sábado, 28 de enero de 2012

La mediación familiar intrajudicial: ¿Fracaso de origen?

 El derecho.com

La mediación familiar intrajudicial.

Por Susana Perales Margüelles.Abogada de CecaMagan Abogados.| 09.01.2012
Desde hace unos años, el Ayuntamiento de Madrid participa en el Proyecto de implantación de la Mediación Familiar Intrajudicial en España, impulsado por el Consejo General del Poder Judicial, que se realiza en distintos Juzgados de Familia de la capital así como en otros de distintas ciudades españolas. 
El objetivo, comprobar el grado de aceptación de la Mediación entre las familias y disponer de datos sobre la reconversión de procedimientos contenciosos al trámite consensuado.

La conveniencia de que en este tipo de procedimientos se intente reconducir un conflicto contencioso a un mutuo acuerdo, en beneficio de todos los implicados en los mismos, no es discutible. 
Sin embargo, desde el punto de vista de mi experiencia profesional no estoy de acuerdo con que esa Mediación deba llevarse a cabo dentro de la propia estructura de la Administración de Justicia; lo que se denomina Mediación Familiar Intrajudicial, ya que no está definido en qué momento del procedimiento se debe intervenir con este tipo de técnicas, y no está claro que proceda llevarlas a cabo cuando las partes implicadas no acuden a la misma voluntariamente.

En la mayoría de los casos, cuando una pareja acude a la Administración de Justicia para resolver una situación de conflicto en el ámbito familiar, -sobre todo cuando se interpone una demanda de divorcio acompañada de una solicitud de medidas provisionales-, o cuando se intenta regular una situación de conflicto derivada de la fijación de unas medidas paterno-filiales adecuadas, ambas partes ya han intentado llegar a un acuerdo, han acudido previamente a mediación familiar, o se han llevado a cabo intensas negociaciones entre sus respectivos letrados.

Es decir, cuando se interpone la correspondiente demanda, ya se ha llevado a cabo previamente una intensa labor para conseguir  llegar a un mutuo acuerdo, y el deseo de los litigantes no es volver a pasar por un procedimiento de mediación, sino conseguir lo antes posible obtener una resolución judicial que les permita continuar adelante y dejar atrás una situación de conflicto.
Aunque es conveniente que, en las comparecencias de medidas provisionales de los pleitos matrimoniales y en las que atañen a las parejas de hecho, justo antes de la celebración formal del acto del juicio, el Magistrado pregunte a las partes por la posibilidad de alcanzar algún acuerdo respecto de los temas en litigio, hay que tener en cuenta que estamos tratando conflictos de un carácter personalísimo y que la mayoría de los asistentes se cohíben cuando acuden a los tribunales, sintiéndose, en muchas ocasiones, presionados para alcanzar acuerdos con los que no están satisfechos, tanto cuando se intenta una conciliación en sede judicial, como cuando acuden a acompañar a sus hijos a un examen psicosocial y son ellos los finalmente examinados por el psicólogo y los trabajadores sociales.

Realmente, las partes suelen alcanzar fácilmente el consenso sobre:
1.-quién debe ostentar la guarda y custodia de los menores y 
2.- sobre el tipo de régimen de visitas que debe establecerse a favor del cónyuge no custodio, iniciándose la situación de conflicto cuando hay que decidir:
3.-sobre los aspectos económicos y patrimoniales de cada pareja, y sobre todo, 
4.- cuando uno de los 2 debe abandonar el domicilio familiar y se ve obligado a regresar a casa de sus padres. 

En el supuesto de que esa labor de facilitación del acuerdo sea exitosa, en los casos de medidas provisionales de separación o divorcio, el Juez puede exhortar a las partes a que continúen en la vía de diálogo iniciado, e intenten alcanzar un acuerdo global en relación al pleito principal, transformándolo así a un procedimiento consensual, agilizando además el gran atasco que sufrimos actualmente en la Administración de Justicia, pero si las partes no alcanzan un acuerdo, no me parece conveniente presionarlas señalando fechas para celebrar actos de conciliación en sede judicial antes de la celebración del correspondiente juicio, que lo único que están consiguiendo es que se demore la celebración del mismo, y en consecuencia que se demore la sentencia judicial que tanto necesitan ambas partes, ya que en la mayoría de los supuestos, si no se ha alcanzado un acuerdo en la vista de medidas provisionales de separación o divorcio, y si se incumple el Auto dictado en la misma (algo bastante habitual), las partes no van a alcanzar acuerdo alguno, por lo que no parece que el grado de aceptación de la Mediación entre las familias que acuden a los Tribunales de Justicia esté siendo muy alto, y quizá haya que replantearse su implantación, o por lo menos la forma en la que se está llevando a cabo.

ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR


ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR.

En todo Proceso de Divorcio podemos establecer unas repercusiones o consecuencias que podríamos denominar Principales y otras que tienen menos relevancia, a las que les daremos un tratamiento, por llamarlo de alguna forma, de Carácter Secundario.
Entre las primeras, destacan la Disolución del Vínculo, atribución conjunta de la Patria Potestad y determinación de la Custodia.
Entre las segundas, otras menos relevantes que la Extinción del Vínculo, pero no por ello carentes de trascendencia, tales como el Régimen de Visitas, Alimentos, Periodos de Vacaciones, atribución del Uso del Domicilio y Pago de las posibles Cargas existentes entre los Cónyuges, así como las Pensiones Compensatorias.

Analizamos brevemente en estas notas, un tema de gran Repercusión Social, ya que, afecta a un gran número de divorciados y a sus Economías: el Uso del Domicilio atribuido a los hijos por Sentencia y su posible Liquidación.
A partir de este momento, el problema será determinar cuándo es posible y cuándo se puede materializar este Derecho para el Cónyuge que haya tenido que salir del Domicilio Conyugal.
Existen un gran número de Sentencias, en las que, a pesar de ello, no se señala cuál será el momento en que la vivienda quedará libre, y, por tanto, cuándo el Cónyuge no Custodio, podrá hacer uso de su Derecho de poder vender su mitad indivisa.

Nuestra Realidad Social, con la elevada carestía de las viviendas en la Sociedad Urbana, obliga a las Resoluciones Judiciales, cada vez más con mayor urgencia, a limitar temporalmente el Derecho de Uso de las viviendas, aunque existan hijos menores de edad.
Como todos sabemos, la atribución del Domicilio Conyugal no se realiza a la madre, sino que se fundamenta en la Protección del Interés más Necesitado, y cuando hay hijos menores, es evidente que serán éstos, los que sean dignos de la misma.
La finalidad, lógicamente, es que éstos no se queden sin techo ni habitación, y que puedan proseguir su vida en el mismo entorno en que la venían desarrollando.

Ahora bien, una vez dictada la Sentencia, ¿Cuándo se podrá Liquidar ese piso?
Existe una creencia generalizada, cada vez menor, de que esto, se podrá llevar a cabo cuando los pequeños alcancen la Mayoría de Edad Civil, es decir, los 18 años.
Sin embargo, los Tribunales, han venido entendiendo que el límite, será el momento en que los hijos alcancen la Independencia Económica.

Todos sabemos, que en nuestra Sociedad actual, los hijos, permanecen largo tiempo, en el seno familiar, después de cumplir la Mayoría de Edad, bien por Estudios, bien por problemas de integración en el Mercado Laboral, o bien por la imposibilidad de Acceso a la Vivienda.
La Sentencia, debería fijar siempre, el Término o Condición, al cual deberían sujetarse ambos Cónyuges, para poder proceder a la Liquidación de su Sociedad de Gananciales.

Analizado el problema desde la perspectiva del Cónyuge excluido del Uso, su situación no solamente es gravosa, sino que en muchos casos, es una condena de larga duración.
Éste, tiene que impedir a toda costa, la perpetuación del Derecho de Uso, en el tiempo, del otro Cónyuge y los hijos, y al mismo tiempo, debe soportar el pago de la Hipoteca de su primer piso y, así mismo, atender sus propias necesidades.
Lo cierto es que como ni los perfiles de este Derecho están bien definidos ni descritos por la Ley ni por la Jurisprudencia, y por tanto, se presentan múltiples controversias judiciales y litigiosidad entre los Cónyuges.

La realidad, impone que sean las propias Sentencias, las que introduzcan las limitaciones a la atribución del Uso de los domicilios, debiendo solicitarlo las partes, en virtud del Principio Rogatorio, a fin de que ese Derecho no se transforme en un uso incondicional y sin sujeción a término.

En la actualidad, existe una Corriente Jurisprudencial muy avanzada, que defiende que el momento de término suele ser el de Liquidación de Gananciales y para ello se establece un plazo máximo que suele fijarse entre los 2 y 3 años, a partir del momento de la Sentencia de Divorcio.
De esta forma se intentan proteger todos los intereses en juego, los de los hijos, Cónyuge no custodio y del que ostenta el Derecho de Uso de la vivienda.

Atribuir un Uso Indefinido, supone una solución inaceptable para el cotitular del Derecho y para la composición y armonía de todos los intereses que deben ser protegidos legalmente.

El tribunal ordena vender un piso de dos separados:considera "inadmisible" que un tercero se beneficie de la casa

Diario El Pais de Andalucia

El tribunal ordena vender un piso de dos separados porque lo usa también la nueva pareja de la mujer. La Audiencia de Almería considera "inadmisible" que un tercero se beneficie de la casa.

M. J. LÓPEZ DÍAZ - Almería - 26/04/2007
La Audiencia de Almería ha ordenado la venta de un piso de Rafael Rodríguez Santiago y su ex esposa, quien ocupaba el inmueble con su hijo desde la separación del matrimonio en marzo de 2001. 
Ambos conyuges son titulares del piso y pagaban al 50% la su hipoteca. 
La mujer rehizo su vida con un nuevo compañero, quien se trasladó a la casa. 
La Audiencia autoriza ahora a que se venda el piso al considerar "inadmisible por absurdo" que pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio del uso de un piso que se estableció para proteger a la mujer y al hijo, de 16 años.


La ex esposa de Rafael Rodríguez solicitó el divorcio el 23 de enero de 2005. 
También reclamó mantener el uso de la vivienda familiar, pese a que el esposo alegó que la incorporación de la nueva pareja modificaba las condiciones del 1º acuerdo de separación. 
La sentencia en 1ª instancia consideró que no se produjo cambio en el uso del piso, situado en la calle Buenavista de la capital almeriense, por parte de la mujer, "con independencia de que sea cierto o no que vive una tercera persona".

El ex esposo recurrió. 
En la actualidad, el menor tiene 16 años y convive con su madre en el domicilio objeto del litigio. 
Rafael alegó que su ex mujer vive maritalmente con otro hombre y posee recursos económicos suficientes, por lo que solicitó la modificación de las medidas concernientes al uso del piso. 
El tribunal de la Sección Iª de la Audiencia, presidido por Benito Gálvez, le ha dado la razón.
El tribunal dice que "resulta innegable" que se ha producido una "esencial modificación" de las circunstancias de la separación.  
"Habría que admitir como lógico lo que a todas luces nos parece inadmisible por absurdo, esto es, que de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, común y ganancial asignada a una esposa separada y al hijo de su matrimonio para la protección de su más favorable interés, pueda beneficiarse un tercero ajeno al matrimonio, sin posibilidad alguna de acción por parte del marido, cotitular de la vivienda".

El tribunal considera "lógico" y "oportuno" que, si la mujer desea fundar con una 3ª persona una familia o unirse establemente a ella, "forme nuevo hogar renunciando al privilegio del que, en atención a su anterior situación, venía disfrutando". 
En su fallo, el tribunal decreta la extinción de la atribución del uso de la vivienda ganancial a favor de la esposa e hijo y autoriza a las partes a la venta de la misma o su adjudicación a uno de ellos con el consiguiente abono al otro del importe correspondiente.

Rafael Rodríguez, que trabaja como carnicero, destacó ayer la importancia de la sentencia de la Audiencia de Almería. 
"Cuando me enteré de la sentencia, llegué a mis casa y me hinché de llorar. Ha sido una lucha de casi 6 años. Yo vivo compartiendo piso con 2 personas más. Tras la separación me junté con una chica y tengo otro hijo con ella. Pero mi pareja vive en casa de su hermana con mi otro hijo porque no tenemos recursos", explica.

Rafael asegura que su ex mujer lleva conviviendo 4 años con su nueva pareja en el domicilio conyugal y que se ha visto afectado económicamente de manera injusta. 
"Los primeros años yo pagaba el importe total de la vivienda porque ella trabajaba sin contrato y no se podía demostrar que tuviera trabajo. También pagaba la manutención de mi hijo. Cuando me quedé un año en paro acumulé retrasos en los pagos y he llegado a pagar 780 euros mensuales. Mi sueldo es de 980 euros".

Para la abogada que representa a Rafael Rodríguez, Isabel Bonilla, la sentencia"es un paso más para que podamos llegar a la guardia y custodia compartida en situaciones justas y, sobre todo, que los cónyuges, cuando se vayan a separar, lleguen a un entendimiento"
En el proceso, Bonilla, además de solicitar la extinción del uso de la vivienda pidió de forma subsidiaria, en caso de que el tribunal no acordara dicha extinción, que la mujer abonara a su ex marido una indemnización acorde con el valor de mercado que tuviera una renta de una vivienda de condiciones similares en cantidad equivalente a una tercera parte. 

"Es que la casa es de los 2. Pero hay un 3º que llega de rositas, porque no fue un factor que se tuviera en cuenta en el momento de la separación. La mujer hace del uso que ella tiene atribuido por su hijo -ya que se ha quedado con el uso de la vivienda por el menor- el abuso de meter a un 3º. Y este 3º está beneficiándose de algo que era de otra familia", razona la letrada.
"La Audiencia ha tenido el coraje de enfrentarse con esta situación abusiva y darle una respuesta justa, valiente y eficaz", añadió la abogada.
Según dijo, el fallo va a beneficiar a las parejas que están en situación de separación o de divorcio y evitará que se sigan produciendo situaciones abusivas por parte de "3º que no tienen nada que ver con la familia anterior y de la cual se vienen beneficiando".

Nota: Han pasado 5 años y nada ha cambiado en la piel de Toro que es España, seguimos siendo el cuerno de Africa y los implicados ¿donde están? ¿estamosde acuerdo con la normativa actual? Las Feministas NO.

viernes, 27 de enero de 2012

Copago en la Justicia Española ante el "abuso" de los recursos.


Implantará tasas en la segunda instancia ante el "abuso" de los recursos. 
Gallardón plantea una reforma judicial de calado con un presupuesto exiguo. 
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, planea un paquete de reformas de calado en el sistema judicial en un momento en que su departamento cuenta con un presupuesto exiguo de 1.632 millones de euros. 
Implantará tasas para recurrir en segunda instancia, cambiará el sistema de elección de los miembros del CGPJ y revisará la planta judicial y los criterios de ascenso de jueces.

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en un momento de su comparecencia.. Gallardón plantea una reforma judicial de calado con un presupuesto exiguo - PABLO MONGE

Los ingresos por las nuevas tasas irán a Justicia y no a Hacienda
Borja Guerrero - Madrid - 26/01/2012 
Ruiz-Gallardón mostró ayer las cartas boca arriba en su 1ª comparecencia en el Congreso para anunciar sus planes al frente de Justicia. 
El ministro planea en esta legislatura aprobar 6 nuevas leyes, que son:
1.- las del Poder Judicial, 
2.- Planta Judicial, 
3.- Enjuiciamiento Criminal,
4.- Jurisdicción Voluntaria, 
5.- Mediación
6.- un nuevo Código Mercantil. 

Y también quiere:
a.- reformar el aborto, 
b.- establecer una pena de prisión permanente y 
c.- regular la multirreincidencia en los delitos. 
"Podemos ser un fabuloso instrumento para la recuperación económica", alegó Ruiz-Gallardón.

El ministro está dispuesto a acabar con la imagen de politización de la justicia, por lo que el Gobierno modificará el sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). 12 de sus 20 vocales pasarán a ser designados por los propios jueces y los otros 8 se elegirán en el Congreso, pero no por el sistema de cuotas entre partidos sino "por consenso" de los grupos. 
Justicia quiere delimitar más claramente también las funciones del pleno y las comisiones. 
El Tribunal Constitucional también será reformado, recuperando el recurso previo para los estatutos de autonomía.

CiU y PNV criticaron el cambio en el sistema de elección de los vocales porque consideran que el Gobierno dará así preponderancia a la voluntad de los jueces sobre la soberanía popular.
Ruiz-Gallardón aseguró ayer que "un mal funcionamiento de la justicia tiene siempre consecuencias económicas", por lo que su departamento se aplicará en planificar "bien las inversiones" para garantizar la tutela judicial efectiva y hacer de la justicia una palanca de competitividad. 
Hay "una ingente cantidad de recursos" pendientes, por lo que apostó por cambiar la organización de jueces y tribunales, "que no es la más adecuada". 
El sistema actual adolece de "carencias de gestión, elevada litigiosidad y agotamiento del modelo".

¿Qué hacer para desatascar los tribunales de justicia? 
El ministro anunció que establecerá tasas judiciales para las partes que recurran un fallo en 2ª instancia y, también trascendente, los ingresos se destinarán a modernizar la justicia y no a engrosar las arcas de Hacienda. 
Así sucede ahora con los depósitos obligatorios al inicio de determinados procedimientos vigentes ahora.

En España ingresan en los tribunales cada año 9,3 millones de asuntos y la tasa de pendencia (casos sin resolver) supera los 3,6 millones. 
El ministro volvió a la comparación con Francia, donde hay 60 millones de habitantes y solo 5 millones de asuntos nuevos anuales.
"La solución no puede ser destinar más recursos materiales a su resolución ni incrementar el número de jueces, que lo intentaremos", explicó. 
Además de las tasas, el ministerio quiere apostar por la mediación, derivar asuntos a notarios y registradores y dar prioridad en los juzgado a los asuntos de mayor trascendencia. 
"Hay un abuso de acceso a los juzgados, sobre todo en 2ª", sentenció el ministro de Justicia.

Ruiz-Gallardón se ha marcado unos objetivos muy ambiciosos para su mandato. 
El presupuesto de su departamento se ha reducido en 48 millones de euros tras el acuerdo de no disponibilidad de 8.900 millones para 2012. 
El ministro se congratuló de que le hubiera correspondido una parte proporcional muy pequeña en el 1º ajuste de las cuentas, pero podría sufrir un 2º recorte cuando se aprueben los Presupuestos del Estado el próximo mes de marzo.

"Litigiosidad ficticia" en el turno de oficio. 

A Ruiz-Gallardón ya le han llegado varios mensajes de las comunidades con competencias en justicia para que ponga coto al gasto en justicia gratuita. Las regiones y el propio ministerio han visto cómo el presupuesto del turno de oficio se ha disparado por la mayor litigiosidad. El ministro dijo ayer que el sistema precisa de "correcciones para evitar abusos" porque hay "litigiosidad ficticia". Se incrementarán los controles sobre el nivel de renta de los usuarios del turno de oficio para asegurar que le asiste este derecho y se requerirá su manifestación expresa de seguir litigando para evitar que sea decisión del abogado.

Hacia una plataforma tecnológica común.

La cesión de competencias en justicia a algunas comunidades ha hecho proliferar las plataformas tecnológicas en el sistema judicial hasta las 8 actualmente. Presentan graves problemas de interoperabilidad, por lo que el Gobierno creará una agencia que ponga en la misma red todos los procedimientos judiciales de los tribunales. 
"Invitaremos al CGPJ y a las comunidades con competencias para coordinar la interoperabilidad procesal de los sistemas", expresó el ministro. 
Este objetivo fue citado por el propio Mariano Rajoy en su debate de investidura. 
Jueces y fiscales se quejan de haya 8 sistemas estancos.

Criterios objetivos en el ascenso de jueces.

El ministro de Justicia quiere acabar con los criterios "políticos" y discrecionales para la promoción de los jueces y magistrados para convertir la judicial en una "carrera de excelencia". 
El horizonte es orientarla "al objetivo de profesionalidad, responsabilidad e independencia", según Ruiz-Gallardón. 
Para ello, se propone incrementar "los elementos reglados de promoción" y dejar a un lado la discrecionalidad en la toma de decisiones y, por supuesto, los criterios políticos.
El ministro quiere que a corto plazo la justicia empiece a lanzar "un mensaje regenerador" se habrá cumplido el mandato constitucional.

Más cambios.

Nueva oficina judicial. Está implantada en Ciudad Real, Mérida, León, Cuenca, Cáceres, Burgos y Murcia. 
Ruiz-Gallardón dijo ayer que la nueva organización de los juzgados no ha respondido al "espíritu del legislador" ni ha ido acompañada de inversión tecnológica.
Tribunales de instancia. La creación de estos órganos la impulsó el PSOE y el PP la retomará. Son juzgados con varios jueces titulares a la vez.
Agosto. El ministro pretende llegar a un acuerdo para que agosto sea hábil procesalmente.
Papel del fiscal. Gallardón no dejó claro que el fiscal vaya a asumir la instrucción penal.

Querétaro (México): Eliminan la custodia preferente de hijos

 
Querétaro: Eliminan custodia preferente de hijos
 
Diario de Querétaro/27 de enero de 2012/Aimée Pacheco/Querétaro.- 
Las mujeres ya no tendrán la custodia preferente de los hijos en caso de divorcio, pues los diputados aprobaron en el Pleno de la Legislatura una iniciativa para que exista una 'custodia compartida' en menores de hasta 12 años, para evitar que sean "producto de negociación" entre los progenitores.

Se trata de una reforma al Código Civil para el Estado de Querétaro, presentada por la Comisión de la Familia que preside el diputado Salvador Martínez Ortiz, con la que se otorgan derechos y obligaciones en condiciones iguales, para que ambos padres mantengan la custodia legal y física de sus hijos en caso de divorcio.

Y es que el año pasado en nuestro Estado se daban 4 demandas de divorcio diarias, principalmente derivadas de la situación económica y por la violencia familiar, explicó el diputado Jesús Llamas Contreras, quien indicó que a los niños se les consideraba como una propiedad, por lo que es necesario aclarar que la relación que desaparece es la existente entre los cónyuges, "se tienen que mentalizar que la pareja se rompe, pero la labor de padres permanece todo el tiempo".

Martínez Ortiz explicó que en aquellos casos en que existe peligro para el normal desarrollo de los hijos, deberán quedar provisionalmente al cuidado del cónyuge que no represente riesgo, y será el juez el que resuelva al respecto, tomando en cuenta la opinión del menor y la opinión del Ministerio Público. 

Pero cuando los padres no representen riesgo y tampoco logren un acuerdo sobre la custodia, será el juez el que resuelva al respecto, considerando lo más conveniente a los intereses del niño.

El Juez podrá ordenar la práctica de estudios psicológicos, de entorno socioeconómico y demás estudios que considere convenientes para determinar sobre la custodia del menor, conservando el derecho de mantener el contacto y visita regular con ambos progenitores.

La iniciativa se aprobó con 24 votos en la sesión de Pleno, pues los diputados consideraron que la figura de custodia compartida, ambos se obligan también a ver por la educación, formación, manutención y toda actividad relacionada con la crianza de los hijos

jueves, 26 de enero de 2012

Lidia Falcón: El maltrato y la teoría del entorno

 Diario El Publico

El maltrato y la teoría del entorno

30 abr 2008/ISAAC ROSAes autor de “El vano ayer” y “¡Otra maldita novela de la guerra civil!”. Ilustración de Iker Ayestarán
dominioentornoblog.jpgQue decenas de mujeres son asesinadas por sus parejas cada año y miles son maltratadas es algo conocido por todos. 
Pocos temas hay que en los últimos años hayan merecido más atención informativa y hayan despertado más sensibilidad ciudadana, y no es para menos, pues supone un fracaso social que nos concierne a todos. 
Lo que no sabíamos es que además existe una gran conspiración contra las mujeres, contra todas por el solo hecho de serlo, pero especialmente contra las maltratadas.  
Y que en esa conspiración participan no sólo los maltratadores, sino también muchos hombres en calidad de cómplices o encubridores, pero también medios de comunicación machistas, jueces y fiscales prevaricadores, y hasta el Gobierno y el poder legislativo, que con sus reformas dan cobertura legal a esa monstruosa campaña.

Gracias al artículo de Lidia Falcón (Malos tiempos para las mujeres, Público, 26 de abril) conocemos la existencia de ese complot misógino, y podemos señalar a sus ideólogos y ejecutores, y a sus numerosos partícipes. 
Y para mi sorpresa, y la de muchos hombres y mujeres, me he enterado de que yo mismo soy cómplice de esa conspiración

Según Falcón, quienes cuestionamos determinadas reformas legislativas estamos a favor de que las mujeres sean maltratadas, asesinadas, discriminadas laboralmente o calumniadas. 
De la misma forma, quienes estamos a favor de la custodia compartida en realidad estamos defendiendo, con la boca pequeña, a los maltratadores de niños y mujeres, y hasta a los pederastas que asesinan niñas, si no he entendido mal el artículo.
Hace años el juez Garzón inventó ese viscoso concepto de el entorno para actuar contra aquellas organizaciones y personas del abertzalismo que no tuvieran participación directa en atentados.

Numerosos juristas se llevaron las manos a la cabeza, pero el concepto hizo fortuna y la persecución se amplió a situaciones en las que no había un acto terrorista claro pero se sospechaba de afinidad. 
Ahora Falcón ha descubierto la existencia de el entorno de los maltratadores, al que pertenecemos muchos hombres y mujeres, pues con nuestra bienintencionada defensa de la custodia compartida estamos prestando cobertura a quienes quieren seguir golpeando impunemente o dejar de pagar la pensión por alimentos.
Sé que con el párrafo anterior me meto en una ciénaga de la que uno nunca sale limpio: en pocas líneas hablo de 2 asuntos, el terrorismo etarra y la violencia doméstica, cuya hipersensibilidad social impide cualquier debate serio, pues los argumentos no logran elevarse sobre el ruido ambiente, y la unanimidad acrítica suele convertirse en acusación. 

Igual que muchos, aun pensando que determinadas actuaciones judiciales contra el entorno etarra son un disparate, no se atreven a decirlo en público para no ser sospechosos de simpatía por el terrorismo; de la misma forma hay quienes, estando en desacuerdo con el tratamiento político, judicial y mediático que reciben los asesinatos de mujeres, no se atreven a manifestarlo para no ser señalados como cómplices o, cuando menos, de machistas.
Tal vez el artículo de Falcón, con su revoltijo de cosas que nada tienen que ver, consiga que el debate sobre la custodia compartida ingrese en ese mismo terreno sospechoso.

Que en España queda mucho por hacer en materia de igualdad de oportunidades, es cierto. Que arrastramos un atraso cultural y educativo de siglos, nadie lo duda. 
Que los asesinatos de mujeres son inaceptables, es evidente. 
El daño para nuestra convivencia es muy grande. Pero hay otro daño, menos obvio, que enturbia lo que debería ser un debate abierto y tranquilo: la imposibilidad de la discrepancia, a partir de un discurso simplista que no admite enmiendas, y la extensión de una histeria social, política y mediática que acabará por enmudecernos a todos.
 
Cualquier suceso, sentencia, noticia u opinión en la que aparece, aunque sea tangencialmente, el maltrato a una mujer, embota nuestra capacidad de entendimiento y nos empuja al cierre de filas.
Cada poco tiempo nos desayunamos con una sentencia “escandalosa” por la que un juez quita los hijos a una maltratada y se los entrega al maltratador. Ése suele ser el titular. 
Al momento se activan las alarmas, todos cargamos contra el despiadado juez, nos solidarizamos con la madre, y no falta la voz política que prometa reformas para evitar casos así. 

Pero con frecuencia, si leemos la letra pequeña, acabamos por enterarnos de que las cosas no eran tan sencillas, que tal vez no existía condena, o incluso la denuncia había sido desestimada, o cualesquiera otros elementos que desmienten la impresión inicial. 
Parece que Falcón es consciente de ese carácter embotador, y hace el triple salto mortal: mezclar en un mismo texto malos tratos y custodia compartida, para que en adelante ambas cosas sean asociadas.
 
Desde hace años Internet se ha convertido en campo de batalla para partidarios y detractores de la custodia compartida. 
Una guerra atroz en la que vale todo, y en la que abundan piruetas retóricas como la que hace Falcón. 
En el exceso verbal, los hombres son tildados de feminicidas, y las mujeres son acusadas de inventar malos tratos para conseguir sus objetivos. 
Es sólo el eco del drama que viven los juzgados de familia a diario, donde hombres y mujeres en proceso de divorcio rompen todos los puentes y se destrozan mutuamente, dañando de paso a sus hijos en una guerra sucia que suele tener motivaciones económicas.
Deberíamos tener la madurez suficiente para hablar de este tipo de cosas sin perder los papeles. 

La violencia doméstica merece un enfoque riguroso. 
No vale con negar las denuncias falsas y relacionarlas con una campaña machista. 
De la misma forma, la custodia compartida necesita un debate serio. 
No es cierto que sólo la defiendan los padres para no pagar pensiones. 
Ni las denunciantes falsas hacen sospechosas a todas las mujeres, ni los maltratadores disfrazados de padres ejemplares pueden extender la sombra sobre todos los padres.
 

miércoles, 25 de enero de 2012

Gallardón: Mediación Familiar y Custodia Compartida



MADRID, 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

En su primera intervención en el Parlamento en el cargo en la Comisión de Justicia, Ruiz-Gallardón ha explicado que en esta nueva regulación en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor se unificará la investigación y el enjuiciamiento en los casos de delito grave en los que estén implicados mayores y menores, sin que esto suponga una merma de los derechos del menor. (.....)

  
Además, ha apostado por diseñar una nueva regulación que, además de las instituciones de protección y tutela jurídica del menor y discapacitados, se adecue con el derecho de familia a las nuevas realidades sociales, favoreciendo la mediación y la corresponsabilidad de los padres, conforme también a otras normativas ya existentes en el derecho comparado.

MEDIDAS QUE NO FAVORECEN EL PROGRESO.


  Mientras, desde IU, Gaspar Llamazares ha recordado a Gallardón que la vigente normativa del Menor fue obra del Partido Popular, y que hace converger la legislación española con la internacional. "Llamo a una vocación más centrista. La declaración de hoy tiene que ver más con la involución que con una voluntad de cambio, a la que estamos dispuestos. Pero a la involución no", ha sentenciado.

   Por su parte, el diputado de PNV Emilio Olabarria ha deseado a Gallardón "suerte" al frente de estas reformas porque, según ha vaticinado, el PP está "sólo políticamente para acometerlas". Además, ha coincidido con Gaspar Llamazares en que la Ley Penal del Menor fue elaborada por los 'populares', al mismo tiempo que le ha advertido de que, si alguien es regenerable mediante el sistema de penas, "esos son los menores". 

RUPTURAS FAMILIARES: BENEFICIAR AL MENOR

Por otro lado, Rosa Díez, portavoz de UPyD en la Comisión de Justicia, ha preguntado al ministro si tiene entre sus planes la redacción de una Ley de Custodia Compartida que es, a su juicio, "una asignatura pendiente de la democracia española", así como una reforma de la Ley de Violencia de Género o sobre "el drama de los niños robados".


En este sentido, Gallardón le ha asegurado que su cartera ministerial estudiará las "medidas que sean necesarias" para que siempre se beneficie al menor ante una situación de crisis familiar.
Así, ha recordado que el PP presentó en el Senado durante la pasada legislatura una moción en favor de la custodia compartida y además hay leyes vigente en la materia en Valencia y en Aragón. 
Sobre reformar la Ley de violencia de género, Ruiz-Gallardón ha apuntado que se trata de un tema que "le preocupa", si bien pertenece políticamente al Ministerio de Sanidad.

Sesión de la Comisión de Justicia del 25 de Enero del 2012
Respuesta del Ministro de Justicia a partir del momento 3 horas 57 Minutos .... 

Nada de reformar la Ley del Divorcio actual, y se le pregunta por la Custodia Compartida. ¿Donde esta la promesa del Senador Altava de cambiar la ley en los 100 primeros dias degobierno?(Congreso de los Diputados, 13 de Julio de 2011)

Gallardón anuncia el copago en la justicia y una reforma de la ley del aborto

http://es.noticias.yahoo.com/gallard%C3%B3n-anuncia-el-copago-de-la-justicia-y-una-reforma-de-la-ley-del-aborto.html

Gallardón anuncia el copago en la justicia y una reforma de la ley del aborto.                       Primera comparecencia del ministro en el Congreso de los Diputados.



El nuevo ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado esta mañana ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados que pretende establecer un copago de la justicia en segunda instancia
A efectos prácticos, supondría que todos los afectados que no estén conformes con la sentencia de un proceso tendrán que pagar si quieren recurrir ante un tribunal distinto.

El ciudadano, por tanto, tendría que hacer frente con sus propios recursos económicos a los costes del proceso a través de una cuota que no se ha querido especificar, aunque le será devuelta en caso de que el órgano competente le dé la razón al afectado. Quedan excluidos, según el ministro, las personas que demuestren que no tienen el poder adquisitivo suficiente para defenderse, aunque tampoco ha especificado a partir de qué cantidad se establecerá la criba. 
Con esta medida, Gallardón quiere corregir lo que para él supone un “exceso de litigiosidad”, así como “un abuso en el acceso a los órganos judiciales”.

[Relacionado: Santamaría propone más independencia para el CGPJ]

Reforma del aborto
A su vez, el nuevo ministro ha anunciado a su vez una reforma de la ley del aborto para volver a obligar a las menores embarazadas a recibir el permiso de sus padres si quieren interrumpir el embarazo. 
Gallardón ha recordado que la ley actual fue aprobada "sin consenso y con la opinión desfavorable de los órganos consultivos", señalando que la reforma se inspirará en la defensa del derecho a la vida según la doctrina ya definida por el Tribunal Constitucional.
 Cadena perpetua
La comparecencia de Gallardón no se ha limitado a estos 2 puntales, sino que ha estado cargada de anuncios. 

El popular ha anunciado a su vez que el Gobierno pretende instaurar la cadena perpetua revisable para casos específicos, como Rajoy ya había deslizado en más de una ocasión previamente. Este cambio implicaría una reforma del Código Penal proximamente. 
La posición del partido no es nueva, ya que ya incluyó esta propuesta en su programa electoral de cara al 20 N. 
En este sentido, el portavoz del PP de Justicia durante la oposición, Federico Trillo, reflejó en su momento cómo esta  medida está presente en todos los países de la UE menos 2, entre los que se encuentra España.

Ley del menor
El debate en la Comisión de Justicia ha servido para descubrir que el Gobierno reformará también la Ley del Menor de manera que, en casos de delito grave en los que haya implicados adultos y menores, todos podrán ser investigados y enjuiciados conjuntamente y no por separado, aunque cada parte recibirá la legislación pertinente. 

Sin ir más lejos, esta reforma afectaría a casos como el de Marta del Castillo, resuelto recientemente, en el que "El Cuco" fue juzgado por separado a Miguel Carcaño y al resto de implicados por ser menor de edad.


 Video de la comparecencia en el Congreso de los Diputados: 25 de Enero de 2012
Respuesta del Ministro de Justicia a partir del momento 3 horas 57 Minutos ....

Purificación Pujol: La mediación familiar y el convenio de mutuo acuerdo

http://www.diariojuridico.com/entrevistas/purificacion-pujol-magistrada-y-escritorala-mediacion-familiar-ayuda-mucho-de-cara-a-buscar-el-convenio-de-mutuo-acuerdo-entre-las-partes-ya-divorciadas.html

Purificación Pujol, magistrada y escritora:”La mediación familiar ayuda mucho de cara a buscar el convenio de mutuo acuerdo entre las partes ya divorciadas”

Observadora escrupulosa de la realidad por su trabajo de impartir justicia como magistrada que es  y, a la par, escritora en sus escasos ratos libres, Purificación Pujol dejó su impronta hace unos años cuando publicó Guía de Comportamiento en las Actuaciones Judiciales, donde buceaba en el proceso judicial y describía el rol y comportamiento de jueces, abogados, procuradores analizando esos comportamientos que no siempre se cumplían.  

Ahora, ha vuelto a la carga con un ensayo sobre el divorcio. 
Un divorcio elegante”, prologado por Isabel Preysler, ya está desde hace unos días a la venta y pendiente de una presentación espectacular: “A lo largo de estas páginas he querido escribir un manual de supervivencia ante una situación tan dolorosa como la ruptura de la pareja”, afirma.
“Es fundamental reflexionar sobre lo que estás haciendo y no dejarte llevar ni por la agresividad ni por la rutina, esta es una decisión clave en la vida de cualquier persona”.
 
A través de la lectura de este libro, sabemos que expertos como el profesor de economía  Cipolla divide a los hombres en su obra Allegro ma non troppo  en estúpidos y en los que no lo son.
Y a su vez a estos últimos en  incautos, inteligente y malvados: “Llegar a un acuerdo en el convenio, rota la pareja, puede provenir de la actitud que tengas ante la vida”.  

Según Pujo, hay parejas que por poco que tengan y se repartan llegarán a un acuerdo. Y otras que disfrutan con la lucha porque su relación ha sido toda así.  “En materia de familia es fundamental advertir que cada caso en concreto hay que analizarlo muy al detalle, y que a veces, la propia jurisprudencia, no te ayuda mucho, en ese sentido. Partidaria de la mediación familiar, para buscar ese acuerdo, desde su punto de vista la legislación de familia española es buena, no necesita de excesivos cambios porque” protege el interés de los menores y siempre al cónyuge más débil”, 

La juez Purificación Pujol combina su actividad litería con su trabajo diario como magistrada. Con anterioridad escribió un libro, Guía de Comportamientos en las Actuaciones Judiciales, (La Ley, 2007), donde explica el sentido de un juicio y los roles que los diferentes operadores jurídicos deben ejercer. 
Un manual para conocer a fondo competencias; derechos y deberes de jueces, abogados y magistrados. 

Los lectores de DIARIOJURIDICO recordarán que a finales del mes de abril , dictó un auto a finales del pasado mes de abril,  desde Juzgado de 1ª Instancia nº 63 de Madrid  dando la razón a la demanda interpuesta por el Athletic de Bilbao, Espanyol, Real Sociedad, Sevilla, Villarreal y Zaragoza y paralizando la jornada de huelga convocada por la patronal futbolera en aquel momento.

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martes, 24 de enero de 2012

Brecha entre el precio de un piso protegido y otro libre


Se reduce la brecha entre el precio de un piso protegido y otro libre. 
Fomento desviará ayudas para la compra de VPO en favor del alquiler. 
La crisis ha provocado que la tradicional brecha entre el precio de las casas de renta libre y las protegidas (VPO) se haya reducido significativamente. 
Ahora, de promedio, una VPO es un 32% más barata que un piso libre y, sin embargo, en el máximo del boom llegó a costar casi la mitad. 
Por ello, Fomento replanteará todas las ayudas a la compra para concentrarlas en el alquiler.

Raquel Díaz Guijarro - Madrid - 24/01/2012 
Los números no dejan lugar a dudas. 
Según las estadísticas del Ministerio de Fomento, el precio medio de la vivienda libre se situó a finales del año pasado en los 1.701,8 euros por m2, un 19,01% menos que cuando las casas alcanzaron sus valores máximos en el pasado boom inmobiliario. 
Por contra, el precio de los pisos de protección oficial, que está intervenido por las Administraciones públicas, no ha evolucionado del mismo modo
En la actualidad se sitúa en un promedio de 1.158,2 euros por m2 cuando en el pico de la etapa alcista marcó 1.100 euros. Se ha incrementado un 5,2%, pese a la crisis.

Esto es lo que explica cómo se ha estrechado la brecha que tradicionalmente existía entre comprar una casa en el mercado libre o hacerlo con algún grado de protección. 
Hoy, adquirir una VPO resulta de media un 31,9% más barato que si el inmueble no se acoge a ningún tipo de ayuda pública y, sin embargo, en el 1º trimestre de 2008, cuando las viviendas alcanzaron a nivel nacional su precio más alto, la diferencia alcanzaba el 47,6%. 
Es decir, que un piso de protección oficial era casi la mitad de barato que otro que no lo fuera. El precio del m2 de la VPO era entonces de 1.100 euros cuando en el mercado libre se pagaban 2.101 euros.

Esto que ha pasado con los precios es un argumento más de quienes vienen reclamando desde hace tiempo un replanteamiento general de la política de vivienda.
"En una coyuntura como la actual, trasladar ya para siempre la titularidad de una vivienda a una familia que no puede acceder al mercado libre y permitir que tiempo después la venda sin apenas límites es un dispendio de recursos públicos que debe corregirse", asegura Luis Corral, consejero delegado de Foro Consultores. 

Desde Fomento existe un compromiso de revisar todas las ayudas y enfocar los planes plurianuales más hacia el alquiler. 
El análisis realizado por CincoDías en las 5 principales comunidades (Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid y País Vasco) revela este mismo fenómeno, mucho más acentuado en alguna de ellas. 
Solo el País Vasco logra mantener la brecha de precios. Así, comprar una VPO allí continúa siendo hoy más de un 50% más económico que en el fragor de los precios del boom.

Protegidas más caras que libres
En las otras 4 la ventaja de adquirir un piso protegido se ha llegado a reducir incluso más de la mitad. 
En Andalucía, por ejemplo, ahora el ahorro estimado entre las 2 tipologías de vivienda es del 21,6% cuando en el boom llegó a ser del 43,2%. 
Notable es el caso de la Comunidad Valenciana donde quienes adquieran ahora un piso con ayudas apenas se ahorrarán un 16,5% sobre lo que pagarían si fuese de renta libre.
Y espectacular es también lo que ocurre en Madrid. 
Mientras antes del pinchazo de la burbuja ser titular de una VPO salía un 63,2% más barato que acudir al mercado libre, hoy esa ventaja se ha reducido al 41,5%. 
Pero lo más sorprendente es que hay algunas tipologías de casas protegidas, como la VPPL (vivienda con protección pública de precio limitado), son más caras que algunos pisos de precio libre. 
Es la paradoja que tiene el mercado actual en una región como Madrid donde oscilan mucho los precios inmobiliarios, según sea el barrio o el municipio y eso, por desgracia, no suelen reflejarlo las medias.

Atajar las duplicidades y el stock sin vender.

Tanto el PP como el PSOE llevaron en sus programas electorales de los comicios del 20-N una apuesta por otra política de vivienda. 
Ambos consideran que es necesario reconducir los ahora escasos recursos públicos hacia el alquiler y son ya cada vez más las voces que claman por la desaparición de la VPO en propiedad. 
"Por supuesto que se debe garantizar el acceso a una casa digna, tal y como consagra nuestra Constitución, pero no tiene por qué ser en propiedad", explica Juan Fernández-Aceytuno, director general de Sociedad de Tasación.
"El arrendamiento genera actividad económica y empleo, facilita la movilidad laboral y posibilita un mercado más equilibrado y un desarrollo urbanístico más sensato", añade. 
Por ello, desde esta tasadora se muestran contrarios a seguir aplicando incentivos a la compra de vivienda (sea protegida o libre) y abogan por dirigir todos los esfuerzos al alquiler.

Por su parte, el presidente de la patronal de los promotores APCE, José Manuel Galindo, también pide abrir un debate en el que se aborden todos los asuntos clave. 
Entre ellos cita las duplicidades existentes en materia de política de vivienda entre Administraciones, qué necesidad existe en cada territorio y cómo abordarla, cómo lograr un sistema mucho más ágil, cuál es el coste de las ayudas públicas o cómo recuperar el crédito. "Y, sobre todo, se trata de que analicemos cómo podemos producir una casa más barata y qué hacer con el stock", advierte Galindo.

Excedente estable
España mantenía un stock de 818.000 viviendas nuevas pendientes de venta a fecha de septiembre de 2011, lo que equivale a un 3,2% del parque total, según el último informe sobre el Sector inmobiliario residencial en España elaborado por Catalunya Caixa.

lunes, 23 de enero de 2012

Obligan a una madre divorciada a pagar junto a su exmarido la casa hipotecada

 http://www.que.es/sevilla/201201221209-obligan-madre-divorciada-pagar-junto-epi.html

Obligan a una madre divorciada a pagar junto a su exmarido la casa hipotecada donde vive con los hijos. 

La Sección IIIª de la Audiencia Provincial de Jaén ha obligado a una madre divorciada a pagar, junto a su exmarido, a partes iguales, la hipoteca de la casa adonde ésta vive con sus 2 hijos menores, conforme a la obligación asumida en la escritura de constitución, según contempla la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press..

22 de enero de 2012. JAÉN, (EUROPA PRESS)
La Sección IIIª de la Audiencia Provincial de Jaén ha obligado a una madre divorciada a pagar, junto a su exmarido, a partes iguales, la hipoteca de la casa adonde ésta vive con sus 2 hijos menores, conforme a la obligación asumida en la escritura de constitución, según contempla la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press.
Así, según el fallo, y habiendo obtenido la madre de los niños la custodia sin perjuicio de la patria potestad compartida por el Juzgado de Violencia de Género de Jaén, la Audiencia estima que de la solidaridad en el pago no puede excluirse a un cónyuge, quedando exclusivamente obligado el otro al pago. 
Sin embargo, dicho juzgado había resuelto que el progenitor pagara íntegramente el préstamo hipotecario que grava la vivienda familiar. 

En este sentido, la Sala ha señalado que las cuotas del préstamo hipotecario serán abonadas conforme a lo convenido por la escritura pública de la que derivan, y sin perjuicio todo ello del ejercicio de las acciones que cada uno de los litigantes considere, en relación a la liquidación de la sociedad de ganancias.

Al hilo de esto, se indica en la resolución de la Audiencia que:
1.- el uso del domicilio familiar, situado en Torredelcampo (Jaén), se atribuye a la esposa e hijos, 
2.- si bien los gastos que grava la propiedad, tales como el impuesto de bienes inmuebles (IBI) y los de comunidad, si la hubiere, se satisfarán por parte iguales, y 
3.- los gastos de uso -agua luz y gas-serán de cuenta de la madre, al ser la usuaria del inmueble.

Por otra parte, la Audiencia ha revocado el fallo del Juzgado de Violencia de Género en cuanto a la pensión alimenticia fijada para los hijos, fijando en un total de 400 euros para ambos, 100 euros menos de los que había previsto el mencionado juzgado de 1ª instancia.