sábado, 12 de mayo de 2018

¿Qué pasa con la vivienda cuando nos vamos a separar?

LEGISLACIÓN. Qué sucederá en el caso de que haya la custodia compartida de un menor.
Ya sea en un divorcio tradicional o si una pareja que vivía junta, sin casarse, y tras tener tener una vivienda y un menor en común, cesa su relación, ¿qué sucede con esa vivienda?.

Redacción, Viernes, 11 de mayo de 2018
Desde que se derogó la Ley Valenciana de Relaciones Familiares en 2016, los abogados, como explica Laia Santamaría, de Togue’s Legal Services, han tenido que volver al Código Civil y en los casos de custodia compartida del menor, o que una de las partes pide esta custodia compartida, no existe una regulación específica, por lo que se ha tenido que ir a las sentencias del Supremo para saber qué criterios aplicar en estos casos.
En estos casos de custodia compartida se dicta sentencia según lo que dice la ley en los casos de custodia por 1 de las 2 partes al existir un vacío legal. Esta custodia compartida ya no es algo residual como hace unos años, al contrario es bastante habitual y en ella encontramos que hay 2 domicilios familiares, no 1 solo, por lo que el menor iría a los 2 domicilios de las 2 familias.
Las 2 personas tienen a su cargo al menor y, por ello, para solucionarlo cual de los 2 tendrá la vivienda familiar original, el Supremo ha tenido en cuenta 2 factores predominantes: se atenderá el interés del más desprotegido, es decir, si una de las partes tiene más problemas para dar una vivienda digna, en condiciones, al menor, será quien tenga más opciones de tener el uso de la vivienda familiar, y por otro lado la titularidad, de quién es la vivienda.
En las 1ªs sentencias, que se está viendo que no han sido muy prácticas, el protagonismo era de la llamada vivienda nido, en ella el menor o los menores se quedaban en esta vivienda y los padres iban alternándose, lo que implicaba entre otros problemas tener 3 domicilios y de convivencia.
Ahora se suele atribuir la vivienda familiar según los factores antes citados a 1 de las 2 partes pero por un tiempo limitado entre 1 y 3 años según el caso, o hasta que se liquide la sociedad de gananciales si la casa es de ambos y si la vivienda es privativa, de una de las partes, la otra la tendrá por un periodo de tiempo más corto, de medio año a 1 año, aunque sea la parte más desprotegida, pues la titularidad es de la otra parte. Por todo ello es importante acudir a un abogado .....

Obligación de alimentos de los abuelos a los nietos

....... por insolvencia de los padres.
Por D. Vicente Magro Servet, Magistrado de la Sala IIª del Tribunal Supremo.
| 11.05.2018
Introducción
Planteamos una cuestión de gran interés a raíz de la sentencia del TS de 2 de marzo de 2016 (EDJ 2016/13476) por la que se condenó a unos abuelos pensionistas a pagar la pensión de alimentos a su nieto ante la insolvencia tanto de su padre como de su madre. El Alto Tribunal condenó a los abuelos maternos y paternos a pagar una pensión por alimentos a su nieto, de lo que surge la cuestión de si puede exigirse la obligación alimenticia a los abuelos en supuestos en los que los progenitores del menor viven, o si depende el establecimiento de esta obligación de que los padres del menor tengan una minusvalía o discapacidad que les impida llevar a cabo una actividad laboral. 
Y, por el contrario, si esa posibilidad laboral de los padres del menor podría impedir y evitar la "obligación" de los abuelos de pagar esa pensión de alimentos, tal y como ocurre con los hijos mayores de edad que han llegado a una edad suficiente como para entender que pueden acceder ya al mercado laboral como causa de extinción de la obligación de alimentos.
Fue ésta la 1ª sentencia en España por la que se impuso una obligación de fijar el pago de la pensión alimenticia a los nietos de los abuelos viviendo los padres del menor, situación que no se había dado antes y que abre nuevas perspectivas y aristas en estas obligaciones alimenticias e interpretación del alcance del art. 142 CC (EDL 1889/1).
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viernes, 11 de mayo de 2018

Castilla y León: Retrasos Judiciales día a día

 Divorcios y tutelas inundan los juzgados de familia, con demoras de hasta 1 año.
Cada 1 de los 6 órganos especializados que funcionan en Burgos, León, Salamanca y Valladolid asumió una media de 1.725 asuntos y resolvió 1.664 casos el año pasado.
M. J. Pascual,Valladolid, Jueves, 10 mayo 2018,
La 1ª pista sobre el desbordamiento de los juzgados de familia la corroboran los bufetes de abogados especializados en crisis matrimoniales: tras unos cuantos años de sequía -como ponen de manifiesto las estadísticas del último lustro del Poder Judicial, que reflejan una línea descendente en el nº de divorcios-, en 2017 parece que ha comenzado a cambiar la tendencia y va en aumento el número de clientes que acuden a los despachos para divorciarse. «La gente, que aguantó en casa durante la crisis viviendo bajo el mismo techo a pesar de las tensiones, ha decidido dar el paso ahora y se nota: esto está contribuyendo a que en los juzgados se estén señalando vistas con una demora de muchos meses», explica Jaime Sanz, de Safe Abogados. Este letrado pone como ejemplo uno de los asuntos que lleva: comenzó a tramitar la demanda de un cliente en 28 de febrero pasado, le recibieron en uno de los juzgados específicos de Valladolid el 27 de abril para recoger el apoderamiento del procurador para tramitar el procedimiento, que presentó al día siguiente, y la 1ª vista judicial se ha señalado para septiembre, es decir, con 6 meses por delante. «Eso es para empezar, porque si durante la vista se solicitan y se conceden informes de los equipos psico-sociales, se puede prolongar más. Vamos, que un hombre a quien su ex-mujer no quiere que tenga la custodia compartida va a estar 7 meses, al menos, sin poder ver a sus hijos, hasta que el juez dicte el auto de medidas».
Con una jueza de baja, otra que lo ha estado durante mucho tiempo y solo una que sigue en activo al 100 x 100, los juzgados de familia de Valladolid han lanzado un 'SOS' al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, quejándose de la saturación por el volumen de asuntos y de que casi no tienen fechas en el calendario para señalar las vistas pero no consiguen reducir los tiempos de demora.
Refuerzo
El pasado 26 de marzo, las magistradas titulares de los juzgados de familia de Valladolid solicitaron un refuerzo, para los próximos 6 meses, de un juez de adscripción temporal (JAT) o en comisión de servicio y 2 funcionarios en prolongación de jornada, dado el volumen de trabajo de los 3 órganos, que no solo se ocupan de casos de familia, sino de incapacidades e internamientos de personas con discapacidad mentales. Relatan en su petición que realizan 2 señalamientos a la semana, con una media de 9 cada día, lo que supone más de 18 asuntos con vistas a la semana. A ello se suma que tienen que resolver todos los recursos que se opongan a la ejecución de las sentencias, «que van aumentando considerablemente» y todos aquellos asuntos de la jurisdicción voluntaria que no precisan de comparecencia: enajenaciones de bienes inmuebles, aceptaciones de herencias de personas incapaces y menores.
Estos juzgados de familia ponen más de 450 sentencias de divorcio al año, indican las magistradas, puesto que «ya no hay tantas sentencias de mutuo acuerdo como hace años, pues muchos divorcios y separaciones pactadas finalizan por decreto cuando no hay hijos menores y otros son acordados por las notarías». A ello se suman los casi 700 autos anuales y «las diligencias que se hacen en el despacho, como la exploración de menores, oír a adoptantes y adoptados y examinar a las personas demandadas en procedimientos para determinar la capacidad».
Y es que, con la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015, los juzgados de familia han asumido más competencias pero tienen prácticamente los mismos medios. Se ocupan, por ejemplo, de los internamientos involuntarios urgentes, de forma que tienen que acudir a los hospitales la semana que les toca (y en Valladolid hay 3).
La consecuencia, concluyen, es que «pese al esfuerzo realizado, tenemos una carga de trabajo excesiva y, a pesar de intentar reducir el tiempo de señalamiento, es imposible. Estamos señalando actualmente para el mes de septiembre y octubre, con claro perjuicio para el justiciable como para el normal funcionamiento del juzgado y la propia imagen de la Administración de Justicia».
En el tiempo en que se ha resuelto su petición, los señalamientos ya van por el mes de noviembre. Este pasado lunes 7 de mayo, el TSJ emitía un informe favorable y solicitaba el refuerzo al Consejo General del Poder Judicial que, según anunció ayer el juez decano de Valladolid, Ignacio Segoviano, se habría concedido. La carga de trabajo anual que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ve razonable para esta jurisdicción está en una horquilla de 908 a 1.088. Según los datos correspondientes al 1º trimestre de este año, los juzgados de familia de Valladolid ya han registrado «entre 386 y 477 asuntos, según el juzgado», lo que significa que ya han ingresado la mitad de la carga de trabajo «razonable» de todo el año.
Si en Valladolid la demora reconocida está en 6 meses, en Burgos, donde solo hay 1 juzgado de familia único, con 2.022 asuntos nuevos que ingresaron en 2017 y que arrancó 2018 con 936 asuntos en trámite, un divorcio puede tardar 1 año, tal y como señaló el magistrado titular, Roberto Pérez Gallego. Todos, también en León y Salamanca, donde hay juzgados específicos, pero también, en las provincias donde no existen y se ocupan de los divorcios los juzgados mixtos (de 1ª instancia e instrucción, como en Zamora, Ávila, Segovia, Soria y Palencia), reclaman que se creen nuevos órganos. Al menos, 1 en cada capital.
Pero las causas del desbordamiento, señalan en los juzgados, son múltiples. A los escasos medios se suman el excesivo papeleo en la tramitación, los informes que se piden a los equipos psico-sociales, que tampoco dan abasto, y al propio procedimiento que, según los especialistas, habría que revisar para acortar los tiempos.

jueves, 10 de mayo de 2018

Ser padre tras un divorcio: ¿Imposible?

Se celebra el próximo 15 de mayo el Día Internacional de la Familia: una institución cada vez más diversificada en la que las familias monoparentales son un grupo consolidado, según las estadísticas.
larazon.es, Madrid.08 de mayo de 2018. 
Según los datos estadísticos del INE del pasado año 373.700 hogares españoles están formados por familias monoparentales en las que son los hombres en solitario son los que asumen la crianza de sus hijos. El modelo familiar tradicional convive con nuevas fórmulas que aunque aparentemente son distintas, todas confluyen en un propósito claro: la educación responsable y respetuosa de sus hijos. Carlos Miguel Fernández, nos da las claves.
Los cambios sociales y familiares han dado lugar a nuevos modelos familiares en los que tanto mujeres como hombres ha asumido un rol de corresponsabilidad a la hora de compartir tareas en el hogar y asumir con compromiso la crianza de los hijos.
Este hecho se ve incrementado cuando tras un divorcio la unidad familiar se divide. Cada vez son más los hogares en los que el hombre asume en solitario la educación de sus hijos, ya sea de manera exclusiva o de forma compartida según el régimen de custodia que se acuerde tras una ruptura conyugal.
En ningún caso esta ruptura debe ser un motivo para que la relación con los hijos se resienta o les afecte. Según el coach especialista en la gestión del divorcio para hombres, Carlos Miguel Fernández, “el divorcio termina con la familia pero no se debe permitir que la relación con los hijos se vea mermada por ello, incluso si no se les puede ver tanto como se desearía.” Y añade: “Lo importante es emplear el tiempo con ellos de la mejor manera posible y sobre todo ser pro-activo y tener unas ideas claras sobre cómo afrontar la difícil tarea de criar a tus hijos tras un divorcio o separación.
Fortalecer los lazos con tus hijos
Tras una separación mantener al margen a los hijos es una tarea complicada, pero al menos proteger con ciertas pautas para que los pequeños no se vean desbordados por la nueva situación.
Carlos M. Fernández nos ofrece estos 5 útiles consejos que consolidan la relación paterno filial a la vez que ayudan a los más pequeños a afrontar la nueva coyuntura familiar.
1. Sé fuerte delante de ellos. Tal vez tu estado anímico no es muy bueno tras la ruptura pero no debes exteriorizar esas emociones delante de tus hijos. Los niños necesitan seguridad y para eso deben sentir que su padre es una persona fuerte que puede atravesar momentos difíciles con entereza.
No debes hablar con pena o adoptando el papel de víctima. Céntrate en lo positivo y habla con optimismo sobre la situación. La familia se ha roto pero la vida sigue y los niños deben sentir que su futuro va a ser positivo y feliz, el dramatismo y el victimismo solo pueden llevar a que los niños se sientan peor.
2. Predica con el ejemplo. Muchos padres se limitan a dar instrucciones a sus hijos mientras su comportamiento denota lo contrario. Padres que no leen intentan inculcar a sus hijos el hábito de la lectura o quieren que se pongan a estudiar mientras ellos pasan gran parte de su tiempo libre viendo la televisión.
Los hijos aprenden con el ejemplo. Cuando estés con ellos debes adoptar los comportamientos que te gustaría ver en ellos, desde la alimentación hasta hábitos como leer, hacer deporte o demostrar autocontrol.
3. Respeta a su madre. Uno de los peores errores que se pueden cometer es el de hablar mal del otro padre a los hijos. Los niños no tienen el mismo vínculo con su madre que has tenido tú y aunque la otra persona puede que te haya hecho daño o vuestra relación no sea muy buena debes respetar la relación que ellos mantienen. No es necesario estar halagando o hablando bien de tu ex pareja, simplemente céntrate en tus circunstancias y no hables de la otra parte. Si los niños te comentan algo al respecto respétalo pero no preguntes más si no te sientes cómodo.
Cuando tengas una nueva relación es importante que no le presentes a tus hijos hasta pasado un tiempo y cuando consideres que puede ser una relación duradera. Los niños van a crear vínculos con las personas que conozcas y mucha inestabilidad puede ser muy perjudicial para ellos. También debes valorar si la otra persona es una influencia positiva para tus hijos, si no es así tal vez sea mejor mantener la relación al margen de ellos o encontrar a alguien que sí lo sea.
Si tu nueva relación conoce a tus hijos nunca la presentes como un nuevo miembro de la familia. La familia es muy importante y esa nueva persona para ellos no forma parte. Tal vez con el tiempo puedan tener una relación más profunda con tu nueva pareja pero en circunstancias normales nadie puede sustituir a un padre o a una madre. El vínculo que la nueva persona tenga con tus hijos debe ganárselo, no debes imponerlo tú desde un principio.
4. Eres el padre de tus hijos, no su amigo. Después de un divorcio es lógico sentir lástima por los hijos, que en ocasiones son los más afectados, y ser muy blando con ellos. Darles dulces o regalos constantemente o intentar convertirte en su amigo no es la solución.
Los niños deben entender que eres su padre y para eso hay que poner límites y normas. La edad de los niños y el tiempo desde el divorcio son dos aspectos que debes valorar pero transcurrido un tiempo se debe volver a la normalidad e intentar que la rutina y la manera de educar sea la misma que tendrían en caso de no haberse producido el divorcio.
5. Crea nuevos recuerdos. Salir de vacaciones con tus hijos o buscar actividades fuera de la rutina puede ser agotador, pero es imprescindible para poder crear un ambiente agradable y fortalecer vuestra relación.
Pasa todo el tiempo que puedas con ellos y planifica actividades para hacer juntos. Puede ser algo tan sencillo como una excursión, visitar un zoo, un acuario, hacer deporte juntos o llevarles a un parque de atracciones.
Lo importante, en palabras del experto, es que los niños “sean felices. Sin duda eso les ayudará a ver con mucho más optimismo la nueva etapa que están viviendo y a quitar importancia a un hecho tan sumamente doloroso como puede ser un divorcio.” Una educación responsable y respetuosa es la clave para afrontar esta etapa con éxito.

miércoles, 9 de mayo de 2018

Divorcio: La Mediación como negocio

Expertos en mediación reivindican figura del coordinador parental
EFE, Elche (Alicante), 8 may  2015.- 
Un grupo de expertos en mediación han señalado que el coordinador parental es fundamental para responder al colapso que existe en los juzgados en materia de separaciones y divorcios, ayuda a resolver los conflictos entra ambas partes y evitar que se judicialicen las situaciones rutinarias que afectan a los menores.
Así, lo han afirmado abogados, psicólogos y fiscales con motivo de la celebración de las II Jornadas de Familia, Derecho y Sociedad que han tenido lugar en la Universidad CEU Cardenal Herrera de Elche.
El fiscal delegado de la Región de Murcia, encargado de la sección Civil y de protección jurídica de personas con discapacidad, Fernando Florit de Carranza, ha afirmado que jueces y fiscales se encuentran con muchos problemas cuando alguna de las partes se niega a la custodia compartida, lo que lleva a una judicialización que se puede resolver con el coordinador parental y no en una sentencia.
La abogada especialista en derecho de Familia y presidenta de la Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (ASEMIP), María Paz Antón Moreno, ha afirmado que el coordinador parental centra su papel en auxiliar a los progenitores en interés del menor, vigilando el cumplimiento de la sentencia.
En este sentido, la psicóloga forense, mediadora, coordinadora parental y experta en materia de Familia Olga Beltrán Llago Algo ha destacado que esta figura ayuda a las partes a entender emocionalmente el proceso de separación y divorcio.
En este sentido, la coordinadora de Parentalidad y profesora de la Universidad Rovira i Virgili (URV) Núria Vázquez Orellana ha puesto el acento en la parte psicológica de los procesos de separación o divorcio.
Así, ha señalado que difícilmente una sentencia puede resolver las emociones o situaciones de conflicto de los progenitores, que finalmente afectan al menor, por lo que el coordinador de parentalidad designado por el juez, le permitirá a éste, con la información que aporta, tomar decisiones en beneficio del menor. 

martes, 8 de mayo de 2018

Feminismo: Como conseguir una vivienda por "la cara"

MÁS INFORMACIÓN 
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Un paso más contra la violencia machista en Madrid: las víctimas tendrán derecho a vivienda sin que sea necesaria una denuncia.
Este lunes se ha aprobado en la Comisión de Mujer de la Asamblea de Madrid una reforma de la Ley de Violencia de Género que permite que las mujeres que cuenten con un informe técnico que demuestre que han sido maltratadas puedan acceder a las viviendas de protección oficial, sin necesidad de haber denunciado o contar con una orden de protección. 
Beatriz Asuar Gallego, MADRID, 07/05/2018 
Las mujeres víctimas de violencia machista sólo podían acceder a una vivienda de protección oficial si contaban con una sentencia firme que las reconociera como mujeres maltratadas o con una orden de protección. Pero en Madrid esto va camino de cambiar y tendrán derecho a acceder a estas viviendas sin necesidad de haber interpuesto una denuncia cuando cuenten con un "informe técnico" de un conjunto de entidades que reconozca que han sufrido violencia de género.
Esto se ha conseguido a través de una reforma aprobada este lunes en la Comisión de Mujer de la Asamblea de Madrid de la Ley 5/2005 de violencia de género de la Comunidad de Madrid en sus art. 17 y 31, es decir, en el acceso a vivienda y en la cuestión del llamado "título habilitante".
La reforma, aprobada ya de forma unánime por todos los partidos en la Comisión de Mujer, se votará en pleno dentro de unas semanas, entrando en vigor a los 20 días. Tal y como la ha explicado la diputada de Podemos, Clara Serra, es una "victoria feminista" porque permite el acceso a ayudas y recursos al tercio de las mujeres que son víctimas de violencia machista pero que no han denunciado o no cuentan con una sentencia firme que la reconozca u orden de protección.
Serra, que también es la presidenta de la Comisión de Mujer, ha señalado a Público que la importancia de esta reforma radica en que "es un paso adelante para un cambio de marco que se ha reclamado desde el movimiento feminista desde hace muchos años". Un cambio respecto a lo que suponen las denuncias a las mujeres: "La denuncia no es un peaje para que las instituciones públicas tiendan la mano a las mujeres. Los derechos de las mujeres siempre se tienen que defender y es responsabilidad de las instituciones garantizar que las mujeres decidan si quieren empezar un proceso judicial y esto se haga en las mejores condiciones. Una mujer tiene derecho a reponerse antes de denunciar, y también a denunciar sabiendo qué y cómo quieren hacerlo porque a veces no es denunciar sólo una agresión física, también años de maltrato psicológico", reclama la diputada de la formación morada.
Por ello, al igual que se explica en la exposición de motivos del Informe en el que se detalla la reforma y al que ha tenido acceso Público, el "marco jurídico actual" no supone una "garantía adecuada para los derechos de las víctimas de violencia machista". Garantizar los derechos de las mujeres significa que no se vean obligadas a denunciar para poder acceder a los recursos que se ofrecen y con ello que se "revise las condiciones de título habilitante" para el acceso al derecho a la vivienda, dando paso a que puedan acceder a ellas todas las mujeres que, independientemente de un proceso judicial, puedan demostrar con "informes técnicos" que son víctimas de violencia machista, no como una excepción sino de forma "inmediata" y por la "vía ordinaria".
De esta forma, a partir de ahora médicos de la salud pública, profesores, personal de los servicios sociales, trabajadores de los puntos municipales de violencia, de los centros de emergencia y casas de acogida, Inspección de trabajo y otros profesionales públicos podrán elaborar estos informes.
Los que sean elaborados por los servicios sociales y redes de la Administración pública local y autonómica serán vinculantes para la Dirección general de la Mujer y supondrán un acceso inmediato al título habilitante. Mientras que en los informes del personal de la Administración pública como profesionales sanitarios, educativos o de salud mental, la Dirección General de la Mujer tendrá un máximo de 1 mes para valorar si estos informes acreditan violencia machista y aprobar el acceso al título habilitante.
Esta reforma ha sido una de las reclamaciones de Podemos desde que llegaron a las instituciones. Como explica Serra, en 2015 ya presentaron una Proposición No de Ley en la que pedían esta modificación, un tiempo después lo hicieron a través de una Proposición de Ley y, finalmente se ha llegado a ella, a través de una enmienda a la totalidad a una reforma de proyecto presentada por el gobierno regional. De aquí salió la ponencia que ya ha sido aprobada por todos los partidos y que se espera que llegue al pleno lo antes posibles. "Queremos que llegue cuanto antes, si puede ser al primer pleno porque es una reforma que de verdad cambia la situación de las mujeres", explica Serra. Un paso más contra la violencia machista.

España: Cómo son las madres en 2018,

...... según el portal vidamujer.es
La celebración del Día de la Madre confronta la edulcorada visión tradicional con la realidad actual. Las mujeres de hoy no ejercen la maternidad como en generaciones pasadas. Estos son los datos de las nuevas madres
vidamujer.es, Madrid, 07.05.2018
Las mujeres eligen sus prioridades y su propio estilo de ser madres. Baste reflejar solamente un dato del Instituto Nacional de Estadística para ver cómo ha cambiado la sociedad española: hoy el 46% de los hijos nacen de madres no casadas, mientras que en 1975 ese porcentaje estaba en el 2%.
Las madres de hoy ya no tienen nada que ver con el reciente pasado. 
En nuestro país, las mujeres han retrasado la edad de la maternidad a los 32 años de media; unos meses más si la madre es de nacionalidad española y por debajo de los 30 si es extranjera.
¿Cómo son las madres en 2018?
Son profesionales
La brecha por sexos todavía se mantiene en 11 puntos de diferencia en contra de las mujeres, pero la tasa general de empleo femenino es casi del 80%, pese a que 1,16 millones de ellas solo tienen trabajo a tiempo parcial.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ya sitúa a las mujeres españolas con estudios superiores por encima del porcentaje de los hombres (53% de ellas frente a 49% de ellos).
Aunque aún queda camino por recorrer, los datos indican que en solo 25 años el porcentaje de madres dedicadas exclusivamente al oficio no remunerado de ser amas de casa se ha reducido en más de la mitad.
Cuidan de sí mismas
Las buenas madres cuidan de sus hijos, pero también de sí mismas. Las mujeres españolas beben menos alcohol y consumen más frutas y verduras que la media de la Unión Europea. Además, 3 de cada 10 practican algún deporte.
Según la correduría de seguros Globalfinanz, son las mujeres y no los hombres quienes mayoritariamente contratan seguros de salud tanto para ellas como para sus familias. Es lógico, puesto que la mujer necesita acceso rápido a la medicina, especialmente en el embarazo, el parto, el postparto, durante toda su vida sexual y reproductiva, y quien principalmente se preocupa por los cuidados del bebé y la salud de los hijos.
Esta preocupación por la salud familiar se ha visto incrementada en los últimos años por las crecientes listas de espera en el Sistema Nacional de Salud, que solo en intervenciones supera ya los 600 mil pacientes.
Establecen prioridades
La entrega al cuidado de los hijos ha dejado de ser full time; ahora se compagina con el disfrute personal o en pareja. De este modo, las madres dedican calidad de tiempo a los niños y no solo cantidad de tiempo.
Aunque todavía existe un mayor porcentaje de mujeres que de hombres que cuidan de la familia, las buenas madres también disfrutan de su ocio personal o social. Leer libros es más común entre las mujeres que entre los hombres de la Unión Europea (42% de ellas frente a 31% de ellos), y en condiciones de igualdad de cifras asisten a espectáculos en directo, conciertos, cine y visitas a lugares de interés cultural, en compañía de sus parejas o solas. Las citas con amigos son muy similares en ambos sexos.
En todos los Estados miembros de la UE hay una proporción mayor de mujeres que de hombres que cuidan de los niños, realizan tareas domésticas y cocinan. En la UE en 2016, el 92% de las mujeres de 25 a 49 años (con hijos menores de 18 años) cuidaba a sus hijos diariamente, en comparación con el 68% de los hombres.
En España, la diferencia entre hombres y mujeres en cuanto al trabajo en el hogar se encuentra por debajo de la media de la UE, pero el brillo doméstico ha dejado de ser una prioridad para las madres españolas.
Se preocupan por su felicidad
La abnegación y el sacrificio a costa del bienestar personal es contraproducente. Aquellas madres que renunciaban a su propia vida para entregársela a su marido y a sus hijos solo podían transmitir frustración y rabia. Una buena madre sabe que lo 1º es estar contenta consigo misma, con su propia vida. Cuando una madre se siente fatal no puede educar hijos felices, y un principio básico de la educación es criar niños que sepan superar las adversidades, afrontar las dificultades y ser respetuosos y solidarios con los demás, nunca a costa de los demás.
Las mujeres y los hombres están igualmente satisfechos con sus vidas, según el INE, quizá porque las madres han aprendido que es posible criar bien a los hijos si ellas son desgraciadas.
Son independientes
Entre 25 y 49 años, la tasa de empleo de los hombres con hijos es del 82,8% y la de las mujeres con hijos es del 63,5%. Un buen augurio es que mientras la tasa de empleo masculina se mantiene constante, la femenina ha aumentado en 0,4 puntos, según el último informe del INE.
La independencia contribuye a la satisfacción personal. En España, las mujeres que viven solas con niños superan en casi 9 veces a los hombres que viven solos en la misma situación.
Las separaciones no son nunca deseables, pero deben ser posibles cuando son necesarias. El mayor nº de divorcios se da entre 40 y 49 años. La custodia de los hijos menores se otorga a la madre en el 70% de los casos, y la custodia compartida ya asciende a más del 25%(...).
Otros datos relacionados con las madres son que en España hay 6.228.800 de hogares con hijo y que el nº medio de hijos por mujer está en 1,3. La edad media del 1º matrimonio (cuando lo hay) es de 33 años.
Porque no existe un solo estilo de ser madre y todas las madres son buenas madres.

lunes, 7 de mayo de 2018

VI Jornadas sobre Parentalidad Positiva

Subdirección General de las Familias
D.G. de Servicios para la Familia y la Infancia
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Paseo de la Castellana, 67 6ª planta (DepC-607)
28071 Madrid
e-mail: sgfamilias@msssi.es Estimado/a amigo/a,
Como continuación a la información enviada el pasado 26 de abril en relación a las VI Jornadas sobre Parentalidad Positiva, que se celebrarán en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad el 31 de mayo y 1 de junio próximos, os remitimos el enlace en el que podéis efectuar las inscripciones. Gracias por vuestro interés y colaboración.
http://parentalidadpositiva.mundiespana.es/

GUIA DE AYUDA A FAMILIAS 2018

Canarias: Familias tras el divorcio en aumento

La diversidad se ha asentado en los hogares canarios y al modelo tradicional de pareja heterosexual casada con hijos biológicos se han sumado muchos otros. Aumentan las formados por uniones de personas del mismo sexo o las monoparentales.
Teresa Artiles, Las Palmas de Gran Canaria, 
06/05/2018
Familias hay muchas más que una. La diversidad se ha asentando de la mano de los cambios sociales, legislativos, culturales y económicos y la pareja casada heterosexual con hijo biológico ha dejado de ser el único modelo de referencia. A ella se unen, y van en aumento, la familia sin hijos, con hijos en adopción, las que conviven sin casarse, las construidas por parejas del mismo sexo, las monoparentales, las reconstituidas tras separaciones que incorporan hijas e hijos de anteriores relaciones, las conformadas por diferentes nacionalidades o culturas...
«La incorporación de la mujer al mercado laboral y su emancipación, el reconocimiento de las parejas del mismo sexo o una sociedad cada vez más secularizada son algunos de los cambios más importantes que afectan a la composición social de las familias en general y de Canarias en particular», destaca el informe elaborado por expertas y expertos de las 2 universidades públicas canarias que radiografía la situación de la infancia y la familia en las islas, el documento más amplio elaborado en los últimos 20 años.
Una modelo que evidencia la evolución y diversificación del concepto de familia se asienta en las parejas del mismo sexo. El matrimonio homosexual es legal en España desde 2005, aunque ya anteriormente existían los registros de parejas de hecho. En Canarias, y según los datos de la Encuesta Continua de Hogares, en 2017 había en las islas 4.000 parejas homosexuales oficializadas –1.900 de hombres y 2.100 de mujeres– por las 1.100 de 2013. Las heterosexuales siguen siendo mayoría, 501.700 de las 505.700 contabilizadas en las estadísticas del INE, pero las del mismo sexo han aumentado a un ritmo vertiginoso. Y visibilizarlas para luchar contra los estereotipos es esencial, según explican las 2 familias homoparentales que explican su realidad en este reportaje.
«Indistintamente de su composición actual, la familia constituye uno de los pilares de la sociedad que precisa de su estudio para la configuración de políticas de protección social», añade el informe. 

El aumento de las familias monoparentales, la mayoría derivadas de divorcios y separaciones, merece una especial atención en este sentido. En Canarias se contabilizaron en 2017 un total de 105.100 hogares con hijos con un solo tutor, por los 97.100 de 2016, lo que supone un incremento anual del 8,2%. La gran mayoría tiene una madre al frente, 86.800, lo que supone el 82,6%. El 53,3% de los hogares monoparentales está en riesgo de pobreza o exclusión social, siendo las mujeres quienes más sufren esta situación.
El informe destaca que, tras una ruptura, los casos de padres que ejercen como progenitores custodios suelen rondar el 5% dentro del total, aunque «se aprecia un cierto avance progresivo hacia la custodia compartida, en detrimento de la custodia en solitario para las madres».
La alta tasa de rupturas de parejas conduce tambien a otro modelo familiar en auge, parejas con hijos de relaciones anteriores que inician la convivencia. «Es difícil poder apresar datos objetivos sobre cuántas familias reconstituidas existen en este momento en Canarias, ya que tan sólo queda claramente registrado quienes han contraído nuevas nupcias tras haber vivido circunstancias de viudedad o divorcios previos», señala el informe sobre infancia y familia en las islas.
«Muchos niños y niñas crecen en entornos que suponen realidades vitales diferentes, con dinámicas que conllevan retos particulares, aunque guarden también similitudes con las restantes estructuras familiares. Además de los modelos y su diversidad, el contexto en donde se desarrolla la familia conlleva cambios en sus características, como la nupcialidad tardía, el incremento de los matrimonios civiles, el incremento de la edad de las madres, la reducción del número de hijos o el incremento de hijos extramatrimoniales», añade el documento.

domingo, 6 de mayo de 2018

1ª sentencia en Valladolid que impone a un padre la custodia compartida

...... de sus 2 hijos de manera forzosa. 
EUROPA PRESS, 06.05.2018 
El Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Valladolid ha dictado la 1ª sentencia en la capital que impone a un padre la custodia compartida de manera forzosa, en línea de otra que el pasado mes de febrero fue notificada en Córdoba en una situación similar. En el presente caso, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas, la madre tenía la custodia de 2 menores, tras un divorcio de mutuo acuerdo sustanciado en este mismo juzgado el 26 de febrero de 2015, y fue la propia progenitora la que interpuso demanda de modificación de medidas definitivas por alteración sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta en el momento de su establecimiento, solicitando que se obligara al padre a asumir la custodia compartida
En la demanda, la actora, representada por el letrado Álvaro Gimeno Vela, pidió el cambio de guarda y custodia de los hijos menores para que se estableciera de modo compartido y, subsidiariamente, que se incrementara en un 20 por ciento la pensión de alimentos en su día fijada, solicitud esta última que no ha sido atendida, con lo que, al estimarse la 1ª pretensión, se acuerda que los gastos de los niños serán costeados a partir de entonces al 50 %. 
La sentencia, entre otros argumentos, indica que "desde que separaron los hoy litigantes ha recaído sobre la madre una mayor carga para el cuidado de los hijos", además de alegar que el padre no ha probado "que tenga un singular horario de trabajo" que le impida cuidar a sus hijos. De hecho, la juez recuerda que en el convenio regulador, para el establecimiento del régimen de visitas y estancias de los hijos menores con su progenitor, se tuvo en cuenta ese "singular horario del padre", si bien advierte de que nada se ha probado sobre esa "singularidad" que, a tenor del interrogatorio, debió de estar referida a la necesidad de que el demandado dedicara un número de horas indeterminado porque se encontraba realizando el trabajo necesario para obtener el grado de doctor. NO ACREDITADA LA "SINGULARIDAD" DE HORARIO "Tal especial dedicación ya no puede tenerse en cuenta porque, como indica el contrato laboral aportado, suscrito el 17 de marzo de 2017, el demandado ya ha obtenido ese título y trabaja en un puesto conforme a su formación y con un horario semanal de 37,5 horas, con lo que tiene pues una dedicación laboral idéntica a la que tiene y ha tenido la madre de los menores", asevera el fallo judicial. Además, la magistrada entiende que debido a la edad de los 2 hijos en común, éstos precisan de un mayor contacto con el progenitor y una mayor implicación de él en la vida cotidiana de su hijos, máxime cuando los menores cuentan con problemas de adaptación en el colegio. "Se puede concluir que la opción de la guarda y custodia compartida entre ambos progenitores es la más adecuado para los menores porque será además la opción que permita a ambos progenitores equilibrar su dedicación a los hijos lo que redundará en el bienestar de éstos", concluye