sábado, 26 de agosto de 2023

Divorcio con hijos: cómo evitar que los niños sufran secuelas emocionales

Los expertos del Comité de Promoción de la Salud de la Asociación Española de Pediatría (CPS-AEP) estiman que los niños de padres separados tienen un doble riesgo de sufrir trastornos o enfermedades mentales.
Rebeca Gil, 22 agosto 2023. 
Las separaciones y los divorcios están a la orden del día en nuestro entorno. Según el Instituto Nacional de Estadística, en el año 2021 hubo más de 86.000 divorcios.
Un proceso que afecta emocionalmente a la pareja, pero también a los hijos, que pueden sufrir las secuelas emocionales durante años.

Tales son las consecuencias psico-emocionales que puede llegar a tener un niño durante un divorcio o una separación, que los especialistas del Comité de Promoción de la Salud de la Asociación Española de Pediatría (CPS-AEP) estiman que:
Los niños de padres separados tienen un doble riesgo de sufrir trastornos o enfermedades mentales.
Con el fin de reducir el impacto emocional de la ruptura en los niños, los pediatras de la AEP han elaborado un manual tanto para padres como para profesionales médicos para abordar el divorcio o la separación de la mejor manera.
Según los estudios, los niños de padres separados tienen un doble riesgo de sufrir enfermedades mentales

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES PROBLEMAS QUE GENERA UN DIVORCIO EN LOS NIÑOS?
Cuando una pareja se separa, una tormenta de emociones se desata entre los dos adultos que toman la decisión.
Emociones como ansiedad, estrés, falta de autoestima que tiene un impacto directo en los niños.

En ellos, los conflictos psico-emocionales más habituales ante el divorcio de los padres son:
a.- Sentimiento de abandono
b.- Frustración e impotencia ante los cambios de rutinas que se le plantean
c.- Sentimientos de culpabilidad
d.- Sentimientos de rechazo hacia los padres porque les dedican menos tiempo o fantasías sobre una reconciliación.

Sin embargo, en muchas ocasiones, los más pequeños no saben cómo expresar toda esta maraña de sentimientos, y tal y como explican desde la AEP, esta situación puede traducirse en comportamientos como:
1.- Aumento de la irritabilidad
2.- Llora más de lo normal
3.- Puede presentar cuadros de ansiedad y depresión
En algunas ocasiones el niño puede llegar a somatizar todas estas emociones y lo hace de varias formas: somatizaciones de tipo gastrointestinal (vómitos, diarrea, estreñimiento, dolores de tripa), neurológico (tics nerviosos, balanceo, regresión en el neurodesarrollo), dermatológico (eccema, aftas, empeoramiento del acné).
4.- Problemas de comportamiento: desobediencia, agresividad, consumo de tóxicos.
5.- Trastornos de eliminación: el niño se vuelve a hacer pis o caca, sobre todo en el caso de los más pequeños.
6.- Trastornos del sueño: tanto para conciliar el sueño como para mantenerlo.
7.- Accidentes: mayor propensión a sufrirlos debido tanto a la falta de atención que provocan los problemas emocionales, como por una conducta impulsiva que suele haber cuando hay problemas de comportamiento.

Los expertos estiman que los niños de padres separados tienen 
un doble riesgo de sufrir trastornos o enfermedades mentales.

Todos estos síntomas emocionales van a variar según la edad. 
Por ejemplo, los pediatras recuerdan que durante la adolescencia el impacto del divorcio puede ser mayor.
Así lo explica la doctora Lefa S. Eddy, pediatra y psiquiatra infanto-juvenil, miembro del CPS-AEP y secretaria de la Sociedad de Psiquiatría Infantil de la AEP (SPI-AEP):
A esa edad se percibe la discrepancia que hay entre los valores que la familia y sociedad predican, y lo que practican
Pero también influye en los síntomas el género del hijo. Así, las niñas sufren más problemas de ansiedad y depresión, mientras que los chicos presentan más problemas conductuales.

CÓMO AYUDAR A UNA FAMILIA QUE ESTÁ PASANDO POR UNA SEPARACIÓN O UN DIVORCIO.
El objetivo de la separación amigable es lograr que el sufrimiento emocional causado por la separación sea el mínimo posible.
Para ello conviene que todas las personas del entorno -familiares, profesionales sanitarios, profesores, etcétera- ayuden a los niños a aceptar esta situación y a los padres a ejercer la parentalidad de manera conjunta y responsable, poniendo el cuidado y educación de sus hijos por delante de su conflicto de pareja”, expone la doctora Cristina García de Ribera, pediatra de atención primaria y secretaria del CPS-AEP.

Ante el divorcio de los padres, las niñas sufren más problemas de ansiedad, mientras que los chicos presentan más problemas conductuales.

Para conseguir este objetivo, los especialistas recomiendan:
1.- Explicar a los niños que la ruptura de los padres es algo real, que ellos no son los responsables, pero que es algo que ya va formar parte de su vida siempre.
2.- Recordar al niño que ambas partes de la pareja van a seguir siendo sus padres y que, en ningún caso, tienen que elegir entre uno u otro.
3.- Superar los sentimientos de culpa, resentimiento y reproche hacia uno o ambos padres. Hacerles saber que son normales esos sentimientos y que no pasa nada por tenerlos.
4.- Ayudarles a aceptar los cambios debido a la ruptura familiar, como cambiar de casa, barrio o incluso población.
5.- Recordarles que los ellos son frutos del amor que existía en la pareja, y que el que los padres ya no se quieran no va a afectar al amor que sienten por los menores.
6.- No implicar a los hijos en los conflictos existentes entre ambos padres. Ni se les debe usar como mensajeros, ni como arma arrojadiza contra la otra parte de la pareja o su entorno, ni por supuesto trasladarles mensajes negativos sobre los ex.

Ambos padres tienen la obligación de hablar con todos aquellos profesionales que ayuden, traten o asistan a sus hijos (profesores, médico, psicólogo, etc.). Es importante que el hijo vea que ambos padres se preocupan por su bienestar.

Excepciones en las que no se está obligado a pagar una pensión alimenticia

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Andrea Aldana, 25.08.2023 
Cuando se fija pensión alimenticia, cada caso es único y los jueces examinan el montón de acuerdo a su particularidad.
Cuando se trata de un menor de edad, la ley establece un “mínimo vital y no permite la extinción del pago de la pensión alimenticia.

El pago de la pensión alimenticia es una obligación legal y se establece para garantizar el bienestar de los hijos en común después de que se da una separación o un divorcio. Sin embargo, hay excepciones en las que no se está obligado a pagar una pensión alimenticia.
Así lo establece la ley, que tienen en cuenta algunas excepciones legales que extinguen, disminuyen o suspenden el pago de la pensión alimenticia.

Principales excepciones en las que no se está obligada/o a pagar una pensión alimenticia.
Todo lo que debe cubrir el pago de la pensión alimenticia se establece en el art. 142 del C.Civil en donde se entiende por “alimentos”: lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Ahora bien, el mismo código, en sus art. 150 y 152 también establece las principales causas o excepciones que permiten cesar, extinguir o no pagar la pensión de alimentos. 

Las enumeramos a continuación:
1 - Muerte de quien suministra los alimentos o del alimentista.
La muerte de quien está obligado a pagar la pensión alimenticia, o de quien tiene derecho a recibirla, sea hijo o hija, a quien las leyes denominan como el “alimentista”, lleva lógicamente a cesar el pago.

2 - Situación precaria de quien paga la pensión alimenticia
De acuerdo al Código Civil, “Cuando la fortuna del obligado a darlos [los alimentos] se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia”.
Es decir, cuando hay una disminución radical de la fortuna o ingresos de quien está obligado al pago de la pensión alimenticia. En este caso se puede solicitar disminución, suspensión o cese del pago de la pensión.

No obstante, cuando se trata de un menor de edad, la ley no permite la extinción del pago de la pensión alimenticia, incluso si reconoce la precariedad de quien está obligado al pago. En este caso, los juzgados suelen fijar un “mínimo vital", pero no es una cifra fija.

3 - Mejora de la fortuna y situación económica del alimentista.
El Código Civil establece: “cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia”.
Esto significa o se da, básicamente, cuando los hijos o hijas han ingresado al mercado laboral y ya no necesitan la pensión.

4 - Renuncia de las relaciones familiares.
El Código Civil lo indica así: “Cuando el alimentista, sea o no heredero forzoso, hubiese cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación”. Lo que en la práctica significa cuando el hijo o hija ha renunciado a la relación familiar y al respaldo que esta comporta.

Esta causa es bastante compleja, la situación debe acreditarse y cumplir ciertos requisitos:
Que no sea con un menor de edad.
Que la falta de relación con el progenitor sea real e intensa; es decir, no puede ser un enfado específico.
Que la falta de relación sea imputable o se deba exclusivamente al hijo o hija.

5 - Cuando el alimentista no muestra esfuerzos para acceder al mercado laboral.
Según el Código Civil, “cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos, y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa”.

En resumen, y según jurisprudencia, esto sería cuando el hijo o hija, teniendo la edad y capacidad adecuada, no realiza esfuerzos para acceder al mercado laboral.
El pago de una pensión alimenticia, si bien es una obligación legal, también cuenta con algunas excepciones. 
No obstante, hay que recordar que cada caso es único y los jueces examinan de acuerdo a su particularidad.

San Luis de Potosí: Reformarán Código Familiar del Estado

Plano Informativo
San Luis Potosí, Mexico, 25/08/2023 
Con el fin de establecer la figura de la custodia compartida, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma los art., 86 BIS en su fracción I, 101 en su fracción I, 207, 300 en su párrafo primero, y en su fracción III los incisos, a), b), y c); y adiciona a y los art. 30 el párrafo último, y 300 BIS, del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, propuesta ciudadana impulsada por los legisladores Edmundo Torrescano Medina y Juan Francisco Aguilar Hernández.

Se indica que la custodia compartida es aquella en la que quienes ejercen la patria potestad de los hijos, gozan de igualdad en las decisiones y acciones sobre los derechos y responsabilidades en la educación, formación, manutención, visitas y toda actividad relacionada con la crianza de los hijos que les permitan a ellos en cada etapa de su vida, lograr un crecimiento y desarrollo físico, cognoscitivo, emocional y social plenos, dentro de un ambiente de bienestar familiar y social.

Se establece, que cualquiera de los progenitores podrá solicitar al juez la custodia compartida, para lo cual, los juzgadores deberán considerar las circunstancias particulares del caso, tomando en cuenta los factores propios y las pruebas desahogadas, para pronunciarse respecto a la posibilidad de que los hijos permanezcan bajo esa figura, siempre velando por el interés superior de la niñez.

Se indica que con la tenencia compartida, es al hecho de permitir que los hijos sigan manteniendo contacto con sus 2 padres, haciendo que sufran menos la separación y que no se sientan presos de una elección de los mayores, a veces muy egoísta, sino que puedan seguir compartiendo y desarrollando su vida con ambos progenitores, ya que son los 2 quienes le han dado la vida.

Cabe reiterar, que esto se considera así, siempre que a criterio del juez no haya peligro de producirle un mal mayor al menor y se esté resguardando el interés superior del niño.

También se busca fomentar una mejor adaptación del menor, mayor autoestima, autovaloración y confianza en sí mismo; superior enriquecimiento del mundo social, afectivo y familiar del menor; generación de un buen modelo de roles parentales, aprendiendo a ser solidarios, a compartir, a resolver los problemas mediante acuerdos en lugar de litigios y a respetarse entre géneros.

viernes, 25 de agosto de 2023

Viajar con menores requiere el consentimiento de ambos padres si están divorciados:

....... una medida contra la sustracción del hijo.
Rocío Ocaña, abogada, explica que "si no existiere convenio o sentencia o si existiere y exigiere que se preste el consentimiento en cada viaje, será necesario rellenar un formulario en dependencias policiales".
Virgilio González, 25/8/2023 
Varios padres esperan con ilusión la temporada de vacaciones para poder viajar con sus hijos, pero en el caso de las personas divorciadas, deben constatar el consentimiento de su expareja y progenitora en común para poder salir del territorio nacional con el menor de edad, así como para obtener el pasaporte del mismo.

La obligatoriedad de contar con el permiso para poder viajar al extranjero con un hijo menor de edad viene establecida por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, junto con el Código Civil y otros reglamentos, que exigen además la firma de ambos para la expedición o renovación del pasaporte.
«Esta es una exigencia que deriva del ejercicio de la patria potestad, con independencia de la regulación sobre la custodia o las visitas», explica Rocío Ocaña, abogada del despacho Marín & Mateo Abogados.

En sus palabras, estas medidas de protección se adoptan para evitar que se produzcan casos de sustracción de menores, es decir, para evitar que un progenitor pueda llevar a los hijos al extranjero sin el consentimiento del otro progenitor o sin la debida notificación, lo cual traería problemas con los agentes fronterizos durante el viaje.

De hecho, se han dado casos en los que la autoridad fronteriza ha denegado el paso a un progenitor acompañado de un menor por no presentar la autorización del otro, apunta Ocaña. «De ahí que en los casos en los que un menor fuera acompañado de un solo progenitor, se le pueda solicitar la autorización expresa del progenitor ausente».

El Ministerio de Exteriores en su página web que “la policía de fronteras, tanto dentro como fuera de la zona Schengen -integrada por aquellos países europeos que han abolido los controles fronterizos en las fronteras comunes-, tiene el mandato específico de prestar una especial atención a los menores, viajen acompañados o no”.

La forma de otorgar el permiso dependerá de la situación familiar, que puede abarcar la existencia de un convenio regulador, una sentencia de divorcio con regulación de las medidas paternofiliales e incluso los casos en los que aún no se hayan regulado.
«En aquellos casos en los que existe convenio regulador o sentencia, será necesario comprobar si se prevé la necesidad de solicitar el consentimiento o si ya se ha otorgado el permiso para poder viajar al extranjero. En ese caso, bastará con la sentencia o resolución judicial en la que se regule el permiso para viajar al extranjero para acreditarlo», señala Ocaña.

Así, «si no existiere convenio o sentencia o si existiere y exigiere que se preste el consentimiento en cada viaje, será necesario rellenar un formulario en dependencias policiales», aclara la abogada, enumerando el cambio de residencia, los tratamientos médicos importantes y la educación y elección de colegio como acciones que también requieren el consentimiento de ambos progenitores.

Por otro lado, en los casos en los que las relaciones entre los progenitores tras la separación o el divorcio sean muy conflictivas, «será difícil que se puedan conciliar los deseos de ambos padres, lo que haría necesaria la intervención de un juez para tomar una decisión en función de los intereses de los menores después de evaluar si el viaje es en el interés superior éstos y si no afecta negativamente sus derechos», según la abogada.

«Lo mejor es que los progenitores traten de mantener una comunicación cordial entre ellos en beneficio de sus hijos y establezcan acuerdos claros entre los padres en relación con los viajes al extranjero; ahora bien, si esto no es posible, lo mejor es planificar los viajes con la suficiente antelación e iniciar el procedimiento de autorización judicial con tiempo suficiente para evitar contratiempos», concluye.

Felicidad: 6 hábitos de pensamiento que funcionan

....  para tener una vida más feliz (incluso a la vuelta de las vacaciones).
Mª Fernández de Córdoba, 23/08/2023 
No importan el momento vital por el que estés pasando o el mes del año que te toque atravesar. Estas 6 técnicas o hábitos de pensamiento, te permiten tener una vida más feliz y satisfactoria.
Las 6 técnicas de la psicóloga Jennifer Guttman para construir una felicidad sostenible. 

"Cambia la meta, no el sentimiento". Sobre esta afirmación levanta la prestigiosa psicóloga americana Jennifer Guttman todo un sistema de hábitos de pensamiento para construir una vida satisfactoria, no feliz. 
La llama Sustainable Life Satisfaction®. "La felicidad no es una mentalidad, es un sentimiento, y como toda emoción, va y viene- explica Guttman- Así que deja de perseguir algo que, por definición, es fugaz, y comienza a centrarte en un objetivo alcanzable: la satisfacción sostenible". Asidua colaboradora de la revista Phychology Today, acaba de publicar el libro Beyond Happiness: "The 6 Secrets of Lifetime Satisfaction", en el que detalla los 6 hábitos mentales o estrategias de pensamiento que nos pueden ayudar a construir una vida más "feliz", que se sostenga en el tiempo e independientemente de las circunstancias o momentos vitales que atravesemos.

6 HÁBITOS DE PENSAMIENTO QUE TE PERMITIRÁN TENER EL CONTROL SOBRE TU FELICIDAD Y SATISFACCIÓN EN LA VIDA
Según uno de los últimos realizados, cerca del 77 % de los españoles son felices o muy felices hoy en día (V Estudio de Salud y Vida elaborado por Aegon). Seguramente, si nos hicieran la pregunta ¿eres feliz? a las puertas de las vacaciones no contestaríamos lo mismo que a punto de volver a la oficina en septiembre. Nuestras emociones, y la felicidad es una de ellas, van y vienen. Nadie es capaz de perpetuarlas en el tiempo. 
Lo que sí podemos controlar es nuestra nivel de satisfacción con la vida. Éste es el enfoque que propone la psicóloga Jennifer Guttman: un plan de ruta que nos permitirá disfrutar del viaje de la vida independientemente de las circunstancias. La clave: construir hábitos de pensamiento sanos. Como ella misma explica, "te sentirás más seguro, autoempoderado, autosuficiente y resistente".

Alíate con tus pensamientos para construir una vida más satisfactoria y feliz.
1. EVITA HACER SUPOSICIONES.
No trates de adivinar lo que los demás piensan de ti o sienten hacia ti. Trata de que tus decisiones o actuaciones se fundamente siempre en hechos, no en suposiciones o adivinanzas. 
Cómo hacerlo: "Cada vez que te veas haciendo suposiciones sobre el comportamiento o las intenciones de otra persona, busca la evidencia: algo admisible en un tribunal de justicia. No una expresión facial, no un lenguaje corporal, no un sentimiento. Acciones y palabras", explica la doctora Gutman. Lo contrario es actuar en base a una proyección de tus propias inseguridades o miedos.

2. REDUCE TUS DESEO DE AGRADAR A OTRAS PERSONAS.
Se trata de evitar situaciones de codependencia y enredo que nos impiden a vivir una vida auténtica. Aprender a decir no es una manera óptima de conseguirlo. "La comunicación asertiva y consciente es honesta y puede realizarse de manera firme y respetuosa. Ser claro y directo es la clave y, si es en persona, busca el contacto visual para expresar relajadamente tu deseo". Por ejemplo: "Me encantaría poder ayudarte, pero lamentable-mente ya tengo un compromiso".

3. ENFRENTA TUS MIEDOS.
"No tengas miedo de tener miedo", explica Guttman. "Usa tu miedo como motivación positiva para impulsarte y obligarte a seguir adelante". 
El diálogo interno puede ser de gran ayuda para afrontar los miedos. "Cuando te veas a ti mismo intentando evitar un miedo, intenta decirte a ti mismo: "Yo estoy a cargo de mi miedo, él no está a cargo de mí", "El miedo es mi co-capitán, "Vencer el miedo me hace sentir poderoso"...

4. TOMA DECISIONES.
"Sentirse seguro en la toma de decisiones, sin temor a errores, mejora la confianza en uno mismo y, a su vez, mejora las posibilidades de "cierre" de los asuntos pendientes", explica la psicóloga. "Esforzarse demasiado tiempo en tomar una decisión es una pérdida de tiempo y de energía mental". Así que, toma decisiones. Y, si te da miedo tomarlas, recuerda que no existen soluciones absolutas. Puedes repetirte estas frases, a modo de diálogo interno, antes de tomar una decisión: "No hay decisiones correctas o incorrectas", "Las decisiones son reversibles, por lo que no hay mucho en juego", "Tengo la flexibilidad mental para cambiar de rumbo", "Tomar decisiones me hará tener más confianza en mí mismo", etc.

5. CIERRA ASUNTOS Y TAREAS.
"Aprender la importancia de cerrar tareas, no solo comenzar", señala Guttman. Lo 1º es fácil, lo 2º no. Sin embargo, la acumulación de pendientes aumenta nuestra carga mental y nuestra ansiedad. 
Puedes utilizar las frases del anterior apartado para "cerrar pendientes".

6. AUTOREFUERZO ACTIVO.
Se trata de proporcionar un auto-refuerzo tangible para el "cierre" o un trabajo bien hecho. La doctora propone elaborar una lista de recompensas que te motiven. Por ejemplo: leer un libro, darte un masaje, etc. 
"Haz un cambio cognitivo: en lugar de aspirar y necesitar el refuerzo y los elogios de los demás, recibe los tuyos". Puedes valorar periódicamente los pasos que vas dando en la consecución de los objetivos que te propongas y premiarte cuando los alcances.
Nota:  El problema es que muchas cosas no dependen de tí, no puedes actuar sobre ellas de forma eficaz.

jueves, 24 de agosto de 2023

Andalucía: Las subvenciones y la violencia doméstica, toda una forma de financiación autonómica.

Andalucía reclama incluir el número de víctimas como criterio para repartir los fondos contra la violencia de género.
La consejera de Igualdad, Loles López, pide al PSOE ir de "la mano" en la reclamación: "No puede valer más una mujer en Cataluña que en una mujer en Andalucía".

R. A.Sevilla, 23 Agosto 2023 
La Junta de Andalucía reclama al Estado que incluya el número de víctimas de violencia de género entre los criterios para repartir los fondos del Pacto de Estado que distribuye entre las comunidades autónomas para luchar contra este tipo de violencia
Así lo ha reclamado la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, durante la comparecencia extraordinaria en la comisión parlamentaria para abordar las 4 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas desde julio, que elevan a 11 las víctimas mortales en la comunidad en lo que va de año, los mismos padeció en 2022.

López ha defendido que "no puede valer más una mujer en Cataluña que una mujer en Andalucía", antes de precisar que "no es un problema del Gobierno de España, es de toda la sociedad" y reclamar al PSOE ir de la mano en esta reclamación.
La consejera de Inclusión Social lamentó que entre los criterios para este reparto de recursos no se encuentre el del número de víctimas, mientras que se usan otros como "la insularidad, ciudad fronteriza, distribución de mujeres, mujeres extranjeras, mujeres con discapacidad, o dispersión de población".

En su exposición, López ha defendido las políticas de la Junta para abordar la violencia contra las mujeres y ha hecho un repaso de los diferentes recursos que ofrece el Gobierno a las víctimas de la violencia machista. Entre ellos, ha detallado el Teléfono de Atención a la Mujer, el 900 200 999, la atención psicológica las 24 horas a las víctimas, así como que el equipo que la presta "se desplaza al lugar de residencia de la víctima para que esa atención sea continua". Ha asegurado que esa atención se ha "reforzado” y se ha abierto “la posibilidad de atender a chicas entre los 12 y los 15 años", también en el medio rural.

Asimismo, López ha asegurado que la Consejería que dirige ha multiplicado por 6 del dinero para financiar el servicio de atención psicológica, por cuanto ha asegurado que han pasado de tener un presupuesto de 300.000 euros a otro de 1,8 millones, así como que se ha garantizado una financiación plurianual cuando bajo gobiernos socialistas era año a año.

Además de la asistencia jurídica a las víctimas cuando acuden al forense, López ha defendido la creación de nuevos protocolos por su gobierno como el que se puso en marcha para "agresiones sexuales bajo sumisión química" y que llevó a la firma de convenios con la Federación de Ocio y Tiempo Libre y de Hosteleros, a lo que ha sumado la defensa jurídica gratuita en los casos de acoso laboral; la detección y rescate de mujeres víctimas de trata; la deriva desde el teléfono de emergencias 112 al IAM; o el protocolo con la Consejería de Justicia para la coordinación en la atención de las víctimas ya sea a través del Servicio de Atención a la Víctima de Andalucía (SAVA) o el IAM.

A esta panoplia de recursos le ha puesto un broche como es la herramienta Lenore, que ha descrito como "pionera" para "la valoración del riesgo social de la víctima" de manera que el objetivo es "poder detectar si es posible víctima de violencia de género", así como ha destacado los 43 millones de euros para los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM).

Reacciones de la oposición
La diputada socialista Mercedes Gámez ha condenado "los 11 asesinatos machistas que llevamos en 2023 que han dejado a 10 menores huérfanos", mientras que ha puesto el acento en "las 4 mujeres asesinadas en lo que va de verano, en 19 días que van desde el 21 de julio al 8 de agosto", para subrayar entonces que la urgencia de la convocatoria de la Diputación Permanente para abordar la comparecencia extraordinaria de la consejera de Inclusión Social obedece a que en 2022 fueron 11 las mujeres asesinadas, cifra que se ha igualado a estas alturas del mes de agosto de 2023.

Gámez ha asegurado que "nos llevamos una decepción con las medidas, no con las medidas en sí, que son las mismas que nos comentó en julio" para demandar que "queremos nuevas medidas, una reacción del gobierno de la Junta de Andalucía".

Tras reclamar la oportunidad de haber convocado el Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres, ha reclamado medidas como el Pacto Andaluz contra la Violencia de Género, del que ha recordado que el PP proponía en 2018 y "no han puesto en marcha", así como un Grupo de Trabajo integrado por expertos, además de reclamar "un refuerzo" de los Centros Municipales de la Mujer. "En el PSOE estamos dispuestos a trabajar contra la violencia machista y el negacionismo", ha afirmado.

La parlamentaria del PP Maribel Lozano ha sostenido que "queda camino por andar" y que ese diagnóstico "la 1ª que lo sabe es la consejera", aunque ha concluido que "se va por la buena senda", discurso que ha sustentado en hechos como los nuevos protocolos de coordinación en el Gobierno andaluz, los incrementos de los recursos de acogida, el aumento de la financiación de los centros municipales, o del propio Teléfono de Información.

Lozano ha planteado "una reflexión" a los grupos parlamentarios acerca de que "si planteamos y dudamos de la fiabilidad de los medios del Gobierno de la Junta de Andalucía que pone a disposición de las víctimas; si dudamos de que la consejera no trabaja, protege, si dudamos del buen funcionamiento del IAM, de todos los mecanismos, si no estamos provocando las dudas en las mujeres que se pueden ver en situación comprometida", por lo que ha colegido que "si nosotros desde aquí ponemos en duda que existen mecanismos no estamos ayudando a que esas mujeres puedan dar el paso" de denunciar su situación.

La parlamentaria de Vox Ana Mª Ruiz ha reproducido afirmaciones del presidente de su partido, Santiago Abascal, para indicar que reconocen la existencia de "la violencia machista, lo que negamos es la ideología de género", mientras que al igual que hiciera el portavoz de su grupo, Manuel Gavira, en la Diputación Permanente del lunes ha asegurado que "estamos en los mismos números que todos los veranos", antes de concluir que se "sigue utilizando políticamente a las mujeres", antes de indicar que "no ha habido un mes de este año que no se haya hablado de la violencia de las mujeres". "La gestión de miles de millones de euros no sirve para que las mujeres estemos más protegidas", ha dicho la diputada de Vox.

La presidenta del Grupo Parlamentario Mixto-Adelante Andalucía, Maribel Mora, ha considerado que se trata de "un año bastante malo, de un verano terrible", mientras que ha apuntado sobre las 4 últimas mujeres asesinadas en Andalucía que "sólo 1 de ellas estaba incluida en el Viogén", con la precisión de que 1 de las víctimas, Juana, "tenía orden de alejamiento, que no estaba activa ni el Viogén".
Mora ha reclamado a la consejera información sobre los centros de crisis de 24 horas a los que obliga a tener la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley de solo sí es sí, al tiempo que se ha planteado "la formación a los profesionales", y ha demandado "la educación afectivo sexual en todas las etapas educativas", convencida de que "las mujeres lleguen a ser asesinadas es consecuencia del machismo del patriarcado".

El Grupo Por Andalucía no ha participado en la comisión.

miércoles, 23 de agosto de 2023

La infidelidad es la segunda causa de divorcio en EE.UU.

Otros Medios: eldiariony, 
Otras noticias:
¿Tengo que declarar el dinero en efectivo que me regalan en una boda?.
El permiso por matrimonio no incluye a las parejas de hecho.
Este es uno de los principales motivos por los que las parejas se divorcian.
Existen multitud de razones por las que los matrimonios llegan a su fin.
elEconomista.es, 22/08/2023 
En el año 2022, en España se produjeron un total de 81.302 divorcios, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). De todos ellos, la mayoría se produjeron de mutuo acuerdo (65.033), pero otros 16.287 se materializaron de forma contenciosa. Aunque sin duda es una cifra muy elevada, desde el año 2006, en el que se produjeron 126.952, la tendencia muestra que cada vez se divorcian menos parejas.

Lo que las cifras no muestran, al menos por el momento, es la razón o las razones que llevan a las personas a poner fin a su compromiso
En este sentido, una encuesta encargada y publicada por Forbes Advisor sobre 1.000 estadounidenses divorciados (o en proceso de) ha tratado de comprender por qué fracasan los matrimonios. Por contextualizar, allí se produjeron en el 2021 un total de 689.308 divorcios.

Como conclusiones clave, el estudio ha obtenido que la mayoría de divorcios ocurren entre el 3º y 7º año de matrimonio, y solo el 4 % de las parejas se divorcian después de 10 o más años de matrimonio.

Apoyo familiar o infidelidad
Según las respuestas obtenidas, la causa principal de ruptura fue, sorprendentemente, la falta de apoyo familiar. Esta causa fue la que motivó la separación de casi la mitad de los encuestados (43 %). 
Una causa todavía más significativa entre los matrimonios jóvenes, de entre los 2 y los 8 años.

9 puntos por debajo, con un 34 %, se encuentran las infidelidades o las aventuras románticas, las cuales son más frecuentes entre los matrimonios de larga duración. A estas parejas también les afectó especialmente la falta de intimidad, con un 31 % de divorcios por este motivo media.
La incompatibilidad fue el argumento esgrimido por otro 31 % de los encuestados, aunque este porcentaje asciende hasta el 59 % en el caso de los matrimonios que duraron solamente 1 año o menos. 
Y con este mismo porcentaje también se encuentra la conflictividad.

Otros motivos relevantes pero menos frecuentes son:
a.-  el estrés financiero (24 %), 
b.- la falta de compromiso (23 %), 
c.- las diferencias respecto a la crianza de los hijos (20 %) o 
d.- al hecho de haberse casado demasiado joven (10 %). 
Por debajo de ese 10 %, se encuentran la oposición de valores morales (6 %), el abuso de sustancias (3 %), la violencia (3 %) o la diferencia en cuanto a los estilos de vida (1 %).

martes, 22 de agosto de 2023

España: ¿Existen las Custodias Compartidas impuestas? Fake News del diario.

Custodias compartidas impuestas:
cuando no hay acuerdo por ambas partes.
Cada vez más parejas en España deciden repartir a partes iguales el tiempo que pasan con sus hijos tras una separación
Pero a veces, este régimen de visitas es obligatorio y los expertos alertan de las consecuencias de no tener en cuenta la situación familiar.
DIANA OLIVER, Madrid, 22 AGO 2023 
Silvia (nombre ficticio) se separó después de 1 año de malos tratos por parte del padre de sus 2 hijos. Denunció e inició los trámites de separación cuando estaba embarazada del 2º, momento en el que, cuenta, comenzó la “tortura”. “Tras el juicio de medidas previas, estando yo embarazada de 37 semanas, la jueza de violencia de género otorgó custodia compartida de mi 1º hijo, de menos de 2 años y lactante. Separaron a mis hijos y separaron a mi hijo de mí a los pocos días de tener un hermano”, recuerda. A pesar de que el padre no conoce al pequeño, actualmente de 17 meses y lactante, ni se ha responsabilizado de sus gastos, según Silvia, también le han dado la custodia compartida.El padre impide que pueda hablar ni ver a mis hijos cuando están con él, incluso no me dejó felicitar a mi hijo por 3º tercer cumpleaños. No hay ninguna comunicación al respecto de su salud ni de su educación. Y sigue insultándome y menospreciándome delante de mis hijos”, lamenta. La custodia compartida es cada vez más frecuente en España: según datos del INE, en 2022 se otorgó en el 45,5% de los casos, un porcentaje que ha aumentado considerablemente desde 2010, cuando se situaba apenas en el 10,5%.

La Asociación Custodia en Positivo nació en 2011 contra la custodia compartida impuesta, de modo que la adoptada en cada caso vele siempre por el bienestar y la estabilidad de los menores por encima de todo. 
En estos años, han pasado por la asociación más de 3.000 madres afectadas. “La custodia compartida sin acuerdo es un infierno para quien la sufre, especialmente para las niñas y niños conocidos como niños maleta, que son tratados como objetos y tienen unas vidas desestructuradas donde se perpetúa el conflicto y la violencia”, señalan desde esta asociación sin ánimo de lucro. Para sus integrantes, es importante visibilizar que los vínculos sanos se construyen desde la calidad en los cuidados y no desde la cantidad de tiempo. “La custodia compartida solo debería otorgarse en casos de mutuo acuerdo en el marco de una decisión familiar consensuada tras una separación”, sostienen. Si no hay acuerdo entre las partes, creen que no es razonable imponer un régimen tan complejo que implica un alto grado de comunicación y flexibilidad, máxime cuando, dicen, “en gran parte se encubren casos de violencia contra la mujer”.
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A los 3 meses de conocer al padre de sus hijos, María se quedó embarazada. Al principio, cuenta, todo era un “bombardeo de amor”, pero a medida que avanzaba el embarazo empezó a notar que reaccionaba de manera desproporcionada cuando ella no le daba la razón o algo que hacía o decía no le gustaba. “Me castigaba con silencios que duraban días o simplemente se iba de casa y no respondía a mis llamadas. Después volvía como si no hubiera pasado nada. Empecé a estar confusa y a expresar menos mi opinión, ya que eso le hacía enfadar”, confiesa. 
Dice que al poco de nacer su hijo le empezó a exigir que tuvieran sexo todas las noches. A los 2 años, se quedó embarazada de nuevo: “Pensaba que estábamos mejor, que había cambiado. Un día, sentó a mi hijo mayor en una trona para obligarle a comer, mientras este lloraba desconsolada-mente y me miraba. Cuando fui a cogerle para sacarle de ahí, el padre de mis hijos me cogió del brazo y me sacó a la fuerza de la habitación, gritándome y diciendo que me fuera de allí”. En aquel momento decidió romper la relación, pero no denunció por miedo a que la separaran de sus hijos. Le pidió que los niños estuvieran con ella mientras fueran pequeños, y después pasaran a una custodia compartida. No lo logró, pero resume que se conformó por miedo a las consecuencias.

María Rendo, asesora de lactancia y coordinadora del grupo Lactancia Madre a Madre de Cartagena, cuenta que cada vez les consultan más madres y con bebés cada vez más pequeños en situación de separación y divorcio sobre cómo les va a afectar a su lactancia la custodia compartida. A menudo piden que desde el grupo les puedan dar algún tipo de informe que acredite lo importante para la salud de sus bebés de la lactancia materna. Desde el grupo, les recomiendan que acudan a sus matronas y pediatras para la elaboración de informes que tengan seguridad jurídica y sean de valor en los juzgados y las acompañan en el proceso como sostén emocional de grupo. “Nosotras nos sentimos impotentes. Creemos que no estamos hablando solo de leche materna ni de salud física, sino de un derecho sexual y reproductivo, además de recomendaciones de organismos internacionales”, asegura Rendo. Aunque consideran relevante la figura paterna y la corresponsabilidad en los cuidados, piden que se reflexione en torno a la protección de “una etapa de desarrollo que merece ser protegida”.

Para la psicóloga clínica Yolanda González, también autora de "Educar sin miedo a escuchar y Amar sin miedo a malcriar", la custodia compartida puede ser considerada como avance social con relación a los derechos legales del padre o de la madre, pero no sobre los derechos emocionales de la infancia.No es lo mismo una custodia compartida en menores de 6 años, que en la preadolescencia”, explica. Y añade que la relación del bebé o niño con la persona adulta depende de la edad madurativa y del tipo de apego, por lo que se debe analizar cada caso
Los 6 primeros años de vida son claves para el desarrollo de la personalidad y, por tanto, la estabilidad emocional. Antes de esta edad, la criatura necesita estar con la figura de apego, la que le dé seguridad. Esta es la prioridad para la infancia, más allá de los derechos legales”.

En caso de no respetar este proceso madurativo, González apunta que se observan en la clínica respuestas de alta vulnerabilidad emocional: manifestaciones de angustia, llanto recurrente, rechazo y somatizaciones diversas. “Los progenitores deben priorizar y proteger siempre el derecho de la infancia a la seguridad emocional. Las separaciones forzosas no benefician a ningún miembro del sistema familiar”, advierte.

Miedo a perder a los hijos
Claudia (nombre ficticio) tiene 5 hijos con edades comprendidas entre los 10 y los 20 años, 1 de ellos afectado por una discapacidad. Desde hace 9 años, tiene una custodia compartida, que llegó sin la aprobación del equipo psicosocial del juzgado. “Mi vida y la de mis hijos se ha visto gravemente alterada en todos los planos por el contacto continuo con la persona que provocó toda esta situación, quien fue denunciada por malos tratos”, cuenta. El caso se archivó, lo que para ella no significa que no existiera la realidad denunciada.

Desde Custodia en Positivo insisten en que las estadísticas del INE sobre la violencia machista muestran que apenas denuncian el 30% de mujeres maltratadas, de las cuales solo obtienen sentencia condenatoria que las proteja otro 30%, aproximadamente, por lo que la mayor parte del maltrato, creen, está invisibilizado. “El maltrato psicológico no suele derivar en una sentencia condenatoria porque no es fácil de demostrar. Sin embargo, con la custodia compartida abren la puerta del maltratador al sistema para seguir haciendo daño a las madres a través de los hijos”, lamentan.

Hoy, según esta asociación, una mujer que trate de huir del maltrato debe plantearse que quizá pierda a sus hijos por el camino, por lo que muchas optan por no separarse y no denunciar. Así, dicen, lo han visto desde que nacieron en 2011. “Mientras la sociedad no comprenda qué es la violencia machista y cómo sucede, no podrá entenderse la gravedad de imponer las custodias compartidas. Es un absoluto retroceso para el bienestar de nuestra sociedad”, aseguran.
Nota: Artículo de dudosa veracidad por los ejemplos que contempla, puro victimismo feminista, la realidad en España es otra muy distinta; y es que este diario está perdiendo el norte día a día.

Abogado matrimonialista: ¿qué es, cuándo puedes necesitarlo y cómo elegirlo?

La función principal de un abogado matrimonialista es representar a sus clientes en procesos de divorcio, tanto en aquellos de mutuo acuerdo como en los divorcios contenciosos.
El diario, 21 de agosto de 2023 
La figura del abogado matrimonialista es una de las más demandadas en la actualidad, dado el aumento que están experimentado los divorcios en la actualidad, que dan pie a una serie de situaciones para las que los abogados matrimonialistas son fundamentales.

Aun así, se trata de una figura desconocida para muchos matrimonios, que no saben en qué consiste ni cuáles son sus funciones. Conscientes de ello, hemos contactado con el despacho de abogados matrimonialistas en Madrid “ABOGA2” para que nos explique el papel de un abogado matrimonialista, con el objetivo de que puedas conocer cómo y en qué casos podría ayudarte.

Con más de 20 años de experiencia en el sector, el despacho ABOGA2 te permitirá acceder a un abogado de familia en Madrid y en toda España, que estará especializado en multitud de áreas como los divorcios y separaciones, custodia compartida, herencias, liquidación de gananciales, regímenes patrimoniales, medidas de apoyo, pensión de alimentos o modificación de medidas, entre otras.

¿Qué es un abogado matrimonialista?
Un abogado matrimonialista es una persona encargada de representar y asesorar a aquellos clientes que se encuentren en un proceso de divorcio, consiguiendo acelerar y evitando posibles complicaciones que puedan surgir en un momento tan complicado para la pareja, velando por sus intereses y tranquilidad, brindándoles un completo asesoramiento personalizado en cuestiones tan importantes como la nulidad matrimonial, la custodia de los hijos o la pensión alimenticia, entre otros.

El divorcio puede tramitarse a través del juzgado o mediante una notaría, aunque este último caso solo será posible cuando no existan hijos menores que sean dependientes de los padres que se encuentran en proceso de separación.

Por otro lado, además de en los procesos de divorcio o separación, los abogados matrimonialistas también se encargan de modificar el régimen económico patrimonial, que puede llevarse a cabo sin que sea necesario que haya una separación o un divorcio de por medio, así como de otros casos como la nulidad, que está dentro del ámbito de la ley del matrimonio.

¿Cuáles son las principales funciones de un abogado matrimonialista?
La función principal de un abogado matrimonialista es representar a sus clientes en procesos de divorcio, tanto si se trata de divorcios de mutuo acuerdo como de divorcios contenciosos.

Tal y como establece el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se regula el divorcio de mutuo acuerdo, puede realizarse siempre que los cónyuges lleven un mínimo de 3 meses casados. Por otro lado, el art. 777 de la LEC establece el procedimiento por el que ambos cónyuges pueden presentar petición de separación o divorcio de mutuo acuerdo, o también uno de los cónyuges, siempre que cuente con el consentimiento del otro.

En caso de que el divorcio se llevase a cabo de mutuo acuerdo, el abogado matrimonialista tiene que escribir un acuerdo entre las partes donde se recogerán las medidas pactadas y se regularán la potestad, custodia, régimen de visitas o la pensión alimentaria, siempre que haya hijos menores de edad de por medio. 
En caso de que estos acuerdos no se redactasen, será el juez el que se encargará de decidir sobre estas cuestiones importantes.

Principales situaciones en las que podrías necesitar un abogado matrimonialista:
- Divorcios:
Como hemos visto, los divorcios son la causa principal por la que podrías necesitar un abogado matrimonialista, siendo una figura que se encargará de aconsejarte, negociarte, tramitar y finalizar el procedimiento de divorcio.

- Separación:
Al contrario de lo que mucha gente cree, la separación no es lo mismo que el divorcio, y será el abogado matrimonialista el que mejor podrá explicarte las diferencias, que básicamente son que en la separación el cese de la convivencia puede no ser definitivo, o que existe posibilidad de reconciliación.

- Nulidad matrimonial:
También desempeña un papel fundamental en las nulidades matrimoniales, teniendo que diferenciar entre las nulidades eclesiásticas, que son las solicitadas ante la jurisdicción eclesiástica para tratar de volver a contraer matrimonio, y las nulidades del código civil, que hace referencia a la nulidad de un matrimonio celebrado bajo determinadas circunstancias o entre determinadas personas.

- Custodia de hijos:
Junto al divorcio, la custodia de hijos es una de las principales funciones de los abogados matrimonialistas, que sin duda es una de las circunstancias que tiene una mayor trascendencia en un proceso de divorcio.

- Modificación de medidas:
El abogado matrimonialista te asesorará para ayudarte a iniciar una modificación de medidas, así como si has recibido una demanda solicitando dicha modificación.

- Impago de pensiones:
El impago de pensiones puede producirse de forma total, siendo muy habitual que las pensiones no se actualicen anualmente por aquellas personas que están obligadas a pagarlas
En cualquier caso, es indispensable contar con la ayuda de un abogado matrimonialista que se encargue de llevar el caso.
Notas: En España puedes pedir el Divorcio sin el consentimiento de la otra parte y sin causas que lo justifique y como siempre, ni una palabra sobre el tema de la Vivienda que fue familiar y los costes del proceso: Abogado y Procurador que es una pasta, ganes o pierdas el procedimiento. El Abogado siempre llena su Cuenta Corriente.

lunes, 21 de agosto de 2023

El impuesto de donaciones en Madrid: cuánto se paga

....  y cómo son los plazos para abonarlo.
Los impuestos de donaciones en Madrid ha presentado una serie de cambios desde el 01 de enero del año 2019. Estas son unas nuevas medidas fiscales que ha implementado la Comunidad.
Beatriz Jiménez, 20 Agosto 2023 
Muchas personas creen que las donaciones en vida son una especie de regalo, pero nada más lejos de la realidad. Estas operaciones permiten organizar el reparto de bienes antes del fallecimiento del donante, que puede imponer sus condiciones y evitar conflictos entre los futuros herederos. Sin embargo, las 2 partes tienen que hacer frente a una serie de impuestos que pueden cambiar en función del territorio en el que se hace efectiva la operación. Los vínculos familiares y el tipo de propiedades también pueden influir en la cuantía final.

Las donaciones están reguladas por el impuesto de Sucesiones y Donaciones, de acuerdo con cada Comunidad Autónoma, por lo que no están exentas de tributar. 
Cuando se recibe la donación de una vivienda, la normativa que se aplica es la de la Autonomía donde se encuentre ubicada la casa. 
Cuando la donación es dinero metálico para la compra de un piso, la normativa que aplica es la de Autonomía en donde se encuentre la residencia habitual del donatario, es decir, donde haya estado por más días en los últimos 5 años antes de la donación.

Los impuestos de donaciones en Madrid ha presentado una serie de cambios desde el 01 de enero del año 2019. Estas son unas nuevas medidas fiscales que ha implementado la Comunidad de Madrid: en el caso de los hermanos se bonifica con un 15%, mientras que en las donaciones a tíos y sobrinos por consanguineidad se aplica una bonificación del 10%, según los expertos de Ródenas Abogados.

Requisitos
Asimismo, el Gobierno de la región ha aprobado una reducción del 100% sobre el impuesto de donaciones, cuando la donación recibida sea dineraria recibida. Los requisitos para esta bonificación son: El límite máximo de donaciones es de 250.000,00 €, para ello se toman todas las donaciones realizadas por el mismo donante en un plazo de 3 años.
El conjunto de todas las donaciones realizadas no pueden superar el límite establecido.
Los beneficiarios de este tipo de donación pueden ser solamente los padres, abuelos, hijos, netos, cónyuges y hermanos.
La entrega de la donación debe hacerse ante un notario.

Cálculo del impuesto de donaciones
El procedimiento para calcular el impuesto de donaciones es muy parecido al que se hace para calcular una herencia. El establecimiento de la base imponible debe tomarse como referencia el valor real de los derechos y bienes transmitidos. Para el cálculo de lo que le toca pagar en impuestos al beneficiario de la donación, se requiere conocer la relación de parentesco que existe entre el donatario y el donante. 
También es necesario el patrimonio que posee el beneficiario de la donación.

La donación entre padres e hijos tienen como beneficio una reducción en el impuesto. La bonificada que se recibe es de acuerdo con el parentesco, mientras más lejano es el parentesco, más impuestos hay que pagar. Cuando es una donación económica, el pago del impuesto se hace de acuerdo a la cantidad recibida.

Si la donación es una vivienda, se toma como referencia el valor real de mercado, en caso de no conocerse se puede recurrir a la valoración mínima. Esta se proporciona por la correspondiente Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma. Para obtener la valoración mínima debe acudirse a la sede electrónica de Catastro, donde debe introducirse los datos de la vivienda para obtener el número de referencia. 
Este se introduce en la correspondiente página web de cada comunidad.

El "Boom" de los divorcios en Andalucia

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Los divorcios han aumentado exponencialmente en Andalucía en el último 1/4 de siglo.                 
El «boom» del divorcio: 13 puntos más en la última década en Andalucía. La comunidad andaluza suma una media de casi 13.400 separaciones cada año y el promedio en los últimos 10 ha aumentado en cerca de 4.000 por ejercicio.

Miguel González Quiles, Sevilla, 20.08.2023 
En los últimos 25 años se contabilizan 334.833 divorcios en Andalucía, una media de algo menos de 13.400 al año, según los datos del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA) consultados por LA RAZÓN. Del total, en la última década se han producido 185.500, lo que arroja una media anual de 16.859 separaciones y el 55,4% del total. 
En la 1ª década del siglo XXI se registraron 141.545 divorcios, lo que supone una media de menos de 12.900 al año. 
En los últimos 10 años en Andalucía los divorcios se han disparado 13 puntos y la media anual de separaciones ha aumentado en cerca de 4.000 casos al año.

Según las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, consultadas por este diario, la tasa por 1.000 habitantes de nulidades, separaciones y divorcios sitúa a Andalucía por encima de la media nacional, con 2,01 casos andaluces por los 1,91 de cómputo del país. Andalucía solo está por detrás de Canarias (2,02), Cataluña, Comunitat Valenciana y Murcia (2,06 todas) y Ceuta (2,35). 
En base a los datos del Instituto Nacional de Estadística con fecha de 2021, la tasa bruta de divorcios en Andalucía está en 1,91 por el 1,83 de España. Andalucía sólo estaría por detrás de Ceuta (2,2), Cataluña (1,98), Comunitat Valencia y Murcia (1,97 ambas).

Del año 1998 a 2022 se contabiliza un total de 334.833 matrimonios rotos, a una media de 13.393 divorcios por año en Andalucía. Según los datos del IECA, entre 2000 y 2010 se produjeron 141.545 separaciones, a razón de 12.867 por ejercicio de media. El récord de disoluciones matrimoniales en Andalucía está en 2007, con 21.602 casos cerca del punto álgido de la crisis del ladrillo. El mayor aumento de los divorcios exponencialmente se dio de 2005 a 2006, pasando de 10.748 a 21.219, prácticamente el doble en un ejercicio. Las mayores bajadas se observan de 2012 a 2013, pasando de 19.044 divorcios a 16.408; y, sobre todo, con el parón vital y burocrático del Covid, con los 16.907 de 2019 y la caída a 13.850 en 2020. En 2021 los divorcios volvieron a subir a 16.007 y en 2022 se han estabilizado en 14.547, algo por encima de la media del último 1/4 de siglo.

Por provincias, Sevilla suma 83.863 divorcios en los últimos 25 años, lo que arroja una media de 3.354 por año. Destaca el aumento de 2005 a 2006, pasando de 2.698 casos a 5.207, casi el doble, en consonancia con la tónica regional de ese año. 
En el último ejercicio registrado hubo 3.378 divorcios en Sevilla. 

En Málaga en el último 1/4 de siglo se han producido 75.593 divorcios, un promedio de 3.023 al año. En el último ejercicio han sido 3.061. 
De 2005 a 2006 también se produjo un significativo aumento, pasando de 2.312 casos a 4.712.

Jaén suele ser una de las provincias con menos divorcios. En los últimos 25 años han sido 22.656 las separaciones en la provincia jiennense, a una media de 906 anuales. En 2022 se registraron 890 divorcios. 
Huelva contabilizó en el último 1/4 de siglo un total de 21.228 separaciones, por debajo de Jaén, con una media de 849 por ejercicio.

Por su parte, Granada acumula en 25 años un total de 37.875 divorcios, a 1.515 por año. En 2022 fueron 1.517, en su media. 
Córdoba sumó el pasado año 1.375 divorcios. Desde 1998 el cómputo global se eleva a 30.346 separaciones, una media de 1.213 cada ejercicio.

Cádiz registró 2.221 divorcios en 2022. En los últimos 25 años, la cifra total es de 51.712 casos, un promedio de 2.068 cada ejercicio.
Finalmente, en Almería en el último 1/4 de siglo se han registrado 28.468 disoluciones matrimoniales, a una media de 1.138 cada año. 
En 2022 fueron 1.176 divorcios.

De lleno en los datos de 2022, la duración media de los matrimonios disueltos entre cónyuges de distinto sexo fue de 16,8 años, según el IECA. Por provincias, este indicador tomó su máximo en Jaén (18,9 años) y el mínimo en Almería (16,1 años). 
El número de disoluciones matrimoniales fue de 15.596, un 8,9% menos que en el año anterior. La tasa bruta de disoluciones en Andalucía fue de 1,8 por mil, coincidiendo con la tasa nacional. Córdoba, Cádiz y Málaga presentaron la mayor tasa bruta de disoluciones (1,9 por mil), así como Jaén la menor (1,5 por mil). El 17,5% de los divorcios correspondió a matrimonios con 5 años o menos de duración.

El 21,1% de las demandas fueron presentadas por la esposa, frente al 11,3% presentadas por el esposo.
El 46,1% de los divorcios se produjeron en matrimonios que no tenían hijos menores, mientras que en el 25,6% existía un único hijo menor de edad y en el 24,7% existían 2. 
En el caso de las separaciones, el 61,8% no tenían hijos menores, el 14,9% tenían un único menor y el 18,4%, 2 menores.

En relación al total de sentencias con hijos menores, la custodia fue otorgada a la madre en el 58,9% de los casos de divorcio o separación (61,2% en el año 2021), al padre en un 2,7% (3,7% en el año anterior), fue compartida en el 38,0% de los casos (34,8% en el año 2021), y en el 0,4% se otorgó a otras instituciones o familiares (0,3% en el año anterior)
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domingo, 20 de agosto de 2023

Trilogia: Divorcio, vivienda y Hacienda

La Agencia Tributaria avisa sobre las ganancias patrimoniales de los propietarios de una vivienda.
Hacienda avisa a todos los que tengan una casa en propiedad: Los contribuyentes deberán declarar la venta de la vivienda, ya que se trata de ganancias patrimoniales.

Iñaki Sarrió, 19·08·23 
La Agencia Tributaria (AEAT) ha emitido un comunicado advirtiendo a los propietarios de viviendas sobre sus obligaciones tributarias al finalizar el proceso de venta de sus inmuebles. De acuerdo con la AEAT, existen 3 impuestos que deben abonar los vendedores.
El 1º de ellos es el conocido Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el cual se divide proporcionalmente entre comprador y vendedor en función del tiempo en que cada uno haya sido propietario del inmueble
El 2º impuesto es la plusvalía municipal, que debe pagarse en un plazo de 30 días hábiles tras la venta de la vivienda. 
Por último, los vendedores también deben tener en cuenta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el cual deberán informar sobre posibles ganancias patrimoniales en su próxima Declaración de la Renta.

Aviso a los propietarios de una vivienda
No obstante, existen situaciones en las que los contribuyentes pueden beneficiarse de la venta de su vivienda y quedar exentos del pago del IRPF. Entre ellos se encuentran aquellos mayores de 65 años y personas en situación de dependencia, quienes no están obligados a declarar la ganancia patrimonial. También se incluyen aquellos que reinviertan el dinero de la venta en la compra de otra vivienda en un plazo de 2 años antes o después de la operación.

En cuanto a esta opción, tanto la vivienda adquirida como la vendida deben cumplir con la condición de ser vivienda habitual, y el vendedor debe haber residido en la vivienda vendida durante al menos tres años
En caso de que no se hayan obtenido ganancias patrimoniales por la venta del inmueble, no será necesario declararlo en el IRPF. 
Además, existen otras vías para obtener la exención del pago del IRPF, como la dación en pago o la reinversión en vivienda habitual.

En el caso de la dación en pago, se debe demostrar tanto la situación de insolvencia como la falta de otros bienes en la Declaración. Por otro lado, si se produce la transmisión de la vivienda habitual con reinversión, es necesario manifestar la voluntad de acogerse a esta opción y asegurarse de que la vivienda transmitida y/o la rehabilitada cumplan con los requisitos para ser consideradas vivienda habitual.

La Agencia Tributaria también ha proporcionado una aclaración en su página web sobre la reinversión en vivienda habitual: "En caso de que el importe de la reinversión sea inferior al total obtenido en la enajenación, solo se excluirá del gravamen la parte proporcional de la ganancia patrimonial que corresponda a la cantidad efectivamente reinvertida en las condiciones mencionadas anteriormente".

Además, es importante tener en cuenta las casillas correspondientes en la Declaración de la Renta. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en 2022, la casilla 1626 es el lugar donde se debe incluir la referencia catastral en caso de que existan actividades económicas dependientes de los domicilios transmitidos y estos sean accesorios a la vivienda habitual.

Los contribuyentes deben estar al tanto de sus obligaciones tributarias al vender una vivienda, incluyendo el pago proporcional del IBI, la plusvalía municipal y la declaración de posibles ganancias patrimoniales en el IRPF. Sin embargo, existen casos específicos en los que se puede obtener una exención del pago del IRPF, como en el caso de mayores de 65 años, personas en situación de dependencia o aquellos que reinviertan el dinero en la compra de otra vivienda habitual. 
Es fundamental informarse sobre los requisitos y cumplimentar correctamente las casillas correspondientes en la Declaración de la Renta.