...... si las aporta uno de los participantes en la conversación.
En caso de aportarlas un 3º, necesita el consentimiento de los afectados o una autorización judicial.
ALEJANDRO REQUEIJO, 26.07.2019
En España las grabaciones entre particulares son una prueba útil y válida para multitud de causas y no supone una ilegalidad siempre y cuando quien las aporte sea uno de los participantes en la conversación.
“Todo el mundo puede grabar sus conversaciones y tanto uno como otro interlocutor puede usarlas legalmente”, dice el magistrado Juan Antonio Vázquez Taín. Se basa en la Ley de Protección de Datos y en la doctrina sobre derechos fundamentales y de estimación de prueba que mantienen el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional.
Vázquez Taín, con experiencia en la investigación de clanes de la droga en Galicia y grupos de crimen organizado, pone como ejemplo las grabaciones del 'caso Villarejo', útiles para la causa al ser grabadas siempre por el propio excomisario. No es necesario que todos los participantes sean conscientes de que están siendo grabados.
Audios de un tercero
Cuestión distinta, apunta, es que los audios los use un 3º que no haya estado presente en la conversación. En ese caso, necesitaría el consentimiento de los presentes o una autorización judicial. Es el caso, por ejemplo, de las escuchas policiales, apoyadas siempre en un auto judicial motivado.
Según esa doctrina, son válidas las grabaciones en poder del exbanquero de UBS, Andrea Orcel, de sus conversaciones telefónicas mantenidas con la presidenta del Banco Santander, Ana Botín, después de que esta le comunicara que no continuaba con su fichaje como consejero delegado del primer banco español.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 27 de julio de 2019
El convenio regulador como negocio jurídico
El convenio regulador de divorcio o separación suscrito por los cónyuges y no ratificado judicialmente no pierde su eficacia como negocio jurídico válido en materia de familia
Iustel/ 26/07/2019
Resuelve la Sala en el presente recurso la validez del convenio regulador no ratificado por uno de los cónyuges y su condición de negocio jurídico en materia de derecho de familia, y si tiene fuerza de obligar.
Declara que existe una doctrina plenamente consolidada sobre la eficacia de los convenios entre los cónyuges, en el sentido de que estos acuerdos son auténticos negocios jurídicos de derecho de familia; se trata de una manifestación del libre ejercicio de la facultad de autorregulación de las relaciones privadas que no está condicionada en su validez y fuerza vinculante inter-partes a la aprobación y homologación judicial. La falta de ratificación y de homologación, le impide formar parte del proceso de divorcio de mutuo acuerdo y, por ende, para poder quedar integrado, tras su homologación, en la resolución judicial con toda la eficacia procesal de fuerza ejecutiva que ello conlleva, pero no pierde su calificación de eficaz, como negocio jurídico y válido. De forma que, si se aporta el convenio al proceso contencioso, seguido al frustrado mutuo acuerdo, no podrá recibir el mismo tratamiento vinculante que en éste, en el que sólo el Tribunal puede formular reparos si entrevé un vicio del consentimiento, pero no podrá ser tratado como un simple elemento de negociación.
TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Civil, Sentencia 615/2018, de 07 de noviembre de 2018; RECURSO DE CASACIÓN Núm: 1220/2018
Iustel/ 26/07/2019
Resuelve la Sala en el presente recurso la validez del convenio regulador no ratificado por uno de los cónyuges y su condición de negocio jurídico en materia de derecho de familia, y si tiene fuerza de obligar.
Declara que existe una doctrina plenamente consolidada sobre la eficacia de los convenios entre los cónyuges, en el sentido de que estos acuerdos son auténticos negocios jurídicos de derecho de familia; se trata de una manifestación del libre ejercicio de la facultad de autorregulación de las relaciones privadas que no está condicionada en su validez y fuerza vinculante inter-partes a la aprobación y homologación judicial. La falta de ratificación y de homologación, le impide formar parte del proceso de divorcio de mutuo acuerdo y, por ende, para poder quedar integrado, tras su homologación, en la resolución judicial con toda la eficacia procesal de fuerza ejecutiva que ello conlleva, pero no pierde su calificación de eficaz, como negocio jurídico y válido. De forma que, si se aporta el convenio al proceso contencioso, seguido al frustrado mutuo acuerdo, no podrá recibir el mismo tratamiento vinculante que en éste, en el que sólo el Tribunal puede formular reparos si entrevé un vicio del consentimiento, pero no podrá ser tratado como un simple elemento de negociación.
TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Civil, Sentencia 615/2018, de 07 de noviembre de 2018; RECURSO DE CASACIÓN Núm: 1220/2018
viernes, 26 de julio de 2019
Todo lo que debes saber sobre el divorcio exprés
SOCIAL ONCE, 25 JULIO, 2019
Si su relación matrimonial ha llegado a su fin, seguro serán muchas las cuestiones o dudas que se le están planteando. Este artículo le ayudará a buscar el método más rápido y económico de dar fin al matrimonio de la mejor manera posible.
En 1º lugar la pareja debe de saber qué diferencia existe entre una separación judicial y un divorcio.
En la Separación Judicial, se suspende la vida en común existente entre los cónyuges, pero sigue existiendo el vínculo matrimonial. La pareja sigue siendo marido y mujer, a pesar de llevar una serie de consecuencias patrimoniales y personales.
En el Divorcio, existe una disolución matrimonial, 2 personas unidas mediante el matrimonio ponen fin a su relación y pueden volverse a casar de nuevo con quien deseen.
Tanto la Separación Judicial como el Divorcio pueden ser:
· Contencioso, cuando entre los cónyuges no existe acuerdo
· De Mutuo Acuerdo o también llamado Divorcio Express
La Ley de Divorcio, entró en vigor en el 2005 y fue conocida como Ley de Divorcio Express, sin necesidad de alegar ningún motivo, sin la obligación de estar 2 años separados antes y siempre que hayan transcurrido 3 meses o más desde la celebración del matrimonio, para la mayoría de los casos.
Además si no existen hijos menores de edad en la pareja, la Ley de Jurisdicción Voluntaria reguló la posibilidad de poder realizar el divorcio ante Notario.
Tanto a nivel económico como personal, el Divorcio Express supone un importante ahorro económico y personal para los cónyuges. El hecho de realizarse de forma rápida y sencilla, ha hecho que desde su aprobación sean muchos los divorcios que se han llevado a cabo.
Para poder poner fin a la vida matrimonial de manera rápida y económica, la Ley exige una serie de requisitos a cumplir:
1) Entre los cónyuges debe de existir el Mutuo Acuerdo, que estén de acuerdo en disolver su vínculo matrimonial así como también el haber consensuado todo lo relativo a las medidas a adoptar. Si no existe Mutuo Acuerdo, estaremos ante un divorcio contencioso mucho más largo y nada económico.
2) Se exige el haber transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se justifique la existencia de riesgo para la vida, libertad, integridad física o moral, etc. de cualquiera de la pareja o de los hijos.
3) Al menos uno de los cónyuges tiene que tener su residencia en territorio español.
Una vez verificado que se cumplen los requisitos mencionados, comienza el proceso se tramitación en el que:
1) Es de carácter obligatorio el contratar a un abogado sin excepción alguna, y se esté representado por un Procurador excepto si se habla de divorcio ante Notario.
2) Es necesario que las partes de común acuerdo, redacten el llamado Convenio Regulador, pactos alcanzados por los cónyuges en el que quedan reflejados las cuestiones referentes a:
– Cuidado de los Hijos: Tipo de custodia, régimen de comunicación y visitas con los padres y otros familiares como los abuelos…
– Uso y disfrute de la vivienda familiar.
– Pensión alimenticia, cantidad destinada al mantenimiento de los hijos.
– Pensión compensatoria a favor del cónyuge que la situación económica empeore por motivos del divorcio.
– Liquidación del Régimen económico del matrimonio.
3) Presentar ante el Juez la petición de divorcio.
4) Se ratificará la firma ante el Juez de manera conjunta o por separado dentro del plazo establecido.(En los Procesos de Mutuo Acuerdo)
5) Entre 2 o 3 meses el Juez dictará sentencia, una vez comprobado que no perjudica a ninguna de las partes o a ningún hijo menor.
Los gastos existentes ante un divorcio Express son:
– Honorarios de abogado y procurador.
– Aranceles notariales.
– Otorgamiento de escritura pública de divorcio ante notario.
– Impuestos, IVA correspondientes.
Ante una ruptura matrimonial es muy importante el sentido común, y el buen asesoramiento de un letrado profesional para poder finalizarlo de la manera menos perjudicial, más rápida y económica posible.
Si su relación matrimonial ha llegado a su fin, seguro serán muchas las cuestiones o dudas que se le están planteando. Este artículo le ayudará a buscar el método más rápido y económico de dar fin al matrimonio de la mejor manera posible.
En 1º lugar la pareja debe de saber qué diferencia existe entre una separación judicial y un divorcio.
En la Separación Judicial, se suspende la vida en común existente entre los cónyuges, pero sigue existiendo el vínculo matrimonial. La pareja sigue siendo marido y mujer, a pesar de llevar una serie de consecuencias patrimoniales y personales.
En el Divorcio, existe una disolución matrimonial, 2 personas unidas mediante el matrimonio ponen fin a su relación y pueden volverse a casar de nuevo con quien deseen.
Tanto la Separación Judicial como el Divorcio pueden ser:
· Contencioso, cuando entre los cónyuges no existe acuerdo
· De Mutuo Acuerdo o también llamado Divorcio Express
La Ley de Divorcio, entró en vigor en el 2005 y fue conocida como Ley de Divorcio Express, sin necesidad de alegar ningún motivo, sin la obligación de estar 2 años separados antes y siempre que hayan transcurrido 3 meses o más desde la celebración del matrimonio, para la mayoría de los casos.
Además si no existen hijos menores de edad en la pareja, la Ley de Jurisdicción Voluntaria reguló la posibilidad de poder realizar el divorcio ante Notario.
Tanto a nivel económico como personal, el Divorcio Express supone un importante ahorro económico y personal para los cónyuges. El hecho de realizarse de forma rápida y sencilla, ha hecho que desde su aprobación sean muchos los divorcios que se han llevado a cabo.
Para poder poner fin a la vida matrimonial de manera rápida y económica, la Ley exige una serie de requisitos a cumplir:
1) Entre los cónyuges debe de existir el Mutuo Acuerdo, que estén de acuerdo en disolver su vínculo matrimonial así como también el haber consensuado todo lo relativo a las medidas a adoptar. Si no existe Mutuo Acuerdo, estaremos ante un divorcio contencioso mucho más largo y nada económico.
2) Se exige el haber transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se justifique la existencia de riesgo para la vida, libertad, integridad física o moral, etc. de cualquiera de la pareja o de los hijos.
3) Al menos uno de los cónyuges tiene que tener su residencia en territorio español.
Una vez verificado que se cumplen los requisitos mencionados, comienza el proceso se tramitación en el que:
1) Es de carácter obligatorio el contratar a un abogado sin excepción alguna, y se esté representado por un Procurador excepto si se habla de divorcio ante Notario.
2) Es necesario que las partes de común acuerdo, redacten el llamado Convenio Regulador, pactos alcanzados por los cónyuges en el que quedan reflejados las cuestiones referentes a:
– Cuidado de los Hijos: Tipo de custodia, régimen de comunicación y visitas con los padres y otros familiares como los abuelos…
– Uso y disfrute de la vivienda familiar.
– Pensión alimenticia, cantidad destinada al mantenimiento de los hijos.
– Pensión compensatoria a favor del cónyuge que la situación económica empeore por motivos del divorcio.
– Liquidación del Régimen económico del matrimonio.
3) Presentar ante el Juez la petición de divorcio.
4) Se ratificará la firma ante el Juez de manera conjunta o por separado dentro del plazo establecido.(En los Procesos de Mutuo Acuerdo)
5) Entre 2 o 3 meses el Juez dictará sentencia, una vez comprobado que no perjudica a ninguna de las partes o a ningún hijo menor.
Los gastos existentes ante un divorcio Express son:
– Honorarios de abogado y procurador.
– Aranceles notariales.
– Otorgamiento de escritura pública de divorcio ante notario.
– Impuestos, IVA correspondientes.
Ante una ruptura matrimonial es muy importante el sentido común, y el buen asesoramiento de un letrado profesional para poder finalizarlo de la manera menos perjudicial, más rápida y económica posible.
Nota: La Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) colaboramos con despachos de abogados profesionales y eficientes en temas de familia.
miércoles, 24 de julio de 2019
Dinamarca pone freno al divorcio exprés
..... obligará a las parejas a pasar por terapia antes de la ruptura.
Desde abril, las parejas que deciden separarse deben esperar 3 meses y hacer un curso antes de disolver legalmente su matrimonio.
Con estas medidas, las autoridades tratan de reducir el coste público de las rupturas y minimizar el dolor personal mejorando la comunicación en la pareja.
Dinamarca registró 15.000 divorcios en 2018, casi la mitad de los matrimonios que se celebraron ese mismo año.
Jon Henley, Traducción de Francisco de Zárate, 22/07/2019
Dinamarca, que cuenta con una de las mayores tasas de divorcio de Europa occidental, está tratando de que las separaciones sean un poco menos fáciles. Y para aquellos casos que terminan en divorcio, el plan es que sea lo menos doloroso posible para todos los implicados.
Hasta hace poco, los daneses solo tenían que rellenar un sencillo formulario en la web para divorciarse. Pero desde abril, cuando entró en vigor un nuevo paquete legislativo, las parejas que deciden separarse deben esperar 3 meses y ser asesoradas antes de disolver su matrimonio.
Según una encuesta del periódico danés Politiken, 68 de los 98 ayuntamientos de Dinamarca ofrecen terapia a las parejas con problemas. El argumento es que si logran mantener unidas a las familias, los municipios ahorran en vivienda y servicios.
La iniciativa, que en otros países podía haber sido considerada como una intromisión desagradable del Estado en la vida privada de sus ciudadanos, ha sido recibida con satisfacción por votantes y políticos de Dinamarca. Solo el partido minoritario Alianza Liberal la criticó diciendo que el Gobierno se estaba extralimitando.
Dinamarca lleva mucho tiempo defendiendo los derechos relacionados con la vida familiar, como el permiso parental de 1 año o la guardería pública universal. Sin embargo, el país registró 15.000 divorcios en 2018, casi la mitad de los matrimonios que se celebraron el mismo año.
"Los datos son claros: el programa funciona"
Según Gert Martin Hald, psicólogo y profesor asociado de Salud Pública en la Universidad de Copenhague, el objetivo es "reducir los costos humanos y financieros del divorcio". Hald fue uno de los expertos que contribuyó al diseño del curso de orientación que ahora deben hacer antes de sellar su divorcio todas las parejas con hijos menores de 18 años.
"Es bueno tanto para la pareja como para el municipio, más vale prevenir que curar", dice Jette Haislund, directora de Salud en la localidad de Ringkøbing-Skjern. Al oeste de Dinamarca, el ayuntamiento de Ringkøbing-Skjern fue uno de los 1º en probar la terapia de pareja.
El objetivo de los 3 meses que impone el Gobierno como período de espera y del curso de "cooperación tras el divorcio" –que se imparte mediante una página web o una aplicación–, es facilitar el proceso de divorcio para las parejas y los hijos, ayudándoles a evitar problemas mejorando la comunicación.
Los padres pueden personalizarse un curso a medida combinando módulos de media hora de un total de 17 en los que se ofrecen soluciones concretas para áreas de posible conflicto durante un divorcio. Entre ellos, por ejemplo, qué hacer con las fiestas de cumpleaños o cómo hablar a una expareja durante un momento de enfado.
"Se trata de entenderse a uno mismo y también las reacciones de los hijos, y de sobrellevar la situación, de ser capaces de compartir la paternidad tras el divorcio", sostiene Hald. "Ayuda a lidiar con el estrés, la ansiedad y la depresión, y a reducir el número de días que faltan en el trabajo".
Antes de ponerlo en marcha, se hizo una prueba con 2.500 personas que siguieron el curso de forma voluntaria. Tanto los especialistas como muchas de las personas que lo completaron hablan bien de él.
Desde abril, las parejas que deciden separarse deben esperar 3 meses y hacer un curso antes de disolver legalmente su matrimonio.
Con estas medidas, las autoridades tratan de reducir el coste público de las rupturas y minimizar el dolor personal mejorando la comunicación en la pareja.
Dinamarca registró 15.000 divorcios en 2018, casi la mitad de los matrimonios que se celebraron ese mismo año.
Jon Henley, Traducción de Francisco de Zárate, 22/07/2019
Dinamarca, que cuenta con una de las mayores tasas de divorcio de Europa occidental, está tratando de que las separaciones sean un poco menos fáciles. Y para aquellos casos que terminan en divorcio, el plan es que sea lo menos doloroso posible para todos los implicados.
Hasta hace poco, los daneses solo tenían que rellenar un sencillo formulario en la web para divorciarse. Pero desde abril, cuando entró en vigor un nuevo paquete legislativo, las parejas que deciden separarse deben esperar 3 meses y ser asesoradas antes de disolver su matrimonio.
Según una encuesta del periódico danés Politiken, 68 de los 98 ayuntamientos de Dinamarca ofrecen terapia a las parejas con problemas. El argumento es que si logran mantener unidas a las familias, los municipios ahorran en vivienda y servicios.
La iniciativa, que en otros países podía haber sido considerada como una intromisión desagradable del Estado en la vida privada de sus ciudadanos, ha sido recibida con satisfacción por votantes y políticos de Dinamarca. Solo el partido minoritario Alianza Liberal la criticó diciendo que el Gobierno se estaba extralimitando.
Dinamarca lleva mucho tiempo defendiendo los derechos relacionados con la vida familiar, como el permiso parental de 1 año o la guardería pública universal. Sin embargo, el país registró 15.000 divorcios en 2018, casi la mitad de los matrimonios que se celebraron el mismo año.
"Los datos son claros: el programa funciona"
Según Gert Martin Hald, psicólogo y profesor asociado de Salud Pública en la Universidad de Copenhague, el objetivo es "reducir los costos humanos y financieros del divorcio". Hald fue uno de los expertos que contribuyó al diseño del curso de orientación que ahora deben hacer antes de sellar su divorcio todas las parejas con hijos menores de 18 años.
"Es bueno tanto para la pareja como para el municipio, más vale prevenir que curar", dice Jette Haislund, directora de Salud en la localidad de Ringkøbing-Skjern. Al oeste de Dinamarca, el ayuntamiento de Ringkøbing-Skjern fue uno de los 1º en probar la terapia de pareja.
El objetivo de los 3 meses que impone el Gobierno como período de espera y del curso de "cooperación tras el divorcio" –que se imparte mediante una página web o una aplicación–, es facilitar el proceso de divorcio para las parejas y los hijos, ayudándoles a evitar problemas mejorando la comunicación.
Los padres pueden personalizarse un curso a medida combinando módulos de media hora de un total de 17 en los que se ofrecen soluciones concretas para áreas de posible conflicto durante un divorcio. Entre ellos, por ejemplo, qué hacer con las fiestas de cumpleaños o cómo hablar a una expareja durante un momento de enfado.
"Se trata de entenderse a uno mismo y también las reacciones de los hijos, y de sobrellevar la situación, de ser capaces de compartir la paternidad tras el divorcio", sostiene Hald. "Ayuda a lidiar con el estrés, la ansiedad y la depresión, y a reducir el número de días que faltan en el trabajo".
Antes de ponerlo en marcha, se hizo una prueba con 2.500 personas que siguieron el curso de forma voluntaria. Tanto los especialistas como muchas de las personas que lo completaron hablan bien de él.
"Los datos son claros: el programa funciona", afirma el psicólogo.
"En 13 de los 15 casos, el efecto sobre la salud mental y física fue entre moderadamente positivo y muy positivo, y llevó a que hubiera menos faltas en el trabajo; después de 12 meses, las parejas se estaban comunicando como si no se hubieran divorciado".
No sirve para todas las parejas
Hjalmar, un ejecutivo de marketing de 40 años que prefiere no dar su nombre completo, dice que hizo el curso hace casi 4 años durante la fase de prueba y que le resultó muy útil. "Por supuesto, no va a arreglar un matrimonio roto, pero te ayuda a resolver algunas cuestiones muy importantes en momentos en los que no puedes pensar con claridad".
De acuerdo con expertos en relaciones sentimentales, el curso es un paso en la dirección correcta, pero no sirve para todas las parejas.
No sirve para todas las parejas
Hjalmar, un ejecutivo de marketing de 40 años que prefiere no dar su nombre completo, dice que hizo el curso hace casi 4 años durante la fase de prueba y que le resultó muy útil. "Por supuesto, no va a arreglar un matrimonio roto, pero te ayuda a resolver algunas cuestiones muy importantes en momentos en los que no puedes pensar con claridad".
De acuerdo con expertos en relaciones sentimentales, el curso es un paso en la dirección correcta, pero no sirve para todas las parejas.
Para Trine Schaldemose, subdirectora de la asociación de ayuda familiar Mødrehjælpen, "es una buena herramienta y los resultados hablan por sí mismos, pero no ayudará a las parejas con niveles muy elevados de conflicto, en relaciones violentas o con muy pocos recursos". "Estas necesitan más que un curso por Internet, les hará falta asesoramiento individualizado y personal, no van a encontrar una solución rápida en esto", prosigue.
En general, dice Schaldemose, las nuevas reglas de divorcio de Dinamarca suponen una "gran mejora". "Antes, el sistema se centraba más en los derechos de los padres que en los de los hijos y los divorcios involucraban a muchas instituciones diferentes, ninguna de las cuales trabajaba en conjunto; eso ha cambiado", apunta.
En su opinión, lo que sí es problemático es la prohibición de tener acuerdos de custodia en firme durante los primeros 3 meses con el objetivo de evitar decisiones en caliente durante la separación. "Para los niños significa estar atrapados en medio del conflicto durante más tiempo", dice. "Significa que los padres se ven obligados a permanecer juntos y que no pueden empezar a solicitar una nueva vivienda, por ejemplo, porque no saben lo que van a necesitar. Esto implica que no pueden responder a la 1ª pregunta que hacen los niños sobre dónde van a vivir".
Algunos expertos expresan sus dudas sobre el auge del asesoramiento de los ayuntamientos. Hace 5 años, solo el 20% ofrecía terapia de pareja. "Los programas que ofrecen no siempre se basan en evidencias", dice Hald. "Tienen buenas intenciones pero tengo mis dudas sobre la eficacia de algunas de ellas".
Según Schaldemose, cualquier asesoramiento es un avance positivo aunque reconoce que la calidad de los programas varía y que algunas parejas pueden tener reticencias cuando son las autoridades locales, y no un asesor independiente, las que ofrecen la terapia.
Los municipios insisten en la eficacia de sus programas.
En general, dice Schaldemose, las nuevas reglas de divorcio de Dinamarca suponen una "gran mejora". "Antes, el sistema se centraba más en los derechos de los padres que en los de los hijos y los divorcios involucraban a muchas instituciones diferentes, ninguna de las cuales trabajaba en conjunto; eso ha cambiado", apunta.
En su opinión, lo que sí es problemático es la prohibición de tener acuerdos de custodia en firme durante los primeros 3 meses con el objetivo de evitar decisiones en caliente durante la separación. "Para los niños significa estar atrapados en medio del conflicto durante más tiempo", dice. "Significa que los padres se ven obligados a permanecer juntos y que no pueden empezar a solicitar una nueva vivienda, por ejemplo, porque no saben lo que van a necesitar. Esto implica que no pueden responder a la 1ª pregunta que hacen los niños sobre dónde van a vivir".
Algunos expertos expresan sus dudas sobre el auge del asesoramiento de los ayuntamientos. Hace 5 años, solo el 20% ofrecía terapia de pareja. "Los programas que ofrecen no siempre se basan en evidencias", dice Hald. "Tienen buenas intenciones pero tengo mis dudas sobre la eficacia de algunas de ellas".
Según Schaldemose, cualquier asesoramiento es un avance positivo aunque reconoce que la calidad de los programas varía y que algunas parejas pueden tener reticencias cuando son las autoridades locales, y no un asesor independiente, las que ofrecen la terapia.
Los municipios insisten en la eficacia de sus programas.
En Ringkøbing-Skjern, uno de los que comenzaron las terapias de pareja gratuitas en 2011, el ayuntamiento dice que la tasa de divorcio se redujo un 17% y que 92 parejas del municipio les pidieron asesoramiento el año pasado, número récord hasta la fecha.
Todas las parejas con hijos menores de 18 tienen derecho a 5 sesiones gratuitas. "Si mantenemos unidas a las familias y evitamos los divorcios, ahorramos dinero a largo plazo", dijo Haislund a Politiken.
A Steen Kruse, del Centro para el Desarrollo de la Familia de Dinamarca, le parece "sensato" que las autoridades locales "asuman una parte de la responsabilidad en las relaciones y en la vida familiar". Tanto para las familias involucradas como para el Estado, el costo económico del divorcio puede ser enorme teniendo en cuenta la necesidad de nuevos hogares y escuelas y servicios de salud y bienestar. "A muchos les gustaría ayudar en la búsqueda de una solución para evitar el divorcio si es posible", dice Kruse.
Los políticos también han sido ampliamente partidarios de las medidas. Jane Heitmann, del partido liberal de oposición Venstre, aseguró a la agencia de noticias Ritzau que "los municipios son dignos de elogio por haber tomado la iniciativa de ayudar a más familias a crecer juntas y permanecer unidas".
Hald, por su parte, opina que los Estados hacen bien en actuar. "Las tasas de divorcio son de entre el 25% y el 50% en los países occidentales", dice. "Cuesta mucho dinero y causa un gran dolor personal; una terapia individual sería demasiado cara; si de verdad queremos tomárnoslo en serio, tenemos que trabajar juntos para desarrollar algo que se pueda replicar".
Otros mass Medias: magnet.xataka, abc, telecinco, código nuevo, los replicante,
Todas las parejas con hijos menores de 18 tienen derecho a 5 sesiones gratuitas. "Si mantenemos unidas a las familias y evitamos los divorcios, ahorramos dinero a largo plazo", dijo Haislund a Politiken.
A Steen Kruse, del Centro para el Desarrollo de la Familia de Dinamarca, le parece "sensato" que las autoridades locales "asuman una parte de la responsabilidad en las relaciones y en la vida familiar". Tanto para las familias involucradas como para el Estado, el costo económico del divorcio puede ser enorme teniendo en cuenta la necesidad de nuevos hogares y escuelas y servicios de salud y bienestar. "A muchos les gustaría ayudar en la búsqueda de una solución para evitar el divorcio si es posible", dice Kruse.
Los políticos también han sido ampliamente partidarios de las medidas. Jane Heitmann, del partido liberal de oposición Venstre, aseguró a la agencia de noticias Ritzau que "los municipios son dignos de elogio por haber tomado la iniciativa de ayudar a más familias a crecer juntas y permanecer unidas".
Hald, por su parte, opina que los Estados hacen bien en actuar. "Las tasas de divorcio son de entre el 25% y el 50% en los países occidentales", dice. "Cuesta mucho dinero y causa un gran dolor personal; una terapia individual sería demasiado cara; si de verdad queremos tomárnoslo en serio, tenemos que trabajar juntos para desarrollar algo que se pueda replicar".
Otros mass Medias: magnet.xataka, abc, telecinco, código nuevo, los replicante,
Pensión de alimentos: ¿Renta Social o parasitismo social?
Dos jóvenes de Molina de Segura se quedan sin la pensión de alimentos para evitar “el parasitismo social”
Dos hijos que tienen 31 y 28 años de edad no tienen derecho a que su padre continúe pagándoles la pensión de alimentos, según se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial.
LCDP , EFE, 23 julio, 2019
Dos hijos que tienen 31 y 28 años de edad no tienen derecho a que su padre continúe pagándoles la pensión de alimentos, ya que es preciso evitar “situaciones de parasitismo social”, según se recoge en una sentencia dictada por la A. P. de Murcia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que el padre presentó contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Molina de Segura (Murcia) que retiró la pensión de alimentos para el mayor, pero decidió mantener la de su hermano.
Señala la Audiencia que el juzgado, en su sentencia de mayo de 2018, estimó la demanda de modificación de medidas y acordó la extinción de la pensión de alimentos fijada a favor del hijo de 31 años en octubre de 2006, en los autos de divorcio.
En su demanda, el padre, que abonaba 600 euros al mes por las pensiones, pidió se declarara la extinción de las mismas porque el de mayor edad tenía independencia económica y no convivía con la madre, ya que había creado su propia familia, y el 2º había mostrado falta de aplicación en los estudios y en el momento de presentar la demanda contaba con trabajo.
El juzgado de Iª instancia aceptó dejar sin efecto la pensión del mayor, pero mantuvo la de su hermano porque, pese a reconocer que había tenido un escaso rendimiento académico, ya que en 5 años solo había aprobado 2 cursos, no estaba incorporado al mercado laboral, ya que solo había tenido trabajos esporádicos.
Además, consideró que no existía por su parte una actitud de pasividad, por lo que continuaba en situación de necesitar la ayuda de los padres para su manutención.
El tribunal de la Audiencia ha llegado a una conclusión diferente, ya que comenta en su sentencia que aunque se reconozca la precariedad del trabajo en la actualidad, el joven no ha acreditado una búsqueda activa de empleo desde su mayoría de edad.
Y añade que cuenta ya con 28 años de edad y que “no puede mantenerse indefinidamente la obligación de alimentos en los progenitores, pues su razón de ser es la de completar la formación del hijo que sigue en el seno de la familia, pero no la de atender los alimentos de quienes, por su edad, ya han de haberse independizado”.
Y concluye la sala que hay que evitar “situaciones de parasitismo social”, por lo que revoca la sentencia combatida para acordar la extinción de la pensión de alimentos de este segundo hijos.
Dos hijos que tienen 31 y 28 años de edad no tienen derecho a que su padre continúe pagándoles la pensión de alimentos, según se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial.
LCDP , EFE, 23 julio, 2019
Dos hijos que tienen 31 y 28 años de edad no tienen derecho a que su padre continúe pagándoles la pensión de alimentos, ya que es preciso evitar “situaciones de parasitismo social”, según se recoge en una sentencia dictada por la A. P. de Murcia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que el padre presentó contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Molina de Segura (Murcia) que retiró la pensión de alimentos para el mayor, pero decidió mantener la de su hermano.
Señala la Audiencia que el juzgado, en su sentencia de mayo de 2018, estimó la demanda de modificación de medidas y acordó la extinción de la pensión de alimentos fijada a favor del hijo de 31 años en octubre de 2006, en los autos de divorcio.
En su demanda, el padre, que abonaba 600 euros al mes por las pensiones, pidió se declarara la extinción de las mismas porque el de mayor edad tenía independencia económica y no convivía con la madre, ya que había creado su propia familia, y el 2º había mostrado falta de aplicación en los estudios y en el momento de presentar la demanda contaba con trabajo.
El juzgado de Iª instancia aceptó dejar sin efecto la pensión del mayor, pero mantuvo la de su hermano porque, pese a reconocer que había tenido un escaso rendimiento académico, ya que en 5 años solo había aprobado 2 cursos, no estaba incorporado al mercado laboral, ya que solo había tenido trabajos esporádicos.
Además, consideró que no existía por su parte una actitud de pasividad, por lo que continuaba en situación de necesitar la ayuda de los padres para su manutención.
El tribunal de la Audiencia ha llegado a una conclusión diferente, ya que comenta en su sentencia que aunque se reconozca la precariedad del trabajo en la actualidad, el joven no ha acreditado una búsqueda activa de empleo desde su mayoría de edad.
Y añade que cuenta ya con 28 años de edad y que “no puede mantenerse indefinidamente la obligación de alimentos en los progenitores, pues su razón de ser es la de completar la formación del hijo que sigue en el seno de la familia, pero no la de atender los alimentos de quienes, por su edad, ya han de haberse independizado”.
Y concluye la sala que hay que evitar “situaciones de parasitismo social”, por lo que revoca la sentencia combatida para acordar la extinción de la pensión de alimentos de este segundo hijos.
Pensión de Alimentos y Mayoria de Edad
Iustel, 23/07/2019
Se debate en el presente litigio si la conducta que tenga un hijo mayor de edad hacia su progenitor -en este caso hacia su padre- puede, en función de su intensidad, amparar que se extinga la pensión de alimentos que recibe de él o ha de seguir manteniéndose.
Para resolver la cuestión la Sala considera que para apreciar esa causa de extinción de la pensión ha de aparecer probado que la falta de relación manifiesta entre padres e hijos es de modo principal y relevante, imputable a éstos. En el presente caso entiende que ese carácter principal, relevante e intenso no ha quedado probado, por lo que casa la sentencia recurrida que declaró la extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad solicitado por el padre en la demanda de modificación de medidas, basándose en la nula relación personal de los hijos con el alimentante, ya que la sentencia recoge que la nula relación “puede” ser imputable a aquéllos, pero categóricamente no lo tiene claro, pues, añade, “sin que ello reste responsabilidades al padre por su falta de habilidades”.
TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Civil, Sentencia 104/2019, de 19 de febrero de 2019
Se debate en el presente litigio si la conducta que tenga un hijo mayor de edad hacia su progenitor -en este caso hacia su padre- puede, en función de su intensidad, amparar que se extinga la pensión de alimentos que recibe de él o ha de seguir manteniéndose.
Para resolver la cuestión la Sala considera que para apreciar esa causa de extinción de la pensión ha de aparecer probado que la falta de relación manifiesta entre padres e hijos es de modo principal y relevante, imputable a éstos. En el presente caso entiende que ese carácter principal, relevante e intenso no ha quedado probado, por lo que casa la sentencia recurrida que declaró la extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad solicitado por el padre en la demanda de modificación de medidas, basándose en la nula relación personal de los hijos con el alimentante, ya que la sentencia recoge que la nula relación “puede” ser imputable a aquéllos, pero categóricamente no lo tiene claro, pues, añade, “sin que ello reste responsabilidades al padre por su falta de habilidades”.
TRIBUNAL SUPREMO, Sala de lo Civil, Sentencia 104/2019, de 19 de febrero de 2019
lunes, 22 de julio de 2019
Los retos actuales del Derecho de Familia
Pilar Vilella Llop. Abogada especializada en Derecho de Familia. Secretaria de la Agrupación de Jóvenes Abogados del ICAM, 22.072019
El Derecho de Familia es un ente vivo que se encuentra en constante cambio y desarrollo; cualquier cuestión que podamos tratar a día de hoy sobre esta materia corre el riesgo de quedar desactualizada en un breve periodo de tiempo, pues las novedades jurisprudenciales y doctrinales se suceden a la velocidad de la luz. El modelo de familia actual también es algo diferente al concepto que se tenía de la misma hace apenas 50 años, siendo algo habitual a día de hoy el hecho de encontrar familias reconstituidas, familias de progenitores del mismo sexo, o padres/madres que deciden serlo en solitario, mediante la adopción, la inseminación artificial o la gestación subrogada, así como el incremento del otorgamiento de custodias compartidas con una mayor interiorización del concepto de corresponsabilidad parental. En medio de este contexto social y jurídico tan cambiante nos encontramos los abogados, que debemos estar en constante reciclaje para no quedarnos obsoletos. Es difícil compilar en un sólo artículo todos los retos a los que nos enfrentamos los abogados que nos dedicamos al ámbito del Derecho de Familia, pero algunos son más que evidentes: leer más ......
El Derecho de Familia es un ente vivo que se encuentra en constante cambio y desarrollo; cualquier cuestión que podamos tratar a día de hoy sobre esta materia corre el riesgo de quedar desactualizada en un breve periodo de tiempo, pues las novedades jurisprudenciales y doctrinales se suceden a la velocidad de la luz. El modelo de familia actual también es algo diferente al concepto que se tenía de la misma hace apenas 50 años, siendo algo habitual a día de hoy el hecho de encontrar familias reconstituidas, familias de progenitores del mismo sexo, o padres/madres que deciden serlo en solitario, mediante la adopción, la inseminación artificial o la gestación subrogada, así como el incremento del otorgamiento de custodias compartidas con una mayor interiorización del concepto de corresponsabilidad parental. En medio de este contexto social y jurídico tan cambiante nos encontramos los abogados, que debemos estar en constante reciclaje para no quedarnos obsoletos. Es difícil compilar en un sólo artículo todos los retos a los que nos enfrentamos los abogados que nos dedicamos al ámbito del Derecho de Familia, pero algunos son más que evidentes: leer más ......
Efectos del Divorcio: Por una política familiar valiente.
Por Agustín Buades, Mallorca, 21.07.2019
El 95% de las rupturas han sido divorcios y 6 de cada 10 rupturas se produce de manera no consensuada/contenciosa.
La ruptura familiar continúa siendo el principal problema de las familias de Baleares mientras el Govern de les Illes Balears no está haciendo prácticamente nada para ayudar a resolverla.
Los padres casados y sus hijos están, por término medio, en mejor situación que las familias que han experimentado un divorcio, las parejas de hecho y los hogares monoparentales. Tienen mejor salud, menos pobreza y tasas más bajas de alcoholismo y otras adicciones; los chicos presentan menores índices de fracaso escolar y delincuencia juvenil, así como menor frecuencia de relaciones sexuales precoces y embarazos no deseados; en sus hogares hay menos violencia doméstica.
Que la familia estable y basada en el matrimonio resulte ser, por regla general, la mejor fórmula de convivencia doméstica no excluye que presente casos disfuncionales ni que a veces se dé el éxito con otras soluciones. Pero su superior rendimiento medio justifica que reciba un apoyo preferente en las políticas públicas, como en los demás campos se favorece lo que más beneficios reporta a la comunidad, en particular a largo plazo.
En efecto, un criterio clave para las prácticas y los planes socio-económicos es la sostenibilidad. Tomando este concepto, definimos la “familia sostenible” como la que mejor asegura el bienestar de sus miembros sin poner en peligro el de la sociedad en general y el de las futuras generaciones. La unión matrimonial estable cumple esas condiciones.
Resultan particularmente elocuentes los datos que muestran las repercusiones de la estabilidad familiar en el entorno y en el futuro.
El 95% de las rupturas han sido divorcios y 6 de cada 10 rupturas se produce de manera no consensuada/contenciosa.
La ruptura familiar continúa siendo el principal problema de las familias de Baleares mientras el Govern de les Illes Balears no está haciendo prácticamente nada para ayudar a resolverla.
Los padres casados y sus hijos están, por término medio, en mejor situación que las familias que han experimentado un divorcio, las parejas de hecho y los hogares monoparentales. Tienen mejor salud, menos pobreza y tasas más bajas de alcoholismo y otras adicciones; los chicos presentan menores índices de fracaso escolar y delincuencia juvenil, así como menor frecuencia de relaciones sexuales precoces y embarazos no deseados; en sus hogares hay menos violencia doméstica.
Que la familia estable y basada en el matrimonio resulte ser, por regla general, la mejor fórmula de convivencia doméstica no excluye que presente casos disfuncionales ni que a veces se dé el éxito con otras soluciones. Pero su superior rendimiento medio justifica que reciba un apoyo preferente en las políticas públicas, como en los demás campos se favorece lo que más beneficios reporta a la comunidad, en particular a largo plazo.
En efecto, un criterio clave para las prácticas y los planes socio-económicos es la sostenibilidad. Tomando este concepto, definimos la “familia sostenible” como la que mejor asegura el bienestar de sus miembros sin poner en peligro el de la sociedad en general y el de las futuras generaciones. La unión matrimonial estable cumple esas condiciones.
Resultan particularmente elocuentes los datos que muestran las repercusiones de la estabilidad familiar en el entorno y en el futuro.
Por ejemplo, índices más bajos de alcoholismo y drogadicción entre los miembros de los hogares estables suponen una descarga para los servicios sociales. Lo mismo vale en relación con la inferior tasa de pobreza absoluta y relativa (el divorcio y la monoparentalidad son importantes causas de la “feminización de la pobreza”), y con la menor incidencia de delincuencia juvenil. También, los casados contribuyen más a la productividad en la siguiente generación porque sus hijos adquieren un nivel de formación superior por término medio.
Hay que diseñar las políticas familiares a partir de los datos que proporcionan la psicología, la medicina, la sociología, la economía, etc.”, para “desideologizar” el debate sobre políticas familiares en busca del consenso más ampliamente posible.
También habrá que poner en marcha medidas para prevenir las crisis familiares, como el refuerzo de los servicios de mediación.
Y revisar el marco legal del matrimonio civil en España, con objeto de favorecer la estabilidad.
Se trata en definitiva de concentrarse en fomentar “lo que funciona”, que a la vez resulta ser, según las encuestas, el ideal de la mayoría.
Las administraciones de Baleares no pueden seguir permaneciendo indiferentes ante una problemática como es la estabilidad familiar y que se ha convertido en el principal problema de las familias en Baleares. No se está preservando el derecho de los padres a la estabilidad conyugal. Y es que el derecho a la estabilidad conyugal, y más especialmente para los matrimonios con hijos y en situaciones de conflictividad o crisis, debe ser una tarea fundamental de las administraciones, que no pueden seguir ignorando este dramático problema.
Hay que diseñar las políticas familiares a partir de los datos que proporcionan la psicología, la medicina, la sociología, la economía, etc.”, para “desideologizar” el debate sobre políticas familiares en busca del consenso más ampliamente posible.
También habrá que poner en marcha medidas para prevenir las crisis familiares, como el refuerzo de los servicios de mediación.
Y revisar el marco legal del matrimonio civil en España, con objeto de favorecer la estabilidad.
Se trata en definitiva de concentrarse en fomentar “lo que funciona”, que a la vez resulta ser, según las encuestas, el ideal de la mayoría.
Las administraciones de Baleares no pueden seguir permaneciendo indiferentes ante una problemática como es la estabilidad familiar y que se ha convertido en el principal problema de las familias en Baleares. No se está preservando el derecho de los padres a la estabilidad conyugal. Y es que el derecho a la estabilidad conyugal, y más especialmente para los matrimonios con hijos y en situaciones de conflictividad o crisis, debe ser una tarea fundamental de las administraciones, que no pueden seguir ignorando este dramático problema.
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