sábado, 27 de octubre de 2012

Las palabras clave del Parlamento Español

¿Qué es una enmienda? ¿una moción? ¿y una interpelación? 
¿Qué diferencia hay entre un real decreto, un decreto-ley y una ley orgánica? o ¿qué implica la inmunidad de la que gozan nuestros diputados y senadores?. 

Con motivo del arranque del nuevo curso parlamentario lainformacion.com ha elaborado un diccionario en el que podrás consultar todos los términos y conceptos relacionados con el Congreso y el Senado para que puedas entender mejor su funcionamiento.

La Información nos hara más libres....

EL TC anula un inciso del Código Civil

CiU y UPyD apoyan que los jueces den custodia compartida aunque el fiscal se oponga y PP apuesta por mediación familiar
Niño En Consulta Médica, Doctor, Médico
Foto: JCCM/EP
MADRID, 27 Oct.2012  (EUROPA PRESS) -
Los portavoces de la Comisión de Igualdad de CiU y UPyD han valorado la sentencia del TC en materia de Custodia Compartida, que establece que el informe favorable del fiscal ya no será necesario para que los jueves puedan acordar guarda y custodia compartida sin acuerdo entre los padres, cuando uno de ellos lo solicita. 
Por su parte, desde el PP, la presidenta de dicha comisión, Carmen Quintanilla, muestra su "máximo respeto por la sentencia", a la vez que apuesta por la mediación familiar en estos casos. 

En declaraciones a Europa Press, la nacionalista catalana Lourdes Ciuró celebra la sentencia del TC porque, según destaca, establece el principio de igualdad en este tipo de casos. Así, ha explicado que hasta ahora, era necesario el informe del Ministerio fiscal si se barajaba conceder la custodia compartida y, nunca cuando el juez estuviera decidiendo entre conceder la custodia sólo al padre o sólo a la madre.
"La sentencia es razonable y siempre hay que poner por encima de todo el interés del menor. Entendemos que esta sentencia del TC es lógica porque hasta ahora la custodia compartida estaba en desventaja frente a los otros dos regímenes de custodia. Se ponían trabas a la custodia compartida", recalca.
Por ello, insiste en que esta sentencia, sin entrar a valorar la custodia compartida, aplica el principio de igualdad y de equidad en los casos de separación o divorcio y cuando hay pendiente la custodia de un menor por medio.

"ES UN PASO ADELANTE"
Mientras, desde UPyD, su portavoz en la Comisión de Igualdad, Toni Cantó, cree que "no tiene mucho recorrido" esta sentencia del TC porque los jueces siguen sin otorgarla casi porque no hay "ni ley, ni tampoco cultura para hacerlo".
Eso sí, reconoce que la sentencia es a su vez "un paso en la buena dirección" pero "insuficiente", que se verá complementado con la Ley de Custodia Compartida nacional, que UPyD ha promovido en varias iniciativas en el Congreso.
Por su parte, la presidenta de la Comisión de Igualdad del Congreso, y diputada del PP, Carmen Quintanilla, ha mostrado su "máximo respeto" por esta sentencia del TC, al tratarse de una decisión del Alto Tribunal, según especifica, si bien apuesta por fomentar las políticas en favor de la mediación familiar.
En declaraciones a Europa Press, la 'popular' explica que es necesario en un proceso de separación y divorcio, cuando hay niños de por medio, que exista el acuerdo entre los progenitores porque los menores "necesitan a su padre y a su madre, máximos referentes en sus vidas".
Por ello, defiende que hay que intentar "por todos los medios" que cuando haya una sentencia en favor de la custodia compartida se dé ese acuerdo entre ambos padres, y los niños "nunca sean utilizados por ambos cónyuges".

UN PROYECTO LEGISLATIVO EN MARCHA.

Precisamente, el Gobierno está trabajando en la elaboración de una Ley nacional de Custodia Compartida que, según se comprometió el titular de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, en el Congreso de los Diputados será presentada en Consejo de Ministros antes de finales de 2012.
En esta futura normativa, el Ejecutivo defiende que quiere ofrecer a la sociedad mejoras legislativas con respecto a las relaciones familiares en casos de crisis.
Así, señala que cuando se produce el divorcio o la separación, quiere impulsar la custodia compartida de los menores, para que ésta deje de ser, como hasta ahora, la excepción, y pase a ser más bien la regla general, según se desprende de una respuesta parlamentaria dirigida al diputado de UPyD, Toni Cantó, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Es decir, el Gobierno quiere que el modelo preferente en casos de separación o divorcio sea la custodia compartida, y donde siempre se prime el interés del menor, el cual debería ser tenido en cuenta de manera particular en cada caso.
"Se entiende que es difícil establecer un modelo único o preferente para el ejercicio de las responsabilidades parentales tras la ruptura del vínculo matrimonial. Para ello se está trabajando ya en una reforma del artículo 92 del Código Civil, en la que el juez asumirá un importante papel en la fijación del régimen más adecuado a los intereses del menor", añade el Ejecutivo.
De hecho, en el Pleno del Congreso del pasado 19 de junio se acordó una moción, consecuencia de interpelación urgente, a instancias de UPyD, en la que se instaba al Gobierno a que en el plazo máximo de 6 meses, y sin perjuicio de las especialidades correspondientes en las comunidades en las que exista un Derecho Civil Foral propio, se desarrolle esta regulación legal.

RÉGIMEN MONOPARENTAL, EL MÁS FRECUENTE

 En la actualidad, el juez adopta la custodia compartida si la piden los padres y entiende que es lo mejor para el menor. Eso sí, el Gobierno pone de relieve que el supuesto más frecuente en la custodia es el monoparental, aquel en el que la custodia se concede directamente a uno de los progenitores, por lo general la madre, sin que se valore suficientemente que el menor quiera seguir relacionándose con los 2 progenitores, alternando, por ejemplo, periodos de convivencia con uno y otro.
"Se trata de flexibilizar el sistema, de tal manera que el juez pueda decidir lo mejor para el menor, y se acuerde una custodia compartida, en la que, sin duda, tendrá una gran importancia el 'plan de vida' que regule las relaciones parentales, con referencia a aspectos como la forma de compartir decisiones en el régimen de convivencia, en la educación o en la salud de los hijos", insiste el Ejecutivo.

EL PSOE, A FAVOR DEL INFORME

Por su parte, Carmen Montón, del PSOE, defiende que la existencia de un informe del fiscal para conceder la custodia compartida de los hijos en caso de separación o divorcio es siempre favorable.
 A su juicio, este informe representa "una garantía más" para proteger a los menores. 
Eso sí, resalta que lo deseable es que las custodias compartidas sean por acuerdo, "que es cuando realmente funcionan". Por ello insiste en que cuando no hay acuerdo es fundamental la figura del fiscal para velar por el interés del menor.

Iván Álvarez Raja logra la custodia compartida de su hija

GIJÓN: Un auto del juzgado nº 8 de Primera Instancia de Gijón le reconoce este derecho tras meses de litigios en los tribunales

El secretario de Organización del PSOE de Gijón y exconcejal en el Ayuntamiento de la ciudad, Iván Álvarez Raja, ha logrado, en los tribunales, la custodia compartida de su hija, después de un largo litigio con su exmujer.
El juez del juzgado de Primera Instancia nº 8 de Gijón, Ángel Luis Campo Izquierdo, ha dictado un auto en ese sentido haciendo constar la situación laboral de ambos progenitores, en la actualidad en el paro, y concluye fijar una «custodia compartida por semanas», de tal forma que la niña «estará con cada progenitor semanas alternas, desde el lunes siguiente que acuda al centro escolar». 
También regula el magistrado todo el régimen de vacaciones y resto de situaciones que puedan afectar a la niña.
Iván Álvarez Raja fue detenido por una denuncia de su exmujer por presuntos malos tratos en la noche del Día de Reyes de 2011, denuncias de las que resultó absuelto por los juzgados de lo Penal de Gijón y por la Audiencia Provincial. 
 
Esta denuncia, según el actual Código Civil en su art. 92, impedía adoptar medidas de custodia compartida. 
Desde entonces, se ha enfrentado a una quincena de juicios en defensa de su honorabilidad de los que siempre salió vencedor. En cualquier caso, su objetivo siempre fue la custodia compartida de la única hija de su matrimonio, a lo que no podía acceder hasta quedar limpio legalmente de las acusaciones de malos tratos interpuestas por su exmujer. 
 
De hecho, en el auto, el magistrado hace constar que «ya en el divorcio se valoró la posibilidad de fijar una custodia compartida, que no se llega a realizar, pese a existir informes psicosociales que así lo avalaban, por razón de que existía una denuncia penal por violencia de género que fue archivada». 
Ahora, el exconcejal ha logrado su objetivo con el citado auto del magistrado del juzgado de Primera Instancia nº 8 de Gijón.
Durante todo este proceso judicial, Iván Álvarez Raja renunció a formar parte de la candidatura del PSOE en las pasadas elecciones municipales en Gijón y, en breve, dejará también su cargo orgánizo en el partido, del que todavía es secretario de Organización. El exconcejal ya anunció que tiene intención de hacer un paréntesis en su actividad política hasta que se cierren todos los detalles de su separación matrimonial.

Espaldarazo al «divorcio salomónico»

Padre y magistrados asturianos aplauden la sentencia del Tribunal Constitucional que permite a los jueces decidir la custodia compartida de los hijos de las parejas rotas sin el informe favorable del fiscal, necesario hasta ahora.

LNE.es/Oviedo, L. Á. VEGA/Sabados 27 de octubre 2012.

El Constitucional acaba de dar un espaldarazo al «divorcio salomónico». 
Los jueces podrán establecer la custodia compartida de los hijos sin que medie un informe favorable del fiscal, como decía la ley de 2005. Hay posiciones encontradas. 
Mientras las asociaciones de padres aplauden la iniciativa, las de madres dicen que desprotege a los menores. 
En Asturias, tanto los padres separados como los jueces aplauden el fallo. 
Los primeros, porque verán más a sus hijos y se reducirán las pensiones. 
Los segundos, porque se les entrega un poder que antes era del fiscal, algo que se venía calificando de «inconstitucional».

El juez Ángel Luis Campo, titular del Juzgado nº 8 de Gijón, considera que se ha solventado una situación anómala. 

«El problema es que en el Congreso se coló que el fiscal tuviese un poder vinculante ante el juez», indicó. 
«Hasta ahora, cuando el fiscal decía que no, aunque el juez estuviese de acuerdo, no se concedía la custodia compartida y se causaba un perjuicio grave al menor», añade Campo. «Es un paso más en la igualdad de los padres en el tema de sus hijos», añade.

Este tipo de custodias permitirá a los jueces adoptar una medida ya puesta en práctica por el propio Campo: conceder la propiedad de la vivienda familiar a los menores. Quienes se mudarían cada 6 meses serían los padres y no los hijos.


(.....)

No obstante, el juez Campo no tiene tan claro que la generalización de este tipo de custodia vaya a evitar los impagos de pensiones, un problema al que no se pondrá coto hasta que «los jueces y los fiscales nos pongamos más severos».

Otros grupos, como la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas, acusan al Constitucional de desconocimiento. 

La custodia compartida supone, para ellas, «partir al niño por la mitad». 
Debe ser «para el progenitor más idóneo». Además, el menor puede recibir pautas educativas contradictorias. 
Para Mujeres Progresistas, este tipo de custodia «merma la protección de los menores». Otra asociación de padres exige revisar las sentencias desde 2005, por haber dejado «huérfanos a 1,4 millones de niños».

El CIS hará una encuesta monográfica sobre la percepción social de la violencia de género

MADRID, 26/10/2012 (SERVIMEDIA)
El Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) efectuará en 2013 una encuesta monográfica sobre la percepción social de la violencia de género, "una lacra" que en lo que va de año ha causado la muerte a un total de 38 mujeres en España.
Así lo indicó este viernes el secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno, quien firmó el acuerdo que conducirá a la ejecución de la encuesta el año que viene, junto al presidente del CIS, Félix Requena.
Moreno, que estuvo acompañado de la delegada del Gobierno para Violencia de Género, Blanca Hernández, afirmó que el objetivo de esta iniciativa es conseguir "una radiografía social más exacta" de esta lacra.
Así, Sanidad y el CIS quieren obtener un bagaje de conocimiento sobre lo que la ciudadanía piensa y sabe de la violencia de género.
"Sobre todo", apuntó el secretario de Igualdad, "se trata de "saber si los ciudadanos conocen las medidas impulsadas por las administraciones públicas en la lucha contra la violencia de género y cuál es su opinión sobre ellas".
De la misma forma, la encuesta quiere obtener información sobre el modo en que actúa la ciudadanía ante este tipo de violencia.
"Estamos ante un fenómeno muy complejo que hay que abordar desde todas las perspectivas", aseguró Juan Manuel Moreno.

viernes, 26 de octubre de 2012

CiU cree "razonable" que juez otorgue custodia compartida sin informe fiscal.

OTRAS NOTICIAS
Madrid, 25 oct 2012(EFE).- 
La portavoz de CiU en la Comisión de Igualdad, Lourdes Ciuró, ha considerado hoy "razonable" y más ecuánime que el juez pueda otorgar la custodia compartida sin necesidad del informe favorable del fiscal. 
Así se ha expresado Ciuró, en declaraciones a Efe, sobre la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que ha declarado inconstitucional el artículo del Código Civil que imponía la obligatoriedad del informe favorable del fiscal para que el juez pudiera decidir la custodia compartida. 
La diputada del grupo catalán, que ha mostrado su pleno respeto a las decisiones judiciales, ha señalado que cuando el juez decide otorgar, en caso de separación o divorcio, la custodia de los menores a 1 de los 2 progenitores no es necesario el informe a favor del Ministerio Fiscal. "Requerirlo solo en los casos para establecer la custodia compartida me parece una traba y un agravio sobre los otros tipos de custodias", ha estimado Ciuró. 
En su opinión, el criterio del juez es el válido para, en caso de conflicto entre los padres, tomar la decisión: "poner cortapisas a 1 de las 3 custodias, mas allá de valorar si una es buena o no, entiendo que es favorecer por encima de las otras", ha aseverado la diputada. 
A su juicio, la "libre" decisión del juez tiene que estar para los 3 tipos de custodia "siempre prevaleciendo el interés del menor".

Efectos del Recurso de Inconstitucionalidad de una Ley

DE LA SENTENCIA EN PROCEDIMIENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y DE SUS EFECTOS.

Artículo 38.
1.- Las sentencias recaídas en procedimientos de inconstitucionalidad tendrán el valor de cosa juzgada, vincularán a todos los poderes públicos y producirán efectos generales desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
2.- Las sentencias desestimatorias dictadas en recursos de inconstitucionalidad y en conflictos en defensa de la autonomía local impedirán cualquier planteamiento ulterior de la cuestión por cualquiera de las 2 vías, fundado en la misma infracción de idéntico precepto constitucional.
3.- Si se tratare de sentencias recaídas en cuestiones de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional lo comunicará inmediatamente al órgano judicial competente para la decisión del proceso.
Dicho órgano notificará la sentencia constitucional a las partes. El Juez o Tribunal quedará vinculado desde que tuviere conocimiento de la sentencia constitucional y las partes desde el momento en que sean notificadas.

Artículo 39.
1.- Cuando la sentencia declare la inconstitucionalidad, declarará igualmente la nulidad de los preceptos impugnados, así como, en su caso, la de aquellos otros de la misma Ley, disposición o acto con fuerza de Ley a los que deba extenderse por conexión o consecuencia.
2.- El Tribunal Constitucional podrá fundar la declaración de inconstitucionalidad en la infracción de cualquier precepto constitucional, haya o no sido invocado en el curso del proceso.

Artículo 40.
1.- Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad.
2.- En todo caso, la jurisprudencia de los tribunales de justicia recaída sobre Leyes, disposiciones o actos enjuiciados por el Tribunal Constitucional habrá de entenderse corregida por la doctrina derivada de las sentencias y autos que resuelvan los procesos constitucionales.

Documento  sobre ¿en que consiste el recurso de Inconstitucionalidad?

Cómo informar sobre violencia doméstica y de género

 ........ sin caer en el sensacionalismo.


La cobertura periodística del asesinato perpetrado por un hombre de 39 años contra una niña de 13 en El Salobral ha generado numerosas críticas a los medios de comunicación españoles, como El País, La Razón, El Mundo, Público y ABC, y hasta motivó la creación del hashtag #periodismomachista. Este suceso ha reabierto el debate acerca de cómo informar sobre la violencia de género sin caer en el sensacionalismo.
Hay numerosas guías con recomendaciones y normas para un adecuado tratamiento periodístico de la violencia contra las mujeres, pero poco medios las cumplen. 
Por ejemplo, en varios países de América Latina, donde los feminicidios son comunes, los cuestionamientos a los excesos de la prensa se han limitado a casos demasiado notorios.

El diario Público fue uno de los primeros medios españoles que estableció un código autorregulatorio para sus periodistas. 
Sin embargo, su famoso decálogo no lo libró de una cuestionable actuación en la cobertura del crimen de El Salobral, pues presenta comentarios de vecinos que dicen que el asesino era una persona “normal”, pese a que las normas de este periódico establecen que “evitaremos las opiniones de vecinos o familiares que no hayan sido testigos directos de los hechos. En cualquier caso, nunca recogeremos opiniones positivas sobre el agresor o la pareja”.

Según el Manual de Género para Periodistas elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la violencia de género incluye todas aquellas situaciones de violencia que, en particular, afectan a las personas por razón de su sexo, como el asesinato, el maltrato, abandono, privación alimentaria, incesto, desatención a la salud y violencia o acoso sexual.

Al mostrar la violencia de género, los medios han hecho visible un problema social. 
Sin embargo, su tratamiento muchas veces resulta poco beneficioso para prevenir la violencia. 
Por ello, después de revisar varios decálogos y manuales, hemos hecho una selección de aspectos claves para la cobertura de este tema. Aquí va nuestra lista de sugerencias:
-Usar la terminología correcta. No es crimen pasional, es violencia de género y, en la mayoría de los casos, violencia contra la mujer, y, cuando termina en muerte, se llama feminicidio.
-No justificar la violencia. “La mató porque lo engañaba”, “Tenía problemas mentales”, “Tenía problemas económicos” y “ la asesinó después de una fuerte discusión” son algunas de las frases que, sin quererlo, intentan justificar al victimario y presentarlo como víctima.
-Destacar el comportamiento del agresor. Informar sobre insultos, amenazas, humillaciones, previas al hecho, para que otras posibles víctimas puedan identificar la figura de un maltratador.
-Cuidado con la presunción de inocencia. Una vez que se conoce fehacientemente quién es el agresor o asesino, dar su nombre, identificarlo.
-No omitir el sujeto de la acción. Expresiones como “otra víctima de violencia” y “una mujer muere/ fallece” no dejan  claro que se trata de una agresión o un asesinato.
-Recurrir a fuentes fiables. Evitar manifestaciones de terceros no relevantes para el caso que puedan beneficiar al agresor: “era muy educado y parecía un buen hombre”. 
Buscar opiniones de personas expertas en el tema.
-Preservar la intimidad de la víctima
Cuidar al máximo el uso de imágenes y otros detalles para no estimular el morbo.
-No culpar a la víctima. Evitar cuestionar su actuación o la veracidad de su relato, en base a su estilo de vida, hábitos, indumentaria u otros factores que no son relevantes, pero que sugieren de manera errónea que tienen relación con el riesgo de sufrir violencia de género.
-Dar información útil. Incluir en las notas datos sobre a dónde pueden recurrir las mujeres en situación de violencia para buscar ayuda.

La validez de todo divorcio con hijos menores desde 2005, en riesgo tras una sentencia del TC


Escándalo judicial de primera magnitud. 
Un fallo del Tribunal Constitucional (TC) que deja sin efecto el artículo del Código Civil que impedía a los jueces optar por la custodia compartida sin un informe favorable previo desde la Fiscalía abre la puerta a la revisión de todo divorcio celebrado en España en el que hubiera hijos menores.
Dicha sentencia, aprobada a pesar del pronunciamiento en contra tanto el fiscal como el abogado del Estado y con el voto particular adverso de 4 magistrados, sostiene que:
1.- el interés del menor de edad debe prevalecer siempre sobre el de sus progenitores, y 
2.- también que el fiscal debe velar por los derechos de los hijos y
3.- debe hacer lo necesario para tener conocimiento de cada caso y 
4.- emitir un dictamen fundado. 

La polémica decisión, adoptada por el recurso de un padre ante la Audiencia de Las Palmas, pero que ya también se había elevado al Constitucional idéntica cuestión desde Navarra y Sevilla, implica “que se deben anular todos los casos desde 2005, que afectan a más de un millón de niños, (*)  según explicó ayer tarde a este periódico la portavoz de la Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida, Pilar Marco.
“Lo que no dice la sentencia -denuncia Marco- es que en la Fiscalía existía la orden interna de que ningún fiscal apoyase la custodia compartida”, a la par que mostró su indignación “porque se han tardado 7 años en resolver esta cuestión, causando gravísimos perjuicios a muchos padres aptos y a muchos niños a los que no se han respetado sus derechos más elementales. Es obvio que en este asunto ha predominado la intención política, y hasta que no ha cambiado el gobierno no ha llegado el pronunciamiento”.
En este sentido cabe apuntar que ayer:
a.-  el PSOE resaltó la importancia de ese informe previo del fiscal, 
b.- mientras que CiU considera “razonable” la decisión del Constitucional.
Igualmente, el ministro de Justicia anunció ya que antes de final de año habría una reforma favorable a la custodia compartida.
Para Marco, “todo aquel que se vea afectado puede ahora pedir la nulidad de su proceso, lo que tampoco va a colapsar los juzgados porque todos sabemos que ya están colapsados”, indicó. (**)

(*) Información sobre los efectos del recurso de Inconstitucionalidad.
 (**) ¿Se quiere potenciar el negocio de los abogados de Familia sin tener base Jurídica alguna? Y es que, tras el divorcio existe un enorme negocio económico, del que se aprovecha desde el más avispado hasta.........

Recordemos el origen del Problema: 
El Congreso de los Diputados manda el proyecto de Ley del Divorcio al Senado, este lo modifica y cuando vuelve al Congreso y se vota, por un error del Grupo Socialista, se aprueba la versión que salio del Congreso y no lo aprobado por el Senado. 
El PSOE dijo que lo iba a corregir y han pasado 7 largos años y  4 Ministros de Justicia... y no admitiran  los efectos de un error en la votación de una ley.

El drama del divorcio

ImagesCAHITZI9 RTVE.es/ enprimerapersona/Sabado, 27 de Octubre de 2012

Esta semana escucharemos cómo se vive el divorcio siendo padres y  cómo les afecta, entre otras cosas, que no haya separación de bienes gananciales. 
Se sufre emocionalmente pero con la crisis también económicamente porque cuesta mantener 2 viviendas dónde acoger a los niños, pagar la hipoteca conjunta y pasar la pensión alimenticia o compensatoria. 

La ley del divorcio es de 1981 y el divorcio exprés de 2005 pero los afectados se quejan de que no se hayan cambiado algunos artículos que se han quedado obsoletos en nuestra sociedad.
Hay divorciados que, a estas alturas, tienen que volver a vivir con sus propios padres mientras buscan una alternativa para rehacer sus vidas. 
Las pensiones, por ejemplo, se calculan en base a lo que se cobra mientras estás trabajando pero... ¿Qué pasa si esa persona se queda en paro y no puede mantener ese nivel de vida?
Hay situaciones muy diversas pero todas son duras y difíciles, incluso cuando son divorcios de mútuo acuerdo. Nos acercamos a una asociación madrileña de padres divorciados para conocer con qué problemas se encuentran en el proceso que puede durar décadas. 

La grabación se hizo hace unos dias con personas de la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) y simpatizantes.
 
El programa se emite todos los sábados de 6h a 7h pero para escucharlo a cualquier otra hora se puede acceder al podcast del programa dónde también se pueden hacer comentarios igual que en este blog o en el facebook al que os invito a participar.


El programa lo podeis escuchar  aquí 

jueves, 25 de octubre de 2012

Los jueces podrán otorgar la custodia compartida aunque se oponga el fiscal

El Constitucional anula la norma que vincula la decisión del juez al informe favorable del fiscal.  Varios jueces habían cuestionado que el informe fuera vinculante.

http://elpais.com/ Pere Rios/ Barcelona 25 OCT 2012


El Tribunal Constitucional ha hecho pública esta mañana una sentencia que pone patas arriba la legislación española en materia de separación y divorcio aprobada en 1995 con el Gobierno del PSOE. 
Los magistrados han acordado declarar inconstitucional el artículo 92.8 del Código Civil que impide al juez conceder la custodia compartida de los hijos en los procesos de separación y divorcio si no existe el informe favorable del ministerio fiscal.
 La sentencia llega después de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Vª de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria, a la que a lo largo de los últimos años se han sumado diversos juzgados y tribunales de España.

El Código Civil español prevé la custodia compartida de los hijos si existe acuerdo entre los padres cuando se divorcian o se separan. 
El art. 92.8 ahora anulado dice que, si no existiera ese acuerdo, "excepcionalmente, el juez, a instancias de una de las partes, con informe favorable del ministerio fiscal, podrá acordar la guardia y custodia compartida fundamentándola en que solo de esta manera, se protege adecuadamente el interés superior del menor".

En una aplastante mayoría de las rupturas matrimoniales el fiscal informa en contra de la custodia compartida, por lo que aunque el juez considere que la mejor solución sería que los hijos siguieran viviendo con ambos progenitores de manera alterna, no lo puede acordar por ese impedimento legal. 
Para sortearlo, lo que han venido haciendo algunos jueces en sus sentencias es conceder un amplio régimen de visitas a los padres para mantener la convivencia con los hijos, aunque sin citar expresamente la expresión custodia compartida.

El artículo que ahora anula el Tribunal Constitucional, y que cuenta con el voto particular de varios magistrados, ya fue cuestionado también hace unos meses por el ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, quien anunció su compromiso de impulsar una ley "única y nacional" que modificara esa vinculación que tenía el juez a lo que dijera la fiscalía. 
Se trata de una situación de dependencia no se produce en ninguna otra jurisdicción.

Aragón es la única comunidad que tiene establecida la custodia compartida como opcion preferente en caso se separación o divorcio. 
También ocurre lo mismo en la Comunidad Valenciana, aunque está suspendida su aplicación después del recurso que presentó el Gobierno del PSOE.  
Y en el caso de Cataluña, con derecho civil propio, el informe del fiscal no vincula al juez. 

La sentencia y voto particular

Archivada la denuncia por violencia doméstica contra el exjefe de la Oficina de Violencia de Género de Alicante



El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Alicante ha sobreseído la causa contra el exjefe de la Oficina de Violencia de Género de Alicante por un presunto caso de malos tratos en el ámbito familiar. 


www.cascaraamarga.es/María José Barco |24/10/2012 -
Manuel Avilés, exjefe de la Oficina de Violencia de Género de Alicante y también exdirector de las cárceles de Picassent y Palma de Mallorca, fue denunciado por su mujer por malos tratos a raíz del anuncio de él de presentar una demanda de divorcio.
Según Avilés, comunicó a su esposa "hace 1 año su intención de divorciarse de ella, por imposibilidad de continuar su relación", pero nunca llegaron a un acuerdo. 
Siguiendo su relato, su mujer le amenazó con que, si se divorciaba de ella, "le arruinaría la vida denunciándole por malos tratos, que es donde más daño le puede hacer, arruinando su trabajo y toda su posición".
La guardia civil se personó ante él y le leyeron sus derechos como "persona imputada no detenida", por lo que nunca fue arrestado, como erróneamente fue publicado en diversos medios.

Manuel Avilés es funcionario de Instituciones Penitenciarias, donde ha desarrollado cargos relevantes. En este departamento entabló una estrecha amistad con los exministros del Interior, Alberto Belloch y Antoni Asunción.
A principios de los años 90, fue propuesto director de la cárcel de Nanclares de Oca (Álava), un cargo que el hizo tomar contacto con la realidad del colectivo de ETA.
En el año 2006, puso en marcha la unidad penitenciaria de coordinación institucional, encargada de llevar el control de los condenados por violencia de género. 
Avilés abandonó dicho cargo al ser nombrado director de la cárcel de Palma de Mallorca, durante la 2º legislatura de Zapatero.
El pasado mes de mayo regresaba a Alicante para desempeñar un nuevo cargo en las dependencias del Ministerio en la Avenida de Orihuela.

Avilés ha publicado 6 libros, en los que deja constancia de su experiencia profesional, tales como Delitos y Delicuentes, Criminalidad organizada: los movimientos terroristas o Testigo incómodo, entre otros. Además, ha concedido ponencias en diferentes instituciones.
Sin embargo, hemos obtenido información sobre su participación en un curso de violencia de género impartido en la UNED de las Islas Baleares el año pasado. 

A través de las cartas de los lectores enviadas a Menorca.info, hemos encontrado críticas hacia su ponencia en las que los asistentes a la conferencia de Avilés sostienen que banalizó el conflicto de las víctimas de la violencia de género, y que incluso llegó a "soltar discursos en los que simplificaba la solución a sus problemas argumentando que si les pegaban o las humillaban, 'que se separasen' y ya está". También afirman que "en varias ocasiones tuvimos la sensación de que se culpabilizaba a la víctima y se victimizaba al agresor"