sábado, 25 de agosto de 2012

El Plan Prepara no afecta a los Padres divorciados en Paro


El Plan Prepara, prorrogado hasta 2013.

La prórroga de la ayuda del Plan Prepara se ha aprobado en el Consejo de Ministros del 24 de agosto, con efectos retroactivos desde el día 16 de agosto.
la nueva ayuda de 400 – 450 euros
La regulación de la nueva ayuda se va a publicar en el Boletín Oficial del Estado el sábado 25 de agosto
Adelantamos los requisitos en función del avance que se ha hecho a los medios de comunicación durante el Consejo de Ministros, pero tienen carácter provisional hasta que no los confirmemos con la ley en la mano.

Continua la información....

Plan Prepara al completo

Nota: Los Padres divorciados no podrán cobrar la ayuda extra de 50 € si:
1.- no tengan la Guarda y Custodia de sus hijos y 
2.- si tienen deudas con Hacienda o con la administración pública (Todo el Plan)

Rihanna: Enamorada de su maltratador Chris Brown

Reggio’s. OPINIÓN: ¡QUIA!

Arcadi Espada en El Mundo:Me pega lo normal,

Una Rihanna, cantante pop, ha dicho que ama al que le pegó una buena paliza, un Chris Brown que fue juzgado y condenado por ello. 
Las palizas no son incompatibles con el amor, al menos con el amor proclamado. 
Hay gente que, igual que juega a médicos, juega con el sufrimiento.
Pero en este caso no hubo juego, y la mujer denunció la conducta del hombre. 
Al que no ha dejado de amar, insiste. 

Su confesión redunda en un asunto escabroso. 
Muchas mujeres son asesinadas porque no son capaces de alejarse de sus maltratadores. 
Sus muertes tienen un aire vago de suicidio y de sobredosis. 
Hay mujeres que siguen con su hombre a pesar de que las mata. Otras, porque las mata. 
No sucede nada demasiado distinto con la heroína y el alcohol. 

El feminismo ha querido convertir la conducta sometida de algunas mujeres en un asunto político, haciéndolas víctimas del macho. 
Pero lo cierto es que estas mujeres, equipadas socialmente con todo lo necesario para huir del peligro (y lo principal: los dinerillos), son, ante todo, víctimas de sí mismas. 
Se trata de mujeres que no son normales. 
Y utilizo este adjetivo de una manera libre, tranquila y desenvuelta, porque el adjetivo normal, después de haber estado recluido durante años en los campos de concentración del politicalcorrectness ha vuelto triunfante ¡y normalizado! gracias a monsieur Hollande, el presidente normal, es decir ce qui ne souffre d’aucune trouble pathologique.

Rihanna es una pobre chica enferma que ama a su maltratador. 
Digamos, sin apartarnos ni un ápice de la semántica legitimada por monsieur Hollande, que Rihanna es una pobre chica subnormal. 
Los periódicos pueden recoger declaraciones de personas que sufran este tipo de patologías; pero con la severa condición stendhaliana de que solo sirvan para mostrar la patología. 
Lo relevante y veraz no es lo que Rihanna dice sobre el amor y la violencia, sino que Rihanna es una enferma. 
Por desgracia, el tratamiento que los medios dan a sus declaraciones es puramente romántico. 
Las mismas crónicas que escarbando sobre los hechos con las pinzas del deontólogo eluden incluir referencias a la responsabilidad del alcohol (¡no fuera a ser un atenuante!) en los crímenes de pareja vulgares, se empapuzan de ambigüedad sobre la relación entre la violencia y el amor cuando la víctima no es una cincuentona ama de casa de Albacete, que lo perdonó, sino una top pop. 
Ya no se trata de la sórdida enfermedad de la dependencia; sino del libérrimo y fértil amourfou. 
Y me escandaliza que frente a estos relatos el fiscal feminista calle, también sometido. 
Y no pida, al menos, el inmediato procesamiento de la protagonista, por apología de la violencia y de la droga.

VPO tras el divorcio

Solicitud de Subrogación por separación y divorcio
Visado de Contrato por venta en segunda transmisión  
Para iniciar la tramitación de la subrogación por separación y divorcio de vivienda pública, es imprescindible acompañar el formulario con la documentación necesaria junto con el Ejemplar para la Administración del modelo 030 de la Tasa 7803, una vez que ésta haya sido abonada.

El Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, establece que la cuantía que se ha de abonar por esta actuación es de 50,31€.

Cómo acceder al modelo 030>

Direcciones utiles para solicitar una VPO tras el divorcio.

Falta o Delito de Violencia de Genero. Discrepancia CNP y GC

Foro de la Policia/ por Azgz » Jue 23 Agosto 2012

Pregunta: (...) Mi asombro es, y posiblemente esté yo equivocado, que creo que es un delito porque el empujón ya es agresión, así como amenazas (a todo esto, había allí una amiga que lo había visto, pero no le vi al compañero muy animado para que denunciara), pero el compañero actuó así y yo no dije nada porque no es mi actuación. Así terminó todo.
Supongo que el compañero consideró que fue falta xq solo hubo vejación leve o injurias o algo así....me gustaría que alguien se pronunciara sobre ello, para aclararme mas, gracias.


Le responde Azgz:
En lo referente al zarandeo y empujones:
Art.153. del Código Penal
1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o de trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta 5 años

En lo referente a las amenazas:
Art. 171.4. del CC El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 3 años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

Mi opinión es detención y puesta a disposición judicial.

Andalucia, Jóvenes y Violencia doméstica

Un millar de jóvenes dejan su opinión sobre la violencia de género a través de 'Somos más, somos iguales'. 

Muchos piensan que los celos son necesarios en la pareja, aunque la mayoría considera que la violencia no está justificada nunca.  

ECO ®/EUROPA PRESS. 24.08.2012. 

Un millar de jóvenes de la provincia de Málaga de entre 15 y 22 años han dejado su opinión a través de la encuesta que se está realizando en los puntos de información de la campaña de sensibilización 'Somos más, somos iguales', puesta en marcha por la Diputación el pasado mes de julio. La iniciativa ha visitado 9 municipios de los 23 en los que se desarrollará.

De los resultados obtenidos hasta el momento, la Diputación ha llamado la atención acerca de:
1.- la "ignorancia" de los adolescentes en cuanto a qué significa el lenguaje no sexista y 
2.- el hecho de que muchos de ellos piensen que los celos son necesarios en la pareja. 
No obstante, en contraposición, la mayoría considera que la violencia no está nunca justificada.
La diputada provincial de Igualdad y Participación Ciudadana, Pilar Conde, ha resaltado "la buena predisposición" de los adolescentes a colaborar en el programa, rellenando un cuestionario de 20 preguntas, que permitirá realizar un estudio sobre la realidad de la juventud malagueña y su percepción sobre la violencia de género y la igualdad sexista.
A menos de la mitad de municipios visitados, según ha informado la Diputación a través de un comunicado, ya se ha recogido un millar de cuestionarios, cuando la previsión inicial era llegar a más de 2.000 jóvenes.

OBJETIVOS
La iniciativa pretende fomentar las relaciones entre iguales, en la prevención de la violencia de género y en valores de respeto y solidaridad. 
Tras pasar por Málaga capital, Rincón de la Victoria, Vélez-Málaga, Fuengirola, Marbella, Estepona, Ronda, Casares y Mijas, en los próximos días se visitarán las localidades de Alozaina, Yunquera y Antequera.
Así, a través de los 23 puntos de información que se ubican tanto en las playas, como en las piscinas municipales y plazas en el caso de localidades de interior durante estos días de verano, la campaña 'Somos más, somos iguales' pretende educar, enseñar y sensibilizar a la población más joven con el fin de motivar modelos positivos de relaciones igualitarias.
También a través de las respuestas de los jóvenes a las distintas preguntas del cuestionario se obtiene una idea sobre los conceptos y valores de los adolescentes con respecto a la educación, la familia, el mercado laboral y no sólo sobre las relaciones de pareja.
Los resultados del análisis definitivo se conocerán a finales del próximo mes de septiembre. El estudio será uno de los pilares que constituirán la base del Observatorio Provincial de la Igualdad que la Diputación tiene previsto poner en marcha.

viernes, 24 de agosto de 2012

El País Vasco tiene la pensión de jubilación más alta

  .... y Galicia, la más baja. 

La cuantía media de la prestación es de 948,81 euros, un 4,4% más.

El País Vasco tiene la pensión de jubilación más alta y Galicia, la más baja . Un grupo de jubiladas charla en un parque.
 
Cinco Días.com/ R. P. C. - Madrid - 24/08/2012
Las pensiones derivadas de la reconversión industrial y las ayudas al sector minero han hecho que el País Vasco y Asturias sean la comunidades con la pensión media de jubilación más altas de España: 1.174,76 y 1.165,49 euros frente a una media nacional de 948,81 euros en agosto, según los datos facilitados ayer por el Ministerio de Empleo.
Por el contrario, Galicia ocupa el último lugar de este ranking con una prestación de jubilación de 782 euros mensuales. 
En total 7 comunidades autónomas (Asturias, Aragón, Cantabria, Cantabria, Madrid, Navarra, País Vasco) tienen una pensión por encima de la media. 
La provincia con la pensión media más alta de España es Guipúzcoa (1.132 euros) y la más baja Orense (661 euros). 
Esta última provincia es, además, la única donde hay menos de un ocupado por pensión.

En agosto, la nómina mensual total de las pensiones contributivas, que abona la Seguridad Social, ascendió a 7.419,15 millones de euros, lo que representó un incremento del 3,4%.
Este aumento es fruto de un crecimiento del número de pensiones del 1,3%, hasta los 8,93 millones, y de la cuantía de las nuevas altas, que suelen ser de media un 38% más elevadas que las que se dan definitivamente de baja. 
Las nuevas prestaciones que accedieron al sistema en junio tenían una cuantía media de 1.260 euros y, las del Régimen General (al que pertenecen ocho de cada 10 cotizantes) ascendían a 1.395 euros al mes.

De todas estas prestaciones:
1.- más de la mitad (5,3 millones) fueron de jubilación; 
2.- seguidas de 2,3 millones de viudedad; 
3.- 944.889 de incapacidad permanente;
4.-  288.263 de orfandad y
5.-  38.460 a favor de familiares.

La última ejecución presupuestaria de la Seguridad Social hecha pública, que corresponde a junio, refleja la delicada situación financiera del sistema, con una recaudación por cotizaciones que ascendía a 8.127,6 millones, lo que supuso una caída de estos ingresos del 4,39% en dicho mes; mientras que los pagos de pensiones sumaban 7.421 millones, lo que representó un aumento de estos gastos del 7,49%.

El coste de la orfandad sube un 7% en agosto

Las pensiones de orfandad registraron una cuantía media en agosto de 366,54 euros, un 1,9% más.
Pero en este mes se produjo, además un aumento del número de estas prestaciones del 5,3%, mucho más elevado que en el resto de las modalidades de pensión cuyo número aumentó poco más del 1% de media.
Esto ha provocado un considerable aumento del 7% en el coste de la nómina de las pensiones de orfandad.
Por el contrario, el coste de las prestaciones por incapacidad temporal fue el que menos avanzó en agosto, con un crecimiento del 2,5%. 
Ya que el número de beneficiarios permaneció prácticamente estable (944.889, un 0,5% más), su cuantía media avanzó un 2%. 
La partida de pensiones menos costosa fue la de prestaciones a favor de familiares (18,7 millones).

miércoles, 22 de agosto de 2012

Obliga a una madre divorciada a vender la vivienda familiar

..... El TSJA

Efe. Zaragoza| 21/07/2012.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado una sentencia de divorcio que obliga a una mujer con 2 hijos bajo su custodia a vender la vivienda familiar 2 años después de producirse la separación.

La resolución de la Sala de lo Civil del TSJA asegura que "no en todos los casos existen razones atendibles para un uso (de vivienda) de larga duración y menos para acordar un uso ilimitado, pues la subsistencia de vínculos de tal naturaleza constituye de ordinario fuente de conflictos".

La sentencia original de divorcio, dictada el 4 de octubre de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Zaragoza,
estableció:
A.-  una fianza de 1.600 euros mensuales para el mantenimiento de los 2 hijos del matrimonio, 
B.- y otra de 1.000 euros al mes durante 3 años para compensar la situación de desigualdad en la que había quedado la mujer.   
(es decir, 2.600 € al mes.. ¿Cuanto son los ingresos del Padre? ¿Y los gastos reales de los menores? más la hipoteca de la que fuera vivienda familiar......)

Respecto a la vivienda, el juez de primera instancia resolvió obligar al padre a pagar el 50% de la hipoteca, así como del pago del impuesto de bienes inmuebles y de los gastos de comunidad, pero estableció que transcurridos 2 años la casa debía ser vendida.

Este punto, ratificado por la Audiencia de Zaragoza el pasado 7 de febrero, fue recurrido por la mujer al entender que la medida no tenía en cuenta las circunstancias de la familia y podía repercutir en la estabilidad de los niños ante la posibilidad de cambiar de colegio y de amigos.


Para el TSJA, el mantenimiento de la vivienda familiar, con una cuota mensual de 885 euros a abonar a partes iguales por la expareja, además de gastos de seguro, impuestos, comunidad y derramas extraordinarias, resulta "inasumible" tras la ruptura.

Considera, además, "inconveniente" cargar sobre el padre, residente en Dubai, los costes de un sistema anterior de convivencia ya liquidado.
Para este tribunal, el plazo dado constituye un tiempo "razonable" para que la mujer pueda buscar una nueva y desvincularse de la que fue el hogar familiar.


"Si bien es cierto -subraya la sentencia- que la situación actual del mercado permite prever que se alcanzará un precio por la actual residencia inferior al que se hubiera logrado en una coyuntura económica favorable, también lo es que podrá adquirir otra por un precio asimismo inferior".

Divorcio y pago de hipoteca



Matilde Cuena Casas, Profesora Titular de Derecho Civil Universidad Complutense de Madrid.
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2011 (ponente: Doña Encarnación Roca Trías), ha provocado un gran revuelo en los medios de comunicación hasta el punto que ha sido objeto de debate en programas de máxima audiencia.
Y es que el tema tratado es extraordinariamente cotidiano y despierta una gran sensibilidad social. 
Producido el divorcio de 2 cónyuges que estaban casados en régimen de gananciales, se plantea el problema de la naturaleza de la deuda garantizada con hipoteca que grava la vivienda familiar y cómo deben contribuir los excónyuges al pago de la misma. 

Si se considera que se trata de carga familiar (de carga del matrimonio no se debería hablar pues ya se ha disuelto por el divorcio), la contribución debe ser proporcional a los ingresos de cada cónyuge (art. 146 Cc).
Con todo, la esposa reclamaba que la totalidad del pago de la deuda hipotecaria fuera satisfecha por el marido.
En las sentencias de instancia el uso de la vivienda familiar se atribuyó a la esposa por razón de ostentar la custodia sobre los hijos comunes, y se consideró que el pago de la hipoteca debía ser proporcional a los ingresos y que el marido debía abonar el 80% del mismo y la esposa el 20%.

La vivienda familiar era ganancial y la deuda también.
No obstante, disuelto el matrimonio, ya no cabe hablar de gananciales, sino de bienes comunes (comunidad post ganancial) hasta que se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales  y se atribuya a cada cónyuge la titularidad exclusiva de los bienes que, si no se pacta otra cosa, deberá ser por mitad (art. 1405 Cc).
Pues bien, el Tribunal Supremo en esta sentencia resuelve la cuestión en el sentido de que la deuda hipotecaria que pesa sobre la vivienda habitual no es carga familiar (art. 90 C Cc), sino una carga derivada de la cotitularidad de ambos cónyuges y hasta que se produzca la liquidación de gananciales, deberá ser satisfecha por ambos y por mitad.  

Documento completo


Cómo calculan los jueces la pensión alimenticia

 qué debe pagar el progenitor no custodio?.

Una de las preguntas que los clientes plantean más habitualmente en el despacho de un abogado de familia es la cantidad que va a tener que pagar en concepto de pensión alimenticia para sus hijos.

Legal today.com /Carmen Varela Álvarez,Socia-directora del área de derecho de familia de CIRCULO LEGAL./ 11 de Mayo de 2012

La respuesta no es sencilla pues, a diferencia de las legislaciones de otros países como, por ejemplo, Reino Unido, no tenemos porcentajes ni cantidades fijas;
Si es cierto que existen las tablas California pero ni son de obligatoria aplicación ni sirven como computo para negociar el importe de la pensión, ya que están sometidas a múltiples variantes. 
 ¿Cómo podemos saber entonces si lo que nos pide el otro cónyuge como pensión de los hijos es poco o mucho?
Pues bien, cuando llevas años de especialización en el derecho de familia,  el calculo es relativamente sencillo e intentare explicarlo de la forma mas simple posible. 

Lo primero que debemos hacer  es sumar el salario neto de cada uno de los progenitores y sobre el total obtenido aplicaremos una simple regla de 3 que nos llevara a determinar los porcentajes que cada 1 de los progenitores debe pagar de los gastos de los hijos.
A continuación calcularemos los gastos de los hijos incluyendo colegios, libros, material, casal de verano, colonias, actividades extraescolares,  alimentación, ropa y vivienda (hipoteca o alquiler que paga el custodio). 
Así obtendremos el importe total de los gastos del hijo  y, sobre éste, aplicaremos los porcentajes resultantes de la regla de 3 calculada anteriormente sobre los salarios netos de sus padres. 

Tras haber fijado:
1.- el importe total de los gastos del hijos y 
2.- el porcentaje que, sobre los mismos, corresponde a cada uno de los progenitores, 
3.- Del salario neto del progenitor no custodio  descontaremos los siguientes gastos: la cantidad que deba abonar de la  hipoteca de la vivienda familiar en la que reside el otro progenitor y los hijos comunes, el coste mensual de su nueva vivienda y la pensión alimenticia que, según el calculo explicado anteriormente, le corresponde pagar, con lo que obtendremos la cantidad liquida que le restara. 

Después calcularemos la situación en la que quedara el custodio y, para ello, computaremos sus ingresos netos mas la hipotética pensión alimenticia que percibirá del no custodio restando los gastos  de los hijos que deberá satisfacer, con lo que obtendremos la cantidad liquida que le queda. 

Si, tras efectuar las operaciones aritméticas relatadas, la situación económica resultante entre uno y otro progenitor es muy dispar, entonces deberemos "retocar" la pensión alimenticia establecida  hasta conseguir un mayor "equilibrio" entre las partes. .
A priori, calcular de este modo la pensión alimenticia puede parecer muy complejo pero, si intentan hacerlo, podrán comprobar que, en realidad, no lo es y que, sorprendentemente, la cantidad resultante permite satisfacer los gastos de los hijos comunes dejando a ambos cónyuges en una situación económica  bastante equilibrada,  lo que no es fácil tras una ruptura familiar.