viernes, 15 de junio de 2007

Padres de la Plaza de Cataluña,2007

Solo recordaros que todos los sábados, en la Plaza de Cataluña (Barcelona) un Grupo de Padres y Madres, abuel@s,...... se reunen para manifestarse a FAVOR de la CUSTODIA COMPARTIDA.

Nos manda la información: David Ocampo Gisbert
Entrar:http://pormishijos.metropoliglobal.com/
Nos vemos el sábado.
No faltéis!!!!!!

jueves, 14 de junio de 2007

TSJC:Limites a la Pensión Compensatoria

¿Limitación temporal ´ab initio ´ de la pensión compensatoria?.
comentarios a la sentencia del tribunal superior de justicia de cataluña de 4 de marzo de 2002. Ede 2002/22301

En Porticolegal.com: http://www.porticolegal.com/pa_articulo.php?ref=174

Liquidación de Gananciales:¿ Para Cuando ?

Aspectos procesales de la liquidación de gananciales.
Juan José Reyes GallurAbogado

SUMARIO

INTRODUCCIÓN.

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y JUZGADO COMPETENTE

LEGITIMACIÓN

POSTULACIÓN

SOLICITUD DE INVENTARIO

FORMACIÓN DE INVENTARIO


PARTES QUE HAN DE CONCURRIR

INCOMPARECENCIA INJUSTIFICADA DE UNO DE LOS CÓNYUGES

NORMAS DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN

CONTROVERSIA DE LOS CÓNYUGES: VISTA CON ARREGLO AL JUICIO VERBAL.

LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL.


Encontrado en Porticolegal.com:
http://www.porticolegal.com/pa_articulo.php?ref=177

Pensión Compensatoria: ¿Visión de Futuro ?

La pensión compensatoria:Una visión de futuro.

Una visión de futuro.
Autor: Agustín Cañete Quesada (abogado)
Introducción: análisis crítico.
Regulación legal.
Naturaleza jurídica.
Presupuestos para su concesión.
Notas delimitadoras del derecho a la pensión.

Lo encontrais todo en Porticolegal.com:
http://www.porticolegal.com/pa_articulo.php?ref=180

martes, 12 de junio de 2007

Recogidas Firmas y Iª Jornadas CC (Madrid,2004)

http://www.custodiacompartida.org/content/view/30/46/

ENTREGA DE 100.000 FIRMAS A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA.
25.11.2004

Recogidas durante dos años en varias ciudades Españolas. Más del 70 % son firmas de mujeres.

JUEVES 25 /11/2004
REGISTRO DE ENTRADA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

RUEDA DE PRENSA POSTERIOR A LA ENTREGA EN LA PUERTA DEL CONGRESO A CARGO DE MIEMBROS DE LA PLATAFORMA DE ASOCIACIONES POR LA CUSTODIA COMPARTIDA.

Las conclusiones alcanzadas en la Jornadas sobre Custodia Compartida celebradas en Madrid los días 4 y 5 de noviembre y organizada por la Plataforma de Asociaciones por la Custodia Compartida (que engloba a Asociaciones mixtas de padres y madres separados y asociaciones que persiguen la defensa del menor), son unánimes en la necesidad de una regulación efectiva y con garantías jurídicas para que la Custodia Compartida, como derecho del menor, sea un hecho no dependiente de la capacidad de una de las partes a oponerse a ella.

El derecho del menor no puede tener su origen, ni ser obstaculizado por ninguno de los progenitores salvo causas tasadas, realmente inhabilitantes para su ejercicio y con las suficientes garantías jurídicas.

Los ponentes fueron unánimes en la defensa de la Custodia Compartida como un hecho real y no meramente nominal. Lo ponentes:
D. José Luis González Armengol (Juez Decano de Madrid)
Doña María Sanahuja (Jueza Decana de Barcelona),
D. Mauricio Murillo (Juez Decano de Zaragoza)

D. Luis Zarraluqui (Presidente de la Asociación de Abogados de Familia de España),
Presidenta de la Asociación de Abogados de Familia de Francia,
Dña Miriam Tey (exDirectora del Instituto de la Mujer),
D. Carlos Fernández Liesa, Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Carlos III de Madrid,

D. Ignacio Avellanosa (Jefe de psiquiatría infantil del Hospital San Carlos de Madrid),
D. Fernando Chacón (Decano del Colegio de Psicólogos de Madrid),
D. Leopoldo Vives (Conferencia Episcopal Española), etc...

apoyaron la regulación de la Custodia Compartida y superar el actual esquema de confrontación, en la forma en la que se dirimen actualmente los conflictos familiares.

Debe existir igualdad de derechos de los padres en la educación de los hijos antes y después del matrimonio y como contempla la Declaración de Derechos del Niño, éstos no deben ser separados de sus padres.
El interés superior del niño tiene que ser compatible con los derechos de los padres.

Ponemos a disposición de los medios de comunicación que lo soliciten dichas declaraciones en formato Betacam SP.

Entre tanto, la presidenta de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas, Ana María Pérez del Campo, subrayó que “no vamos a permitir que un juez pueda dividir al niño con la custodia compartida. Si los padres no se ponen de acuerdo, no puede hacerlo un juzgado”…“por lo que hacer de esta cuestión un tema de controversia es absurdo y no lo vamos a permitir” y amenazó con movilizaciones en el caso de que estas demandas no sean atendidas.

Ante semejante actitud que no busca el bien del niño la Plataforma de Asociaciones por la Custodia Compartida manifiesta que Ana Maria Pérez del Campo:

1) Impone a la madre (por el hecho de ser mujer) el cuidado de sus hijos mientras libera al padre (por el hecho de ser hombre) de esa obligación. Esta discriminación a la mujer hace que Ana Maria Pérez del Campo no represente las demandas feministas de éste País puesto que son muchos los colectivos de mujeres que apoyan la Custodia Compartida, incluso ésta Plataforma integrada por Asociaciones de toda España está compuesta también por numerosas mujeres que luchan por la Custodia Compartida.

2) Que no estamos ante un feminismo, sino ante un fanatismo radical y un dogmatismo ciego que trata de imponer a las sociedad española un seudofeminismo no igualitario desde el que se promueve la guerra entre sexos, razón fundamental de la existencia del cargo que ocupa y de las subvenciones que recibe, consciente de que si se apaga la llama de la guerra de sexos se termina su cargo y las subvenciones que recibe. ESA NO ES LA CUESTION, SINO EL BIENESTAR DEL NIÑO.

3) Que desde una demagogia carente de rigor, aprovecha un clima social y la tragedia de las mujeres maltratadas para imponer de forma intolerante su concepción que es patriarcal y paternalista, sólo que ella pretende ahora ocupar la figura del gran padre patrón.

4) Que es un grave perjuicio para las luchas feministas, para los niños de éste País y para la sociedad en su conjunto.

La Plataforma de Asociaciones por la Custodia Compartida desde hace años lucha por el DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS NIÑOS ESPAÑOLES A LA CUSTODIA COMPARTIDA.

Arrebatarle un padre o una madre a un niño sin justificación alguna es maltrato psicológico grave al menor.
Ahora, que por fin un Gobierno se plantea acabar con el sufrimiento de miles de niños relegados a la orfandad de padre, no consentiremos que desde ciertos sectores interesados que demuestran su mas absoluto desprecio a la infancia, se termine por nublar el horizonte esperanzador que para miles de niños y niñas de éste país se les presenta con una reforma de la Ley del Divorcio que incluya la CUSTODIA COMPARTIDA y que puedan tener por fin al padre que perdieron por resolución judicial injusta.

¡BASTA YA DE QUE EUROPA TERMINE EN LOS PIRINEOS! A PARTIR DE LOS PIRINEOS LA CUSTODIA COMPARTIDA ES UNA REALIDAD. EN ESPAÑA 500 NIÑOS AL DIA QUEDAN HUERFANOS DE PADRE POR SENTENCIAS INHUMANAS.

AHORA, QUE SE VOTARA LA CONSTITUCION EUROPEA ESTAMOS DISPUESTOS A PROTAGONIZAR NUESTRAS ACCIONES ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO. ESPERAMOS QUE NO SEA NECESARIO Y QUE LA SENSATEZ IMPERE.

Opinión de J.Leguina y la LIVG (2004)

IGUALDAD, PARIDAD Y VIOLENCIA
JOAQUIN LEGUINA
EL PAIS- 4-09-2004

Los notables avances, jurídicos y reales, logrados en torno a la igualdad entre varones y mujeres, una de cuyas muestras más llamativas está en las tasas de escolarización universitaria, no evitan la evidencia del largo camino que aún queda por recorrer y que tiene su expresión más lacerante en el reparto y la remuneración del trabajo.

Las diferencias en las tasas de paro, los menores salarios para tareas parecidas o iguales y la muy desigual distribución del trabajo doméstico en perjuicio de las mujeres que también trabajan fuera del hogar muestran la notable discriminación subsistente. A ello se une una distribución nada equitativa de la jerarquía laboral, con la excepción, quizá, de la función pública.

El camino recorrido en pos de la igualdad ha tenido como principal protagonista al movimiento feminista que, desde los ya lejanos años del sufragismo, ha liderado esos cambios. Sin embargo, en los últimos lustros, ese movimiento, influido por las ideas del feminismo fundamentalista norteamericano, ha tomado en Europa otro camino. "El camino equivocado", frase que da título a un libro de Elisabeth Badinter, la notable feminista francesa.

En efecto, este feminismo, paradójicamente, pretende argumentar que nada ha cambiado y se dispone a levantar una muralla china entre los dos sexos.
"Todas víctimas" y, por lo tanto, "todos verdugos".

Por otro lado, estas posiciones ideológicas, como era de temer, pretenden imponer usos "adecuados" en el ámbito más íntimo y erótico.
"Por una sexualidad sana y gozosa", dicen, una sexualidad "decente" que niega las peculiaridades, tanto femeninas como masculinas, pidiendo, por ejemplo, que se castigue penalmente la prostitución (sin distingos entre la elegida y la forzada) y la pornografía.

De improviso, el varón se ha convertido en un enemigo a batir. Es ese diferencialismo el que ha conducido a defender (y conseguir) la paridad que consagra el principio nada igualitario según el cual hombres y mujeres son entidades diferentes, pues se es seleccionado, antes de por cualquier otro mérito o capacidad, en función de la condición sexual. Lo cual contradice el concepto de igualdad consagrado en todas las constituciones modernas y, desde luego, en la española.

Cabe preguntarse cómo se ha llegado a ello sin apenas protestas, al menos, en la esfera mediática. La respuesta, en todo caso, ha de contemplar dos hechos:
1. La "paridad" es algo concreto, mientras que la igualdad es abstracta y en los tiempos que corren la abstracción tiene perdida la partida.
2. Los varones, los teóricos perjudicados, prefieren el silencio a ser tachados de machistas y de reaccionarios.

Pero hay un hecho más que no debe pasar desapercibido: la paridad se pretende aplicar casi exclusivamente a la política, y eso a los "poderosos de la tierra" les trae más bien al fresco, al menos, mientras la marea no amenace a los consejos de administración.

¿Cuántas mujeres dirigen periódicos en España? ¿Cuántas presiden las grandes entidades financieras o industriales?
En cualquier caso, dada la baja tasa de afiliación femenina a los partidos políticos, la paridad es una discriminación ("acción positiva" se dice ahora) y toda la discriminación en la selección del personal, independientemente de que sea justa o injusta, produce un despilfarro de recursos humanos.

Esa barrera infranqueable, esa lucha de sexos, que las más radicales pretenden conducir, tiene su expresión más desalentadora en el tratamiento intelectual de la violencia doméstica o de género, donde, negando el análisis, se pretende que todo ese complejo fenómeno se reduce a un solo impulso: la violencia intrínseca del macho, aunque sea intelectualmente ilegítimo sumar asesinatos con presiones psicológicas.

La campaña emprendida, cuyos efectos positivos son evidentes, también se pretende explotar para, a partir de unos comportamientos patológicos, deducir una ley general acerca del mal comportamiento de los varones en general.

Los asesinatos, malos tratos, coacciones o presiones psicológicas producidas en el seno de las parejas, de los que son víctimas, mayoritariamente, las mujeres constituyen un escándalo y lo son en una doble acepción:
1. Como hechos que conmueven y "escandalizan" las conciencias.
2. Como "escándalo" en el sentido mediático del término. Es sobradamente conocido que un "escándalo" mediático exige, entre otras cosas, lo que los comunicólogos llaman una "espiral de silencio", lo cual significa que quien se oponga a sus premisas o pretenda analizar o, simplemente, matizar los hechos constitutivos del "escándalo" quedará, ipso facto, demonizado y, en todo caso, desautorizado.

Aprovechando este tornado arrasador es como se suelen imponer ideas simples y claras, respondan o no a la realidad. En el caso de la violencia de género, es a través del "escándalo" mediático como se expresa esa ideología fundamentalista a la que se ha hecho referencia más arriba y que en este caso maneja dos verdades "reveladas":
1. La violencia de género muestra que, en el fondo, "aquí no ha cambiado nada" en lo que atañe a las relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres.
2. La violencia de género es unidireccional, de hombres contra mujeres y nunca al revés.

Además, no se trata de una patología social, sino del pan nuestro de cada día. De poco vale exhibir contra la verdad número 1 datos que muestran los cambios profundos que se han producido en la sociedad española a favor de la igualdad entre hombres y mujeres, pero hay algo más significativo que, por razones obvias, se oculta.

A saber: en los países nórdicos europeos, allí donde los indicadores de igualdad entre sexos alcanzan los niveles más altos, es donde las cifras de violencia doméstica son más preocupantes.

En contra de ideas preconcebidas e interesadas, en las sociedades modernas la subordinación de la mujer al hombre no opera ya como motor principal de esa violencia, sino que la subordinación ha sido sustituida, como impulso de esa violencia, por su contraria, la autonomía. Si se analizaran como es debido las cifras españolas se llegaría a la misma conclusión: son los procesos de autonomía (separaciones, divorcios, etcétera) los detonantes de buena parte de los asesinatos de mujeres a manos de sus ex compañeros.

Por otro lado, la verdad revelada número 2 (unidireccionalidad de la violencia) no resiste los resultados de los análisis más solventes.
Así, las encuesta sobre violencia intrafamiliar realizadas en los Estados Unidos arrojan datos nada maniqueos.

En los casos de violencia severa, básicamente física, el 35% se atribuyen al hombre, el 30% a las mujeres y el 35% restante a ambos.
Cuando se analiza el conjunto de los casos de violencia, incluida la emocional, la doble participación (hombre y mujer) se acerca al 50% de los casos.

Datos que no contradicen el hecho de que las víctimas de los asesinatos sean, muy mayoritariamente, las mujeres. (Ver Contra la violencia de género, de Ana I. García y Enrique Gomáriz).
Es cierto que los conservadores tienen querencia a enfatizar los efectos perversos de cualquier medida progresista y la cosa no es nueva.
En efecto, cuando los abolicionistas reclamaban el final de la esclavitud (práctica que, por cierto, siempre estuvo condenada por la Iglesia, lo que no impidió que preclaros católicos españoles, muy ligados a la Compañía de Jesús, se hicieran de oro ejerciendo de negreros con los barcos de su naviera), los conservadores de la época sostenían que la manumisión general de los esclavos perjudicaría, sobre todo, a éstos.

Pero que ésta suela ser la posición de los conservadores no evita que sí existan efectos perversos y que sea conveniente intentar eliminarlos o, al menos, paliarlos, se sea de derechas o de izquierdas.
Pero no se trata aquí, en puridad, de efectos no queridos, sino de una concepción tan errónea como interesada del fenómeno, según la cual la violencia de género es unidireccional (contra la mujer), por lo cual, a la hora de plantear un aumento de la punición penal de estos delitos, sólo han de aparecer como posibles delincuentes los varones.

Por extraño que esto pueda parecer, es ésta la posición inicial del Gobierno a la hora de plantear el agravamiento de las penas dentro del proyecto de Ley Orgánica "Integral contra la violencia de género".

Una ley que era necesaria, que está correctamente planteada, en tanto que "integral" y que tiene como objetivo principal el de remover los obstáculos sociales de quienes, "sin oficio ni beneficio", no pueden salir del infierno de los malos tratos sin entrar en el no menor de la marginalidad social o la indigencia.

Además, claro está, de la construcción de mecanismos que prevengan y eviten la comisión de estos delitos.
Pero ha sido en torno a las modificaciones de algunos artículos del Código Penal donde ha surgido la polémica. Una polémica que, hasta el momento, ha mostrado dos perversiones.

En primer lugar, la de colocar el debate sobre la posible inconstitucionalidad de estos nuevos artículos y, en segundo, llevar las discrepancias a la esfera de la confrontación izquierda-derecha.

No se trata de elucidar si los textos, aquellos relativos al agravamiento de las penas, se atienen o no a la Constitución; previamente convendría discutir si son o no convenientes respecto a los objetivos (protección de las víctimas y prevención del delito) que la ley quiere alcanzar, pues una norma legal puede encajar perfectamente en la Constitución y ser un fiasco.

Por otro lado, una ley que incluya nuevas medidas punitivas sólo contra los actores masculinos de agresiones, que ella misma define como leves (incluida la violencia emocional), obliga a un sobreesfuerzo judicial que puede conducir a graves errores, a la inoperancia, pero, sobre todo, es una ley que en ese punto olvida la doble dirección (varón-mujer, mujer-varón) en la que opera la violencia doméstica, aumentando el castigo para ellos y no para ellas.

Es esta concepción sectaria la que lleva a obviar la violencia dentro de las parejas del mismo sexo. A este respecto, conviene conocer los datos que han recogido y publicado algunos grupos lésbicos norteamericanos según los cuales algo más de un tercio de las parejas de lesbianas sufren algún tipo de violencia doméstica.

Opinión de la Srª Maria Sanahuja

Violencia doméstica: una opinión de peso.
Artículo Opinión - El Mundo
Maria Sanahuja, Jueza Decana de Barcelona y miembro de Jueces para la Democracia:
EL PROYECTO DE LEY DE DIVORCIO Y EL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DOS FILOSOFIAS CONTRADICTORIAS .

Voy a hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión en el convencimiento de que hablando la gente se entiende, y de que sólo evidenciando todos los ángulos de un problema pueden encontrarse algunas soluciones al mismo.

Espero que este articulo no provoque las reacciones violentas e intolerantes que se generaron a raíz de la presentación de la memoria del decanato de BCN el pasado mes de mayo, anunciando que voy a abundar en la lectura de la realidad que insinué en aquella ocasión.
María Sanahuja, jueza Decana de Barcelona: «El Código Penal ha invadido el ámbito de las relaciones personales hasta límites intolerables»ABC, 7/11/04 .

Yo soy una mujer divorciada, y tengo la certeza de que no hubiera podido asumir la responsabilidad del Juzgado Decano de Barcelona si no fuera porque tengo la guarda y custodia compartida en relación a mis hijas. Si queremos superar el modelo de la caverna -él caza, ella se ocupa de la prole-, crecer profesionalmente y enriquecer a nuestros hijos, éste debe ser el modelo.

El TSJC:¿Cambiar la Ley Integral sobre Violencia de ·Género·?

No caben más denuncias ni presos por malos tratos: Hay que cambiar la ley, dice el TSJC

www.forumlibertas.com/
Sociedad 11/05/2007
Víctor Ruiz

La presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña cree que la solución para descongestionar los juzgados es recurrir a la conciliación.
La mediación como solución a los conflictos de pareja, una medida que podría evitar separaciones e incluso reducir el número de feminicidios en España, una opción ignorada por la Ley de Violencia de Género de Zapatero, es requerida ahora por la presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para descongestionar los juzgados.
(Nota: habiendo tantas mujeres sensatas, preparadas y con capacidad demostrada, ¿Por qué tenemos que sufrir a las actuales ministras?).

María Eugenia Alegret abogó este miércoles, 9 de mayo, por cambiar una ley que no ha conseguido frenar las muertes por violencia doméstica, más bien al contrario.
Hay que recordar que en lo que llevamos de 2007 han muerto ya 27 mujeres a manos de su pareja, o sea que cada 5 días se produce un nuevo feminicidio.
Desde que se puso en marcha la ley, en diciembre de 2004, son ya 157 las mujeres asesinadas por esta causa.

Para la presidenta del TSJC, los resultados de la aplicación de la ley de los socialistas “son relativos” de momento, porque “se incrementa la violencia y las muertes no disminuyen”.

Recuperar la conciliación.
La experta rechazó “la incidencia rígida del tipo penal” en los conflictos asociados a crisis familiares que “se podrían resolver a través de la mediación”.
“Se ha de estudiar si la prohibición de mediación que prevé la ley se tendría que revisar”, añadió.

Sería “muy conveniente” que la ley diferenciara en el tratamiento legal de la conciliación “los conflictos o episodios de violencia doméstica que tienen el origen en una situación puntual de crisis familiar de otras situaciones de violencia subyacente y permanente”, reclamó Alegret.

Además, la presidenta del TSJC constató la saturación de los juzgados en Cataluña, ya que reciben un auténtico alud de denuncias que deben seguir su curso hasta el final.
El miedo a no saber discernir lo que son crisis puntuales o incluso falsas denuncias, de lo que es un caso de violencia real, les lleva a acumular expedientes sin tener suficientes medios para resolverlos.

Un detenido cada 12 minutos.
Los juzgados de violencia sobre la mujer de la ciudad de Barcelona recibieron en 2006 un total de 5.683 asuntos, mientras que en el conjunto de Cataluña la cifra llegó hasta los 28.259.
Si hablamos de todo el territorio español, los procesos abiertos en los tribunales por violencia machista el año pasado fueron más de 84.000, según datos del Ministerio del Interior.

Uno de cada diez arrestos se produce por maltrato machista. De hecho, la Policía y la Guardia Civil detuvieron en 2006 en España a 45.296 hombres por esta causa, o sea que cada 12 minutos fue detenido un hombre acusado de maltratar a su pareja.
Muchas de estas personas fueron detenidas sin suficientes pruebas como consecuencia de la aplicación de la Ley de Violencia de Género aprobada por el actual Gobierno. Y es que usar esta ley contra maridos y padres inocentes es demasiado fácil.

“Salían llorando” “Detener ya es bastante castigo para una persona si resulta que no hay razón para ello”, afirmó recientemente otra de las voces críticas con la ley, la de María Sanahuja, decana de los juzgados de Barcelona, quien considera que se ha pasado de un extremo a otro.
“He visto a personas detenidas que han pasado una noche en calabozos horribles y a la mañana siguiente salían llorando. Tampoco es agradable que alguien vaya a detenerte en tu pueblo o tu trabajo si luego resulta que no había pruebas previas para ello”, denunció Sanahuja.

Sanahuja también consideró que la ley es utilizada de forma fraudulenta en demasiadas ocasiones: “El miedo está llevando a un número excesivo de detenciones sin indagaciones previas mínimas.
Y en los juzgados de guardia se ve de todo, desde personas con enfermedades mentales que denuncian a quienes les cuidan en momentos de crisis, hasta los tentados de utilizar esta vía penal para favorecer el proceso civil de un divorcio, por ejemplo”.

¿Malos tratos?
Ya en 2004, la decana de los juzgados de Barcelona lanzó las primeras críticas a la Ley Integral de Violencia de Género, concretamente a la reforma del Código Penal que endureció la respuesta penal a conductas que hasta entonces eran merecedoras de faltas.

La juez decana de Barcelona advirtió del auge de falsas denuncias por malos tratos que ya se estaban produciendo entonces con el objetivo por parte de algunas mujeres de conseguir mayores beneficios en procesos abiertos de divorcio.

También la Junta de Jueces de Barcelona salió entonces en defensa de Sanahuja, apuntando que “es necesario” distinguir los malos tratos, “un fenómeno complejo en el que la Justicia Penal debe estar orientada a la tolerancia cero”, de las “meras rupturas de pareja que, si bien tienen derecho a una respuesta rápida del sistema, no deben confundirse con los auténticos casos de violencia doméstica o por razón de sexo”.

“Algo falla” .
Por otra parte, el responsable penitenciario de Cataluña, el socialista Albert Batlle, admitió en una entrevista publicada el pasado 4 de febrero que “si aumentan las víctimas de malos tratos es que algo falla”.
El secretario de Servicios Penitenciarios, Rehabilitación y Justicia Juvenil de la Generalitat de Cataluña reconoció que “si después de las medidas de endurecimiento en tráfico se hubieran disparado los muertos en carretera diríamos que nos hemos equivocado”, en clara alusión al fracaso de la actual ley contra los malos tratos.

Otras voces críticas se han alzado contra la ley anteriormente, como la de la Coordinadora de Organizaciones Feministas del Estado Español, que afirmaba a finales de agosto de 2005 lo siguiente: “Creemos que la ley de violencia sexista no es constitucional”. “Como luchamos contra la discriminación de las mujeres, no creemos que haya que discriminar a los hombres, y menos penalmente”, denunciaron.

La Oficina del Defensor del Hombre y sus Hijos también manifestó en esas fechas que “esta ley no era necesaria”, sumándose al rechazo mostrado anteriormente por el Consejo General del Poder Judicial. “Pensamos que hay tantas falsas denuncias para conseguir ventajas después de la separación que las auténticas, las que protegerían a las mujeres, se pierden”, alegaron.

Ambas organizaciones consideraban que la discriminación positiva perjudica a los hombres penalmente, como posteriormente se ha demostrado en numerosas ocasiones.

lunes, 11 de junio de 2007

Seguro de Divorcio

Seguro de divorcio.
Una nueva póliza ofrece cobertura al impago de la manutención de los hijos por fallecimiento, invalidez o desempleo del progenitor.

La nueva Ley del Divorcio de 2005 ha permitido agilizar los trámites de este proceso. Tras su puesta en marcha, el incremento del número de rupturas legales ha sido tan evidente (casi un 10% en el primer año), que en la actualidad se rompe una pareja cada tres minutos y se estima que en 2010 por cada unión se producirá una separación.

Pero las rupturas no sólo llenan estadísticas, sino que tienen más de una consecuencia. En el plano económico, cuando los cónyuges rompen llega el momento de otorgar la custodia de los hijos y determinar la pensión alimenticia que uno de los progenitores pasará al otro.

Las asociaciones de padres y madres separadas advierten sobre el incumplimiento en el pago de esta manutención, mientras aparece en el mercado una nueva póliza que pretende hacer frente a este coste en los casos de fallecimiento, invalidez o desempleo del pagador.
Azucena García.
Marzo 2007
Condiciones de la póliza
Steven Orr
Cada vez se rompen más parejas.
Según datos del Instituto de Política Familiar (IPF), una cada tres minutos.
La nueva Ley 15/2005, que simplifica los trámites para la obtención del divorcio, ha venido acompañada de un incremento de las rupturas en el último año y, si la tendencia continúa, "en 2010 por cada matrimonio que se produzca, se romperá otro", advierte el IPF.

En este contexto, no parece descabellada la aparición de un nuevo producto, el seguro de divorcio, que pretende garantizar el pago de la pensión a los hijos e hijas hasta que estos se independicen.

La Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas asegura que el 80% de los cónyuges que ejercen una profesión liberal y están obligados a pagar la pensión no lo hacen, mientras que el 67% de los separados que trabajan por cuenta ajena tienen embargadas sus cuentas bancarias por la misma causa.

Por ahora, esta nueva póliza es ofertada por la aseguradora madrileña Óptima Servicios Financieros, aunque puede ser contratada "desde cualquier punto de España", confirma Fernanda Escardó, una de las socias de la compañía.

Según explica, "la idea es que la póliza dé cobertura al cónyuge obligado al pago de las pensiones, tanto si son alimenticias como compensatorias, hasta la fecha de obligado cumplimiento, es decir, hasta que los hijos se independicen".

La cobertura se extiende a situaciones de fallecimiento, invalidez temporal o permanente y desempleo, aunque en este último caso hay un límite de un año y "no siempre por la totalidad de las pensiones, sino en función de los ingresos del padre obligado al pago".
"Sería una ayuda complementaria a la prestación por desempleo para que durante un año pudiera pagar las pensiones de alimentos o compensatoria"precisa Escardó.

En cuanto al coste, varía en función de la edad de los hijos y de las pensiones que se paguen, pero oscila entre 300 y 800 euros anuales. "Se espera que los clientes sean sobre todo hombres, ya que la custodia se concede casi siempre a las mujeres, pero ahora este panorama en España está cambiando mucho gracias a la custodia compartida y los datos pueden variar", añade.

Para Ignacio Bermúdez de Castro, abogado especializado en derecho de familia y asesor jurídico de la Asociación gallega de Madres y Padres separados, "es una póliza muy atinada porque el incumplimiento del pago de pensiones es muy habitual, mucho más de lo que se debería esperar", pero cree que su contratación no debe ser obligatoria porque significaría un excesivo intervencionismo por parte del Estado.

"Es como decir a una persona que se desconfía de que vaya a pagar. En todo caso, se podría imponer en caso de impagadores reincidentes", aclara. Insiste en que los incumplimientos son "muy frecuentes, mucho más de lo que pueda parecer", y señala que se deben a las excesivas cuantías, que la gente no puede afrontar. "También muchas veces se dejan de pagar las pensiones porque los hijos se convierten en auténticas armas arrojadizas: 'yo no te dejo ver al hijo, pues yo no te pago la pensión'. Alrededor del 20% de las pensiones no se pagan por voluntad propia", asevera.

Por su parte, el presidente de la Federación Andaluza de Madres y Padres Separados (FASE), Antonio Pino, coincide con el letrado en que esta póliza no debe ser obligatoria "porque igual no está al alcance de todas las personas", pero sí la cree positiva.
Considera "raro" que no se produzcan problemas en el momento de la separación y justifica que muchos surgen cuando una de las dos partes no cumple.

"La mujer -explica- obtiene la custodia de los hijos en el 95% de los casos, mientras que el padre tiene que pasar la pensión. Los problemas surgen cuando ella no le deja ver a los hijos o él deja de pagar la pensión".

El presidente de la Federación de Euskadi de Padres y Madres separados (Kidetza), Justo Sáenz, reconoce que si el progenitor obligado a pagar la pensión ya anda "ajustado" para hacerlo, difícilmente va a contratar una póliza", aunque subraya que "el fin es loable". A su entender, este nuevo producto no se diferencia demasiado de una póliza de seguro normal, por ejemplo, de vida, y recuerda que ya hay otros productos en el caso de que fallezca el progenitor, custodio o no custodio. "Hay que analizar qué cantidades concretas va a dar esta nueva póliza, hasta cuándo y en qué condiciones para ver si es competitivo", resalta.

Situación tras el divorcio.
Tras una separación o divorcio, el cónyuge que pierde la custodia de los hijos está obligado a pagar una pensión alimenticia y, en ocasiones, una pensión compensatoria. La primera ronda en torno al 20 ó 25% de los ingresos del progenitor (unos 300 euros), es fijada por un juez y se paga hasta que el hijo o hija se independiza.

La pensión compensatoria es una cantidad, generalmente mensual, que paga el progenitor que se encuentra en mejor posición económica al otro. Lo habitual es que la reciba el cónyuge custodio, es decir, el que se queda con los hijos a su cargo.

Ignacio Bermúdez de Castro indica que el objetivo de estas pensiones es que "ni los hijos ni los cónyuges tengan un desequilibrio económico y que su nivel de vida 'baje' lo menos posible". Cuando el cónyuge que consigue la custodia de los hijos trabaja, lo normal es que no se le imponga a la otra parte una pensión compensatoria, "aunque depende de lo que gana la mujer y lo que gana su pareja". "De todas formas, en cualquier momento se puede hacer un incidente modificativo de medidas para que, si en un momento determinado se impone una pensión porque los ingresos del marido son bajos, ésta pueda subirse cuando el padre gane más", agrega el abogado.

Para Antonio Pino, habría que revisar varios puntos de la normativa actual, especialmente, el hecho de que el progenitor no custodio, generalmente el padre, se ve obligado a pasar la pensión a su ex pareja incluso en las temporadas que el hijo pasa con él, porque lo que se está haciendo al final es pagar las vacaciones a la otra parte.

"Cuando los hijos están con el padre, sería en todo caso la otra parte la que le tendría que pasarle a él la pensión", reivindica. Según datos de Kidetza, el menor pasa con el progenitor no custodio una media de 126 días al año, por lo que lo más adecuado sería normalizar la situación de separación y divorcio haciendo la custodia compartida como norma general y potenciando la liquidación de gananciales.

"Lo más adecuado sería normalizar la situación de separación y divorcio haciendo la custodia compartida como norma general y potenciando la liquidación de gananciales"porque así tendríamos una de las cuestiones más importantes, como es la económica, resuelta", señala Justo Sáenz.

Por otro lado, Pino apuesta por revisar el pago de la pensión compensatoria y limitarla a un periodo máximo de un año. "Creemos que ese año es tiempo suficiente para que la otra persona encuentre un trabajo y mantenga una estabilidad económica, no que quien paga la pensión acabe convirtiéndose en un banco", defiende.

Otros gastos a los que hay que hacer frente después de una ruptura son los denominados gastos extraordinarios: el dentista o los estudios en el extranjero, que deben ser pagados a medias por los dos cónyuges.

Además, según el presidente de Kidetza, en casi la mitad de los casos, los progenitores que pagan la pensión deben seguir pagando también la hipoteca del piso en el que habita la otra parte con los hijos, lo que incrementa los gastos mensuales y "muchas veces crea una situación cercana a la marginación social".

"Todo se agrava cuando la mujer interpone una demanda por malos tratos con el fin de conseguir la custodia. Hay que analizar bien las denuncias porque algunas son falsas. Se toma como un juego algo muy serio y los jueces ya están hartos de escuchar el mismo guión", denuncia Antonio Pino, quien reclama la existencia de centros a los que puedan acudir los hombres separados, "igual que hay centros específicos para la mujer".

Ayudas para cónyuges separados.
La asociación Kidetza afirma que el 82% de los progenitores no custodios no tiene dónde alojarse de manera estable en el proceso de separación o divorcio. Su presidente, Justo Sáenz, explica que en los primeros momentos optan por la familia, si la tienen, luego buscan piso compartido, un camping o, incluso, duermen en el metro, en el propio coche o en albergues municipales".

"En los primeros momentos los hombres separados optan por la familia, si la tienen, luego buscan piso compartido, un camping o, incluso, duermen en el metro, en el propio coche o en albergues municipales.

"Desvela que en los informes de Cáritas "aparece una bolsa de pobreza muy grande dentro del sector de hombres separados y divorciados" y que, además, "hay un porcentaje importante de personas que caen en depresión porque han roto su vida y, avergonzados, no acuden al psicólogo ni a las instituciones, pierden el trabajo, buscan objetivos inalcanzables como ver al hijo en todo el momento y, muchas veces, esta situación hace que se entre en una situación de marginación".

Sáenz también desmiente que sea habitual que los progenitores se desentiendan de pagar la pensión por causa injustificada y subraya que se han incrementado las personas que están en situación de necesidad económica."Por eso muchas veces la otra parte no denuncia -continúa-, porque sabe que no va a conseguir absolutamente nada".

A finales del pasado año, la asociación firmó un acuerdo con el departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco por el que el Ejecutivo autónomo se compromete a integrar a las personas separadas o divorciadas en un cupo social específico para que puedan optar a las adjudicaciones de vivienda de protección oficial (VPO) en régimen de arrendamiento.

El acuerdo también contempla que aquellas personas separadas y divorciadas que carezcan de vivienda, o bien obtengan por la venta del domicilio ex conyugal un importe neto inferior a 75.000 euros, puedan acceder a las listas del Servicio Vasco de Vivienda (Etxebide) y a las adjudicaciones de VPO, tanto en alquiler, como en venta. Hasta entonces, este importe estaba situado en 72.000 euros.

Por otro lado, en el caso de custodia compartida, las personas inscritas en Etxebide pueden hacer constar a los hijos con los que cuenta en ambas solicitudes. Para Sáenz, estas medidas permiten que el progenitor no custodio, "nada más salir de la casa, tenga la opción de solicitar una vivienda de protección oficial".

Sin embargo, tiene una reivindicación: la puesta en marcha de un fondo social de garantías para cubrir los casos en los que el progenitor no pague, "bien porque no pueda o porque no quiera". Este fondo fue aprobado el pasado verano por el Parlamento vasco, aunque todavía no funciona, y también el Gobierno central incluyó en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2007 una disposición para la creación de un fondo de las mismas características, dotado con una partida inicial de diez millones de euros.

Su objetivo es garantizar, mediante un sistema de anticipos, el pago de alimentos a los hijos menores de edad. Antes de verano, deben estar reguladas las condiciones y los requisitos de acceso a estos anticipos, así como los procedimientos de abono y reembolso. "En una situación de necesidad del menor quien debe intervenir es el Gobierno, adelantando esas cantidades y después recuperándolas.

El objetivo fundamental debe ser que el menor tenga cubiertas sus necesidades económicas", proclama Sáenz, para quien la reducción de la conflictividad en casos de ruptura legal pasa por la prevención. "Hay que crear más recursos de prevención y poner al servicio de los ciudadanos un programa de apoyo a las familias en crisis", reivindica.

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¿ Miedo a la Custodia Compartida ?¿ Miedo a lo Desconocido ?

Una carta muy Interesante:

IGUALDAD

Las mujeres nos pasamos mucho tiempo proclamando la igualdad de derechos frente al hombre, pero cerramos los ojos ante el derecho de nuestros propios hijos, a que tengan a un padre y a una madre por igual parte.
Si pedimos derechos laborales lo mismo que el hombre, entonces porqué esa desigualdad a la hora de una custodia compartida?

El derecho de un hijo es el de estar por parte igual con su padre que con su madre.
No se puede permitir que los hijos sólo vean a sus padres cada 15 días. ¿Por qué?
¿Es el padre menos digno?

Mientras no se legisle una ley como la francesa que otorga la custodia compartida automáticamente cuando se produce una separación, mientras esto no ocurra, nuestros políticos y jueces deben dejar de hablar de igualdad.

El actual reparto de los hijos favorece únicamente a las madres y esto me hace pensar que es una posible revancha por parte de las feministas que quieres destruir emocionalmente al hombre, desetabilizando y olvidándose del bien de los hijos.

Una injusticia tan tremenda no debería estar permitida en nuestra sociedad actual - Señores de la justicia y parlamentarios-, ya estamos en el siglo XXI.
Tal y como se manejan los derechos de los hijos, parece ser que las madres biológicas aún no han comprendido o no saben lo que quiere decir biológicas. – Biológica es dar la vida, pero no intentar destruirla después. Es amar sin límites ni manipulaciones -y poseer ese don tan grande de amor y de bien para sus hijos sin tener que negar los sentimientos del padre.

Se están emitiendo sentencias que no favorecen en nada a los hijos. Gran parte de los abogados se limitan a aconsejar lo que le es más factible para sus bolsillos sin reparar el daño que pueden ocasionar en el niño que es ajeno a tanto tejemaneje de las leyes,trucos y estrategias.

Hasta cuando no van a querer admitir que lo que hace falta en nuestro pais es una correcta custodia compartida para el bien de todos. Dejar de comercializar con los sentimientos de los niños y con los muchos atropellos que se le están aplicando al hombre a la hora de sentenciarlos en una separación, donde inclusos muchas veces se llega a recurrir a la ya bien conocida “denuncia falsa”.

Atentamente.

Blanca Hernández - mailto:integración-social@