sábado, 7 de junio de 2014

Evolución de la Familia en España 2014

El Instituto de Política Familiar (IPF) ha presentado el Informe sobre la “Evolución de la Familia en España 2014” (http://ipfe.org/España/).
La familia en España es en la actualidad una familia sin niños, con hogares “solitarios”, con cada vez menos matrimonios y cada vez más rotos, con familias cada vez más insatisfechas por la falta de la conciliación de su vida laboral y familiar, es una de las principales conclusiones del Informe.
Este desolador panorama se ha visto agravado por la crisis económica, que representa un valiosísimo potencial para la prevención y el amortiguamiento de los efectos dramáticos de problemas como el paro, las enfermedades, la vivienda, las drogodependencias o la marginalidad, sin embargo, y debido al abandono de las administraciones e incluso al incumplimiento de sus compromisos electorales, ha provocado que las familias hayan sido las grandes perjudicadas en esta crisis.
Todo ello provoca que España sea el país de toda la UE que menos ayuda y protege a la familia, y esta clasificación demuestra que en España no solo no hay compromiso alguno con la familia, sino que no hay voluntad política de ayudarla y protegerla.
Asimismo se constata en el informe una relación directa entre el agravamiento de la problemática de la familia y la escasa ayuda y protección a la misma, de tal manera que en aquellos países donde se ha aplicado una política integral de apoyo a la familia sus indicadores han mejorado.
Los principales datos del informe son:
1.     Los indicadores de la familia se han agravado de manera alarmante:
·         España está inmersa en un invierno demográfico sin precedentes.
·         Natalidad: El déficit de fecundidad (1,32) es tan bajo que lo sitúa en el furgón de cola de Europa (el puesto 26 de la UE28). Asturias (1,06), Canarias (1,07) y Galicia (1,08) tienen una natalidad crítica.
·         Matrimonios: Se está produciendo un desplome en el nº de matrimonios (se contraen  51.997 matrimonios menos que en 1990 a pesar del aumento poblacional durante este periodo) y un crecimiento de las parejas de hecho (ya hay 1,5 millones de parejas de hecho).
·         Rupturas Familiares. Se producen  110.764 rupturas anuales: 104.262, divorcios (el 94,1%), 6.369 separaciones (el 5,8%) y 133 nulidades (el 0,1%). Se rompe un matrimonio cada 4,7 minutos en España. Se han superado ya las 2,7 millones de rupturas acumuladas desde 1981, lo que ha afectado a más de 2 millones de hijos. 
La ley del “divorcio exprés” ha hecho explosionar el nº de divorcios y ha disparado la población de divorciados/separados, que ya supera las 2.400.000 personas.
·         Conciliación de la vida laboral y familiar. Sigue siendo una asignatura pendiente. No hay prácticamente flexibilidad laboral, cada vez menos gente se puede beneficiar de los permisos de maternidad ni de pedir excedencias, y cada vez menos gente se puede dedicar al cuidado de sus familiares.

Saludos cordiales
Eduardo Hertfelder de Aldecoa

Antonio Banderas y Melanie Griffith se divorcian,


Melanie Griffith le pidió el divorcio a Antonio Banderas. (AFP)

Peru21/Viernes 06 de junio del 2014 |

Tras 18 años de matrimonio con el español, la actriz se separan alegando “diferencias irreconciliables”, informó el portal TMZ.

Tras meses de rumores sobre la supuesta ruptura matrimonial, parece que ha llegado la confirmación. Según el portal TMZ, Melanie Griffith ha pedido el divorcio a Antonio Banderas.
El documento legal presentado por la actriz cita “diferencias irreconciliables” como la razón para poner fin a 18 años de matrimonio.
Griffith reclama también una pensión alimenticia y la custodia de la única hija en común, quien este setiembre cumple 18 años. 
Fuentes citadas por TMZ aseguran que se trata de una ruptura amistosa.

Los 2 progenitores tendrán que autorizar el pasaporte para un menor de edad



Será necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el pago de la tasa.

ECO® EFE. 06.06.2014 –

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que establece la obligatoriedad del consentimiento de los dos progenitores a la hora de expedir un pasaporte para un menor de edad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora sólo era necesario el permiso de uno de los padres
Según el Gobierno, la reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras técnicas como un chip en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas que permitirán su lectura mecánica. Entre las principales novedades, el texto establece que para expedir un pasaporte a un menor será necesario el consentimiento expreso de los 2 progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. 
Los cambios introducidos afectan también a la documentación requerida para la obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se exigen para obtener el DNI. Así, será necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la tasa. Por otra parte, la nueva regulación introduce un chip en el que consten los datos biométricos como datos de filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica. Entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte, el real decreto incluye aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición del pasaporte al menor o la persona incapacitada judicialmente.
Publicado en el BOE
La corona y el cetro, las joyas que acompañarán a Felipe VI en su... Los dos progenitores tendrán que autorizar el pasaporte para un menor de edad Control de pasaportes Una mujer pasa junto a un cartel que indica el control de pasaportes para ciudadanos europeos en el aeropuerto de Dusseldorf (Alemania). (EFE) Será necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el pago de la tasa. La reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras técnicas como un chip con datos biométricos. ECO ® Actividad social ¿Qué es esto? 61% 4 Me gusta No me gusta 0 email Compartir EFE. 06.06.2014 - 19:33h El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que establece la obligatoriedad del consentimiento de los dos progenitores a la hora de expedir un pasaporte para un menor de edad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Hasta ahora sólo era necesario el permiso de uno de los padres. La reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores Según el Gobierno, la reforma clarifica el régimen de expedición del pasaporte en el caso de los menores e incorpora mejoras técnicas como un chip en el que consten los datos biométricos y unas características técnicas que permitirán su lectura mecánica. Entre las principales novedades, el texto establece que para expedir un pasaporte a un menor será necesario el consentimiento expreso de los dos progenitores, si ambos tienen atribuida la patria potestad, para evitar posibles problemas de sustracción de menores. Los cambios introducidos afectan también a la documentación requerida para la obtención del pasaporte, que se equipara a los documentos que se exigen para obtener el DNI. Así, será necesaria la presencia física de la persona que solicite el pasaporte y presentación del DNI, la solicitud, una fotografía y el resguardo acreditativo del pago de la tasa. Por otra parte, la nueva regulación introduce un chip en el que consten los datos biométricos como datos de filiación, fotografía digitalizada e impresiones dactilares, así como los caracteres técnicos que permitirán su lectura mecánica. Entre las excepciones al derecho a obtener el pasaporte, el real decreto incluye aquellos supuestos en que el juez o el tribunal haya prohibido la salida de España o la expedición del pasaporte al menor o la persona incapacitada judicialmente.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2160671/0/pasaporte-menores/padres/autorizacion/#xtor=AD-15&xts=467263

viernes, 6 de junio de 2014

Los Partidos políticos "juegan" con la violencia doméstica

Publicado el 5/6/2014/ sermadridsur/
La moción presentada por PSOE e IU solicita que ante el alarmante incremento de asesinatos de mujeres víctimas de violencia machista en lo que va de año, el gobierno regional y central tome medidas urgentes que podrán pasar por un acuerdo social y político, que entre otras cosas mejore el funcionamiento de juicios rápidos o la atención integral a las víctimas y sus hijos.
UPyD, esta a favor y se extraña que no pidan una mayor condena a los maltratadores........
IU habla de terrorismo......
Ninguna formación entra en el problema central de esta lacra social. ¿Buscan los votos de las mujeres? y seguir en la poltrona del poder, aunque sea local.

La prensa alemana destapa a las mujeres del Rey

jueves, 5 de junio de 2014

Guarda y custodia compartida. Criterios para adoptarla


Sentencia del  Tribunal Supremo de 25 de abril de 2014. Ponente: Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana
La redacción del art. 92 no permite concluir que se trate de una medida excepcional, sino que al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea.
En 2º lugar, la STS 579/2011, de 22 julio , ha interpretado la expresión "excepcional", contenida en el art. 92.8 CC en el sentido que "La excepcionalidad a que se refiere el inicio del párrafo 8, debe interpretarse, pues, en relación con el párrafo Vº del propio artículo que admite que se acuerde la guarda y custodia compartida cuando así lo soliciten ambos progenitores o uno con el acuerdo del otro. Si no hay acuerdo, el art. 92.8 CC no excluye esta posibilidad, pero en este caso, debe el Juez acordarla "fundamentándola en que solo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor". 
De aquí que no resulta necesario concretar el significado de la "excepcionalidad", a que se refiere el art. 92.8 CC , ya que en la redacción del artículo aparece claramente que viene referida a la falta de acuerdo entre los cónyuges sobre la guarda compartida, no a que existan circunstancias específicas para acordarla".
(iii) En 3º lugar, los hechos que tiene en cuenta la sentencia conducen a este régimen. Ambos progenitores reúnen capacidades adecuadas y suficientes para el correcto ejercicio de sus responsabilidades parentales y lo que se puede y se debe extraer de esta conclusión, que la sentencia recoge como hecho probado, es que ningún perjuicio van a experimentar los hijos manteniéndose bajo la custodia de su madre, sin valorar el beneficio que para ellos, próximos a la mayoría de edad, va a representar la medida. No existe ningún dato que permita mantener la afirmación de la sentencia relativa a que " otorgar una custodia compartida por ambos progenitores podría introducir un peligroso elemento de confusión en los menores, en el delicado periodo de la adolescencia en que se encuentran, que pueden no saber a que atenerse en situaciones puntuales... potenciándose aun más el peligro de confusión por parte de estos por el hecho de que ambos progenitores cuentan con respectivas nuevas parejas, que sin duda intervendrán en los periodos en que a los menores les corresponda estar bajo la custodia de su actual cónyuge ". Posiblemente será más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven, como ha dicho esta Sala (SSTS 10 y 11 de marzo de 2010 ; 7 de julio de 2011 , entre otras), pero lo que en ningún caso descalifica esta forma de custodia es el hecho, normal en estos casos, de que los padres rehagan su vida con nuevas parejas, situación que puede ser incluso positiva y de interés al menor.

La sentencia esta en la web de PAMAC

Grabación defectuosa de los Juicios o de la vista

Sentencia del  Tribunal Supremo de 8 de mayo de 2014. Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Saraza Jimena.
Son ya varias las resoluciones en las que esta sala ha tratado la cuestión de la defectuosa grabación del juicio o de la vista, bien porque:

1.- la misma no se produjo o 
2.- el soporte de la grabación se perdió, 
3.- bien porque la realizada tenía defectos que dificultaban su visionado o audición. 
Tales son las sentencias nº 857/2009, de 22 de diciembre, 774/2011, de 10 de noviembre, 87/2012, de 20 de febrero, 493/2012, de 26 de julio, y 327/2013, de 13 de mayo .
La Sentencia en la web de PAMAC

martes, 3 de junio de 2014

¿Quiénes no pagan tasas judiciales?

Personas que, por sus ingresos, tienen derecho a justicia gratuita (abogado de oficio).
Las víctimas de maltrato y las de accidentes graves (lesionados con un alto grado de incapacidad) están exentas de tasa porque pasan a ser beneficiarios de justicia gratuita. 
Las personas desahuciadas tampoco pagarán cuando pierdan el juicio contra el banco.
Las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo están libres de tarifas, pero los que no sean de mutuo acuerdo tienen que asumir 168 euros (con la ley inicial podían llegar a ser miles de euros, en función del valor de los bienes). 
El ámbito penal está exento del pago de tasas, pero el civil y el contencioso-administrativo están sujetos a abonar estas cantidades desde el 1º pleito.
La 1ª instancia de laboral tampoco exige el cobro de tasas.

lunes, 2 de junio de 2014

El Consejo Fiscal avalaría la reforma del aborto, pero endureciéndola con multas.

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ECO® 20MINUTOS. 01.06.2014

El Consejo Fiscal, órgano consultivo del Fiscal General del Estado en el que figura la cúpula del Ministerio Público, avala en términos generales la reforma de la Ley del Aborto de Gallardón, según el borrador al que han accedido la Cadena Ser y El País. El texto, firmado por el Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, afirma que esta reforma es "notablemente más restrictiva" que la 1ª ley de 1985 y apoya entre otros puntos la supresión del sistema de plazos al negar que el aborto sea un derecho de la mujer. El único punto donde al parecer cuestiona la postura del Gobierno es el que habla de la intervención de un juez cuando una chica de 16 o 17 años quiera abortar en contra de la opinión de sus padres. En este sentido, el Consejo Fiscal cree que se debe respetar la decisión que haya tomado la menor. 
Estas son algunas de las conclusiones a las que llega este organismo en dicho borrador:

Supuesto legal del aborto por malformación del feto: sin llegar a pedir abiertamente que este supuesto sea recuperado, tal y como propone el anteproyecto de Gallardón, el Consejo Fiscal asegura que es "susceptible de debate" y dice al Gobierno que la decisión de eliminar el supuesto "debe ser cuidadosamente reflexionada a la luz de la experiencia de la aplicación de las leyes anteriores y de la regulación existente en los países de nuestro entorno".

Intervención de un juez ante el aborto de una menor: en este punto, el Consejo Fiscal pide "respetar la decisión de las menores" embarazadas de 16 y 17 años, suavizando así el texto del ministro de Justicia en el que dice que, si una joven quiere abortar y sus padres no están de acuerdo debe decidir un juez. "Las embarazadas de 16 o 17 años (...) deben tener reconocida en la ley una posición determinante. La opinión discrepante de los representantes legales (...), que ciertamente deben ser oídos y participar en la toma de decisión, no debe conducir de forma necesaria a una intervención judicial dirimente", según un extracto del borrador. 
"En caso de discrepancia con estos (representantes legales), lo razonable es que la ley respalde plenamente la autonomía de la mujer embarazada y que no le imponga la onerosa carga de promover un incidente judicial para hacerla valer"(…)

El Consejo Fiscal tiene previsto informar en su pleno de los días 2 y 3 de junio sobre el anteproyecto de reforma de la Ley del Aborto, un texto que no es vinculante para el Ejecutivo, aunque sí preceptivo, al tratarse de leyes orgánicas.
El Consejo Fiscal avalaría la reforma del aborto, pero endureciéndola con multas Manifestación contra la reforma del aborto Manifestación contra la reforma del aborto en Madrid. (Víctor Lerena / EFE) Según el borrador publicado por la 'Cadena Ser' y 'El País', el Consejo apoyaría la reforma del Gobierno, y reconoce que es "más restrictiva" que la ley de 1985. Niega que el aborto sea un derecho de la mujer y se escuda en que "ningún tratado internacional o regional reconoce el supuesto derecho al aborto". El único punto donde cuestiona al Gobierno es el que habla de la intervención de un juez cuando una chica de 16 años quiera abortar en contra de sus padres. Su postura final se conocerá tras el pleno que celebrará los días 2 y 3 de junio. El Consejo General del Poder Judicial se iba a reunir esta semana para debatir la controvertida reforma, pero decidió posponerlo para más adelante. Una vez se remitan los informes a Justicia seguirá la tramitación, aunque Gallardón reconoce que dedicará "un tiempo razonable a estudiar las propuestas". ECO ® Actividad social ¿Qué es esto? 90% 67 Me gusta No me gusta 0 email Compartir 20MINUTOS. 01.06.2014 - 17:18h El Consejo Fiscal, órgano consultivo del Fiscal General del Estado en el que figura la cúpula del Ministerio Público, avala en términos generales la reforma de la Ley del Aborto de Gallardón, según el borrador al que han accedido la Cadena Ser y El País. El texto, firmado por el Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, afirma que esta reforma es "notablemente más restrictiva" que la primera ley de 1985 y apoya entre otros puntos la supresión del sistema de plazos al negar que el aborto sea un derecho de la mujer. El único punto donde al parecer cuestiona la postura del Gobierno es el que habla de la intervención de un juez cuando una chica de 16 o 17 años quiera abortar en contra de la opinión de sus padres. En este sentido, el Consejo Fiscal cree que se debe respetar la decisión que haya tomado la menor. Estas son algunas de las conclusiones a las que llega este organismo en dicho borrador: Supuesto legal del aborto por malformación del feto: sin llegar a pedir abiertamente que este supuesto sea recuperado, tal y como propone el anteproyecto de Gallardón, el Consejo Fiscal asegura que es "susceptible de debate" y dice al Gobierno que la decisión de eliminar el supuesto "debe ser cuidadosamente reflexionada a la luz de la experiencia de la aplicación de las leyes anteriores y de la regulación existente en los países de nuestro entorno". Intervención de un juez ante el aborto de una menor: en este punto, el Consejo Fiscal pide "respetar la decisión de las menores" embarazadas de 16 y 17 años, suavizando así el texto del ministro de Justicia en el que dice que, si una joven quiere abortar y sus padres no están de acuerdo debe decidir un juez. "Las embarazadas de 16 o 17 años (...) deben tener reconocida en la ley una posición determinante. La opinión discrepante de los representantes legales (...), que ciertamente deben ser oídos y participar en la toma de decisión, no debe conducir de forma necesaria a una intervención judicial dirimente", según un extracto del borrador. "En caso de discrepancia con estos (representantes legales), lo razonable es que la ley respalde plenamente la autonomía de la mujer embarazada y que no le imponga la onerosa carga de promover un incidente judicial para hacerla valer". Pena de multa para la mujer: mientras que el anteproyecto de Justicia eliminaba toda pena hacia la mujer (en la ley actual existe la pena de multa), el Consejo Fiscal propone, sin embargo,"mantener la previsión de una pena de multa a la mujer que se causa su propio aborto o consiente que otro se lo cause". Derecho de la mujer a abortar: en otra parte del texto, el organismo sostiene que "ningún tratado internacional o regional reconoce el supuesto derecho al aborto". Añade además que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "nunca ha admitido que la libre decisión o la autonomía de la mujer sea suficiente, por sí misma, para justificar un aborto". Contra la actual ley de plazos: respalda en este sentido la reforma de Gallardón al considerar que hay que proteger la vida del nasciturus. El Consejo justifica esta decisión diciendo que en la mayoría de las legislaciones europeas "exigen la concurrencia de causas objetivas" para abortar, y que aunque existe un segundo grupo de países que reconoce el sistema de plazos no es relevante porque en su mayoría son países "procedentes de la antigua Europa del Este". Informes médicos: sobre los dos informes médicos que debe presentar la mujer que desee abortar alegando daño para su salud física o psíquica, que incluye el anteproyecto del Gobierno, el Consejo añade que dichos informes sean emitidos exclusivamente "por médicos de la sanidad pública". El Consejo Fiscal tiene previsto informar en su pleno de los días 2 y 3 de junio sobre el anteproyecto de reforma de la Ley del Aborto, un texto que no es vinculante para el Ejecutivo, aunque sí preceptivo, al tratarse de leyes orgánicas. Por otro lado, el Consejo General del Poder Judicial también celebrará a lo largo de junio un pleno extraordinario para informar sobre la reforma del aborto, después de que la pasada semana decidieran posponer el pleno que estaba convocado para el día 4. Un grupo minoritario de vocales reclamó entonces más tiempo para hacer alegaciones sobre los dos informes presentados por las vocales Carmen Llombart y Pilar Sepúlveda, que se han mostrado críticos con la reforma de Gallardón. Gallardón niega el retraso por las europeas Por su parte, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, negó el viernes que el motivo del retraso en la aprobación de la ley del aborto se deba a la celebración de las elecciones europeas y dijo que estaba a la espera de recibir los informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo Fiscal para hacerlo. "Esos informes no están, daba igual la fecha de las elecciones", manifestó Gallardón, que también recalcó que en el momento "en el que los informes obren en poder del Gobierno" será su responsabilidad continuar con la tramitación de la nueva ley del aborto. Gallardón ha insistido en que una ley que "afecta" al Código Penal no puede ser remitida a las Cortes sin los dictámenes —preceptivos pero no vinculantes— de los órganos consultivos, que, según ha dicho, han pedido "más tiempo para estudiarlo". "Una vez que los remitan, seguirá la tramitación, dedicaremos un tiempo razonable a estudiar las propuestas que nos hagan, y haremos las modificaciones o no de acuerdo con esas propuestas y a la vista también de otros informes, como el del Comité de Bioética", ha concluido.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2155256/0/informe-borrador/consejo-fiscal/reforma-ley-aborto/#xtor=AD-15&xts=467263

El uso de la vivienda podrá ser nuevamente valorado una vez alcanzada la mayoría de edad de los hijos.




El Tribunal Supremo en su sentencia de fecha 12 de febrero de 2014 fija los criterios necesarios para volver a valorar la situación de ambos ex conyuges a efectos de determinar el derecho al uso de la vivienda una vez que los hijos comunes hayan alcanzado la mayoría de edad.
En la demanda inicial el ex marido solicitaba que se suprimiera el derecho de uso y disfrute a favor de ex esposa de la que fuera vivienda conyugal. El Juzgado de Primera Instancia desestimó su pretensión en vía de recurso la Audiencia Provincial de Madrid estimó la demanda suprimiendo la atribución del uso de la vivienda familiar acordada en la sentencia del divorcio a favor de la ex mujer.
El Supremo antes de entrar en el fondo de la cuestión establece 2 premisas:
1.- Que existan impago de pensiones no influye en el fondo de la cuestión, toda vez que dicho impagos tiene su cauce procesal en el pertinente proceso ejecutivo.
2.- Siendo ya mayores de edad los hijos comunes se puede valorar nuevamente el derecho del uso de la vivienda según las circunstancias actuales de los ex cónyuges.
En este sentido el propio Tribunal Supremo reconoce que el mantenimiento del uso de la vivienda o su modificación deberá estar justificado, necesariamente, en el interés más necesitado de protección que deberá ser objeto de ponderación judicial.
Además en el supuesto analizado el Tribunal Supremo encuentra un argumento más para dar la razón al ex esposo, por cuanto la vivienda fue objeto de transmisión a un tercero sin que la ex mujer hubiera impugnado dichas transmisión.
La sentencia en la web 
Sigue la jurisprudencia del propio Tribunal al respecto: Se puede pedir la Liquidación de los Bienes Gananciales, pero con la reforma de Gallardón se aplaza hasta los 45 años del hijo menor.

'Salvados' le quita la venda a la justicia en 10 ítems

Évole, en el debate de 'Salvados', con Baltasar Garzón, José María Mena y Lorena Ruiz-Huerta.
 "Hay jueces que cobran de los abogados de los grandes despachos", afirma Lorena Ruiz-Huerta, abogada de oficio

ATRESMEDIA. Évole, en el debate de 'Salvados', con Baltasar Garzón, José María Mena y Lorena Ruiz-Huerta.
EL PERIÓDICO / Barcelona /Domingo, 1 de junio del 2014 
¿En este país, hay una justicia para los poderosos y otra para los demás? Esta es la pregunta a la que ‘Salvados’ ha intentado responder este domingo en 'Cuestión de justicia'. Para ello, Jordi Évole ha apostado por un programa con formato de tertulia, en el que ha reunido al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, el exfiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya José María Mena y la abogada del turno de oficio Lorena Ruiz-Huerta. Sobre la mesa, varios temas: el trato que hace la justicia al ciudadano en comparación con la clase política, las presiones por parte del poder y la tendencia a la ‘politización’ y el uso excesivo que el Gobierno hace de ciertos privilegios judiciales, como el indulto; los intereses diplomáticos y económicos que esconde la reforma de la Ley de Justicia Universal, la inaccesibilidad del ciudadano a la justicia tras la implantación de las tasas judiciales y por qué parece que se persiguen comentarios injuriosos en la red cuando vienen de un sector y no de otro…
Así le han quitado la venda a la justicia una abogada, un juez y un fiscal en 'Cuestión de justicia':

1- ¿Hay una justicia para los poderosos y otras para los demás?
"Hay dos justicias, una para los ricos y otro para los pobres pero no es verdad, es más grave: es la misma justicia que con unos se porta de una manera y con otros de otra", denuncia Mena. "El legislador no trata igual los delitos que hacen los pobres que los ricos", afirma Ruiz-Huerta. Y añade una diferencia más: "el mensaje es que los que protestan o los que disienten no serán perdonados". leer más

domingo, 1 de junio de 2014

Consejos prácticos para lograr la custodia compartida en 8 citas célebres

Yoda
7 enero, 2014 por cristobalpinto
Muchos lectores y suscriptores del Blog me suelen preguntar que les aconsejaría para tener más posibilidades para lograr la atribución judicial de la custodia compartida de sus hijos. La verdad es que en esta cuestión no existen fórmulas mágicas pero desde mi modesta posición y experiencia aquí dejo mis 8 consejos prácticos que pueden ayudar a conseguirlo, todo ello aderezado y adornado con 8 citas célebres:
     1.- La guerra no lo hace a uno más grandioso.” (Yoda, Maestro Jedi en Star Wars V-El Imperio contraataca: Evitar el proceso contencioso y alcanzar un mutuo acuerdo

    2.- “Para hacer la paz se necesitan dos; pero para hacer la guerra basta con uno sólo(Arthur Neville Chamberlain, político británico): Mínima y adecuada relación personal con el otro progenitor tras la ruptura personal y actitud colaboradora respecto a los hijos menores. Y es que no siempre el mutuo acuerdo es posible.
3.-La custodia compartida comienza al nacer el hijo, no desde el divorcio(Izaskun Landaida, Directora de Emakunde, Instituto Vasco de la Mujer): Actitud previa antes de la ruptura en la crianza y educación de los hijos. 

4.- “Lo que no puede ser, no puede ser y además es imposible (Rafael Guerra “Guerrita”, Torero español): Solicitud de un régimen realizable, factible, en su ejecución y desarrollo y que satisfaga en todo caso el interés y el beneficio del menor. 
5.- “No lo intentes. Hazlo, o no lo hagas, pero no lo intentes. (Yoda, Maestro Jedi en Star Wars V-El Imperio contraataca): Actitud procesal seria, indubitada, constante, firme y persistente.

6.- Dice que…la parte contratante de la primera parte será considerada la parte contratante de la primera parte. Sin embargo, la parte contratante de la segunda parte…(Groucho Marx en Una noche en la ópera): Solicitud de un sistema de estancias alternas claro, concreto y lo más preciso posible.  
7.- Si dices la verdad, no tendrás que acordarte de nada.” (Mark Twain, escritor y periodista estadounidense): Solicitud creíble, sincera y honesta.  
8.- “Para ganar un pleito se necesitan 3 cosas: tener razón, probarla y que el Juez nos la dé(Adagio forense anónimo): Debida acreditación y convencimiento judicial de la bondad del régimen propuesto. Mal puede lograrse la custodia compartida si ademas de tener razón no nos la dan.  
Tener razón: En principio, nunca no debemos creer estar siempre en posesión de la verdad absoluta máxime en un proceso de familia; lo que subjetivamente podemos creer lo mejor para el hijo menor puede no serlo objetivamente a las vista de la prueba de las circunstancias materiales y personales concurrentes. 
Probar la razón: No obstante, si entendemos que el sistema de custodia compartida es el régimen adecuado e idóneo, resultará fundamental lograr probar y acreditar debidamente los factores beneficiosos para el menor del sistema propuesto o al menos al inexistencia de factores perjudiciales para el bienestar del menor.  
Dar la razón: Finalmente no debemos olvidar que, puesto que hemos decidido poner en sus manos esta decisión, siempre será el Juez, con el debido asesoramiento de peritos y la opinión del Ministerio Fiscal quien se decante por el sistema de estancias más acorde con el interés y bienestar del menor.

El Pais: Asocia la Custodia Compartida al maltrato doméstico

Padres separados simulan quemarse a lo bonzo en Madrid para reclamar la custodia compartida. La asociación SOS Papá culpa a "una concepción machista de la sociedad" el hecho de que los jueces sentencien a favor de las madres.




Dos miembros de la asociación SOS Papá, protegidos con trajes ignífugos en los que habían pegado fotografías de sus niños, se han quemado esta mañana a lo bonzo frente al Congreso de los Diputados para reclamar una reforma de la Ley del Divorcio que instaure la custodia compartida de los hijos.


Ésta no es la primera ocasión en que padres separados intentan llevar a cabo esta acción pero, a diferencia de las anteriores, esta vez la policía no ha intervenido para evitarla. El presidente de la asociación, Alejandro Urcera, 1 de las 2 personas que ha protagonizado la protesta, se ha quejado ante los periodistas de la injusticia de que a los niños "se les ampute la mitad de su vida y de su familia por decisión judicial".
Urcera, rodeado de un grupo de hombres y mujeres de la asociación con pancartas en las que reclamaban la custodia compartida de los hijos, ha pedido que los políticos se conciencien de que los niños, "aunque no pueden votar, están sufriendo" y ha atribuido a "una concepción machista de la sociedad" y a "la presión de los grupos feministas" el hecho de que en el 99% de los casos los jueces concedan la custodia a las madres.
Campaña por el voto en blanco
"Lo políticamente correcto es proteger a las mujeres", ha señalado Urcera, quien ha anunciado el inicio de una campaña en toda España en la que pedirán el voto en blanco en todas las elecciones para demostrar a los políticos que también hay muchos votos detrás de los padres separados.
La mayoría de los miembros de esta asociación tienen denuncias por malos tratos, aunque ellos aseguran que son falsas y cuestionan incluso que la violencia contra las mujeres tenga realmente la magnitud que reflejan los medios de comunicación. "Se está mintiendo", ha indicado Urcera, quien ha asegurado que hay prácticamente los mismos casos de hombres maltratados, aunque ellos denuncian menos".
El presidente de la asociación SOS Papá ha afirmado que en la mayoría de los países más avanzados de Europa la custodia compartida de los hijos es automática en casos de separación, ya que han superado la idea machista de que "las madres dan el cariño y cuidan a los hijos, mientras que los padres se limitan a llevar el dinero a casa".

Nota: Han pasado 12 años, distintos gobiernos y la situación es la misma o peor. Lo que ha cambiado es que los hijos se han hecho mayores, pero los afectados siguen en el "armario".¿Hasta cuando más esta situación? ¿Otros 30 años más?¿Por que razón se asocia Custodia Compartida con Violencia doméstica? Cuando los datos no lo demuestra.