sábado, 21 de diciembre de 2013

Guerra entre la Asociación Fathers4Justice y Kate Winslet

Una asociación pro custodia compartida reacciona airada y Winslet amenaza con demandar.

el pais.com/Brenda Otero Londres 19 DIC 2013
Con 3 hijos de 3 padres diferentes, Kate Winslet ha escandalizado al sector más conservador de la sociedad británica. Siempre que se refiere a su prole, la actriz insiste en que a pesar de sus compromisos profesionales su vida familiar es estable, que protege a sus hijos, los cría ella misma y vela por su bienestar. Pero su penúltimo intento de justificarse le ha procurado unos nuevos enemigos: la asociación de padres divorciados Fathers4Justice.
En octubre, Winslet concedió una entrevista a la revista Vogue en la que se defendía de las críticas asegurando que sus hijos viven con ella permanentemente y que no comparte la custodia con sus respectivos padres. “Siempre han estado conmigo. No van de aquí para allá; no viajan de un lado para otro con niñeras”, afirmó la intérprete de 38 años. “Nada de pasar la mitad del tiempo entre padre y madre. Mis hijos viven conmigo. ¡Y punto!
A raíz de estas declaraciones, los activistas a favor de la custodia compartida han utilizado una imagen de Winslet para su campaña navideña junto a la frase “Kate, todo niño merece ver a su padre en Navidad”. 
La actriz ha reaccionado rápidamente, amenazando con denunciar a la asociación por difamación y por ofrecer información engañosa. 
A la familia le espera unas navidades más complicadas de lo esperado.
La actriz acaba de dar a luz a su 3º hijo, fruto de su relación con su 3º marido, Ned RocknRoll. También tiene una hija de 13 años, Mia, de su 1º matrimonio con el productor cinematográfico Jim Threapleton y un hijo de 9 años, Joe, de sus 2ª nupcias con Sam Mendes.
Este último se ha mostrado en contra de la campaña. “Es inapropiado que esta organización involucre a mi familia cuando no sabe nada de nuestras circunstancias personales”, ha argumentado el director de cine. “Apoyo los derechos de los padres, pero puedo asegurar que este asunto nunca ha supuesto un problema para mi hijo o para mí
En cambio, Threapleton ha apoyado públicamente a Fathers4Justice. Después de su divorcio en 2001 confesó que se sentía “muy identificado” con su causa y reveló que llevaba meses sin ver a su hija a causa del trabajo de Winslet. Aunque puntualizó que no estaba de acuerdo con las tácticas más agresivas de la organización.
Estos activistas pro derechos paternos han trepado por edificios emblemáticos vestidos de superhéroes, lanzado harina en el parlamento, interrumpido la transmisión en directo de la lotería y desfigurado un retrato de la reina en la abadía de Westminster. 
El grupo fue temporalmente disuelto en 2006, cuando se sospechó que preparaban el secuestro de Leo Blair, el hijo menor del exprimer ministro británico. Hace una década, uno de los integrantes se subió vestido de Spiderman a una grúa en Londres y logró que el entonces alcalde de la ciudad Ken Livingstone comentara que la acción demostraba “por qué algunos padres no deberían ver a sus hijos”
Su presencia en el nº de octubre de la Vogue estadounidense ha traído a Winslet más quebraderos de cabeza que satisfacciones. Además de todo esto, su foto de portada estaba tan retocada que la actriz se mostraba como poco 10 años más joven y prácticamente irreconocible.

El Divorcio y los beneficios fiscales del alquiler

conoce los beneficios fiscales del alquiler para inquilinos y propietarios

Martes, 17 Diciembre, 2013 - 08:57 publicado por alfredo garcía-...
Tanto el propietario como el inquilino pueden optar a una serie de ayudas al alquiler. Por un lado, el arrendador está obligado a tributar por los rendimientos obtenidos por el alquiler de su vivienda, pero existen ciertos gastos que se puede deducir. Además, una vez que a los ingresos obtenidos por el alquiler se hayan descontado los gastos deducibles, pueden aplicarse también una serie de reducciones que, en algunos casos, alcanzan hasta el 100% del rendimiento neto
Por otro lado, la ley delIRPF contempla una deducción en el alquiler para los inquilinos que no superen un límite de ingresos. Además, las comunidades autónomas aplican su propia deducción en la declaración de la renta para los arrendatarios, siempre que se cumplan determinados requisitos de edad e ingresos. muy importante: ambas deducciones se pueden aplicar conjuntamente.
si eres inquilino tienes deducciones en:
 - estatal sin límite de edad: los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20€ podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo que varía en función de su base imponible, pudiendo ser:
- cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales
- cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales
 - autonómica con límite de edad: cada comunidad tiene su propia deducción  y es necesario no superar una determinada edad ni un volumen de ingresos para poder beneficiarse de ella. por ejemplo, en la comunidad de madrid, los inquilinos menores de 35 años pueden deducir el 20% de las cantidades que hayan satisfecho durante un periodo impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, hasta un máximo de 840€. Los requisitos para que se pueda aplicar esta deducción son: tener menos de 35 años a 31 de diciembre; que la base imponible del período impositivo no sea superior a 25.620€, en tributación individual, o a 36.200€, si se trata de una tributación conjunta; que las cantidades abonadas por el alquiler de la vivienda habitual superen el 10% de la base imponible del período impositivo del inquilino; y, finalmente, que el arrendador de la vivienda haya depositado la fianza correspondiente al alquiler en el instituto de la vivienda de madrid (ivima) y que el inquilino disponga de una copia del resguardo del depósito. 
Y si decides Divorciarte, no tienes problemas con la Vivienda, ya que el Juez concedera la Custodia Compartida de los hijos, si se pide. Se acabó el chantaje: Niño -Vivienda que fue Familiar.....

Custodia Compartida: ¿Quien manda en el PP?

Machismo en femenino o el retorno al mundo en diferido.


| José Antonio Gómez Hernández | 20.12.13 
Que el PP es un partido ultraconservador, lo sabe todo el mundo; que el PP tiene un código moral cercano al nacionalcatolicismo de la época franquista es algo que se da por supuesto; que en algunos aspectos el partido genovés tiene una mentalidad rayana a lo medieval, también es obvio...

Continua .......

¿Tendremos en esta legislatura la Modificación de la ley del Divorcio? con una normativa similar a los Paises Europeos............ Va a ser que NO ¡¡¡
Y con la Izquierda en el poder menos, al premiar a la madre en el cuidado de los hijos con el Uso y atribución de la que fuera Vivienda Familiar, que no con el resto de las propiedades (Exceptuamos los casos en Alquiler de la Vivienda) 

España de charanga y pandereta,
cerrado y sacristía,
devota de Frascuelo y de María,
de espíritu burlón y de alma quieta,
ha de tener su mármol y su día,
su infalible mañana y su poeta,
Por Antonio Machado

viernes, 20 de diciembre de 2013

Divorcio: Utilización de la Tarjeta Sanitaria en diferentes Comunidades Autónomas

Buenos días,
Me pongo en contacto con vosotros (PAMAC) para ver si nos podéis ayudar respecto a la tarjeta sanitaria que llaman compartida.
Me llamo C.., estoy separada vivo en Castilla la Mancha, tengo un hijo en custodia y su padre vive en la Comunidad de Madrid….. 

Y mi pareja que se llama Rl, está separado, vive conmigo en Castilla la Mancha y tiene una hija que vive con su madre en custodia en la Comunidad de Madrid….  Curioso, verdad??
Estamos intentando que nos informen cómo podemos hacer para que en ambos casos los niños puedan ser atendidos con sus propias tarjetas sanitarias y su propio pediatra cuando estén con sus padres en las diferentes comunidades.
Muchas gracias y un saludo.
C. F. C.

Enlace a la Consejeria de Salud de la CAM sobre Tarjeta Sanitaria

¿Los hijos de Padres divorciados pueden tener 2 Pediatras, 2 especialistas, 2 Psicólogos, .....? Divorcio: Doble o nada. 

Rumores sobre cambio ministerial en Sanidad y Asuntos Sociales

A medida que se aproximan las elecciones europeas y, para algo más largo, las autonómicas y municipales, comienzan los rumores sobre los posibles cambios en el Ministerio de Sanidad, de donde saldría Ana Mato para ir a las europeas, mientras que para sustituirla (eso sí, siguiendo los rumores que se dicen fiables) se habla de la actual alcaldesa de Madrid, Ana Botella, para evitar que haga el ridículo en las elecciones municipales, en el caso de presentarse. 
Nos toca esperar y seguir escuchando rumores. Sin duda, ‘de fuentes fiables’

Un juez acusa a la Fiscalía de impedir la persecución a la falsas maltratadas

Un nuevo juez ha puesto de manifiesto las maniobras para tapar las irregularidades que se están produciendo con la Ley de Violencia de Género.

libertad digital, Diciembre del 2013

El magistrado del Juzgado de lo Penal nº1 de Granada considera "rechazable" el posicionamiento ideológico "al que se ha apuntado la Fiscalía General del Estado" que, según el juez, "está impidiendo la adecuada persecución de algunas falsas denuncias por falsas maltratadas".
Estas afirmaciones las ha realizado el juez, Manuel Piñar Díaz, en los fundamentos de derecho de una sentencia en la que se condena a una mujer por un delito de presentación de testigos falsos (sus padres) y un delito de falsa denuncia contra su exmarido, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.
Esta nueva declaración se une a las voces de otros magistrados, como el juez Serrano, que han denunciado en numerosas ocasiones la manipulación de los datos de violencia de género y la mala utilización que se ha realizado de esta ley.
Para el magistrado granandino, este "excesivo celo ideológico" de proteger a la mujer "está llevando a quitar la dignidad a determinados varones que son denunciados y sometidos a tediosos y rigurosos procedimientos, que con frecuencia comprenden detención y escarnio público, lo que no hace sino alimentar la violencia, dar un paso atrás en la igualdad ante la ley y en última instancia en el Estado de Derecho".
La falsa maltratada ha sido condenada a 1 año y 6 meses de prisión, con privación del derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena y multa por denunciar en 2 ocasiones a su exmarido falsamente en el 2007.
El exmarido fue juzgado y absuelto por delitos de amenazas e injurias y sufrió en aquel momento la medida de seguridad de no poder acercarse ni comunicarse con la madre de su hija, con el consecuente trastorno que le suponía tener que depender de terceras personas que le ayudaran a la recogida y devolución de la menor. 

Además, el padre no podía asistir a las reuniones del colegio ni hablar con su hija por teléfono durante los casi tres años que ha durado el procedimiento.
Por todo ello, una vez absuelto el hombre interpuso una querella contra su exmujer, y en la sentencia, hecha pública hoy, se hace un estudio pormenorizado de todas las pruebas. Comenta las numerosas pruebas en contra de los condenados, la expareja y sus progenitores, que también han sido condenados por falso testimonio a 6 meses de prisión. 
En el fallo también se recoge que los acusados tendrán que indemnizar solidariamente al afectado en 8 mil euros.
El magistrado considera probado que no hubo amenazas ni insultos y que la mujer quiso "usar en su favor todo el sistema legal de protección a las víctimas de violencia doméstica y ponerlo en contra de su exmarido con el fin de causarle daño".
El abogado del afectado, Diego Fernández Fernández, del despacho Luna y Asociados, ha explicado hoy a Efe que están muy satisfechos con la sentencia debido a que las probabilidades de ganar una querella contra una mujer que denuncia un falso maltrato es muy difícil, ya que no se conocen muchas sentencias que condenen a éstas, y casi el 100x100 no llegan ni a juicio porque se archivan antes.  

jueves, 19 de diciembre de 2013

La Comunidad podría pedir la derogación de la Ley de Tasas

madridpress.com/Lunes, 16 de diciembre de 2013
La Comunidad de Madrid se planteará pedir la derogación de la Ley de Tasas si su recaudación no se dedica íntegramente a justicia, según ha adelantado este lunes el Consejero de Presidencia y Justicia, Salvador Victoria, durante la celebración de la Sectorial de Justicia.
La advertencia se ha producido con motivo de la propuesta formulada por el Ministerio de Justicia sobre que la parte de la recaudación de las nuevas tasas judiciales que irá destinada a financiar la justicia gratuita. Además, la mayoría se ha opuesto también a la nueva demarcación y planta judicial que el Gobierno ha puesto sobre la mesa.
En este contexto, Victoria ha rechazado la propuesta del Ministerio y ha pedido que la cantidad íntegra recaudada por las nuevas tasas se destine a la financiación de la justicia gratuita."Estamos insatisfechos y decepcionados", ha reconocido tras el encuentro, a la vez que ha recordado que la ley de tasas ya tenía la oposición de todo el ámbito judicial y se sustentaba en esa mejora de la justicia gratuita.
Por ello ha adelantado que, si el Gobierno no modifica su propuesta, la Comunidad de Madrid podría llegar a pedir la derogación de la ley de tasas, que quedaría como un instrumento "meramente recaudatorio" y no ayudaría a convertir a la justicia en el servicio público esencial que merecen los ciudadanos.

miércoles, 18 de diciembre de 2013

Detenidas por falsificar certificados de maltrato para recibir ayudas

MÁLAGA, 30 Jul. 2013(EUROPA PRESS) -
La Policía Nacional ha detenido a 4 mujeres en el municipio malagueño de Vélez-Málaga por los delitos de falsedad documental y estafa al Servicio Público de Empleo, ya que supuestamente falsificaban certificaciones como víctimas de violencia de género para gestionar ayudas extraordinarias para personas con dificultad para encontrar trabajo y en situación de necesidad económica.
Las investigaciones, desarrolladas por agentes de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras, se iniciaron con motivo de haber puesto en conocimiento de la Policía Nacional una serie de indicios sobre las actuaciones supuestamente fraudulentas llevadas a cabo por varias mujeres en dicha localidad malagueña de Vélez Málaga, según han informado desde la Comisaría provincial.
Las pesquisas policiales pudieron determinar, según han explicado desde la Policía, que una mujer, de 31 años, acogiéndose a las ayudas extraordinarias para personas con gran dificultad para encontrar trabajo y en situación de necesidad económica había tramitado expediente de Renta Activa de Inserción por ser supuesta víctima de violencia de género.
Para ello, según han manifestado las mismas fuentes a través de un comunicado, presentó una serie de certificados del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de la Concejalía de Acción Social y  Familiar del Ayuntamiento de dicha localidad. 
Las investigaciones policiales apuntaron a que esta mujer había tramitado iguales expedientes para otras 3 mujeres.
Así, a estas mujeres "les cobraba una comisión por facilitarles la documentación y agilizar los expedientes" y de esta forma, obtuvieron la ayuda determinada por la actual legislación y que supone unos 400 euros mensuales, según la Policía Nacional, apuntando que los agentes especializados comprobaron que dichas certificaciones "habían sido falsificadas en su totalidad".
Asimismo, los investigadores comprobaron que los asistentes sociales encargados de las asistencias a estas personas "no solo no habían atendido a las mismas sino que no habían expedido los imprescindibles certificados para la tramitación de los respectivos expedientes".
Las detenidas, 4 mujeres de unos 30 años, vecinas de Vélez Málaga, "habían logrado obtener las citadas ayudas durante varios años, reembolsándose las cantidades económicas que asciende en algunos casos a unos 10.000 euros por este procedimiento", por lo que han sido imputadas de los delitos de falsificación de documentos y estafa al Servicio Público de Empleo.
Las detenidas, junto al atestado policial instruido, han pasado a disposición de un juzgado de Instrucción de dicha localidad y la Policía Nacional continúa con las investigaciones para el total esclarecimiento de los hechos y la posible implicación de otras personas, según han concluido.

Condenada por no pagar la pensión de alimentos a su hija en 10 años

EFE | MURCIA | 17.12.13 


La Sección IIª de la Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso que presentó una mujer contra la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 que la condenó a 12 meses de multa, con una cuota diaria de 3 euros, por no haber pagada la pensión por alimentos a su hija durante 10 años. (1.068 €)
La sentencia confirma así la resolución del Juzgado, que condenó también a la acusada al pago de la cantidad debida por alimentos, que se elevaba a la cifra de 15.300 euros.
Señalaba también que la apelante estaba obligada a pagar por esa pensión 150 euros mensuales a su descendiente, sin que lo hiciera durante 10 años.
En su recurso alegó que su situación económico no se lo había permitido, además de señalar que había tenido 4 hijos con otra pareja, a los que debía atender.
Al desestimar su apelación, el tribunal indica que la recurrente no ha demostrado que careciera de recursos para afrontar esta obligación, además de señalar que se ha comprobado que en ese largo tiempo contó con periodos en los que trabajó.

Divorcio: ¿De donde vienen los niños ?

Los niños NO los trae la cigüeña sino los Reyes Magos... aunque con la ley del divorcio actual, los escasos niños en España, vienen con un piso bajo el brazo.



Predictor, que cuenta más de 40 años de experiencia en concepción, ha comenta las principales conclusiones de los estudios que ponen de manifiesto que las vacaciones, si van asociadas a una reducción de niveles de estrés, pueden incrementar la fertilidad natural tanto de hombres como de mujeres. 
Entre otras cosas, recomienda que aquellas parejas que están intentando concebir, deben intentar relajarse y reducir su exposición a situaciones estresantes a la hora de intentar aumentar su fertilidad; y, además, señala que el invierno, junto con el comienzo de la primavera, es la época del año en la que los espermatozoides tienen una mayor calidad. 
Los patrones que presenta el semen en invierno son compatibles con el aumento de la fecundación, conclusión que ayuda a explicar el elevado número de embarazos que se producen en esta época.
Los periodos de tiempo coinciden con el aumento del número de divorcios, dado el aumento del tiempo en convivencia: Concepción o Divorcio....esa es la cuestión.

martes, 17 de diciembre de 2013

Artículo 158 del Código Civil (España)



Este artículo está redactado conforme a la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores, BOE de 11 de diciembre de 2002 núm. 296, pp.42999-43000.]

Artículo 158 del Código Civil.
El Juez, de oficio o a instancia del propio hijo, de cualquier pariente o del Ministerio Fiscal, dictará:
1. Las medidas convenientes para asegurar la prestación de alimentos y proveer a las futuras necesidades del hijo, en caso de incumplimiento de este deber, por sus padres.
2. Las disposiciones apropiadas a fin de evitar a los hijos perturbaciones dañosas en los casos de cambio de titular de la potestad de guarda.
3. Las medidas necesarias para evitar la sustracción de los hijos menores por alguno de los progenitores o por terceras personas y, en particular, las siguientes:
a) Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial previa.
b) Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido.
c) Sometimiento a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
4. En general, las demás disposiciones que considere oportunas, a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios.
Todas estas medidas podrán adoptarse dentro de cualquier proceso civil o penal o bien en un procedimiento de jurisdicción voluntaria.

Seijas Quintana aboga por imponer la guardia y custodia compartida

José Antonio Seijas Quintana.
José Antonio Seijas Quintana.
La Nueva España » Gijón |13.12.2013 | 
El derecho de familia debe adaptarse a la realidad. Bajo esta premisa el magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, José Antonio Seijas Quintana, defendió ayer durante una conferencia ofrecida en el Ateneo Jovellanos las bondades de la custodia compartida. "Posiblemente esto no sea la panacea de los problemas de la ruptura familiar, pero a mi juicio es muy útil y beneficia sobre todo a los menores, que son los que hay que proteger. Hay otros sistemas igual de defendibles pero debería ir imponiéndose poco a poco la custodia compartida", argumentaba el juez admitiendo que aún "se están dando los primeros pasos en este campo".
Para Seijas Quintana detrás de las peticiones de guardia y custodia compartida que presenten las partes implicadas en un pleito debe existir un "plan que avalen tanto el juez como los técnicos". "Hay alternancias que no hacen "niños maleta" y que son, por ejemplo, de un año, pero hay muchas cosas que resolver en los procesos como lo de quién se queda con la casa", relataba el magistrado.
La crisis económica, reconoce Seijas Quintana, ha cambiado también el modelo de divorcio que se ve a día de hoy en los juzgados de familia de toda España. "La vivienda es uno de los problemas más importantes en las rupturas. El niño queda en el piso en compañía del progenitor que tiene la custodia pero la otra persona tiene que seguir pagando la hipoteca y buscar otra ubicación y eso se está notando hasta en las modificaciones de medidas que se piden", argumentaba el magistrado.

El Rey paraliza, por el momento, el divorcio de los Príncipes de Asturias

felipe y letizia
Eulogio López, eulogio@hispanidad.com
Confidencial | 16/12/2013
Empecemos por lo último. SM el Rey de España ha paralizado los encargados trámites -largos y abstrusos- para un divorcio entre el Príncipe heredero, Felipe de Borbón, y su esposa, Dª Letizia Ortíz Rocasolano (ambos en la imagen).
Decíamos ayer que el Rey ya habría ordenado a sus asesores jurídicos preparar el divorcio entre SAR Príncipe Felipe y su esposa, Dª Letizia Ortiz Rocasolano. Y así era. 
Y lo más grave es que esta considerable tragedia se hubiera perpetrado si el Rey no se hubiese visto sometido a una doble operación en la clínica Quirón.
A partir de ahí se produjo un pulso entre padre e hijo, pulso en el que incluso SM, según las mismas fuentes del entorno real, se planteó el cambiar la dinámica sucesoria
El conflicto llegó a su máximo ‘esplendor’ cuando don Felipe acudió a la Cumbre Iberoamericana sin papel alguno, pues el Rey, imposibilitado para viajar por enfermedad, se hizo presente con un vídeo en el que planteaba la propuesta española y en el que ni citó al heredero allí presente.
Pero don Felipe, afortunadamente, ha logrado salvar su matrimonio. En ello ha tenido que ver el cambio de actitud de la propia Dª Letizia, quien ha pasado de montaraz a colaboradora. El punto de inflexión fue Buenos Aires, el mismo día en el que Madrid perdía la organización de los Juegos Olímpicos de 2020, y que en el colmo de su viaje por la rebeldía, Letizia llegó a mantener una situación bronca con los colaboradores del presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, acerca de cuándo deberían volver a España y de la utilización del avión presidencial para traer de vuelta a los Príncipes de Asturias.
A partir de ahí, doña Letizia cambió de actitud. Menos salidas privadas y más colaboración en el papel institucional que se espera de ella como futura Reina de España. Incluso actividades conjuntas con Su Majestad la Reina y con la infanta Elena, ahora tan en el candelero por haber cumplido 50 años. SAR Elena de Borbón no dejaba de ser una de las alternativas a la sucesión, de hecho, no ha dejado de serlo nunca.
Ese cambio de Dª Letizia, que ha vuelto a sonreír, todavía no ha conseguido su integración en sus deberes como futura reina consorte al 100x100, pero ha servido para serenar los ánimos. La futura Reina, a la que la progresía española considera su baza en el Trono, aunque sea en calidad de consorte, se espera sea definitiva.
En otras palabras, fuentes de Zarzuela confirman a Hispanidad que, por el momento, el divorcio se ha paralizado, aunque las relaciones entre el Rey y su hijo no sean aún las mismas de antaño.
Y eso sí, el Rey no piensa abdicar. Sólo piensa en recuperarse de su lesión en la cadera y volver al 1º plano de la vida pública, recuperar su mala imagen (la mala imagen de doña Letizia no se ha extendido al conjunto de España).
Buena noticia: no se rompe un matrimonio y no se incrementan los problemas del país con un divorcio regio, que siempre es un fracaso. 
Pero recuerden: el Rey no tiene la menor intención de abdicar.

Las mujeres sufren el doble de trastornos mentales que los hombres

Los problemas familiares, el estrés laboral y el desempleo, factores desencadenantes.
Se estima que las mujeres españolas padecen el doble de trastornos mentales que los hombres, debido fundamentalmente a la vulnerabilidad emocional para hacer frente a determinados problemas. A pesar de que la genética o los factores hormonales influyen, los especialistas consideran que algunos factores ambientales pueden desencadenar problemas psicológicos como ansiedad o depresión.
Según Belén Bardón, psiquiatra del centro médico d-médical, “los problemas familiares, estar parado, el entorno sociocultural, los ciclos económicos o la sobrecarga de trabajo son algunos de los aspectos que pueden influir en el desarrollo de trastornos psicológicos en la mujer”.
La ansiedad, la depresión o los trastornos del sueño son ejemplos de síntomas que puede manifestar la mujer por distintas causas. Por ello, hay que prestar especial atención a los factores que rodean a la paciente, ya que pueden manifestarse con más frecuencia e intensidad en determinados momentos en función de la edad cronológica de la mujer.

Psicopatología femenina según la edad.En este sentido, los expertos señalan que en la edad escolar y la adolescencia, las mujeres se ven sometidas a importantes cambios biológicos y psicológicos. “En esta etapa si la mujer se siente desbordada, su necesidad de control externo la llevará a restringir la alimentación intentando crear de esta forma un espacio de control interno y seguridad. Podríamos decir que los trastornos de conducta alimentaria como anorexia y bulimia son los problemas graves más frecuentes en este intervalo de edad”, explica la doctora Bardón.
Los trastornos de ansiedad y adaptativos son comunes en la edad adulta, debido a que la mujer pasa por etapas de fuerte exigencia a nivel profesional, familiar o de pareja. De hecho, con el paso de los años los desafíos van en aumento porque aparecen los hijos y también el desarrollo de la vida profesional. En esta etapa, las mujeres están sobreexigidas, pueden aparecer o agravarse problemas en cualquier esfera y los síntomas que emergen están relacionados a menudo con “no llegar a todo”. 

Continua el artículo aquí

lunes, 16 de diciembre de 2013

El Supremo acepta la maternidad compartida en un matrimonio de lesbianas

EFE / Madrid|Lunes, 16 de diciembre del 2013 
El Tribunal Supremo ha concedido a una mujer la maternidad compartida con su expareja, otra mujer, sobre las 2 hijas que la 2ª concibió mientras estaban casadas, filiación que ella reclamó cuando se divorciaron porque ambas habían firmado juntas el consentimiento para la inseminación.
La Sala Primera de lo Civil del citado tribunal ha analizado por 1ª vez un caso de reclamación de filiación entre dos mujeres casadas entre sí y luego divorciadas. 
El tribunal ha considerado el consentimiento informado de la inseminación artificial, firmado por ambas, como determinante para la atribución de la maternidad a las 2, independientemente de cuál de las ellas haya sido la madre biológica.
El argumento central del Supremo para tomar esta decisión, dibujado siempre desde el interés de los menores y de la estabilidad de su vida familiar, es que la atribución de esta filiación debe seguir el criterio de mantener la posición de madre de quien ya ha asumido ese papel sobre las niñas afectadas.
En este sentido, la sentencia confirma otras anteriores del juzgado y de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que consideraron la voluntad de las partes (de las 2 mujeres cuando estaban casadas) en su compromiso al recurrir a las técnicas de reproducción asistida como el principio inspirador que sirve de título para atribuir la filiación, es decir, la maternidad. De este modo, la sentencia "permite la coexistencia de 2 filiaciones a favor de personas del mismo sexo", según el tribunal.

Adoptada por la Otra.
La pareja protagonista del proceso tuvo una hija en común concebida por fecundación en vitro por una y adoptada por la otra. 
Posteriormente acudieron de nuevo a las técnicas de reproducción asistida (ambas firmaron el consentimiento informado en la clínica en agosto de 2007).
Contrajeron luego matrimonio y más adelante nacieron las 2 hijas (diciembre de 2007) que fueron inscritas en el registro con una sola filiación, la de la madre biológica, expediente contra el que recurrieron las 2 (es decir, también propia madre biológica).
Sin embargo, tras la ruptura de la pareja, fue esta misma persona (la madre biológica) quien se opuso ante el Supremo a que se reconociera la doble filiación, mientras que su exmujer mantuvo la exigencia, petición a la que accedieron 2 instancias y que ahora ha concedido definitivamente el Supremo.

domingo, 15 de diciembre de 2013

El Tribunal Supremo y la Custodia Compartida

La sentencia de 29 de abril de 2013 declara como doctrina jurisprudencial la siguiente: "la interpretación de los art. 92, 5 , 6 y 7 CC debe estar fundada en el interés de los menores que van a quedar afectados por la medida que se deba tomar, que se acordará cuando concurran criterios tales como:
1.- la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales; 
2.- los deseos manifestados por los menores competentes; 
3.- el número de hijos
4.- el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes
en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales; 

5.- el resultado de los informes exigidos legalmente, y,
6.- en definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada, aunque en la práctica pueda ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven. 

Señalando que la redacción del art. 92 no permite concluir que se trate de una medida excepcional, sino que al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea". 
Es decir, se prima el interés del menor y este interés, que ni el art. 92 del Código Civil ni el art. 9 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, definen ni determinan, exige sin duda un compromiso mayor y una colaboración de sus progenitores tendente a que este tipo de situaciones se resuelvan en un marco de normalidad familiar que saque de la rutina una relación simplemente protocolaria del padre no custodio con sus hijos que, sin la expresa colaboración del otro, termine por desincentivarla tanto desde la relación del no custodio con sus hijos, como de estos con aquel.