En España también existe la pensión por régimen de alimentos y de custodia de mascota en caso de divorcio de una pareja.
Alejandro Perdigones, 16/03/2025
Cuando se produce un divorcio en España, a veces, uno de los miembros de la pareja se queda a cargo de la mascota que ambos tienen en común. En ocasiones, es posible que se deba pagar una pensión mensual al miembro de la pareja que se queda con la mascota a cargo.
En este sentido, desde ‘Legálitas’ informan que «el Código Civil, tras la reforma operada por la Ley 17/2021 sobre el régimen jurídico de los animales, contempla la posibilidad de regular la contribución económica de los cónyuges a las cargas asociadas al cuidado del animal, por lo tanto, sí se puede establecer el pago de una cantidad mensual a modo de pensión para atender a este tipo de gastos».
Pensión por la mascota en caso de divorcio
Una sentencia reciente de la A. P. de Pontevedra ha determinado que un hombre deberá pagar 40 euros al mes a su exmujer por su mascota, tras culminarse el divorcio de la pareja. Se trata de una sentencia muy particular.
Respecto a esta sentencia, el ‘Abogado de Tik Tok’, Xavi Abat, comenta que «esta sentencia es algo lógica tras la regulación de la Ley de Bienestar Animal y otra normativa, en la que los animales dejan de ser considerados cosas y tienen la asimilación de miembros de la unidad familiar».
Además añade que «por tanto, tras una separación, el juez no solamente tiene que determinar el régimen de alimentos y de custodia frente a los hijos; sino el régimen de alimentos y custodia frente a los animales».
Es decir, cuando se produce un divorcio o separación, por ley, la mascota debe quedar protegida. Por ejemplo, en este caso particular, el juez ha determinado que la pareja debe pagar mensualmente 40 euros a su exmujer como régimen de alimentos de su mascota.
¿Cuánto se paga por la pensión de la mascota?
En este caso específico, el marido tenía mayor poder adquisitivo, por lo que el juez estipuló una pensión de alimentos que debe pagar a su exmujer en relación a sus hijos. Además, de manera independiente, también ha fijado una pensión mensual de 40 euros.
Si la mascota necesita gastos adicionales o gastos de veterinario, se deberán pagar a medias entre ambos. Así lo ha determinado esta sentencia de la A.P. de Pontevedra.
Se trata de un aspecto que deben tener en consideración los ciudadanos en España. Son muchas las parejas que conviven con una mascota y posteriormente se divorcian.
En estos casos, la mascota debe quedar protegida. Por ello, si lo determina un juez, un miembro de la pareja tendrá la obligación de pasar una pensión por régimen de alimentos y de custodia del animal.
Con todo ello, desde ‘Legálitas’ aclaran que «conforme establece el Código Civil, el convenio regulador que suscriben los cónyuges en caso de separación/divorcios tramitados por la vía del mutuo acuerdo debe establecer el destino de los animales de compañía teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal».
Si no existe acuerdo de divorcio, será el juez quién determine el destino de la mascota. Del mismo modo, tiene potestad para establecer una pensión de régimen de alimentos y custodia por la mascota en cuestión.
Además, existen casos en los que encontramos varias mascotas implicadas.