martes, 13 de octubre de 2026

El IRPF foral de Navarra revisa la pensión compensatoria:

.... qué cambia para separados y divorciados.
La Hacienda Foral mantiene la definición de unidad familiar y el requisito de convivencia con los hijos. El País Vasco, que sí endureció el acceso en 2025, prevé revertirlo para la próxima campaña de la Renta.
Jorge Sanz, 12 octubre 2026
Navarra mantiene su IRPF foral: los divorciados con hijos a su cargo siguen pudiendo declarar de forma conjunta y ahorrar de media unos 1.500 €.
Qué es la tributación conjunta y por qué mueve 1.500 €.

La tributación conjunta es la modalidad del IRPF por la que una pareja, o un progenitor y sus hijos, unifican sus ingresos y declaran ante Hacienda como una sola unidad familiar. Traducido: los ingresos del hogar se suman y el impuesto se calcula sobre ese paquete.

Como norma general, la opción compensa cuando los ingresos de uno de los cónyuges superan con creces los del otro. Y compensa todavía más cuando solo 1 de los 2 ingresa algo. En esos hogares, Hacienda aplica las reducciones y los beneficios pensados para las familias con un único sueldo, lo que rebaja de golpe la base sobre la que se calcula el IRPF.

El resultado, según los cálculos que maneja el sector, puede rondar los 1.500 € de ahorro medio en la declaración. Ahí está la cifra que convierte un pormenor técnico en un asunto con miles de afectados.

La diferencia con el País Vasco: quién se quedó fuera.
En Navarra nada ha cambiado. La definición de unidad familiar a efectos de IRPF sigue siendo la misma: en los casos de separación legal, o cuando no existe vínculo matrimonial ni pareja estable, la unidad familiar la forman el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro.
El requisito que lo decide todo es la convivencia. Quien no tenga la custodia del menor no constituye unidad familiar y, por tanto, no puede acogerse a la tributación conjunta con sus descendientes. El progenitor sin custodia queda fuera, pague o no la pensión.

En el País Vasco el guion fue otro. Hasta el 31 de diciembre de 2024, los separados y divorciados residentes allí podían optar por la modalidad conjunta con sus descendientes. Desde enero de 2025, para hacer la declaración conjunta con los hijos hay que demostrar que se les mantiene en exclusiva, un listón que dejó fuera a prácticamente el 100% de los divorciados, salvo las familias monoparentales y los casos con custodia atribuida por violencia de género.

El castigo fiscal para los afectados vascos llegó en forma de pérdida de reducciones de la base imponible que en en la Renta de 2025 habrían alcanzado los 4.800 €. Tampoco pudieron compensar partidas negativas. Navarra juega con otras reglas: aquí no hay una reducción específica en la base por tributación conjunta, pero sí un incremento de la deducción por mínimo personal en los casos de separación legal que, con custodia compartida, se reparte entre los 2 progenitores a partes iguales.

A mediados de junio de 2026 se puso en marcha en el País Vasco una modificación parcial de su normativa de IRPF para que los divorciados y separados puedan volver a optar por la declaración conjunta con sus hijos. La idea es flexibilizar la carga de la prueba para justificar el mantenimiento económico exclusivo, con un umbral por debajo del cual se considere exclusivo.

Ojo con el matiz: es una modificación prevista y en tramitación, todavía pendiente de aprobación. Lo previsible es que, para la próxima campaña de la Renta, los afectados vascos puedan declarar de forma conjunta o, al menos, quedarse en mejor situación. En Navarra no hay ninguna modificación sobre la mesa.

Qué mirar en la próxima campaña de la Renta
El episodio vasco deja una lección: un cambio en una definición técnica, la de unidad familiar, mueve cientos de euros sin que a nadie le llegue una carta. Navarra, de momento, se queda quieta. 
Y ahí está la 1ª trampa, confundir territorios: lo que se aplica en Bizkaia, Gipuzkoa o Álava no rige en Navarra, aunque compartan Hacienda foral y un lenguaje parecido.

La 2ª trampa es dar por hecho que la opción de la declaración conjunta se mantiene igual para siempre. En Navarra la norma foral no contempla una reducción específica en la base por tributar en conjunto; el ajuste llega por la vía de la deducción por mínimo personal en los casos de separación legal, y en custodia compartida se divide al 50%. Si tu situación familiar ha cambiado, ese reparto deja de encajar.

Para la próxima campaña, la recomendación es sencilla: revisa si sigues formando parte de una unidad familiar antes de dar por buena la casilla que Hacienda te deje marcada por defecto. La estabilidad normativa de Navarra no exime de comprobarlo, y el caso vasco demuestra lo rápido que puede moverse el suelo bajo los pies de un contribuyente.

Guía rápida del trámite
📅 Plazos: La campaña de la Renta en Navarra la fija cada año la Hacienda Foral y se celebra en la 1ª mitad del año siguiente al de devengo. Las fechas concretas no están detalladas en la fuente oficial.
✅ Requisitos clave: Formar parte de una unidad familiar con convivencia con los hijos. El progenitor sin custodia no puede tributar de forma conjunta con sus descendientes.
🌐 Dónde solicitarlo: En la declaración del IRPF ante la Hacienda Foral de Navarra, de forma electrónica o presencial. Consulta los métodos de identificación admitidos en su sede.
💰 Importe o coste: La tributación conjunta puede suponer un ahorro medio de unos 1.500 €. En Navarra no hay reducción específica en la base, pero sí más deducción por mínimo personal en separación legal.
⚠️ Error a evitar: Marcar la casilla de tributación conjunta por inercia cuando la situación familiar ha cambiado, o dejar de marcarla teniendo derecho.

A Coruña: Divorcio y premio de lotería

Un vecino de A Coruña al que su amante le regaló un billete de lotería tendrá que repartirlo con su exmujer.

En el proceso de reparto de bienes, el hombre alegó que se había separado de ella desde 2013, pero la Justicia determinó que mantenía 2 relaciones paralelas en ciudades diferentes: a raíz del premio se rompieron ambas.
Mientras hacía planes para comprar un piso con su exmujer, que vivía en Oviedo por motivos laborales, convivía con su otra pareja, que creía que iban a casarse.

Enrique Carballo, A Coruña, 12 OCT 2026 
Un premio de la Lotería Nacional acabó quebrando la doble vida de un vecino de A Coruña, que mantenía en paralelo una relación con su amante y con su esposa, que vivía en Oviedo. La 1ª compartió con él un décimo premiado, por el que acabó recibiendo más de 109.000 €, en una comida de aniversario, y su esposa desconfió al ver a otra con él en la foto del premio. Finalmente, acabó separado de ambas, y, según ha determinado la A.P. de A Coruña, como recibió el premio cuando aún estaba casado, este forma parte de la sociedad de gananciales y corresponde repartir los beneficios con su exmujer.

Los cónyuges, que se casaron en 2010, vivían separados, él en A Coruña y ella en Oviedo. Según afirmó él, que se opuso a repartir el premio y llegó a pedir incluir en gananciales otras propiedades de ella, desde 2013 "no habían vuelto a convivir, no tenían relación alguna", y él había tenido 2 parejas, entre ellas la que le regaló el premio. Su exesposa, por el contrario, señalaba que aunque vivían en ciudades diferentes por razones laborales, se veían frecuentemente, mantenían una relación íntima, y llegaron a poner una señal para comprar una casa en A Coruña.

"Se ausentaba bastante"
Y estas contradicciones, dice la propia sentencia, "las aclaró" la amante, que "despejó toda duda sobre lo realmente acaecido". Tenía una relación con el hombre desde finales de 2018, y él vivía en su casa en la zona de A Coruña desde febrero de 2019. Compró el décimo con ocasión de una comida de Navidad de 2022 porque celebraban su IVº aniversario, y siguieron juntos hasta 2023. Durante este periodo, él "se ausentaba bastante" , iba con frecuencia a Oviedo, y se pasaba semanas enteras "de caza". En 2021 ella le propuso contraer matrimonio, y en ese momento se enteró de que él estaba casado. Le contó que estaba arreglando el divorcio cuando iba a Oviedo; ella misma le buscó abogado.

Pero, mientras, mantenía la relación con su esposa. De acuerdo con el Juzgado de Primera Instancia nº15 de A Coruña, que vio el caso, ambos tenían "conversaciones frecuentes en términos muy cariñosos", y se decían que se querían. Él le pagaba a ella varias facturas, le remitió una tarjeta de crédito y le envió una fotografía del premio de lotería, lo que llevó a que la que entonces su esposa se quejase porque otra mujer estaba junto a él de forma que no consideraba apropiada. "¿Te está abrazando?", le preguntó. Discutieron, y él le remitió dinero y le prometió ir a Oviedo a hablar.

"Me puso los cuernos"
A raíz de este premio "todo se precipitó". Su esposa inició un procedimiento judicial para conocer el término, y, en julio, pidió el divorcio. Y su pareja coruñesa, que se enteró de que seguía manteniendo una relación íntima con la mujer, "descubrió el engaño" y rompió con él, pese a que tenían proyectos de boda. "Me puso los cuernos", declaró, según figura en la sentencia de la Audiencia Nacional, que indica que a finales de las Navidades de 2022 "ambas mujeres conoce lo que estaba pasando, y actúan en consecuencia".

El Juzgado de Primera Instancia nº 15 de A Coruña emitió un fallo en 2025 sobre la liquidación de la sociedad de gananciales del matrimonio, que dejaba fuera cuentas, depósitos, vehículos e inmuebles propiedad de ella pero incluía un coche y una subvención a su nombre, y más de 109.000 € provenientes de Loterías, el dinero del premio. El hombre apeló a la Audiencia Provincial, que, ya este año, insistió en que "el premio de la Lotería Nacional obtenido constante matrimonio es ganancial". Incluso así, puntualiza que en el inventario no hay que añadir la suma íntegra, sino que el saldo existente en la cuenta bancaria al que fue este cuando se disolvió el matrimonio, con un saldo inferior, pues de estos fondos salieron transferencias, se perdieron las arras de una compraventa y se abonaron gastos comunes.

domingo, 11 de octubre de 2026

La pensión de alimentos sube cada año, pero nadie te avisa de cuánto (IPC, ....)

Daniel Álvaro, Abogado de Familia, 10 octubre 2026 
La pensión de alimentos se actualiza cada año, pero ningún organismo avisa de la nueva cifra ni la aplica de oficio.
Cada enero hay una cuenta pendiente en muchos hogares con hijos de padres separados, y la mayoría no la hace. La pensión de alimentos que fijó el juez, o la que se pactó en el convenio regulador, no es una cifra congelada: casi siempre incluye una cláusula de actualización anual. Y esa actualización no la aplica nadie de oficio. Ni el juzgado, ni el banco, ni un organismo público. Le toca a quien paga.

En mi experiencia, es una de las fuentes de conflicto más tontas que existen, porque se evita con una operación de 2 minutos.
De dónde sale la obligación
El Código Civil exige que el convenio regulador recoja no solo la cuantía de los alimentos, sino también sus «bases de actualización y garantías» (art. 90.1.d).
Lo habitual es que la sentencia o el convenio digan algo parecido a esto: la pensión se actualizará anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) que publique el INE.

La redacción concreta importa, y mucho. Hay resoluciones que fijan la actualización cada 1 de enero, otras en la fecha de la sentencia; unas hablan del IPC interanual de diciembre, otras del de otro mes.
Por eso lo 1º que recomiendo es sacar la sentencia del cajón y leer ese párrafo con calma. Lo que diga ahí es lo que hay que aplicar, no lo que haga el vecino ni lo que salga en la tele.

Cómo se calcula
La operación es sencilla: se toma la pensión vigente y se le aplica el porcentaje de variación del IPC que indique la resolución.
Un ejemplo con números redondos, solo para ilustrar: si la pensión es de 300 € al mes y el IPC de referencia fuera del 2,5 %, la nueva cuantía sería de 307,50 €.

7 euros y medio al mes parecen poca cosa, pero en un año son 90 €, y si se deja de actualizar durante varios años la diferencia se acumula, porque cada actualización se hace sobre la cantidad ya actualizada.
Para no equivocarse, el propio INE tiene en su web una herramienta gratuita de actualización de importes con el IPC: se indica la cantidad y el periodo y devuelve el importe actualizado. Es la forma más segura de tener una cifra objetiva que la otra parte no pueda discutir.

Un consejo práctico: quien paga debería comunicar por escrito la nueva cuantía cada año, aunque sea con un mensaje o un correo. 
Y quien cobra, guardar los justificantes. Parece excesivo hasta que un día hay que demostrar qué se pagó y cuándo.

Qué pasa si no se actualiza
Si quien paga sigue ingresando la cantidad antigua, está pagando menos de lo que debe. Esas diferencias se pueden reclamar a través de la ejecución de la sentencia (art. 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), igual que cualquier otro incumplimiento de las medidas.
Hay un límite temporal: la acción para reclamar pensiones alimenticias prescribe a los 5 años (art. 1966 del C.Civil). Cada mensualidad tiene su propio plazo, así que lo que se deje pasar demasiado tiempo se puede perder.

No quiero exagerar el problema. En la mayoría de los casos que llegan a un despacho por este motivo no hay mala fe, sino desconocimiento: alguien que firmó el convenio hace años y nunca volvió a leerlo.
Pero cuando la relación entre los progenitores ya es tensa, una reclamación de atrasos puede reabrir un conflicto que parecía cerrado. Por eso insisto tanto en aplicarla cada año, aunque nadie la pida.

Actualizar no es lo mismo que modificar
Hay una confusión muy frecuente. La actualización por IPC solo sirve para que la pensión no pierda valor con el paso del tiempo. 
No tiene nada que ver con que el padre o la madre ganen más o menos que cuando se fijó, ni con que el hijo tenga ahora gastos distintos.

Si lo que ha cambiado son las circunstancias (un despido, un aumento importante de ingresos, un cambio de custodia), lo que procede es pedir una modificación de medidas, y para eso hay que acreditar ese cambio ante el juzgado (art. 90.3 y 91 del C.Civil).

Dejar de pagar o pagar menos por decisión propia «porque ahora gano menos» no es una opción: la pensión sigue siendo la que fijó la resolución hasta que otra resolución diga lo contrario. Y el impago reiterado puede tener consecuencias penales (art. 227 del C.Penal).

Si estás en el paso anterior, cuando la pensión todavía no está fijada, una calculadora de pensión de alimentos basada en las tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial ayuda a hacerse una idea de las cifras con las que se suele trabajar. Pero la actualización de cada año es otra historia, y depende siempre de lo que diga tu sentencia.
Nota: Las Tablas del CGPJ son Orientadoras y un Atraco económico para los progenitores, en una situacion de crisis económica crónica.

sábado, 10 de octubre de 2026

Divorcio: Dejar la Vivienda que fue familiar y es privativa del Padre

Otras Informaciones:

Un hombre, condenado a pagar 45.000 € a su exmujer por 15 años de trabajo doméstico no remunerado
La Audiencia confirma que una divorciada y sus hijas deberán dejar la vivienda del exmarido.
Las hijas son mayores de edad y trabajan. El plazo de 2 años para buscar otra casa se fijó en una sentencia de 2024 y no volvió a empezar con la apelación. 
El inmueble era propiedad privativa del exmarido.

Almudena Rodríguez, 09.10.2026 
Una mujer divorciada y sus 2 hijas adultas deberán dejar la vivienda en la que residen en Vigo, propiedad exclusiva del exmarido. La A. P. de Pontevedra ha confirmado el límite temporal del derecho de uso que había establecido un juzgado de familia. Las 3 tienen trabajo, según recoge la resolución.

Hay un detalle importante en las fechas: los 2 años empezaron a contar en 2024, cuando se dictó la sentencia de 1ª instancia. 
El pronunciamiento de la Audiencia, fechado el 5 de junio de 2026, resolvió el recurso de la madre; no abrió un nuevo plazo de 2 años.
La mujer defendía que sus ingresos eran reducidos y que encontrar otra casa resultaría difícil. El tribunal tuvo en cuenta esa situación, pero también que las 2 hijas son mayores e independientes económicamente y que la vivienda pertenece privativamente al padre.

Por qué se fijaron 2 años
El juzgado de familia de Vigo que examinó 1º el asunto atribuyó a la madre un uso temporal de la casa. Quiso darle margen para encontrar otra vivienda y mejorar sus ingresos en un mercado inmobiliario complicado. El plazo se computaba desde la sentencia de 2024, según explica La Voz de Galicia.

La mujer tenía un contrato indefinido a tiempo parcial y había percibido unos 661 € mensuales. En 2024 se redujeron sus horas de trabajo. 
También convivían con ella las 2 hijas, que contribuían a los gastos del hogar. 
Esos datos formaban parte de la situación económica examinada por el juzgado al decidir cuánto tiempo mantendría el uso de la vivienda.

La madre recurrió porque consideraba insuficiente ese margen. Su defensa sostuvo que la situación familiar podía pasar de mala a angustiosa si perdían la casa y se extinguía la pensión de las hijas. 
El padre replicó que ambas hijas ya estaban trabajando y cuestionó que la reducción de jornada de su exesposa justificara prolongar la medida. 
La resolución distingue la titularidad de la casa del derecho a usarla durante un tiempo tras el divorcio. 

La mayoría de edad y el derecho de uso
La Sección VIª de la Audiencia reconoció las "dificultades del mercado actual" de la vivienda, pero consideró razonable la duración fijada por el 1º juez. 
Para los magistrados pesó que las hijas no fueran menores ni dependieran económicamente de sus progenitores y que el matrimonio estuviera disuelto.

La resolución distingue la titularidad de la casa del derecho a usarla durante un tiempo tras el divorcio. El inmueble era propiedad privativa del exmarido; la controversia consistía en si la situación de la madre y de las hijas permitía mantener más tiempo la atribución de su uso. La Audiencia respondió que los 2 años concedidos ya atendían a sus circunstancias.

El tribunal también relacionó su decisión con la independencia de las hijas y la extinción de su pensión de alimentos. Ser mayor de edad no equivale por sí solo a tener recursos propios; en este caso, la Audiencia apreció que las 2 trabajaban. 
El Código Civil permite valorar las circunstancias familiares al decidir el uso de la vivienda después de una ruptura.

La sentencia de apelación confirma así el límite fijado en 2024, sin precisar en la información publicada el día exacto en que vencía. La resolución de junio de 2026 no reinicia el cómputo. La fecha concreta y la situación de la entrega de la casa no figuran en la información disponible sobre el fallo.

lunes, 5 de octubre de 2026

El Negocio de las Denuncias Falsas: Obtener la Residencia

A juicio 30 personas en Almería por fingir violencia de género
para conseguir la residencia.
El fiscal pide 8 años y medio de cárcel para el 'cerebro' de una red que simulaba agresiones machistas en la vía pública.
S.A., 04/10/2026 
La Ciudad de la Justicia de Almería tiene previsto acoger esta semana el juicio contra 30 personas acusadas de elaborar un plan para que mujeres marroquíes sin residencia legal en España la obtuvieran mediante falsas denuncias por violencia de género contra hombres, mayoritariamente españoles, que las agredían en público simulando una relación sentimental a cambio de sumas de hasta 4.500 €.

La Fiscalía pide penas de 8 años y medio de cárcel para el supuesto 'cerebro' del plan mientras que para cada uno de los 13 hombres implicados en la trama reclama 9 meses de prisión, según recoge el escrito provisional de acusación al que ha tenido acceso Europa Press.

De otro lado, durante la causa se llegó a identificar a 16 mujeres que habrían conseguido beneficios ilícitos con las denuncias falsas, no solo de residencia sino también en forma de prestaciones de la Seguridad Social al constar como personas vulnerables. A ellas se les piden penas de hasta 5 años y 3 meses de cárcel.

Los hechos tuvieron lugar entre 2017 y 2019, cuando el principal acusado habría urdido un plan junto con otra persona, sobre la que pesa un orden de búsqueda y detención, para facilitar por la vía del fraude la residencia legal en España a través de mecanismos excepcionales como víctimas de violencia de género, de modo que les habrían explicado cómo debían actuar.

Así, los ideólogos ponían a estas mujeres en contacto con otros hombres, con los que debían dirigirse a un lugar público para, una vez allí, ser agredidas por ellos a la vista de todos, según la fiscal.

El Ministerio Público apunta el papel de estos hombres, quienes sabrían que su actuación estaba destinada a que las mujeres «obtuvieran la residencia» en el país, pero no que las acusadas declararían ante el juez que ellas «eran sus parejas, sin serlo». Tampoco serían conocedores de que ellas iban a solicitar después ayudas a la Seguridad Social.

Este tipo de situaciones habrían tenido lugar, conforme a la investigación realizada por la Guardia Civil, en sitios como avenidas, paseos marítimos, cafeterías, bares, parques o entradas de colegios en Almería, Aguadulce, Roquetas de Mar, Vícar, El Ejido y Almerimar, entre otros espacios.

Según las instrucciones que habrían recibido, las mujeres debían manifestar tras dichas agresiones, tanto ante la Guardia Civil como ante el juez de guardia, que la persona que les había agredido era su pareja, puesto que ese hombre «iba a reconocer los hechos y se le iba a condenar» ante el mismo juez.

Así, a partir de estas denuncias se daba lugar a juicios por diligencias urgentes con las que se conseguían sentencias de conformidad en las que los hombres eran condenados por delitos de lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer. Las penas por este tipo de delitos suelen ser bajas y los condenados pueden evitar su ingreso en prisión.

Además pretendían conseguir prestaciones por desempleo y otros beneficios
Con la misma sentencia condenatoria en la que las mujeres figuraran como víctimas, estas se presentaban a los pocos días en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación de Gobierno para solicitar una autorización de residencia y trabajo «por circunstancias excepcionales» al ser «víctimas de violencia sobre la mujer». Las mujeres solían conseguir un permiso de 5 años de vigencia a través de este método.

Los supuestos organizadores también les habrían explicado que con dicha sentencia también podrían obtener prestaciones por desempleo o, si llegaban a conseguir un trabajo, otras prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal o nacimiento y cuidado del menor.

Así, la Fiscalía apunta casos en los que algunos mujeres se hicieron con prestaciones a través del Programa de Renta Activa de Inserción por ser víctimas de violencia de género, por los que obtuvieron ayudas de hasta 5.600 € cobradas indebidamente y que son reclamadas en la causa.

El Ministerio Público acusa al supuesto autor intelectual de la trama de un delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, otro contra la Seguridad Social y otro de falso testimonio.

Asimismo, han sido acusados de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros mientras que ellas están acusadas de falso testimonio y, en nueve casos, de delitos contra la Seguridad Social. El juicio está previsto para el próximo 7 de octubre en el Penal 3 del Tribunal de Instancia de Almería.

domingo, 4 de octubre de 2026

Fracaso continuado del uso político de la violencia sobre la Mujer (2004-26)

9 meses trágicos: la violencia machista deja 41 mujeres asesinadas en España, el peor dato desde 2023
Las últimas víctimas mortales tenían 33, 35 y 47 años y en ninguno de los 3 casos existían denuncias por malos tratos contra sus agresores
Mª García Arenales, 03 Oct 2026 
La violencia machista ha dejado 41 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas durante los 1ºs 9 meses del año, la cifra más alta para este periodo desde 2023, cuando se registraron 51 víctimas. Las últimas víctimas mortales tenían 33, 35 y 47 años y en ninguno de los 3 casos existían denuncias por malos tratos contra sus agresores, de acuerdo a los datos del Ministerio de Igualdad. El número de feminicidios en España asciende ya a 1.382 desde 2003, año en el que se comenzaron a recopilar estos datos.

Ieva, de 35 años, y madre de una hija y un hijo, fue asesinada en la provincia de Málaga por su pareja, un hombre de 39 años que la estranguló en el domicilio familiar el 16 de septiembre. 5 días después, el 21, la mujer falleció en el hospital.

Vanessa Y. M., de 47 años, fue asesinada por su pareja, Pedro, de 56 años, el 26 de septiembre en La Campana, Sevilla, delante de su hijo de 17 años. La mujer fue apuñalada en la vía pública y, aunque llegó a ser atendida por los servicios sanitarios y trasladada a un centro de salud, falleció poco antes de la medianoche.

Meriane, de 33 años y origen brasileño, fue asesinada un día después, el 27 de septiembre, a manos de su pareja en su domicilio de Benidorm (Alicante) y luego trasladó su cuerpo a una zona de campo con la ayuda de otros 2 hombres.

Del total de 41 víctimas asesinadas en estos nueve meses, 27 eran españolas, el 65%, mientras que 14, el 34%, eran extranjeras, la misma proporción que en el caso de los feminicidas.

12 víctimas figuraban en el sistema VioGén
En 12 de los 41 casos existían denuncias previas por malos tratos, lo que equivale al 29% del total. Las 12 víctimas estaban inscritas en el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VioGén), el mecanismo del Ministerio del Interior para evaluar el riesgo y activar medidas de protección.

Varias de ellas tenían medidas de protección en vigor cuando fueron asesinadas, lo que vuelve a cuestionar la respuesta institucional ante las mujeres que ya habían alertado sobre la violencia que sufrían. El hecho de que casi 3 de cada 10 víctimas estuvieran incorporadas a VioGén muestra que la detección previa no bastó para evitar los asesinatos en esos expedientes.

Andalucía concentra casi 3 de cada 10 asesinatos.
Andalucía concentra el mayor número de víctimas, con 12 mujeres asesinadas, el 29% del total. Le siguen la Comunidad Valenciana, con 6 casos, y Madrid, con 5. Cataluña registró 3 asesinatos. Aragón, Canarias, la Comunidad Foral de Navarra, Castilla-La Mancha y Cantabria contabilizaron 2 víctimas cada una.
En Extremadura, Galicia, Castilla y León, Asturias y Murcia fue asesinada 1 mujer en cada comunidad autónoma.

¿Qué falla en la lucha contra la violencia de género? De la prevención y protección a las víctimas al abordaje de la masculinidad.
Los datos del Ministerio de Igualdad también indican que de los 41 agresores, 18 mantenían una relación con la víctima en el momento del asesinato, mientras que los otros 23 eran exparejas o atravesaban un proceso de ruptura. Más de la mitad de los crímenes se produjo, por tanto, después de que la mujer hubiera decidido poner fin a la relación o comunicara su intención de hacerlo, por eso los especialistas advierten de que la separación figura entre los momentos de mayor riesgo para las víctimas: el agresor percibe que pierde el control sobre la mujer.

Solo 12 de las 41 víctimas mortales habían denunciado los malos tratos. Muchas mujeres no acuden a las autoridades por miedo a las represalias, dependencia económica o emocional, o porque todavía no identifican las conductas que sufren como violencia de género. De ahí la importancia de que estos casos se detecten de forma temprana y de que cuenten con el acompañamiento del entorno.

Las autoridades recuerdan que el teléfono 016 está disponible para orientar y asistir a mujeres en situación de violencia durante las 24 horas, todos los días de la semana, además de la atención en consultas en línea a través del correo electrónico ’016-online@igualdad.gob.es’. El canal de WhatsApp en el número 600 000 016 y el chat en la página violenciagenero.igualdad.gob.es complementan las formas de acceso a la ayuda institucional.

La crisis de la vivienda convierte separarse en un lujo

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"Comparto casa con mi ex porque no puedo pagarme un piso".
Los altos precios fuerzan a muchos separados a volver a la casa de los padres o a seguir compartiendo techo con la expareja tras la ruptura.
Los estudios apuntan a que tener un piso en propiedad facilita poderse divorciar, mientras que vivir de alquiler frena las separaciones.
Juan Fernández, 03 OCT 2026 
Clara F. y Manuel J. no se conocen de nada. De hecho, ni siquiera viven en la misma ciudad, pero comparten un doble drama personal de carácter sentimental y económico en el que los problemas afectivos se ven sobrepasados por algo tan árido y poco romántico como la tensión del mercado inmobiliario. 
Ella, médica madrileña de 47 años, decidió hace 2 separarse de su marido, pero cuando ambos echaron números descubrieron que no podían pagar 2 alquileres cerca del colegio de sus 3 hijos adolescentes.

"Al final, la solución que encontramos fue seguir en la misma casa, pero haciendo vidas separadas. Cada uno sale por su lado y dormimos en habitaciones distintas, pero compartimos los hijos y el techo. No es lo deseable, pero los precios de la vivienda en Madrid no nos dieron otra opción”, explica.

Manuel J., de 45 años, se considera “un privilegiado”. Nadie lo diría viendo la antigua portería de 15 metros cuadrados reconvertida en estudio donde vive a ras de calle en el centro de Barcelona, y por la que paga casi 1.000 euros. 
“Pero estoy contento porque así puedo estar cerca de mis hijas”, dice a cuento del principal criterio que guio su búsqueda de vivienda cuando él y su exmujer decidieron separarse hace 1 año y medio.

Con su sueldo de informático y los precios que han alcanzado los pisos en su zona, le tocó elegir: o se mudaba a un pueblo del extrarradio, o debía contentarse con cualquier cuchitril que encontrara en su barrio. "Opté por lo 2º para estar cerca de ellas, aunque sé que estoy pagando un alto precio en metros cuadrados. Mis hijas no pueden venir a casa a dormir y apenas puedo organizar cenas con amigos en casa", reconoce.

Doble reto
Clara y Manuel ponen historias personales a una expresión de la actual crisis inmobiliaria de la que se habla poco, pero que afecta cada vez a más ciudadanos: la del doble reto que han de afrontar las parejas que deciden poner fin a sus relaciones conyugales y se ven obligadas a sumar al desgarro emocional de la separación, la dificultad de encontrar una vivienda donde continuar sus vidas cada uno por su lado. Si a menudo hay que hacer malabares para pagar una hipoteca o un alquiler entre 2, atender ese gasto en solitario es hoy una tarea titánica en ciudades como Barcelona, donde este septiembre los anuncios están pidiendo 1.600 € por pisos de 80 m2, o Madrid, donde se superan los 1.800 €.

Elena Crespo (Abogada matrimonialista)
La carestía de la vivienda está obligando a miles de parejas a explorar a menudo complejas fórmulas habitacionales cuando deciden separarse, como saben bien los profesionales habituados a tratarles en el difícil trance de la ruptura. 
"La gente no es consciente de las soluciones tan variadas que se ponen en práctica", advierte la abogada matrimonialista Elena Crespo, habituada a gestionar separaciones en Barcelona y autora del ensayo 'Del divorcio se sale'.

En los últimos años, el despacho de esta letrada ha sido testigo de cómo la subida de los precios de la vivienda está impactando en las rupturas conyugales. “Tengo clientes que se han visto obligados a volver a casa de sus padres a los 50 años tras divorciarse, con lo que esto conlleva de pérdida de independencia y sensación de fracaso, y otros han tenido que apañarse alquilando habitaciones en pisos compartidos, que tampoco es plato de buen gusto a estas edades", explica antes de detallar el caso más llamativo que ha atendido en los últimos meses: 
“Un cliente ha tenido que mudarse a una autocaravana porque no puede pagarse un piso en Barcelona. Hoy es más fácil encontrar trabajo que casa para vivir”.

Rupturas no oficiales
El año pasado se tramitaron en España 83.657 divorcios y separaciones, pero esta cifra no recoge las rupturas sentimentales que no llegaron al juzgado ni a la notaría porque los precios actuales de la vivienda disuadieron a las parejas de oficializar la escisión. “Cada vez hay más separados que se ven obligados a seguir conviviendo en la misma casa porque no pueden pagarse un nuevo sitio donde residir”, reconoce la psicóloga de pareja Patricia Maguet.

Patricia Maguet (Psicóloga de pareja y encargada de la sección de Psicología de la Intervención Social del Col·legi Oficial de Psicología de Cataluña)
En estos casos, la crisis inmobiliaria se manifiesta con una crudeza que acaba afectando a lo más íntimo de las personas. “He llegado a atender a parejas que no solo no pueden costearse vivir en casas separadas tras romper la relación, sino que se ven obligadas a seguir compartiendo el dormitorio y hasta el mismo colchón porque solo hay uno en el piso donde residen”, explica Maguet. 
En estas situaciones extremas, "el respeto y el acuerdo" son decisivos para hacer posible la convivencia forzada. “Hay acuerdos que llegan hasta el punto de pactar: 'Oye, en la cama no me toques, tú en tu lado y yo en el mío'”, revela la terapeuta.

Hijos
Si los precios de los pisos complican los divorcios, la presencia de hijos los dificulta aún más. “En estos casos, una fórmula emergente es la casa-nido: los menores se quedan en el domicilio familiar y los progenitores se alternan con ellos en semanas o quincenas enteras”, explica Maguet. “Pero el problema de vivienda sigue siendo el mismo: la semana que a él o a ella no le toca estar con los hijos, tiene que buscarse una habitación para vivir o volver a casa de los padres", añade Elena Crespo.

¿Existe alguna relación entre la carestía de la vivienda y la supervivencia de las parejas? Tras estudiar la evolución del sector inmobiliario y de los divorcios en España entre 1991 y 2012, los economistas de la Universidad de Zaragoza Rafael González-Val y Miriam Marcén concluyeron que "un aumento del precio de la vivienda está asociado a un mayor número de rupturas conyugales, y esta correlación se manifiesta en las grandes ciudades más que en las provincias”.

En los últimos 5 años, en los que los precios de las casas se han disparado, el número de divorcios ha mostrado una estabilidad que pondría en duda esta teoría, pero González-Val advierte de un cambio determinante en la estructura inmobiliaria del país que altera la ecuación: 
"Hoy hay más parejas viviendo en alquiler que antes de la pandemia, y los estudios revelan que una subida de precios anima a las parejas a separarse si son propietarias, porque ganan dinero en la operación, pero les frena si están en régimen de alquiler, porque temen que va a serles más difícil encontrar una nueva casa”.

En opinión de este experto, la relación entre las rupturas conyugales y el ladrillo no ofrece margen para la duda. "En conjunto, los datos sugieren que los cambios en el valor de las viviendas influyen en las decisiones de las parejas a la hora de plantearse la continuidad de sus matrimonios", concluye.