Según consta en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, perteneciente al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, aprobado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, se podrán beneficiar de esta ayudas las mujeres que puedan «acreditar su condición de víctima»
María Curiel, 20 junio 2026
El Ministerio de Igualdad, liderado por la socialista Ana Redondo, ha anunciado la puesta en marcha de iniciativas en materia de vivienda para mujeres víctimas de violencia de género y sus familias con ayudas de hasta el 100 % del alquiler.
El objetivo prioritario de estas actuaciones, según explica el Ejecutivo, es facilitar la salida de estas familias de situaciones de violencia y evitar que ninguna víctima deba permanecer con su agresor por carecer de una alternativa residencial. «La vivienda constituye un elemento esencial para garantizar la protección, recuperación y autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijas e hijos», argumenta.
Sin embargo, y tal y como han explicado a El Debate fuentes jurídicas especializadas en violencia de género, esta nueva medida puede convertirse en «un coladero para denuncias falsas». Según consta en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, perteneciente al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, aprobado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, se podrán beneficiar de esta ayudas las mujeres que puedan «acreditar su condición de víctima».
Esto puede realizarse no únicamente con una sentencia condenatoria hacia el agresor, sino que, según el art. 23 de la Ley Orgánica 1/2004, «también podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente (...), o por cualquier otro título».
Según han asegurado las citadas fuentes jurídicas, la orden de protección es la herramienta más común para poder acceder a las ayudas para las mujeres que utilizan las denuncias de manera instrumental, es decir, o para beneficio propio o para dañar a su pareja. «Con la simple manifestación de la víctima sirve para que se active el Sistema VioGén y la orden de protección. Cuando la víctima es real, la protege. Sin embargo, muchas lo utilizan para beneficiarse de ayudas», señalan estas fuentes.
Sin embargo, y tal y como han explicado a El Debate fuentes jurídicas especializadas en violencia de género, esta nueva medida puede convertirse en «un coladero para denuncias falsas». Según consta en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, perteneciente al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, aprobado por el Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, se podrán beneficiar de esta ayudas las mujeres que puedan «acreditar su condición de víctima».
Esto puede realizarse no únicamente con una sentencia condenatoria hacia el agresor, sino que, según el art. 23 de la Ley Orgánica 1/2004, «también podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente (...), o por cualquier otro título».
Según han asegurado las citadas fuentes jurídicas, la orden de protección es la herramienta más común para poder acceder a las ayudas para las mujeres que utilizan las denuncias de manera instrumental, es decir, o para beneficio propio o para dañar a su pareja. «Con la simple manifestación de la víctima sirve para que se active el Sistema VioGén y la orden de protección. Cuando la víctima es real, la protege. Sin embargo, muchas lo utilizan para beneficiarse de ayudas», señalan estas fuentes.
Prioridad en ayudas públicas
Además, de sufragar el gasto del alquiler, el Gobierno identifica a las víctimas de violencia de género como colectivo prioritario en el acceso a las ayudas públicas, junto con otras situaciones de vulnerabilidad como el riesgo de desahucio o la exclusión residencial. Y este reconocimiento implica: preferencia en la adjudicación de viviendas protegidas, acceso preferente a programas de ayuda y mayor intensidad en las subvenciones respecto al régimen general.
En ese sentido, el núcleo de la protección se articula a través del programa de ayuda a personas «especialmente vulnerables», que tiene como fin proporcionar una solución habitacional inmediata a personas en situación de especial vulnerabilidad, incluyendo expresamente a mujeres víctimas de violencia de género, configurándose en este marco, como destinatarias directas de las ayudas.
Para este colectivo, las ayudas permiten una cobertura de hasta el 100% del coste del alquiler o uso de la vivienda. Asimismo, se abre la posibilidad de incluir gastos asociados como los suministros, la comunidad o internet, y se contempla la opción de conceder la ayuda por un periodo de hasta 5 años con seguimiento social, pudiendo abonarse directamente a la persona propietaria del inmueble.






