sábado, 23 de marzo de 2019

La violencia de género es el tercer delito con más presos en España

El año arrancó con casi 4.000 reclusos condenados en esta categoría, que crece más que los internos por delinquir contra la salud pública (drogas).
ALEJANDRO REQUEIJO, 22 Marzo 2019
Los presos condenados por delitos y faltas de violencia de género representan el 3º colectivo más numeroso en las prisiones españolas, solo por detrás de los reclusos por delinquir contra el patrimonio y los delitos contra la salud pública (drogas). Según los datos oficiales de Instituciones Penitenciarias recogidos por Vozpópuli, al finalizar enero, había 3.997 presos por violencia de género.
Esa cifra, que se acerca a la barrera de los 4.000 condenados, ha ido creciendo a lo largo de los últimos 7 años. Aunque la ley que persigue estos delitos entró en vigor en 2005, Prisiones no comenzó a incluirlo en sus estadísticas hasta 2012 cuando en España había 3.287 penados por violencia de género, es decir, con una condena ya firme.
Ahora son, por tanto, casi 700 más. Desde 2012 sólo se experimentó un descenso al terminar el año 2013 y el 2015, pero en el resto el dato no ha hecho más que crecer en todo este tiempo, especialmente en los 2 últimos ejercicios. Al inicio de 2017 había 3.472 internos por este delito, por lo que ha subido cerca de medio millar de personas desde entonces.
La población reclusa baja
Este colectivo sube en un marco general de descenso de la población reclusa. España empieza este año con 41.233 presos, casi 4.000 menos que el mismo momento del año 2012 cuando había 45.088 reclusos. Actualmente, el delito con mayor número de presos es el cometido contra el patrimonio y el orden socioeconómico, con 16.245 presos y después los internos por delitos cometidos contra la salud pública, 7.744. En esta última categoría había casi el doble en enero de hace 7 años, 12.887.
De este modo, en la España de hoy hay más presos por violencia de género que por homicidios (2.984), lesiones (2.013), libertad sexual (2.774), contra el orden público (1.455) o la seguridad vial (1.080).
El resto de la lista la completan los delitos contra la libertad (502 presos), contra las relaciones familiares (178), falsedades (622), contra la Administración y Hacienda Pública (260), contra la Administración de Justicia (708), y el resto de delitos (583). 

Además, presos por faltas hay 32 presos y otros 56 sobre los que, según dice la estadística consultada, no se ha podido acreditar el delito.

Paca Granados, la consejera del desastre judicial de Juana Rivas, con el apoyo de Susana Diaz.

QUICO ALSEDO, 21 marzo 2019
Jueces, abogados y amigos avisaron a la madre de Maracena de que desbordar la legalidad era un error... Excepto su consejera áulica, la directora del Centro de la Mujer de Maracena
"¿Pero tú sabes quién soy? Te lo digo con respeto, ¿tú sabes con quién estás hablando?", espetaba Francisca Granados, Paqui, de buenas a primeras, aún hace pocos meses, a los periodistas que simplemente la llamaban para interesarse por el devenir procesal del caso Juana Rivas.
"¿Sabes que yo no soy una cualquiera, que tengo mi título de Derecho?", soltaba a bocajarro, tal vez preparando su propia defensa (y no sólo la de su representada) para lo que vendría después: un desastre judicial para Rivas, quien ahora, de no remediarlo el Supremo y un tribunal italiano, podría dejar a la otrora 'madre coraje de Maracena' en la cárcel, con un régimen draconiano para ver a sus hijos, sin la patria potestad sobre ellos por espacio de 6 años e incluso a tratamiento para reaprender a ser madre.
Granados no sólo era la portavoz y alter ego de la madre ante los medios: abogados que en los momentos álgidos del caso, con los niños en paradero desconocido, intentaban ayudar a Rivas y la aconsejaban pactar -y llegó a haber algún principio de acuerdo-, se encontraban con la negativa de ambas. De la madre, "más preocupada por la violencia de género que de sus hijos", sostiene ahora el juez italiano, pero también de la directora del Centro de Atención a la Mujer y responsable de Igualdad en Maracena. De ahí, después, la cárcel, la terapia y el alejamiento de sus hijos.
CAMPAÑA MEDIÁTICA
2 son las durísimas alusiones a Granados en las últimas sentencias del caso. La 1ª, del Penal nº 5 de Granada, la hizo suya la Audiencia Provincial al ratificar los 5 años de cárcel a Rivas por sustraer a los 2 niños de su padre durante más de 1 año.
En el relato de la declarada insumisión de la madre a devolver a los niños, incluso ante las repetidas requisitorias de la Justicia, narra el juez: "La acusada toma parte en una campaña mediática, con rueda de prensa incluida, al frente de la cual aparece una tal Francisca Granados Gámez, quien adoptó la función de portavoz y asesora legal de Juana, llegando a manifestar el 25 de julio [de 2017] que los menores no habían sido entregados».
Eran los días de vino y rosas de la reivindicación para una luchadora, desde los años 80, por los derechos de la mujer. España entera, aparentemente, se negaba a devolver a los hijos de Juana a Italia, a Francesco Arcuri, padre supuestamente maltratador. Incluso Susana Díaz, presidenta de la Junta de Andalucía, tuiteaba: "Todo mi apoyo a Juana Rivas en la lucha por proteger a sus hijos. Los niños también son víctimas de la violencia machista".
Siempre al lado de Rivas, siempre gesticulante, siempre con el eslogan a punto, Paqui Granados, nacida en Benalúa de las Villas en los años 60, parecía el cerebro de la operación ante la opinión pública. Rivas se había puesto en sus manos en mayo de 2016, e incluso según algunas versiones ella la habría aleccionado a denunciar por malos tratos a Arcuri el 12 de julio de ese año, en una estrategia que se ha revelado suicida: alegar sin prueba alguna violencia machista -con la condena por malos tratos a Arcuri de 2009 como único apoyo en esencia-, y a partir de ahí desbordar la legalidad. Una especie de 'procés' de género.
CUANDO PSOE, PODEMOS E IU PELEABAN POR ELLA
Sin devolver a sus hijos hasta más de 1 año después, envuelta en una campaña mediática que intentaban rentabilizar políticamente PSOE, Podemos e IU (que destinó el dinero de la huelga del 8-M al caso), Rivas ponía los cimientos para la catástrofe posterior: la denuncia por malos tratos era enviada a Italia sin que se le otorgara crédito alguno -aún queda por llegar un previsible rosario de archivos desde el otro lado del Mediterráneo-, y a la madre de G. y D. le caía encima todo el peso de la Justicia.
El propio juez de Granada, Manuel Piñar, se lo dijo a Rivas a posteriori, cuando su defensa, varias veces cambiante ante la influencia de Granados, llegó a alegar que la madre había estado mal asesorada desde el principio: "Pues haber elegido mejor a sus abogados", le espetó el magistrado, mencionando sin mencionar a "Paqui", que asesoró legalmente a la mujer como licenciada en Derecho, pero sin estar colegiada como abogada, como evidenció una denuncia contra ella por intrusismo profesional del Colegio de Abogados granadino. 
La denuncia fue archivada, pero ella no dejó ni por un momento su estribillo: la habían denunciado "por ser mujer", iban contra "la igualdad entre hombres y mujeres".
La 2ª alusión a Granados llegaba ayer desde Italia y esta vez era velada: Juana Rivas, dice el juez, "no es capaz de tomar decisiones" sobre sus hijos por sí misma, luego el papel de Granados en el desaguisado se agrandaría... De no ser por lo que deslizan fuentes de la causa: "En realidad, Paqui ha sido fundamental, pero no tomaba las decisiones: era una palmera de lo que Juana quería. Si Juana se negaba a esto o a aquello, Paqui lo que hacía era darle cobertura legal, pero no era ella la que mandaba: era Juana".
¿Y qué opina el abogado de la contraparte, el letrado de Francesco Arcuri? Habla Enrique Zambrano, que apunta en muchas más direcciones en esta suerte de hoguera de las vanidades en que se terminó convirtiendo el caso: "A mi modo de ver, Granados podría tener la misma o incluso menos trascendencia que determinados personajes mediáticos de todos los órdenes, en especial televisivos, que encumbraron por un lado a Rivas como madre coraje y a mi representado como el ogro de la historia. Afortunadamente, hemos ido poniendo las piezas en su sitio. Aun espero la rectificación de todos".
"Y tú, ¿sabes lo que es la violencia machista? Eso de la violencia de género... ¿cómo lo ves?", le lanzaba a botepronto Granados al periodista, por teléfono. "Porque sí, los periodistas sois todos muy imparciales, pero no hay acto sin ideología, no lo hay, que lo sepas, ¿eh?", remachaba.

El Gobierno del PSOE quiere la Guarda y Custodia para la Mujer tras el divorcio

El Gobierno asegura que el régimen actual de custodia compartida es el mejor para el menor.
Ciudadanos presentará una proposición de ley nacional para acabar con las desigualdades existentes en los regímenes de custodia compartida entre las diferentes comunidades autónomas.
AGENCIAS, 9.09.2018
La ministra de Justicia, Dolores Delgado, ha asegurado que la custodia compartida de los hijos es "lo deseable" en los casos de divorcio pero "siempre y cuando sea lo mejor para las criaturas" y ha asegurado que el régimen general actual es "el que mejor respeta" el interés superior del menor.
Así lo ha afirmado Delgado este miércoles 19 de septiembre durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, en respuesta a una pregunta de la diputada de Ciudadanos Melisa Rodríguez Hernández sobre la opinión del Ejecutivo en relación a la custodia compartida.
"Lo ideal es el acuerdo entre los progenitores, compartir la custodia de las criaturas siempre y cuando sea lo mejor para ellas y exista control autoridad judicial. Lo normal es que no exista acuerdo en situaciones de conflicto familiar, y por tanto, en cada caso concreto, el juez como árbitro ha de resolver con las herramientas que la ley le da", ha subrayado Delgado.
Ciudadanos presentará una proposición de ley nacional sobre custodia compartida para acabar con las desigualdades existentes en los regímenes
Rodríguez ha criticado que con el régimen actual "se despoja a los niños de sus derechos en función de la comunidad autónoma" donde residan. "Los niños de Cataluña tienen más derechos que los de Extremadura, con un 40% de custodia compartida frente a un 8%, respectivamente", ha subrayado.
La custodia compartida, la fórmula deseable
Además, se ha referido a la carta europea de los derechos del niño y al Tribunal Supremo que se pronunció sobre este tema apuntando que la custodia compartida es la fórmula deseable. Por ello, ha recordado que su partido presentará en los próximos días una ley nacional de custodia compartida y ha pedido al PP que "no se quede al margen".
Si bien, la ministra ha precisado que aunque el Tribunal Supremo dictó que la custodia compartida es una fórmula deseable, "no habla" de darle "carácter preferente". En este sentido, Delgado ha apostado por que el juez arbitre en cada caso concreto y no adoptar posiciones "absolutas".
Cs presentará una ley nacional
Ciudadanos presentará una proposición de ley nacional para acabar con las desigualdades existentes en los regímenes de custodia compartida entre las diferentes comunidades autónomas.
Así lo ha anunciado la diputada de la formación naranja Melisa Rogríguez en el Pleno del Congreso de los Diputados, tras preguntarle a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, qué opinión le merece al Gobierno la custodia compartida y acerca de la necesidad de impulsar una legislación nacional a ese respecto.

La Parentalidad después de la infidelidad y del divorcio

MÁS INFORMACIÓN
El régimen de visitas en vacaciones: ¿con papá o con mamá?.
Malmeter contra el padre puede ser motivo suficiente para que el juez te quite la custodia.
Un divorciado consigue que se le reconozca el derecho a seguir viendo a su hija no biológica.
La madre pidió eliminar las visitas después de revelarle que no era el progenitor. El Tribunal Supremo ampara la realidad afectiva si entiende que es favorable al interés del menor
PATRICIA ESTEBAN, Madrid, 22 MAR 2019
El afecto familiar está por encima de los vínculos biológicos. Y, en consecuencia, el referente paterno de un menor puede ser alguien que, aun no siendo el progenitor sanguíneo, se ha comportado como tal desde su nacimiento. Una relación que el Tribunal Supremo ha reconocido en una reciente sentencia (a cuyo texto puede acceder aquí) para dar la razón a un hombre que reclamó seguir viendo a la que, hasta el divorcio, pensaba que era su hija biológica; después de la separación descubrió que su padre era otro. La madre se había opuesto a que la menor, de 6 años, una vez declarada la paternidad del verdadero progenitor, siguiera teniendo relación con su exmarido.
En su resolución, el alto tribunal rechaza que esta situación pueda desestabilizar a la pequeña, que, según recogió el informe psicosocial, no sabía por qué, de repente, había dejado de acudir junto con su hermana pequeña, de cuatro años (que sí era hija biológica del recurrente) al domicilio del que había sido su padre. Los magistrados consideran que romper el estrecho vínculo con el que seguía siendo un "referente muy importante para la menor" sería perjudicial para la niña.
La sentencia resuelve una situación que el Supremo califica como "singular", por lo inusual, pero que cada vez se va abriendo paso con más frecuencia "al socaire" de las nuevas realidades familiares. 
La decisión judicial se apoya en la estrecha relación afectiva existente entre la menor y el padre de su hermana, corroborada por el informe psicosocial emitido en el procedimiento, para concluir que la solución más beneficiosa para la niña es la de mantener, con mínimas variaciones, el régimen de visitas establecido tras el divorcio. De esta manera, las 2 pequeñas podrán seguir disfrutando juntas de fines de semana y periodos vacacionales.
Allegado con derecho a visita
Una vez dictada la sentencia de divorcio, y como consecuencia de la declaración de la nueva paternidad biológica, la madre solicitó la modificación de las medidas del convenio relacionadas con su hija mayor. Dado que la niña tenía ya otra familia, pidió suprimir el abono de la pensión de 200 euros mensuales que recibía para sus gastos, así como el ejercicio de la patria potestad y el régimen de visitas fijados a favor de su exmarido. Cuestiones, todas ellas, que el juzgado concedió en 1ª instancia.
El recurso de apelación (sentencia a la que puede acceder aquí), sin embargo, fue favorable al exmarido, en el sentido de que volvió a fijar un régimen de visitas (fines de semana alternos y vacaciones) para seguir, como deseaba, relacionándose con la menor. Según defendió, la nueva realidad familiar no suponía realmente una "alteración sustancial" de las circunstancias bajo las que se aprobó el convenio regulador, ya que, al tiempo del divorcio, "era conocido por todos" que no era el padre biológico de la niña. Por otro lado, añadió, la decisión de cortar radicalmente el contacto con el que había considerado como su padre, vulneraba el principio de protección del interés de la menor y podía provocarle un trauma que afectaría a su desarrollo integral.
La A. P. de Cáceres, que dictó la sentencia de apelación, aplica el concepto de "allegado" en el ámbito de relaciones familiares. Desde el año 2015, el Código Civil reconoce el derecho de "hermanos, abuelos y otros parientes y allegados" a relacionarse personalmente con los menores, sin que se pueda se les pueda impedir sin justa causa. Para el tribunal, no hay duda de que el vínculo entre el recurrente y la niña es el propio de la relación paternofilial, "aunque, obviamente, una vez firme la sentencia dictada en el procedimiento de paternidad no puede ser considerado como progenitor". Pero la falta de filiación biológica, aclaran los magistrados, "no puede impedir o ser un obstáculo para poder seguir manteniendo una amplia relación y contacto, dado que esa relación forma parte o se integra, sin duda alguna, en el concepto de persona allegada". El tribunal considera "incuestionable" el derecho del divorciado a relacionarse con la que había tratado como hija, siendo esta decisión, además, lo más beneficioso para la menor que, asimismo, preserva la relación con su hermana.
La madre de la niña recurrió la decisión al Supremo alegando la indefensión del padre biológico, al que no se había dado voz en el proceso y sobre una decisión que le afectaba directamente, ya que se reducía "ostensiblemente" su derecho a relacionarse con su hija dentro del ámbito familiar. De igual modo, denunció que se había vulnerado el derecho de la menor al privársele de tener una "relación normalizada de guarda y custodia con su progenitor biológico", que es el que convivía con la madre. La defensa de la mujer negó que, través del concepto de "allegado", pudiera concederse al exmarido a un régimen de visitas "como si fuera un progenitor no custodio".
Dejar atrás las rencillas
El Supremo, sin embargo, rechazó el recurso y confirmó la sentencia de la Audiencia de Cáceres, manteniendo el régimen de visitas fijado por este tribunal. Según explica en su sentencia, no le correspondía volver examinar dicha decisión porque estaba fundamentada en la valoración del informe psicosocial encargado, que, con independencia de las conclusiones divergentes de las partes, no podía ser tachada de "ilógica o irrazonable".
Dicho informe afirmaba categóricamente que "desde el punto de vista psicológico, la supresión radical de las visitas y comunicaciones con uno de sus referentes afectivos no puede suponer ninguna ventaja, sino todo lo contrario". Destacaba, asimismo, que la menor informó de que "no sabía por qué había dejado de acudir junto con su hermana al domicilio del que había sido su padre". El informe concluía que las partes debían dejar atrás las rencillas y negociar una relación adecuada a la nueva situación.

¿Cuándo se tramita un divorcio en los juzgados de violencia sobre la mujer?

La tramitación de un divorcio o unas medidas paterno-filiares lamentablemente dura más del tiempo que todos desearíamos y debemos tener en cuenta que en algunas ocasiones esa espera provoca más fricciones de las deseadas y pueden incluso a interponerse denuncias por malos tratos lo que comúnmente se suele denominar “violencia de género”.
Jesús Lorenzo González, Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y Salamanca. 22 de Marzo de 2019
En estos casos nos podemos encontrar ante 2 Juzgados distintos en los que aparezcan los mismos intervinientes. Uno sería el Juzgado de Familia donde se tramitaría el divorcio o las medidas paterno filiares y el otro sería el Juzgado de Violencia sobre la Mujer donde se estuviera tramitando o investigando la supuesta Violencia o agresión que se hubiera denunciado.
Pues bien, lo 1º que tenemos que tener en cuenta todos los abogados de familia es que conforme al art. 92.7 del Código Civil: no procederá la denominada custodia compartida cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Así mismo tampoco procederá esa denominada guarda y custodia compartida cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.
Para evitar que por ejemplo en un Juzgado de Violencia Sobre la Mujer se condenara al marido y en el Juzgado de Familia se le concediera la Guarda y Custodia compartida se tienen que unir ambos procedimientos en uno sólo y por tanto un juzgado se tendrá que "inhibir", es decir, tendrá que abstenerse de seguir conociendo de la causa y la tendrá que enviar al otro juzgado.
Nuestro ordenamiento jurídico ha resuelto que el Juzgado competente sería el Juzgado de Violencia sobre la mujer para entender del divorcio o modificación de medidas pero para ello deben producirse de manera simultánea las situaciones que encontramos reflejadas en el punto 3º del art. 87 ter de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial: 
* Se tiene que estar tratando un procedimiento de filiación, maternidad y paternidad o bien debemos estar ante un procedimiento de nulidad del matrimonio, separación o divorcio o en un procedimiento de medidas paterno filiares.
* Que alguna de las partes del proceso civil sea víctima de violencia de género (recordad que sólo pueden ser mujeres)
* Que alguna de las partes del proceso civil sea imputado como autor, inductor o cooperador necesario en la realización de actos de violencia de género.
* Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer actuaciones penales por delito o falta a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, o se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género.
En resumidas cuentas, si se está tramitando un procedimiento de violencia de género en un Juzgado de Violencia de Género o bien se ha acordado una orden de protección sobre la mujer el divorcio, separación o medidas paterno filiares se llevarán ante el Juzgado de violencia sobre la mujer y no procederá la custodia compartida.

viernes, 22 de marzo de 2019

Catalunya: El negocio de la vivienda tras el divorcio ¿Y la Separación de Bienes?

Una juez de Barcelona permite convivir con otra pareja tras el divorcio en la vivienda familiar.
Una juez catalana permite a una mujer usar la vivienda conyugal tras un divorcio para vivir con la nueva pareja.
OKDIARIO, 21/03/2019
La titular del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Sardañola del Vallés (Barcelona) ha dictado una sentencia que permite que el cónyuge que mantiene el derecho de uso de la vivienda familiar en caso de separación o divorcio pueda convivir con una nueva pareja sin perder automáticamente este derecho.
Según ha informado este jueves el Col·lectiu Ronda en un comunicado, la sentencia prioriza el Código Civil catalán y resuelve en sentido diferente al criterio recientemente exhibido por el Tribunal Supremo, que en noviembre sentenciaba que la convivencia estable con una nueva pareja “extinguía el derecho de uso de vivienda familiar tras un divorcio”.
El alto tribunal consideraba en dicha sentencia, que confirmaba una de la Audiencia de Valladolid, que la entrada de una 3ª persona en la vivienda hacía que perdiera su antigua naturaleza de vivienda familiar “al usarse para otra familia diferente”, y admitía que esta nueva persona variaba sustancialmente las circunstancias que llevaron a acordar las condiciones de separación.
El Juzgado de Sardañola hace prevaler el Código Civil catalán sobre la normativa estatal para resolver la demanda impuesta por un cónyuge contra su ex mujer, de quien se divorció en 2011: él pedía que se le retirara a ella el derecho de uso de la vivienda familiar porque ella convivía de forma habitual en dicho domicilio con su actual pareja.
El juzgado desestima la pretensión porque la norma catalana solo contempla la extinción del derecho de uso como consecuencia de “matrimonio o convivencia marital del cónyuge beneficiario con otra persona” cuando la atribución de este derecho de uso se hizo con carácter temporal por necesidad del cónyuge, sin cuestionar ese derecho solo porque exista una nueva pareja.

En otros medios: Confilegal, cuatro TV,

Aragón pone fin a la custodia compartida "preferente"

Los grupos de izquierda han aprobado esta medida para casos sin acuerdo entre los padres. El juez determinará la modalidad que mejor protege al menor.
EFE, 21/3/2019
Las Cortes de Aragón, con los votos de los grupos de la izquierda, PSOE, Podemos y Grupo Mixto, han aprobado este jueves la eliminación la custodia compartida "preferente", para que, en los casos en los que no haya acuerdo entre los progenitores, sea el juez quien determine la modalidad que mejor protege al menor.
Con el argumento de que la única preferencia debe ser el interés del menor, los grupos de izquierda han defendido la modificación de uno de los puntos de la Ley de Custodia frente a la oposición del resto de grupos (PP, PAR y Ciudadanos) que han tachado la iniciativa de retroceso y han recordado que esta norma fue pionera y un ejemplo para otras Comunidades Autónomas.
En un debate encendido, la diputada socialista Leticia Soria ha señalado que la "práctica" ha demostrado que "la realidad va por delante de las normas jurídicas" y que, por tanto, es obligación del parlamento aragonés "adecuarla" con una modificación "razonable" y "adecuada".
"En el PSOE siempre y, en todo momento, defenderemos que la única preferencia sea el interés del menor", ha subrayado.
Desde Podemos, la diputada Amparo Bella, ha reconocido, en una de sus últimas intervenciones en las Cortes, estar orgullosa de esta iniciativa acordada con la izquierda, que busca, según sus palabras, que la custodia compartida no sea impuesta cuando no hay acuerdo entre los padres.
La custodia compartida impuesta convierte a los niños "en maletas" y les genera, a su juicio, inseguridad y fracaso escolar. "No se tiene en cuenta sus opiniones", ha recalcado y ha añadido que en la sociedad actual las responsabilidades familiares son todavía "asimétricas".
La diputada Patricia Luquin, del Grupo Mixto, ha indicado que esta modificación lo único que busca es "colocar al menor en el centro" de las decisiones cuando no hay acuerdo entre los padres. "En algunos casos será custodia compartida y, en otros, individual", ha afirmado, al tiempo que ha reconocido que a IU le habría gustado una modificación de la ley más "profunda".
Por su parte, los grupos de centro-derecha han mostrado su absoluto rechazo a esta iniciativa y han presentado, para "enmendar el error", enmiendas a la modificación, que han sido rechazadas por la izquierda.
Así lo ha indicado Susana Gaspar, de Ciudadanos, quien ha comentado que los menores nacen con el derecho de compartir su vida con sus padres y, por tanto, "no debemos privar a los menores de ese derecho".
Ha recordado que esta ley fue "pionera" en España y ejemplo para otras Comunidades, y ha indicado que las custodias compartidas solo suponen un 41% del total.
Para Mª Herrera este cambio tiene "una corta vida" porque, según sus palabras, su grupo tiene una iniciativa para modificar de nuevo la ley en la próxima legislatura.
Ha desmentido que los expertos desaconsejen la custodia compartida cuando no hay acuerdo, como ha indicado Patricia Luquin, y ha recordado que los expertos que han comparecido en las Cortes la han defendido, "a excepción de algunos abogados y personas de la justicia a los que ustedes llamaron".
"La custodia compartida salvaguarda el interés del menor. Escuchamos poco a los niños", ha apuntado.
Para Fernando Ledesma esta modificación lleva el adn de la "izquierda feminista, radical y confrontadora", y, además, ha dicho, va en contra del "derecho de familia" y del código foral aragonés.
Además, ha criticado que la izquierda presente iniciativa "por la puerta de atrás" y de "manera chapucera e incongruente" con el resto del texto.

Otros medios: aragón digital, el periódico de aragón, el diario, vozpopuli,

jueves, 21 de marzo de 2019

La justicia italiana concede la custodia de los hijos de Juana Rivas al padre

La mujer podrá verlos 1 fin de semana de cada 2 si se traslada a Italia.
El fallo considera que sus competencias maternales están "invalidadas" y le obliga a seguir una terapia semanal.
Julia Camacho/Agencias,Sevilla, 20/03/2019 |
Nuevo varapalo para Juana Rivas. Apenas una semana después de confirmarse su condena a 5 años de cárcel por fugarse con sus hijos y no entregárselos a su padre, Francesco Arcuri, la justicia italiana ha decidido conceder la custodia en exclusiva de los niños a su progenitor. Rivas mantiene la patria potestad y podría ver a los menores 1 fin de semana de cada 2 si vive en Italia, o 1 de cada 5 si vive en España, aunque con condiciones muy restrictivas. Además, el fallo impone a la madre la obligación de asistir a terapia familiar para mejorar su relación con los menores, dado que “tiene puesto el foco más en la violencia de género que en ellos”.
La defensa de Rivas en Italia confirmó que apelará el fallo, y detalló que aunque el padre sea quien tenga la obligación de cuidar y cobijar a los niños, estará muy controlado por los servicios sociales, según declaraciones recogidas por la agencia Efe. No obstante, el abogado de Arcuri explicó a este diario que los permisos de la madre para traer a los niños a España son “muy restrictivos, debe cumplir muchos requisitos con lo que lo hace prácticamente inviable”. Así, los viajes estarán tutelados por las autoridades y los documentos de identidad de los menores quedarán consignados en manos de funcionarios del Ministerio de Justicia durante la estancia de los niños en España, a fin de evitar que vuelva a sustraer a los menores.
El fallo, notificado este miércoles, se sostiene entre otros elementos en un informe psicosocial elaborado por una perito independiente que ya advertía de que la “manipulación de la realidad” de la madre era “perjudicial” para los menores. El documento, que el juez italiano da por válido al mencionar el “daño incompensable que ha causado a sus hijos al tenerlos 1 año separados de su padre”, atribuía a la española “un funcionamiento mental patológico, asociado con una desorganización del pensamiento”. La perito llegó a cuestionar sus habilidades maternales dada la “capacidad de manipulación contra los niños”. 

Por este motivo, y al entender que sus “competencias maternales están invalidadas”, el juez establece ahora que Rivas siga una suerte de terapia “de apoyo a la maternidad” de la que deberá informar cada 3 meses a los servicios sociales de Italia.
El informe psicosocial, que recoge testimonios de los menores, ambos padres e incluso de los profesores y los pediatras de los niños tanto en Italia como en España, ponía el acento además en la "instrumentalización" que supuestamente Rivas ha realizado de sus hijos para predisponerlos en contra del otro progenitor, especialmente en caso del mayor, de quien llegaba a decir que se alió con su madre al considerarla más frágil. Avalaba así la existencia del polémico síndrome de alienación parental, la denominación que se da a una serie de comportamientos con los que supuestamente se demuestra la manipulación ejercida por alguno de los progenitores en contra del otro en los procesos de custodia y que está envuelta en polémica dado que es cuestionada por numerosos especialistas. De hecho, en España, la guía contra la violencia de género elaborada por el Consejo General del Poder Judicial en 2016 rechaza su empleo al no haber sido reconocido por ninguna asociación profesional o científica, y subrayando que aceptarlo en un procedimiento de guardia y custodia “supone someter a los menores a una terapia coactiva y una vulneración de sus derechos por parte de las instituciones que precisamente tienen como función protegerles”.

Divorcio y Vivienda: Conflicto

José Antonio Seijas: «La vivienda es una fuente de conflicto innegable en los casos de rupturas»
El magistrado emérito del Tribunal Supremo está detrás de algunas de las sentencias que sentaron jurisprudencia tras rupturas de pareja
MILA MÉNDEZ, A CORUÑA / LA VOZ, 04/03/2019
Las nuevas realidades familiares del XXI son uno de los retos de la legislación española para el exmagistrado que participará en las Jornadas de Derecho de Familia, en la sede de Afundación de A Coruña, el 29 y 30 de marzo.
-¿Ha quedado desfasada la ley?
-La sociedad avanza, quien no avanza es la respuesta a estas nuevas realidades por parte del legislador. Existen variedad de situaciones que no están previstas en el Código Civil. Es necesario dar un paso adelante para procurar una regulación mejor para las futuras familias. Especialmente, en el ámbito de la vivienda y de la custodia de los hijos.
-¿A los jueces les tocó improvisar?
-El Tribunal Supremo ha tenido que hacer interpretaciones variadas para procurar una respuesta a estas situaciones, pero es al legislador, y no a la jurisprudencia, a quien le corresponde.
-¿Por qué pone el acento en la vivienda?
-El tema de la vivienda es una fuente de conflicto innegable en los supuestos de ruptura, sobre todo, en momentos de crisis económica. Debería procurarse una solución distinta, más ajustada a los intereses de las partes y menos automática.
-¿Por qué es automática?
-La regulación sobre la vivienda familiar, desde que en el año 1981 se modificó el Código Civil para introducir la ley del divorcio, no ha tenido ningún cambio, ni una coma. Las realidades familiares son muy distintas desde entonces. Una mejor regulación podría ayudar a prevenir la violencia de género.
-¿A quién le corresponde la vivienda familiar en los casos de custodia compartida?
-La ley dice que el cónyuge que se queda con los hijos es el que se queda en la casa. Pero, en un caso de custodia compartida, ¿cómo se procede? No tenemos una regulación detallada para estos supuestos, como sí se ha desarrollado en Cataluña, Aragón y el País Vasco.
-En una sentencia del Supremo en la que fue ponente, prohibió el uso de la vivienda familiar en el caso de la entrada de una nueva pareja. ¿Por qué?
-No es un tema de prohibir, sino de interpretar lo que es el domicilio familiar según el art. 96 del Código Civil. Al introducirse un 3º en una relación estable con la madre en custodia de los menores, dejó de ser la vivienda familiar. Imagínese que esa pareja tiene otros hijos y desaloja a los de la primera pareja.
-¿Pronostica un aumento de las custodias compartidas?
-Desde que en el 2013 se dictó la 1ª sentencia, el incremento de las guardias y custodias compartidas es innegable. Poco a poco, se está viendo en la sociedad como algo positivo. Claro que no tiene por qué ser aplicable a todos los casos, hay muchas posibilidades. Los menores, y lo que es más conveniente para ellos, es lo prioritario.
-¿Qué sucede con las parejas de hecho?
-Lo que sucede es que las de derecho están mejor reguladas en caso de litigio. Las de hecho perjudican más al débil de la relación. El legislador solo protege a los hijos y a la economía de los hijos. No hay, por ejemplo, pensión compensatoria.
-¿Puede haber un final feliz en una ruptura?
-Puede, es algo que también depende de la racionalidad de las partes. Pero, sin duda, una buena regulación de la familia sería más satisfactoria para todos. Las relaciones, después de la ruptura, deberían estar mejor organizadas.
«El legislador solo protege a los hijos en el litigio de una pareja de hecho»
«Los abuelos están hoy mejor tratados en las separaciones»
Junto con los menores, los abuelos son a veces los grandes olvidados tras la ruptura de una pareja. 2 reformas mejoraron su posición en relación al régimen de visitas. La del 2003 ?cuando se incluyeron también en el Código Civil las uniones entre personas del mismo sexo?, y la del 2015.
-¿Qué cambios introdujeron estas reformas?
-En la del 2003 se colocó por 1ª vez a los abuelos en escena en los supuestos de ruptura. Ellos no son parte del juicio matrimonial, no tienen la tutela, pero sí derecho a las visitas. En la 2ª, la del 2015, se incluyó que solo se les puede privar de ver a sus nietos cuando hay una causa justa. Siempre prevalecen los intereses del menor y también es muy importante la relación con los hijos. Con todo, los abuelos están hoy mejor tratados.
-¿Tuvieron juicios por demandas de los abuelos?
-Al Supremo llegan muchas demandas de abuelos contra sus hijos porque no les dejan ver a sus nietos, pero ellos también tienen que ser conscientes de que no son los progenitores y de que no pueden tener un régimen de visitas tan amplio como lo puede tener un padre separado.
-¿Fueron estos intereses los que los llevaron a dictar en el 2013 la 1ª sentencia a favor de la custodia compartida?
-La jurisprudencia se adelantó en este caso a una realidad que va a más. Los jueces dictan sentencias con los datos y los informes que tienen. Pero, necesitamos saber cómo funcionan con el tiempo esas custodias compartidas, algo que no podemos predecir. Lo que echamos en falta es un análisis riguroso y serio para ver cómo resultan de positivas esas sentencias que introducimos en las familias. Con informes psicológicos y sociológicos que permitan seguir avanzando a la justicia.
-¿Cuándo no es aplicable?
-Cuando uno de los progenitores fue acusado por amenazas o en casos de violencia de género.

España: La Ley de Violencia de Género fracasa:

........ las denuncias se duplican, pero no logra reducir las víctimas.
El nº de condenas y de víctimas mortales por violencia de género permanece más o menos estable pese a duplicarse las denuncias.
M. Llamas, 2019-03-19
El análisis de los datos oficiales de violencia de género que recoge el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) arroja varias cifras relevantes, aunque muy poco conocidas. Entre otras, destaca el hecho de que España acumula un total de 1,69 millones de denuncias relacionadas con esta materia desde el cierre de 2004, momento en el que se aprueba la polémica Ley de Violencia de Género, hasta 2017.
Sin embargo, de esta cifra tan sólo el 23% acaba en condena, de modo que el 77% de los denunciados terminan resultando inocentes (denuncias no resueltas, archivadas, sobreseídas o con una sentencia absolutoria). Además, de los 1,23 millones de casos resueltos por los tribunales, apenas unos 3.900 (0,3%) están relacionados con la comisión de delitos graves, con penas de más de 5 años de prisión, de los que un total de 2.998 acabaron en condena (0,18%).
Asimismo, uno de los puntos más importantes a tener en cuenta consiste en saber si la famosa ley ha resultado eficaz a la hora de combatir la violencia de género. Para ello, es necesario observar la evolución que ha registrado tanto el nº de denuncias y condenas como el de víctimas mortales durante estos años de vigencia.
Lo 1º que llama la atención es que las denuncias por violencia de género se han disparado desde las 70.000 registradas en 2004 hasta las más de 166.000 de 2017, lo que supone un aumento del 112%, algo más del doble. El nº de denuncias arroja una media de 129.000 al año bajo la Ley de Violencia de Género, estabilizándose en torno a las 125.000-135.000 anuales entre 2009 y 2015 para, posteriormente, volver a subir en los últimos años. En 2017, alcanzó un récord histórico, con un total de 166.260.
Pero lo más llamativo es que el nº de condenas y, por tanto, también de víctimas, permanece más o menos estable, en torno a las 30.000 al año, a pesar de que las denuncias se han duplicado. Así pues, crecen las denuncias, pero también los casos sin una resolución concreta, junto con los archivos y sobreseimientos por falta de pruebas y las sentencias absolutorias. De este modo, el volumen de denunciados que acaban resultando inocentes también se duplica, desde los 30.000 registrados en 2004 hasta los más de 76.000 en 2017, tal y como refleja el siguiente gráfico.
Por último, ¿ha logrado la Ley de Violencia de Género reducir el número de mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas? Las víctimas mortales rondan las 1.200 desde 1999 hasta 2018, lo que supone una media de 59,7 al año, equivalente a una ratio de 2,9 víctimas por cada millón de mujeres mayores de 14 años, una de las más bajas de Europa.
Aunque esta ley fue aprobada con el objetivo específico de reducir esta lacra, los datos evidencian que ha cosechado un estrepitoso fracaso, ya que la media de víctimas previa a la entrada en vigor de dicha norma ronda las 60,7 al año, frente a las 59,4 registradas a posteriori, una reducción estadísticamente irrelevante.
Así pues, según se desprende de las estadísticas oficiales, para lo único que ha servido la Ley de Violencia de Género es para disparar las denuncias, ya que su aplicación no ha logrado reducir la incidencia de este problema (las condenas se mantienen estables) ni el número de víctimas mortales.

IPF: 100 medidas de apoyo a la familia.

REDACCIÓN EUROPA PRESS, MADRID,19/03/2019 
El Instituto de Política Familiar (IPF) pide la derogación de la ley de violencia de género, de la ley del aborto y de la ley de divorcio en un documento titulado '100 Medidas de Apoyo a la Familia' dirigido a la sociedad y, en concreto, a los políticos, de cara a las elecciones generales del 28 de abril y las municipales y autonómicas del 26 de mayo. El informe se publica este martes 19 de marzo coincidiendo con el Día del Padre.
"3 palabras pueden definir la actuación de los poderes públicos a la familia en los últimos años: abandono, marginación e incluso, a veces, ataque", ha asegurado el presidente del Instituto de Política Familiar (IPF), Eduardo Hertfelder, al tiempo que ha invitado a las administraciones a dejar de "actuar como bomberos-pirómanos" y a "cambiar el chip". "El futuro de la familia se juega en estas elecciones", ha subrayado.
El informe '100 Medidas de Apoyo a la Familia' está dividido en 9 áreas de actuación: La familia como institución; Compromiso con la familia y convergencia con Europa; Cultura de familia; Más que una vivienda digna, un hogar; Derecho a la libertad para tener hijos; Derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar; Derecho a la estabilidad conyugal; Derecho de los padres a educar a sus hijos; y Fiscalidad con perspectiva de familia.
Entre las propuestas, destaca la de "derogar la ley de violencia de género y de toda norma que discrimine un sexo de otro" porque consideran que contiene "una injusta asimetría penal". En su lugar, el Instituto de Política Familiar sugiere elaborar una "ley de violencia de la pareja" que "proteja por igual a hombres, mujeres y niños, sin distinción ni discriminación de sexo".
Asimismo, el IPF pide la derogación de la Ley del aborto "por su carácter absolutamente regresivo al introducir el aborto libre hasta las 14 semanas y tratarlo como un derecho de la mujer". Además, plantea que se sustituya la autorización de médicos de la clínica especializada en abortos por "la obligación de que sea firmado por 2 médicos de la Seguridad Social, respetando la objeción de conciencia".
"La natalidad no sólo ha caído a niveles dramáticos, sino que se está agravando aún más con el aborto. Es una realidad innegable que las familias españolas tienen en los últimos años muy pocos hijos. España se queda sin niños", avisa el IPF.
En esta línea, también propone establecer la condición necesaria de la receta médica para la dispensación de la píldora del día después en las farmacias y sugiere crear una comisión interministerial dependiente del Ministerio de Sanidad que aborde el "crecimiento vertiginoso de los abortos quirúrgicos y farmacológicos". Igualmente, pide que "se permita a los padres inscribir en el Registro Civil a los niños fallecidos antes de nacer".
PROHIBIR LA GESTACIÓN SUBROGADA
Además, entre las medidas recogidas en el documento, también se encuentra la prohibición de los "vientres de alquiler" porque consideran que es "una nueva forma de explotación de la mujer y de tráfico de personas y que vulnera la dignidad humana más elemental".
Por otro lado, el IPF reclama la derogación de la Ley de divorcio de 2005, "la ley del divorcio exprés" ya que, a su juicio, "ha resultado ser claramente desacertada y, al cabo de 12 años de aplicación, ha demostrado su rotundo fracaso duplicando el número de divorcios en España". En su lugar, propone el desarrollo de una ley de prevención y mediación familiar.
Igualmente, plantean crear un "préstamo matrimonial" para jóvenes que vayan a contraer matrimonio; y la realización de campañas institucionales de sensibilización social, concienciación y de "promoción de la importancia del matrimonio, la familia y la maternidad".
"Produce escalofríos la cifra de las más de 102.000 rupturas que se producen en España anualmente, lo que significa que se rompe 1 matrimonio cada 5,1 minutos, es decir, más de 12 rupturas cada hora, 288 al día. Por otra parte, el divorcio afecta anualmente a 90.000 niños", precisan desde el IPF.
UN MINISTERIO DE FAMILIAAl nuevo Gobierno que saldrá de las elecciones del 28 de abril también le piden la creación de un Ministerio de la Familia y de una Ley de Protección a la Familia. Asimismo, apuestan por un Pacto de Estado sobre la Familia, Natalidad y la Demografía y por un Plan Nacional de Natalidad, de carácter trienal, que "suprima los obstáculos que impiden a las familias tener el número de hijos que desean".
En concreto, reclaman que se destine el 2,4 % del PIB a gasto social familiar frente al 1,3 % actual; que se incremente la prestación de la ayuda por hijo a cargo hasta los 100 euros; y que se restablezcan las deducciones fiscales por compra de la Iª vivienda habitual para familias.
El IPF también propone en su documento una ayuda directa universal al embarazo; la creación de un 'Bono Bebé' con una ayuda directa universal por nacimiento de 1.500 euros de pago único. Y entre las medidas de conciliación, sugiere promocionar los horarios flexibles en las empresas; impulsar la jornada continuada y promocionar el teletrabajo con prioridad para los cónyuges con hijos. Además, pide el aumento del permiso remunerado de maternidad hasta las 20 semanas a las madres e implantar la transferibilidad.
En el ámbito educativo, reclama la retirada de libros de texto en la escuela pública "que vulneren el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus propias convicciones"; así como la instauración de un "PIN Parental" de forma que "se necesite el consentimiento expreso de los padres para cualquier actividad con contenidos de valores éticos, sociales, cívicos, morales o sexuales".
Entre otras medidas, también exige la adaptación del sistema fiscal a la perspectiva de familia eliminando cualquier efecto que la "penalice"; el establecimiento de pensiones contributivas de jubilación para quienes trabajen exclusivamente en el hogar, mediante un convenio voluntario con la Seguridad Social; y el aumento de la pensión de jubilación en función del número de hijos.

La figura paterna en la educación de los menores

El daño de crecer sin figura paterna: agresividad, fracaso escolar y más embarazos no deseados.
BERTA G. DE VEGA, Málaga, 19 MAR. 2019
Una investigación desarrollada por el Instituto Internacional de Estudios sobre la Familia sostiene que "el éxito de cualquier conciliación pasa por tener en cuenta a los padres".
En España, hay 1 millón y medio de hogares donde no se celebra el Día del Padre. No hay. No está. Y, al mismo tiempo, está aumentando el número de familias en las que los niños están al cuidado sólo del progenitor, según un estudio de The Family Watch -el Instituto Internacional de Estudios sobre la Familia- elaborado por la profesora de la Universidad Carlos III Mª Calvo.
Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), son las familias monomarentales -en los que sólo hay madre- las que más aumentan pero, al hilo de los tiempos, los roles han experimentado cambios en la sociedad, y los padres están cada día más involucrados en el cuidado de sus hijos. 

En su informe, el 'think tank' The Family Watch quiere resaltar la importancia de la figura paterna en la sociedad actual.
Sobre el cambio experimentado en los roles familiares -qué debe hacer un padre, qué debe hacer una madre o qué deben hacer ambos- Calvo cita en su investigación un estudio de Naciones Unidas que constata cómo los hombres que se han criado sin la figura paterna son menos proclives a involucrarse a fondo en la crianza de sus hijos.
Para esta profesora, el éxito de cualquier política de conciliación que quiera permitir las máximas aspiraciones laborales de las mujeres pasa por tener en cuenta a los padres. La encuesta que publicó este periódico con motivo del Día de la Mujer mencionaba, precisamente, que los padres españoles están dispuestos a aceptar encargarse más de sus hijos que las madres si se dan las circunstancias. 
A favor de esta conciliación entre vida laboral y familiar están tanto ellas (86,6%) como ellos (90,9%).
La investigadora, que también ha dedicado esfuerzos a estudiar la brecha masculina en el fracaso escolar, llama la atención sobre el hecho de que en España apenas haya estudios sobre las consecuencias psicológicas en los hijos de una crianza sin padre, como sí se han hecho en otros países, sobre todo en EEUU.
La ausencia de padre, en estos estudios en países anglosajones, se relaciona, en el caso de las hijas, con un aumento de las posibilidades de embarazos tempranos, divorcios y baja autoestima, además de abuso de drogas y de alcohol. En el caso de los hijos, esta falta de figura paterna los hace más vulnerables que las niñas y tienen más riesgo de fracaso escolar, falta de control y de agresividad.
En el informe de Calvo se constata que, de ocurrir un divorcio, las investigaciones demuestran que la relación con padre-hijo puede acabar desapareciendo de ahí que insistiera en que "los padres aportan consecuencias muy beneficiosas para sus hijos".
Según los estudios citados en el informe, 10 años después de un divorcio sin custodia compartida, sólo 1 de cada 10 hijos mantiene un contacto semanal con su padre. El vínculo se pierde con más facilidad con los padres que nunca formalizaron el matrimonio con la madre, según explica Calvo, de ahí que mencione una iniciativa que puso en marcha Barack Obama para fomentar los matrimonios y la mayor involucración de los padres en la educación de los hijos.
Es más, el informe es partidario de que se hagan campañas institucionales que resalten la importancia en la educación de los hijos de los padres y que se premie de alguna manera a las empresas que apuesten por hacer la vida más fácil a los padres para que puedan atender sus responsabilidades familiares.
Mª José Olesti, directora general de The Family Watch, cree positivo que se alarguen los permisos de paternidad y ve necesario que se deje de asociar la conciliación sólo con las madres. "Ambos progenitores son imprescindibles", dijo.
"Las investigaciones muestran unas conclusiones abrumadoras sobre los beneficios de la implicación paterna en la educación y crianza de los hijos.
Sensu contrario, los estudios llaman la atención sobre las consecuencias negativas de la falta de implicación de los progenitores masculinos en todos los ámbitos (pobreza; exclusión social; drogadicción; fracaso escolar; violencia de género; salud mental de los hijos...)", dice Calvo en la introducción de un informe que ha sido una prolongación de libros suyos anteriores, como Padres destronados. En el estudio se detalla que la figura paterna no tiene por qué referirse al padre biológico, ya que puede asumirla otros familiares, padres adoptivos o padrastros.
En el estudio, Calvo ha querido tratar 2 tipos de ausencia paterna, la física y la psíquica. Esta última sería la que se da en familias "matrifocales", donde el vínculo más fuerte se da entre los hijos y la madre y el padre queda desdibujado porque se considera de antemano que no puede ejercer adecuadamente ese rol; la familia más extensa es sólo la de la madre y las mujeres son las que toman todas las decisiones importantes. "El padre, desplazado, queda como un espectador benévolo de la relación madre-hijo", escribe Calvo.

¿Las app te ayudan en el proceso de divorcio?

5 apps para ayudarte a superar una separación en lo legal y en lo sentimental.
Mª YUSTE NAVARRO, 20 Marzo 2019
Por mucho que pasen los años y avance la tecnología, una ruptura sentimental seguirá siendo siempre una experiencia dolorosa por la que a nadie le apetece pasar pero a la que es inevitable enfrentarse cada cierto tiempo.
No obstante, igual que en otros aspectos los avances tecnológicos nos han facilitado un poco la vida, en el campo de las relaciones no es menos.
Puede que las siguientes apps no consigan en todos los casos que tu ex y tú acabéis enzarzados en una discusión que no lleva a ninguna parte o que te des un atracón de helado bañado en lágrimas, pero ayudan bastante.

iUrisfy
iUrisfy se describe a sí misma como la 1ª app para alcanzar un acuerdo de separación o divorcio online gratis y sin necesidad de ver a un abogado. Detrás hay un equipo formado por abogados y especialistas en tecnología que se han propuesto que resuelvas tú mismo el conflicto legal, a través de sus consejos digitalizados y con la menor intervención de terceros.
Prometen conseguir que tu expareja y tú lleguéis a un acuerdo de divorcio razonable y en paz siguiendo un método de 5 pasos. Para ello incluye una Calculadora de pensión de alimentos que destacan como una de las grandes ayudas para acercar posturas en la negociación. Se puede descargar sin coste alguno y está disponible tanto para Android como para iOS. Además, es en español.
KillSwitch
El sistema de recuerdos con el que Facebook nos devuelve todos los días al presente vivencias del pasado asesta, en muchas ocasiones, verdaderas puñaladas traperas. Incluso cuando las heridas de una ruptura ya han sanado, lo que menos te apetece es ver la cara de tu ex de forma inesperada en la pantalla de tu teléfono. Es por ello que KillSwitch te permite ocultar todo rastro de tu ex en esta red social.
Lo hace de la forma más discreta posible, sin borrar tags pero haciendo desaparecer de tu perfil, y solo para ti, todas las publicaciones en las que esa persona aparezca. Además, por si con el tiempo cambias de opinión, todo el contenido se almacena en una carpeta oculta en Facebook. Funciona solo en inglés pero lo hace tanto para iOS como para Android por un módico precio de 0.99 céntimos.
Ex Lover Blocker
Puedes dejar de ver en persona a tu ex, bloquearle de las redes (con un poco de suerte él también te habrá bloqueado a ti), puedes borrar su teléfono pero, ¿qué pasa si de todos modos, después de tanto tiempo, te lo sabes de memoria? O si tienes fácil acceso a él en facturas o algún documento del que no te puedes deshacer.
Ex Lover Blocker no solo bloquea el número de tu ex para que no puedas llamarlo por mucho que quieras sino que si decides ser más lista que la app y caer en la tentación de llamarle en un arrebato, avisará a tus amigos de Facebook de tu conducta con el siguiente mensaje: "Quiero que todos sepáis que soy débil. Incluso aunque mis queridos amigos intentaron ayudarme, yo me resistí y llamé a mi ex”. Está disponible solo para usuarios de iOS y es completamente gratuita. Eso sí, la app está en inglés.
Breakup boss
Las amigas también necesitan descansos de tus monsergas. Cuando ellas ya no puedan más, todavía te quedará tu smartphone. Para ello, Zoë Foster Blake, una experta en rupturas sentimentales, ha creado Breakup Boss. Una app que es como llevar a una coach en tu bolsillo.
Incluye una rueda de emociones que ofrece diferentes soluciones para cada sentimiento, un espacio para escribir esos mensajes que querrías mandarle a tu ex pero que mejor que no, así como otras sugerencias para solucionar otras conductas impulsivas. La app se puede utilizar tanto en iOS como Android y tiene un coste de 8,49 euros. También es necesario saber inglés porque solo está disponible en este idioma.
Mend
Por mucho que nos duela, una separación es una oportunidad de oro para construir con las ruinas una nueva versión mejorada de nosotros mismos. Mend nos ayuda con un viaje de 28 días de meditación y reflexión con audioguías y tests para analizar y mirar desde otras perspectivas nuestra relación.
Esta app te ayuda a atravesar el paso previo a pasar de página y empezar a un nuevo capítulo de tú vida habiendo aprendido de lo malo. Él único inconveniente es que solo es compatible con iOS y el contenido está en inglés pero, por el lado positivo, es completamente gratuita.

martes, 19 de marzo de 2019

Divorcio: Origen en las relaciones tóxicas

9 señales de alarma al empezar una relación, según abogados de divorcios.
"Quizás sea más sano al principio de una relación sentir incertidumbre e inseguridad por la nueva persona que hay en tu vida".
Por Brittany Wong, HuffPost US, 8/03/2019
Un pequeño secreto: los abogados de divorcios dan muy buenos consejos sobre relaciones, no solo orientación legal. Por ello, la edición estadounidense del HuffPost se ha puesto en contacto con abogados de divorcios de todo el país para conocer las señales de alarma a las que hay que prestar atención cuando empiezas a salir con alguien. Evidentemente, nadie es perfecto, así que es probable que la persona con la que salgas coincida con 2 ó 3 de estas señales, pero si son más, anda con ojo.
1. Habla muy pronto sobre vuestra boda o sobre el siguiente paso importante de la relación
"El actor Chris Pratt reveló en una entrevista de 2009 que supo al poco tiempo de conocer a su ahora exmujer Anna Faris que quería casarse con ella pronto: 'Tardé un tiempo en admitirlo porque habría sido raro decirle: 'Quiero casarme contigo' el 1º día que la conocí. ¡Pero podría haberlo hecho!'. Resulta que esa clase de certeza no significa necesariamente que la relación esté hecha para durar. Es más, puede ser un indicador de que esa persona le resulta familiar, como sus viejas tendencias, viejas obsesiones y viejos problemas. Si quieres a alguien que te haga sacar lo mejor de ti, quizás no deba ser una persona que encaje como uno de tus viejos guantes. Quizás sea más sano al principio de una relación sentir incertidumbre e inseguridad por la nueva persona que hay en tu vida". ―Liat Sadler, especialista en derecho familiar.
2. La descripción de su perfil de citas parece ficción
"Cuidado si el perfil que tiene tu cita en internet resulta ser ficción en su mayor parte. No es raro que la gente embellezca un poco su perfil para dar una mejor impresión, pero cuando descubres que un perfil está tan exagerado que parece una invención, huye. Si una persona no es sincera contigo desde el principio, no lo va a ser nunca". ― Karen Covy, abogada y asesora de divorcios.
3. Se considera la víctima de todas sus relaciones fallidas
"Si tu cita describe a todas sus exparejas como 'locas', es una señal de que no es capaz de aceptar su parte de la responsabilidad en las relaciones. Es una alarma importante que no quiera asumir la responsabilidad en una relación contigo. Las relaciones requieren de esfuerzo por ambas partes. Una persona que se niega a asumir sus errores probablemente no está implicada por completo y tú tal vez acabes siendo quien trata de mantener la relación en marcha". ― Morghan Richardson, abogada de divorcios.
4. No hay chispa sexual
"Al comienzo de una relación, el sexo o la conexión física no tienen por qué ser alucinantes para indicar que la relación tiene potencial. A menudo se producen intentos torpes e incómodos conforme la otra persona y tú os vais conociendo. Sin embargo, si no hay una sensación de emoción al principio por conoceros en la intimidad, no la habrá más adelante. Eso puede funcionar si ninguna de las 2 personas considera el sexo como parte de una relación fructífera. Algunas personas permanecen en este tipo de relaciones porque disfrutan la compañía y la amistad de la otra persona. Una relación sin una vida íntima muy inspirada puede traer niños al mundo y luego acabar de forma amistosa porque la amistad siempre fue la parte más fuerte de la relación. Sin embargo, para muchas parejas, la falta de sexo hace que a veces 1 de los 2 miembros lo busque por otra parte, lo cual tal vez conduzca al fin del matrimonio". ―Sadler.
5. Ha pasado por varios divorcios
"Hay un dicho que reza: 'A veces el problema no son los ex, sino tú'. Por desgracia, tenemos clientes reincidentes. Quienes pasan por varios divorcios suelen casarse y divorciarse rápido. Para algunas personas, solo el hecho de estar casadas les hace sentir que encajan" ― Randall Kessler, abogado de divorcios.
6. Deja entrever que su vida financiera es un caos
"Ten cuidado si tu nueva pareja te da señales contradictorias sobre su estabilidad financiera. Quizás a él le guste invitarte a cenas o hacerte regalos, pero al mismo tiempo le han cortado la luz de la casa, o quizás ella sigue esperando un respiro financiero que nunca llega porque está siempre tratando de remediar las malas decisiones financieras que tomó en el pasado. ¿Cómo afecta esto cuando formáis una familia? Una de mis clientas se veía obligada a manipular constantemente las finanzas familiares para cubrir los despilfarros de su exmarido. El resultado era que ella tenía que intentar poner límite a sus gastos, el resentimiento fue aumentando entre ellos y hubo un divorcio engorroso con deudas". ― Richardson.
7. Está "técnicamente casado/a pero separado/a"
"Es una alarma obvia si la otra persona no te dice que está casada. Sí, a veces pasa. También es una mala señal si no te lo dice hasta que ya estáis en plena cita o incluso en la 2ª ó 3ª cita. Y entonces tu cita te explica que está 'técnicamente casada pero separada'. Eso, en definitiva, es que sigue teniendo cónyuge. Mal asunto. Como poco, está teniendo problemas para terminar su matrimonio, lo que significa que su cónyuge o ambos están enfadados, discuten o son incapaces de alcanzar un acuerdo. En el peor de los casos, miente sobre lo de estar separados". ― Kessler.
8. Bebe mucho alcohol
"No hay nada malo en tomar 1 copa o 2 en la cena, pero si sales con alguien que bebe mucho, especialmente si son bebidas fuertes, y cada vez que os veis, no es una buena señal. No importa que esa persona nunca llegue a emborracharse. En las etapas iniciales del alcoholismo, la tolerancia de una persona aumenta. Si una persona bebe mucho, el hecho de que 'aguante' a menudo significa que va de camino a convertirse en alcohólica. Acuérdate de llevar la cuenta de esas bebidas". ― Covy.
9. Quiere que estéis juntos en todo momento
"Cuidado si la otra persona quiere demasiado de ti y demasiado pronto. Tu nueva pareja puede llegar incluso a convencerte de que ya estáis muy unidos, aunque os acabéis de conocer hace poco. Es peligroso para la relación empezar a salir por desesperación. Quizás sientas que es una historia de amor apasionada cuando te veas de repente pasando cada minuto junto con tu nuevo ligue. Hay una sensación de fusión con la otra persona que llega a ser maravillosa si sucede en determinados momentos. No obstante, cuando esa fusión se prolonga en el tiempo, supone un peligro. Esta es la clase de relación que se puede volver volátil y hasta violenta cuando uno de los miembros empieza a necesitar algo de espacio propio y diferenciación del otro miembro. Hasta que uno no se sienta seguro en sí mismo, probablemente le convenga tomarse un tiempo sin citas y trabajar en su autoestima". ― Sadler.
Este artículo fue publicado originalmente en el 'HuffPost' Estados Unidos y ha sido traducido del inglés por Daniel Templeman Sauco.

lunes, 18 de marzo de 2019

¿Es delito el Impago de la Pensión de Alimentos?

Una cacereña está entre las 5 mujeres indultadas por el Gobierno el 8 de marzo.
Fue condenada por impago de pensiones al no dar 150 euros mensuales para su hijo, a pesar de tener una paga de 1.200 euros.
SERGIO LORENZO CÁCERES, 17 marzo 2019,
El real decreto está firmado por Dolores Delgado, ministra de Justicia, el pasado 8 de marzo. Dice así: «Visto el expediente de indulto de doña Ana María G. N., condenada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Cáceres, en sentencia de 3 de junio de 2015, como autora de un delito contra las relaciones familiares por impago de pensiones a la pena de 9 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, por hechos cometidos en los años 2011-2014, en el que se ha considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada, y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su relación del día 8 de marzo de 2019. Vengo a indultar a doña Ana María G. N. la pena de multa impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de un año desde la publicación del real decreto».
La condenada en Cáceres es una de las 8 personas indultadas el pasado 8 de marzo. De las 8, 5 son mujeres.
En lo que va de año el Gobierno de Pedro Sánchez ha indultado a 30 condenados, lo que supone una cifra elevada si se compara con todos los indultos del año 2018, que fueron un total de 17.
Se da la circunstancia de que el 8 de marzo, Día de la Mujer, hubo más indultos de condenadas, mientras que de los 30 indultados en lo que va de año, solo 9 son mujeres, y en otras ocasiones se indulto de un grupo de 6 a 1 única mujer. Por ejemplo, el 25 de enero se indultó a 9 condenados de los que sólo 2 eran mujeres. Hay que tener en cuenta en todo caso que la cantidad de hombres condenados por los tribunales es muy superior a la de mujeres.
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Cáceres sentenció a Ana María G. N. a pagar una multa de 1.620 euros (multa que el Gobierno le perdona), ya que no cumplía con su obligación de pagar al mes 150 euros, en concepto de pensión de alimentos a favor de su hijo menor. El tribunal indicaba que no pagaba, «no obstante contar con recursos económicos que le habría permitido satisfacer el importe íntegro del auxilio en cuestión». Ella tenía un trabajo en el que percibía alrededor de 1.200 euros al mes líquidos, recalcando que tenía que hacer pago de la pensión de alimentos, «que está orientada a salir al paso de las necesidades de los miembros más débiles de la familia que, como tales, no pueden proveer a las mismas por sí solos y que, en absoluto, debe relajarse por el hecho de haberse producido una situación de crisis conyugal o para-matrimonial, y cuya atención nunca debe quedar pospuesta para satisfacer otros pagos».
De los 8 indultos del pasado 8 de marzo, 2 son a 2 trabajadores de Granada (un hombre y una mujer) que fueron condenados en 2013 por participar en un piquete durante la huelga general de 2012, amenazando a varias personas. Se les ha rebajado la pena de 3 años a 2 años, para evitar ir a la cárcel.
También se rebaja la pena a 1 condenado en Zaragoza por apropiación indebida, y a otro en Ciudad Real por un delito de lesiones.
Se indulta a 1 mujer de Oviedo sentenciada por un delito de amenazas, y también a otra mujer de Jerez de la Frontera condenada por otro delito de amenazas. Una última indultada el 8 de marzo fue una mujer de Elche que había sido sentenciada por haber cometido un delito de robo con fuerza en las cosas.
Nota: No me casan las fechas de la condena con la del Indulto.....

domingo, 17 de marzo de 2019

Andalucia: Vox y la Guarda y Custodia de los hijos tras el divorcio

Cs pide en el Parlamento reformar la ley de custodia compartida para que sea la opción "más deseable".
Vox ve la iniciativa "incompleta e improvisada" y acusa al partido naranja de presentarla por "motivos electorales".
REDACCIÓN, Sevilla, 17/03/2019
ENMIENDAS DE VOX
Igualmente, ya se han publicado las enmiendas que Vox en Andalucía ha registrado en la Cámara para modificar la iniciativa. Por un lado, propone que el único punto de la PNL recoja explícitamente que la reforma de la ley debe contemplar la custodia compartida como preferente, "salvo que en defensa del interés superior del menor lo aconsejable sea en determinados casos otro modelo diferente de custodia".
Argumenta que la propuesta de Cs "es manifiestamente incompleta, improvisada, por haberse presentado probablemente por motivos electoralistas, y defectuosa en su argumentación por contener varios errores jurídicos de grueso calibre". Así, la ve "deficientemente presentada" porque "la custodia compartida ya existe contemplada en nuestra legislación", si bien "hace falta es impulsarla como modelo preferente de custodia, de conformidad con la interpretación que de las leyes y del interés superior del menor ha hecho el Tribunal Supremo".
Vox propone una enmienda de adición para que el Parlamento inste a la Junta y esta, a su vez, al Gobierno central a "dotar de forma inmediata un marco legal adecuado al funcionamiento de los equipos psicosociales en los juzgados, acorde al respeto al principio superior del menor y a las garantías constitucionales de la función jurisdiccional".
Defiende que hasta ahora los equipos psicosociales de los juzgados de toda España "han sido calificados de equipos fantasma en varías ocasiones, por no disponer de marco legal específico, desde que se crearan en diciembre de 1983".
Avisando de situaciones "donde la separación o divorcio se convierten en un campo de batalla donde todos pierden, convirtiendo a los menores en moneda de cambio, a veces actuando por venganza, dando lugar a procesos judiciales inacabables ya que no llegan a romper los adultos el vínculo como pareja y afectando al vínculo con los hijos que una de las partes no desea mantener, dando lugar a desequilibrios emocionales difíciles de controlar", Vox cree que la intervención de los equipos técnicos en estas situaciones "se hace imprescindible y no está siendo adecuada desde el 1983 porque existe un vacío legal que es urgente llenar con un marco jurídico específico, con un equipo técnico que ayude a los jueces a tomar la mejor decisión en beneficio de los menores". "Algo que ahora mismo no está ocurriendo. Y la pagan los niños", zanja.
Nota: nada nuevo en el panorama español.¿Quien piensa que la ultra-derecha va a solucionar los problemas actuales de los procesos de divorcio actuales?