La defensa del padre de la niña asegura, en conversación con El Debate, que en la 1ª sentencia y en su apelación «se acordó que la menor continuase en el colegio católico sin que recibiese la asignatura de religión. Era una solución equilibrada»
María Curiel, 05/10/2024
El Tribunal Constitucional, liderado por el socialista Cándido Conde-Pumpido, ha dictado una sentencia en la que se obliga a sacar a una niña de un colegio católico y concertado en el que lleva varios años para matricularla en uno público de pésimas condiciones por petición de su madre.
Tal y como ha relatado Guillermo Morales, abogado de ADF International, despacho a cargo del caso, el padre de la niña, después de separarse de su mujer, pedía a la Justicia que la menor permaneciese en el centro en el que cursaba sus estudios, un colegio católico y de educación concertada.
Los argumentos que espetaba el padre y que constan en la sentencia del Constitucional son los siguientes: reconocida tradición escolar, amplias instalaciones, imparte todos los ciclos de enseñanza y variedad de clases extraescolares; situado en uno de los barrios más seguros de la ciudad, en el que había vivido la menor desde su nacimiento, y a escasos metros de su residencia; su coste sería análogo al del colegio público; y el carácter religioso del centro se correspondía con su firme creencia religiosa, de su familia y de la menor y permitiría garantizar el derecho fundamental a la educación religiosa.
Por el contrario, la madre de la menor solicitaba el cambio a un colegio público y laico, que «se encontraba en un barrio donde la menor no tenía arraigo, con adoctrinamiento en otras cuestiones de interés solo para la madre y nada beneficiosas para la menor, de reciente creación, que no incluía todas las etapas escolares, con un programa educativo mucho más básico y nada tradicional, menos oferta de extraescolares e instalaciones más sencillas», reza el escrito judicial.
«La madre dio un giro al divorciarse. Pasó de ir a misa y funcionar como católica a convertirse en atea. Llegó a denunciar falsamente al padre por violencia de género para quedarse con la niña, denuncia que quedó en nada», relata el abogado en una conversación con El Debate.
Morales asegura que la 1ª sentencia y su apelación dieron la razón al padre:
«Se acordó que la niña continuase en el colegio católico sin que recibiese la asignatura de religión. Era una solución equilibrada».
Sin embargo, el Tribunal Constitucional, y en concreto la magistrada Inmaculada Montalbán, dictó que las anteriores sentencias que amparaban la decisión del padre de que la niña continuase en el colegio católico «rompen con la doctrina constitucional pacífica sobre el carácter aconfesional del Estado», por lo que la niña se ha visto obligada a continuar su escolarización en el colegio escogido por la madre.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional, y en concreto la magistrada Inmaculada Montalbán, dictó que las anteriores sentencias que amparaban la decisión del padre de que la niña continuase en el colegio católico «rompen con la doctrina constitucional pacífica sobre el carácter aconfesional del Estado», por lo que la niña se ha visto obligada a continuar su escolarización en el colegio escogido por la madre.
El colegio, con ratas y robos
La madre de la niña solicitó al Tribunal Constitucional el cambio de colegio de la niña a uno público «de carácter laico frente a una educación religiosa, que ella rechazaba, además del proyecto educativo y pedagógico del centro, las actividades extraescolares, la cercanía a su vivienda, las dificultades para trasladarse hasta el colegio propuesto por el padre y las dificultades de asumir el coste económico del colegio concertado, cuyas tarifas sobrepasan sus posibilidades económicas», reza la sentencia.
Sin embargo, la defensa del padre de la niña sostiene que se trata de un centro que solo imparte Educación Primaria, además de «infecciones por ratas, robos y problemas por la ausencia de profesores que acuden a las huelgas independentistas».