tomaba como una tragedia, hoy más o menos es una cosa normal y natural, la gente lo tiene muy asumido”, asegura Mª Dolores.
Dentro de este cambio de mentalidad es importante destacar el porcentaje de padres que en la actualidad solicitan la custodia, “antes el padre ni siquiera se planteaba el pedir la custodia, daban por hecho que era para la madre y ni preguntaban.
Ahora estamos luchando cada día más porque los padres la tengan, o por lo menos por una custodia compartida que es lo que más conseguimos.
Actualmente alrededor del 95% de los padres divorciados plantean querer tener la custodia de sus hijos”, comenta Mª Dolores Morera.
Y es que el tema de los hijos siempre ha dado quebraderos de cabeza a los matrimonios que se separan. Este es uno de los motivos de conflicto en las rupturas.
Mª Dolores Morera asegura que la mitad de los casos suelen ser separaciones de mutuo acuerdo y la otra mitad conflictivas, aunque "a medida que avanzan los trámites, cuando ven los problemas que se pueden presentar y que no son ellos quienes deciden, optan por hacer un divorcio de mutuo acuerdo”.
Desde que la ley del divorcio fuera aprobada hace ya 28 años, entre divorcios y separaciones suman casi 2 millones de rupturas matrimoniales.
Hace unas semanas se cumplieron 4 años de la implantación en España de la Ley 15/2005 del 8 de julio de 2005, conocida como divorcio “express”, pese a este nuevo procedimiento, Mª Dolores no ha notado gran diferencia en las separaciones, tan sólo en la cantidad de tiempo que tienen que esperar las parejas para disfrutar de nuevo de su soltería.
Antes, para divorciarse, había que pasar un periodo previo de separación, “si quitas este proceso, la sentencia de divorcio de antes y la de ahora tardan lo mismo en salir, dependiendo de si es contencioso o de mutuo acuerdo, no hay grandes diferencias con la ley anterior. Si el divorcio es de mutuo acuerdo se tardaría de un mes a un mes y medio, mientras que si es contencioso el plazo aumenta, llegaría a los seis meses”, afirma la abogada.
Hace unos semanas saltaba la noticia del descenso de divorcios a causa de la crisis.
En La Rioja, de acuerdo con los datos del Instituto de Política Familiar a partir del Consejo General del Poder Judicial, entre enero y septiembre de 2008 se registraron en total 522 divorcios y separaciones, cuando en el mismo periodo del 2007 la cifra fue muy superior;
el descenso de las rupturas se sitúa en torno al 60,2% en nuestra comunidad.
Al parecer, muchos matrimonios habrían decidido posponer su separación debido a la situación económica actual que ha hecho mella en todos los ámbitos de la vida.
Sin embargo, Mª Dolores Morera afirma no haber notado diferencias en estos tiempos de crisis. Pese a esto, no es de extrañar que muchas parejas decidan retardar su separación, ya que “un divorcio puede suponer una media de entre 1.200 y 3.000 euros, aunque esto depende de muchas circunstancias: del patrimonio que la pareja posea, de si es contencioso o no lo es, de la pensión de los hijos o de los problemas que conlleve la ruptura”.
Por otro lado, la crisis también podría ser razón para que las separaciones aumenten, ya que dentro del matrimonio se producen más discusiones cuando hay un problema de este tipo.
LAS OTRAS RAZONES.
Los motivos por los que las parejas se separan son muy diversos.
Los más comunes son la falta de entendimiento, las manías de uno o de otro, las infidelidades o la monotonía de la relación.
Sin embargo, siempre hay algunos casos que llaman la atención por las razones tan peregrinas de los cónyuges.
“Llevábamos saliendo 7 años y 1 año después de la boda descubrí que era gay”, cuenta Alicia con una sonrisa fingida en el rostro.
“Ahora me hace hasta gracia, pero en su momento lo pasé fatal. Después de 7 años saliendo con él, entrando en su casa y él en la mía, conviviendo juntos... me pidió matrimonio. Fue una boda por todo lo alto porque su familia estaba bastante bien posicionada y querían que su hijo tuviese de lo bueno lo mejor. La ilusión me duró 1 año, el mismo tiempo que tardé en descubrir que me estaba engañando...con otro hombre. Nuestra relación era normal, como un matrimonio común, pero un día descubrí en su ordenador conversaciones bastante subidas de tono con un hombre. Investigando llegué hasta ver vídeos que habían grabado. Cuando le pregunté “por qué” me dijo que lo hacía porque se aburría. Gracias a Dios no tuvimos hijos y fue una separación rápida, yo sólo quería alejarme de él y de su familia, que siempre me ha culpado a mí de que ese matrimonio no funcionase”.
Los motivos de Jesús fueron muy diferentes.
“La gente me decía que ella no me convenía, que no era buena, y yo no les creía. Vivimos juntos casi desde el primer día de conocernos y nos llevábamos muy bien. Preparamos una boda clásica, por la iglesia, con todos nuestros amigos y familiares y en la misma luna de miel empezaron los problemas. Pasamos casi 15 días sin dirigirnos la palabra. La actitud de ella cambió radicalmente. Cuando volvimos a la rutina descubrí sus nuevas amistades, un grupo más que peligroso con el que se andaba juntando.
Desaparecía de casa un jueves y volvía el martes sin dar ningún tipo de explicación.
Cuando le preguntaba no respondía o lo hacía de muy malas formas pidiéndome que me metiese en mis cosas.
Llegó a decir que por sus amigos podría llegar a hacer cualquier cosa, que ni la llamase cuando salía porque tenía cosas más importantes que hacer y que si llegaban paquetes extraños a casa no los tocase. Se convirtió en una persona que nunca me hubiese gustado conocer”.
“Al mes de casarnos me llegó una denuncia por violación”, cuenta apesadumbrado Fermín.
“Yo era muy joven, no tenía a penas experiencia en la vida y ella creo que tenía demasiada. A los pocos meses de conocernos se quedó embarazada, pese a que me juro que no podía tener hijos. Nos casamos después de tener el segundo, y a las pocas semanas los problemas empezaron a llegar a mi casa.
Primero una denuncia por violación, después una orden de alejamiento por acoso.
Estoy convencido de que tenía problemas psicológicos, pero cuando le proponía ir al médico me llegaba una nueva denuncia.
Nos divorciamos.
Empecé a pasarle la pensión religiosamente todos los meses, hasta que un día me llegó un embargo a casa, donde constaba que no había pasado ni un solo duro durante todo ese tiempo. No lo había declarado y tuve que volver a darle otra vez el dinero de esos meses. Casarme fue lo peor que he hecho en mi vida”.
domingo, 19 de julio de 2009
Derechos del ciudadano ante la administración de Justicia
http://portales.gva.es/c_justicia/decanato/siac/siac-marco-c.htm
Decálogo de derechos del ciudadano ante la Administración de Justicia.
SABER EN EL ACTO
El ciudadano tiene derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tenga la condición de interesado, así como a obtener copias de los documentos contenidos en ellos.
COPIA Y VUELTA
El ciudadano tiene derecho a recibir una copia sellada de los documentos originales que presenta ante una Administración y a que éstos se le devuelvan, excepto si forman parte del procedimiento que se tramita.
LENGUA MATERNA
Catalanes, vascos, gallegos y valencianos tienen derecho a utilizar su lengua autonómica, -cooficial con el castellano- en el territorio de su comunidad cuando se comunique con la Administración General del Estado. Los procedimientos que surtan efectos fuera de esos territorios deberán ser traducidos al castellano.
ALEGACIONES
En los procedimientos administrativos, los ciudadanos tienen derecho a presentar alegaciones y aportar documentos en cualquier momento, incluso antes de llegar a trámite y audiencia. Estas alegaciones deberán ser tenidas en cuenta por el órgano que resuelva.
NO MAS PAPELES
No hay por qué presentar documentos que no se exijan en la normas del trámite que se traiga entre manos, ni tampoco aquellos que se encuentren en poder de la administración con la que se gestiona el asunto.
DÓNDE, QUÉ, CON QUIEN
Cuando un ciudadano necesita gestionar un asunto administrativo, tiene derecho a que se le informe y oriente sobre los requisitos jurídicos y técnicos recogidos en las normas previstas en los proyectos, actuaciones y solicitudes que se propone ejecutar.
ACCESO A REGISTROS
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y documentos (en cualquier tipo de soporte) relacionados con el expediente que tramiten.
Sólo podrán serles denegados cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de terceros más dignos de protección o cuando así lo disponga la ley.
El ejercicio de este derecho no debe afectar al funcionamiento de los servicios públicos.
TRATO DEFERENTE
Funcionarios y autoridades deben tratar con respeto y deferencia a los ciudadanos, a quienes deben facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
INDEMNIZACIONES
Los particulares tienen derecho a exigir responsabilidades a las administraciones públicas y al personal a su servicio cuando les corresponda legalmente.
Tienen derecho a ser indemnizados de las lesiones que sufra cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que sean consecuencia del normal o anormal funcionamiento de los servicios públicos.
Decálogo de derechos del ciudadano ante la Administración de Justicia.
SABER EN EL ACTO
El ciudadano tiene derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tenga la condición de interesado, así como a obtener copias de los documentos contenidos en ellos.
COPIA Y VUELTA
El ciudadano tiene derecho a recibir una copia sellada de los documentos originales que presenta ante una Administración y a que éstos se le devuelvan, excepto si forman parte del procedimiento que se tramita.
LENGUA MATERNA
Catalanes, vascos, gallegos y valencianos tienen derecho a utilizar su lengua autonómica, -cooficial con el castellano- en el territorio de su comunidad cuando se comunique con la Administración General del Estado. Los procedimientos que surtan efectos fuera de esos territorios deberán ser traducidos al castellano.
ALEGACIONES
En los procedimientos administrativos, los ciudadanos tienen derecho a presentar alegaciones y aportar documentos en cualquier momento, incluso antes de llegar a trámite y audiencia. Estas alegaciones deberán ser tenidas en cuenta por el órgano que resuelva.
NO MAS PAPELES
No hay por qué presentar documentos que no se exijan en la normas del trámite que se traiga entre manos, ni tampoco aquellos que se encuentren en poder de la administración con la que se gestiona el asunto.
DÓNDE, QUÉ, CON QUIEN
Cuando un ciudadano necesita gestionar un asunto administrativo, tiene derecho a que se le informe y oriente sobre los requisitos jurídicos y técnicos recogidos en las normas previstas en los proyectos, actuaciones y solicitudes que se propone ejecutar.
ACCESO A REGISTROS
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y documentos (en cualquier tipo de soporte) relacionados con el expediente que tramiten.
Sólo podrán serles denegados cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de terceros más dignos de protección o cuando así lo disponga la ley.
El ejercicio de este derecho no debe afectar al funcionamiento de los servicios públicos.
TRATO DEFERENTE
Funcionarios y autoridades deben tratar con respeto y deferencia a los ciudadanos, a quienes deben facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
INDEMNIZACIONES
Los particulares tienen derecho a exigir responsabilidades a las administraciones públicas y al personal a su servicio cuando les corresponda legalmente.
Tienen derecho a ser indemnizados de las lesiones que sufra cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que sean consecuencia del normal o anormal funcionamiento de los servicios públicos.
Quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados
http://portales.gva.es/c_justicia/decanato/siac/siac-marco-c.htm
Reglamento 1/1998, del Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales
Introducción
Capítulo I. Disposiciones Generales
Capítulo II. Normas Generales de Tramitación
Disposiciones Adicionales
Disposición Derogatoria
Disposición Final. Entrada en vigor.
Acuerdos Reglamentarios del Consejo General del Poder Judicial
I.-Introducción
De conformidad con el artículo 110, apartado m), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a dicho precepto mediante Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, corresponde al Consejo General del Poder Judicial la potestad reglamentaria en materia de inspección de Juzgados y Tribunales y tramitación de quejas y denuncias.
La regulación de este último aspecto se enmarca dentro de la necesidad de establecer servicios de atención al ciudadano y cauces mediante los cuales pueda éste formular de manera eficaz las quejas y reclamaciones que estime convenientes, así como colaborar con la mejor prestación del servicio mediante iniciativas y sugerencias, respondiendo así a la creciente preocupación que en esta materia se aprecia en el conjunto de los poderes y administraciones públicas.
En la Administración de Justicia esta necesidad ha de satisfacerse atendiendo a las peculiaridades que se derivan del ejercicio de la potestad jurisdiccional, con arreglo a las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, teniendo en cuenta tanto el ámbito de la potestad reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial, como el orden constitucional de atribución de competencias en materia de administración de la Administración de Justicia.
En el Libro Blanco de la Justicia, aprobado por el Pleno de este Consejo General del Poder Judicial el 8 de septiembre de 1997, se señala la necesidad de dar un nuevo tratamiento a las quejas de los ciudadanos y a las diligencias informativas, así como que los ciudadanos deben poder dirigirse a los distintos órganos de gobierno y órganos jurisdiccionales en demanda de una información o para formular sus quejas y reclamaciones.
El propio Libro Blanco recuerda que la regulación de este tipo de actividades y servicios viene siendo abordada recientemente en los distintos ámbitos de la Administración Pública.
Tal es el caso del Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se crean los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, y del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente, así como, en el ámbito legislativo, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (art. 4) y de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.
El Pleno del Consejo General, en su reunión del día 6 de mayo de 1998 acordó encomendar a la Comisión de Estudios e Informes del propio Consejo General la iniciación de los trámites previstos en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la elaboración del correspondiente texto reglamentario, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado m), inciso final, de dicho precepto.
(.................................)
Reglamento 1/1998, del Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales
Introducción
Capítulo I. Disposiciones Generales
Capítulo II. Normas Generales de Tramitación
Disposiciones Adicionales
Disposición Derogatoria
Disposición Final. Entrada en vigor.
Acuerdos Reglamentarios del Consejo General del Poder Judicial
I.-Introducción
De conformidad con el artículo 110, apartado m), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada a dicho precepto mediante Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, corresponde al Consejo General del Poder Judicial la potestad reglamentaria en materia de inspección de Juzgados y Tribunales y tramitación de quejas y denuncias.
La regulación de este último aspecto se enmarca dentro de la necesidad de establecer servicios de atención al ciudadano y cauces mediante los cuales pueda éste formular de manera eficaz las quejas y reclamaciones que estime convenientes, así como colaborar con la mejor prestación del servicio mediante iniciativas y sugerencias, respondiendo así a la creciente preocupación que en esta materia se aprecia en el conjunto de los poderes y administraciones públicas.
En la Administración de Justicia esta necesidad ha de satisfacerse atendiendo a las peculiaridades que se derivan del ejercicio de la potestad jurisdiccional, con arreglo a las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, teniendo en cuenta tanto el ámbito de la potestad reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial, como el orden constitucional de atribución de competencias en materia de administración de la Administración de Justicia.
En el Libro Blanco de la Justicia, aprobado por el Pleno de este Consejo General del Poder Judicial el 8 de septiembre de 1997, se señala la necesidad de dar un nuevo tratamiento a las quejas de los ciudadanos y a las diligencias informativas, así como que los ciudadanos deben poder dirigirse a los distintos órganos de gobierno y órganos jurisdiccionales en demanda de una información o para formular sus quejas y reclamaciones.
El propio Libro Blanco recuerda que la regulación de este tipo de actividades y servicios viene siendo abordada recientemente en los distintos ámbitos de la Administración Pública.
Tal es el caso del Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se crean los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, y del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el Consejo para la Defensa del Contribuyente, así como, en el ámbito legislativo, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (art. 4) y de la Ley 1/1998, de 26 de febrero, de Derechos y Garantías de los Contribuyentes.
El Pleno del Consejo General, en su reunión del día 6 de mayo de 1998 acordó encomendar a la Comisión de Estudios e Informes del propio Consejo General la iniciación de los trámites previstos en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la elaboración del correspondiente texto reglamentario, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado m), inciso final, de dicho precepto.
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Politizacion del CGPJ
http://es.noticias.yahoo.com/9/20090719/tes-el-cgpj-ve-el-23-el-informe-que-ve-o-61bd63d.html
Madrid, 19 jul (EFE).- El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo 23 de julio el informe aprobado por la Comisión de Estudios de este órgano, que estima oportuno reconocer el derecho de los padres a ser informados de que sus hijas menores de edad van a abortar.
Foro: Igualdad
Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, para la aprobación definitiva de este informe el voto del vocal nombrado a propuesta de CiU, Ramón Camp, es decisivo, ya que previsiblemente lo respaldarán los 9 vocales elegidos por el PSOE y Margarita Uría (del PNV y ponente del dictamen) y votarán en contra los 9 designados por el PP y el presidente del CGPJ, Carlos Dívar.
(........)
Este informe reemplaza al que elaboró el anterior ponente, el vocal del sector conservador Claro José Fernández, que estimaba inconstitucional algunos aspectos de dicha norma y que fue rechazado en la anterior reunión de la Comisión de Estudios.
Los dos vocales conservadores que han votado contra el informe aprobado por la Comisión de Estudios, Claro José Fernández y Concepción Espejel, han emitido un voto particular que incluye el informe inicial, que, según las mismas fuentes, también será debatido en la sesión plenaria y que también podría ser remitido al Congreso.
(.........)
Madrid, 19 jul (EFE).- El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo 23 de julio el informe aprobado por la Comisión de Estudios de este órgano, que estima oportuno reconocer el derecho de los padres a ser informados de que sus hijas menores de edad van a abortar.
Foro: Igualdad
Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, para la aprobación definitiva de este informe el voto del vocal nombrado a propuesta de CiU, Ramón Camp, es decisivo, ya que previsiblemente lo respaldarán los 9 vocales elegidos por el PSOE y Margarita Uría (del PNV y ponente del dictamen) y votarán en contra los 9 designados por el PP y el presidente del CGPJ, Carlos Dívar.
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Este informe reemplaza al que elaboró el anterior ponente, el vocal del sector conservador Claro José Fernández, que estimaba inconstitucional algunos aspectos de dicha norma y que fue rechazado en la anterior reunión de la Comisión de Estudios.
Los dos vocales conservadores que han votado contra el informe aprobado por la Comisión de Estudios, Claro José Fernández y Concepción Espejel, han emitido un voto particular que incluye el informe inicial, que, según las mismas fuentes, también será debatido en la sesión plenaria y que también podría ser remitido al Congreso.
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Custodia Compartida en Valencia:Los Puntos de Encuentro
http://actitudenequidad.blogspot.com/2009/07/respecto-custodia-compartida-buen.html
Tomado de http://www.gva.es/c_justicia/decanato/opinion/art-01.htm
D. Fernando de Rosa Torner.Decano de los Jueces de Valencia
El divorcio, como toda ruptura, supone una crisis que hay que afrontar y superar, mediante una obligación de cambio; es necesario que cada individuo contribuya a conservar la estructura triangular que toda familia conlleva (padre, madre e hijos) y para ello debe entenderse claramente que la relación desaparecida es la existente entre los cónyuges, quedando la función parental: es decir nunca puede provocarse la desaparición de la figura del padre-madre-hijo, ya que se estaría atentando contra la propia esencia del hombre.
Cuando alguno de los miembros confunde que la separación de la pareja implica la separación entre padres e hijos, ha de saber que esta perjudicándose a estos últimos ya que se está condenando a los menores a crecer sin referencia de ambos progenitores, lo cual va a suponer una carga emocional de consecuencias impredecibles.
La maternidad y la paternidad son funciones simbólicas en toda sociedad, que no pueden ser sustituidas, ya que se pueden engendrar hijos, pero ser padre o madre es un verdadero deseo que compromete toda la vida emocional del individuo, como afirma la psicóloga forense Raquel Peña Gutiérrez: por lo tanto debe de exigirse que los cambios que sobrevienen a la estructura familiar motivados por una ruptura matrimonial, no pueden suponer la modificación de la estructura simbólica triangular en la familia post-divorcio, aunque uno de los vértices no esté representado en la vida cotidiana, y para ello hay que reeducar a los miembros de esta post-familia a saber situarse en la nueva estructura que se ha formado, tras la fractura de la anterior.
Durante este periodo de reeducación, la insatisfacción suele expresarse de forma violenta con demasiada frecuencia, afectando fundamentalmente a la parte más débil de la relación triangular que son los hijos, convirtiendo ésta relación post-familiar en un problema legal que debe de ser tratado prioritariamente en el ámbito de los juzgados de familia.
Para lograr que el impacto del divorcio sobre los hijos sea el menor posible, es necesario que se arbitren medidas encaminadas únicamente a que el menor se sienta cuidado, protegido y querido, mientras se esté creando la nueva situación de post-familia, garantizándole una posición cómoda en la nueva estructura, fundamentalmente su relación con ambos progenitores.
Como primera medida podía destacarse:la necesidad de promover el acortamiento de los procesos, mediante la regulación legal de los juicios rápidos en el Derecho de Familia, evitando que el propios laberinto procesal alargue una situación provisional que mantenga artificialmente el conflicto y las expectativas de uno y otro de los cónyuges de resultar vencedor en la guerra, tanto judicial como de sentimientos que han podido iniciar.
Otra cuestión que provoca gran conflictividad en el divorcio, es lo relativo al dinero, por lo que sería conveniente la creación de un fondo de garantía para el cobro de pensiones alimentarias, que supondría una cobertura económica vital para muchas personas que en la situación actual viven en un cierto grado de indefensión.
También sería necesario una actuación preventiva de carácter psicológico que localizara al menor y que permitiera a éste entender el por que se está desmoronando su mundo y le alejara de la zona de conflicto, sabiéndole transmitir la idea esencial de que sus progenitores dejaran de vivir junto, pero nunca dejaran de ser sus padres.
Igualmente debe de destacarse como medida esencial la regulación de forma imaginativa de la custodia de los hijos; en este sentido debe de explorarse, sin prejuicio alguno la figura de la tenencia compartida, como sistema que permite a ambos padres tener los mismos derechos y deberes, disfrutando de forma conjunta de la presencia física de sus hijos, en guardas alternas, este sentimiento de tenencia conjunta supone que ambos progenitores dejan a un lado sus reproches mutuos y que comprendan que la misión más importante que tienen en la vida es la de ser padres; para lograr que ambos progenitores acepten este sistema y los Juzgados o tribunales opten por el mismo, es necesario que se avance en la consolidación de los acuerdos compartidos con respecto al desarrollo integral del menor, y solamente cuando los padres han acreditado que ponen por encima de sus intereses los de sus hijos es el momento en que debe de ponerse en practica este sistema, que ha supuesto en los casos en la ha sido acordado por los Juzgados que los menores conservan un alto índice de autoestima, no desarrollando sentimientos de abandono o indiferencia con respecto a sus progenitores.
Para lograr estos fines es necesario que las familias sean informadas en el momento del divorcio acerca de los problemas que pueden ocasionar a sus hijos, debido a las decisiones que tomen y las consecuencias que pueden provocar en el desarrollo emocional de los mismos, en el caso de adoptar posturas intransigentes o de simple negación de la figura del otro progenitor.
Por lo tanto es esencial la creación de lugares donde se pueda enseñar a los padres a enfrentarse a la nueva situación, puntos donde se reeduque a los mismos y se les trasmita la necesidad de llegar a una cultura de acuerdo; partiendo desde la situación más negativa como es aquello en la que los progenitores no se aceptan ni siquiera físicamente a la hora de cumplir el régimen de visitas, estos puntos de encuentro debe de imponer un lugar idóneo y neutral para favorecer la relación de los miembros de la familia en crisis, atendidos por profesionales debidamente formados, facilitando la relación paterno-filial y garantizando la seguridad y bienestar del menor y del progenitor más vulnerable.
Entre los objetivos del Punto de encuentro deben distinguirse aquellos que favorezcan:
1.- el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores, para lograr un equilibrado desarrollo psíquico, afectivo y emocional;
2.-preparar a los padres para que consigan autonomía y puedan mantener la relación con sus hijos sin depender de este servicio;
3.-garantizar que el cumplimiento de régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del niño o del padre/madre vulnerable;
4.-Facilitar el encuentro del hijo con el progenitor que no tiene la custodia y con la familia extensa de éste;
5.-permitir a los menores expresar sus sentimientos y necesidades sin temor a que sean contrarios a lo indicado por sus padres;
6.-evitar el sentimiento de abandono del menor;
7.-facilitar orientación profesional para mejorar las relaciones/paterno/maternas/filiales y las habilidades de crianza parentales;
8-disponer de información fidedigna sobre las actitudes y aptitudes parentales que ayuden a defender, si fuera necesario, en las instancias administrativas y judiciales, los derechos del niño.
Como queda evidenciado separando los objetivos descritos del punto de encuentro, es una verdadera exigencia social la creación de los mismos; y en éste sentido debe de entenderse la iniciativa llevada a cabo desde el Decanato de los Juzgados de Valencia, apoyado inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia, de dotar a nuestra ciudad de éste punto de encuentro pionero en nuestra comunidad y que será el 1º de España con gestión compartida entre la administración municipal, autonómica, los colegios profesionales de abogados, psicólogos y trabajadores sociales, así como con la colaboración directa de los jueces de familia de Valencia.
El punto de encuentro familiar ya es una realidad desde la firma del convenio suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial, la Conselleria de Bienestar Social, el Excmo. Ayuntamiento de Valencia y los Colegios Oficiales de Abogados, Psicólogos y Diplomados en Trabajo Social que se efectuó en fecha 20 de julio de 2001, empezando su funcionamiento en octubre de 2000, y siendo su ubicación la C/ Primado Reig nº 70 , estos puntos de encuentro permaneceran abiertos para facilitar los regimenes de visitas así como las entrevistas e intervenciones con los progenitores y con los menores los viernes de 17 a 21 hs y los sábados y domingos de 9 a 21 hs.
Los lunes y viernes de 9 a 15 hs., los profesionales de este servicio se dicarán a tareas de coordinación interna, de coordinacio, con otras instituciones, visitas domiciliarias y otras tareas.
La existencia de este punto de encuentro familiar de Valencia ha de ser el modelo a seguir por parte del resto de partidos judiciales de nuestra comunidad, para garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas derivadas de los conflictos familiares no va a convertir en víctimas fundamentalmente a los menores; por tanto los mismos van a suponer unas garantías cuando existe un verdadero entendimiento entre la administración, los profesionales y la justicia, ésta funciona de verdad.
D. FERNANDO DE ROSA TORNER.DECANO DE LOS JUECES DE VALENCIA
Tomado de http://www.gva.es/c_justicia/decanato/opinion/art-01.htm
D. Fernando de Rosa Torner.Decano de los Jueces de Valencia
El divorcio, como toda ruptura, supone una crisis que hay que afrontar y superar, mediante una obligación de cambio; es necesario que cada individuo contribuya a conservar la estructura triangular que toda familia conlleva (padre, madre e hijos) y para ello debe entenderse claramente que la relación desaparecida es la existente entre los cónyuges, quedando la función parental: es decir nunca puede provocarse la desaparición de la figura del padre-madre-hijo, ya que se estaría atentando contra la propia esencia del hombre.
Cuando alguno de los miembros confunde que la separación de la pareja implica la separación entre padres e hijos, ha de saber que esta perjudicándose a estos últimos ya que se está condenando a los menores a crecer sin referencia de ambos progenitores, lo cual va a suponer una carga emocional de consecuencias impredecibles.
La maternidad y la paternidad son funciones simbólicas en toda sociedad, que no pueden ser sustituidas, ya que se pueden engendrar hijos, pero ser padre o madre es un verdadero deseo que compromete toda la vida emocional del individuo, como afirma la psicóloga forense Raquel Peña Gutiérrez: por lo tanto debe de exigirse que los cambios que sobrevienen a la estructura familiar motivados por una ruptura matrimonial, no pueden suponer la modificación de la estructura simbólica triangular en la familia post-divorcio, aunque uno de los vértices no esté representado en la vida cotidiana, y para ello hay que reeducar a los miembros de esta post-familia a saber situarse en la nueva estructura que se ha formado, tras la fractura de la anterior.
Durante este periodo de reeducación, la insatisfacción suele expresarse de forma violenta con demasiada frecuencia, afectando fundamentalmente a la parte más débil de la relación triangular que son los hijos, convirtiendo ésta relación post-familiar en un problema legal que debe de ser tratado prioritariamente en el ámbito de los juzgados de familia.
Para lograr que el impacto del divorcio sobre los hijos sea el menor posible, es necesario que se arbitren medidas encaminadas únicamente a que el menor se sienta cuidado, protegido y querido, mientras se esté creando la nueva situación de post-familia, garantizándole una posición cómoda en la nueva estructura, fundamentalmente su relación con ambos progenitores.
Como primera medida podía destacarse:la necesidad de promover el acortamiento de los procesos, mediante la regulación legal de los juicios rápidos en el Derecho de Familia, evitando que el propios laberinto procesal alargue una situación provisional que mantenga artificialmente el conflicto y las expectativas de uno y otro de los cónyuges de resultar vencedor en la guerra, tanto judicial como de sentimientos que han podido iniciar.
Otra cuestión que provoca gran conflictividad en el divorcio, es lo relativo al dinero, por lo que sería conveniente la creación de un fondo de garantía para el cobro de pensiones alimentarias, que supondría una cobertura económica vital para muchas personas que en la situación actual viven en un cierto grado de indefensión.
También sería necesario una actuación preventiva de carácter psicológico que localizara al menor y que permitiera a éste entender el por que se está desmoronando su mundo y le alejara de la zona de conflicto, sabiéndole transmitir la idea esencial de que sus progenitores dejaran de vivir junto, pero nunca dejaran de ser sus padres.
Igualmente debe de destacarse como medida esencial la regulación de forma imaginativa de la custodia de los hijos; en este sentido debe de explorarse, sin prejuicio alguno la figura de la tenencia compartida, como sistema que permite a ambos padres tener los mismos derechos y deberes, disfrutando de forma conjunta de la presencia física de sus hijos, en guardas alternas, este sentimiento de tenencia conjunta supone que ambos progenitores dejan a un lado sus reproches mutuos y que comprendan que la misión más importante que tienen en la vida es la de ser padres; para lograr que ambos progenitores acepten este sistema y los Juzgados o tribunales opten por el mismo, es necesario que se avance en la consolidación de los acuerdos compartidos con respecto al desarrollo integral del menor, y solamente cuando los padres han acreditado que ponen por encima de sus intereses los de sus hijos es el momento en que debe de ponerse en practica este sistema, que ha supuesto en los casos en la ha sido acordado por los Juzgados que los menores conservan un alto índice de autoestima, no desarrollando sentimientos de abandono o indiferencia con respecto a sus progenitores.
Para lograr estos fines es necesario que las familias sean informadas en el momento del divorcio acerca de los problemas que pueden ocasionar a sus hijos, debido a las decisiones que tomen y las consecuencias que pueden provocar en el desarrollo emocional de los mismos, en el caso de adoptar posturas intransigentes o de simple negación de la figura del otro progenitor.
Por lo tanto es esencial la creación de lugares donde se pueda enseñar a los padres a enfrentarse a la nueva situación, puntos donde se reeduque a los mismos y se les trasmita la necesidad de llegar a una cultura de acuerdo; partiendo desde la situación más negativa como es aquello en la que los progenitores no se aceptan ni siquiera físicamente a la hora de cumplir el régimen de visitas, estos puntos de encuentro debe de imponer un lugar idóneo y neutral para favorecer la relación de los miembros de la familia en crisis, atendidos por profesionales debidamente formados, facilitando la relación paterno-filial y garantizando la seguridad y bienestar del menor y del progenitor más vulnerable.
Entre los objetivos del Punto de encuentro deben distinguirse aquellos que favorezcan:
1.- el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores, para lograr un equilibrado desarrollo psíquico, afectivo y emocional;
2.-preparar a los padres para que consigan autonomía y puedan mantener la relación con sus hijos sin depender de este servicio;
3.-garantizar que el cumplimiento de régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del niño o del padre/madre vulnerable;
4.-Facilitar el encuentro del hijo con el progenitor que no tiene la custodia y con la familia extensa de éste;
5.-permitir a los menores expresar sus sentimientos y necesidades sin temor a que sean contrarios a lo indicado por sus padres;
6.-evitar el sentimiento de abandono del menor;
7.-facilitar orientación profesional para mejorar las relaciones/paterno/maternas/filiales y las habilidades de crianza parentales;
8-disponer de información fidedigna sobre las actitudes y aptitudes parentales que ayuden a defender, si fuera necesario, en las instancias administrativas y judiciales, los derechos del niño.
Como queda evidenciado separando los objetivos descritos del punto de encuentro, es una verdadera exigencia social la creación de los mismos; y en éste sentido debe de entenderse la iniciativa llevada a cabo desde el Decanato de los Juzgados de Valencia, apoyado inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia, de dotar a nuestra ciudad de éste punto de encuentro pionero en nuestra comunidad y que será el 1º de España con gestión compartida entre la administración municipal, autonómica, los colegios profesionales de abogados, psicólogos y trabajadores sociales, así como con la colaboración directa de los jueces de familia de Valencia.
El punto de encuentro familiar ya es una realidad desde la firma del convenio suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial, la Conselleria de Bienestar Social, el Excmo. Ayuntamiento de Valencia y los Colegios Oficiales de Abogados, Psicólogos y Diplomados en Trabajo Social que se efectuó en fecha 20 de julio de 2001, empezando su funcionamiento en octubre de 2000, y siendo su ubicación la C/ Primado Reig nº 70 , estos puntos de encuentro permaneceran abiertos para facilitar los regimenes de visitas así como las entrevistas e intervenciones con los progenitores y con los menores los viernes de 17 a 21 hs y los sábados y domingos de 9 a 21 hs.
Los lunes y viernes de 9 a 15 hs., los profesionales de este servicio se dicarán a tareas de coordinación interna, de coordinacio, con otras instituciones, visitas domiciliarias y otras tareas.
La existencia de este punto de encuentro familiar de Valencia ha de ser el modelo a seguir por parte del resto de partidos judiciales de nuestra comunidad, para garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas derivadas de los conflictos familiares no va a convertir en víctimas fundamentalmente a los menores; por tanto los mismos van a suponer unas garantías cuando existe un verdadero entendimiento entre la administración, los profesionales y la justicia, ésta funciona de verdad.
D. FERNANDO DE ROSA TORNER.DECANO DE LOS JUECES DE VALENCIA
A prision por no pagar la pensión de alimentos
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009071300_19_611365__Comunitat-Valenciana-parado-ingresara-prision-pagar-pension-hijos&pCom=2
Un parado ingresará en prisión por no pagar la pensión de sus hijos
M. Á. Pinto debe 7.730 euros a su ex mujer por la manutención de sus descendientes
Un parado ingresará en prisión por no pagar la pensión de sus hijos
JESSICA F. PEÑA MONCADA.
M.Á. tiene que entrar en prisión. Su delito: no pagar la pensión a sus hijos desde hace 5, justo el tiempo que lleva en situación de desempleo, según su testimonio.
"No es que no quiera, es que no puedo pagar", explica este hombre desde el piso donde vive de alquiler en Moncada.
Su situación es "dramática", según sus propias afirmaciones, ya que debe 7.730 euros "que jamás podré hacer frente, a no ser que se revise mi caso y alguien me contrate".
"Lo que quiero que quede bien claro es que no soy un delincuente porque no tengo dinero, cobro 400 euros al mes. Sería delito no pagar teniendo un sueldo, pero no es mi caso", recalcó este hombre.
En un principio, el juez desestimó el encarcelamiento, decisión que se revocó al dejar de pagar de nuevo la pensión.
"Sé que lo que hago está mal, pero la cárcel me hundirá. Quiero a mis hijos y ahora se me niega verles, pero mi situación económica no me permite pagarles".
Los procesos judiciales comenzaron en 2006, cuando su ex mujer lo denunció nada más dejar de pagar la pensión.
El 15 de octubre de 2008 salió la sentencia que obligaba a M.Á.Pinto a pagar 3.513 euros aplazados en 24 mensualidades de 140 euros las primeras y de 293,04 euros la última.
Como no ha pagado y se ha declarado insolvente, "procede el cumplimiento de 7 meses y 15 días de responsabilidad personal subsidiaria en un centro penitenciario", según la sentencia.
Hace 15 días que debería haber entrado a prisión voluntariamente.
Hoy mismo se presentará en la cárcel de Picassent para hacer efectiva su pena.
"Soy una persona honrada".
"Jamás me había visto en situación igual, soy una persona honrada, he sido miembro de Protección Civil en otro municipio, me veo fatal porque no lo entiendo".
Son las palabras de desesperación de M.Á. antes de entrar en la cárcel. No quiere que vayan a buscarle, por eso hace unos días acudió a la prisión de Picassent para ingresar en ella.
Allí le informaron que su expediente había sido trasladado al juzgado.
"No sé si para atender mi petición de revisión de condena o ponerme en busca y captura".
Un parado ingresará en prisión por no pagar la pensión de sus hijos
M. Á. Pinto debe 7.730 euros a su ex mujer por la manutención de sus descendientes
Un parado ingresará en prisión por no pagar la pensión de sus hijos
JESSICA F. PEÑA MONCADA.
M.Á. tiene que entrar en prisión. Su delito: no pagar la pensión a sus hijos desde hace 5, justo el tiempo que lleva en situación de desempleo, según su testimonio.
"No es que no quiera, es que no puedo pagar", explica este hombre desde el piso donde vive de alquiler en Moncada.
Su situación es "dramática", según sus propias afirmaciones, ya que debe 7.730 euros "que jamás podré hacer frente, a no ser que se revise mi caso y alguien me contrate".
"Lo que quiero que quede bien claro es que no soy un delincuente porque no tengo dinero, cobro 400 euros al mes. Sería delito no pagar teniendo un sueldo, pero no es mi caso", recalcó este hombre.
En un principio, el juez desestimó el encarcelamiento, decisión que se revocó al dejar de pagar de nuevo la pensión.
"Sé que lo que hago está mal, pero la cárcel me hundirá. Quiero a mis hijos y ahora se me niega verles, pero mi situación económica no me permite pagarles".
Los procesos judiciales comenzaron en 2006, cuando su ex mujer lo denunció nada más dejar de pagar la pensión.
El 15 de octubre de 2008 salió la sentencia que obligaba a M.Á.Pinto a pagar 3.513 euros aplazados en 24 mensualidades de 140 euros las primeras y de 293,04 euros la última.
Como no ha pagado y se ha declarado insolvente, "procede el cumplimiento de 7 meses y 15 días de responsabilidad personal subsidiaria en un centro penitenciario", según la sentencia.
Hace 15 días que debería haber entrado a prisión voluntariamente.
Hoy mismo se presentará en la cárcel de Picassent para hacer efectiva su pena.
"Soy una persona honrada".
"Jamás me había visto en situación igual, soy una persona honrada, he sido miembro de Protección Civil en otro municipio, me veo fatal porque no lo entiendo".
Son las palabras de desesperación de M.Á. antes de entrar en la cárcel. No quiere que vayan a buscarle, por eso hace unos días acudió a la prisión de Picassent para ingresar en ella.
Allí le informaron que su expediente había sido trasladado al juzgado.
"No sé si para atender mi petición de revisión de condena o ponerme en busca y captura".
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