sábado, 15 de diciembre de 2018

2016: Datos sobre Suicidios en España

El suicidio desciende la esperanza de vida en EE.UU., ¿y en España?.
Según los datos publicados por el Ministerio de Sanidad, en 2016 se produjeron en España 6,28 suicidios por cada 100.000 habitantes. Desde 2011 Galicia es una de las comunidades autónomas con mayor tasa de suicidio en España.
JUDITH ARRILLAGA, 14.12.2018
En los últimos años se está registrando una tendencia al alza en la esperanza de vida de los diferentes países. De hecho, España es el 2º país en el ranking, de media se vive 85,8 años, y se espera de que cara a 2020 suba al 1º puesto de la tabla.
Toda regla tiene su excepción, y en este caso se trata de Estados Unidos. La esperanza de vida de los estadounidenses disminuyó entre 2016 y 2017 según varios informes publicados por el gobierno norteamericano a principios mes. Las principales causas de este recorte son el aumento de las muertes por sobredosis y el incremento en la tasa de suicidios.
En España en 2016 hubo 6,28 suicidios por cada 100.000 habitantes, una de las tasas más bajas desde que hay registros
En la última década, el suicidio se ha convertido en la Xª causa de muerte en EE.UU., habiendo 14 suicidios por cada 100.000 habitantes. Esta tasa está muy por encima de los datos que recoge en España el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Según los últimos datos oficiales, en 2016 se produjeron 6,28 suicidios por cada 100.000 habitantes.
Los suicidios en España no han sufrido una evolución tan pronunciada como la vivida en EE.UU., a pesar de ser el 6º país de la Unión Europea con más casos. De hecho, en la última década apenas se observan cambios. En 2006 la tasa se situó alrededor de los 6,20 suicidios por cada 100.000 personas, el 4º mejor año desde que el Ministerio empezó a guardar registros en 1990.
A pesar de que no ha habido grandes cambios en los últimos años, si que se aprecia una reducción más a largo plazo. Durante la última década del siglo XX se producían más suicidios que en la actualidad. Por ejemplo la tasa en 1996 llegó a alcanzar los 7,5.
Donde sí se observan grandes diferencias es en los datos diferenciados por sexos. El suicidio en España es cosa de hombres. Los suicidios en España están en su mayoría protagonizados por ellos, hasta tal punto que en 2016 los suicidas hombres fueron 3 veces más que los suicidas mujer, con una casa de 9,6 para ellos y una de 3,1 para ellas.
DATOS POR COMUNIDADES
El Ministerio de Sanidad también recoge los datos sesgados por comunidades autónomas. En 2016 los gallegos fueron los que más se quitaron la vida, aproximadamente 9,3 de cada 100.000 gallegos se quitaron la vida. Este dato no es nuevo para Galicia, desde 2011 siempre ha estado entre las 2 primeras comunidades autónomas, llegando a alcanzar los 10,3 en 2014.
Al otro lado de la lista se encuentra la Comunidad de Madrid que registró en 2016: 4,16 suicidios por cada 100.000 habitantes. 

Al contrario de lo que ocurre con Galicia, Madrid siempre se ha posicionado en los últimos puestos de la lista. 
De hecho, nunca ha llegado a superar la tasa de 5 suicidios.
A pesar de que pueden parecer datos muy positivos, si se observa la evolución de este dato en los últimos años, la realidad que se muestra es muy diferente. Y es que en los últimos años la cifra se ha disparado, pasando de 1,25 suicidios por cada 100.000 habitantes en 2012 a una tasa de 4,53 al año siguiente.

Irene Villa a favor de la Custodia Compartida tras el Divorcio

El divorcio de Irene Villa: "Juan Pablo y yo nos llevamos genial y tenemos custodia compartida".
La periodista explica a JALEOS los detalles de su ruptura con el que ha sido su pareja y compañero de vida durante casi una década.
JALEOS, 15 diciembre, 2018
Este miércoles se conocía la inesperada noticia: Irene Villa (40 años) y Juan Pablo Lauro se separan tras 7 años de matrimonio y 3 hijos en común, Carlos (6), Gael (3), y Eric (2). Una situación complicada ante el cual la escritora hace gala, una vez más, de la entereza que tanto la ha caracterizado estos años y desvela a JALEOS los detalles de esta decisión.
"Estamos cada día mejor. Han sido meses difíciles pero por fin tomamos la decisión, y ahora estamos genial", explica la periodista. Unas palabras que resumen a la perfección la filosofía de vida que siempre ha seguido Irene Villa. Ni el atentado sufrido cuando tenía 12 años a mano de ETA, ni la pérdida del que sería su 4ª hijo por tratarse de un embarazo ectópico el año pasado, ni ahora esta separación han podido cambiar la positividad con la que afronta cada etapa de su vida.
"Teníamos esperanza de superarlo, pero hemos decidido seguir con la magnífica relación que siempre tuvimos, especialmente por los niños". Los 3 pequeños que se han convertido en el centro del mundo de Irene Villa y Juan Pablo Lauro, como ellos mismos han comentado en varias ocasiones. "Desde luego, no es un trance fácil. Pero ambos sabemos que nuestra relación durará siempre, y lo que más nos importa es que los niños estén bien y felices. ¡Y así es!". A lo que añade que decidieron "recientemente terminar con la convivencia. Algo quizá atípico pero nos sentimos mejor así".
Y es por ello que ya han comenzado a realizar algunos trámites de la separación (todavía no han firmado el divorcio). Lo más importante es que han decidido que la custodia sea "compartida", a lo que contribuye que él "además vive al lado del colegio y nos llevamos genial", comenta a este medio.
También han decidido comenzar con con el reparto patrimonial. Concretamente, se han llevado las gestiones precisas para que la compañía Saber que se puede S.L., que se dedica a actividades de representación de la escritora, deje de estar administrada por Juan y pase a Irene Villa, que desde el mes pasado figura como administradora única.
Su buena relación es más que evidente en las palabras que dirige a este medio. Desde que la pareja se conoció siempre ha estado muy unida. Evento al que acudió Irene, él iba de su mano. Cuando presentaba un nuevo proyecto, Juan aparecía por detrás siendo su mayor apoyo. En sus redes sociales, la imagen era de una familia feliz. Pequeños detalles que conforman una familia feliz que no quieren perder con la separación.
"Este verano tuvimos una alejamiento por motivos laborales que ha desembocado en separación", explica la periodista sobre las causas de este divorcio, añadiendo que puede ser una ruptura "quizá momentánea". Pero Irene siempre ha sido consciente del interés que suscita hasta lo más pequeño que ocurre en su vida, y no ha dudado en compartir este momento de gran trascendencia con los medios y el público que tanto cariño le tienen. "El lunes nos llamaron", comentaba, "y como hemos empezado a vivir cada uno en una casa, creo que teníamos que comunicarlo por el cariño que siempre nos tuvisteis todos", añade.
Sin embargo, haciendo gala también de esa sinceridad, quiere dejar claro que lo ha hecho para comunicarlo, no para obtener ningún beneficio económico. "Lo único que me está doliendo es que alguien pueda pensar que me he lucrado con esto. ¡Jamás se me ocurriría!", para recalcar que no se trata de "exclusivas ni nada".
Lo cierto es que desde pequeña Irene ha estado habituada a los medios de comunicación, y siempre ha relatado cómo se han ido desarrollando los principales hitos de su vida. "Solo lo compartimos del mismo modo en que hemos compartido toda nuestra historia de amor", explica.
Ahora "él está estudiando mucho para ser piloto. Lleva ya muchísimas horas de vuelo. Y yo estoy viajando sin parar". Sin ir más lejos, este fin de semana se encuentra viajando, cosa que agradece para no tener que encontrarse con todos los "fotógrafos que tengo en la puerta", asegura entre bromas (....).
Sin embargo, hace pocas semanas comenzaron los rumores de una posible crisis cuando Irene Villa acudió sola en su última aparición pública. La escritora no quiso perderse el espectáculo dirigido por Emilio Aragón (59), y lo hizo sin Juan de su lado, algo que llamó la atención porque siempre ha acudido a este tipo de eventos con su marido. Unas crisis que finalmente se ha confirmado con el anuncio de su divorcio. 

España: Las denuncias falsas a "debate".

2 palabras: denuncias falsas. La verdad es esta: el nº de denuncias falsas por violencia de género es desconocido en España.
JUAN SOTO IVARS, 14/12/2018
El máximo problema de la violencia de género es que suele producirse sin testigos en la intimidad del hogar. Muchas mujeres maltratadas no denuncian por miedo a no ser creídas y es necesario que las agredidas vayan a comisaría con más facilidad y que la Justicia pueda desentrañar los casos con todas las herramientas disponibles.
La fiscal de la Audiencia Provincial de Valencia Susana Gisbert publicó recientemente en 'Confilegal' un instructivo artículo en el que defendía la nueva ley y aseguraba que la presunción de inocencia está a salvo. Los críticos opinan todo lo contrario: dicen que es un peligro para los hombres porque puede alentar las denuncias falsas. Y aquí viene el gran problema: las denuncias falsas han sido un tabú hasta que Vox apareció en escena.
La formación de Abascal alerta en cuanto tiene la ocasión de una supuesta epidemia de mujeres malvadas denunciando a sus exmaridos inocentes para hacerles la vida imposible, arropadas por una Ley de Violencia de Género nada garantista para los hombres. La reacción mediática a estas declaraciones es unánime: se repite hasta la extenuación que las denuncias falsas casi no existen: las cifras varían, dependiendo de que hable Cristina Pardo o Jordi Évole, entre el 0,0007% y el 0,001%. Lo cual es, sencillamente, increíble.
La verdad es esta: el nº de denuncias falsas por violencia de género es desconocido en España. Existen estadísticas de denuncias falsas en otros delitos y por lo general tienen 2 dígitos (20%, 30%), con lo que el mantra del 0,001 es difícil de asumir. De hecho, es fácil refutarlo por vías ajenas a la prensa generalista. Repetir un dato sesgado en los grandes medios de comunicación me parece una estrategia catastrófica que solo beneficiará a Vox y las teorías de la conspiración. 

Ni los medios ni los partidos de izquierdas, de centro y de derechas pueden permitirse que la única formación que no acepta la validez del 0,001 sea Vox.
Juristas ocultos tras seudónimo, como Tsevan Rabtan o Judge the Zipper, han publicado artículos e hilos en Twitter donde aclaran de dónde sale el célebre 0,001. Son las denuncias en que la Fiscalía actuó de oficio y condenó a la parte denunciante. La abogada Yobana Carril, en una entrevista en el canal de YouTube de Un Tío Blanco Hetero, aseguraba que la Fiscalía no actúa de oficio a no ser que el caso clame al cielo. Dijo también que sus clientes, hombres acusados falsamente por sus ex-parejas en procesos de divorcio, están indefensos.
Año tras año, el ratio de condenas en este tipo de delitos ronda el 20% y las absoluciones por falta de pruebas, el 80%. Asumir que el 80% de las denuncias son falsas porque no hay condena sería tan descabellado como lo que los medios de comunicación le contestan a Vox. 
Lo cierto es que en ese 80% hay una proporción de denuncias falsas y otra, asumimos que mayor, de casos en los que no hubo pruebas suficientes para condenar a un agresor. 
Es decir: no sabemos cuántas denuncias falsas hay.
Creo que es urgente disolver el tabú. De lo contrario, los de Vox serán percibidos como los portadores de una incómoda verdad de la que nadie quiere hablar, y sabemos que no hay mejor campaña que esta para un partido radical. Las teorías de la conspiración son extremada-mente peligrosas en un momento en que creemos más lo que nos llega por WhatsApp que lo que leemos en el periódico. Más todavía cuando el periódico repite un dato tan sesgado.
Es urgente disolver el tabú. De lo contrario, los de Vox serán percibidos como los portadores de una incómoda verdad de la que nadie quiere hablar
Creo que no se trata de derribar las leyes de violencia de género ni de dejar a las mujeres maltratadas en situaciones de indefensión, sino de depurar las herramientas y minimizar los efectos secundarios. Negar que se producen situaciones de engaño en los juzgados de violencia de género y convertir a la mujer en un ser incapaz de la argucia me parece el combustible perfecto para una reacción misógina a la ola feminista que ya está empezando a despertar.

viernes, 14 de diciembre de 2018

El negocio de la violencia doméstica y la Presunción de Inocencia

Observatorio Violencia de Género: ayudar a maltratadas sin denuncia es el reto.
EFE - Las Palmas de Gran Canaria, 13/12/2018
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica del Consejo General del Poder Judicial, Ángeles Carmona, cree que uno de los grandes retos del pacto de Estado para luchar contra ese tipo de delitos es la posibilidad de ayudar a las víctimas sin que haya denuncia previa.
"La denuncia es muy difícil, muy ardua para una mujer víctima de violencia de género", ha asegurado Carmona en Las Palmas de Gran Canaria, donde participa en la Iª Conferencia Iberoamericana "Nuevos retos en la lucha contra la violencia de género", organizada por la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
En su opinión, "estamos en un momento crucial contra la violencia de género", después de que el año pasado se firmase el pacto para combatirla, y es necesario "dar pasos adelante definitivos en la erradicación de esta lacra social".
La responsable del Observatorio del CGPJ cree que se han producido grandes avances, pero no suficientes, pues "por desgracia, siguen siendo asesinadas mujeres y niños y niñas por violencia de género" y "es preciso aunar esfuerzos".
A su juicio, "el reto más importante es la implicación social", de forma que se apoye a la víctima y se aísle al maltratador, además de que "se puede hacer todavía mucho más", con reformas legislativas, mayor protección a las mujeres y a sus hijos y la ampliación de la consideración de violencia de género no solo a la que se inflige sobre una pareja o ex-pareja, sino a cualquier mujer.
Carmona ha expresado su preocupación por los mensajes que lanzan partidos como Vox. "Me preocupan y mucho", ha señalado, antes de recalcar que hace falta aislar las conductas delictivas contra la mujer, que además se castigan penalmente.
"España es un país pionero en la lucha contra la violencia de género", tiene una legislación reconocida por organismos como Naciones Unidas y "está siendo imitada por países incluso de nuestro entorno", ha señalado, por lo que derogar la Ley de Violencia de Género "supone dar pasos atrás".
La representante de la Cátedra Unesco de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México Gloria Ramírez ha destacado la necesidad de que se avance en la lucha contra la violencia de género en los países latinoamericanos, donde son habituales los casos de "feminicidio, una de las formas de violencia más graves, el asesinato de una mujer simplemente por ser mujer".
Hay países, como México, donde la situación es muy preocupante, pues las cifras indican que el año pasado eran asesinadas 7 mujeres cada día, mientras este año, son 9 las mujeres que mueren diariamente como consecuencia de la violencia.
Aunque México tiene una de las tasas más elevadas, la situación es similar en toda América Latina, ha asegurado Ramírez, lo que ha provocado que "se haya roto el silencio" y las nuevas generaciones de mujeres ya no toleren la situación.
Nota: Es increible que diga que no se derogue la ley de Violencia sobre la Mujer cuando ha sido un fracaso desde su creación. 

jueves, 13 de diciembre de 2018

Derecho de uso de la vivienda familiar

Extinción del derecho de uso de una vivienda ganancial.
Susana Perales Margüelles, Tribuna, 12-12-2018
El pasado 20 de noviembre de 2018 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó sentencia acordando que el derecho de uso de la vivienda familiar deja de existir si “la vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia”, considerando que la entrada de un 3º en el citado inmueble, para convivir de forma permanente y estable con el progenitor custodio, provoca que el inmueble pierda su antigua naturaleza, ya que pasa a “servir en su uso a una familia distinta y diferente”, de igual manera que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce criterios de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.
Es decir, la medida no priva a los menores de su derecho a una vivienda, pero deja claro que el interés de los mismos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres cuando es posible conciliarlos, y en este caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación.
En mi opinión, esta sentencia pone fin a situaciones injustas, en las que el progenitor no custodio tenía que asumir la mayor parte de los gastos comunes familiares, incluido el coste de la hipoteca del domicilio familiar en el que ya no convivía, más el coste de una vivienda de alquiler para evitar tener que volver a vivir con sus padres (algo bastante habitual), hasta que sus hijos alcanzasen la mayoría de edad.
Esta sentencia lo que acuerda es la posibilidad de extinguir el uso del domicilio que fuera familiar aun cuando los hijos no hayan alcanzado la mayoría de edad, en el caso de que el cónyuge al que se le haya atribuido el uso del mismo junto a sus hijos, conviva en éste, de manera estable, con su nueva pareja, pero siempre después de que se proceda a la liquidación de gananciales, aunque esto no es tan sencillo como parece.
En el caso de que ambos progenitores no alcanzasen un acuerdo para liquidar su sociedad de gananciales, ésta debería tramitarse judicialmente, lo que puede suponer tramitar un largo procedimiento judicial, pues solo liquidada ésta se entenderá que queda extinguido el uso del cónyuge al que inicialmente le fuera atribuido.
Es decir, los menores no quedan desamparados, ya que liquidada la sociedad de gananciales se puede producir la venta del inmueble o su adjudicación a uno de los progenitores, quedando cubierta la necesidad de vivienda de los hijos y la posibilidad de solicitar una modificación de medidas para aumentar el importe de la pensión de alimentos de los hijos incluyendo en la misma el concepto de alojamiento que no se tuvo en cuenta inicialmente.
Tal y como acertadamente establece la sentencia, “la misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda”.

miércoles, 12 de diciembre de 2018

España se sigue divorciando en el 2018

MÁS INFORMACIÓN:
Las separaciones y divorcios bajan casi un 8% en España durante 2016.
El hombre que venció en el Supremo: “Quiero lo mejor para mis hijos: no los dejo sin casa”.
Los divorciados con hijos perderán el derecho a la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja.
La figura del árbitro surge para imponer acuerdos a padres separados.
1 de cada 3 divorcios se resuelve ya con custodia compartida.
Los divorcios y separaciones caen hasta 21.789, la cifra más baja desde 2001.
En el 3º trimestre de 2018 han aumentado las peticiones para modificar medidas como la custodia o la pensión alimenticia, según el Consejo General del Poder Judicial.
M. S. T., Madrid, 12 DIC 2018
El nº de separaciones y divorcios continúa a la baja en España. 
En el 3º trimestre de 2018, 21.762 parejas pusieron fin a su matrimonio, lo cual supone una reducción del 2,5% respecto al mismo periodo del año anterior, según los datos del Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), difundidos este miércoles. 
Se trata de la cifra más baja desde 2001, cuando se registraron 20.473 disoluciones, y confirma la tendencia de los últimos 4 años. 
En el 3º trimestre de 2014 hubo 28.844 divorcios, separaciones y nulidades, un nº que comenzó a bajar hasta alcanzar la cifra actual.
Abogadas de familia consultadas por este diario destacan que el descenso responde a la reducción del nº de matrimonios. En este tiempo, las bodas también han disminuido. Según datos provisionales difundidos ayer martes por el Instituto Nacional de Estadística, en los 6 primeros meses de año se casaron un 5,7% menos de parejas que en el mismo periodo del año anterior. 
La cifra, 69.777, es la más baja en un primer semestre desde 2014.
Las letradas puntualizan que en los meses de julio, agosto y septiembre se han registrado más procedimientos de modificación de las medidas adoptadas en las sentencias de divorcio que en el mismo periodo del año anterior. Entre ellas, se encuentran la custodia de los hijos, el uso de la vivienda familiar o la pensión alimenticia. 
Las demandas consensuadas se han incrementado un 9,1% y las no consensuadas, un 2,1%.
Estos procedimientos no solo han experimentado un repunte tras la ruptura de matrimonios, sino que también se han incrementado en parejas que no se habían casado. Las modificaciones de medidas de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, tanto consensuadas como no, han tenido incrementos interanuales del 11% y del 2,4%, respectivamente.
"El repunte se debe fundamentalmente al aumento de solicitudes de custodias compartidas y a las reclamaciones para pedir la extinción del uso de la vivienda familiar cuando los hijos cumplen 18 años", explica Paloma Zabalgo, abogada de familia de Madrid. 
"El Tribunal Supremo se pronunció por 1ª vez sobre la custodia compartida en 2013 y desde entonces la cifra ha ido en aumento, sobre todo en los últimos años [casi 1 de cada 3 divorcios acaba en custodia compartida, según datos del INE]. El alto tribunal emitió una 1ª sentencia sobre la extinción del uso de la vivienda familiar cuando los hijos alcanzaban la mayoría de edad en 2011, pero hasta 2017 no consideró que era doctrina consolidada", explica la letrada. "Estos cambios tardan años en materializarse", apunta.
María Dolores Lozano, presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) comparte esta visión. "También hay que tener en cuenta las solicitudes de progenitores que piden dejar de pasar una pensión alimenticia a hijos mayores de edad que ni estudian ni trabajan y los procedimientos de extinción de la pensión compensatoria [la que uno de los dos excónyuges paga al otro], en casos en que la parte que recibía esta cantidad pasa a convivir con una 3ª persona", añade la abogada.
Valencia, la comunidad con más disoluciones
Por comunidades autónomas, el mayor nº de demandas de disolución matrimonial por cada 10.000 habitantes se ha dado en la Comunidad Valenciana, con 5,7 por cada 10.000; seguida de Andalucía y Canarias, con 5,1; Islas Baleares, con 5; y Galicia, con 4,9. Todos estos territorios han superado la media nacional, que es de 4,7 disoluciones matrimoniales por cada 10.000 habitantes. 
Las comunidades con menor proporción han sido País Vasco (3,4), Castilla y León (3,7), y Aragón y La Rioja (3,8).
De los divorcios contabilizados entre julio y septiembre de este año, 12.249 fueron consensuados, un 2,4% menos que en el mismo trimestre de 2017, y 8.566 fueron no consensuados, un 1,8% menos que hace un año. Se registraron 644 separaciones tras el acuerdo de las partes (un 5,7% menos) y 303 que tuvieron que recurrir al juez (un 13,7% menos). En estos 3 meses se presentaron 27 demandas de nulidad, frente a las 35 del mismo periodo del año anterior. Es la cifra más baja de nulidades en un 3º trimestre desde 2012.
Nota: ¿Tienen en cuenta las parejas de convivencia mutua o las Parejas de Hecho? en el estudio estadístico....

Divorcio:¿Boda civil o pareja de hecho?: Pareja de Hecho

En España, el nº de matrimonios es aún superior a las uniones de hecho, sin boda, y ni sus leyes ni sus derechos son los mismos
Por EVA SAN MARTÍN, 8 de diciembre de 2018
Casarse está otra vez de moda. Mientras que en nuestro país las parejas casadas son el 85,4 % del total en 2017, las parejas de hecho apenas constituyen el 14,6 %, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). 

Pero esta última forma de convivencia está en auge. 
Aun así, casarse o ser pareja de hecho en España no es lo mismo, ni implica los mismos derechos, como vemos en este reportaje.
Bodas y parejas de hecho en EspañaLas parejas de hecho son un modelo de familia al alza, que ya se cuentan por 2.697.028, según los datos del INE de 2017; esto representa un 4,4 % más que el año anterior. Esta figura de convivencia, a pesar de su creciente popularidad, no tiene una norma estatal unitaria, y solo existen disposiciones dispersas que la regulan. En respuesta a esta carencia, 13 comunidades han creado sus propias leyes de parejas de hecho, también llamadas parejas estables o parejas no casadas.
Cataluña fue la 1ª comunidad en aprobar una ley al respecto. Fue en 1998. Un año después se sumó Aragón, y al siguiente, Navarra. En 2001 se unieron la Comunidad de Madrid, la Valenciana y las Islas Baleares. Y así, con cuentagotas, se ha regulado este tipo de uniones que no están bajo el paraguas del matrimonio. La última en incorporarse ha sido la Región de Murcia, que aprobó su ley en junio de este año. No obstante, hay 3 comunidades que no tienen norma (Castilla-La Mancha, Castilla y León y La Rioja), además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, aunque sí han creado registros de parejas.
Pero casarse vuelve a estar de moda. La crisis también afectó al número de matrimonios; se llegó al mínimo histórico en 2013, cuando solo 156.446 parejas se casaron. Pero desde entonces, la cifra de enlaces crece, hasta alcanzar los 171.454 matrimonios el año pasado.
Desde 2009, además, las bodas civiles superan a las religiosas, y la diferencia cada vez es mayor. Solo 1 de cada 4 fue celebrada por la Iglesia (un total de 47.771, según datos de 2016, últimos disponibles), mientras que 10 años antes eran la mitad, y en 1996, el 77 %. 
Por el contrario, el nº de bodas civiles duplicó de largo a las religiosas: fueron 122.197, una cifra que además aumenta cada año.
Pero ¿es lo mismo casarse que formar una pareja de hecho en España? La respuesta, en la mayoría de los casos, es "no".
¿Qué necesito para casarme o ser pareja de hecho?
Para casarse, basta con acreditar la capacidad matrimonial -como recoge el art. 56 del Código Civil-, y expresar el consentimiento para obtener el acta (ante 2 testigos) que certifica la unión que se inscribirá en el Registro Civil.
Sin embargo, los requisitos para ser pareja de hecho son distintos, puesto que cada comunidad tiene su propia ley. Por ejemplo, en Madrid se necesita convivir 1 año y estar inscritos en el registro. 
En Aragón son 2 años, aunque existe la posibilidad de acortar el plazo si la convivencia en pareja es constituida en una escritura pública. 
En Navarra hace falta 1 año de convivencia, y hacerlo constar en un documento público o tener un hijo y compartir casa. 
Mientras, en Asturias vale todo: 1 año de convivencia, tener 1 hijo en común y vivir juntos, dejar constancia en un documento público o inscribirse en el registro. En el País Vasco y Andalucía, en cambio, solo son parejas de hecho las inscritas en el Registro de Parejas de Hecho.
En aquellas autonomías donde no hay ley específica (Castilla-La Mancha, Castilla y León y La Rioja), existe la posibilidad de su inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de la comunidad o en el ayuntamiento, pero este trámite solo tiene carácter administrativo. 
En otras palabras: todas las cuestiones legales que se susciten por una convivencia, deben resolverlas los miembros de la pareja de mutuo acuerdo o en los tribunales.
Matrimonio o pareja de hecho: ¿legalmente es lo mismo?
No. Desde el punto de vista legal, el matrimonio (regulado por una norma estatal, el art. 44 del Código Civil) y la pareja de hecho (recogida en leyes autonómicas) no son lo mismo ni tienen los mismos derechos, aunque las diferencias dependen de dónde nos encontremos. Puesto que cada comunidad autónoma tiene su propia regulación sobre parejas de hecho, las diferencias son pocas en algunas regiones, mientras que, en otras, las diferencias son significativas.
Por tanto, no casarse tiene aún sus inconvenientes. Las uniones de hecho, registradas o no, tienen ciertos derechos menguados, mayores obstáculos para hacerlos valer e incluso, en ciertos casos, mayor inseguridad jurídica.

NOTA: Una vez que tengas hijos, te interesa estar casado y sobre todo si te vas a divorciar. Recuerda que la vida da mil vueltas y uno no cambia si no quiere.

martes, 11 de diciembre de 2018

Nicho de negocio; El Coordinador de Parentalidad

El Senado insta al Gobierno a crear la figura de coordinador de parentalidad para los divorcios conflictivos.
REDACCIÓN, (EUROPA PRESS), MADRID, 10/12/2018
La Comisión de Derechos de la Familia, Infancia y Adolescencia del Senado ha aprobado este lunes 10 de diciembre una moción del PP, con el voto en contra de Podemos y PNV y la abstención del PSOE, por la que instan al Gobierno a crear una figura de coordinador de parentalidad ante los casos de divorcios conflictivos.
La portavoz del PP en esta Comisión, María Beatriz Jurado, ha recordado que en España se registran 400.000 casos de ruptura matrimonial al año, que "en número muy alto" son conflictivos, y ha subrayado que los hijos se convierten en "víctimas de estas situaciones".
Jurado ha defendido que esta figura sería "positiva" porque ya se ha implementado en otros países y en algunas comunidades autónomas. Si bien, el resto de grupos políticos han planteado que sería mejor esperar a ver los resultados que arroja en las CCAA donde ya funciona o mejorar las herramientas que ya están en marcha, en lugar de crear una nueva figura.
La portavoz del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podemos en la Comisión, Idoia Villanueva, ha criticado que en la moción no aparecen reflejados los diversos modelos de familia que existen en la actualidad y ha propuesto profundizar en la Ley frente a la violencia contra la infancia, en lugar de crear esta nueva figura.
En una enmienda a la moción, que ha sido rechazada por el PP, Podemos proponía que se mejoren los medios materiales y personales para la mediación, que se creen espacios amigables para la infancia en los Juzgados, que los profesionales mediadores tengan una formación específica en violencia de género o que se garantice el derecho de los menores a ser escuchados.
Por parte del PSOE, que también había presentado una enmienda que tampoco ha sido aceptada por el PP, la vocal socialista en la Comisión de Infancia, Matilde Valentín, ha insistido en la necesidad de evaluar los recursos que ya están implementados para mediar en los casos de divorcios conflictivos.
"En la administración de Justicia existen herramientas para casos de alta conflictividad, como los equipos psicosociales adscritos a los Juzgados que deberían potenciarse en todas las CCAA sin necesidad de crear una figura nueva ajena a nuestro sistema", ha planteado.
Además, varios grupos han criticado que la moción no especifique las funciones que tendría la figura de coordinador de parentalidad. 

En este sentido, la portavoz del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado, Nerea Ahedo, ha preguntado al PP si plantean esta enmienda porque "dudan" de la formación de los profesionales que están trabajando con esos niños.
En esta línea, la vocal del PSOE en la Comisión ha añadido algunas preguntas como: "¿De quién dependería esta figura? ¿Cómo se define la alta conflictividad? ¿A cuántos supuestos de ruptura afectaría? ¿Es voluntario acogerse a esta figura? ¿Cuánto cuesta y quién asume el coste?".
En el texto de la moción, el Grupo Popular explica que el coordinador de parentalidad tendría como función la de acompañar a la familia que está atravesando una situación "traumática" desde que la sentencia de divorcio es firme, y enseñar habilidades parentales a los progenitores "para que dejen de denunciarse entre sí, retomen sus vidas y no frustren más a los hijos".
Nota: Otra tomadura del PP, por no querer cambiar la actual ley el divorcio y van 37 años

¿Cuánto tiempo se tarda en superar un divorcio?

Sabes que algún día superarás la ruptura matrimonial, pero ¿cuándo?
Laura Sánchez, 10.12.2018
Puede que conozcas a una amiga/o que a los pocos días de divorciarse ya se mostraba agradecido/a a la vida por poder vivir una nueva oportunidad. Y por eso te extrañas, porque ya han pasado muchos meses de la ruptura con tu pareja y tú aún no has conseguido superarla, ni la relación ni la ruptura. ¿Qué te pasa? ¿Estás tardando demasiado? ¿Cuánto tiempo se tarda en superar un divorcio? Cada persona necesita su tiempo.
Cuándo se empieza a superar el divorcio
No hay que confundir superar el duelo con superar el divorcio. 1º hay que superar un duelo por esa ruptura. No vamos a insistir en la tormenta de emociones que envuelve tu vida a causa de la ruptura, porque también depende mucho de lo que estés perdiendo. Porque en un 1º momento solo puedes ver la pérdida, no te precipites en ver lo que estás ganando.
Y el duelo consiste en superar una serie de etapas, 5 concretamente, que van desde la negación del principio cuando no te crees que esto te está ocurriendo a ti hasta la aceptación de la situación, el divorcio en sí. Pero pasando antes por la fase de la ira, la negociación contigo mismo/a, y puede que con tu ex, y la fase de depresión o bajón. Al final, como decimos, llegas a la aceptación.
Y la aceptación del divorcio supone la fase final del duelo. Esto es, has superado el duelo, que no el divorcio. Es justo ahora cuando termina el duelo el momento en el que empieza otro proceso, el de superar el divorcio. Si echas cuentas, verás que no es algo que se pueda superar de un día para otro.
Cuánto se tarda en superar un divorcio
Y también verás que cada persona necesita su tiempo, por lo que no podemos decir que estás tardando demasiado en pasar página. Puede que la gente más cercana te lo diga, puede que te presionen para que salgas al mundo con una sonrisa apreciando todas las ventajas de tu nueva situación de solter0/a, que son muchas. Pero ver que con el divorcio sales ganando en tu calidad de vida es algo que tiene nacer de tu interior. Y tranquilo/a porque llegará. Pero antes...
+ Antes tienes que aceptar todas las emociones negativas que te está produciendo el divorcio. Tienes que considerar que es natural llorar, sentirte triste, desubicad0/a, perdid0/a, nostálgico/a y a veces hasta angustiado/a. Tienes que dejar de culpabilizarte por haber sentido durante el duelo tanta ira y tanto rencor, y tienes que deshacerte de esos sentimientos cuando puedas.
+ También tienes que trasladar el foco de atención de tu expareja a ti mismo/a. Dejar de responsabilizarle, de culpabilizarle por tu malestar, poco importa quién tiene la culpa. 
El divorcio es un hecho y tienes que centrarte en ti, no en él. Pero lógicamente todo esto lleva un tiempo. No te levantas un día dando las gracias a todos los dioses por haber puesto este divorcio en tu camino.
+ Hay más cosas que tienes que hacer antes de dar por superado el divorcio, así que ten en cuenta que te llevará meses. Cosas como aprender a vivir sin tu pareja, como recuperar aspectos de tu vida personal que habías dejado olvidados con la convivencia, como reencontrarte contigo mismo/a. Y seguramente tengas que hacer también una revisión de tu autoestima, que una ruptura siempre la baja hasta el fondo de la tierra.
+ Tienes muchas cosas por hacer, pero ninguna de ellas es contar los días que llevas intentando superar el divorcio o pensar con ansiedad en los días que te quedan por superar. Olvídate del tiempo, que aquí lo que importa es que lo hagas bien, no rápido. Y si te tomas tu tiempo, saldrás más reforzado/a de esta ruptura.
Y si te tomas tu tiempo, disfrutarás del proceso de superación casi tanto como de ese broche final en el que te sentirás feliz, poderoso/a y con toda una vida por delante para disfrutarla y vivirla a tu manera.

Ratifica el Convenio regulador en el Juzgado, por tu bienestar futuro

Validez del convenio regulador no homologado judicialmente. STS, de 15 octubre (RJ 2018, 4295)
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto contra una sentencia dictada por la A. P. de Asturias en la que se declaró la plena validez del convenio regulador suscrito entre los cónyuges pero no homologado judicialmente.Gloria Sánchez Castrillo, Abogada, 10 de Diciembre de 2018La cuestión jurídica que se plantea es la validez de un convenio de separación matrimonial firmado por las partes al que denominaron contrato de separación conyugal, en el que se preveía la separación y una serie de medidas referentes a la guarda y custodia de las hijas menores de edad, el régimen de visitas y la contribución a los gastos familiares.Los cónyuges redactaron de mutuo acuerdo un convenio regulador que se ha ido cumpliendo aunque irregularmente y, ante la reclamación de lo adeudado respecto a la pensión de alimentos se articula como defensa que dicho convenio carece de efectos, pues su falta de ratificación ante el juez hace que pierda toda su fuerza vinculante, no pudiendo reclamarse las medidas que contiene hasta que queden establecidas en sentencia.Interpuesto el recurso de casación reconoce el Tribunal Supremo la plena validez de los acuerdos que las partes pactan para regular convencionalmente sus relaciones tras la ruptura matrimonial, siempre que no sean contrarios al interés del menor, señalando que con la firma de dicho convenio las partes otorgaron al citado documento naturaleza privada, y si bien su eficacia es la que corresponde a cualquier negocio jurídico, no puede tacharse de ineficaz por carecer del requisito de ser aprobado judicialmente.Accede a la sentencia
Nota: Para cualquier duda, nada como presentar el convenio al Juzgado y todos felices y comiendo perdices.

Divorcio y Vivienda: el problema real de un proceso de divorcio

El debate: ¿Es abusivo que los divorciados pierdan el uso de la vivienda familiar si viven con otra pareja?.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo, analizamos las cuestión desde diferentes perspectivas.
LA VOZ, 09/12/2018
Una sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia en relación a las medidas a adoptar en un divorcio con hijos menores y ha determinado que una persona divorciada que viva con sus hijos menores en la casa familiar que compartía con su anterior pareja no podrá seguir residiendo en la vivienda con una tercera persona, a no ser que compre la parte del inmueble que no le pertenece por haber contraído matrimonio en régimen de gananciales. 
Ante esta disyuntiva presentamos diferentes opiniones al respecto:
Daniel Tomás López, MAGISTRADO DEL JUZGADO DE FAMILIA 15 DE VIGO
«El fallo, lejos de ser un panfleto reaccionario o machista, como ha sido calificado en diversos medios de comunicación por diletantes opinadores y opinadoras legos en Derecho, alguno de los cuales resulta dudoso que hayan leído la resolución y mucho menos la hayan comprendido, no hace sino asumir, por el pleno de la Sala Iª nada menos, una doctrina moderna largamente reclamada en el Derecho de Familia y que se fundamenta en que al convivir la progenitora con una 3ª persona la vivienda pierde la naturaleza que tenía de vivienda familiar «por servir en su uso a una familia distinta». 
La sentencia no priva a los niños de su derecho a una vivienda, ni cambia la custodia de la madre, ni mucho menos niega su derecho a establecer nuevas relaciones de pareja».
Abel Lamas Sánchez, VICEPRESIDENTE DA ASOCIACIÓN GALEGA DE PAIS E NAIS SEPARADOS (AGPNS)
Escuchando al abogado que ha defendido la causa, don Felipe Mateo Bueno (a quién felicitamos por su trabajo y ética profesional) sorprende que el Supremo no hubiera resuelto la cuestión con un pronunciamiento muy anterior. Nos recuerda lo sucedido con las cláusulas hipotecarias que se han declarado nulas por abusivas. Sentencia 641/2018: una nueva cláusula abusiva
Francisca Arias y Berta Otero, ABOGADAS
Ante la falta de voluntad del legislador, una vez más el Tribunal Supremo ha venido a suplir las limitaciones y vacíos normativos en esta materia, como ya lo ha hecho también en relación con la guarda custodia compartida. Es una sentencia novedosa que generará mucha polémica y controversia, pero en todo caso era muy necesaria. Conciliar intereses

domingo, 9 de diciembre de 2018

Justicia en España por regiones

Insólita sentencia: sin ver a su hija por incumplir el régimen de visitas y no abonar la pensión de alimentos
Informativos Tele5, 08/12/2018
Después de más de 2 años sin contactar con su hija y sin pasarle la pensión de alimentos, la Audiencia de Palma ha determinado que un hombre de Manacor no podrá verla entre semana, ni tampoco en vacaciones.
La insólita sentencia, dictada por la Audiencia de Palma a instancias de la madre de la menor, llega tras más de 2 años de incumplimiento de una anterior que otorgaba al padre de la niña el derecho de visitarla entre semana y el reparto entre los 2 excónyuges de las vacaciones escolares. A cambio, la madre conservaba la guardia y custodia de la menor y el padre debía abonarle una pensión de alimentos, según publica el Diario de Mallorca.
No obstante, tras 2 años de incumplimiento, la madre de la niña presentó ante el juzgado de Manacor una una petición para pedir que se modificasen las condiciones de divorcio y se le retirase el régimen de visitas al padre de la menor.
Sin embargo, el juzgado de Manacor no emitió el fallo a favor de esta petición y dictó que el hombre podía seguir viendo a la niña y pasarle una pensión de 220 euros al mes.
Tras apelar esta decisión y después de que la sección IVª de la Audiencia de Palma examinase a la niña, se ha dictaminado que el padre de la menor no podrá verla entre semana, ni tampoco en vacaciones después de pasar más de 2 años sin establecer contacto con ella y sin pasarle la pensión de alimentos.