sábado, 13 de julio de 2013

MIS PAPÁS SE DIVORCIARON ¿Y AHORA QUÉ?

Confusión, culpabilidad, temor, son sentimientos por los que podemos atravesar cuando nuestros padres se divorcian. Es necesario poder comunicar nuestros sentimientos para poder superar esta difícil etapa.
Por Andrea Padilla - Los Tiempos - 12/07/2013


MIS PAPÁS SE DIVORCIARON ¿Y AHORA QUÉ? -   Archivo Periodista Invitado
MIS PAPÁS SE DIVORCIARON ¿Y AHORA QUÉ? - 
Cuando el matrimonio atraviesa un periodo de crisis, y las peleas y discusiones se hacen constantes en el hogar, puede producirse un divorcio. En ese momento, la inestabilidad del hogar llega a afectar a todos sus miembros inevitablemente, siendo los hijos los que sufren más. Cuando la situación termina en divorcio, es importante expresarse y comunicar los sentimientos por los que atravesamos, para superar la ruptura de manera que se eviten daños que puedan perdurar a futuro.
Indudablemente, cuando ocurre la separación de los padres y posteriormente el divorcio, es un evento que puede marcarte para toda la vida. Para que la situación tenga menor impacto negativo en los hijos va a depender cómo los padres manejen la ruptura. 
Está en ellos la responsabilidad de evitar el sufrimiento de los hijos, hablando con ellos y haciéndoles comprender que no son la causa ni que serán menos amados por ello.

LO PRIMERO
Para la psicóloga clínica, Consuelo Aranda, es completamente normal que los “teens” que atraviesan por esta etapa pasen por un torbellino de sentimientos: “Los sentimientos varía de una persona a otra, pero normalmente los chicos experimentan periodos de angustia, enojo, culpabilidad de poder ser la causa, decepción, confusión, miedo al abandono, inseguridad pero sobre todo temor, incertidumbre de no saber que es lo que pasará luego y cómo cambiará su vida”.
El tiempo de duración de estos sentimientos, y su intensidad va a depender de cómo hemos aprendido a sobrellevar los problemas, la autoestima,  nuestras habilidades sociales desarrolladas y especialmente la capacidad de comunicarnos. Este último cobra vital importancia ya que si no podemos expresar nuestras dudas y miedos, principalmente a nuestros padres, el proceso puede  llegar a ser más doloroso y solitario.

¿MAMÁ O PAPÁ?
Ante el inminente divorcio, las cosas no serán las mismas. La estructura de tu hogar como lo conociste hasta entonces, cambiará. En este momento, los padres son los que tienen toda la responsabilidad de evitar que estos cambios afecten de manera negativa. 
Aranda explica: “los efectos son situacionales, depende de cómo los padres han llevado la ruptura. Son ellos los que tienen que hablar con los hijos, explicarles lo que ocurre, tratar de verlo como algo positivo ya que no habrá más peleas y que aunque dejen de ser pareja no dejarán de ser sus padres”.
También, añade la importancia de evitar caer en la situación de competencia, chantajear a los hijos con cosas materiales para que escojan a uno sobre otro; involucrarlos en sus peleas, como mensajeros o contarles lo que le ha hecho el padre para herir a la madre y viceversa, para que escojan un lado y se decepcionen del otro progenitor. Este tipo de situaciones lo único que conseguirá será agudizar el dolor de los hijos, colocarlos entre la espada y la pared con conflictos de lealtad, ya que siempre querrán probar su amor incondicional.
ESCAPE
Nada más doloroso que  estar obligado a escoger entre una de las 2 personas que más aman y necesitan, para no perder a la otra. La cuestión se complica aún más cuando uno de los padres ha iniciado una nueva relación con otra persona. En este punto el mundo se puede venir abajo, y buscar un escape para evadir la realidad, puede parecer la salida. “En situaciones de riesgo como el divorcio, se puede caer en las drogas, alcohol o relaciones sexuales prematuras, bajón de notas o aplazos, situaciones de pandillas, para escapar a ese miedo de la desestructuración de la familia, incluso el hijo puede llegar a sacrificarse, por ejemplo lastimarse, para llamar la atención de los padres, que muchas veces están embebidos en sus propios problemas que no advierten la necesidad de sus hijos de seguridad y protección”, afirma la psicóloga al exponer los peligros en que pueden caer los hijos si no se lleva una buena relación de comunicación con ambos padres.
A FUTURO
Una de las consecuencias puede darse a futuro en los hijos, involucra el relacionamiento de pareja. La mayoría de los chicos que han experimentado un doloroso proceso de divorcio de los padres, a futuro, pueden ser desconfiados, perder la capacidad de mantener una relación estable o duradera, dificultades para expresar sus sentimientos o tener un bajo nivel de compromiso. Claro que esto no es general, siempre dependerá de cada caso; cómo se manejó el problema y la misma personalidad de la persona, ya que algunos son más vulnerables que otros.
Si te encuentras atravesando por esta situación, es importante saber que puedes buscar ayuda. Acudir a los padres, algún familiar cercano o amigo que haya atravesado por lo mismo y al psicólogo para superar este periodo. 
No abandones tu rutina, ni te aísles, practica deporte y establece lugares de distracción; pero sobre todo exprésate, comunica a tus padres tus propias necesidades para ser feliz.

viernes, 12 de julio de 2013

Ayudar a los niños durante el divorcio



Los niños pueden verse profundamente afectados durante un proceso de divorcio, te explicamos estrategias simples para ayudarlos a sobrellevar esta dificil etapa.
  
ser padres.com/Por: Trilce Hernandez|11 de julio de 2013 -
 Cuando uno se casa lo hace para siempre, esta es la idea que tenían nuestras abuelas y la misma con las que millones de parejas deciden todos los días decir que si a la unión legal de sus vidas. 
Lastimosamente las estadísticas de divorcio en Estados Unidos demuestran que el 16.4% de las uniones de personas entre los 25 y 29 años termina en divorcio, este nº incremente entre más jóvenes sean las parejas y disminuye a un 5.1% con parejas que deciden casare después de cumplir 35 años. Aún así, el divorcio es una realidad. 
Pero, ¿cómo afectan las separaciones y divorcios a los hijos?
En medio de lo doloroso y complejo que resulta generalmente un proceso de divorcio es importante recordar que los niños también se ven afectados. 
Las repercusiones de un divorcio pueden ser de tipo pasajeras o permanentes y es responsabilidad de los padres ayudar a que los niños superen el divorcio de la manera más sana posible.

¿Qué áreas de la vida del niño se ven afectadas?
  • La estabilidad emocional que le proporcionaba ur hogar armónico.
  • Su percepción de si mismo, sus padres como individuos y lo que es una relación de pareja.
  • El tipo y calidad de relación que mantiene con cada uno de sus padres.
  • Que sus necesidades físicas y psicológicas sean satisfechas.
  • Cambios de entorno (escuela, vecindario, amigos) y rutina.
  • Problemas económicos.
  • La manera en que resuelve conflictos.
  • Su auto estima.
¿Qué hacer para ayudar al niño durante el divorcio de los padres?
  • Explicarle (sin entrar en detalles que no sean adecuados para su edad, o culpar a nadie) por qué se está dando la separación, aclarando que no es culpa suya en lo más mínimo.
  • Hablar y escuchar al niño, estar al tanto de sus sentimientos durante y después del divorcio y responder a sus preguntas.
  • Estar alerta sobre cualquier señal de agresividad, depresión o comportamiento.
  • Permanecer bien como adulto, finalmente el niño necesita saber que sus padres están bien y puede contar con ellos.
  • Manejar el coraje, estrés y demás sensaciones negativas.
  • Estar pendiente de mantener (lo más posible) rutinas como el horario de comida, visitas a amigos y familiares, viajes, etc.

Mexico: Divorcio exprés afecta a niños y mujeres.... a a los hombres

heraldo de puebla.com.mx/Andrés Herrera Ruiz|Viernes, Julio 12, 2013
Los diputados locales no han hecho su tarea de legislar en materia de alimentos y custodia para no dejar en estado de indefensión a niños y mujeres en los casos de separación matrimonial, además de que un divorcio dura hasta 9 años para resolverse, por lo que surge la necesidad del divorcio exprés.
Lo anterior lo manifestó, María Cristina Pérez Grados, coordinadora del Centro de Estudios de la Familia y Sociedad (CEFS), en rueda de prensa en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP).

Indicó que al no haber leyes en Puebla más accesibles para acortar los tiempos del divorcio, el periodo que tarda perjudica tanto a los menores como a la mujer, principalmente en lo que se refiere a alimentación, ya que generalmente el hombre al encontrar otra oportunidad de pareja se desliga de su responsabilidad con su matrimonio.
Para la especialista, “es una barbaridad y una imprudencia que se deje en la indefensión tanto a los niños como a la mujer mientras dura la legalidad de la separación en que se establezcan la custodia, alimentación y bienes”.

En el Distrito Federal –puso el ejemplo-, las autoridades se dieron cuenta que había un enorme rezago en materia de casos familiares, ya que para divorciarse se tardaba de 3 a 6 años y a veces hasta 9.
De ahí que se hicieron reformas para que cuando la pareja que va a disolver su matrimonio esté de acuerdo en todo lo que van a enfrentar como: alimentación de los hijos, su custodia y los bienes, se da una rápida resolución, pues eso de que serán 6 meses de apelación y otros 6 de amparo, entonces para qué un divorcio exprés.
Lamentó que Puebla sea de los 22 Estados que no ha legislado al respecto buscando aspectos que las madres tengan la custodia de los hijos hasta los 12 años, que se cumpla con la alimentación, que cuando haya separación de bienes, si ella tiene una menor parte, reciba de su ex pareja una compensación hasta del 50 %.
Calificó de una vacilada, el hecho de que llegan los jueces a preguntar al cónyuge cuánto gana como una base para fijar monto de alimentación para los hijos, cuando éste miente y da cantidades menores.
Finalmente dijo que de acuerdo a datos del INEGI, 8 mil de cada 10 mil juicios de divorcio en México, quedan pendientes sin resolución por tantas trabas burocráticas.

jueves, 11 de julio de 2013

La Pensión de alimentos en el código civil español

Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimento de la Ley de 26 de mayo último (Vigente hasta el 22 de Julio de 2014). 

Redactado por Ley 11/1981, 13 mayo («B.O.E.» 19 mayo), de modificación del Código Civil en materia de filiación, patria potestad y régimen económico del matrimonio.

De los alimentos entre parientes:


Artículo 142
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.
Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo.


Artículo 145
Cuando recaiga sobre 2 o más personas la obligación de dar alimentos, se repartirá entre ellas el pago de la pensión en cantidad proporcional a su caudal respectivo.
Sin embargo, en caso de urgente necesidad y por circunstancias especiales, podrá el Juez obligar a 1 sola de ellas a que los preste provisionalmente, sin perjuicio de su derecho a reclamar de los demás obligados la parte que les corresponda.
Cuando 2 o más alimentistas reclamaren a la vez alimentos de una misma persona obligada legalmente a darlos, y ésta no tuviere fortuna bastante para atender a todos, se guardará el orden establecido en el artículo anterior, a no ser que los alimentistas concurrentes fuesen el cónyuge y un hijo sujeto a la patria potestad, en cuyo caso éste será preferido a aquél.
 
Artículo 146
La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.

Artículo 147
Los alimentos, en los casos a que se refiere el artículo anterior, se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alimentista y la fortuna del que hubiere de satisfacerlos.


Artículo 148
La obligación de dar alimentos será exigible desde que los necesitare, para subsistir, la persona que tenga derecho a percibirlos; pero no se abonarán sino desde la fecha en que se interponga la demanda.
Se verificará el pago por meses anticipados, y, cuando fallezca el alimentista, sus herederos no estarán obligados a devolver lo que éste hubiese recibido anticipadamente.
El Juez, a petición del alimentista o del Ministerio Fiscal, ordenará con urgencia las medidas cautelares oportunas para asegurar los anticipos que haga una Entidad pública u otra persona y proveer a las futuras necesidades.

Artículo 149
El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos.
Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad.
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Artículo 150
La obligación de suministrar alimentos cesa con la muerte del obligado, aunque los prestase en cumplimiento de una sentencia firme.


Artículo 152
Cesará también la obligación de dar alimentos:

  • 1.º Por muerte del alimentista.
  • 2.º Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia.
  • 3.º Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia.
  • 4.º Cuando el alimentista, sea o no heredero forzoso, hubiese cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación.
  • 5.º Cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos, y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa.

¿Como conseguir una Hipoteca en tiempos de crisis económica?

El perfil del cliente y la vinculación definen las condiciones del préstamo.

Tener los deberes hechos es la clave

Ya no vale eso de presentarse en la oficina de un banco y pedir una hipoteca sin más documentación a mano que el DNI. 
El cliente tiene que ir con los deberes hechos si quiere que al menos la entidad le tome en cuenta. Incluso en algunos bancos no se prestan a dar demasiada información sin antes comprobar las nóminas de quien solicita el préstamo o el contrato laboral. 
Por eso, los expertos aconsejan estar preparados con toda la documentación que se suele requerir de antemano: las 3 últimas nóminas, la vida laboral o la declaración de la renta.
Pero hoy en día el 1º requisito para obtener una hipoteca es tener trabajo estable, apunta Pedro Javaloyes, de la Agencia Negociadora. 
“El buen cliente tiene que tener un buen historial crediticio y una estabilidad profesional”, asegura. “Es muy diferente a los años 2004 o 2005 cuando había ‘barra libre’ de hipotecas porque se contaba con que la vivienda se iba a revalorizar. Ahora no se busca tener la garantía del inmueble sino la garantía del pagador”.
Además, hay que tener en cuenta que las entidades ya no financian al 100%, sino entre un 70-80% del valor de tasación o compraventa, de modo que es necesario tener ahorrado el 30% del precio de la vivienda y también para hacer frente a los gastos de gestoría y notaría. Aunque siempre es posible tener más ventajas si se compra un piso de la banca.

El CGPJ tarda 10 años en analizar las tablas de Pensiones de alimentos

El Pleno del CGPJ estudiará mañana el 1º baremo de pensiones alimenticias para los casos de separación o divorcio

MADRID, 10 Julio 2013. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará mañana una propuesta para implantar, por 1ª en España, unas tablas de baremación de las pensiones correspondientes a la manutención de hijos menores en los procesos de separación o divorcio que permitan facilitar los acuerdos en estos contenciosos y disminuir así la carga de trabajo de juzgados y tribunales.
Según explica la memoria justificativa del proyecto, a la que ha tenido acceso Europa Press, se trata de poner a disposición de todo el sistema judicial 2 tablas con "carácter orientador" y de "aplicación generalizada", habida cuenta de que "son numerosísimos los procesos de familia en los que la única o principal cuestión a debate es precisamente la cuantía de la pensión alimenticia en favor de los hijos".
   
En concreto, una tabla calcula el coste por hijo con una estimación del gasto que supone en función de los ingresos conjuntos de los progenitores, por lo que sería de aplicación en los casos de custodia compartida. 
La otra, calcula la pensión por cada hijo, ofreciendo así un reparto de los costes en proporción de los ingresos de cada progenitor en los supuestos de custodia monoparental.
   
En ambas se excluyen los gastos de hipoteca o alquiler, si lo hubiera, así como los costes de la educación del menor, que deberá determinar el juez, al igual que deberá aplicar el índice corrector de su comunidad autónoma, cosa que podrá hacerse de forma automática con un programa informático.
La memoria explica que este sistema "viene siendo empleado desde hace años" en países como Canadá, Noruega, Estados Enidos y Alemania, donde está "constatada" su "notable aceptación entre los operadores jurídicos y los resultados satisfactorios que genera".
En el caso español, los expertos recomiendan adoptar esta medida porque la legislación actual "permite una amplia discrecionalidad al juez a la hora de concretar la cuantía" de la pensión alimenticia, lo que genera "imprevisibilidad de la respuesta judicial", posibilidad de respuestas judiciales distintas en supuestos similares y un incremento de la litigiosidad contenciosa. Las tablas, que se actualizarán cuando se produzcan "cambios en la estructura de gastos de las familias y como mínimo cada 5 años", se han elaborado ordenando de menor a mayor los hogares de una pareja con un hijo dependiente atendiendo a los ingresos y gastos por hogar que recogen, por un lado, la Encuesta de Condiciones de Vida y, por otro, la Encuesta de Presupuestos Familiares. 
Una vez ordenados los hogares, se dividen en 10 grupos, se calcula el ingreso medio por hogar en cada grupo y se desechan los más bajos y los más altos.
Como diria Asterix; Para esto han tardado 10 años...... 
Estos romanos están locos.....

martes, 9 de julio de 2013

ENCUENTRO DE JUECES Y ABOGADOS DE FAMILIA, 2003

CONCLUSIONES SEMINARIO: "INCIDENCIA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL EN LOS PROCESOS DE FAMILIA"
 Madrid, 17, 18 y 19 de noviembre de 2003 


Sobre la Pensión de Alimentos:
15ª.- Tablas orientadoras para la fijación de pensiones alimenticias.
Las medidas económicas en los procesos de familia serán adoptadas teniendo en cuenta en todo caso:

1.- el nivel de vida familiar, 
2.- la capacidad económica de cada uno de los progenitores 
3.- y las necesidades de los hijos,
4.-  sin perjuicio de reconocer el valor orientativo de las tablas para tal fin.

Más información sobre los Encuentros anuales de Jueces, Magistrados y Abogados de Familia, desde el año 2003 hasta la actualidad

Más Información sobre pensiones en nuestra web 

El CGPJ tras 10 años, va a aprobar unas Tablas Orientativas, que lo que hará será complicar más el proceso de divorcio. La noticia aquí

El Ayuntamiento de Valdemoro se Feminiza

El Ayuntamiento ha impulsado este servicio en el Área de la Mujer para que todas las vecinas del municipio mayores de edad puedan consultar cuestiones legales como las separaciones, los divorcios o los acuerdos con los hijos. Se trata, según el Ayuntamiento, de mejorar los servicios sociales del municipio.

Las mujeres de Valdemoro ya pueden obtener asesoramiento gratuito sobre cuestiones legales en la familia.
Valdemoro/ 08.07.2013Las mujeres de Valdemoro ya pueden obtener asesoramiento gratuito sobre cuestiones legales en la familia.
Según ha informado el consistorio, dicho asesoramiento abracará cuestiones como la separación y el divorcio, la patria potestad de los hijos, el régimen de comunicaciones, el uso del domicilio o diversas cuestiones económicas relacionadas con estos casos de separación, además de sobre otras cuestiones como nulidad, ejecución de sentencias o posibles delitos producidos tras el divorcio.
Sobre este asunto se ha pronunciado la concejala de Acción Social, Sonia Sánchez, que ha remarcado que se trata de un servicio gratuito pero que en ningún caso está destinado a defender o representar a las mujeres en conflictos judiciales, sino sólo de informar y asesorar sobre diferentes cuestiones producidas en el ámbito personas y económico al separarse.

¿Se las va a serguir manipulando? ¿El Ayuntamiento potencia crear más problemas en los procesos de divorcio? ¿Que pasa con los hombres? ¿No necesitan Información y asesoramiento? ¿No forman parte de la Familia?¿ Por que siempre el tema de la vivienda y las pensiones.....?

lunes, 8 de julio de 2013

Educar para frenar violencia de género


AGENCIA REFORMA /PALOMA VILLANUEVA / Publicada el 07/07/2013
 
Tener una relación amorosa con alguien, agrega, no significa poder controlarlo o poseerlo. Foto: Shutterstock.
Antes de los golpes y las agresiones sexuales, alerta la activista española Josefa Horno, hay señales que deben detectarse a tiempo para evitar la violencia de género.

"Lo primero que un hombre hace para ejercer violencia contra una mujer es enamorarla, lo segundo, aislarla, convencerla de que su familia no la entiende, que nadie la va a conocer como la conoce él, que nadie le va a entender como la entiende él, que no necesita tener amigos porque con él tiene suficiente.
"Después la humilla y la anula, le dice que es una inútil, que no vale para nada, que no sabe cocinar, que no sabe planchar, que no sabe trabajar y sólo después de eso llegan las palizas", describe quien se ha dedicado a la prevención de la violencia y el fomento de la equidad social.

Desde las primeras acciones hasta las más extremas, todas son formas de maltrato, pero en la mayoría de las ocasiones sólo se perciben cuando las agresiones son visibles.
"Sólo vemos lo que deja huellas físicas, pero las formas más extremas de abuso sexual, por ejemplo, no siempre dejan lesiones físicas o las formas más extremas de violencia psicológica tampoco dejan lesiones físicas", alerta.
La trayectoria de Pepa, como le dicen, incluye haber colaborado en programas para prevenir la violencia en los Ministerios de Educación, Sanidad y Bienestar Social de varios países de Europa.

Mucho ojo chicas
La especialista hace énfasis en la importancia de que, principalmente las adolescentes, sepan exigir desde el inicio de una relación afectiva condiciones de respeto y ausencia total de signos de maltrato.
"Si vas a compartir un proyecto de vida con alguien debes establecer tus condiciones desde el principio y si tu pareja no puede satisfacer la necesidad de una vida totalmente libre de violencia entonces desde ese momento habría que terminar con esa relación", considera.
 
Casarse con alguien pensando que "va a cambiar" es uno de los peores errores que se pueden cometer, señala, por lo que es indispensable dejar bien claras las condiciones de la unión desde el principio.
"Cuando das por hecho que tu novio puede opinar sobre cómo vas vestida, con quién sales, con quién te relacionas, todo eso ya son signos de violencia y todo eso son cosas que no puedes permitir", detalla.
Tener una relación amorosa con alguien, agrega, no significa poder controlarlo o poseerlo.
"El amor te hace libre, te hace fuerte, el amor te lleva a trabajar cada día mejor, a tener más amigos, a estar cada día más guapo, a sentirte cada vez mejor. Si una relación de pareja te lleva a salir cada vez menos con tus amigos, a dejar de ver a tu familia, a dejar el trabajo, a estar cada día más preocupada entonces no es amor", enfatiza.

Ven falta de voluntad
En México, considera Horna, persiste la violencia de género porque hace falta voluntad política para atenderla.
"Se trata de un asunto de salud pública y debe ser tratado como tal, porque el nivel de coste social, político y económico es descomunal, entonces se requiere una voluntad política clara y contundente", afirma.
La toma de conciencia institucional y política, dice, debe reflejarse en apoyos integrales para las mujeres víctimas de violencia.
"No puedes sacar a las víctimas de la situación de violencia si no les das a dónde ir, las mujeres nunca van a renunciar a su agresor si no tienen una manera de subsistir, por eso los recursos que se ofrezcan a las víctimas deben incluir ayudarlas a conseguir trabajo, darles formación, ayudarles a cuidar a los niños mientras trabajan, esos son recursos sociales institucionales que hacen falta", explica.

Devolución de las tasas judiciales

Si presento una demanda judicial y tengo que pagar tasas, en caso de que gane el juicio, ¿me devuelven el importe de lo abonado? 
F.G.J. (Valencia)   |  08/07/2013

La tasa judicial constituye el precio de un servicio público, por lo que siempre que dicho servicio se preste el prestador hace definitivamente suya la tasa. Por lo tanto, en principio, la tasa no podrá ser nunca devuelta al pagador.
No obstante, en caso de que ganara el pleito, lo que podría hacer es solicitar al vencido en costas el reembolso de lo que, en concepto de tasa, pagó al Estado, en los supuestos procesales legalmente previstos en el art. 241,7 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que refiere como costas el pago de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, cuando sea preceptiva, salvo excepciones (ejecución de hipotecas constituidas para la adquisición de vivienda habitual y procesos de ejecución derivados).