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sábado, 16 de mayo de 2026

Hay que hablar de finanzas antes de casarse: Los Régimenes económicos

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Hasta que la muerte nos separe... si el dinero lo permite: por qué hay que hablar de finanzas antes de casarse.
En España, existen 3 tipos de régimen económico: gananciales, separación de bienes o cuentas en participación
El dinero es el 4º motivo de divorcio y el 92% de las capitulaciones ante notario optan por la separación de bienes.
Una conversación previa sobre cómo gestionar el dinero puede ayudar a prevenir futuras crisis en el matrimonio. 

CARMEN MORALES PUISEGUR, 15.05.2026 
Tanto en la salud y en la enfermedad. También, en la prosperidad y en la adversidad. Para muchos, el sí, quiero posterior que se escucha en ese altar repleto de flores, es un resorte en el lagrimal. 
Admitámoslo, en ese preciso instante, qué bello resulta el amor.

Conservar esa unión exigirá mucho trabajo a los implicados y... planificación financiera. Una cuenta bancaria con liquidez contribuye a que un matrimonio transite más liviano las tribulaciones diarias. 
En 2022, el informe ¿Por qué se divorcian las parejas españolas? de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa) destacaba que el dinero era el 4º motivo de un divorcio. Los otros 3: el desgaste en la pareja, el desamor y las infidelidades.

La planificación evitará quebraderos de cabeza.
Abordar una reflexión común para acordar cómo se gestionarán los asuntos monetarios es una decisión que ahorrará quebraderos de cabeza. 
Ayuda a "no llevarse sorpresas después", advierte la abogada Elena del Hoyo, "porque hay que tener claro económicamente dónde se embarca uno" antes de dar el paso de compartir vida y finanzas con otra persona.

En España, el matrimonio puede acogerse a 3 tipos de régimen económico. Conocerlos en un paso previo aconsejable antes de tomar una decisión.
La sociedad de gananciales. En este caso, lo tuyo es mío y lo mío es tuyo tras firmar la unión. "Todo lo que se adquiera durante la existencia de esa sociedad, se reparte al 50%", explica Elena del Hoyo. 
Esta letrada remarca un detalle importante: los bienes previos al matrimonio y los recibidos a través de herencias son "privativos", por tanto, pertenecen en exclusiva al titular y quedan fuera de este pacto en caso de divorcio.
Separación de bienes. Cada cónyuge se mantiene dueño y señor de sus ingresos y posesiones, lo que incluye las ganancias que genere, tal y como sucedía antes del matrimonio. Además, puede administrarlos y disponer de ellos. Este régimen, por ejemplo, se aplica por defecto en Cataluña, Comunidad Valenciana y las Islas Baleares.
Cuentas en participación. Esta es una modalidad mixta, que permite a cada cónyuge conservar la titularidad de sus bienes durante la vigencia del matrimonio como en la opción anterior, pero si este se disuelve, aquel cuyo patrimonio aumentó menos tiene derecho a participar en las ganancias obtenidas por el otro y recibe la mitad de la diferencia Esta opción es útil cuando la pareja llega a la unión con patrimonios muy distintos.

El patrimonio previo, un factor a tener en cuenta
¿Cuál es el más conveniente? La selección de una de estas modalidades debe tomarse "en función del patrimonio", opina la experta, aunque se trata "de una decisión emocional de fondo en la que un abogado solo puede escuchar y asesorar".
Si el futuro matrimonio ya cuenta con un capital previo por separado, sopesar la opción de la separación de bienes quizás destaque como la mejor elección.

Si la pareja carece de posesiones y su vida matrimonial también tiene como objetivo crear un patrimonio común, la elección del régimen de bienes gananciales puede ajustarse a este proyecto. "Estamos hablando de un piso y un coche, por ejemplo", especifica la abogada, "además, así se evita el empobrecimiento del miembro con menor salario" y se evita "que uno aporte para bienes perecederos y el otro se quede con la titularidad de lo que va a valer". 
Es decir, que una parte llene la nevera y la otra sea la propietaria de la casa.

Una vez decidida la opción que mejor se ajusta a la vida en pareja, toca presentar las capitulaciones matrimoniales. Así se denomina al contrato que los cónyuges firman en escritura pública ante notario y que recoge cómo se ha decidido regir las finanzas de la unión conyugal.
Las capitulaciones "pueden firmarse antes o en cualquier momento del matrimonio", precisa Elena del Hoyo, "por ejemplo, es muy típico casarse en gananciales, pero cuando 1 de los 2 va a emprender un negocio, cambiar al régimen de separación de bienes para protegerse" si algo se tuerce. 
Si se procede así, las reclamaciones de futuros acreedores se vincularían al patrimonio del emprendedor de la fallida aventura.

Si no se firman estas capitulaciones, en caso de divorcio, se aplicará el régimen económico que dicte la ley. En la mayor parte de España -excepto Baleares, Cataluña y Valencia-, será el de bienes gananciales.

La separación de bienes, la opción mayoritaria.
Según datos del Centro de Información Estadística del Notariado (Cien), de las 65.246 capitulaciones firmadas en 2023, el 92% de las parejas optaron por la separación de bienes mientras que el 5,1% eligió el régimen de gananciales.
La elección qué hagamos condicionará el desenlace de un futuro divorcio. 
Una "estricta separación de bienes es más sencilla de disolver", precisa la experta, "porque cada cónyuge mantiene la titularidad previa al matrimonio así como de lo que haya adquirido después".

En caso de régimen de gananciales, el divorcio se complica y se encarece porque "hay que hacer reparto" en función "del patrimonio existente". 
Tocará ajustar y valorar, convenir cómo se han pagado las propiedades, si se ha destinado dinero de la sociedad ganancial para un bien privativo -por ejemplo, comprar la mitad de la casa de una herencia a un hermano-... sin duda, un proceso que hará aún más dolorosa la separación.

Por eso, recuerda Elena del Hoyo, las finanzas "son una parte muy relevante de la vida sentimental" ya que "es decidir ir a medias o tú lo tuyo y yo lo mío". 
Y si el desamor termina por llamar a la puerta que, al menos, solo nos rompa el corazón y deje tranquilo el bolsillo.

domingo, 26 de noviembre de 2023

El acuerdo de divorcio de Felipe VI y Letizia es un hecho (I)

: MILLONES DE € Y 2 CASAS EN JUEGO.
Tras el escándalo de Federico de Dinamarca, la verdad sobre el matrimonio de los Reyes de España sale a finalmente a la luz.
Soledad Corzo Cano, 25 de noviembre de 2023 
La Reina Letizia firmó consciente un acuerdo prematrimonial con el Rey Felipe.
La Soberana renuncia a la custodia de sus hijas en caso de ruptura con Felipe.
Pilar Eyre sacude a La Zarzuela al apuntar las consecuencias que sufre el Rey Felipe por Letizia

En las últimas semanas, fueron muchas las polémicas que se desataron en la monarquía internacional. Una de ellas tocó de cerca a la Reina Letizia (51 años) y al Rey Felipe (55 años), pues, cuando estalló el escándalo de las imágenes de Príncipe Federico con Genoveva Casanova paseando por Madrid, los padres de la Princesa Leonor se encontraban visitando Dinamarca.

Muy lejos de lo que muchos imaginan, en este momento, los Reyes de España viven un momento de pura armonía en lo que respecta a su matrimonio. Si bien cada tanto salta alguna polémica, lo cierto es que atrás quedaron los momentos en los que los periódicos ponía el foco en su relación.

Se destapan las condiciones que el Rey Felipe obligó a firmar a la Reina Letizia antes de su boda.
El 22 de mayo de 2004, Rey Felipe y la periodista se casaron en un régimen de separación de bienes. No obstante, previo a ello, se enfrentó a un acuerdo prematrimonial en el que se detallaba minuciosamente qué sucedería en caso de divorcio. 

El Rey Felipe fue muy claro con la Reina Letizia desde un principio. 
En el 1º punto se señala que la presentadora de noticias recibiría una importante asignación económica. Cifra que no se especifica, pero que le permitiría vivir con suficiente dinero para el resto de su vida. 
Un 2º punto señalaba que la madre de la Infanta Sofía tendría una casa exclusiva para el verano e invierno con todas las comodidades y servicios a su disposición.

Un punto que puso a tambalear a la reina consorte tiene que ver con renunciar a la custodia total de sus hijas a su esposo incluso antes de que nacieran. Por lo tanto, Leonor y Sofía permanecerían en el Palacio de la Zarzuela junto a Don Felipe y su formación sería exclusiva de la Corona.
En un 4º punto, se señala que, si Doña Letizia logra llevar a cabo su separación canónica, perderá su título de Reina de España y su título de Alteza Real, pero si no lo hace, seguirá siendo tratada como una atención a la madre de la futura reina.

Por último, se puso el foco en los obsequios que la Reina Letizia recibe durante su dedicación a la Institución. Al parecer, esto aún se encuentran en el aire y se cree que serían incluidos en el Patrimonio Nacional. Dejando de lado las compras que hizo con su asignación anual, como joyas y ropa, que serían completamente suyas. Sin lugar a dudas, el Rey Felipe fue muy cuidadoso a la hora de presentar este acuerdo ante la presentadora de noticias antes de su boda.

La Reina Letizia y un carisma imposible de ocultar.
En su última aparición pública, la Reina Letizia se llevó todas las miradas, prácticamente opacando al Rey Felipe. La celebración de los 25 años de “La Razón” dejaba al descubierto la mejor versión de la presentadora de noticias.


domingo, 27 de febrero de 2022

Acuerdos prematrimoniales: la visión práctica supera a la romántica

Este pacto en los matrimonios ha pasado de ser una petición mal vista del hombre a una solicitud cada vez más aceptada de las mujeres.
cronica global.elespanol, 27.02.2022
En el año 2020 se produjeron en España 77.200 divorcios, de los cuales el 18,7% fueron contenciosos. Muchos de estos últimos podrían haber sido de mutuo acuerdo de haber firmado un contrato prematrimonial. A pesar de que muchos creen que este tipo de pactos solo se dan cuando 1 ó los 2 miembros de la pareja son personas adineradas, lo cierto es que, en España, cada vez es más común que lo firmen personas de clase media.
Sin embargo, hay quien aún considera proponer a la pareja la firma de capitulaciones matrimoniales algo violento. Felipe Bueno Mateo lleva casi 20 años ejerciendo de abogado de familia. Y desde hace un tiempo ha detectado una tendencia al alza en la firma de capitulaciones matrimoniales. “Cada día son menos los que consideran algo violento firmar un acuerdo prematrimonial”, explica y, según su experiencia, afirma que “hace 20 años, eran ellos los que proponían este tipo de acuerdos y no estaba bien visto; hoy, en muchos casos, la mujer supera al hombre en ingresos y patrimonio, consecuencia de ello en muchas ocasiones la iniciativa parte de ellas”. “La visión práctica está superando a la visión romántica, lo que hace que cada día esté mejor visto otorgar capitulaciones matrimoniales (pacto en previsión de ruptura, en Cataluña)”, explica este abogado, también especializado en Derecho Penal.
Adiós a las discusiones por dinero en el divorcio
“Cuando el amor se termina principalmente se discute por dinero; si antes de contraer matrimonio se firma un acuerdo prematrimonial habrá una cuestión menos por la que discutir”, contesta Bueno a la pregunta de por qué recomienda a sus clientes la firma de este tipo de acuerdo.
En cuanto a los puntos que deben incluir las capitulaciones matrimoniales, Bueno señala 2 como fundamentales: “El acuerdo debe regular cómo se va a organizar la pareja en lo económico una vez que contraiga matrimonio y, lo que es más importante, los efectos económicos de una hipotética ruptura”.
¿Se puede acordar la futura custodia de los hijos?
Otro tema que genera muchísimos conflictos en los procesos de divorcio es el régimen de custodia de los hijos. Si bien este abogado señala que “sí se puede llegar a acuerdos sobre la custodia de los futuros hijos, esos acuerdos no serán vinculantes en caso de ruptura, ya que requerirán la correspondiente aprobación judicial”. “En este caso se aplicaría lo previsto en el art. 92 del C. Civil de forma que ese acuerdo, igual que sucede con lo pactado en un convenio regulador –en Aragón, Pacto de Relaciones Familiares–, requerirá la aprobación judicial previo informe del Ministerio Fiscal, de forma que, si lo acordado es perjudicial para los menores, no será aprobado”, añade.
“En este sentido especial mención merece el hecho de que, aunque se firmen capitulaciones matrimoniales y la vivienda sea privativa de uno de los cónyuges, puede darse que su uso se lo atribuyan al otro, concretamente al que se le atribuya la guarda y custodia de los hijos; con lo cual, el progenitor no custodio seguiría conservando la propiedad de ese bien, pero el uso y disfrute lo tendría el otro como progenitor custodio”, matiza este abogado de familia.
Los puntos que se acuerden en el contrato serán, por tanto, “válidos siempre que no sean contrarios a las leyes o a las buenas costumbres, que no infrinjan la igualdad entre los cónyuges o sean beneficiosos para los hijos menores de edad. Por ejemplo, no sería válido un acuerdo en el que se discriminara a uno de los cónyuges por razón de sexo o en el que se pactara que uno de los cónyuges se tendrá que dedicar al cuidado de la prole y no podrá trabajar”, detalla Bueno.
¿Recomendable para parejas de hecho?
Aunque el abogado indica que es más “aconsejable sellar el acuerdo antes de contraer matrimonio”, lo cierto es que se puede firmar en cualquier momento una vez casados. De hecho, es muy habitual que las parejas se casen en régimen de gananciales y, pasados unos años, hagan separación de bienes para regular los efectos económicos de una hipotética ruptura o para proteger el patrimonio adjudicando determinados bienes a uno u otro miembro de la pareja”, sostiene.
“Este tipo de acuerdo no es necesario que lo firmen las parejas de hecho​, porque al no estar casados podemos decir que su régimen económico como pareja es el de separación de bienes”, concluye.

lunes, 14 de febrero de 2022

El precio del amor: este es el coste de casarse en España... y de divorciarse

España es el país de la UE donde más parejas se separan.
España fue el 4º país de la UE en el que menos bodas se celebraron en 2019. 
elEconomista, 13/02/2022 
Más allá del amor, el matrimonio es un negocio. No hay nada de malo en admitirlo. Basta pensar en todo lo que lo rodea, San Valentin y los regalos, la organización de la boda, etc. Y no solo beneficia a 3ªs personas, también a los propios cónyuges. Y como en todo negocio, las partes implicadas corren el riesgo de endeudarse.
En 2019, en España se celebraron 3,5 bodas por cada 1.000 habitantes, lo que lo sitúa como el 4º país de la Unión Europea en el que menos bodas se celebraron. Mientras, se produjeron 55,5 divorcios por cada 1000 matrimonios, es decir, España es el país de la UE donde más parejas se separan, según la última estadística publicada por Eurostat. 
En 2020, España registró 80.015 divorcios, separaciones y nulidades, la cifra más baja desde 1998 a consecuencia de la pandemia.
Estas cifras dejan patente que, por mucho que las parejas piensen que su amor es para siempre, en muchas ocasiones el matrimonio tiene fecha de caducidad. El coste de los divorcios no es irrisorio, conllevan un desembolso inicial que va desde los 1.000 € hasta los 15.000 €, según Herranz Ramia Abogados en el diario La Razón. A lo que luego hay que sumarle manutención y otros gastos.
Para no acabar endeudado, es esencial abordar el matrimonio como un contrato, sostiene el profesor de economía Laurence J. Kotlikoff en un artículo que publica CNBC. En concreto, recomienda a los futuros cónyuges que firmen un acuerdo prenupcial que blinde su patrimonio en caso de divorcio o separación.
Sin embargo, el acuerdo prenupcial no solo protege el patrimonio personal, también el de la otra persona. Kotlikoff pone el ejemplo de una pareja en la que uno de los miembros quiere montar un negocio y, para ello, pedirá un crédito. El acuerdo prenupcial blindará a la pareja de verse obligada a compartir las deudas del miembro emprendedor.
El negocio de las bodas
Una vez se ha firmado el acuerdo prenupcial llegan la boda y sus preparativos. Se trata de un negocio en sí mismo que mueve millones de euros al año. Según una guía elaborada por 'Cronoshare' basándose en datos del INE y expertos, el coste medio de una boda en España para unos 130 invitados se sitúa en unos 20.000 €.
La región más cara para celebrar una boda es Castilla-La Mancha, con un coste medio de 32.500 €, mientras que casarse en las Islas Canarias rondaría los 12.400 € (sin contar el precio de los vuelos). 
En caso de elegir Madrid, el precio medio de la boda sería 22.800 € y en Cataluña, 17.900 €.
Antes de la pandemia, el sector facturaba 5.000 millones de € al año, según los datos de APBE, y generaban 900.000 puestos de trabajo directos en España.
La moda nupcial española es líder en Europa. 
En 2018, facturó 860 millones de €, una cifra que asciende hasta los 1.350 millones de € si se tiene en cuenta los accesorios, vestidos de fiesta y calzado. Según publica El País, elabora casi la mitad de los vestidos que salen del continente y es el 4º productor mundial.

lunes, 28 de diciembre de 2020

Los acuerdos los prematrimoniales para compensar futuras rupturas

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Se ha puesto de manifiesto la importancia de la formación continua en derecho de familia de todos los operadores. 
jurídicos/Efe, 28/12/2020 
Los abogados de familia abogan por la formalización de acuerdos prematrimoniales en las parejas para que, en caso de que se produzca una ruptura, se puedan reconocer indemnizaciones por la infidelidad de uno de los cónyuges o precisar el destino de la vivienda familiar tras la separación y el divorcio.
Las compensaciones e indemnizaciones en las relaciones familiares han centrado el debate de un congreso internacional que se ha desarrollado telemáticamente desde Oviedo organizado por la Universidad, la Asociación Española de Abogados de Familia y el Foro Abierto de Derecho de Familia de Asturias.
Un total de 416 personas, procedentes de los ámbitos de la abogacía, magistratura y la educación, tanto nacionales como extranjeros, han participado a lo largo de 2 intensas jornadas en debates, ponencias y comunicaciones donde, entre otros temas, han destacado la limitación temporal de las pensiones compensatorias derivadas de la separación y divorcio.
También se ha abordado la posibilidad y los criterios requeridos para el reconocimiento de una compensación económica por el trabajo doméstico realizado en exclusiva por 1 de los cónyuges durante el matrimonio.
Los expertos han criticado «severamente» la orientación actual del Tribunal Supremo (TS) contraria a la concesión de indemnizaciones en los casos de ocultación de la paternidad derivadas de infidelidades cometidas durante el matrimonio, según han indicado a Efe miembros de la comisión organizadora del congreso.
Las reglas aplicables a las parejas de hecho y su problemática asimilación al matrimonio en los casos de ruptura a la hora de reconocer compensaciones económicas o derechos hereditarios ha sido otro de los temas que ha suscitado interés entre los participantes.
Los expertos han coincidido en resaltar los problemas que la inexistencia de una regulación estatal de las parejas de hecho implica y la disparidad de las soluciones previstas en las distintas comunidades autónomas y han destacado la conveniencia de que las parejas contraigan matrimonio para evitar la inseguridad jurídica y los problemas regulatorios que tales parejas implican en la práctica al momento de ruptura.
El síndrome de alienación parental o la sustracción internacional de menores y posibles indemnizaciones que pueden reconocerse en estos casos fueron otros de los aspectos abordados durante el congreso, junto con las indemnizaciones derivadas de la obstaculización y privación de relación de un progenitor con sus hijos o de unos abuelos con sus nietos.
Derivado de la pandemia se han venido produciendo rupturas de promesas de matrimonio sin causa y, según ha explicado la comisión organizadora, se han planteado, entre otras cuestiones, si se tiene derecho a compensación y a una indemnización por los gastos derivados de la compra del vestido de novia, complementos, reserva de viaje de novios, restaurante, entrada de un piso o reformas realizadas en lo que será la vivienda familiar.
El congreso ha puesto de manifiesto la importancia de la formación continua en derecho de familia de todos los operadores jurídicos, desde jueces y magistrados a abogados, profesores, letrados de la administración de Justicia, así como la necesidad de creación de una jurisdicción de familia con personal especializado que tramite, estudie y resuelva de todos los asuntos que afecten a las relaciones familiares.