viernes, 1 de marzo de 2024

¿Estás en el perfil de los divorcios en España?

Los datos del INE y diversos estudios marcan un claro perfil de la persona que tiene más posibilidades de fracasar en su matrimonio.
Rosa Campos, 29 FEB 2024 
El número de disoluciones matrimoniales va a menos en España debido a que muchas parejas deciden no casarse en tiempos de crisis emocional, pero también a que otras deciden mantener su vínculo por cuestiones económicas para evitar gastos desproporcionales como el de pasar una pensión o tener que costearse a su vez una segunda vivienda. En este sentido, en 2022 hubo menos de 85.000, claro que suponen prácticamente el 50% de las uniones del mismo curso (170.000). 
Lo que está claro es que cada vez duran menos los matrimonios y la gente se casa más tarde y rompe antes. En cualquier caso, hay factores como la religión y la promiscuidad sexual previa que influyen directamente en estas estadísticas.

Duración de los matrimonios disueltos por divorcio
Los matrimonios disueltos por divorcio tuvieron una duración media de 16,5 años, similar a la del año anterior. Contamos exclusivamente los divorcios, no las separaciones.
El 32,4% de los divorcios se produjeron después de 20 años de matrimonio o más, y el 0,7% entre 5 y 9 años, el 16,9% entre 10 y 14 años, el 15,6% entre 15 y 19 años, el 11,9% entre 2 y 4 años y el 2,5% en menos de 2 años. Recordemos que la media del último año apunta a que el 50% de los matrimonios se rompen.

Edad media de los cónyuges que se separan
El mayor número de divorcios entre cónyuges de diferente sexo tuvo lugar en la franja de edad entre 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres
Esto implica que la duración de los matrimonios va claramente a menos, ya que los datos de 16 años de media lo mantienen las personas mayores, mientras que los jóvenes no tienen prácticamente aguante. Ni ganas de monogamia, claro.

Relación entre parejas sexuales previas y divorcios
Un estudio realizado por el Wheatly Institute, de la Universidad Brigham Young de Utah (EEUU), ha querido arrojar luz sobre la relación entre parejas sexuales previas y divorcios.
Destacan los investigadores que, al igual que en otros estudios, han encontrado una correlación entre la experiencia sexual previa al matrimonio con una menor estabilidad en el matrimonio y una mayor probabilidad de divorcio. "Encontramos que los hombres y mujeres sin experiencia que solo han tenido relaciones sexuales con su cónyuge tienen casi un 45 % de posibilidades de reportar un nivel muy alto de estabilidad en la relación", explica el informe; mientras, solo el 25 % de las personas casadas con 5 a 9 parejas sexuales en su vida, y el 14% de las personas casadas con 10 o más parejas sexuales en su vida reportaron un nivel similarmente alto de estabilidad en su matrimonio. Ojo, que se ve que Tinder también está lastrando futuros matrimonios antes de conocerse las partes...

Los católicos se divorcian mucho menos
Esto está directamente relacionado con el estudio de Wheatly Institute. Las bodas religiosas han pasado de suponer el 70% en 2002 hasta el 20 % antes de la pandemia, aunque el 60% de los españoles se consideran católicos (generalmente no practicantes). Una boda religiosa suele conllevar un mayor coste económico (cada vez menos diferencia) e implica cierta complicidad moral con el sacramento del matrimonio que lo convierte en algo más que un contrato de unión legal. 
La inmensa mayoría de matrimonios religiosos que se rompen en España no conllevan un posterior enlace de ninguna de las partes implicadas con una tercera persona. 
De ahí que este tipo de uniones por la Iglesia suelan durar muchos más años, pero cada vez se produzcan menos
El tipo de inmigración que recibe España también influye en esto, ya que son más de 2 millones los musulmanes que hay en el país, cifra que crece de manera desproporcionada respecto a lo ocurrido en los últimos años.

jueves, 29 de febrero de 2024

Las 10 sentencias más consultadas

..... por abogados de Familia en 2023 según AEAFA.
Redacción Law&Trends
27/02/2024
Durante el año 2023, las cuestiones que más han captado la atención de la abogacía especializada en Derecho de Familia han sido las indemnizaciones por trabajo en el hogar durante el matrimonio y los conflictos relacionados con el pago de la pensión de alimentos a hijos mayores de edad que no mantienen vínculos con sus padres. 
La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha dado a conocer las 10 sentencias más consultadas por sus más de 2.700 juristas asociados.

Manuel Hernández, director de Vilches Abogados, comenta cada una de las sentencias.
1 - Indemnización por trabajo en el hogar durante el matrimonio: Una exesposa reclama una compensación por trabajo doméstico durante su matrimonio. 
La A.P. de Valencia otorga una compensación de 50,000 €, revisando los requisitos para reclamar esta compensación. 
A.P. de Valencia. SAP V 28/2023 - ECLI:ES: APV:2023:28
2 - Extinción del pago de la manutención: La A.P. de Córdoba extingue el pago de la pensión de alimentos a una hija mayor de edad debido a su desafección hacia el padre. A.P. de Córdoba. SAP CO 388/2023 - ECLI:ES:APCO:2023:388
3 - Custodia compartida contra opinión psicosocial: El Tribunal Supremo respalda la custodia compartida, aunque no haya un plan de parentalidad formal, basándose en la evidencia de la relación padre-hijo. 
Tribunal Supremo. STS 3830/2023 - ECLI:ES:TS:2023:3830

4 - Atribución de la vivienda en custodia compartida: El Tribunal Supremo atribuye el uso de la vivienda familiar a la madre durante un tiempo limitado y establece una pensión de alimentos, a pesar de la custodia compartida. 
Tribunal Supremo. STS 1009/2023 - ECLI:ES:TS:2023:1009
5 - Aportaciones desiguales a una vivienda común: El Supremo determina que en la liquidación de bienes gananciales, se debe considerar una aportación extra a la vivienda por parte de uno de los cónyuges antes del matrimonio. 
Tribunal Supremo. STS 565/2023 - ECLI:ES:TS:2023:565
6 - Indemnización por ocultar paternidad: La A.P. de Badajoz desestima una indemnización por ocultar la verdadera paternidad, considerando que no se demostró la ocultación dolosa. A.P. de Badajoz SAP BA 224/2023 -

7 - Custodia compartida tras condena por violencia de género: A pesar de la condena por violencia de género, la A.P. de Valencia aprueba la custodia compartida en base a sospechas de inconstitucionalidad y circunstancias particulares. 
A.P. de Valencia. SAP V 1194/2023 - ECLI:ES:APV:2023:1194
8 - Desheredación de hijos por falta de relación: El Tribunal Supremo dictamina que la falta de relación entre padre e hijos no implica automáticamente la desheredación, requiriendo una causa justa y pruebas adecuadas. 
Tribunal Supremo. STS 1676/2023 - ECLI:ES:TS:2023:1676

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10 - Pacto prematrimonial excluyente de pensión compensatoria: El Supremo ratifica la validez de un pacto prematrimonial que excluye la pensión compensatoria, considerando la autonomía de la voluntad de las partes. 
Tribunal Supremo. STS 879/2023 - ECLI:ES:TS:2023:879

martes, 27 de febrero de 2024

cómo puedes evitar que un divorcio te lleve a la ruina financiera

Con la ruptura llega el caos, el emocional,
por supuesto, y con él se ven afectadas el resto de áreas de los interesados, por lo que bien merece hablar de cómo gestionar la economía, con y sin pareja.
MÓNICA HERAS, 26 febrero 2024
Existen tantos tipos de divorcios como personas, aunque de esto también existen tendencias. Algunas hablan del divorcio silencioso, como el de Meryl Streep y Don Gummer, o de aquella separación consciente entre Gwyneth Paltrow y Chris Martin que tantos titulares ofreció. Sea como sea la forma en que se dé por terminada una relación, resulta casi imposible que no provoque un efecto dominó en el que empiecen a verse afectadas otras áreas de la vida de los interesados, especialmente en las finanzas.

Si ponemos atención en la manera en la que se construyen las relaciones y a lo aceptados que están ciertos comportamientos tóxicos, no es de extrañar que al quitar una pieza, todo se derrumbe. Lo 1º, afirma la psicóloga Mª Esclapez y autora de Mujeres que arden, “tendríamos que mentalizarnos con la idea de que una persona nos deja, y por ende, esa relación se termina, hay que asumir y respetar esa decisión”, y habla de la importancia de vivir y dejar vivir el duelo.

Cualquier ruptura puede llegar a ser devastadora, algo que como coach especializada en divorcio y relaciones, Andrea López Bruno conoce a fondo, por lo que recomienda 3 herramientas imprescindibles para superarlo. 
Lo 1º, el contacto cero con la expareja de al menos 3 semanas. “Cuanto antes comiences, antes sanarás. Aunque nunca es tarde para hacerlo”. 
Por otro lado, dedicarse tiempo a uno mismo y hacer cosas que nos motiven
y por último, buscar apoyo en la gente que nos quiere.

UN DIVORCIO AMISTOSO: LA MEJOR DE LAS VÍAS
Si a lo duro que resulta gestionar emocionalmente una ruptura, le sumamos la parte económica, entendemos por qué los divorcios a menudo terminan en una batalla en la que ambas partes ven resentida su economía
Adriana Auset, abogada especialista en derecho de familia, nos recuerda que es un auténtico reto personal y financiero. “Puesto que levantarse es obligatorio, y con el objetivo de no caer en la ruina económica y laboral, recomiendo seguir las siguientes pautas de cara a conseguir un acuerdo amistoso de divorcio”:

Voluntad y actitud positiva. “Somos adultos, hay que apartar los resentimientos o de lo contrario se puede perder un tiempo la concentración laboral y resultar menos productivo con todas las consecuencias negativas profesionales que puede conllevar”. Auset invita a concentrarse en la superación profesional y a trabajar con más fuerza para mejorar los ingresos, en lugar de centrarse en los pensamientos negativos de la ruptura.

Priorizar los gastos de los hijos. “Son los que sufren realmente las consecuencias de la ruptura de los progenitores”, por lo que, en la medida de lo posible, no debería ver alteradas sus rutinas y actividades.

Predisposición y compromiso. Según la abogada, el más capacitado económicamente debería estar dispuesto a asumir mayor carga en los gastos comunes tras el divorcio, aunque siempre con el compromiso de una mejora de la situación laboral y económica, de la otra parte.

Préstamos personales. Lo ideal sería cancelarlos, pero de no ser posible, “habrá que ser transparente y reconocer cuál de los miembros de la pareja está utilizando el bien adquirido con el préstamo, y descargar a la otra parte del mismo si fue suscrito por ambos con la entidad bancaria”.

La vivienda. Es el momento de diseñar el destino de la vivienda que ha sido familiar en el caso de que ambos miembros de la pareja la hubieran adquirido al 50% asumiendo una carga hipotecaria”. Toca decidir si se vende a un 3º, se cancela o si 1 de los 2 pretende seguir residiendo en ella. 
Si tiene capacidad económica, se adjudica la mitad indivisa del otro mediante un procedimiento de disposición de bienes comunes, compensándole mediante un precio”.

LOS DISTINTOS REGÍMENES MATRIMONIALES
Existen distintos regímenes matrimoniales, que repercutirán en la economía de cada individuo de forma distinta a la hora de divorciarse. 
Afortunadamente, cada día es más común que las parejas se informen al respecto antes de empezar a convivir, llegando incluso a firmar acuerdos prematrimoniales de cara a evitar futuros conflictos.

Adriana Auset, explica las diferencias que existen entre cada uno de estos contratos:
Régimen de matrimoniales. Los bienes y los sueldos adquiridos por cada uno de los miembros de la pareja durante el matrimonio son administrados por cada titular a su conveniencia, y cuando se liquida el matrimonio, ambos mantendrán la titularidad privativa de dichos bienes.
Régimen de gananciales. Los bienes y los sueldos adquiridos durante el matrimonio se hacen comunes, excepto aquellos que provengan de una herencia y, por lo tanto, en el momento de liquidar el matrimonio, los bienes, sueldos y deudas se liquidarán al 50% entre los cónyuges.
Régimen de participación: Los cónyuges ostentan la titularidad de los bienes privativos de cada uno, si bien cada uno tiene derecho a participar en las ganancias del otro.

La abogada añade que con independencia del régimen económico matrimonial que se tenga, las pensiones de los hijos se acuerdan en proporción a los gastos de los hijos y a los ingresos de los padres:quien tiene mayores ingresos asumirá mayor proporción en el pago de los gastos de sus hijos, tanto en los gastos ordinarios como extraordinarios”.
Del mismo modo, recuerda, que la pensión compensatoria se puede otorgar al miembro de la pareja que se haya dedicado al trabajo para el hogar y al cuidado de los hijos y, por lo tanto, a la hora del divorcio, queda en situación de desequilibrio económico.

PREVENCIÓN PARA UN DIVORCIO FELIZ
Auset señala que los pagos de las cargas es uno de los motivos de tensión más frecuente en la pareja, y esto es, sobre todo, por la desigualdad salarial que existe. No hay una fórmula mágica, aunque su experiencia le dice que lo mejor es mantener cuentas separadas que otorguen mayor libertad y autonomía financiera
Eso sí, también toca aprender a ser justos en el reparto proporcional del sueldo a la hora de ingresar en la cuenta bancaria común para gastos.

Todo esto no será posible sin un verdadero aprendizaje en la pareja a la hora de tomar decisiones económicas juntos. Hay que forzar una labor didáctica para entender qué aporta cada uno, quizás uno en cantidad económica y otro en la organización familiar y con los hijos. 
De lograrse el objetivo de la comprensión completa de la pareja en dicho aspecto, y si además se consiguen generar ahorros para imprevistos, se pueden evitar situaciones de crisis que desemboquen en una ruptura”.

domingo, 25 de febrero de 2024

Divorcios sin hijos: La pareja alternará el uso de la vivienda común.

El abogado Alberto García Cebrián analiza esta sentencia que otorga la posibilidad de que los ex-cónyuges vivan en esa casa durante 6 meses alternos: la A.P. de Madrid sienta jurisprudencia.
Alberto García Cebrián, 24 de febrero de 2024
Una sentencia de la A.P. de Madrid confirma que los cónyuges divorciados sin hijos menores y en una situación económica similar, tendrán derecho a vivir en periodos de 6 meses alternos cada año en la vivienda familiar. 
Esta situación se mantendrá hasta que se liquide la vivienda familiar. 
El abogado de familia Alberto García Cebrían analiza las consecuencias generadas en ambos cónyuges a raíz de la sentencia de la A.P. de Madrid.

Una sentencia de la A.P. de Madrid confirma que los cónyuges divorciados sin hijos menores y en una situación económica similar, tendrán derecho a vivir en periodos de 6 meses alternos cada año en la vivienda familiar. ¿Esto es justo y razonable? Según la Audiencia es lo procedente, al menos hasta que se liquide la vivienda familiar, lo que puede tardar varios años. Durante ese tiempo los exesposos se alternarán en el uso de la vivienda medio año cada uno. 
Es como una “casa nido” de custodias compartidas con menores, pero sin tener menores de por medio y por periodos de 6 meses alternos.

Esto no ayudará a que los esposos puedan seguir haciendo su vida a corto plazo, pero es una decisión salomónica que sin duda incentivará que los exesposos agilicen la liquidación de la vivienda común habida cuenta de que ninguno podrá instalarse cómodamente en la casa más de 6 meses. Conforme este criterio, durante 6 meses un cónyuge tendrá la comodidad de disfrutar del domicilio familiar, pero después tendrá que buscar otra vivienda, lo que, si es de alquiler, por un periodo de 6 meses será muy complicado. 
Además, esto conlleva que los exesposos tendrán que efectuar 2 mudanzas al año, una para instalarse en la vivienda familiar y otra para salir de ella.

¿Qué pasará con los gastos de la vivienda? 
Cada uno pagará los devengados en su periodo de uso.
¿Qué pasará con los arreglos necesarios para la casa? 
Tener que ponerse de acuerdo con nuestra expareja para posibles arreglos o reparaciones no parece algo deseado, pero esta solución es estrictamente temporal hasta que se liquide la vivienda.
¿Es obligatorio residir en cada 6 meses en la vivienda? 
No es obligatorio que cada uno resida durante 6 meses, sino que se trata de una distribución equitativa del derecho de uso, que podrá ser utilizado, o no.

Según el abogado de familia Alberto García Cebrián este criterio es muy positivo y acertado, ya que evita la tendencia de los cónyuges de aferrarse al uso de la vivienda familiar y que curiosamente suele ir aparejado de un desinterés de liquidar la propiedad. Por experiencia, cuando en el proceso de familia uno de los exesposos tiene atribuido el uso de la vivienda común, suele tener menos prisa e interés en liquidar la propiedad al estar beneficiándose del uso del inmueble. Es de cajón, si la casa es de 2 y 1 disfruta del uso y el otro no, el que tiene el uso tendrá una tendencia a alargar el uso y el que no usa la casa intentará acortar el tiempo de uso de su excónyuge.

El problema es que el hecho de que 1 de los excónyuges disfrute del uso de la vivienda común, incluso se puede traducir en un chantaje velado en el que el excónyuge que está instalado en la casa mantenga la postura más fuerte en la negociación de liquidación, pues no tiene prisa y el tiempo juega a su favor. 
Por ello, esta sentencia es positiva pues al alternar el uso de la casa por periodos de 6 meses se estarán evitando situaciones de abuso en las que recurrentemente el cónyuge al que tenía el derecho de uso de la vivienda retrasaba todo lo que podía la liquidación para seguir disfrutando y beneficiándose de un unos exclusivo de una vivienda de propiedad compartida.

Análisis de atribución de derecho de uso de viviendas comunes en procesos de divorcio.
Esta sentencia 2/2024 de la A.P. de Madrid sienta jurisprudencia determinando que en divorcios sin hijos menores en los que la vivienda familiar es común y las capacidades económicas de los exesposos son similares, ambos tendrán derecho a disfrutar del derecho de uso de la vivienda por periodos alternos de 6 meses.

Este caso fue tramitado en el Juzgado de Violencia de Género 1 de Collado Villalba. Un matrimonio de más de 35 años casados en el que el inmueble se había adquirido dentro de la sociedad de gananciales y en el que era hecho controvertido quien se quedaba disfrutando del uso de la vivienda hasta que se liquidara la vivienda, ya sea por la adquisición de uno de los esposos del porcentaje de propiedad del otro o por la venta a 3º. 
Puede parecer algo baladí, pero si los esposos no se ponen de acuerdo, un proceso de liquidación de sociedad de gananciales contenciosos puede durar varios años y existen grandes intereses contrapuestos por parte de los exesposos en relación a quien reside en la vivienda entre que se liquida la vivienda. Estos intereses son cada vez mayores en las familias divorciadas por el precio actual de la vivienda después de la subida tanto en compra como alquiler.

¿Qué ocurre cuando hay hijos menores?
En casos en los que existen hijos comunes menores de edad, la preferencia es la atribución en favor del progenitor custodio en compañía de los hijos comunes hasta la mayoría de edad. Anteriormente esta atribución era hasta la independencia económica, pero a partir de la Ley 8/21 que modificó el art. 96 del C.c. y de la Jurisprudencia ad hoc del Tribunal Supremo, desde 2021, el derecho de uso de los progenitores custodios finaliza con la mayoría de edad de los hijos. Salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

¿Qué ocurre si alguno de los esposos tiene una peor situación económica? 
De igual manera, en casos en los que exista un gran desequilibrio económico entre los cónyuges, además de la posibilidad de establecer una pensión compensatoria, se podría atribuir el derecho de uso de la vivienda común al excónyuge en peor situación hasta que la propiedad sea liquidada.
En el caso que ha hecho jurisprudencia, no había hijos menores ni desequilibrio relevante entre los ingresos de los esposos, pues contaban con situaciones económicas similares.

Conclusiones de la situación
Cuando 2 personas se casan y compran una casa no siempre son consciente de que estadísticamente el 60% de ellos acabarán en divorcio, por lo que la ruptura les suele pillar desprevenidos tanto con una ausencia de asesoramiento y previsión, como de consciencia de la posibilidad del divorcio en sí mismo. Por ello, al tiempo del divorcio existe una tendencia natural de ambos a que, curiosamente, la regulación sea la que le es más favorable: En la atribución de uso, ambos suelen ver más “justo” que se les atribuya a ellos, en cambio, en relación a los gastos, sí mantienen que lo “justo” es abonarlos a medias: IBI, seguro, hipoteca... etc.

Pareja después de haber discutido.Cuando van a liquidar la propiedad suele coincidir que quien quiere vender su porcentaje de vivienda al otro suele considerar que la casa tiene un mayor valor (pues lo cobrará) y el que compra su porcentaje de vivienda al otro suele considerar que la casa tiene menor valor (pues lo paga). 
En este sentido impacta como el cónyuge que plantea comprar la casa a precio económico a su excónyuge, cuando no llegan a un acuerdo y se disponen a poner la casa a la venta, revalorizan al alza el valor de la propiedad. 
Este ejemplo de que si yo compro “tu media casa” la quiero comprar a un precio barato, pero si los vendemos la casa y por tanto ahora en vez de pagar me dispongo a cobrar, considero que el precio es mayor. Siendo la misma casa, lo que cambia evidentemente son las pretensiones en relación a nuestros propios intereses.

En definitiva, “cada uno barre para adentro” y se pasa de “lo mío es tuyo y lo tuyo es mío” a delimitar lo que es tuyo y lo que es mío, pero con tendencia a valorar más o menos la casa en función de quien se la queda, o lo que es lo mismo, en función de nuestros intereses individuales. En el matrimonio se busca el bien común, pero en gran parte de los divorcios se difumina ese fin y cada cual tiende a pedir “lo suyo”.