sábado, 17 de diciembre de 2011

Las juezas y magistradas víctimas de violencia de género

 Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

«Artículo 360 bis.
1. Las juezas y magistradas víctimas de violencia de género tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia por razón de violencia sobre la mujer sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos. 
En esta situación administrativa se podrá permanecer un plazo máximo de 3 años.

2. Durante los 6 primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaran, siendo computable dicho periodo a efectos de ascensos, trienios y derechos pasivos.
Esto no obstante, cuando de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima lo exigiere, se podrá prorrogar por periodos de 3 meses, con un máximo de 18, el periodo en el que, de acuerdo con el párrafo anterior, se tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo, con idénticos efectos a los señalados en dicho párrafo.

3. Las juezas y magistradas en situación de excedencia por razón de violencia sobre la mujer percibirán, durante los 2 primeros meses de esta excedencia, las retribuciones íntegras y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo.

4. El reingreso en el servicio activo de las juezas y magistradas en situación administrativa de excedencia por razón de violencia sobre la mujer de duración no superior a 6 meses se producirá en el mismo órgano jurisdiccional respecto del que tenga reserva del puesto de trabajo que desempeñaran con anterioridad; 
si el periodo de duración de la excedencia es superior a 6 meses el reingreso exigirá que las juezas y magistradas participen en todos los concursos que se anuncien para cubrir plazas de su categoría hasta obtener destino. De no hacerlo así, se les declarará en situación de excedencia voluntaria por interés particular.»

Competencia para modificación de medidas de divorcio tras condena por violencia de género

Competencia para modificación de medidas de divorcio tras condena por violencia de género 

SP/CONS/80314
Consulta. Septiembre 2011
A consecuencia de un episodio de violencia de género, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer dicta sentencia de conformidad condenatoria, hallándose pendiente de cumplir la pena impuesta al hombre, de quien la víctima se encontraba divorciada. 
Aquel ha formulado demanda de modificación de las medidas acordadas en el procedimiento matrimonial precedente ante el Juzgado Civil que dictó la sentencia de divorcio. 
Se pregunta: si es competente este órgano judicial o el Violencia sobre la Mujer.
Si el procedimiento de divorcio se despachó en un Juzgado distinto al de Violencia sobre la Mujer, porque este se tramitó antes y no asumió "ab initio" la competencia para su tramitación, el Juzgado de Violencia no puede conocer de una demanda de modificación de medidas, ya que no dictó la sentencia y no puede asumirlo, siendo irrelevante que se trate de una pareja que ha tramitado un procedimiento penal ante el Juzgado especializado, ya que "su Juzgado" competencial lo es el que tramitó el divorcio. 
 
Las demandas de modificación de medidas se presentan ante el Juzgado que dictó la sentencia y así, cuando el art. 775 LEC se está refiriendo al "Tribunal", lo está haciendo al que dictó las medidas de las que ahora se postula su modificación.
Esta cuestión se resuelve en el art. 49 bis LEC en orden a si se produjo en su momento la inhibición del Juez civil en favor del Juez de violencia, y la Ley lo determina "salvo que se haya iniciado la fase del juicio oral", no entendiendo que, en razón de la duda expuesta, esta no se ha producido, sino que llegó a dictarse sentencia por el Juez civil y ahora se quieren modificar estas medidas.
 
De todos modos, para saber hasta cuándo puede remitir el Juez civil de familia las actuaciones al Juez penal de Violencia sobre la Mujer para que este conozca de todo el tema civil si, en el momento que se presenta la demanda civil (dentro de los 30 días de las medidas civiles de la Orden de Protección), se ha dictado ya sentencia penal absolutoria o bien auto de archivo, debe el Juzgado de Violencia sobre la Mujer seguir el procedimiento civil que ahora se le presenta. 
Se concluye que en este supuesto ya no concurren todos los requisitos simultáneos previstos en el n.º 3 del art. 87 ter LOPJ y, por ello, en aplicación del n.º 4 del mismo artículo, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer debe inadmitir la pretensión civil y remitirla al Juzgado competente o al Decanato para su reparto entre los Juzgados de la jurisdicción civil.
 
Sin embargo, si, ya iniciada la tramitación del procedimiento civil subsiguiente a las medidas civiles de la Orden de Protección, llega a conocimiento del Juzgado de Violencia sobre la Mujer la finalización del proceso penal sin condena, no puede remitir el procedimiento en los mismos términos que lo debe hacer el Juzgado civil por el art. 49 bis LEC, porque no está prevista en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aquella pérdida de jurisdicción del Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
 
La Guía Práctica elaborada por el Grupo de Expertos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, designados por el Consejo General del Poder Judicial, considera que la referencia del art. 57 de la Ley (que introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil el art. 49 bis) a la fase del juicio oral ha de entenderse aplicable al procedimiento civil, que no al penal. 
Por lo que se concluye que, desde la providencia citando a juicio, no cabe la remisión al Juzgado de Violencia sobre la Mujer.
 
El momento clave es la providencia citando a las partes a juicio civil: se significa este momento como el recogido en la expresión "salvo que se haya iniciado la fase de juicio oral", ya que hay que concretar este momento procesal de forma clara. 
Al menos, establecer un concreto criterio que transmita seguridad jurídica en estas situaciones y evite disparidad de criterios.
Sin embargo, a mayor abundamiento, si ya se ha dictado sentencia con medidas en un Juzgado civil y ahora se quieren modificar es irrelevante que haya habido pleito penal por malos tratos a efectos competenciales.

6 consejos para estimular a tus hijos a ser más activos.

6 consejos para estimular a tus hijos a ser más activos.


Con tantas pantallas alrededor, hacer que tus niños hagan deportes puede resultar una tarea difícil de lograr. 
Sin embargo, es importante que durante la infancia fomentes en tus hijos la costumbre  de que se mantengan activos. 
Esto no sólo les ayuda a controlar su peso y a evitar la obesidad infantil, sino también les ayuda a crecer y a desarrollarse de manera saludable.

El ejercicio ayuda a los niños a combatir la obesidad infantil y hasta a tener un mejor desarrollo durante la etapa de crecimiento. Los estudios lo demuestran ampliamente.  
Por ejemplo, unos investigadores de la Universidad de Illinois encontraron que los niños que hacen ejercicio obtienen mejores calificaciones en los exámenes que aquéllos que son sedentarios y, al parecer, tienen más facilidad para mantener la atención y la memoria y para coordinar sus acciones y sus pensamientos.

Por otro lado, un estudio presentado en la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y de Nutrición (AESAN), encontró que los niños con sobrepeso tienen una tendencia a presentar dificultades en el desarrollo psicológico, así como síntomas de ansiedad y de depresión.
¿Y tu niño, qué tan activo está? Aún cuando no sea obeso, es posible que te cueste apagarle el televisor o sacarlo de la computadora o apartarlo de los videojuegos. 
Sin embargo, no te des por vencida(o) y estimúlalo realizar actividades y deportes, ya sea a nivel individual o en grupo.

Y para que no falles en tu intento por hacer de tu hijo un niño activo, he aquí algunos consejos que pueden ayudarte:
  1. Observación y paciencia. Dale tiempo al niño o a la niña para que descubra lo que realmente le gusta. No todos se sienten cómodos con los deportes tradicionales, como el baloncesto o el fútbol. Algunos prefieren nadar, bailar o andar en bicicleta. Observa a tus hijos y trata de definir cuál es la actividad que más les agrada y ten paciencia. Para descubrirlo puede ser necesario que cambien una y otra vez de actividad, hasta que encuentren la que va con su personalidad.
  2. Únete al juego. Los adultos estamos acostumbrados a tomar el ejercicio casi como un trabajo, pero no tiene porque ser así. Una de las claves para ser constantes es divertirse. Así como buscas el placer de tus niños, date tú también la oportunidad de pasarla bien y juega con ellos o comparte actividades. Caminar juntos hasta el colegio, por ejemplo, no sólo los mantiene en movimiento, sino que también les da la posibilidad de conversar y acercarse el uno al otro. Lo mismo si aprovechas un rato cada fin de semana o en tus días libres para ir a jugar al parque. ¡Hasta pueden incluir a la mascota familiar!
  3. Incluye a sus amigos. A veces no basta con que tú te unas a la actividad. Invita a sus amigos y déjalos que se diviertan haciendo lo que más les gusta a ellos.
  4. Establece una rutina. Los niños necesitan estructura y orden. Si programas días y horarios para sus actividades puede resultarles más fácil realizarlas.
  5. Enséñales con el ejemplo. Así como juegas con ellos y les exiges que tengan su rutina de ejercicios, no te olvides hacer ejercicio tú y de mantener un estilo de vida sano también.
  6. Limita las horas frente a cualquier pantalla. ¿Has pensado cuántas horas pasan los niños frente a ellas? Si sumas el tiempo frente a la televisión, a las computadoras y a los videojuegos es posible que te sorprendas. ¡Y ni hablar si también incluyes al teléfono celular! Es cierto que los niños ahora también pueden usar la computadora para hacer las tareas del colegio y para estudiar, además de que para ellos es un medio más de contacto con sus amigos. Prohibirla por completo tampoco es bueno, pero ayúdalos a tener un uso responsable y seguro del Internet y de las redes sociales, lo que incluye también limitar el tiempo que se usan.
Por último, recuerda que el ejercicio nunca se debe tomar como algo forzoso ni aburrido, por el contrario, enséñales que la actividad física y las actividades al aire libre son divertidas y pueden ser hasta un premio.
Y ahora que sabes todo esto, salgan todos en familia a jugar al parque.

IU pide propuestas en internet: Contra la Custodia Compartida

 
RELEVO EN EL GOBIERNO: IU pide propuestas en internet para su intervención en el debate de investidura de Rajoy. 

Los usuarios podrán trasladar sus ideas a Cayo Lara a través de Facebook y Twitter.

Viernes, 16 de diciembre del 2011/EFE / Madrid
Izquierda Unida ha lanzado una campaña en internet para que los ciudadanos aporten ideas y propuestas para incluirlas en la intervención del coordinador federal, Cayo Lara, durante el debate de investidura de Mariano Rajoy como presidente del Gobierno el lunes y el martes de la próxima semana.
Según un comunicado de la federación, esta "novedosa propuesta" se denomina #enlainvestiduradiría y se ha puesto en marcha a través de Facebook y Twitter. 
La formación ha pedido propuestas "para permitir que el debate de investidura llegue más allá de los muros del Congreso y así poder recibir directamente las propuestas de ejes de discurso para lanzar al próximo presidente del Gobierno".

Los resultados del 20-N. 

IU es "consciente", "tras los resultados de las últimas elecciones", de la "necesidad de fortalecer la oposición de izquierdas en las instituciones, con un discurso capaz de construir la alternativa para salir de la crisis y para construir un nuevo modelo país, que termine con el expolio económico, democrático y ambiental" que están "sufriendo" España y Europa. 

La federación quiere "seguir articulando el fortalecimiento de la izquierda, continuando el trabajo de la convocatoria social, sobre la base de la participación y el intercambio de ideas con las personas y colectivos que así lo deseen".

Nota: Recordar que están en contra de la Custodia Compartida si no es de Mutuo Acuerdo y ya no digamos nada de la Liquidación de los Bienes Gananciales, de hecho: Querian volver al extinto Ministerio de la Mujer/Igualdad. (Ver Programa electoral 2011)

viernes, 16 de diciembre de 2011

Unas 600.000 mujeres sufren maltrato en España.

Macroencuesta del Gobierno: Unas 600.000 mujeres sufren maltrato en España. 
El informe aprecia un incremento "significativo" del porcentaje de víctimas que logran salir de tan dramática situación, el 85,7%.
 
Viernes, 16 de diciembre del 2011 /EFE / Madrid Unas 600.000 mujeres sufren a día de hoy maltrato en España, según refleja una macroencuesta que ha puesto de manifiesto, además, un incremento "significativo" del porcentaje de aquellas que logran salir de tan dramática situación, y que se sitúa en el 85,7%.

Estas son algunas de las conclusiones avanzadas este viernes por la Secretaría de Estado de Igualdad de una macroencuesta realizada este año por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, y que se conocerá con más detalle en breve.
Trabajo que refleja, según la Secretaría de Estado, "un mayor posicionamiento crítico por parte de las mujeres al reconocerse como víctimas e identificar comportamientos violentos, y un incremento significativo -ese 85,7 %- de aquellas que salen de la violencia".

En colaboración con el CIS.

La encuesta ha sido realizada, en colaboración con el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), sobre una muestra representativa de 8.000 mujeres de entre 18 y más de 65 años y en base a entrevistas presenciales, a diferencia de las de años anteriores -1999, 2002 y 2006- en que eran telefónicas.
Según las conclusiones adelantadas este viernes:
a.-  el 89,2% de las mujeres no ha sufrido maltrato nunca y 
b.- del 10,8% que ha sido víctima de violencia machista alguna vez en su vida, un total de 2.134.000, el 3% lo fue en el último año.
c.- Del porcentaje que ha sufrido agresiones violentas por parte de sus parejas, el 7,8%, 1.541.000 mujeres, han logrado salir de esa situación, asegura la encuesta.

Mayor reconocimiento social

Laura Seara, secretaria de Estado de Igualdad en funciones, considera que ese incremento de mujeres que reconocen ser o haber sido víctimas de violencia de género responde "a un mayor reconocimiento de las situaciones" como "paso necesario a la hora de tomar la decisión de reaccionar a la violencia y denunciar".
Otro dato importante del estudio: en el 2011 la tasa de homicidios respecto a las mujeres que han declarado ser maltratadas ha disminuido en un 33,27% con respecto al 2006.
"Los datos muestran -asegura Miguel Lorente, delegado del Gobierno para la Violencia de Género, en una nota- que la sociedad está cambiando, que esos cambios están reduciendo la violencia de género, y que las políticas e iniciativas puestas en marcha están ayudando" a su erradicación.
De ahí que Lorente anime a "continuar trabajando desde la unidad", y más que nunca, para combatir este grave problema social.

Mujeres denunciantes

Lorente ha alertado también sobre otro dato reflejado por la macroencuesta, el del porcentaje de mujeres que decidieron denunciar la situación y a sus agresores.
Así, entre las mujeres que sufrieron maltrato y lograron salir de él, denunciaron un 26,6% y entre las que lo sufren actualmente el porcentaje alcanza el 29,7%.
"La comparación entre ambos datos indica -según Igualdad- que actualmente se denuncia más, aunque ha sido la separación de su agresor la forma en que mayoritariamente han dejado atrás la violencia".

Para Laura Seara ese 85,7% de mujeres que han logrado salir de la violencia es un buen mensaje para la sociedad, en el sentido de que "no es una cadena perpetua, la violencia se supera, hay otras mujeres que lo han logrado, que lo están logrando. Y ahora no tienen que hacerlo solas".
El 77% de las víctimas de violencia de género son madres, con una media de 2 hijos menores de edad.

La macroencuesta cifra en 840.000 los menores que han estado expuestos a la violencia machista en el último año, y en 517.000 los que han sufrido agresiones físicas directas en un contexto de violencia de género.

El precio de la vivienda en España sigue "sobrevalorado"

SIGUE LA CRISIS INMOBILIARIA

El precio de la vivienda seguirá cayendo en España al menos los próximos tres años, según Ernst & Young

http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/precio-vivienda-seguira-cayendo-espana-menos-los-proximos-tres-anos-segun-ernst-young-1272098

Los expertos del sector reconocen que los altos índices de paro impiden la normalización de la demanda. Las inmobiliarias se quejan de que los bancos limitan la concesión de créditos a sus viviendas en cartera.

Jueves, 15 de diciembre del 2011 - EUROPA PRESS / Barcelona El precio de la vivienda en España sigue "sobrevalorado" y es previsible que siga cayendo "durante al menos los próximos 3 años, según el último informe Ernst & Young Eurozone Forecast (EEF), que ve "lejos" una recuperación significativa de la construcción residencial. 
La consultora ha dado a conocer este informe el mismo día en que el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado que el precio de la vivienda en España aceleró su caída en el 3º trimestre, con un descenso del 7,4% respecto del mismo periodo del 2010.

Este diagnóstico es compartido por expertos consultados por Europa Press, como el analista de Bankinter, Jesús Amador, quien prevé que el precio de la vivienda siga cayendo al menos hasta finales del 2013 por el deterioro de la demanda que provocarán los altos niveles de paro. Concretamente, desde la entidad financiera se estima que esta caída adicional se situará entre el 5% y el 6%.
Por su parte, el socio director de Horizone Consulting Inmobiliario y codirector del Máster Inmobiliario de la UNED, Julio Gil, asegura que "es posible que el ajuste del precio de la vivienda se acentúe hasta final de año" y que "2012 será otro año de descenso de precios". 
La razón, nuevamente, es que sigue existiendo una sobreoferta de viviendas sin visos de ser absorbida porque la demanda está paralizada por las altas tasas de paro y por la escasez de crédito.

En esta misma línea, el jefe del servicio de estudios de idealista, Fernando Encinar, señala que actualmente solo se venden aquellas viviendas a las que se les aplican descuentos de entre el 15% y el 25%. 
"Los bancos están mirando con lupa cada operación, pero si hay este tipo de descuentos es muy probable que den un crédito", añade. 
Ambos expertos coinciden además en que los bancos están limitando la concesión de crédito a la compra de sus viviendas en cartera, lo que está haciendo que sean los particulares los que tengan que aplicar los mayores descuentos. 
"El banco prefiere no bajar el precio y dar el 100% de la financiación para no tener que asumir más pérdidas", precisa Encinar.

jueves, 15 de diciembre de 2011

La UE aprueba una euroorden de protección para maltratadas

http://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/2011-12-14/aprobada-una-euroorden-de-proteccion-para-maltratadas/2011121410021200689.html.

La UE aprueba una euroorden de protección para maltratadas. A iniciativa de los eurodiputados, el beneficiario de una orden europea de protección también podrá solicitar protección para sus familiares.

| 14 Diciembre 2011 


El pleno del Parlamento Europeo ha aprobado hoy la euroorden de protección para mujeres víctimas de la violencia de género, una iniciativa promovida por España durante su presidencia de la UE. 
Los Estados miembros tendrán ahora un plazo de 3 años para la trasladar la nueva norma a sus legislaciones nacionales.
El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada --por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador--, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. 
Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.

Aunque la mayoría de medidas han sido pensadas para las mujeres víctimas de la violencia doméstica, las normas beneficiarán a las víctimas de ambos sexos, incluidos menores, que hayan sufrido la violencia y cuyo agresor haya sido identificado.
En un debate previo a la votación, las responsables en la Eurocámara de este dossier, las españolas Teresa Jiménez-Becerril (PP) y Carmen Romero (PSOE), defendieron las ventajas que aporta la nueva norma.
"Facilitaremos el movimiento de las víctimas y frenaremos el de sus agresores. Damos un gran paso más en la defensa y protección de quienes más lo merecen", destacó la eurodiputada 'popular', que en un comunicado ha admitido que no se trata de un instrumento "perfecto" y ha lamentado que hayan sido necesarios 2 años para sacar adelante la iniciativa.

Por su parte, Romero incidió en que la aprobación de la directiva envía el mensaje de que "la protección por fin será sin fronteras" y que el maltrato "no quedará impune" y que los crímenes "se pueden evitar". "Tendremos cifras de agresores y miles de mujeres que podrán respirar en paz", añadió.
Las medidas de protección existen en todos los Estados miembros, pero dejan de tener efecto cuando se cruza una frontera. 
Esta directiva cubre a cualquier persona beneficiaria de una medida de protección en su país de origen, como por ejemplo una orden de alejamiento.

Los eurodiputados han defendido que la euroorden sirva para "todas las víctimas" y no únicamente a las de la llamada violencia machista, por lo que protegerá "contra actos delictivos de otra persona que puedan poner en peligro de cualquier modo su vida o su integridad física, psicológica o sexual (...) así como su dignidad o libertad personal".

El Estado miembro en el que la víctima haya solicitado medidas de protección de carácter penal será el responsable de solicitar la orden europea para extender esa protección al país al que se desplace la víctima.
Así, según explica la Eurocámara en un comunicado, se podrá emitir una orden europea cuando el agresor no pueda acceder a los lugares que la víctima frecuenta o cuando exista una orden de alejamiento. 

El agresor tendrá derecho a apelar la orden de protección.
Además, al informar al agresor o posible agresor, la autoridad del país de origen tendrá que tener en cuenta el interés de la persona protegida en que no se desvele su dirección u otra información de contacto. 
Esta directiva se aplicará solo a las medidas de protección de carácter penal, aunque el país de destino puede imponer medidas de tipo civil o administrativo, según marque su legislación, pero siempre asegurando el mismo nivel de protección.

El Parlamento Canario a favor de la Custodia Compartida

 http://www.elderecho.com/actualidad/Camara-compartida-preferente-procesos-separacion_0_347250131.html

CANARIAS: La Cámara canaria pide que la custodia compartida sea modelo preferente en los procesos de separación o divorcio.
El Parlamento de Canarias ha aprobado una Proposición No de Ley (PNL) en la que la Cámara insta al Ejecutivo autonómico a que se dirija al Gobierno de la Nación para solicitar que se realicen las modificaciones legales necesarias para que la custodia compartida sea considerada como modelo preferente en los procesos de separación o divorcio, siempre en defensa del interés superior del menor y del derecho de los hijos a disfrutar de una adecuada relación con sus progenitores.


Parlamento de Canarias

Previamente, fue rechazada una enmienda de los grupos parlamentarios socialista canario y nacionalista que añadía a la petición popular que la Cámara instase a la Comunidad Autónoma a dirigirse al Gobierno de España para analizar las modificaciones legales necesarias en relación a la custodia compartida en los procedimientos de separación y divorcio mediante una ponencia de estudio, priorizando la defensa del interés superior del menor y el derecho de los hijos e hijas a disfrutar de una adecuada relación con sus progenitores, así como hacerlas extensivo a sus abuelos y abuelas.

Víctor Moreno justificó el rechazo de su Grupo a la enmienda de PSC y CC en tanto en cuanto las modificaciones legales que plantea la PNL "están suficientemente claras" y se recogen en "todas las mociones y Proposiciones No de Ley que han sido aprobadas en toda España".
Además, consideró "ridículo" que en la enmienda planteen que "el Gobierno de Canarias se dirija al Gobierno de España para que a su vez se dirija a no se sabe qué o quién para que se constituya una ponencia de estudio". "Basta ya de divagar. Los ciudadanos nos piden que actuemos", recalcó. 

En consecuencia, la diputada socialista Rosa Jerez anunció que su grupo presentará próximamente en la Cámara una Proposición No de Ley para que conste la creación de esta ponencia de estudio al entender que es "fundamental" oír a todas las partes que intervienen en la educación del menor (asociaciones de madres y padres, jueces, abogados, trabajadores sociales, etcétera). 

MÁS DE 100.000 RUPTURAS
En cuanto al sentido de la PNL, el diputado popular Víctor Moreno, encargado de defender la propuesta, ha indicado que desde que en 1981 se aprobó en España la Ley del Divorcio, el número de rupturas matrimoniales ha ido en aumento, produciéndose actualmente más de 100.000 rupturas de pareja al año, rupturas que --recalcó-- tienen como principales afectados a los hijos.
Moreno ha explicado que en España, tras la modificación del Código Civil en el año 2005, se estableció la posibilidad de la custodia compartida pero limitando su efectividad para los casos en que hubiese acuerdo entre ambos progenitores y éstos así lo solicitasen en el convenio regulador o lo acordasen de mutuo acuerdo durante el proceso de separación o divorcio, o cuando excepcionalmente el juez, a instancia de una de las partes y con informe favorable del Ministerio Fiscal, lo acuerde fundamentándolo en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.

La postura de los jueces de familia, añadió el diputado, suele ser contraria a otorgar la custodia compartida fuera de los casos en que ambos progenitores así lo hayan acordado en el convenio regulador; sin embargo, y en relación con el interés superior del menor, se puede decir que, con carácter general, lo mejor para el desarrollo integral de los hijos es el mantenimiento de las relaciones con ambos progenitores (o padres adoptivos) de la manera más plena e intensa posible.

En Canarias, la Ley 1/2010, de 26 de febrero, de Igualdad entre Mujeres y Hombres establece en su artículo 40 que "las mujeres y hombres en Canarias tienen el derecho y el deber de compartir adecuadamente las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y la atención de las personas en situación de dependencia, posibilitando la conciliación de la vida laboral, personal y familiar y la configuración de su tiempo", precisando el artículo 4.4 de la citada norma que dicha corresponsabilidad debe llevarse a cabo "en cualquier circunstancia en que se encuentren ambos progenitores de matrimonio, separación, divorcio, nulidad o convivencia de hecho".

"Así pues, si el ejercicio conjunto y compartido es la regla cuando los padres viven juntos, debe procurarse que también lo sea cuando los padres viven separados, salvo que el interés del hijo aconseje otra cosa", de ahí la presentación de esta PNL, según Víctor Moreno.
Rosa Jerez se abstuvo, "pero nos interesan los derechos de los menores y vamos a presentar una PNL para que conste la creación de esa ponencia de estudio porque es fundamental oír a todas las partes y en los que intervienen en la educación del menor".

El documento: http://www.padresdivorciados.es/pdf/PNL%20Canarias%20sobre%20Custodia%20Compartida.pdf

miércoles, 14 de diciembre de 2011

La Abogacia en crisis......a pesar del aumento de los litigios

 http://www.cincodias.com/articulo/economia/abogacia-pierde-16800-empleos-crisis/20111214cdscdieco_7/

Estudio Impacto de la abogacía en la economía: La abogacía pierde 16.800 empleos por la crisis. 
El sector genera al año 10.456 millones de euros, el 1,6% del PIB.

L. Fernández - Madrid - 14/12/2011
La repercusión de la crisis en el sector de la abogacía tiene nombres y apellidos.
Todos los que conforman la lista de los 16.800 abogados que se han quedado sin trabajo en el año 2010 por culpa de la situación económica.
El empleo en este colectivo se elevó el pasado ejercicio a 157.600 letrados, lo que representa un 9,63% menos que en 2009, según el estudio Impacto de la abogacía en la economía, dirigido por Elena Mañas, profesora titular de Economía Aplicada de la Universidad de Alcalá.

El análisis que fue presentado ayer en el Consejo General de la Abogacía Española(CGAE)  y que cuenta con prólogo de Carlos Carnicer, presidente de los abogados de España, demuestra que la racha de crecimiento continuado de empleo en el sector durante los últimos 20 años se ha truncado.
El momento más álgido se alcanzó en el ejercicio 2009, año en el que los licenciados en Derecho ocupados en el área jurídica llegaron a ser 176.400.

No obstante y como señaló la autora, todavía el empleo de la abogacía representa el 1,2% del total de la economía española y sus ingresos suponen el 1,6% del PIB.
El volumen de negocio de esta actividad ascendió a 10.456 millones de euros en 2009, lo que supone un leve descenso del 0,78% respecto al mismo periodo del año anterior.
Según reconoció el presidente del CGAE, Carlos Carnicer, "la abogacía está modificando sus sistemas de trabajo y apostando por la tecnología, por la internacionalización y por la competitividad. Mejorar la profesionalización de la gestión de los bufetes, los controles internos, crear equipos multidisciplinares y externalizar algunos servicios son caminos que contribuyen a la modernización de la profesión".

Actualmente:
a.-  el 71% de los abogados trabaja por cuenta propia en pequeños despachos,
b.-  el 16% son socios o asociados de bufetes y
3.-  el 13% abogados de empresa.

Para el abogado del Estado Tomás Gómez Cueto, el gran reto será la integración.
"Siempre hemos estado más preocupados por ahorrar gastos que por generar ingresos. Tal vez eso nos ayude ahora a superar la crisis, pero debemos pensar en el futuro y en la integración".

Los grandes bufetes absorben 7.000 empleos.

El abogado del Estado y colaborador del estudio Tomás Gómez Cueto explicó que el sector se encuentra muy atomizado y que los grandes despachos absorben unos 7.000 empleos. Asimismo, destacó que la reciente operación de transposición de la Directiva de Servicios, mediante las leyes Paraguas y Ómnibus, afectan "directamente al ejercicio profesional en algunos aspectos, desregulando parcialmente ciertas materias, como honorarios o publicidad; pero sobre todo, ponen el foco de atención en los ciudadanos-clientes".
La nueva normativa obliga a los abogados a esforzarse en informar bien y exhaustivamente a su clientes.

martes, 13 de diciembre de 2011

Córdoba: El PP propone que la custodia compartida sea preferente

 http://www.eldiadecordoba.es/article/cordoba/1136929/pp/propone/la/custodia/compartida/sea/la/opcion/preferente/tras/la/separacion/o/divorcio.html

El PP propone que la custodia compartida sea la opción preferente tras la separación o divorcio.

Tamayo señala que la legislación entra en contradicción con las políticas de igualdad y progreso

J. C. | 13.12.2011 
zoom
La portavoz del PP, Ana Tamayo, defiende en el Pleno de hoy una moción en la que se pide al Gobierno de España que promueva las oportunas modificaciones legislativas para considerar la custodia compartida "como régimen preferente en los supuestos de separación o divorcio, como apuesta por la igualdad efectiva, por la distribución de responsabilidades y en defensa del interés superior del menor y del derecho de los hijos a disfrutar de una adecuada relación paternofilial con ambos progenitores, con exclusión expresa en situaciones de violencia de género".

La moción también defiende la importancia de la mediación familiar, tanto en interés del menor como para facilitar la custodia compartida. 
Por ello, el Ayuntamiento cordobés también se compromete y recoge que "apostará por la creación de servicios de mediación y de puntos de información para asesorar a las partes que deseen divorciarse de los beneficios que conlleva acudir a la mediación, buscando para ello la colaboración de cuantas administraciones e instituciones sean necesarias".

Después de calificar de "enorme" la cifra de población que se ve inmersa en un proceso de divorcio, el Grupo Popular señala que "las leyes que regulan las rupturas matrimoniales no garantizan a los menores el derecho más elemental de continuar conviviendo con sus dos padres de forma igualitaria y alterna". 
En apoyo de esta afirmación se cita la Convención sobre los derechos del Niño, que obliga a los estados a respetar el derecho de los menores a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular.

En la moción se explica que las normas relacionadas con el divorcio "siguen imponiendo, en defecto de acuerdo entre las partes, a la mujer la especialización en la crianza de los hijos". Sobre este aspecto, la moción del PP afirma que esta legislación "entra en contradicción con las políticas de igualdad y progreso que pretenden fomentar y consolidar el desarrollo profesional de la mujer".

La intención de los populares con esta proposición es que no se identifique ruptura matrimonial con ruptura familiar, "puesto que desaparecería la figura del progenitor que tras el divorcio se ve obligado a estar lejos de sus hijos". 
Sobre esta cuestión aporta el dato de que el actual modelo de divorcio impone, en el 92% de los casos, que los hijos queden a cargo de un solo progenitor, mientras el otro "pasa a tener, a menudo de modo impuesto, un papel secundario".

lunes, 12 de diciembre de 2011

Almeria: Aumentan las denuncias falsas en violencia doméstica

http://www.elalmeria.es/article/almeria/1133203/los/absueltos/por/malos/tratos/casi/duplican/los/condenados.html?mid=54

Los absueltos por malos tratos casi duplican a los condenados. Sólo 139 de las 359 sentencias dictadas por los juzgados de Almería durante el 1º trimestre del año acabaron con el sujeto denunciado cumpliendo una pena.

Los jueces reabren 60 casos en 6 meses
María José Uroz / Almería | 08.12.2011 
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Las estadísticas judiciales continúan ofreciendo un alto índice de sentencias absolutorias respecto al total de casos de malos tratos que llegan a juicio. 
Durante el 1º semestre de este año, los jueces de la provincia de Almería enjuiciaron 357 casos de violencia de género, de los cuales 139 acabaron en sentencias condenatorias frente a 218 absolutorias.  
Uno de los motivos fundamentales para explicar este resultado es la posibilidad que permite el ordenamiento jurídico para que la víctima guarde silencio durante el juicio. 
 
En la mayoría de las ocasiones la justicia se encuentra ante un muro infranqueable debido a que la principal prueba de cargo, y a veces la única, en este tipo de procedimientos es la declaración de la perjudicada. 
Por otro lado están los casos en los que las víctimas denuncian pero a la hora de iniciar el procedimiento judicial se niegan a seguir con el proceso, bien por miedo o por otras cuestiones, y retiran la denuncia. 
Las estadísticas no sólo reflejan que más de la mitad de los casos enjuiciados terminan en una absolución, sino que hay una cifra importante de mujeres que renuncian al proceso después de haber dado el paso de denunciar a su pareja por malos tratos.

Las últimas estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ponen de manifiesto que entre los enjuiciados, desde el mes de enero a junio, hay una relativa igualdad en el nº de ciudadanos españoles y extranjeros.
Según se recoge en las estadísticas del Observatorio sobre Violencia de Género, de los maltratadores condenados, casi la mitad evitaron la celebración del juicio, al mostrar su conformidad con el escrito de acusación del fiscal, algo que suele producirse a cambio de una rebaja de la petición inicial de condena planteada por la acusación pública. 
La conformidad se dio en 22 de los procesos que terminaron con una condena.

Los juzgados de lo Penal y de Violencia de Género que hay en Almería tienen actualmente abiertas un total de 1.215 causas ejecutorias en trámite, relacionadas con sentencias dictadas en el ámbito de la violencia sobre la mujer, dado que una sentencia no se considera ejecutada hasta que se cumple toda la pena, que puede ser de prisión, incluir el pago de una multa o incluso realizar trabajos en beneficio de la comunidad. 
En 60 casos, la ejecutoria se reabrió o reinició, según refleja la estadística del CGPJ.

Llama poderosamente la atención el hecho de que la provincia de Almería sea la que registra, de toda Andalucía, más casos de violencia machista que acaban con una muerte. 
Incluso si se tiene en cuenta el nº de habitantes por provincias, Almería también ocupa los 1º puestos en el ranking de las que más casos e incluso denuncias tiene cada año.

Jueces, fiscales, forenses y expertos han llegado a asegurar que se trata además de una provincia complicada en lo que a signos criminales se refiere, es decir, que en los casos de asesinatos y homicidios el ensañamiento con las víctimas es más cruel.
El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, aseguró en una de sus visitas en Almería que una de las cuestiones que también debe ser perseguida y vigilada de cerca es el tema de las denuncias falsas, "aunque sean un nº mínimo de las presentadas". 
Para Lorente, lo más importante es generar confianza en las mujeres y en las instituciones, y que no haya presunción de que cuando una mujer denuncia, lo hace para sacar un beneficio".

La ampliación del permiso de paternidad se queda en el aire

http://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/2011-12-11/la-ampliacion-del-permiso-de-paternidad-queda-en-el-aire/2011121116415400712.html

La ampliación del permiso de paternidad a 1 mes queda en el aire. Zapatero pospuso su entrada en vigor de 2011 a 2012.

  11 Diciembre 2011 -

La ampliación del permiso de paternidad a 4 semanas, una promesa del Gobierno socialista, ha quedado en el aire tras la victoria 'popular' en estos comicios presidenciales, si bien podría entrar en vigor a partir del próximo mes de enero, en el caso de que el Ejecutivo de Rajoy no cambie previamente los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2011. 
Por falta de disponibilidad presupuestaria para asumir el coste que supondría la medida, el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero pospuso su entrada en vigor del 1 de enero de 2011 al 1 de enero de 2012, tal y como se prevé en la disposición final XVª del PGE para 2011.

Con el adelanto de las elecciones y en el supuesto caso de una prórroga en los Presupuestos vigentes, el Gobierno 'popular' tendrá que aprobar un decreto ley cuando se instale en el poder, si quiere cambiar la entrada en vigor de dicho permiso. 
En este decreto, el nuevo Ejecutivo tendrá que especificar las cosas que quiere cambiar del Presupuesto de 2011 para evitar que entre en vigor tal y como está redactado.
Así, para que no se amplíe el permiso por paternidad tendrá que incluirse una norma en el decreto ley que anule la disposición adicional de las cuentas del 2011 que contempla dicha ampliación. 
Si no lo hace, el permiso por paternidad se ampliará de forma automática.

Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, a fecha de 27 de octubre de 2011, el Instituto Nacional de la Seguridad Social gestionó en los IX primeros meses del año un total de 202.734 prestaciones por paternidad; un 0,7  % menos que el año anterior. 
Mientras, la estimación del número de nacimientos del Instituto Nacional de Estadística (INE) para 2011 es de 490.380.

PROPUESTAS ELECTORALES
Ni PSOE ni PP especificaban en sus programas electorales para los comicios del 20 de noviembre qué iba a suceder con la ampliación del permiso de paternidad a 4 semanas, previsto por ley para el 1 de enero de 2012.
Eso sí, el PP sí puntualizaba que, en el caso de ganar las elecciones, haría que este permiso fuese "obligatorio", cuando en la actualidad es voluntario. 
No obstante, no especifica cuándo entraría en vigor ni cuántos días serían obligatorios para el padre, tras el nacimiento de su hijo.

ENTRADA EN VIGOR
Con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad, en marzo de 2007, se estableció un permiso para el padre independiente de la madre, compatible con el de maternidad, compartido a opción de la madre, que tiene una duración de 13 días, que se empezarán a contar a partir de la finalización de la licencia por nacimiento de hijo.
Además, dependiendo del convenio colectivo de la empresa, pueden ser 2, 3 ó 4 días naturales a contar desde el alumbramiento, más 2 días más por cada hijo adicional al 1º en caso de parto múltiple.

Además, el permiso de paternidad puede disfrutarse bien durante los días que correspondan, normalmente 13, o bien, cuando la empresa y el trabajador así lo acuerdan expresamente, en jornada parcial, siempre y cuando la reducción de jornada sea igual o superior al 50 %. 
Puede disfrutarse tanto en el caso de paternidad biológica como en los casos de adopción y acogimiento.
Según cita el Gobierno, España se encuentra en la media de los países en cuanto su duración, en concreto es igual que Austria, Francia, Holanda, si bien es superior a otros como Alemania o Bélgica.

Aumentan las modificaciones de la Pensión de Alimentos

Cuando el bolsillo paterno se queja.

Los jueces de Familia reconocen que con la crisis estudian un 200% más de revisiones de las ayudas a la manutención.

07.12.11 -A. N. | MURCIA.
El ciclista Alejandro Valverde se topó el pasado mes con una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que desestimaba su recurso para rebajar la pensión alimentaria que un juez fijó para sus 2 hijos. 
El deportista estaba obligado a pasarle cada mes 2.500 euros a su exmujer -pensión compensatoria- y 8.000 euros a sus 2 vástagos. 
Una cantidad que Valverde recurrió alegando que sus ingresos habían disminuido últimamente a causa de la sanción que se le impuso para participar en competiciones deportivas. 
 
El ciclista expuso, asimismo, que su situación no era tan boyante ahora que había cesado el contrato que mantenía con una empresa deportiva y que había iniciado una 2ª relación de pareja, de la que había nacido otro hijo. 
La Audiencia Provincial no atendió a sus razones y confirmó las cantidades fijadas por el juez de Familia. 
La Sala entendió que, pese al descenso de ingresos, «no se ha producido una modificación de su alto poder económico».
Aunque en situaciones muy diferentes a la de Valverde, cada día son más los murcianos -o, en menor medida, las murcianas- divorciados que acuden a los tribunales para pedir una rebaja de la pensión que conceden a sus hijos en aras a la crisis económica. 
 
El año pasado los juzgados de Familia de la Región registraron 331 peticiones de modificación de medidas y, en lo que va de año, estos órganos ya han contabilizado 284 peticiones, según la estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El magistrado Marcos de Alba, titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Murcia, es, no obstante, más preciso en su estimación y calcula que los casos en los que se solicita esta revisión porque el progenitor ha sufrido el azote de la crisis se han disparado un 200% en los últimos años. 
«Este aumento se da y no solamente por el desempleo de larga duración en empleos de baja cualificación, sino también entre los autónomos y empresarios de todos los sectores, que o bien han reducido su actividad o han cesado en la misma». 
 
A la hora de estudiar estos casos, los jueces de la Región deben ponderar 2 cuestiones básicas: 1.- las necesidades que tienen los niños y 
2.- los recursos con los que cuenta el progenitor. 
Por lo tanto para acordar una reducción de la pensión lo 1º que hay que acreditar es que verdaderamente se carece de recursos. 
«Incluso si se acredita esa falta efectiva de recursos, se suele establecer un 'mínimo vital', siguiendo el criterio mayoritario de la A.P. de Murcia, que considera que la obligación alimenticia es siempre prioritaria a las propias necesidades personales del progenitor», explica De Alba.
Su fijación, por tanto, es casi ineludible, como su cumplimiento, porque los jueces entienden que la alimentación de los pequeños no debe quedar al albur de las vicisitudes diarias económicas y laborales. 
Los padres, en todo caso, «deben hacer todo lo posible para su consecución». 
 
La mayoría se desestima
Pese a esta avalancha de peticiones de revisión de las cuantías, los jueces de Familia sostienen que la mayoría se acaban desestimando. 
La mayoría de las veces esta negativa se fundamenta:
a.- en que las pensiones impuestas son mínimas o 
b.- en que no se considera acreditado el descenso económico que alega el progenitor. 
 
Hay que tener en cuenta, recalcan los magistrados de esta jurisdicción, que no siempre es real la disminución de ingresos que alegan los padres. 
En muchas ocasiones se trata simplemente de un 'enmascaramiento' de aquéllos, al pasar a desarrollar trabajos en la denominada economía sumergida.
Cada vez son más las resoluciones judiciales que contemplan este último aspecto. 
 
Es el caso de una sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Murcia, confirmada ahora por la Audiencia Provincial, que condena a una mujer por impago de pensiones al entender que ésta contaba con más ingresos de los que declaraba porque recibía parte de éstos de sus trabajos en la economía sumergida. 
Para justificar ese nivel económico, el juez recuerda que la procesada pidió un préstamo de 2.000 euros para volar a su Ecuador natal con motivo de la comunión de otra de sus hijas. 
 
Los jueces recuerdan que «el impago determina, además de la posibilidad de que sus bienes sean embargados, una condena penal por el impago que, en casos de reincidencia, podría llevarle a prisión».

domingo, 11 de diciembre de 2011

EE.UU., Canadá y Brasil también observan una norma similar a la del Consell

La ley valenciana de custodia ya se aplica en seis países de la UE

EE.UU., Canadá y Brasil también observan una norma similar a la del Consell.

Los principales países de la Unión Europea aplican desde hace años un modelo de custodia compartida para hijos de padres separados o divorciados muy similar al de la Ley del Consell que el Gobierno de Rodríguez Zapatero ha recurrido ante el Tribunal Constitucional.
En países como Francia, Alemania, Italia, Dinamarca, Suecia y Noruega, la legislación establece que, si no hay acuerdo en la separación, el juez otorgará la custodia compartida del menor de forma preferente a ambos progenitores. 

El espíritu de esta norma es preservar los derechos del niño para que, aun en caso de ruptura matrimonial, no pierda los referentes que supone el contacto con su padre y con su madre. Fuera del continente europeo, también Estados Unidos, Canadá y Brasil aplican esta fórmula.
En el caso de Francia, la Ley de Autoridad Parental aprobada en 2002 elimina el concepto de «custodia», pero establece que los cónyuges deberán pactar un plan de coparentalidad sobre la convivencia con el menor. 
Sólo en caso de que no haya acuerdo, el juez decidirá con cuál de los progenitores permanecerán los hijos, así como el régimen de visitas.

Francia, Italia y Suecia. De forma similar, la Ley de Custodia Compartida impulsada por el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, insta a los padres en proceso de separación o divorcio a alcanzar un «pacto de convivencia», que regulará no sólo la custodia de los hijos, sino también aspectos económicos como el reparto del ajuar familiar o el disfrute de la vivienda. En caso de que las partes no alcancen un acuerdo, el juez optará preferentemente por el régimen de convivencia compartida, salvo que los informes de los especialistas recomenden lo contrario.

También en Italia, la legislación impone de forma prevalente la custodia compartida, si bien permite que el hijo pueda vivir de forma estable en casa de 1 de los 2 progenitores. 
Un caso similar es el de Suecia, cuya normativa insta a los padres en proceso de ruptura a suscribir un pacto escrito sobre la convivencia de los menores, que debe ser ratificado por un Comité de Bienestar Social, de ámbito municipal y cuyo cumplimiento vigilan los tribunales.

En cuanto a Estados Unidos, conviven ambos modelos según la legislación de cada Estado miembro, aunque la custodia compartida está creciendo progresivamente en todo el país.

¿Bendito divorcio express para los hijos?


 http://www.lexfamily.es/revista.php?codigo=288
Bendito Divorcio Express.

José Luis Utrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Familia n.º 5 de Málaga
Entre las críticas que la jerarquía católica ha hecho últimamente al Gobierno socialista una de ellas se refería a la aprobación por las Cortes de la Ley 15/2005 conocida mediáticamente como la ley del divorcio exprés. 

Dicha reforma del Código Civil, entre otros cambios:
1.-  suprimió el doble proceso separación/divorcio permitiendo acceder directamente al divorcio, 
2.- eliminó el sistema causal o culpabilístico vigente hasta entonces y
3.- estableció como único requisito para la ruptura del matrimonio el transcurso de 3 meses desde que su celebración.

Estas modificaciones legales se venían reclamando desde hacía muchos años pues la llamada Ley Ordóñez del año 1981 que reguló el divorcio (por cierto, contra la que también la jerarquía católica desplegó su apocalíptica artillería), había quedado desfasada por una sociedad que iba muy por delante del legislador en el campo de las relaciones familiares y de su ruptura. 
Tan era así que los jueces tuvimos que "inventar" la denominada "falta de afecto marital", para evitar precisamente las nefastas consecuencias que para todo el grupo familiar, y especialmente para los hijos menores, generaban unos procesos culpabilísticos cuya dinámica era demoledora y traumática para los litigantes.

Frente al divorcio como "sanción" de determinadas conductas, la sociedad y los profesionales que nos movíamos en el campo de las crisis familiares pedíamos un divorcio que fuese simplemente "remedio" a una situación familiar degradada. 
Y a ese clamor respondió el denominado divorcio exprés que fue recibido casi unánimemente como una bendición, pues terminaba con una legislación obsoleta socialmente e inaplicada mayoritariamente en los tribunales.

Por tanto, se entienden mal las críticas de la jerarquía católica a unas reformas legales que sólo han propiciado un "mejor" divorcio. 
Salvo que se hagan, como así parece, con la exclusiva finalidad de defender una concepción sacramental del matrimonio en la que la indisolubilidad es su nota externa más característica. 
Desde esa óptica "castigar" al que se divorcia y someterle a un largo, farragoso y a veces kafkiano proceso sí es coherente.

Pero eso no es lo que quiere la inmensa mayoría de la sociedad. 
Hoy el matrimonio no es ya un "estado" en el que se permanece de por vida salvo causa de fuerza mayor, sino una "tránsito" temporal al que le seguirá probablemente un divorcio, quizás luego un nuevo matrimonio o una convivencia como pareja de hecho y a lo mejor otra vez un nuevo divorcio.
Que la realidad es así lo demuestra la estadística: en España 3 de cada 4 matrimonios terminan en divorcio; bastantes de esos divorciados/as volverán a contraer nuevo matrimonio; las familias no matrimoniales son ya un 20% del total.

Partiendo de esa realidad social incontestable, es cierto que algunos divorcios generan importantes "daños colaterales" al grupo familiar y especialmente a los hijos.  
Pero ello no tiene su origen principalmente en la propia ruptura, sino en la forma de llevarla a cabo los adultos. 
Por eso mejorar la respuesta jurídico-social a las rupturas familiares es algo que ya preocupa en países con mayor tradición divorcista que España y algo sobre lo que es necesario trabajar, si se quieren evitar el coste social y personal de los "malos" divorcios y de paso desmontar el argumento de que el divorcio es perjudicial para la sociedad.

En la consecución de ese objetivo, facilitar el proceso de divorcio aligerando trámites y evitando dinámicas culpabilísticas era el primer paso y ello se consiguió con la Ley 15/2005. Pero eso no es todo, es necesario algo más y ahí sí queda mucho por hacer.

Implantar la mediación familiar como alternativa de mayor calidad a la solución exclusivamente jurídico legal de la ruptura familiar;
Especializar a los jueces que intervienen en estos conflictos dotando a los juzgados de los necesarios recursos sociales de apoyo;
Incrementar las perspectivas no jurídicas de este tipo de conflictos;
Implementar políticas públicas específicas y programas para los menores afectados por un mal divorcio de sus progenitores, sí son propuestas que pueden ayudar a esas familias.

Dificultar las rupturas familiares, además de ir contra la historia, es condenar a un infierno jurídico y personal a muchas familias cuyo único pecado es querer salir de un matrimonio donde generalmente ya no hay amor, en bastantes ocasiones ni respeto y a veces hasta violencia.