Definición de querella:
Del latín querella, el término querella tiene su significado original
en la expresión de un sentimiento doloroso o un dolor físico. El
concepto, sin embargo, está muy vinculado al ámbito del derecho en lo referente a las discordias y las disputas.
Una querella, por lo tanto, es un acto que puede ser ejercido por un particular o un fiscal ante un tribunal o un juez como una acción penal contra personas a las que acusa por un delito.
Uno de los tipos de querella más frecuente es aquel que presentan ante el juez ordinario los herederos de una persona que ya ha fallecido. El motivo de interponer la misma es que desean que el órgano judicial lleve a cabo la invalidación del testamento pues consideran que se vulneran o perjudican los derechos que tienen legítimamente.
Concretamente podemos establecer que, a grandes rasgos, existen 2 tipos de querellas: la privada, y la pública, que es la que se interpone a raíz de una acción popular concreta.
La querella puede ser interpuesta por cualquier ciudadano que se considere afectado por un delito, ya sea contra su persona como contra sus bienes.
El objetivo de la querella es la persecución de la condena del delincuente que ha ocasionado un daño.
Es fundamental que a la hora de presentar una querella esta cuente con una serie de puntos básicos pues si no, no será aceptada ni tramitada convenientemente. En concreto, se establece que esta tiene que incluir los datos personales del querellante y del querellado, la explicación de lo sucedido para entender porqué se acomete aquella y la firma de quien la presenta.
La persona que presenta una querella ante el juez competente se conoce como querellante, mientras que aquel que resulta demandado es el querellado. Las querellas más habituales se llevan adelante por delitos privados como las calumnias o las injurias.
Es habitual que las figuras públicas se conviertan en querellantes al considerar que alguien manchó su buen nombre al realizar declaraciones injuriosas. Por ejemplo: “Un famoso cantante presentó una querella contra el director de la revista después de las acusaciones por violencia doméstica”, “Si no se retracta inmediatamente, lo voy a querellar”.
Además de todo lo expuesto tenemos que subrayar el hecho de que, de manera frecuente, se suele a confundir lo que es una querella con una denuncia.
No obstante, tienen características muy distintas:
Denuncia. Es un deber que la presente toda persona que haya sido testigo de un delito público. Se presenta en una comisaría o el juzgado más cercano y se suele hacer bien por escrito o bien de forma verbal.
Querella. Supone un derecho pues la pueden presentar quienes se hayan visto ofendidos o no por un delito. Se tiene que presentar en los juzgados de instrucción, se le puede exigir el pago de una fianza al querellante y tiene que estar respaldado por un procurador y un abogado.
Una querella, por lo tanto, es un acto que puede ser ejercido por un particular o un fiscal ante un tribunal o un juez como una acción penal contra personas a las que acusa por un delito.
Uno de los tipos de querella más frecuente es aquel que presentan ante el juez ordinario los herederos de una persona que ya ha fallecido. El motivo de interponer la misma es que desean que el órgano judicial lleve a cabo la invalidación del testamento pues consideran que se vulneran o perjudican los derechos que tienen legítimamente.
Concretamente podemos establecer que, a grandes rasgos, existen 2 tipos de querellas: la privada, y la pública, que es la que se interpone a raíz de una acción popular concreta.
La querella puede ser interpuesta por cualquier ciudadano que se considere afectado por un delito, ya sea contra su persona como contra sus bienes.
El objetivo de la querella es la persecución de la condena del delincuente que ha ocasionado un daño.
Es fundamental que a la hora de presentar una querella esta cuente con una serie de puntos básicos pues si no, no será aceptada ni tramitada convenientemente. En concreto, se establece que esta tiene que incluir los datos personales del querellante y del querellado, la explicación de lo sucedido para entender porqué se acomete aquella y la firma de quien la presenta.
La persona que presenta una querella ante el juez competente se conoce como querellante, mientras que aquel que resulta demandado es el querellado. Las querellas más habituales se llevan adelante por delitos privados como las calumnias o las injurias.
Es habitual que las figuras públicas se conviertan en querellantes al considerar que alguien manchó su buen nombre al realizar declaraciones injuriosas. Por ejemplo: “Un famoso cantante presentó una querella contra el director de la revista después de las acusaciones por violencia doméstica”, “Si no se retracta inmediatamente, lo voy a querellar”.
Además de todo lo expuesto tenemos que subrayar el hecho de que, de manera frecuente, se suele a confundir lo que es una querella con una denuncia.
No obstante, tienen características muy distintas:
Denuncia. Es un deber que la presente toda persona que haya sido testigo de un delito público. Se presenta en una comisaría o el juzgado más cercano y se suele hacer bien por escrito o bien de forma verbal.
Querella. Supone un derecho pues la pueden presentar quienes se hayan visto ofendidos o no por un delito. Se tiene que presentar en los juzgados de instrucción, se le puede exigir el pago de una fianza al querellante y tiene que estar respaldado por un procurador y un abogado.