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miércoles, 25 de febrero de 2026

Ayudas y subvenciones que hay España para las familias monoparentales

Las administraciones públicas
ponen a disposición de estos hogares programas que incluyen descuentos en la factura de la luz, ayudas al alquiler, deducciones fiscales y prestaciones especiales.
Naroa Caro, 24 Febrero 2026 
Prestación universal por hijo y protección a familias monoparentales: así es la ley de familias anunciada por el Gobierno.
En España hay millones de familias monoparentales que se enfrentan a retos adicionales en la planificación de sus finanzas. 
Se trata, en su mayoría, de madres con hijos a cargo que afrontan en solitario los gastos de vivienda, suministros, alimentación y educación. 
Para aliviar esta carga económica, existen diferentes ayudas estatales, autonómicas y municipales que abarcan desde descuentos en la factura de la luz hasta subvenciones al alquiler o deducciones fiscales en la declaración de la renta.

Una de las medidas más relevantes es el Bono Social de Electricidad, un descuento regulado por el Gobierno para consumidores con bajos ingresos que tengan contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Las familias monoparentales están consideradas colectivo con circunstancia especial, lo que eleva los límites de renta para poder acceder a la ayuda. El descuento puede oscilar entre el 25% y el 40% con carácter general (porcentajes que se han incrementado de forma extraordinaria hasta finales de 2026) y puede alcanzar el 100% en casos de riesgo de exclusión social atendidos por los servicios sociales.
La solicitud se tramita directamente con la comercializadora eléctrica de referencia.

En el ámbito fiscal, destaca la deducción por ascendiente con 2 hijos a cargo, conocida como “cheque familiar”. Esta medida permite aplicar una deducción de hasta 1.200 € anuales en el IRPF, que puede cobrarse de forma anticipada a razón de 100 € al mes. 
Para beneficiarse es necesario cumplir determinados requisitos, como no percibir anualidades por alimentos y tener derecho al mínimo por descendiente. 
La gestión se realiza ante la Agencia Tributaria, incluso de forma telemática.

Además, la normativa estatal contempla otras ventajas fiscales, como reducciones en la base imponible y bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por la contratación de cuidadores. 
A esto se suman deducciones autonómicas específicas, que varían según la comunidad autónoma y pueden suponer entre 100 y 600 € adicionales en la declaración de la renta, dependiendo del territorio y la situación familiar.

Ayudas al alquiler de comunidades y ayuntamientos
La vivienda es otro de los grandes frentes. El Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 incluye ayudas al alquiler destinadas a colectivos vulnerables, entre ellos las familias monoparentales con ingresos limitados. 
Estas subvenciones se gestionan a través de las comunidades autónomas y pueden cubrir un porcentaje significativo de la renta mensual.

A nivel local, existen programas específicos. En Barcelona, por ejemplo, se conceden ayudas de entre 20 y 400 € mensuales para facilitar la permanencia en la vivienda habitual, siempre que el alquiler no supere determinados límites y se destine al menos el 30% de los ingresos al pago de la renta. 
En la Comunidad de Madrid, las ayudas pueden alcanzar hasta 900 € mensuales para el alquiler de una vivienda completa, en función del municipio y de los ingresos familiares.

Condiciones especiales para el IMV y otras ayudas
Las familias monoparentales pueden acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, al pago único de 1.000 € por nacimiento o adopción en determinados supuestos, y a ayudas adicionales en casos de partos o adopciones múltiples. Si existen ingresos bajos, pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital, cuya cuantía varía según el número de miembros de la unidad de convivencia y puede superar los 600 € mensuales en hogares con menores. 

En situaciones de viudedad, los hijos tienen derecho a pensión de orfandad (equivalente, con carácter general, al 20% de la base reguladora) y, en determinados casos de especial necesidad, este porcentaje puede incrementarse. 
Además, muchas comunidades autónomas ofrecen becas de comedor escolar, ayudas para libros y material didáctico, reducciones en guarderías públicas y bonificaciones en actividades extraescolares.

Para acceder a buena parte de estas ayudas es fundamental contar con el título oficial de familia monoparental, que expiden las comunidades autónomas. 
Este reconocimiento facilita la tramitación y acredita la situación ante las distintas administraciones. En un contexto de precios elevados y presión sobre el mercado del alquiler, estas medidas se han convertido en un soporte clave para miles de hogares que sostienen solos la crianza y el mantenimiento de la vivienda.

lunes, 28 de julio de 2025

Andalucía reconoce a las familias monoparentales: tendrán una acreditación oficial

La Junta
propone fijar en 25 años la edad máxima de los hijos y dotarlas de un documento válido que sirva para mejorar su acceso a servicios, prestaciones y ayudas.
Patricia Merello, 27 de julio de 2025 
La Junta de Andalucía ha propuesto que los hijos de las familias monoparentales andaluzas puedan ser reconocidos como tales hasta los 25 años de edad. Esta es una de las principales novedades que contempla el proyecto de decreto elaborado por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el que también se abre la puerta a que esta condición se aplique “en los casos de ausencia temporal forzada de 1 de los 2 progenitores que le impida ejercer las responsabilidades familiares por un periodo igual o superior a 1 año”.

Este texto normativo se encuentra aún en fase de tramitación y puede sufrir modificaciones. La propuesta consta de un total de 18 artículos, además de incluir 2 disposiciones adicionales, 1 derogatoria y 2 finales. El objetivo, según se especifica, es reconocer legalmente a estas familias como grupo social vulnerable que necesita una atención especial dentro de las políticas familiares de la comunidad autónoma.

La consejera, Loles López, defiende que esta regulación supondrá un avance clave, ya que aportará seguridad jurídica a estas familias al dotarlas de un documento acreditativo válido en todo el territorio andaluz. Esto permitirá mejorar el acceso a servicios, prestaciones y ayudas, además de facilitar los trámites ante las distintas administraciones de la Junta.

Según la propuesta de la Junta, se considerará familia monoparental aquella compuesta por un único progenitor y uno o más descendientes con vínculo por filiación, adopción, tutela, guarda o acogimiento familiar permanente, siempre que dependan económicamente en exclusiva de dicha persona. 
A efectos del decreto, quien ostente la tutela o guarda legal también será equiparado a la figura del progenitor.

La norma también establece excepciones. Se reconocerá como familia monoparental a aquellas unidades en las que, pese a existir 2 progenitores, se den determinadas circunstancias. Por ejemplo, si uno de ellos tiene la custodia exclusiva y el otro no ha cumplido con el pago de la pensión de alimentos durante 3 meses, consecutivos o alternos, en los 12 meses previos a la solicitud. Siempre, eso sí, que esta pensión se haya reclamado judicialmente por la vía civil o penal.

Otros casos contemplados son el abandono de familia, la violencia de género ejercida por uno de los progenitores o la ausencia forzada de uno de ellos durante un periodo igual o superior a 1 año, lo que imposibilite su implicación en las responsabilidades familiares. Todas estas situaciones podrán justificar el reconocimiento del estatus monoparental de la familia.

Las familias recibirán un título oficial
Para acceder y mantener esta condición, los hijos deben tener menos de 26 años. Sin embargo, el decreto establece una excepción clara: en los casos de discapacidad igual o superior al 33% o cuando el hijo esté incapacitado para trabajar, no se aplicará ese límite de edad.

Una vez reconocido el estatus, las familias recibirán un título oficial que servirá como acreditación ante cualquier administración o entidad, tanto pública como privada, dentro del ámbito territorial de Andalucía. Este documento será expedido por la consejería competente, tras la correspondiente solicitud y la comprobación de que se cumplen los requisitos establecidos.

lunes, 12 de diciembre de 2022

¿Los padres separados con hijos son familia monoparental?

El concepto legal de familia monoparental limita las personas beneficiarias de ayudas y ventajas.
REDACCIÓN, Valencia, 12 diciembre 2022
Las administraciones públicas han ampliado las ayudas que ofrecen a las familias monoparentales, que pueden gozar de subvenciones, deducciones, ayudas a vivienda o bonos sociales como el eléctrico, etc... Sin embargo, no hay que confundir una familia monoparental con la situación de una familia de padres separados o divorciados y con custodia compartida. Pueden ser familias monoparentales mujeres que han sufrido violencia de género, personas cuya pareja está en prisión u hospitalizada por tiempo indefinido o aquellas que conviven con una persona con un alto grado de dependencia, entre otras.

Una familia monoparental es aquella que está formada por un único progenitor (madre, padre o tutor legal) y 1 o más hijos. 
Legalmente se considera familia monoparental la que está conformada de alguna de las maneras siguientes:
a) Aquella formada por 1 persona y su descendencia, que esté inscrita en el Registro Civil solo con ella como progenitora.

b) Aquella formada por 1 persona viuda o en situación equiparable y la descendencia que hubiera tenido con la pareja desaparecida.

c) Aquella formada por 1 persona y las personas menores de edad que tenga en acogida por tiempo igual o superior a 1 año, y las mayores de edad que hayan estado en acogida permanente; o aquella formada por 1 persona que tenga la consideración de familia acogedora de urgencia-diagnóstico.

d) Aquella formada por 1 persona y su descendencia sobre la que tenga en exclusiva la patria potestad.

Qué es la descendencia, legalmente
Se considera descendencia de una persona el hijo, la hija, los hijos o las hijas, las personas menores de edad en situación de acogida superior a 1 año y las personas mayores de edad que hayan estado en situación de acogida y continúan viviendo con la familia acogedora. 
Todas ellas tendrán consideración de personas descendientes. 
Asimismo, se considera persona progenitora la madre, el padre, el tutor o la tutora legal, o la persona acogedora.

2. Se considera familia en situación de monoparentalidad si está conformada de alguna de las maneras siguientes:
a) Aquella formada por 1 persona y su descendencia sobre la que tiene la guarda y custodia exclusiva si los ingresos anuales de la unidad familiar, incluidas las pensiones de alimentos, divididos por el número de unidades de consumo son inferiores al 150% del IPREM vigente calculado en 12 mensualidades.

b) Aquella formada por una mujer que ha sufrido violencia de género, de acuerdo con la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y la descendencia sobre la que tiene la guarda y custodia.

c) Aquella formada por una pareja y su descendencia, en la que 1 de las personas progenitoras esté en situación de ingreso en la prisión o de hospitalización en un centro hospitalario, por un período ininterrumpido durante un tiempo igual o superior a 1 año, si los ingresos anuales de la unidad familiar, incluidas las pensiones de alimentos, divididos por el número de unidades de consumo son inferiores al 150% del IPREM vigente calculado en 12 mensualidades.

d) Aquella formada por una pareja que convive y la descendencia, en la cual 1 de las personas progenitoras tenga reconocido un grado 3 de dependencia, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez si los ingresos anuales de la unidad familiar, incluidas las pensiones de alimentos, dividido por el número de unidades de consumo son inferiores al 150% del IPREM vigente calculado en 12 mensualidades.

Ayudas para familias monoparentales
Algunas de las ayudas a las que tienen acceso las familias monoparentales son aplicables a personas con una protección reforzada, como es el caso del Ingreso Mínimo Vital o la prestación por maternidad. También hay ayudas como la pensión de viudedad o la de orfandad, la prestación temporal de viudedad y la de orfandad, las ayudas por nacimiento de un hijo en las familias monoparentales, las deducciones fiscales por ser familia monoparental (acceso al cheque familiar, bonoficaciones, bases imponibles reducidas...).

miércoles, 10 de abril de 2019

Familias Monoparentales: La importancia del padre

Las familias monomarentales llevan al Defensor del Pueblo un informe que vincula la ausencia de padre al embarazo adolescente y la delincuencia.
La Red Estatal de Familias Monoparentales presenta una queja ante el organismo por un informe del think tank The Family Watch que asegura que "la carencia de padre está en la base de la pobreza, la delincuencia o el embarazo de adolescentes"
El estudio, hecho público el pasado 19 de marzo con motivo del Día del Padre, vincula la ausencia de "figura paterna" con la baja autoestima y la "precocidad sexual" en las niñas y con el fracaso escolar en los niños.
Las familias monomarentales apuntan a que se trata de "una gravísima discriminación y estigmatización" y las organizaciones LGTBI señalan que el estudio "tiene un sesgo marcadamente heteropatriarcal"
Marta Borraz, 08/04/2019
6 jóvenes adultos criados por lesbianas o gays desmontan las leyendas urbanas sobre familias homoparentales.
"La carencia de padre está en la base de la mayoría de los problemas sociales más urgentes, desde la pobreza y la delincuencia hasta el embarazo de adolescentes, el abuso infantil y la violencia doméstica". "Estudios demuestran que existe una clara relación entre pobreza y ausencia de padre". Son algunas de las afirmaciones incluidas en un estudio impulsado por la organización The Family Watch (Instituto Internacional de Estudios sobre la Familia) y que ha llevado a la Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales a presentar una queja ante el Defensor del Pueblo por vulneración de derechos fundamentales.
El estudio: La importancia de la figura paterna. Consecuencias en la educación de los hijos, presentado hace unas semanas con motivo del Día del Padre, enumera una ristra de consecuencias que, según la organización, conlleva la ausencia "física o psíquica" de padre. Entre ellas, algunas generales como la "feminización de la pobreza" –y cita explícitamente a las familias monomarentales (la mayoría son mujeres)– y otras según el género de los menores: para ellos, escaso rendimiento académico y abandono escolar, dificultades para entablar relaciones estables y conductas violentas. Para ellas, baja autoestima, "precocidad sexual" y comportamientos delictivos.
The Family Watch ha colgado en su página web algunas infografías sobre el informe y la nota de prensa de su presentación, en la que apunta a que "existe una clara relación entre pobreza y ausencia del padre" y afirma que esta situación "está detrás de la mayoría de los casos de delincuencia juvenil". Además, concluye que "los niños que han crecido sin padres son más proclives a no querer asumir responsabilidades con sus hijos".
El estudio ha sido elaborado por Mª Calvo Charro, profesora de la Universidad Carlos III de Madrid y una férrea defensora de la educación diferenciada entre niños y niñas. Charro es autora de libros como "Alteridad sexual: razones frente a la ideología de género" o " Los niños con los niños, las niñas con las niñas". 

El derecho a una educación diferenciada. 
La docente comparte patronato con Alberto Ruiz-Gallardón y Adolfo Suárez Illana en la fundación Red Madre, la organización antiabortista citada frecuentemente por el PP para defender su postura respecto a la interrupción voluntaria del embarazo y la maternidad.
La queja ante el Defensor del Pueblo, presentada este mismo lunes por la Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales, coordinada por la Federación de Asociaciones de Madres Solteras, denuncia que el contenido del estudio "representa una gravísima discriminación y estigmatización" de las familias monomarentales y de los niños y niñas que crecen en ellas, además de reproducir "estereotipos que no respetan la diversidad y perpetúan la discriminación".
Un informe similar en 2015
El informe completo, del que se hicieron eco varios medios de comunicación, no figura en la página web en la que la organización ha colgado varios materiales al respecto, pero las referencias que sí incluyen coinciden con un informe de título similar impulsado por la misma organización, fechado en 2015 y firmado también por Calvo Charro: "La importancia de la figura paterna en la educación de los hijos. Estabilidad familiar y desarrollo social". A las preguntas sobre este medio sobre si se trata del mismo informe, el think tank responde negativamente, pero descarta hacer público el nuevo estudio.
El de 2015 alude a que el feminismo ha provocado "un oscurecimiento de lo masculino", con lo que "la función paterna ha sido devaluada progresivamente". Así, hace afirmaciones como que el único padre aceptado socialmente es aquel que "es una especie de 2ª madre o una 'mamá bis'". "En este ambiente, madres solteras, abandonadas, separadas o divorciadas intentan criar solas a sus hijos, en ausencia absoluta de un modelo paterno, con la creencia infundada de que ellas se bastan y sobran", prosigue.
En el mismo sentido de lo que The Family Watch presentó el pasado 19 de marzo, este estudio hace un recorrido por las consecuencias que, a su juicio, tiene crecer en una familia sin padre, entre ellas, que los menores "se lancen en su juventud a comportamientos asociales, violentos, agresivos e incluso tendencias homosexuales". Además, cita varios datos que aluden a que altos porcentajes de los hombres que están en prisión, se suicidan, cometen asesinatos o violaciones, se van de casa o están en centros de desintoxicación "provienen de familias en las que solo estaba la madre". "La función materna y la función paterna no son iguales ni intercambiables", concluye.
Discriminación y estigmatización
La reclamación de las familias monomarentales, que piden amparo al Defensor del Pueblo, se une así al rechazo del estudio que ha hecho público también la Red Estatal de Entidades de Familias LGTBI, que han emitido un comunicado en el que califican las afirmaciones de The Family Watch de "auténticas aberraciones" que "van en detrimento de las valoraciones en igualdad de todos los modelos familiares".
Las organizaciones LGTBI señalan las referencias científicas que avalan que los hijos e hijas de familias en las que no hay padre "no presentan rasgos diferenciadores significativos con quiénes viven en familias heteronormativas" y apuntan a que el estudio "tiene un sesgo marcadamente heteropatriarcal". "Asumimos pues que la señora Calvo cree que los hombres y las mujeres no somos iguales y que nuestro rol en la familia debe seguir siendo distinto y por ende no generar relaciones igualitarias para, a su entender, evitar la delincuencia".
En este sentido, la reclamación de las familias monomarentales recopila estudios y datos que ponen de manifiesto el error de considerar la monoparentalidad en sí misma como un factor de riesgo del desarrollo infantil y adolescente y apunta a que el informe responde a "presunciones y especulaciones" y "contribuye al ataque directo a cualquier modelo familiar que no sea el hetero-tradicional de padre y madre". En este sentido, estas familias hacen hincapié en que son otros factores "los responsables de los efectos negativos de los menores en estos hogares", entre ellos, "la ausencia de recursos económicos, los problemas de conciliación, la precariedad laboral y la falta de oportunidades". Nada que ver con la ausencia de la "función paterna".
La Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales ha pedido la intervención del Defensor del Pueblo con el objetivo de que se tomen medidas para que el informe deje de difundir "como científicas y concluyentes afirmaciones basadas en estereotipos, manifestaciones ofensivas, estigmatizantes y discriminatorias contra los menores". Además, demanda al organismo que traslade la queja al Defensor Universitario de la Universidad Carlos III y le pide que recomiende la aprobación de una ley integral de familias monomarentales "que acabe con la discriminación y vulnerabilidad de nuestras familias".
Nota: Ejemplo de lobby de presión y de lo politicamente correcto. ¿Libertad de expresión y de catedra?¿Porque los colectivos LGTBI no hablan de los efectos negativos del divorcio, tanto si se han casado como con las parejas de convivencia mutua con hijos menores?