sábado, 14 de abril de 2018

Los abuelos también tienen 'derecho de visita' con respecto de sus nietos

Esta capacidad no está limitada en exclusiva a los padres
El abogado general lo justifica en el "interés superior del menor"
IRENE CORTÉS, Madrid, 13 ABR 2018
El derecho de visita no solo ampara a los padres con respecto a sus hijos sino que también alcanza a los abuelos en relación a los nietos. Así lo considera el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, en sus conclusiones, en las que se pronuncia sobre el caso de una ciudadana búlgara que solicitaba un régimen de visita entre ella y su nieto, después de que éste se fuese a vivir a Grecia a causa del divorcio de los padres.
La mujer solicitó a las autoridades griegas que se reconociese su derecho a visitar al pequeño de forma regular, petición que fue rechazada. Tras ello, acudió a las autoridades de su país, Bulgaria, que desestimaron la demanda en base al Reglamento de Bruselas II bis, que establece que la competencia sobre estos asuntos recae en los tribunales del país de residencia del menor.
En sus conclusiones, que no son vinculantes pero que el TJUE sigue en la gran mayoría de asuntos, el abogado general recuerda que toda resolución ha de respetar el principio de primacía de interés superior del menor. Razona que excluir las solicitudes de derecho de visita de otras personas diferentes a los padres del menor del ámbito de aplicación del Reglamento europeo conlleva a que éstas dependan de la regulación de cada país miembro de la UE. A juicio de Szpunar, esto podría causar procesos judiciales paralelos o resoluciones incompatibles, o el menor podría “quedar sujeto a un litigio ante un órgano jurisdiccional con el que carece de lazos estrechos”.
Por otro lado, el letrado añade que otras normativas internacionales como el Convenio de la Haya de 1996 “adoptan un concepto amplio del derecho de visita”, que incluye a las personas, además de los progenitores, “con las que el menor puede mantener relaciones personales, en la medida en que ello no sea contrario a su interés superior”.
En línea con este argumento, Szpunar hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que incluye “los vínculos entre los abuelos y los nietos constituyen vínculos familiares en el sentido del art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos”, que reconoce el derecho al respeto de la vida privada y familiar.
Nota: Dependerá del tipo de familia y de sus relaciones. Ya esta bien, de judicializar los temas de Familia.

viernes, 13 de abril de 2018

Divorcio: Pensión de Alimentos vs. Pensión Compensatoria

Gloria Sánchez Castrillo, Abogada, 12 de Abril de 2018
Diferente naturaleza de la pensión de alimentos y compensatoria sin que proceda subordinar económicamente una a la otra.
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación y extraordinario por revisión procesal interpuesto contra una sentencia dictada por la A. P. de Valencia en la que se declaró haber lugar al reconocimiento a la esposa del derecho a una pensión compensatoria de duración temporal por el desequilibrio económico ocasionado tras el divorcio a la vez que adecúa a la baja el importe de la contribución del demandado a los gastos y manutención del hijo.
Alega la esposa un error patente ya que la sentencia resuelve cuestiones no planteadas en el recurso, como es el importe de la pensión de alimentos, incurriendo de esta manera en una reformatio in peius al verse el menor perjudicado tras reducirse el importe percibido hasta ahora en concepto de alimentos.
Recurrida en casación, recuerda el Tribunal Supremo que la pensión de alimentos y la pensión compensatoria no participan de la misma naturaleza, de forma que las cantidades que en las mismas se establecen en ningún caso podrán compensarse. Ambas pensiones obedecen a finalidades y causas distintas, si bien la pensión de alimentos busca solucionar el estado de necesidad de quien los acredita, la compensatoria tiende a corregir el desequilibrio que puede producirse como consecuencia de una ruptura matrimonial, sin que la extinción del derecho de alimentos genere por sí mismo el derecho a obtener la pensión compensatoria.

STS, de 2 febrero 2018 (JUR 2018, 35922) 

martes, 10 de abril de 2018

15 casillas que te permitirán pagar menos a Hacienda

Si preparas la declaración de la renta 2017/2018 con prisas lo más probable es que pagues de más. Descubre 15 casillas que te permitirán pagar menos a Hacienda y tómate tu tiempo para asegurarte de ahorrar dinero en la renta este año.
Christiane Drummond, 9 abril, 2018
Llega el momento de solicitar el borrador de la declaración de la Renta 2017/2018, pero tampoco te apresures para presentarlo demasiado rápido.
Preparar la declaración de la Renta con prisas es un error, ya que puedes pasar por alto muchas casillas parar pagar menos a Hacienda.
Cómo saber si tengo que hacer la Declaración de la Renta 2017/2018
La fecha límite para presentar la Renta 2017/2018 es el 2 de julio y, mientras que no es cuestión de esperar hasta el último día para hacerlo, si es aconsejable esperar a tener tiempo para prepararlo y revisarlo bien.
También es recomendable solicitar el borrador por la página web para poder modificarlo tranquilamente. Desde la app, en cambio, una vez confirmado no podemos cambiarlo.
Desde TICbeat te ayudamos a hacer la declaración de la Renta 2017/2018 facilitándote, además de otros trucos importantes para ahorrar dinero al preparar el borrador, algunas de las casillas que puedes marcar para pagar menos a Hacienda:
002: Reúne las retribuciones en especie, y hay algunas que no tributan como los abonos de transporte o el dinero concedido al empleado para invertir en formación en nuevas tecnologías.
013 , 014 y 015: Si estás sindicado o colegiado puedes desgravar la cuota que pagues hasta un máximo de 500 euros. También deducen los gastos jurídicos de defensa.
035: Los gastos de mantenimiento de tus inversiones en bolsa son deducibles. También puedes incluir las comisiones abonadas para gestoras o intermediarias, por ejemplo.
050: Si arriendas un bien mueble o un negocio en esta casilla puedes marcar los gastos deducibles de los rendimientos de capital mobiliario.
070: Aplica la reducción del 60% sobre las rentas obtenidas por el alquiler de un piso.
071: Esta casilla debes marcarla para deducir los intereses que abones al banco por la hipoteca de una vivienda que alquilas o un préstamo que solicitaras para alquilarla.
073: Puedes deducirte los gastos que generan impuestos como el IBI, seguros, cuota de comunidad, tasa de basuras y amortización de la vivienda.
076 y 077: Marca esta casilla para deducir la amortización del inmueble y los muebles y bienes dentro del mismo.
310: Ganancias y pérdidas patrimoniales.
436: Aquí figura la reducción para quienes opten por tributación conjunta.
460: En caso de divorcio o separación las cantidades aportadas en materia de pensión de alimentos se reducen en la base general del pagador.
910 en adelante: deducciones autonómicas por nacimiento o adopción de hijos o gastos educativos.
Otras casillas importantes a tener en cuenta son el 647, 648, 668 y 669. Se tratan de las deducciones por alquiler o inversión de vivienda habitual. Dichas deducciones quedaron suprimidas para viviendas compradas a partir del 1 de enero de 2015, pero sigue aplicándose para los que compraron antes la casa.

domingo, 8 de abril de 2018

Divorcio: ¿herencia o donación en vida?

Muchas personas de edad se plantean cómo asegurar el futuro de sus hijos sin que ello suponga grandes gravámenes fiscales para ninguna de las partes.
Jordi Sabaté, 20/03/2018
¿Donar o hacer testamento, qué es mejor para los bienes inmuebles fundamentales, siempre respetando la ley y sin que el bolsillo se resienta? Puede parecer una pregunta de ricos pero no lo es; la generación de los niños de la post- guerra supera ya los 80 años y además, debido a la crisis y la precarización de las clases medias y obreras, se ha convertido en un polo de acumulación de patrimonio que ya no fluye hacia sus hijos.
Aunque con magras pensiones, en una situación claramente preocupante, ellos sí pudieron acumular ciertos bienes inmuebles a los que sus hijos y nietos apenas pueden aspirar. Para colmo de males, les suceden las generaciones del ' baby boom español', la explosión demográfica de los 60 del siglo pasado que envejecerá en masa en los próximos años.
Ante tal perspectiva, no es extraño que surja en muchas familias el dilema: ¿qué es mejor, hacer testamento en favor de los hijos o bien realizar una donación en vida de ciertas partes del patrimonio que tal vez no son fundamentales para el sostenimiento económico de los donantes? En el 1º caso los herederos deberán a esperar para recibir las transmisión patrimonial a la muerte de los padres.
En el 2º, tal vez la donación de algún bien inmueble o económico -pueden ser acciones, dinero, etc.- les permita adquirir una liquidez con la que comprar su propia vivienda en caso de que su economía no se lo permita, dada la creciente inflación en el precio de la vivienda de las principales ciudades. Ahora bien, el problema está principalmente, aunque no solo, en los principales tipos impositivos de cada variante.
¿Qué impuestos se deben pagar?
1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones
En ambos casos hay 2 impuestos de los que no nos podremos librar si somos receptores, aunque su fiscalidad es variable. En el caso de las herencias, hay una ley estatal que fija una reducción del 95% para cónyuges y descendientes en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siempre que se trate de la transmisión de la vivienda habitual y hasta un importe de 122.606 euros.
A partir de ahí, el Estado deja que cada comunidad autónoma aplique sus propias normas fiscales, que en muchos casos suelen ser bonificaciones según una casuística prefijada por el valor del inmueble, el grado de parentesco y el destino que se le piensa dar al bien. Es conveniente consultar cómo se aplica este impuesto en cada comunidad autónoma, pues la variabilidad es enorme. En este enlace se puede ver un mapa con las bonificaciones de las 17 comunidades.
En el caso de las donaciones el Estado no prefija una fiscalidad mínima para este impuesto y dependerá de cada comunidad autónoma los topes y bonificaciones que se fijen según el tipo de bien en donación, la edad del receptor, el fin del bien, etc.
De nuevo es recomendable estudiar la fiscalidad de cada comunidad porque de un extremo a otro, es decir de Andalucía a Canarias, el gravamen varía en algunos casos en 1.000 veces. Es decir que por recibir en donación 800.000 euros, en Andalucía deberemos pagar 200.000 y en Canarias solo 200. En medio están el resto de comunidades, cada una con su régimen.
2. Impuesto de Plusvalías
Pero el Impuesto de Sucesiones y Donaciones no es el único que debe preocupar a herederos y receptores de donaciones, porque en el caso de bienes inmuebles también conviene contar con la plusvalía, que es un impuesto sobre el incremento del patrimonio que experimentan al recibir un bien. Se trata de un impuesto municipal también enormemente variable y que se calcula por unas tablas refenciadas al valor de los inmuebles según ciudades y barrios.
En muchos casos el monto de este impuesto es muy superior a lo que se debe pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y ha sido objeto de reciente polémica por los errores cometidos en su cálculo, lo que ha dado lugar a una sentencia en contra de los ayuntamientos, que podrían tener que devolver hasta un 37,5% del cobro del mismo durante los últimos 4 años.
3. IRPF
Finalmente, no conviene olvidar que los donantes también deberán pagar un impuesto por hacer una transmisión patrimonial, y no menor. Se trata de anotar en la declaración de la Renta la transmisión como si fuera una compraventa en la que el donante -el transmisor de una herencia no, por razones obvias- ha generado un beneficio.
Es decir, como si hubiera vendido el piso y hubiera obtenido un aumento de patrimonio. El mismo se calcula por la diferencia entre el valor de adquisición del bien inmueble y su valor en el momento de la transmisión. Si es positiva, se le aplicará un impuesto por tramos que en total puede rondar el 21% y que puede suponer un obstáculo importante a la donación.
¿Cuándo es ventajosa la donación?
A tenor de lo dicho queda claro que el testamento es generalmente menos gravoso que la donación, tanto para hijos como para padres, y que la ventaja de cada modalidad varía mucho según la comunidad. Ahora bien, la donación puede tener sus ventajas por ser una transmisión tanto escalable como reversible y sujeta a distintas bonificaciones que los asesores fiscales conocen.
En cuanto a su escalabilidad, conviene tener en cuenta que podemos hacer una donación parcial en la que el o la donante cede la titularidad de la vivienda pero se reserva el uso y disfrute -usufructo- de la misma en viva, lo que le otorga el derecho de administración de la misma. Solo tras su fallecimiento el receptor o receptora consolidará su propiedad.
La ventaja de esta fórmula para personas mayores de 65 años, es que por un lado donan su vivienda habitual y aseguran la herencia de sus hijos, pero por otro el régimen de bonificaciones les libra de pagar el aumento patrimonial en el IRPF. En cambio los hijos no estarán exentos de los pagos impositivos correspondientes, pero a la muerte del o la progenitora, consolidarán la propiedad sin pagar más impuestos.
Otra ventaja adicional es que mientras las herencias se pagan donde reside el transmisor, las donaciones de bienes inmuebles tributan donde estén, de modo que si tenemos bienes en comunidades de fiscalidad más favorable que la nuestra, podemos donarlos a los hijos sin tanto castigo impositivo.
Finalmente, hay que hacer notar que la donación es reversible si se hace constar en el documento, lo que permite asegurar que los hijos cumplirán con determinadas condiciones -como hacerse debidamente cargo de los padres, otros mayores o menores discapacitados, o de los bienes recibidos, etc.- si no quieren que se les retire la titularidad, al menos en vida del donante. Incluso después podría modificarse la donación en favor de otra persona.

Reino Unido: Por qué el 1º lunes hábil del año es cuando la gente más piensa en el divorcio

Redacción BBC, 8 enero 2018
¿Estás casado o casada y este lunes estás pensando en el divorcio más de lo habitual? Puede que tu pareja también. Es normal.
Los abogados de Reino Unido consideran este lunes como el "día del divorcio".
El 1º lunes de vuelta al trabajo después de las fiestas navideñas y de fin de año típicamente registra un aumento en las parejas que se sienten desilusionadas con sus relaciones, según un estudio en Reino Unido.
Es un día en el que numerosas parejas piensan en el divorcio e incrementan la clientela de los abogados.
La principal razón: asuntos de dinero.
Ese es el motivo que genera el rompimiento matrimonial de 1 de cada 10 parejas casadas, según un sondeo.
Mas de 1/3 de los encuestados (37%) dice que las presiones financieras son el mayor desafío de sus matrimonios, mientras que casi 1/4 parte (22%) afirma que las discusiones acaloradas que tienen con su pareja son sobre dinero.
La encuesta la realizó la firma legal británica Slater and Gordon con un poco más de 2.000 personas.
"Las relaciones que ya están mostrando grietas son la más propensas a quebrarse bajo la presión adicional y las costosas cuentas que acompañan la Navidad", explicó Lorraine Harvey, abogada de familia de Slater and Gordon.
Por estos días empiezan a llegar las facturas de las tarjetas de crédito que se añaden a los pagos de hipoteca o arriendo, cuentas de los servicios y otros gastos para el transporte y los útiles escolares de los niños.
Si a esto se le añade la resaca emocional de enfrentar la rutina tras largos y desgastantes días de festividad, no sorprende que la puerta quede abierta a los altercados y disgustos de pareja que siembran la semilla de la discordia.
Las cifras más recientes de la Oficina Nacional de Estadísticas en Reino Unido revelan que casi 107.000 parejas heterosexuales se divorciaron en 2016. Un incremento de 5,8%, comparado con 2015.
Es una tasa de 1,9 por cada 1.000 habitantes, más o menos común para los países europeos, según un sondeo comisionado en 2017 por el diario británico The Telegraph.
En comparación, en Estados Unidos es de 3,6 por 1.000, en Cuba (la tasa más alta en América Latina) es 2,9, seguida de la de Costa Rica: 2,5 por cada 1.000.
El proceso legal formal para divorciarse en muchos países es relativa-mente sencillo.
Sin embargo, asuntos como los acuerdos financieros y custodia de los hijos pueden complicar la situación. Así que no sorprende que muchas parejas busquen abogados para navegar lo que puede ser una turbulenta salida de un matrimonio.
Además de la carga emocional, los costos de un divorcio pueden ser enormes.
Dependiendo de las complejidades financieras de la pareja, cuánto dinero está involucrado en la separación de bienes, el proceso de divorcio puede costar mucho dinero en términos de la contratación de abogados.
Así que es importante investigar qué opciones existen cuando se está contemplando un divorcio por esta época.
Es posible finiquitar el proceso con poca o ninguna asistencia de un abogado, si la pareja está de acuerdo con la separación y sus finanzas pueden resolverse fácilmente.
Varios países tienen el llamado divorcio rápido o exprés, y la pareja puede terminar el contrato matrimonial pagando una tarifa baja.
Pero en la mayoría de los casos, cuando las finanzas no son tan simples, se tendrá que determinar tras un forcejeo de abogados o en un tribunal que falla con respecto a la pensión de mantenimiento y la división de bienes y propiedades.
Cuanto más se demore el proceso, más le costará a la pareja en costos legales.
El abogado de divorcio Toby Hales, de la firma británica Seddon´s, señala que los desacuerdos entre la pareja prolongan la conclusión de un acuerdo financiero.
"Encontrarán los tribunales ocupados, lo que causa más ansiedad y un desgaste a sus finanzas", expresó.
En promedio, resolver todos los asuntos de un divorcio toma 1 año pero, en casi 1/4 de los casos, duró 1 año y medio, de acuerdo a una investigación de Seddon´s.
Así que si estás contemplando hacer averiguaciones de divorcio hoy, el acuerdo de disolución podría no estar listo antes de la próxima Navidad.
Aún entonces, como todos los divorciados saben, ese no es el fin de las cosas.

Qué efectos tienen sobre los hijos las peleas de sus padres frente a ellos

Redacción BBC Mundo, Gordon Harold es profesor de psicología y director del centro Andrew y Virginia Rudd y ha publicado diversos trabajos sobre psicología infantil, 2 abril 2018.
Las discusiones entre padres pueden considerarse normales, pero la manera en la que se manejan puede afectar drásticamente la salud de los hijos.
Por lo general, las discusiones cordiales entre padres tienen muy poco o ningún efecto sobre los niños, pero estudios científicos han concluido que esto cambia cuando la peleas son más agresivas, hay gritos o incluso los progenitores se retiran la palabra.
Así lo defienden en un artículo publicado recientemente en el Diario de psicología infantil y psiquiatría, el profesor Gordon Harold y la académica Ruth Sellers.
La BBC le encargó a Harold un análisis sobre las consecuencias que pueden tener en los menores las discusiones que tienen los padres delante de ellos y estas son algunas de las conclusiones del experto.
Afecciones
En su artículo, el profesor Harold concluye que una amplia selección de la investigación académica desarrollada desde la década de 1930 en torno a la psicología del niño (junto a una variedad de trabajos experimentales y de seguimiento a largo plazo), demuestra que los menores expuestos al conflicto pueden experimentar una mayor frecuencia cardíaca y tener desequilibrios en las hormonas relacionadas con el estrés.
Todo eso puede ocurrir desde una edad tan temprana como los 6 meses.
También es posible que sufran retrasos en el desarrollo del cerebro, problemas de sueño, ansiedad, depresión y problemas de comportamiento.
Aquellos niños que ven peleas menos intensas pero por un periodo continuado, también pueden desarrollar los mismos problemas.
Además, las disputas las viven de forma distinta los niños y niñas.El profesor Harold sostiene en un artículo publicado en la revista de psicología: El desarrollo del niño que mientras los 1ºs suelen experimentar problemas de comportamiento, las 2ªs se ven más implicadas emocionalmente.
El divorcio, o la decisión de los padres de tomar vidas separadas, se ha visto en muchas ocasiones como el peor escenario para los niños, dice el académico.
Sin embargo, Harold sostiene junto a su colega Mervyn Murch en la publicación: El niño y la ley familiar que las discusiones en torno a la separación son lo que más afecta a los menores, más allá de la ruptura en sí.
El silencio, también un problema
Las discusiones intensas no son el único elemento que puede afectar a los niños, señala Harold en su análisis.
Cuando la relación entre los adultos se enfría o se retiran la palabra, los más pequeños pueden sufrir problemas emocionales y de comportamiento.
Harold, que enseña psicología en la Universidad de Sussex (Inglaterra), dice que la calidad de la relación entre los padres puede establecer un patrón de comportamiento que podría repetirse incluso en las siguientes generaciones.
¿Cómo evitarlo?
El profesor dice que, según han concluido estudios, los niños suelen ser rápidos en detectar el comportamiento de los padres y pueden saber que algo anda mal aunque las discusiones se mantengan "en privado".
Lo que importa en realidad, en opinión del académico, es cómo los niños interpretan y entienden las causas y posibles consecuencias de los conflictos. En función de esto serán capaces de detectar si una pelea tiene tendencia a agravarse, si se verán envueltos o si puede poner en riesgo la estabilidad familiar, argumenta.
Para reducir el daño que las discusiones pueden hacer a los hijos, recalca, es importante encararlos de forma pedagógica. Los padres deben entender que es normal tener desacuerdos, y así deben explicárselo a sus hijos. De hecho, asegura Harold, estos suelen responder mejor cuando se les aclaran las causas de la pelea y posibles maneras de resolverla.
Harold concluye que cuando los padres explican el proceso de resolución de un conflicto a los hijos, les están ofreciendo una importante enseñanza que podrán poner en práctica en el futuro y extender a un entorno más allá del familiar.

España: ¿Futuro divorcio en la casa real?

La semana de Jaime Peñafiel: ¡Felipe, divórciate!
JAIME PEÑAFIEL, 7 ABR. 2018 10:01
No lo digo yo, aunque hoy pueda pensarlo. Como lo piensa doña Julia Romero Sánchez, en una carta a propósito de mis artículos y comentarios sobre el bochornoso incidente del domingo de Resurrección en la catedral de Palma: "¡Divórciese y dele dignidad a su madre que no está por debajo, ni mucho menos, de su mujer sino muy por encima!".
No es la 1ª vez que la palabra divorcio se emplea refiriéndose a Letizia. Se habló en altas instancias de la posibilidad de un divorcio que habría de tener lugar antes de la abdicación, según la compañera Ana Romero. Y la palabra divorcio la utilizó igualmente el Rey Don Juan Carlos en un enfrentamiento que tuvo con su hijo, en el mes de agosto de 2013. Sucedió en el Palacio de Marivent. Felipe y Letizia habían estipulado con la Casa un régimen estricto de días de vacaciones en Palma, ese lugar que la consorte odia tanto. Esta decisión "saltó por los aires cuando el Rey Juan Carlos pidió a su hijo que se quedaran unos días más... Quería disfrutar de sus nietas. El entonces príncipe, incapaz de desobedecer a su padre, estuvo de acuerdo. Ella, por supuesto, no. Dijo que se habían comprometido a irse un día concreto y que ella, con él o sin él, se iba. Y se piró a Madrid". No se supo entonces si se había ido esa misma noche, a última hora, o en el primer avión de la mañana. Pero sí que se fue, abandonando a sus hijas, a su marido y, por supuesto, a sus suegros en Marivent para que continuaran las vacaciones sin ella.
A consecuencia de aquel desplante, me contaron que la discusión entre el Rey y su hijo fue tensa y dramática hasta el extremo que, en un momento determinado, don Juan Carlos le gritó al príncipe: "¡Felipe, divórciate!".
Hasta Almudena Martínez-Fornés del monárquico ABC escribía entonces: "El Príncipe de Asturias ha reanudado sus vacaciones tras un paréntesis de 4 días y en medio de fuertes rumores de crisis matrimonial". Y el querido y viejo compañero de este periódico, Raúl Del Pozo, ponía el dedo en la llaga de las difíciles relaciones del matrimonio en un artículo titulado Avería de los príncipes que finalizaba así: "Asturiana, rebelde y ambiciosa, menospreciada por el Rey y las Infantas se negó a continuar la historia masoquista de las reinas de España. Sigue siendo hermosa, es decir peligrosa, pero debiera saber que su vida privada es una crónica electrónica y que su matrimonio puede tronar por los aires".
Y el historiador Fernando de Meer puntualizaba algo que parece escrito hoy, después del accidente de Palma: "Letizia no tiene derecho a poner mala cara o a enfadarse en público".
Y, hablando de divorcio, se desconocen las cláusulas de las capitulaciones que se firmaron cuatro meses antes de la boda y que, a juicio de David Rocasolano, abogado y primo de Letizia, a quien consultó antes de firmar, "lo que aquí se expresa respecto de la custodia de menores, no tiene validez. Yo que tú no firmaba", le informó. 
Pero el príncipe Felipe les dijo: "Las capitulaciones son innegociables. Hay que firmarlas como están redactadas. No se puede cambiar ni una coma". Y Letizia firmó porque "aquí estamos a lo que estamos... Esto no es un rollo de amor".
Peor que Iñaki
Lo es, por el impacto popular de la "desagradable escena entre suegra y nuera a propósito de la relación entre abuela y nieta" sucedida en la catedral de Palma de Mallorca. El incidente se ha convertido, desgraciadamente, en eso que se llama hoy viral o trending topic. Tal cosa no sucedió ni cuando los duques de Palma y sus problemas con la Justicia. Ni tan siquiera con la Infanta Cristina en el banquillo. Por todo ello, no es gratuita ni excesiva la comparación entre los 2 consortes, porque "Letizia es un cuerpo tan extraño en la Familia Real como Iñaki", según el compañero Rubén Amón. Y mucho más peligroso. Se trata de una mujer incapaz de controlar los desplantes a su suegra. La sociedad no le va a perdonar el tremendo feo "a la madre tan querida de tu marido, abuela de tus hijas y reina de España antes de que tu fueras esposa, madre y consorte del rey", (Luz Sánchez-Mellado). Pienso que Letizia, independiente de ser una maleducada es una desequilibrada (empleo la palabra como un atenuante) "a quien hay que exigir un comportamiento ejemplar de decoro y contención sobre todo en un acto solemne como la Misa de Pascua", ha escrito el ilustre periodista José Antonio Zarzalejos quien piensa "no es de crónica rosa sino que puede adquirir una cierta gravedad porque destapa definitivamente la sobre-protección de la Reina Letizia a sus hijas, hasta el punto de desconocer que la Princesa Leonor es la heredera de la Corona y tiene el peaje de una fuerte exposición pública, le guste o no a su madre". 
Lo más sorprendente, según escribe Zarzalejos, es que "personas próximas a la Casa Real piensan así".
Lo que más ha desagradado a los españoles, sobre todo a millones de abuelas, ha sido la actitud de Leonor, digna hija de mamá en su actitud con la abuela de quien Letizia intentó ¿proteger? de esa forma, "como si fuera un perro de presa". ¡Ay, esas niñas! ¡Ay, esa madre!
Nota: ¿Por que se habla del divorcio del actual rey y no del rey emérito? Será por una cuestión de Edad....o por los hechos realizados....