Magistrados y fiscales discrepan sobre la formación que reciben en perspectiva de género y el juicio público que se está haciendo a Antonio David Flores.
Irene Dorta Hermoso , 23/03/21
Entre los casi 4 millones de espectadores que vieron la serie documental de Rocío Carrasco había políticos, jueces, fiscales y abogados, entre otras muchas personas que pegados a sus pantallas escucharon a la hija de Rocío Jurado relatar años de violencia machista. El debate público se dividió entre la crítica mediática por los años de escarnio público, las dudas sobre la protección de la mujer en el sistema judicial y las demandas de presunción de inocencia para el exmarido, Antonio David Flores, sobre quien no pesa ninguna condena por estos hechos.
Telecinco logró un rotundo éxito con la emisión de Rocío: Contar la verdad para seguir viva, mientras miles de personas llenaban las redes sociales de mensajes a favor y en contra del caso. “Estás gorda”, “eres tonta”, “te los voy a quitar, te van a odiar”, fueron las amenazas que durante años sufrió la hija de la cantante, según su relato en esta miniserie. “A mí nadie me devuelve fines de cursos de mis hijos, a mí nadie me devuelve todo lo que yo he perdido durante tantísimo tiempo”.
La portavoz del Congreso, Adriana Lastra, o la ministra de Igualdad, Irene Montero, se pronunciaron para apoyar el relato de Carrasco. Pero parte de la judicatura sintió estos mensajes como un ataque a la Justicia, como la decana de los Juzgados de Madrid, Mª Jesús del Barco, que escribió en Twitter que si la ministra estaba condenando a un hombre sin una resolución judicial era “como mínimo, grave. El honor de las personas vilipendiado por un cargo público. En fin, susto o muerte”.
Magistrados, fiscales y abogados contactados por Confidencial Digital tratan de analizar las debilidades y fortalezas del sistema judicial en materia de género.
Irene Montero y la condena.
La ministra de Igualdad fue la 1ª en apoyar a través de Twitter a la hija de la cantante: “El testimonio de Rocío Carrasco es el de una víctima de violencia de género. Cuando una mujer denuncia públicamente la violencia puede ser cuestionada o ridiculizada. Rocío Yo Sí Te Creo”. Con este ‘tuit’ Montero recibió críticas por parte de la judicatura que le afeó que no tuviera presente la presunción de inocencia.
“En el proceso penal hay que escuchar a las 2 partes y ambas tienen derecho a la prueba. Pero, además, muchas veces puedes estar convencido psicológicamente de algo, pero no puedes probarlo. En eso consiste en última instancia la presunción de inocencia”, explica a ECD Luis Enrique García, magistrado de instrucción de Santander.
Él ha trabajado resolviendo casos de violencia de género y habla de que uno de los problemas más importantes a la hora de resolver estos asuntos es el colapso de la Justicia: “yo llevaba temas civiles y penales y, además, me metieron competencias de violencia de género. A un sistema ya colapsado, le produce un colapso superior”.
En España hay 106 juzgados especializados de Violencia Sobre la Mujer, según datos del Consejo General del Poder Judicial, mientras que el resto -otros 351- son juzgados mixtos, es decir, resuelven estos temas y otros muchos asuntos. Esta sobrecarga dilata los procesos y lleva a una doble estigmatización tanto de la víctima como del acusado.
Mediaset ya ha anunciado que no contará con Antonio David Flores para futuros programas tanto en Telecinco como en Cuatro, aunque deja la puerta abierta con un “no hay previsión” de incluirlo en programas venideros.
“La presunción de inocencia también tiene una vertiente extraprocesal cada vez más importante: es decir que una persona fuera de un proceso no puede ser tratada como culpable si no lo dice un tribunal”, explica Fernando Portillo, juez decano de Melilla y vicepresidente del Foro Independiente Judicial. “En España en este caso, se señala muchas veces por parte de los poderes públicos a personas cuando están siendo investigadas y esto crea un estigma muy grande para la persona”.
Rocío Monasterio y el síndrome
El mensaje que la portavoz de la Asamblea madrileña de Vox, Rocío Monasterio, dedicó al documental fue dirigido a los menores: “Hoy media España ha entendido lo que es el síndrome de alienación parental. Lo sufren miles de niños, unos víctimas de padre, otros de madre”.
Este síndrome, que fue descrito originalmente por el psiquiatra infantil Richard Gardner e introducido en 1985, se disputa en el contexto de la custodia de los hijos. Consiste en una campaña de denigración de un progenitor para alejarse del otro, pero a pesar de que se hable de síndrome, lo cierto es que no está recogido como un trastorno dentro de la medicina y tampoco se puede denunciar como delito ni utilizarse como fundamento legal, aunque se puede ver en algunas sentencias de divorcio o de modificación de medidas.
“Es un mito. Gardner, una persona que terminó suicidándose, ensalzaba el contacto sexual con los menores e inventó esto como una herramienta para poder mantener a estos niños en unos entornos para poder abusar de ellos”, explica a ECD la fiscal Inés Herreros, que ha realizado algunas ponencias sobre este síndrome.
“Hay que diferenciar lo que es el mal-llamado síndrome de alienación parental, que tiene como finalidad última ocultar la violencia de género de la utilización de menores como instrumento para seguir atacando a las madres, que es lo que se llama violencia vicaria”, dice Herreros, quien también es miembro del Consejo Fiscal, órgano asesor de la Fiscalía General del Estado.
Adriana Lastra y la perspectiva de género
Por su parte, la diputada socialista Adriana Lastra se significó para remarcar el papel femenino: “Rocío Carrasco es una mujer valiente, una superviviente. Su testimonio tiene un gran valor para visibilizar la violencia de género. No paremos hasta que la vida sea segura y libre para todas las mujeres”.
“El problema que tenemos es que hay muchos casos donde la forma de violencia es un maltrato psicológico de forma continuado y eso es invisible. Si no se evidencia algo físico es muy difícil que la denuncia prospere”, explica la abogada del turno de oficio Ángeles Chinarro y presidenta de la Asociación Libre de Abogadas y Abogados. “Los jueces no se han actualizado en este tipo de violencia 3.0”.
Los jueces españoles tienen varias vías para formarse en perspectiva de género. Por un lado, pueden acceder a cursos telemáticos voluntarios durante varios meses que organiza el Consejo General del Poder Judicial; y por otro lado, existe una formación obligatoria durante 2 semanas para aquellos que van a trabajar en un Juzgado especializado de violencia sobre la mujer.
Esta formación se ha implementado a raíz de las peticiones de igualdad y de género que se impulsaron en 2017 tras el Pacto de Estado contra la violencia de género y muy especialmente tras la sentencia de ‘La Manada’ en 2018. Todo esto ha logrado que se incluya temario en las oposiciones y que se imparta también durante la Escuela Judicial.
“Existe una gran laguna de conocimiento sobre qué creemos que es la perspectiva de género. Desde luego no es retorcer las reglas procesales con tal de que 1 de las 2 partes, en este caso las mujeres tengan razón”, dice el magistrado Fernando Portillo. Por su parte para Lucía Avilés, magistrada y fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas, se trata de una “técnica jurídica vinculante que nos va a permitir ver las discriminaciones o desigualdades que se dan en todas las fases del proceso. Las vamos a detectar, a corregir y a compensar”.
Según Avilés, uno de los problemas más importantes del actual sistema judicial es que los Juzgados sobre Violencia contra la mujer solo abren de lunes a viernes y en unos horarios determinados. Esto hace que muchas de las medidas de protección -si la denuncia se produce un sábado o un martes por la tarde, por ejemplo- las tengan que adoptar juzgados mixtos.
“Esto es importante resaltarlo por 2 razones. 1º por la insuficiencia que hay de estos juzgados en función de si estás en una capital, que tendrás atención psicológica adaptada o recursos jurídicos o en un pueblo y que genera diferencias de tratos entre las víctimas en un sitio o en otro”, explica la magistrada. “Y 2º, porque las órdenes de protección las adaptan estos juzgados” que no han recibido esa formación.
Para ella debería ser obligatoria en todos los órdenes jurisdiccionales, en todas las instancias y, además, revisable periódicamente.