Una psicóloga imparte un curso en Pamplona para reflexionar sobre la "cultura pobre del divorcio" en España.
Navarra.com, 27 de Octubre de 2017
La doctora en Psicología Marta Ramírez imparte este viernes y sábado en Pamplona, dentro del Colegio de Psicología de Navarra el curso “Aspectos judiciales y psicológicos sobre el régimen de guardia custodia”. Estas charlas irán dirigidas a un grupo de 20 profesionales.
Marta Ramírez, que fue psicóloga de los Juzgados de Familia de Madrid de 1990 a 2014, busca en este curso actualizar los conocimientos teórico-prácticos para la realización de informes en el ámbito de la familia; profundizar en los aspectos metodológicos de las evaluaciones de custodia; revisar la evidencia científica que sustenta las evaluaciones psicológicas de custodia en general y en particular de las custodias compartidas; y analizar los particulares de las evaluaciones de custodia cuando concurre violencia de pareja.
Partiendo de la base de que el divorció se aprobó por ley en 1981 y de que la labor de los psicólogos que trabajan en el ámbito del Derecho de Familia ha evolucionado con el tiempo ante las demandas sociales en materia de custodia, la psicóloga ha afirmado que “la legislación no es el problema, sino la implementación de recursos de asistencia a las familias en ruptura y de reenfoque de las demandas sociales en esta materia”.
UNA CULTURA DEL DIVORCIO "POBRE"
“Nuestra cultura de divorcio aún es pobre en muchos aspectos (como indica el alto porcentaje de contenciosos existente todavía), pero sin duda en estos más de 7 lustros de ley de divorcio se han producido muchos cambios sociales (incorporación generalizada de la mujer al mundo laboral, aumento de la corresponsabilidad parental, crecimiento constante de divorcios y familias reconstituidas, entre otros) así como muchos cambios legislativos" ha afirmado.
Cambios que por un lado "han canalizado esos cambios sociales pero de alguna forma también los han fomentado, como por ejemplo parecen sugerir las cifras de custodia compartida en aquellas CC.AA. con legislación específica en la materia”, ha recalcado Ramírez.
La doctora en Psicología destaca una de las principales diferencias que había en los años 90. “Antes había muchas periciales que versaban sobre el régimen de visitas y comunicación del padre con los hijos y muy pocas solicitudes de custodia paterna, hoy siguen siendo igual de pocos los padres que solicitan la custodia en exclusiva pero muchísimas las periciales relativas a la conveniencia de adoptar una custodia compartida”.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 28 de octubre de 2017
viernes, 27 de octubre de 2017
VPO: Vivienda y Divorcio
En qué casos puedes comprarte una vivienda protegida si ya tienes una casa
Inmaculada Carrillo, abogada 25 octubre 2017
En este tema debemos tener en cuenta que, si bien existe una normativa a nivel estatal sobre política de viviendas de protección oficial (Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre) y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre), es en la normativa autonómica la que actualmente regulan los requisitos que han de cumplir aquellas personas que quieran adquirir una vivienda de protección oficial.
Por ese motivo, la persona interesada siempre deberá consultar las disposiciones legales vigentes en su Comunidad Autónoma.
En general, la Administración pública competente podrá verificar el cumplimiento de estos requisitos de acceso tanto con la documentación aportada por el interesado, como por la información que pueda obtener de los distintos organismos y Administraciones públicas. El incumplimiento de ese requisito producirá la inadmisión de la solicitud y el archivo de la misma.
A modo de ejemplo, referimos la normativa que regula esta cuestión en Madrid, Andalucía o Galicia.
Normativa VPO Madrid
En Madrid, el Decreto 19/2006, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid, establece que no pueden solicitar la compra de una vivienda de protección pública aquellas personas que ellas o alguno de los miembros de su unidad familiar, sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. Pero hay dos excepciones:
Las personas que sean titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una parte de la vivienda no superior al 50% adquirida por herencia.
Las personas que sean titulares de una vivienda, cuando por sentencia judicial de separación o divorcio no se le haya adjudicado el uso de dicha vivienda que constituía la residencia familiar.
Cuando hablamos de un derecho real de uso y disfrute, se refiere por ejemplo a un usufructo (derecho de uso y disfrute) adquirido por herencia. No se entiende por derecho real, por ejemplo, un contrato de arrendamiento o un préstamo gratuito (precario) de vivienda.
Normativa VPO Andalucía
En Andalucía, el artículo 3 de la Orden de 7 de julio de 2009, por la que se publica el texto integrado del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio, establece que no podrán acceder a la vivienda protegida los titulares del pleno dominio de alguna otra vivienda protegida o libre, o que estén en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio, sin especificar excepciones.
Normativa VPO Galicia
Por su parte Galicia, la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, en su art. 63 establece que no podrán acceder a la compra de una vivienda de protección pública las personas que ya tengan una vivienda en propiedad, con las siguientes excepciones:
En los casos de liquidación de la sociedad de gananciales o de cualquier otro régimen económico matrimonial y de parejas de hecho legalmente constituidas, cuando la vivienda que les hubiese sido adjudicada se atribuya a uno de los cónyuges.
En los supuestos de adquisiciones 'mortis causa', entendiéndose incluidos en este supuesto los pactos sucesorios. Pero, cuando la nueva persona propietaria no reúna las condiciones y los requisitos específicos para acceder a las viviendas sujetas a algún régimen de protección, deberá transmitirlas en el plazo de 6 meses a quien cumpla las condiciones.
Inmaculada Carrillo, abogada 25 octubre 2017
En este tema debemos tener en cuenta que, si bien existe una normativa a nivel estatal sobre política de viviendas de protección oficial (Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre) y su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre), es en la normativa autonómica la que actualmente regulan los requisitos que han de cumplir aquellas personas que quieran adquirir una vivienda de protección oficial.
Por ese motivo, la persona interesada siempre deberá consultar las disposiciones legales vigentes en su Comunidad Autónoma.
En general, la Administración pública competente podrá verificar el cumplimiento de estos requisitos de acceso tanto con la documentación aportada por el interesado, como por la información que pueda obtener de los distintos organismos y Administraciones públicas. El incumplimiento de ese requisito producirá la inadmisión de la solicitud y el archivo de la misma.
A modo de ejemplo, referimos la normativa que regula esta cuestión en Madrid, Andalucía o Galicia.
Normativa VPO Madrid
En Madrid, el Decreto 19/2006, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid, establece que no pueden solicitar la compra de una vivienda de protección pública aquellas personas que ellas o alguno de los miembros de su unidad familiar, sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. Pero hay dos excepciones:
Las personas que sean titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una parte de la vivienda no superior al 50% adquirida por herencia.
Las personas que sean titulares de una vivienda, cuando por sentencia judicial de separación o divorcio no se le haya adjudicado el uso de dicha vivienda que constituía la residencia familiar.
Cuando hablamos de un derecho real de uso y disfrute, se refiere por ejemplo a un usufructo (derecho de uso y disfrute) adquirido por herencia. No se entiende por derecho real, por ejemplo, un contrato de arrendamiento o un préstamo gratuito (precario) de vivienda.
Normativa VPO Andalucía
En Andalucía, el artículo 3 de la Orden de 7 de julio de 2009, por la que se publica el texto integrado del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, aprobado por el Decreto 395/2008, de 24 de junio, establece que no podrán acceder a la vivienda protegida los titulares del pleno dominio de alguna otra vivienda protegida o libre, o que estén en posesión de la misma en virtud de un derecho real de goce o disfrute vitalicio, sin especificar excepciones.
Normativa VPO Galicia
Por su parte Galicia, la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, en su art. 63 establece que no podrán acceder a la compra de una vivienda de protección pública las personas que ya tengan una vivienda en propiedad, con las siguientes excepciones:
En los casos de liquidación de la sociedad de gananciales o de cualquier otro régimen económico matrimonial y de parejas de hecho legalmente constituidas, cuando la vivienda que les hubiese sido adjudicada se atribuya a uno de los cónyuges.
En los supuestos de adquisiciones 'mortis causa', entendiéndose incluidos en este supuesto los pactos sucesorios. Pero, cuando la nueva persona propietaria no reúna las condiciones y los requisitos específicos para acceder a las viviendas sujetas a algún régimen de protección, deberá transmitirlas en el plazo de 6 meses a quien cumpla las condiciones.
Divorcio: Un ley para evitar los niños de rehenes
La Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley de Registro de Obstructores de Vínculos familiares. El objetivo es cuando las parejas se separen queden registradas para que cumplan con sus obligaciones como es el régimen de visitas.
canal13sanjuan.com/ Puerto Rico, jueves, 26 de octubre de 2017
La Cámara de Diputados presentó este jueves una Ley de Registro de Obstructores de Vínculos Familiares. El objetivo es que las parejas que se separen y tengan hijos queden registradas para que no violen los derechos de los niños. El diputado Fernando Maya explicó a Canal 13 de qué se trata el proyecto:
"Pretende ser una herramienta para la justicia, es para que cuando haya un conflicto en las parejas pero que cumplan con los regímenes que tienen que ver con los derechos del niños", argumentó.
"Muchas veces los padres utilizan a los hijos de rehenes para vengarse de la pareja. Esto es totalmente perjudicial para los menores", agregó.
Se considerará "obstructor de vínculos familiares” a la persona que gozando de la tenencia del menor y teniendo sentencia firme en los términos de la Ley Nacional N° 24.270, realice alguna de las siguientes acciones:
-Incumplir el régimen de visitas dispuesto judicialmente
-Impedir el contacto con su progenitor u otros parientes
-No poner en conocimiento del otro progenitor cuestiones relativas a la salud, la educación, la persona o los bienes del menor
-Cambiar de domicilio sin previo aviso
-Impedir al menor participar en los acontecimientos familiares relativos a su progenitor, abuelos u otros parientes
-Desvalorizar al progenitor no conviviente
-Inducir o influir para que el menor se enfrente con su progenitor o parientes.
canal13sanjuan.com/ Puerto Rico, jueves, 26 de octubre de 2017
La Cámara de Diputados presentó este jueves una Ley de Registro de Obstructores de Vínculos Familiares. El objetivo es que las parejas que se separen y tengan hijos queden registradas para que no violen los derechos de los niños. El diputado Fernando Maya explicó a Canal 13 de qué se trata el proyecto:
"Pretende ser una herramienta para la justicia, es para que cuando haya un conflicto en las parejas pero que cumplan con los regímenes que tienen que ver con los derechos del niños", argumentó.
"Muchas veces los padres utilizan a los hijos de rehenes para vengarse de la pareja. Esto es totalmente perjudicial para los menores", agregó.
Se considerará "obstructor de vínculos familiares” a la persona que gozando de la tenencia del menor y teniendo sentencia firme en los términos de la Ley Nacional N° 24.270, realice alguna de las siguientes acciones:
-Incumplir el régimen de visitas dispuesto judicialmente
-Impedir el contacto con su progenitor u otros parientes
-No poner en conocimiento del otro progenitor cuestiones relativas a la salud, la educación, la persona o los bienes del menor
-Cambiar de domicilio sin previo aviso
-Impedir al menor participar en los acontecimientos familiares relativos a su progenitor, abuelos u otros parientes
-Desvalorizar al progenitor no conviviente
-Inducir o influir para que el menor se enfrente con su progenitor o parientes.
El Divorcio y su origen genético
Más Información:
PSICOLOGÍA
DIVORCIOS
LEY DEL DIVORCIO
El trabajo contradice la literatura científica previa sobre este asunto, que culpaba a los factores ambientales de esta tendencia.
PSICOLOGÍA
DIVORCIOS
LEY DEL DIVORCIO
El trabajo contradice la literatura científica previa sobre este asunto, que culpaba a los factores ambientales de esta tendencia.
Azucena Martín @AzucenaMS, 26 octubre, 2017
Más allá de los rumores que acompañaron a la relación casi desde el principio, hubo una 2ª razón por la que el divorcio de Angelina Jolie y Brad Pitt pudo no sorprender a nadie. Y es la creencia generalizada de que, en lo que a relaciones amorosas se refiere, muchas personas sin saberlo tienden a comportarse del mismo modo que vieron obrar a sus padres en casa. Aunque los padres del actor llevan juntos toda la vida, no es el caso de la actriz, que vivió el divorcio de los suyos con tan sólo 9 años de edad.
Esto último cuadra con estudios anteriores, que aseguran que los hijos de divorciados son más propensos a divorciarse de sus propias parejas cuando llegan a la edad adulta. Aunque la razón obvia es mamar lo que se ha visto en casa, un nuevo estudio rechaza ahora que el ambiente sea el único culpable de esta correlación y fija la vista en los genes.
De tal palo tal astilla
Este trabajo, que será publicado próximamente en Psychological Science, ha sido llevado a cabo por investigadores de la Universidad de Virginia Commonwealth en colaboración con científicos de la Universidad de Lund, en Suecia.
Los autores analizaron una serie de datos extraídos de los registros suecos de adopción. La razón por la que optaron por fijarse en hijos adoptivos es sencilla: si un hijo se parece a sus padres adoptivos, los caracteres en cuestión se transmitirán por factores claramente ambientales, mientras que si muestran parecido con sus padres biológicos debe ser por causas genéticas.
En un 1º momento, cuando sólo se compararon padres e hijos, se mostró una influencia ambiental clara, pero la cosa cambió cuando los datos se extrajeron dentro de una misma generación, entre hermanos, tanto adoptivos como biológicos
En este caso, los niños se parecían a sus hermanos biológicos en su propensión a divorciarse en el futuro, pero no a los adoptivos. Por lo tanto, sí que parece haber una influencia de los genes en este aspecto.
Estos resultados entran en conflicto con los de estudios anteriores, que concluyen que crecer en un hogar de padres divorciados afecta psicológicamente a los vástagos hasta el punto de hacerles fracasar en sus futuras relaciones. Sin duda es un duro golpe, con consecuencias psicológicas claras; pero, de estar estos investigadores en lo cierto, la genética también tiene buena culpa en este tema. Sea como fuere, cada situación es única y que la relación de unos padres fracase no tiene por qué terminar con una bonita historia de pareja. Digan lo que digan los genes.
Esto último cuadra con estudios anteriores, que aseguran que los hijos de divorciados son más propensos a divorciarse de sus propias parejas cuando llegan a la edad adulta. Aunque la razón obvia es mamar lo que se ha visto en casa, un nuevo estudio rechaza ahora que el ambiente sea el único culpable de esta correlación y fija la vista en los genes.
De tal palo tal astilla
Este trabajo, que será publicado próximamente en Psychological Science, ha sido llevado a cabo por investigadores de la Universidad de Virginia Commonwealth en colaboración con científicos de la Universidad de Lund, en Suecia.
Los autores analizaron una serie de datos extraídos de los registros suecos de adopción. La razón por la que optaron por fijarse en hijos adoptivos es sencilla: si un hijo se parece a sus padres adoptivos, los caracteres en cuestión se transmitirán por factores claramente ambientales, mientras que si muestran parecido con sus padres biológicos debe ser por causas genéticas.
En un 1º momento, cuando sólo se compararon padres e hijos, se mostró una influencia ambiental clara, pero la cosa cambió cuando los datos se extrajeron dentro de una misma generación, entre hermanos, tanto adoptivos como biológicos
En este caso, los niños se parecían a sus hermanos biológicos en su propensión a divorciarse en el futuro, pero no a los adoptivos. Por lo tanto, sí que parece haber una influencia de los genes en este aspecto.
Estos resultados entran en conflicto con los de estudios anteriores, que concluyen que crecer en un hogar de padres divorciados afecta psicológicamente a los vástagos hasta el punto de hacerles fracasar en sus futuras relaciones. Sin duda es un duro golpe, con consecuencias psicológicas claras; pero, de estar estos investigadores en lo cierto, la genética también tiene buena culpa en este tema. Sea como fuere, cada situación es única y que la relación de unos padres fracase no tiene por qué terminar con una bonita historia de pareja. Digan lo que digan los genes.
En España se limita más la "concesión" de la Custodia compartida de los menores
abogados cea.es/Oct 2017
La custodia compartida. Diferencias entre los cónyuges.
Es doctrina de los Juzgados y Tribunales el que, en supuestos de disputas o diferencias entre los cónyuges, no sea viable ni recomendable el compartir la custodia de los hijos comunes.
Recientemente el Tribunal Supremo ha perfilado y matizado esta idea mediante Sentencia de fecha 12 de mayo de 2017. En ella, si bien reconoce que la custodia compartida tiene como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de respeto mutuo, no se exige “un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor”.
Lo que, evidentemente, habrá que valorar en cada caso y en función de las pruebas que las partes aporten en el procedimiento.
Es doctrina de los Juzgados y Tribunales el que, en supuestos de disputas o diferencias entre los cónyuges, no sea viable ni recomendable el compartir la custodia de los hijos comunes.
Recientemente el Tribunal Supremo ha perfilado y matizado esta idea mediante Sentencia de fecha 12 de mayo de 2017. En ella, si bien reconoce que la custodia compartida tiene como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de respeto mutuo, no se exige “un acuerdo sin fisuras, sino una actitud razonable y eficiente en orden al desarrollo del menor”.
Lo que, evidentemente, habrá que valorar en cada caso y en función de las pruebas que las partes aporten en el procedimiento.
Nota: Tomemos como ejemplo a los Catalanes..... y si no, no nos quejemos. La Unión hace la Fuerza.
jueves, 26 de octubre de 2017
Divorcio: minimizar el impacto laboral
Cumplir con estos puntos puede ayudar a salir mejor parado en términos financieros y profesionales. El divorcio afecta la vida laboral.
Emma Johnson, Miércoles 25.10.2017
Uno puede tener la suerte de que la separación de su pareja sea amigable, pero no hay manera de negarlo: está atravesando un evento importante de su vida y va a impactar en su vida laboral, guste o no. Pero si bien las transiciones pueden ser difíciles, hay unos pasos que pueden ayudar a superar la situación de una manera más tranquila.
1 Dígale a su jefe los hechos
Su jefe tiene que saber que está atravesando un divorcio, del mismo modo que debe saber si tiene a uno de sus padres enfermo o si espera un nuevo bebe. Este evento le cambiará la vida y tiene todo el derecho de esperar que su jefe sea razonable cuando suceden cosas de la vida. El divorcio es decididamente un evento de esos "de la vida" y la conversación que tenga con su jefe puede mantenerse confidencial.
La clave es evitar los detalles sórdidos y sólo hablar de la logística: se va a divorciar o separar legalmente, está comprometido con cumplir con sus responsabilidades como siempre, pero puede requerir algo de flexibilidad en sus horarios, ya que surgen audiencias legales, reuniones con abogados y otras obligaciones. Si piensa contar a sus colegas sobre la separación, está bien, pero asegúrese de decirle 1º a su jefe. Esto no sólo protege su relación con su superior, también les evita a sus colegas situaciones incómodas con el jefe.
2 Comuníquese lo antes posible con RR.HH.
Como parte de la planificación temprana de su divorcio, probablemente necesitará información que sólo el Departamento de Recursos Humanos puede proveer, incluyendo detalles en cuanto a sus opciones para manejar su plan médico o cambiar el beneficiario de un seguro de vida. Tiene que poder confiar en que los pedidos de esta información se mantendrán privados, pero resuelva esto por correo electrónico con el equipo de RR.HH. si se siente incómodo teniendo reuniones cara a cara.
3 Reformule su plan de ingresos
Al menos en el corto plazo, ambas partes serán más pobres al separarse. Es el doble de costoso mantener 2 casas en vez de 1. Su abogado puede ayudarlo a entender qué esperar, pero es posible que necesite ganar más dinero más temprano que tarde.
Eso puede significar acelerar sus metas en su actual empleo, hablar de un plan de promoción con su jefe, pedir un aumento postergado o armar una estrategia para cambiar de compañía, sumar un 2º trabajo o volver a los estudios para poder cambiar de carrera.
Contemplar cambios laborales dramáticos puede parecer algo que lo supera cuando su vida personal está en pleno cambio. Pero mucha gente encuentra en realidad que prospera profesionalmente a largo plazo luego de un divorcio o separación; a veces el temor a la inestabilidad financiera se demuestra un motivador tan poderoso como la libertad de tomar decisiones laborales.
4 Cuide su salud mental
Éste puede ser uno de los momentos de mayor tensión de su vida. Incorpore el autocuidado a sus rutinas, incluyendo su día laboral. Esto significa comer saludable, minimizar las salidas a beber después del trabajo, ir al gimnasio antes de la oficina o en su descanso al mediodía y tomar aire fresco y caminar al menos una vez al día. Son pequeños hábitos como éstos los que más pueden ayudarlo.
Evite a toda costa recibir llamadas de su abogado u otro durante el día laboral y trate de no dedicar demasiado tiempo a hablar de los detalles de su separación ni siquiera con colegas con los que tiene una relación estrecha. El trabajo puede ser un puerto seguro durante el caos de su separación, de modo que asegúrese de no sabotearlo. De este modo protegerá su salud mental e incluso puede ver un avance inesperado en su carrera.
Emma Johnson, Miércoles 25.10.2017
Uno puede tener la suerte de que la separación de su pareja sea amigable, pero no hay manera de negarlo: está atravesando un evento importante de su vida y va a impactar en su vida laboral, guste o no. Pero si bien las transiciones pueden ser difíciles, hay unos pasos que pueden ayudar a superar la situación de una manera más tranquila.
1 Dígale a su jefe los hechos
Su jefe tiene que saber que está atravesando un divorcio, del mismo modo que debe saber si tiene a uno de sus padres enfermo o si espera un nuevo bebe. Este evento le cambiará la vida y tiene todo el derecho de esperar que su jefe sea razonable cuando suceden cosas de la vida. El divorcio es decididamente un evento de esos "de la vida" y la conversación que tenga con su jefe puede mantenerse confidencial.
La clave es evitar los detalles sórdidos y sólo hablar de la logística: se va a divorciar o separar legalmente, está comprometido con cumplir con sus responsabilidades como siempre, pero puede requerir algo de flexibilidad en sus horarios, ya que surgen audiencias legales, reuniones con abogados y otras obligaciones. Si piensa contar a sus colegas sobre la separación, está bien, pero asegúrese de decirle 1º a su jefe. Esto no sólo protege su relación con su superior, también les evita a sus colegas situaciones incómodas con el jefe.
2 Comuníquese lo antes posible con RR.HH.
Como parte de la planificación temprana de su divorcio, probablemente necesitará información que sólo el Departamento de Recursos Humanos puede proveer, incluyendo detalles en cuanto a sus opciones para manejar su plan médico o cambiar el beneficiario de un seguro de vida. Tiene que poder confiar en que los pedidos de esta información se mantendrán privados, pero resuelva esto por correo electrónico con el equipo de RR.HH. si se siente incómodo teniendo reuniones cara a cara.
3 Reformule su plan de ingresos
Al menos en el corto plazo, ambas partes serán más pobres al separarse. Es el doble de costoso mantener 2 casas en vez de 1. Su abogado puede ayudarlo a entender qué esperar, pero es posible que necesite ganar más dinero más temprano que tarde.
Eso puede significar acelerar sus metas en su actual empleo, hablar de un plan de promoción con su jefe, pedir un aumento postergado o armar una estrategia para cambiar de compañía, sumar un 2º trabajo o volver a los estudios para poder cambiar de carrera.
Contemplar cambios laborales dramáticos puede parecer algo que lo supera cuando su vida personal está en pleno cambio. Pero mucha gente encuentra en realidad que prospera profesionalmente a largo plazo luego de un divorcio o separación; a veces el temor a la inestabilidad financiera se demuestra un motivador tan poderoso como la libertad de tomar decisiones laborales.
4 Cuide su salud mental
Éste puede ser uno de los momentos de mayor tensión de su vida. Incorpore el autocuidado a sus rutinas, incluyendo su día laboral. Esto significa comer saludable, minimizar las salidas a beber después del trabajo, ir al gimnasio antes de la oficina o en su descanso al mediodía y tomar aire fresco y caminar al menos una vez al día. Son pequeños hábitos como éstos los que más pueden ayudarlo.
Evite a toda costa recibir llamadas de su abogado u otro durante el día laboral y trate de no dedicar demasiado tiempo a hablar de los detalles de su separación ni siquiera con colegas con los que tiene una relación estrecha. El trabajo puede ser un puerto seguro durante el caos de su separación, de modo que asegúrese de no sabotearlo. De este modo protegerá su salud mental e incluso puede ver un avance inesperado en su carrera.
miércoles, 25 de octubre de 2017
10 beneficios del divorcio
Aunque el divorcio es muy normal en estos tiempos, no deja de ser triste.
Agencias, Ciudad de México, 24/10/2017
El divorcio siempre es doloroso, ya que nadie se casa pensando que se va a divorciar en unos años y aunque a últimos fechas esto es muy normal no deja de ser triste, sobre todo si se tienen hijos.
Así que ve el lado positivo de esta situación, aquí te dejamos una lista de todo lo bueno que puedes sacar de esta prueba de vida.
1.- Puede que tengas más tiempo para ti. Admítelo tener un hogar es muy lindo, pero también absorbe una gran parte de tu tiempo.
2.- Puedes administrar mejor tu dinero. Esto es completamente real te den una pensión o no de ahora en adelante tendrás que administrar mejor tus gastos.
3.- Podrás gastar tu dinero sin sentir remordimientos. Ya no tendrás que pensar en “nosotros” sino en ti.
4.- Podrás re-conectar con tus amigos. Tendrás la libertad de ir y llegar a la hora que quieras, sin que tengas que avisar, aunque sea por cortesía.
5.- Es tu casa, son tus reglas. Con todo lo que has aprendido puedes mejorar las reglas de tu hogar, tanto para ti como para tus hijos.
6.- Esta situación te puede ayudar a estar más cerca de tus hijos. La familia es un equipo y tus hijos son sin duda un gran aliciente para salir adelante.
7.- Tendrás una mejor salud. Aunque hoy te puedas sentir muy mal en todos los aspectos, con el paso del tiempo tu salud estará en optimas condiciones ya que descansarás más.
8.- No te cierres al amor. Tener una nueva relación te puede llenar de ilusiones y eso te hará lucir radiante.
9.- Tendrás un gran crecimiento personal. Todas las lecciones que la vida te da son por algo, así que siempre recuerda que lo mejor está por venir.
10.- En un divorcio de mutuo acuerdo todos ganan. En caso de que tu ex pareja y tu tengan hijos se tendrán que ver toda la vida, por lo que tendrán que ser grandes amigos y tus hijos verán con normalidad esta nueva forma de familia.
Agencias, Ciudad de México, 24/10/2017
El divorcio siempre es doloroso, ya que nadie se casa pensando que se va a divorciar en unos años y aunque a últimos fechas esto es muy normal no deja de ser triste, sobre todo si se tienen hijos.
Así que ve el lado positivo de esta situación, aquí te dejamos una lista de todo lo bueno que puedes sacar de esta prueba de vida.
1.- Puede que tengas más tiempo para ti. Admítelo tener un hogar es muy lindo, pero también absorbe una gran parte de tu tiempo.
2.- Puedes administrar mejor tu dinero. Esto es completamente real te den una pensión o no de ahora en adelante tendrás que administrar mejor tus gastos.
3.- Podrás gastar tu dinero sin sentir remordimientos. Ya no tendrás que pensar en “nosotros” sino en ti.
4.- Podrás re-conectar con tus amigos. Tendrás la libertad de ir y llegar a la hora que quieras, sin que tengas que avisar, aunque sea por cortesía.
5.- Es tu casa, son tus reglas. Con todo lo que has aprendido puedes mejorar las reglas de tu hogar, tanto para ti como para tus hijos.
6.- Esta situación te puede ayudar a estar más cerca de tus hijos. La familia es un equipo y tus hijos son sin duda un gran aliciente para salir adelante.
7.- Tendrás una mejor salud. Aunque hoy te puedas sentir muy mal en todos los aspectos, con el paso del tiempo tu salud estará en optimas condiciones ya que descansarás más.
8.- No te cierres al amor. Tener una nueva relación te puede llenar de ilusiones y eso te hará lucir radiante.
9.- Tendrás un gran crecimiento personal. Todas las lecciones que la vida te da son por algo, así que siempre recuerda que lo mejor está por venir.
10.- En un divorcio de mutuo acuerdo todos ganan. En caso de que tu ex pareja y tu tengan hijos se tendrán que ver toda la vida, por lo que tendrán que ser grandes amigos y tus hijos verán con normalidad esta nueva forma de familia.
Divorcio: Pensión de alimentos en la carcel
Cuando el Derecho de Familia atraviesa el muro de las prisiones.
Mª José González Rodríguez, Abogada del SOAJP del Colegio de Abogados de Sevilla. 24.Octubre. 2017
Mª José González Rodríguez, Abogada del SOAJP del Colegio de Abogados de Sevilla. 24.Octubre. 2017
En más de una ocasión, cuando me he dispuesto a atender a una persona usuaria del SOAJP me he encontrado con consultas del tipo: “Señorita, ya no tengo que seguir pagando la pensión de mis hijos ¿verdad?” o “¿Qué pasa con las visitas? No quieren traerme a los niños…quiero que el juez les obliguen a traérmelos”Divorcios, separaciones, pensiones alimenticias, enfrentamientos por la patria potestad y la guardia y custodia de los hijos….Situaciones que parecen ajenas al mundo penitenciario, pero que resultan mucho más frecuentes de lo que pudiese parecer en un 1º momento.
Como bien sabemos, el art. 25.2 de nuestra Constitución preceptúa que la persona que esté cumpliendo pena de prisión gozará de los mismos derechos fundamentales que el resto de la población, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria, a la vez que le reconoce, entre otros, al desarrollo integral de su personalidad.
Por lo tanto, la estancia en prisión de una persona se traducirá en una restricción de la libertad individual pero no puede alcanzar otros extremos a los que no se refiere la ley como son las relaciones paterno-filiales (....)
OBLIGACIÓN DEL PAGO DE ALIMENTOS
Y , por último, ¿ la estancia en prisión suspende sin más la obligación de pago de alimentos?
Es doctrina fijada por el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 14 de octubre de 2014, que la obligación de pagar alimentos a los hijos menores no se extingue por el solo hecho de haber ingresado en prisión el progenitor que debe prestarlos, si al tiempo no se acredita la falta de ingresos o de recursos para poder hacerlos efectivos. Y ello porque la obligación alimenticia que se presta a los hijos no está a expensas únicamente de los ingresos sino también de los medios o recursos de cada uno de los progenitores, así como de las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.
Por lo tanto, la persona privada de libertad, en el caso de que tuviese fijada la obligación de prestar alimentos a sus hijos, mantiene indemne la misma por lo que para la exoneración, definitiva o temporal, de tal deber económico se exige que quien así lo postula acredite cumplidamente que su fortuna se ha reducido hasta el punto de no poder satisfacer los alimentos sin desatender sus propias necesidades.
Si han cambiado las circunstancias y no se puede hacer frente a las cuantías de las pensiones ya establecidas, debe hacerse valer a través del oportuno incidente de modificación de medidas.
Por otro lado, tenemos que tener presente que aunque la persona privada de libertad tenga privada o suspendida la potestad e incluso el régimen de visitas, esto no conlleva o no significa la suspensión de la obligación del pago de la pensión de alimentos..........
Como bien sabemos, el art. 25.2 de nuestra Constitución preceptúa que la persona que esté cumpliendo pena de prisión gozará de los mismos derechos fundamentales que el resto de la población, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria, a la vez que le reconoce, entre otros, al desarrollo integral de su personalidad.
Por lo tanto, la estancia en prisión de una persona se traducirá en una restricción de la libertad individual pero no puede alcanzar otros extremos a los que no se refiere la ley como son las relaciones paterno-filiales (....)
OBLIGACIÓN DEL PAGO DE ALIMENTOS
Y , por último, ¿ la estancia en prisión suspende sin más la obligación de pago de alimentos?
Es doctrina fijada por el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 14 de octubre de 2014, que la obligación de pagar alimentos a los hijos menores no se extingue por el solo hecho de haber ingresado en prisión el progenitor que debe prestarlos, si al tiempo no se acredita la falta de ingresos o de recursos para poder hacerlos efectivos. Y ello porque la obligación alimenticia que se presta a los hijos no está a expensas únicamente de los ingresos sino también de los medios o recursos de cada uno de los progenitores, así como de las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.
Por lo tanto, la persona privada de libertad, en el caso de que tuviese fijada la obligación de prestar alimentos a sus hijos, mantiene indemne la misma por lo que para la exoneración, definitiva o temporal, de tal deber económico se exige que quien así lo postula acredite cumplidamente que su fortuna se ha reducido hasta el punto de no poder satisfacer los alimentos sin desatender sus propias necesidades.
Si han cambiado las circunstancias y no se puede hacer frente a las cuantías de las pensiones ya establecidas, debe hacerse valer a través del oportuno incidente de modificación de medidas.
Por otro lado, tenemos que tener presente que aunque la persona privada de libertad tenga privada o suspendida la potestad e incluso el régimen de visitas, esto no conlleva o no significa la suspensión de la obligación del pago de la pensión de alimentos..........
martes, 24 de octubre de 2017
España: El Tabú de las denuncias falsas
Fiscales y Magistrados previenen contra el “mito” de las falsas denuncias por violencia de género.
Redaccion DJ, 23 octubre 2017
La Fundación Mutua Madrileña y la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) abordarón la pasada semana en una jornada la lucha contra la violencia de género dentro del ámbito judicial e institucional.
En la jornada participaron miembros de la Magistratura, la Fiscalía, la Policía, las Administraciones Públicas y asociaciones de ayuda a las víctimas.
La jornada ha fue inaugurada por el secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés, que estuvo acompañado por el presidente de la Fundación Mutua Madrileña, Ignacio Garralda, y el presidente de la APM, Manuel Almenar.
El secretario de Estado hizo referencia a las más de 200 medidas presentadas en el marco del Pacto de Estado que se analizaron en la Conferencia Sectorial de Igualdad. Mario Garcés puso el foco en los 19 niños huérfanos y los 7 asesinados en lo que va de año en España, cifra que es tremendamente escandalosa, explicando que “la batalla contra la violencia de género la tenemos que librar entre todos: instituciones públicas, fundaciones, magistrados, jueces, fiscales y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.
El presidente de la Fundación Mutua, Ignacio Garralda, por su parte, recordó que “la Fundación Mutua Madrileña lleva trabajando desde hace 5 años en dar apoyo a la lucha contra la violencia de género, con la financiación de casas de acogida y campañas de prevención que, fundamentalmente, se orientan a lograr el aislamiento social del maltratador”.
El presidente de la APM, Manuel Almenar, señaló que “todos somos responsables como ciudadanos de un país que propugne la dignidad, la igualdad y la justicia. Cuando debatimos sobre la protección de la mujer, no estamos defendiendo a una de las partes, sino derechos fundamentales”.
Los protocolos de actuación y la dotación de medios para la protección de las víctimas, el tratamiento de las dificultades probatorias a la hora de actuar contra los maltratadores, el impacto de las denuncias falsas o el trabajo con jóvenes y adolescentes en materia de prevención fueron algunos de los temas discutidos durante esta intensa jornada, coordinada desde la APM por las magistradas Mª Jesús del Barco y Carmen Caracuel, que representan al grupo de igualdad y conciliación de esta asociación. Esta última fue la encargada de recordar, “el maltrato es un problema real que nos afecta y compromete a todos”.
En la 1ª de las mesas se abordó “La protección a las víctimas y la actuación judicial” y en ella participaron Gemma Gallego, magistrada de la Sección 2ª de la A.P. de Madrid y miembro español del Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (GREVIO) para el Convenio de Estambul; Pilar Martín Nájera, fiscal de Sala Delegada Coordinadora contra la Violencia sobre la Mujer; Mª Jesús López Chacón, magistrada responsable del Juzgado de Violencia de Género de Arganda del Rey; y Mª Elena Palacios Tejero, inspectora jefe del Cuerpo Nacional de Policía.
Denuncias falsas por violencia de género
En cuanto al tema de las denuncias falsas, tanto la fiscal Pilar Martín Najera, como las magistradas presentes en la mesa, coincidieron en que son marginales. De hecho, “la Fiscalía lleva el seguimiento de casos de acusación falsa y desde 2009 a 2016 ha habido más de 1 millón de denuncias, de las que solo 212 han sido llegadas a ser incoadas por falsedad. Supone tan solo un 0,02%, por lo que este mito, es uno de los mayores enemigos de la lucha contra la violencia de género”, explican.
También se debatió la custodia compartida con el maltratador, por la controversia que ello genera, y en el que la opinión mayoritaria es que debe estudiarse cada caso concreto antes de privar al hombre del derecho a estar con sus hijos (....).
España: Feminismo caduco y rancio
Mujeres Separadas y Divorciadas vincula el aumento de denuncias machistas al incremento de la violencia de género.
el periodico.com/Madrid - Lunes, 23/10/2017
La presidenta de la Asociación de Mujeres Separas y Divorciadas, Ana María del Campo, ha asegurado que el aumento de las denuncias por violencia de género se debe a que "ha aumentado la violencia contra las mujeres", pero que el Estado "siempre" recoge "menos" víctimas de las que son. "Hay determinados casos en los que el Gobierno decide que hay que investigar, si la investigación concluye en 2018 esa víctima no se contabiliza. Esto son trampas indignantes", ha criticado.
Además, ha advertido de que las mujeres víctimas de violencia de género creen "cada vez menos" en la justicia. "Ojalá pudiéramos decir que las mujeres están denunciando más porque creen más en la justicia, pero la realidad es que creen cada vez menos", ha lamentado.
Así lo ha manifestado este lunes 23 de octubre en declaraciones a Europa Press Ana María del Campo, después de que el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hiciera públicos los datos sobre violencia de género del 2º trimestre de 2017, entre los que destaca un aumento del 18 % de las denuncias por violencia machista.
Según los datos publicados por el Observatorio, en los juzgados de protección especializados la concesión de medidas de protección aumentó un 4,2 % en el 2º trimestre de este año, con respecto al mismo periodo del año pasado, una cifra que del Campo considera "insuficiente".
VIGILAR AL AGRESOR
En este sentido, ha añadido que cuando una mujer está denunciando violencia de género "hay que decretar orden de alejamiento" porque, en su opinión, la mujer "está diciendo que tiene miedo". "Si una mujer está denunciando violencia hay que otorgar protección, y por lo tanto ordenar el alejamiento", ha recalcado.
"Si se vigila al que agrede se evitará la agresión. Si se vigila a la agredida por teléfono, no es una vigilancia ni es nada", ha apuntado del Campo, que también ha destacado que al que agrede "no se le puede permitir que se acerque a la víctima".
Para la presidenta de la Asociación Mujeres Separadas y Divorciadas, cualquier niño que viva en un ámbito de violencia de género "está sufriendo la violencia directamente". "Hay 2 víctimas: la mujer y los niños. Ningún niño puede desarrollarse pacíficamente y felizmente si hay violencia en el domicilio donde vive, por lo que hay que decretar el alejamiento de la madre y suspender cualquier régimen de visitas", ha propuesto.
"Si a un padre no le importa golpear a la mujer en presencia de los hijos, ni es un buen padre ni merece el nombre de padre", ha criticado del Campo, que se ha dirigido a "todos los hombres de buena voluntad" diciendo que está "muy mal que guarden silencio".
"CUALQUIERA QUE LO VEA" TIENE QUE DENUNCIAR
Respecto al retroceso porcentual de las denuncias presentadas por familiares de las víctimas, que suponen en el 2º trimestre de 2017 un 2 % del total, ha señalado que la violencia de género "la tienen que denunciar los familiares, vecinos, amigos y cualquiera que pase y lo vea". "El golpear, insultar o degradar tiene que denunciarlo todo aquel que lo sepa", ha precisado.
Asimismo, del Campo ha denunciado que la guarda y custodia y las denuncias cruzadas son 2 tipos de "armas que se están utilizando contra las mujeres". "Si decimos que pegamos lo mismo los hombres que las mujeres, nos hemos cargado la violencia de género por el procedimiento de la mentira, de la falsedad y del engaño", ha añadido, destacando que "los asesinos han sido, son y seguirán siendo determinados hombres contra las mujeres".
Por último, ha subrayado que la custodia compartida es "un arma que utilizan los agresores" porque "el niño ha dejado de importarles". "No ha existido jamás una ley que impidiera al padre maltratador pedir la custodia de los hijos. La custodia compartida es una forma de frenar, parar y dejar a la mujer en una posición de sometimiento", ha concluido.
el periodico.com/Madrid - Lunes, 23/10/2017
La presidenta de la Asociación de Mujeres Separas y Divorciadas, Ana María del Campo, ha asegurado que el aumento de las denuncias por violencia de género se debe a que "ha aumentado la violencia contra las mujeres", pero que el Estado "siempre" recoge "menos" víctimas de las que son. "Hay determinados casos en los que el Gobierno decide que hay que investigar, si la investigación concluye en 2018 esa víctima no se contabiliza. Esto son trampas indignantes", ha criticado.
Además, ha advertido de que las mujeres víctimas de violencia de género creen "cada vez menos" en la justicia. "Ojalá pudiéramos decir que las mujeres están denunciando más porque creen más en la justicia, pero la realidad es que creen cada vez menos", ha lamentado.
Así lo ha manifestado este lunes 23 de octubre en declaraciones a Europa Press Ana María del Campo, después de que el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hiciera públicos los datos sobre violencia de género del 2º trimestre de 2017, entre los que destaca un aumento del 18 % de las denuncias por violencia machista.
Según los datos publicados por el Observatorio, en los juzgados de protección especializados la concesión de medidas de protección aumentó un 4,2 % en el 2º trimestre de este año, con respecto al mismo periodo del año pasado, una cifra que del Campo considera "insuficiente".
VIGILAR AL AGRESOR
En este sentido, ha añadido que cuando una mujer está denunciando violencia de género "hay que decretar orden de alejamiento" porque, en su opinión, la mujer "está diciendo que tiene miedo". "Si una mujer está denunciando violencia hay que otorgar protección, y por lo tanto ordenar el alejamiento", ha recalcado.
"Si se vigila al que agrede se evitará la agresión. Si se vigila a la agredida por teléfono, no es una vigilancia ni es nada", ha apuntado del Campo, que también ha destacado que al que agrede "no se le puede permitir que se acerque a la víctima".
Para la presidenta de la Asociación Mujeres Separadas y Divorciadas, cualquier niño que viva en un ámbito de violencia de género "está sufriendo la violencia directamente". "Hay 2 víctimas: la mujer y los niños. Ningún niño puede desarrollarse pacíficamente y felizmente si hay violencia en el domicilio donde vive, por lo que hay que decretar el alejamiento de la madre y suspender cualquier régimen de visitas", ha propuesto.
"Si a un padre no le importa golpear a la mujer en presencia de los hijos, ni es un buen padre ni merece el nombre de padre", ha criticado del Campo, que se ha dirigido a "todos los hombres de buena voluntad" diciendo que está "muy mal que guarden silencio".
"CUALQUIERA QUE LO VEA" TIENE QUE DENUNCIAR
Respecto al retroceso porcentual de las denuncias presentadas por familiares de las víctimas, que suponen en el 2º trimestre de 2017 un 2 % del total, ha señalado que la violencia de género "la tienen que denunciar los familiares, vecinos, amigos y cualquiera que pase y lo vea". "El golpear, insultar o degradar tiene que denunciarlo todo aquel que lo sepa", ha precisado.
Asimismo, del Campo ha denunciado que la guarda y custodia y las denuncias cruzadas son 2 tipos de "armas que se están utilizando contra las mujeres". "Si decimos que pegamos lo mismo los hombres que las mujeres, nos hemos cargado la violencia de género por el procedimiento de la mentira, de la falsedad y del engaño", ha añadido, destacando que "los asesinos han sido, son y seguirán siendo determinados hombres contra las mujeres".
Por último, ha subrayado que la custodia compartida es "un arma que utilizan los agresores" porque "el niño ha dejado de importarles". "No ha existido jamás una ley que impidiera al padre maltratador pedir la custodia de los hijos. La custodia compartida es una forma de frenar, parar y dejar a la mujer en una posición de sometimiento", ha concluido.
Nota: No superó su proceso de divorcio y ya van unas cuantas décadas. Eso si, el mismo tiempo que disfruta de las subvenciones de la ley.Hazte del PSOE y ...... vive de las ayudas gubernamentales.
La Escuela y el proceso de divorcio
BERTA G. DE VEGA, 23 oct. 2017
La Junta de Castilla y León edita una guía sobre: cómo resolver los conflictos que se llevan a las aulas tras una separación
El tipo de colegio (público, concertado o privado), las excursiones o las actividades extraescolares son decisiones de ambos progenitores
Tutorías por duplicado, autorizaciones firmadas por los 2 progenitores o un informe sobre la bajada de notas como síntoma de que algo va mal en el régimen de visitas de unos padres separados. Recogidas en el colegio, avisos de fiebre, competiciones en fin de semana. Los divorcios han cambiado y complicado el trabajo de muchos colegios. En 2016, hubo 96.000 separaciones y la duración media de los matrimonios fue de 16 años. Con los niños en edad escolar obligatoria, eso significa que el colegio también es parte afectada en los divorcios.
La Junta de Castilla y León se ha visto obligada a sacar una guía para asesorar a los profesores y centros educativos en estos casos y, por si hubiera más dudas, también ha habilitado un correo electrónico para los profesores.
¿Cómo puede influir en el colegio un divorcio envenenado?
La Junta de Castilla y León edita una guía sobre: cómo resolver los conflictos que se llevan a las aulas tras una separación
El tipo de colegio (público, concertado o privado), las excursiones o las actividades extraescolares son decisiones de ambos progenitores
Tutorías por duplicado, autorizaciones firmadas por los 2 progenitores o un informe sobre la bajada de notas como síntoma de que algo va mal en el régimen de visitas de unos padres separados. Recogidas en el colegio, avisos de fiebre, competiciones en fin de semana. Los divorcios han cambiado y complicado el trabajo de muchos colegios. En 2016, hubo 96.000 separaciones y la duración media de los matrimonios fue de 16 años. Con los niños en edad escolar obligatoria, eso significa que el colegio también es parte afectada en los divorcios.
La Junta de Castilla y León se ha visto obligada a sacar una guía para asesorar a los profesores y centros educativos en estos casos y, por si hubiera más dudas, también ha habilitado un correo electrónico para los profesores.
¿Cómo puede influir en el colegio un divorcio envenenado?
Delia M. Rodríguez, del despacho de abogados de familia Vestalia, explica que a los juzgados llegan hasta quejas porque uno de los progenitores ha llenado las tardes de la custodia del otro de extraescolares: «Hay jueces que pierden la paciencia».
Sin acuerdo, las víctimas son los niños y el trabajo extra cae en muchos centros. Se pueden quedar sin excursiones, sin extraescolares o sin un cambio de colegio como alguno de los progenitores sólo tenga en la cabeza fastidiar. «Si es un deporte de riesgo el que van a hacer los niños, también», sigue la letrada, que explica que ahora los colegios se andan con mucho cuidado, años después de que empezaran a brotar los problemas y verse inmersos en dinámicas judiciales. De ahí la guía de Castilla y León.
Antonia Quesada, de Málaga, tiene la custodia de sus 2 hijos, Alberto y Juan. Hace un año se mudó de casa, lejos de colegio pero al lado del mar. Al padre de los niños le pareció mal, porque él sí vivía cerca del centro escolar. Asunto zanjado: los niños no se cambiaron. «Podría haber ido a un juez y que nos escuchara a los 2, pero preferí no meter a los niños en ese lío», explica esta madre que también convive con un hijo de su actual pareja, que tiene la custodia del niño. Isabel C., arquitecta de Madrid, tuvo que cambiar a los niños del colegio privado porque el padre se negó a seguir pagando a medias la matrícula. «Yo soy la que pago las extraescolares y, cuando le toca a él por las tardes, muchas veces no van», dice resignada.
Queda claro que la elección del colegio es cosa de los 2 y, por eso, ahora, se exigen 2 firmas en cualquier tramitación escolar, «hasta de reserva de matrícula», explica Delia. Las actividades fuera del horario escolar tienen que ser consensuadas y pagadas a medias porque se considera un gasto extra, aunque, en el caso de que uno se niegue, se puede hacer lo de Isabel. Según fuentes de Educación de Castilla y León, los correos más frecuentes con dudas de los profesores también incluyen «la elección de la asignatura de religión o valores éticos, cuestiones relacionadas con el aseo de los niños o con el material o problemas sobre la recogida de los menores a la salida del colegio».
Isabel C. explica que el hecho de que el colegio al que van ahora sus hijos sea un católico concertado tampoco agrada al padre, que preferiría uno público. Y la religión y las comuniones también puede ser un punto de fricción. Situaciones complicadas
Lo peor es cuando se está en un limbo legal que puede durar hasta cuatro meses, desde que se toma la decisión de la separación hasta que hay un convenio: «Ahí se pueden vivir situaciones difíciles. De dejar de llevar a los niños a la guardería y no saber a cuál la han podido cambiar o que se presente 1 de los 2 a recoger al niño sin que el otro progenitor lo sepa».
Afortunadamente, según la estadística, el 75% de los divorcios se alcanza por mutuo acuerdo y eso que la mediación sigue siendo una asignatura pendiente a la que se llega sólo con el boca a boca. Delia M. Rodríguez cree que debería haber campañas institucionales para animar a la mediación porque el punto de vista de un tercero puede limar diferencias. «El tono de lo que va a ser la custodia lo marcan los 2 primeros días de la decisión de separarse. Quien peor se lo tome puede optar por envenenarse o por pensar que hay que poner a los niños siempre 1º», dice Javier Ríos, que lleva 8 años con custodia compartida de sus 2 hijos, sin muchos problemas.
Sobre las tutorías y las comunicaciones, la guía de Castilla y León deja claro que el colegio debe garantizar que los 2 tengan acceso, aunque sea de forma individualizada, aunque eso suponga más trabajo. Las notas, los calendarios, las excursiones, los cambios de horario, cualquier documentación de ese tipo, será doble. También es más esfuerzo para los niños porque todo lo que requiera de una firma de progenitor en caso de separación tiene que ser doble, o sea, llevar el papel de una casa a otra. Y, puestos a no estar de acuerdo, los hay que no autorizan el uso de imágenes de sus hijos por parte del colegio, mientras el otro progenitor sí lo hace. Esas diferencias pueden acabar en un juez y, como dice Delia M. Rodríguez, los hay que pierden la paciencia
Sin acuerdo, las víctimas son los niños y el trabajo extra cae en muchos centros. Se pueden quedar sin excursiones, sin extraescolares o sin un cambio de colegio como alguno de los progenitores sólo tenga en la cabeza fastidiar. «Si es un deporte de riesgo el que van a hacer los niños, también», sigue la letrada, que explica que ahora los colegios se andan con mucho cuidado, años después de que empezaran a brotar los problemas y verse inmersos en dinámicas judiciales. De ahí la guía de Castilla y León.
Antonia Quesada, de Málaga, tiene la custodia de sus 2 hijos, Alberto y Juan. Hace un año se mudó de casa, lejos de colegio pero al lado del mar. Al padre de los niños le pareció mal, porque él sí vivía cerca del centro escolar. Asunto zanjado: los niños no se cambiaron. «Podría haber ido a un juez y que nos escuchara a los 2, pero preferí no meter a los niños en ese lío», explica esta madre que también convive con un hijo de su actual pareja, que tiene la custodia del niño. Isabel C., arquitecta de Madrid, tuvo que cambiar a los niños del colegio privado porque el padre se negó a seguir pagando a medias la matrícula. «Yo soy la que pago las extraescolares y, cuando le toca a él por las tardes, muchas veces no van», dice resignada.
Queda claro que la elección del colegio es cosa de los 2 y, por eso, ahora, se exigen 2 firmas en cualquier tramitación escolar, «hasta de reserva de matrícula», explica Delia. Las actividades fuera del horario escolar tienen que ser consensuadas y pagadas a medias porque se considera un gasto extra, aunque, en el caso de que uno se niegue, se puede hacer lo de Isabel. Según fuentes de Educación de Castilla y León, los correos más frecuentes con dudas de los profesores también incluyen «la elección de la asignatura de religión o valores éticos, cuestiones relacionadas con el aseo de los niños o con el material o problemas sobre la recogida de los menores a la salida del colegio».
Isabel C. explica que el hecho de que el colegio al que van ahora sus hijos sea un católico concertado tampoco agrada al padre, que preferiría uno público. Y la religión y las comuniones también puede ser un punto de fricción. Situaciones complicadas
Lo peor es cuando se está en un limbo legal que puede durar hasta cuatro meses, desde que se toma la decisión de la separación hasta que hay un convenio: «Ahí se pueden vivir situaciones difíciles. De dejar de llevar a los niños a la guardería y no saber a cuál la han podido cambiar o que se presente 1 de los 2 a recoger al niño sin que el otro progenitor lo sepa».
Afortunadamente, según la estadística, el 75% de los divorcios se alcanza por mutuo acuerdo y eso que la mediación sigue siendo una asignatura pendiente a la que se llega sólo con el boca a boca. Delia M. Rodríguez cree que debería haber campañas institucionales para animar a la mediación porque el punto de vista de un tercero puede limar diferencias. «El tono de lo que va a ser la custodia lo marcan los 2 primeros días de la decisión de separarse. Quien peor se lo tome puede optar por envenenarse o por pensar que hay que poner a los niños siempre 1º», dice Javier Ríos, que lleva 8 años con custodia compartida de sus 2 hijos, sin muchos problemas.
Sobre las tutorías y las comunicaciones, la guía de Castilla y León deja claro que el colegio debe garantizar que los 2 tengan acceso, aunque sea de forma individualizada, aunque eso suponga más trabajo. Las notas, los calendarios, las excursiones, los cambios de horario, cualquier documentación de ese tipo, será doble. También es más esfuerzo para los niños porque todo lo que requiera de una firma de progenitor en caso de separación tiene que ser doble, o sea, llevar el papel de una casa a otra. Y, puestos a no estar de acuerdo, los hay que no autorizan el uso de imágenes de sus hijos por parte del colegio, mientras el otro progenitor sí lo hace. Esas diferencias pueden acabar en un juez y, como dice Delia M. Rodríguez, los hay que pierden la paciencia
lunes, 23 de octubre de 2017
El PP en contra de la Custodia Compartida
Paula Prado: "El rechazo a la custodia compartida no es feminismo".
Paula Prado, viceportavoz del Grupo Parlamen-tario Popular, fue la encargada de defender la ILP (iniciativa legislativa popular) presentada por la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia, con el respaldo de 15.000 firmas, para que la custodia compartida de los niños sea la opción preferente en caso de separación de una pareja.
XABIER R. BLANCO, 22/10/2017
El Parlamento de Galicia aprobó esta semana tomar en consideración la ILP (iniciativa legislativa popular) presentada por la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia, con el respaldo de 15.000 firmas, para que la custodia compartida de los niños sea la opción preferente en caso de separación de una pareja incluso si no hay acuerdo entre los progenitores. La proposición de ley inició su recorrido parlamentario gracias a los votos a favor del PPdeG y del PSdeG; el BNG votó en contra y En Marea rechazó participar en el debate en protesta por no abordar los incendios forestales. Paula Prado, viceportavoz del Grupo Parlamentario Popular, fue la encargada de defender la posición de la fuerza mayoritaria.
No es habitual que un diputado del PP suba a la tribuna de invitados para comentar el pleno. ¿Qué le dijeron los miembros de la asociación?
Están muy satisfechos porque consideran que ya es un avance que se admita a trámite. No pretenden que sea el texto definitivo, pero después de muchos años luchando por la custodia compartida, algunos llevan 2 décadas, dicen que hoy no es lo mismo que cuando ellos se separaron porque han cambiado muchas cosas y se ha evolucionado, aunque hay que hacerlo más. Agradecieron el apoyo y se lamentaron del espectáculo de En Marea. Por mucho que tengas una reivindicación respetable, la que sea, también tienes allí a unos señores que se han pasado meses recogiendo firmas, vienen con un tema importante para ellos y me parece una falta de respeto y un desprecio no valorar siquiera su trabajo. Creo que querían ocultar la división dentro de su grupo en relación con este asunto porque al día siguiente sí votaron iniciativas.
Los movimientos feministas y el BNG se han posicionado en contra de establecer la custodia compartida como norma general.
Ya expliqué durante mi intervención que nosotros tampoco estamos a favor de que sea impuesta, pero tampoco estamos a favor de que en la práctica se imponga la custodia monoparental. Es decir, creemos que los jueces tienen que implicarse un poco más e intentar estudiar más a fondo las circunstancias de cada caso para hacer un traje a medida porque todas las familias son diferentes. Hay que profundizar en la mediación. Las feministas centran su discurso en que la custodia compartida la van a utilizar los hombres para evitar la pensión alimenticia y que la mujer se quede con el piso, pero ese razonamiento se cae porque la ley no va a establecer la custodia compartida de forma obligatoria y no llevará implícita la anulación de una pensión de alimentos. Va a depender de los ingresos del padre y de la madre. La atribución de la vivienda o del domicilio familiar tiene que respetar, en 1º lugar, el interés superior del menor, pero también hay que tener en cuenta las condiciones personales de cada progenitor. Hay como una especie de falsedad montada de medias verdades que distorsiona mucho lo que en realidad viene a ser la custodia compartida. A mí desde el punto de vista feminista me parece incluso contraproducente. Estar en contra no es feminismo, supone reforzar el rol de la mujer con la obligación de cuidar y criar a sus hijos. Es un planteamiento muy antiguo y el BNG cambió su posicionamiento desde el mes de enero. Hay 2 sentencias del Tribunal Supremo que ya indican que lo deseable es la custodia compartida.
Pero están los casos de violencia de género.
Nosotros lo que vamos a pretender con la ley es que el juez, por lo menos, entre a valorar las circunstancias. ¿Ud por qué no la quiere? ¿Es mal padre este señor? Yo soy feminista y veo que la sociedad ha avanzado mucho. Pero ojo, en cuestión de violencia de género ya no habría custodia compartida. Eso está en el Pacto Estatal de Violencia de Género que se acaba de firmar en Madrid. Y nosotros estamos totalmente de acuerdo.
Otra de las críticas es que haría prevalecer el derecho de los padres a vivir con los menores.
No hay que partir del derecho de los padres, sino del derecho de los niños a tener contacto con los dos progenitores. Cuando empecemos la tramitación de la ley, lo que redactemos será siempre pensando en el interés del menor.
¿Será en esta legislatura como pidió la asociación o son demasiado optimistas?
Creo que sí. Queremos hacer las cosas bien, escuchando a expertos y a actores implicados desde el punto de vista práctico, no de despacho.
Paula Prado, viceportavoz del Grupo Parlamen-tario Popular, fue la encargada de defender la ILP (iniciativa legislativa popular) presentada por la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia, con el respaldo de 15.000 firmas, para que la custodia compartida de los niños sea la opción preferente en caso de separación de una pareja.
XABIER R. BLANCO, 22/10/2017
El Parlamento de Galicia aprobó esta semana tomar en consideración la ILP (iniciativa legislativa popular) presentada por la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia, con el respaldo de 15.000 firmas, para que la custodia compartida de los niños sea la opción preferente en caso de separación de una pareja incluso si no hay acuerdo entre los progenitores. La proposición de ley inició su recorrido parlamentario gracias a los votos a favor del PPdeG y del PSdeG; el BNG votó en contra y En Marea rechazó participar en el debate en protesta por no abordar los incendios forestales. Paula Prado, viceportavoz del Grupo Parlamentario Popular, fue la encargada de defender la posición de la fuerza mayoritaria.
No es habitual que un diputado del PP suba a la tribuna de invitados para comentar el pleno. ¿Qué le dijeron los miembros de la asociación?
Están muy satisfechos porque consideran que ya es un avance que se admita a trámite. No pretenden que sea el texto definitivo, pero después de muchos años luchando por la custodia compartida, algunos llevan 2 décadas, dicen que hoy no es lo mismo que cuando ellos se separaron porque han cambiado muchas cosas y se ha evolucionado, aunque hay que hacerlo más. Agradecieron el apoyo y se lamentaron del espectáculo de En Marea. Por mucho que tengas una reivindicación respetable, la que sea, también tienes allí a unos señores que se han pasado meses recogiendo firmas, vienen con un tema importante para ellos y me parece una falta de respeto y un desprecio no valorar siquiera su trabajo. Creo que querían ocultar la división dentro de su grupo en relación con este asunto porque al día siguiente sí votaron iniciativas.
Los movimientos feministas y el BNG se han posicionado en contra de establecer la custodia compartida como norma general.
Ya expliqué durante mi intervención que nosotros tampoco estamos a favor de que sea impuesta, pero tampoco estamos a favor de que en la práctica se imponga la custodia monoparental. Es decir, creemos que los jueces tienen que implicarse un poco más e intentar estudiar más a fondo las circunstancias de cada caso para hacer un traje a medida porque todas las familias son diferentes. Hay que profundizar en la mediación. Las feministas centran su discurso en que la custodia compartida la van a utilizar los hombres para evitar la pensión alimenticia y que la mujer se quede con el piso, pero ese razonamiento se cae porque la ley no va a establecer la custodia compartida de forma obligatoria y no llevará implícita la anulación de una pensión de alimentos. Va a depender de los ingresos del padre y de la madre. La atribución de la vivienda o del domicilio familiar tiene que respetar, en 1º lugar, el interés superior del menor, pero también hay que tener en cuenta las condiciones personales de cada progenitor. Hay como una especie de falsedad montada de medias verdades que distorsiona mucho lo que en realidad viene a ser la custodia compartida. A mí desde el punto de vista feminista me parece incluso contraproducente. Estar en contra no es feminismo, supone reforzar el rol de la mujer con la obligación de cuidar y criar a sus hijos. Es un planteamiento muy antiguo y el BNG cambió su posicionamiento desde el mes de enero. Hay 2 sentencias del Tribunal Supremo que ya indican que lo deseable es la custodia compartida.
Pero están los casos de violencia de género.
Nosotros lo que vamos a pretender con la ley es que el juez, por lo menos, entre a valorar las circunstancias. ¿Ud por qué no la quiere? ¿Es mal padre este señor? Yo soy feminista y veo que la sociedad ha avanzado mucho. Pero ojo, en cuestión de violencia de género ya no habría custodia compartida. Eso está en el Pacto Estatal de Violencia de Género que se acaba de firmar en Madrid. Y nosotros estamos totalmente de acuerdo.
Otra de las críticas es que haría prevalecer el derecho de los padres a vivir con los menores.
No hay que partir del derecho de los padres, sino del derecho de los niños a tener contacto con los dos progenitores. Cuando empecemos la tramitación de la ley, lo que redactemos será siempre pensando en el interés del menor.
¿Será en esta legislatura como pidió la asociación o son demasiado optimistas?
Creo que sí. Queremos hacer las cosas bien, escuchando a expertos y a actores implicados desde el punto de vista práctico, no de despacho.
Nota: Sigue la tomadura de pelo de los políticos sobre la Custodia y las tragaderas de ciertos afectados.Lo de la vivienda clama al cielo.Seguimos con la misma musiquita.
domingo, 22 de octubre de 2017
Burgos: Escaso número de Custodias Compartidas
1 de cada 10 divorcios se cierra con custodia compartida.
Se aplica por jurisprudencia ante la falta de que se regule por ley.
MARTA CASADO, Burgos, 22/10/2017
En Burgos se han concedido 158 custodias compartidas en 3 años frente a los 1.718 divorcios sellados.
La custodia compartida empieza a tomar aire entre los litigios de separación de pareja con hijos a cargo. El objetivo para todas las partes implicadas en estos procesos es el bien del menor y en la norma, que está en proceso de reforma en lo que se refiere a la custodia compartida, se toma como medida excepcional. A raíz de una sentencia del Tribunal Supremo en abril de 2014, se cambia el matiz hablando de la custodia compartida como algo normal o incluso deseable y no excepcional.
Desde entonces la custodia compartida de los hijos se ha ido implementando con más asiduidad. En 2016 casi el 10% de los casos de separación con cargas familiares en Burgos se optaba por la custodia de ambos progenitores. En 2015 era el 11% de los casos mientras que en 2014 sólo fue el 7%. De esta manera, en Burgos, se han concedido 158 custodias compartidas en esos 3 años frente a los 1.718 divorcios sellados. En 2016, último año del que se disponen estadísticas completas, 42 casos los padres comparten 6 meses cada uno los niños de 535 divorcios con hijos a cargo. El año anterior se habían concedido 67 en 599 procesos, según los datos del Instituto Nacional de Estadística.
«La custodia compartida va en aumento en resoluciones y es la tendencia a la que se muestran, cada vez más proclives los jueces y no sólo en las cuestiones que se llevan de mutuo acuerdo sino, también, cuando uno de los progenitores solicita la custodia se resuelve que sea para los dos», señala el abogado de familia, Fernando Hernández Espino. Apunta al respecto que «lo lamentable es que se llegue a esta situación por jurisprudencia del Tribunal Supremo pero no porque el legislador haya realizado una norma clara al respecto que creo que ya toca», señala.
La sociedad avanza y la norma debe hacerlo con ella. «El cambio de roles sociales en las familias ha sido rotundo antes la mujer estaba en el hogar y a cargo de los hijos y ahora trabajan los 2, los roles tienden a distribuirse y cada vez más son lo hombres los que no se conforman con visitas puntuales sino que quieren implicarse en su educación y en su día a día y es algo que la ley debe recoger». Destaca especialmente erróneo, con el devenir de los tiempos, que la ley refleje la custodia compartida como algo excepcional. Para los expertos en litigios familiares se ajusta más el mandato del Tribunal Supremo que considera que ésta debe ser la decisión normal e incluso deseable siempre en el interés del menor. «Por mi experiencia los niños se adaptan perfectamente, ellos necesitan un equilibrio y están a gusto con uno de los padres sabiendo que el otro no les ha abandonado», señala.
Respecto a la logística de las familias Hernández señala que «en todo el proceso, especialmente con menores, los padres más que competir por los hijos lo que deben es compartir sus inquietudes». De esta amanera ve como un foco de conflicto que los niños estén en el hogar familiar y sean los padres los que se desplacen. «Lo más habitual es que cada uno tenga su vivienda y sean los niños quienes se desplacen a un lugar u otro por periodos de 1 semana o 15 días y en los periodos que le toque la custodia cada progenitor se encarga de su manutención», explica Hernández Espino.
Aunque tanto para la custodia como para todo el proceso de separación o divorcio lo preferible es el acuerdo. En el 1º semestre del año se han producido 349 divorcios de los cuales el 60% han sido consensuados. El foco de conflicto que más crece es la guarda de los hijos ya que las medidas consensuadas han bajado de 56 el año pasado a 41 este mientras que las no consensuadas han subido de 72 a 85. Los procesos de divorcio se mantienen casi estables frente al año pasado y se refuerza la tendencia a la baja de nulidades y separaciones. Con la reforma del divorcio exprés las separaciones han caído a 17 en junio de este año y desaparecen las nulidades que ya que no hay ningún caso y en el ejercicio anterior se tramitaron 2.
Se aplica por jurisprudencia ante la falta de que se regule por ley.
MARTA CASADO, Burgos, 22/10/2017
En Burgos se han concedido 158 custodias compartidas en 3 años frente a los 1.718 divorcios sellados.
La custodia compartida empieza a tomar aire entre los litigios de separación de pareja con hijos a cargo. El objetivo para todas las partes implicadas en estos procesos es el bien del menor y en la norma, que está en proceso de reforma en lo que se refiere a la custodia compartida, se toma como medida excepcional. A raíz de una sentencia del Tribunal Supremo en abril de 2014, se cambia el matiz hablando de la custodia compartida como algo normal o incluso deseable y no excepcional.
Desde entonces la custodia compartida de los hijos se ha ido implementando con más asiduidad. En 2016 casi el 10% de los casos de separación con cargas familiares en Burgos se optaba por la custodia de ambos progenitores. En 2015 era el 11% de los casos mientras que en 2014 sólo fue el 7%. De esta manera, en Burgos, se han concedido 158 custodias compartidas en esos 3 años frente a los 1.718 divorcios sellados. En 2016, último año del que se disponen estadísticas completas, 42 casos los padres comparten 6 meses cada uno los niños de 535 divorcios con hijos a cargo. El año anterior se habían concedido 67 en 599 procesos, según los datos del Instituto Nacional de Estadística.
«La custodia compartida va en aumento en resoluciones y es la tendencia a la que se muestran, cada vez más proclives los jueces y no sólo en las cuestiones que se llevan de mutuo acuerdo sino, también, cuando uno de los progenitores solicita la custodia se resuelve que sea para los dos», señala el abogado de familia, Fernando Hernández Espino. Apunta al respecto que «lo lamentable es que se llegue a esta situación por jurisprudencia del Tribunal Supremo pero no porque el legislador haya realizado una norma clara al respecto que creo que ya toca», señala.
La sociedad avanza y la norma debe hacerlo con ella. «El cambio de roles sociales en las familias ha sido rotundo antes la mujer estaba en el hogar y a cargo de los hijos y ahora trabajan los 2, los roles tienden a distribuirse y cada vez más son lo hombres los que no se conforman con visitas puntuales sino que quieren implicarse en su educación y en su día a día y es algo que la ley debe recoger». Destaca especialmente erróneo, con el devenir de los tiempos, que la ley refleje la custodia compartida como algo excepcional. Para los expertos en litigios familiares se ajusta más el mandato del Tribunal Supremo que considera que ésta debe ser la decisión normal e incluso deseable siempre en el interés del menor. «Por mi experiencia los niños se adaptan perfectamente, ellos necesitan un equilibrio y están a gusto con uno de los padres sabiendo que el otro no les ha abandonado», señala.
Respecto a la logística de las familias Hernández señala que «en todo el proceso, especialmente con menores, los padres más que competir por los hijos lo que deben es compartir sus inquietudes». De esta amanera ve como un foco de conflicto que los niños estén en el hogar familiar y sean los padres los que se desplacen. «Lo más habitual es que cada uno tenga su vivienda y sean los niños quienes se desplacen a un lugar u otro por periodos de 1 semana o 15 días y en los periodos que le toque la custodia cada progenitor se encarga de su manutención», explica Hernández Espino.
Aunque tanto para la custodia como para todo el proceso de separación o divorcio lo preferible es el acuerdo. En el 1º semestre del año se han producido 349 divorcios de los cuales el 60% han sido consensuados. El foco de conflicto que más crece es la guarda de los hijos ya que las medidas consensuadas han bajado de 56 el año pasado a 41 este mientras que las no consensuadas han subido de 72 a 85. Los procesos de divorcio se mantienen casi estables frente al año pasado y se refuerza la tendencia a la baja de nulidades y separaciones. Con la reforma del divorcio exprés las separaciones han caído a 17 en junio de este año y desaparecen las nulidades que ya que no hay ningún caso y en el ejercicio anterior se tramitaron 2.
Nota: los datos estadísticos no demuestra la afirmación del aumento del nº de Custodias compartidas. Es lamentable, según los datos, que ese escaso nº de Custodias se den en los procesos de Mutuo Acuerdo.
¿Que es un Coordinador de Parentalidad?
“El coordinador de parentalidad reducirá el conflicto en los divorcios con hijos”.
Es un agente neutro y experto en relaciones y comunicación que ayuda a reducir los contenciosos entre los progenitores separados. Esperanza Casals, presidenta de la Asociación de Psicólogos Forenses.
CRISTINA VÁZQUEZ, Valencia 21 OCT 2017
El cómic titulado "Marta y Pablo tienen que ir al juzgado", editado por la Confederación por el Mejor Interés de la Infancia, relata qué ocurre con los menores cuando sus padres deciden separarse o divorciarse y no se ponen de acuerdo sobre su custodia. "Los niños sufren, se sienten culpables...", apunta Esperanza Casals, presidenta de la Asociación Valenciana de Peritos del Turno de Intervención de Psicología Forense (AVAP del TIPF), que apuesta por introducir una figura nueva en España, el coordinador de parentalidad en los casos de divorcios conflictivos con menores. El coordinador "debe servir como agente neutro y experto en relaciones y comunicación para ayudar a reducir los conflictos interfamiliares y facilitar el derecho de los niños a crecer en un ambiente libre de disputas", sostiene. La AVAP ha sido anfitriona este viernes de una jornada en Valencia donde abogados, jueces, psicólogos y estudiantes debatieron sobre esta nueva medida.
Pregunta. ¿Es muy alta la conflictividad en la separación de parejas con hijos a su cargo?
Respuesta. Sigue habiendo muchas familias con una alta conflictividad cuando los padres deciden separarse o divorciarse, un 20 o 30% del total. Siempre es una situación de crisis y conflicto compleja, incluso cuando hay acuerdos amistosos. No deja de ser una situación dura.
P. Hay un debate abierto en España sobre el tipo de custodia más adecuada, y la compartida gana terreno. Desde su experiencia, ¿qué opina?
R. No se puede generalizar. Antes no estaba la custodia compartida, sino que imperaba preferentemente la materna y ni siempre es la adecuada ni la compartida tampoco. Generalizar es peligroso, la decisión sobre la custodia de los hijos debe adaptarse según la familia y las circunstancias concretas.
P. Sin embargo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los jueces otorgan cada vez más custodias compartidas. En una década se han pasado del 10% de los casos al 25%.
R. Es que si nos vamos a un mundo ideal, el padre y la madre deberían de poder educar, cuidar y disfrutar de sus hijos a partes iguales. Pero luego vienen las diferencias por eso es peligroso aplicar una norma general. Es verdad que ha habido un cambio significativo; antes había una mayor implicación de la madre en el cuidado de los hijos pero ahora ya no es así, por lo general. Los padres se implican desde que nacen los niños, van a las revisiones, al colegio…el rol está mucho más repartido, y eso está bien. Todos esos cambios hacen lógico que cada vez más se pidan custodias compartidas de los hijos cuando una pareja se rompe.
P. Hay un proyecto de ley sobre custodia compartida.
R. Se redacte lo que se redacte, siempre habrá una mención específica para que no se imponga una norma general. Supongo que seguirá primando que, en caso de disputa o desacuerdo, se necesitará una valoración pericial hecha por un profesional.
P. Las asociaciones de mujeres lo ven como un paso atrás y las de padres llevan años exigiéndolo.
R. Las asociaciones de padres o madres tienen sus propias razones e intereses pero la realidad es que cada niño tiene unas condiciones determinadas que hay que evaluar.
P. Su colectivo debate estos días sobre una figura novedosa en España que es el coordinador de parentalidad. ¿Qué es exactamente?
R. Los peritos hacemos las evaluaciones a los menores para aconsejar un mejor modelo de custodia para las familias y sabemos que nuestra pericial es una herramienta de auxilio al juez, que nos pide ayuda a nosotros. Cuando existe un divorcio conflictivo con menores de por medio solemos recomendar los centros de familia, terapia, puntos de encuentro familiar, mediación…pero nos hemos dado cuenta de que ninguno de estos recursos es útil cuando el nivel de conflicto es muy alto. Sin embargo, el coordinador de parentalidad es una figura que va a actuar a instancias del juez.
P. ¿Ante qué tipo de situaciones actúa el coordinador?
R. Una vez la familia pone en marcha las medidas planteadas por el juez empiezan a surgir un montón de conflictos. Las sentencias no pueden delimitarlo todo y, por ejemplo, el coordinador puede intervenir en si el niño va o no a una excursión, si va y hay que llevarlo al cumpleaños de un amigo: ese tipo de cosas que dejan al niño desvalido porque los mayores no son capaces de manejar la situación. En ocasiones, los progenitores se machacan a denuncias, los juzgados se colapsan y la situación de conflicto es terrible. Y el coordinador lo que intenta es ayudar a facilitar las cuestiones del día a día. No toma decisiones sino que hace cumplir las resoluciones del juez y, puntualmente puede decidir si el niño va o no a la excursión, comunicándolo al juez. Es una figura bisagra, una ayuda, un auxilio.
P. ¿Qué tipo de profesionales son los más adecuados para desempeñar ese papel?
R. En principio parece que el perfil más adecuado es el del psicólogo, un profesional con experiencia en mediación, en familia e infancia y en resolución de conflictos. Es un trabajo muy, muy complejo.
P. ¿De dónde viene la figura del coordinador de parentalidad?
R. Proviene de los EE UU. Es una figura que, independientemente del recorrido que pueda tener, se necesita. Ha habido distintos intentos. En Buenos Aires se llama terapeuta judicial y aquí en España está en marcha una experiencia piloto en Cataluña. Se está poniendo en marcha.
P. ¿Un coordinador de parentabilidad hubiera evitado casos como el de Juana Rivas y Francesco Arcuri?
R. Hubiese empezado a ejercer sus funciones inmediatamente después de dictarse la sentencia y depende… Es una figura que requiere de la participación de los progenitores, si 1 de los 2 dice que no, la cuestión acaba de nuevo judicializada. En cualquier caso, estoy segura que reducirá mucho la conflictividad.
P. Han presentado el cómic "Marta y Pablo tienen que ir al juzgado". ¿Qué pretende la historia?
R. Los niños sufren. Incluso bien llevado la cuestión del divorcio y la custodia de los niños no deja de ser una situación de crisis a la que tienen que adaptarse. Se sienten culpables y el cómic lo que deja claro es que aunque se les pida la opinión a los niños, la decisión no la toman ellos sino sus padres y si no es posible, un juez. Eso tranquiliza mucho.
Es un agente neutro y experto en relaciones y comunicación que ayuda a reducir los contenciosos entre los progenitores separados. Esperanza Casals, presidenta de la Asociación de Psicólogos Forenses.
CRISTINA VÁZQUEZ, Valencia 21 OCT 2017
El cómic titulado "Marta y Pablo tienen que ir al juzgado", editado por la Confederación por el Mejor Interés de la Infancia, relata qué ocurre con los menores cuando sus padres deciden separarse o divorciarse y no se ponen de acuerdo sobre su custodia. "Los niños sufren, se sienten culpables...", apunta Esperanza Casals, presidenta de la Asociación Valenciana de Peritos del Turno de Intervención de Psicología Forense (AVAP del TIPF), que apuesta por introducir una figura nueva en España, el coordinador de parentalidad en los casos de divorcios conflictivos con menores. El coordinador "debe servir como agente neutro y experto en relaciones y comunicación para ayudar a reducir los conflictos interfamiliares y facilitar el derecho de los niños a crecer en un ambiente libre de disputas", sostiene. La AVAP ha sido anfitriona este viernes de una jornada en Valencia donde abogados, jueces, psicólogos y estudiantes debatieron sobre esta nueva medida.
Pregunta. ¿Es muy alta la conflictividad en la separación de parejas con hijos a su cargo?
Respuesta. Sigue habiendo muchas familias con una alta conflictividad cuando los padres deciden separarse o divorciarse, un 20 o 30% del total. Siempre es una situación de crisis y conflicto compleja, incluso cuando hay acuerdos amistosos. No deja de ser una situación dura.
P. Hay un debate abierto en España sobre el tipo de custodia más adecuada, y la compartida gana terreno. Desde su experiencia, ¿qué opina?
R. No se puede generalizar. Antes no estaba la custodia compartida, sino que imperaba preferentemente la materna y ni siempre es la adecuada ni la compartida tampoco. Generalizar es peligroso, la decisión sobre la custodia de los hijos debe adaptarse según la familia y las circunstancias concretas.
P. Sin embargo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los jueces otorgan cada vez más custodias compartidas. En una década se han pasado del 10% de los casos al 25%.
R. Es que si nos vamos a un mundo ideal, el padre y la madre deberían de poder educar, cuidar y disfrutar de sus hijos a partes iguales. Pero luego vienen las diferencias por eso es peligroso aplicar una norma general. Es verdad que ha habido un cambio significativo; antes había una mayor implicación de la madre en el cuidado de los hijos pero ahora ya no es así, por lo general. Los padres se implican desde que nacen los niños, van a las revisiones, al colegio…el rol está mucho más repartido, y eso está bien. Todos esos cambios hacen lógico que cada vez más se pidan custodias compartidas de los hijos cuando una pareja se rompe.
P. Hay un proyecto de ley sobre custodia compartida.
R. Se redacte lo que se redacte, siempre habrá una mención específica para que no se imponga una norma general. Supongo que seguirá primando que, en caso de disputa o desacuerdo, se necesitará una valoración pericial hecha por un profesional.
P. Las asociaciones de mujeres lo ven como un paso atrás y las de padres llevan años exigiéndolo.
R. Las asociaciones de padres o madres tienen sus propias razones e intereses pero la realidad es que cada niño tiene unas condiciones determinadas que hay que evaluar.
P. Su colectivo debate estos días sobre una figura novedosa en España que es el coordinador de parentalidad. ¿Qué es exactamente?
R. Los peritos hacemos las evaluaciones a los menores para aconsejar un mejor modelo de custodia para las familias y sabemos que nuestra pericial es una herramienta de auxilio al juez, que nos pide ayuda a nosotros. Cuando existe un divorcio conflictivo con menores de por medio solemos recomendar los centros de familia, terapia, puntos de encuentro familiar, mediación…pero nos hemos dado cuenta de que ninguno de estos recursos es útil cuando el nivel de conflicto es muy alto. Sin embargo, el coordinador de parentalidad es una figura que va a actuar a instancias del juez.
P. ¿Ante qué tipo de situaciones actúa el coordinador?
R. Una vez la familia pone en marcha las medidas planteadas por el juez empiezan a surgir un montón de conflictos. Las sentencias no pueden delimitarlo todo y, por ejemplo, el coordinador puede intervenir en si el niño va o no a una excursión, si va y hay que llevarlo al cumpleaños de un amigo: ese tipo de cosas que dejan al niño desvalido porque los mayores no son capaces de manejar la situación. En ocasiones, los progenitores se machacan a denuncias, los juzgados se colapsan y la situación de conflicto es terrible. Y el coordinador lo que intenta es ayudar a facilitar las cuestiones del día a día. No toma decisiones sino que hace cumplir las resoluciones del juez y, puntualmente puede decidir si el niño va o no a la excursión, comunicándolo al juez. Es una figura bisagra, una ayuda, un auxilio.
P. ¿Qué tipo de profesionales son los más adecuados para desempeñar ese papel?
R. En principio parece que el perfil más adecuado es el del psicólogo, un profesional con experiencia en mediación, en familia e infancia y en resolución de conflictos. Es un trabajo muy, muy complejo.
P. ¿De dónde viene la figura del coordinador de parentalidad?
R. Proviene de los EE UU. Es una figura que, independientemente del recorrido que pueda tener, se necesita. Ha habido distintos intentos. En Buenos Aires se llama terapeuta judicial y aquí en España está en marcha una experiencia piloto en Cataluña. Se está poniendo en marcha.
P. ¿Un coordinador de parentabilidad hubiera evitado casos como el de Juana Rivas y Francesco Arcuri?
R. Hubiese empezado a ejercer sus funciones inmediatamente después de dictarse la sentencia y depende… Es una figura que requiere de la participación de los progenitores, si 1 de los 2 dice que no, la cuestión acaba de nuevo judicializada. En cualquier caso, estoy segura que reducirá mucho la conflictividad.
P. Han presentado el cómic "Marta y Pablo tienen que ir al juzgado". ¿Qué pretende la historia?
R. Los niños sufren. Incluso bien llevado la cuestión del divorcio y la custodia de los niños no deja de ser una situación de crisis a la que tienen que adaptarse. Se sienten culpables y el cómic lo que deja claro es que aunque se les pida la opinión a los niños, la decisión no la toman ellos sino sus padres y si no es posible, un juez. Eso tranquiliza mucho.
Nota: un agente más para complicar el proceso de divorcio, dado que el Paro acecha a un sector determinado. ¿Y hace cumplir las resoluciones de un Juez un Psicólogo? por mal camino vamos.....
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