http://www.elconfidencial.com/sociedad/2011/igualdad-divorcio-tazas-20110507-78347.html
CADA VEZ MÁS SENTENCIAS IGUALAN A HOMBRE Y MUJER: ¿Igualdad en el divorcio?
Sociedad @María López.- 07/05/2011
Soplan vientos de cambio. Cada vez son más los jueces que dictan sentencias que igualan a hombre y mujer… pero no sólo en derechos, sino también en obligaciones.
Estos días el Supremo emitía su fallo sobre el pago de las hipotecas que estipulaba que los divorciados debían abonar la deuda al 50%.
En otro tribunal, un juez de Sevilla obligaba a una pareja de divorciados a vivir por turnos con sus hijos, de 3 meses en 3 meses, custodia compartida y la vivienda no para ella, sino para los dos y por turnos.
La sentencia es pionera porque el Código Civil atribuye el domicilio familiar al cónyuge al que se le da la custodia.
En más del 90% de los casos al final ellas son las que terminan en casa y ellos haciendo las maletas.
El Confidencial recoge a pie de calle todo tipo de comentarios ante estas decisiones judiciales: Pilar, casada y con hijos:
“Me parece bien porque ahora no es como antes, las mujeres trabajamos y no tiene porqué castigarse siempre al hombre cuando existe un divorcio”;
Juanjo, divorciado:
“¿No quieren igualdad? Pues toma dos tazas. Igualdad sí, pero en derechos, en obligaciones y para todos”;
Alonso, empleado en una entidad bancaria:
“Lo que ha unido Dios que no lo separe el banco. Es que había casos muy fuertes en los que él pagaba el 100% de hipoteca y ella nada. Claro que también habría que ver caso por caso cuál es la situación particular de cada uno”.
En España se rompen a diario más de 3 matrimonios o parejas.
De los más de 100.000 divorcios que se registran al año, un 60% de los casos acaba consensuando la ruptura, pero el resto, hasta un 40%, termina en los tribunales y, en este sentido, el mazo de la justicia nada tiene que ver con el del ciudadano de a pie.
Es curioso comprobar los diferentes puntos de vista que existen en torno al divorcio y la justicia.
José Luis Ramírez, juez y portavoz de Jueces para la Democracia, admite que “en asuntos familiares se pisa siempre un terreno muy complicado y cada caso es un mundo porque presenta peculiaridades y detalles que sólo el juez conoce, pero en sentencias como las de Sevilla, la ley no prioriza a los progenitores. Los importantes no son ni él, ni ella, sino los más débiles, los niños”.
La Asociación de Mujeres Juristas Themis se fundó con el objetivo de promover la igualdad jurídica entre hombres y mujeres.
Su presidenta, Ángela Cerrillos, no está de acuerdo con el amplio margen y la capacidad que tienen los magistrados a la hora de aplicar la justicia.
En el caso de Sevilla ve en el magistrado Francisco Serrano “el juez adalid de la custodia compartida. A la hora de dictar sentencia ha sido coherente con lo que él piensa, pero yo no estoy de acuerdo”.
Según Cerrillos, “es una barbaridad porque se está experimentando con los niños. Usted fíjese en los enfrentamientos que pueden generarse entre el padre y la madre, imagine la convivencia y lo que puede ser el hoy te toca a ti y mañana a mí. Le pongo un ejemplo, te rompo los enchufes y ahora te buscas quien te los arregle los meses que te toque vivir a ti. El experimento puede acabar siendo un estropicio, me gustaría saber qué pasaría dentro de unos años y cómo influirá esta nueva fórmula en los niños”.
Aún así, añade, en general “el margen de interpretación y decisión que tienen los jueces me parece que es exagerado y en algunos casos perjudicial”.
Hay quienes, sin embargo, ven en este margen que tienen los jueces la única fórmula para que la lenta maquinaria de la justicia avance a golpe de jurisprudencia.
La abogada, Raquel Gil Muñoz, valora en positivo este tipo de sentencias, “es que – explica Gil- los que han de hacer un punto y aparte en sus vidas son la pareja, pero no los niños. Ellos deben romper lo menos posible su vida cotidiana. Yo sí veo positivamente esta sentencia porque, por primera vez, los niños no son tratados como maletas que van de acá para allá”.
Sobre los procesos de divorcios reconoce que existe una clara desigualdad que habría que corregir hacia el hombre.
“Hemos evolucionado, cada vez somos más las mujeres trabajadoras con independencia económica y habría que avanzar en ese sentido, al casarnos adquirimos derechos pero también obligaciones y al divorciarnos ha de ser igual, decisiones justas para ambas partes”.
Dime qué juez te toca y te diré qué va a ser de ti.
Carlos Aldariz acaba de divorciarse hace un año y su vida ha dado un giro total.
Nos cuenta que ahora mismo “estoy al borde de la ruina y no exagero”.
Su sueldo es de 1.800 euros y paga a su ex mujer 700 euros al mes.
Al tener ella la custodia de los niños, él ha tenido que buscarse una vivienda.
La situación económica le ha obligado a regresar, al menos de momento, a casa de sus padres. Entre el pago de la pensión y el de la hipoteca, “me quedan 300 euros para vivir al mes y paga comida, paga transporte, gastos corrientes… es una desgracia –se lamenta Carlos-, pero a mí el juez me ha marcado la vida”.
Durante los meses de verano se da, además, la circunstancia de que el mes que él está con sus hijos y que, por tanto, corre con los gastos de manutención, tiene que seguir dando a su ex pareja los 700 euros de rigor.
Carlos se siente por todo ello defraudado.
“Los tribunales me han hundido. Comprendo que cuando estamos ante un mal padre la ley sea inflexible y rotunda, pero en casos como el mío y como el de otros muchos padres, lo legal no es lo justo. Los jueces deberían tenernos en cuenta también a nosotros”.
Lo ideal, termina, sería aplicar la máxima de Louis Sébastien Mercier:
“Juzga a un hombre cuando te hayas puesto en su lugar”.
¿Vive el juez en una torre de cristal?
Así como el profesor que es padre entiende mejor a los progenitores en su labor educativa, el juez que ha constituido una familia ¿conoce de cerca los problemas que puede generar una separación o un divorcio?
¿Puede influir su estado civil, casado o divorciado en su toma de decisiones?
¿Será más o menos sensible dependiendo de si es o no padre de familia?
José Luis Ramírez, el portavoz de Jueces para la democracia apunta que “a la hora de tener que resolver una situación de litigio en familia a los jueces no nos condiciona la decisión nuestra situación personal pero sí es muy importante tener experiencia personal y conocer en profundidad el contexto”.
Esta asociación lleva años reivindicando que se cambie la fórmula de acceso a la plaza de juez, “hacen las oposiciones y hay que modificar el proceso porque los aspirantes a juez se meten en sus torres de marfil para estudiar durante años y pierden el contacto con la sociedad. Quienes consiguen llegar se ponen a juzgar sin conocer el contexto social y quien aplica las leyes ha de conocer la sociedad en la que se desenvuelve”.
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 7 de mayo de 2011
La custodia compartida: Art.92 del Código Civil
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/nuevo-art-92-cc.pdf
La custodia compartida: génesis del nuevo art. 92 del Código Civil
Joaquín María RIVERA ÁLVAREZ.Departamento de Derecho Civil Universidad Complutense de Madrid. 13 junio 2005
El Gobierno español ha presentado una reforma del Código Civil que introducirá la custodia compartida en nuestra legislación.
Este modelo de guarda es excepcionalmente permitido por nuestros tribunales si los padres
acuerdan este en situaciones especiales que prueben que la custodia compartida es la mejor elección para beneficiar a los hijos.
La nueva legislación no cambiará esta concepción.
Quizás introduzca cambios en la visión de los abogados y sus clientes que contemplarán esta nueva posibilidad en sus negociaciones.
La custodia compartida: génesis del nuevo art. 92 del Código Civil
Joaquín María RIVERA ÁLVAREZ.Departamento de Derecho Civil Universidad Complutense de Madrid. 13 junio 2005
El Gobierno español ha presentado una reforma del Código Civil que introducirá la custodia compartida en nuestra legislación.
Este modelo de guarda es excepcionalmente permitido por nuestros tribunales si los padres
acuerdan este en situaciones especiales que prueben que la custodia compartida es la mejor elección para beneficiar a los hijos.
La nueva legislación no cambiará esta concepción.
Quizás introduzca cambios en la visión de los abogados y sus clientes que contemplarán esta nueva posibilidad en sus negociaciones.
viernes, 6 de mayo de 2011
Divorcio y Escuela: Cambio de colegio unilateral
http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Cambio/colegio/unilateral/elpepiespand/20110119elpand_13/Tes
Cambio de colegio unilateral.
El Defensor exige a Educación un protocolo de actuación para los alumnos de padres divorciados.
Pide regular los traslados de centro y el acceso a las notas.
MANUEL PLANELLES - Sevilla - 19/01/2011
El traslado de colegio de un menor es lo suficientemente importante como para que, en el caso de padres divorciados, ambos progenitores tengan que dar su visto bueno al cambio.
Así lo cree el Defensor del Pueblo Andaluz, que ayer difundió una resolución en la que insta a la Consejería de Educación a que elabore "unas normas o un protocolo de actuación" para abordar los problemas durante la escolarización que puedan surgir con los alumnos menores cuyos padres se han separado o divorciado.
En concreto, la oficina de José Chamizo pide que se regulen los cambios o traslados de centro escolar para que la Administración confirme que esta decisión "cuenta con el consentimiento expreso" de los 2 progenitores, en el caso de que ambos tengan la patria potestad.
Según el Defensor, se trata de asuntos lo suficientemente trascendentes para el menor como para que los padres tengan que ponerse de acuerdo. En el caso de que no sea posible, será un juez el que tenga que resolver sobre esta controversia.
Además, Chamizo también conmina a la consejería a que permita que ambos progenitores puedan acceder a la "información sobre el proceso escolar de sus hijos", independientemente de que solo uno de ellos tenga la guardia y custodia del menor.
Sostiene el Defensor en su resolución que este problema se ha convertido en algo recurrente "habida cuenta del incremento de rupturas de las relaciones familiares (separaciones o divorcios)" y del número de quejas que se están presentando ante su oficina.
El cambio de centro educativo, según la oficina de Chamizo, es algo que va más allá "de las decisiones normales u ordinarias de la vida del alumno", por lo que se requiere el consentimiento "expreso" de los dos progenitores.
Por un lado, en la resolución se cita la importancia de "la elección de un colegio público, concertado o privado" y los cambios de "una educación laica a religiosa o viceversa" que puede acarrear el traslado de centro del menor.
Pero también se insiste en "que dicho cambio va a generar una alteración sustancial de sus amigos y compañeros", además de que el chico deberá adaptarse a un nuevo profesorado y "a un nuevo sistema de enseñanza".
Tras una de las quejas que se presentaron ante Chamizo, el Defensor requirió a la consejería información sobre la forma en la que procede con este tipo de casos.
La Administración esgrimió el artículo 156 del Código Civil en el que se señala que serán válidos "los actos que realice uno de ellos [de los progenitores] conforme al uso social y las circunstancias, o en situaciones de urgente necesidad".
Sin embargo, según Chamizo, el cambio de centro educativo excede lo que se podría considerar "normal o cotidiano", por lo que requeriría del acuerdo entre los 2 progenitores con la patria potestad reconocida.
Por ello, la consejería no puede limitarse a tener la petición de solo uno de los padres. Chamizo señala que, dentro del ámbito educativo, sería válida la decisión unilateral del cónyuge que tenga la custodia para "las decisiones relativas a excursiones, actividades escolares no habituales, solicitud de becas y otras ayudas al estudio" o clases "extraescolares no periódicas".
En el caso de la consulta de los datos sobre la evolución de los alumnos, el Defensor reclama a Educación que modifique el sistema informático para que ambos progenitores puedan tener esta información.
Cambio de colegio unilateral.
El Defensor exige a Educación un protocolo de actuación para los alumnos de padres divorciados.
Pide regular los traslados de centro y el acceso a las notas.
MANUEL PLANELLES - Sevilla - 19/01/2011
El traslado de colegio de un menor es lo suficientemente importante como para que, en el caso de padres divorciados, ambos progenitores tengan que dar su visto bueno al cambio.
Así lo cree el Defensor del Pueblo Andaluz, que ayer difundió una resolución en la que insta a la Consejería de Educación a que elabore "unas normas o un protocolo de actuación" para abordar los problemas durante la escolarización que puedan surgir con los alumnos menores cuyos padres se han separado o divorciado.
En concreto, la oficina de José Chamizo pide que se regulen los cambios o traslados de centro escolar para que la Administración confirme que esta decisión "cuenta con el consentimiento expreso" de los 2 progenitores, en el caso de que ambos tengan la patria potestad.
Según el Defensor, se trata de asuntos lo suficientemente trascendentes para el menor como para que los padres tengan que ponerse de acuerdo. En el caso de que no sea posible, será un juez el que tenga que resolver sobre esta controversia.
Además, Chamizo también conmina a la consejería a que permita que ambos progenitores puedan acceder a la "información sobre el proceso escolar de sus hijos", independientemente de que solo uno de ellos tenga la guardia y custodia del menor.
Sostiene el Defensor en su resolución que este problema se ha convertido en algo recurrente "habida cuenta del incremento de rupturas de las relaciones familiares (separaciones o divorcios)" y del número de quejas que se están presentando ante su oficina.
El cambio de centro educativo, según la oficina de Chamizo, es algo que va más allá "de las decisiones normales u ordinarias de la vida del alumno", por lo que se requiere el consentimiento "expreso" de los dos progenitores.
Por un lado, en la resolución se cita la importancia de "la elección de un colegio público, concertado o privado" y los cambios de "una educación laica a religiosa o viceversa" que puede acarrear el traslado de centro del menor.
Pero también se insiste en "que dicho cambio va a generar una alteración sustancial de sus amigos y compañeros", además de que el chico deberá adaptarse a un nuevo profesorado y "a un nuevo sistema de enseñanza".
Tras una de las quejas que se presentaron ante Chamizo, el Defensor requirió a la consejería información sobre la forma en la que procede con este tipo de casos.
La Administración esgrimió el artículo 156 del Código Civil en el que se señala que serán válidos "los actos que realice uno de ellos [de los progenitores] conforme al uso social y las circunstancias, o en situaciones de urgente necesidad".
Sin embargo, según Chamizo, el cambio de centro educativo excede lo que se podría considerar "normal o cotidiano", por lo que requeriría del acuerdo entre los 2 progenitores con la patria potestad reconocida.
Por ello, la consejería no puede limitarse a tener la petición de solo uno de los padres. Chamizo señala que, dentro del ámbito educativo, sería válida la decisión unilateral del cónyuge que tenga la custodia para "las decisiones relativas a excursiones, actividades escolares no habituales, solicitud de becas y otras ayudas al estudio" o clases "extraescolares no periódicas".
En el caso de la consulta de los datos sobre la evolución de los alumnos, el Defensor reclama a Educación que modifique el sistema informático para que ambos progenitores puedan tener esta información.
¿TIENEN LOS HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS MÁS MIEDO A IR AL COLEGIO?
http://www.infocoponline.es/view_article.asp?id=2039
¿TIENEN LOS HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS MÁS MIEDO A IR AL COLEGIO?
El artículo original en el que está basado este trabajo puede encontrarse en la revista International Journal of Clinical and Health Psychology:
02/10/2008 . © INFOCOP ONLINE.
Mireia Orgilés(1), José Pedro Espada (1), Xavier Méndez (2) y José Manuel García-Fernández (3 )
(1) Universidad Miguel Hernández de Elche, (2) Universidad de Murcia y (3) Universidad de Alicante.
Los miedos escolares son muy frecuentes en la infancia, de forma que en algún momento de su vida la mayoría de los niños ha manifestado cierto grado de temor relacionado con el colegio, que suele desaparecer con el tiempo.
En algunos casos el miedo es muy intenso y el niño se resiste de forma recurrente a ir al colegio, manifestando síntomas físicos como dolor de cabeza o de estómago, y mostrando ansiedad anticipatoria al salir de casa para ir a la escuela o incluso al despertarse o vestirse por la mañana.
Existen diferentes factores que pueden contribuir a que un niño experimente miedo intenso a ir al colegio.
Por ejemplo, la exposición a algún suceso vital estresante, como un cambio de colegio o una mala relación con sus compañeros, puede precipitar la presencia de miedos escolares en niños que son vulnerables a reaccionar con ansiedad.
Cuando se produce una ruptura de pareja son muchos los cambios en la estructura familiar que afectan a los hijos.
El niño con frecuencia cambia de casa, de colegio, de compañeros y/o de amigos.
Dichos cambios pueden resultar estresantes, favoreciendo el miedo del niño a asistir a la escuela y aumentando su ansiedad al separarse de las figuras de apego.
El aumento del número de rupturas de pareja en nuestro país en las 2 últimas décadas justifica la importancia del estudio de los problemas emocionales en hijos de padres divorciados, entre ellos los miedos escolares, por su frecuencia y repercusión.
Para conocer si el divorcio de los padres influye en los hijos, fomentando el miedo a acudir al colegio, profesores de la Universidad Miguel Hernández, en colaboración con colegas de otras universidades, han llevado a cabo un estudio con 190 niños de 8 a 12 años, de los que 95 eran hijos de padres divorciados.
Los niños cumplimentaron el Inventario de Miedos Escolares-Forma Preadolescentes (IME-PreA), elaborado por los profesores García-Fernández y Méndez (2008), en el que se presentan situaciones relacionadas con el colegio que pueden generar miedo, malestar o desagrado.
El niño debe valorar el temor que siente ante esos estímulos, calificándolo de nada, algo o mucho.
Mediante el inventario se examina la presencia de miedos escolares en general, y la existencia de miedos escolares más específicos:
a.- miedo al fracaso escolar y al castigo,
b.- miedo al malestar físico,
c.- miedo a la evaluación social y escolar, y
d.- ansiedad anticipatoria.
Los resultados del estudio muestran que los hijos de padres divorciados puntúan más alto en el Inventario de Miedos Escolares que los niños cuyos padres viven juntos, aunque las diferencias entre ambos grupos son pequeñas.
Únicamente existen diferencias significativas entre los hijos de padres divorciados y no divorciados en los miedos vinculados con el fracaso escolar y el castigo, más frecuentes en los niños que proceden de una familia intacta.
Los miedos relacionados con fracasar en el colegio y ser castigado son los más frecuentes en todos los niños que participaron en el estudio y han sido considerados como los miedos escolares más intensos en otros trabajos anteriores.
Sin embargo, los resultados hallados muestran que los niños cuyos padres se han divorciado muestran menos temor que el resto ante este tipo de miedos, entre los que se incluyen obtener malas notas, repetir curso, suspender o copiar en un examen, que les llame el director o ser castigados.
El análisis de regresión logística llevado a cabo confirma estas diferencias e indica que la probabilidad de presentar miedos relacionados con el fracaso escolar y el castigo es 0,42 veces mayor en los niños que no han vivido la ruptura conyugal de sus padres.
El divorcio suele producir cambios en las pautas y normas de conducta que los padres aplican a sus hijos.
La conflictividad y discrepancia entre ambos padres se refleja a menudo en un aumento de la permisividad, como un intento de compensar al niño por la situación que está atravesando y en la falta de supervisión de los hijos.
Los cambios en el estilo educativo, las diferencias entre las pautas de crianza de los padres y un nivel de exigencia menor podría explicar que los hijos con padres divorciados tengan menos miedo al fracaso escolar y a ser castigados, en comparación con los niños que viven con ambos padres.
Como conclusión cabe destacar que es posible prevenir las reacciones emocionales negativas de los niños después de la ruptura conyugal.
Para ello sería necesario minimizar los cambios bruscos en las pautas de conducta que los padres dan a sus hijos y mantener un estilo educativo común y coherente.
Referencias:
García-Fernández, J.M. y Méndez, X. (2008). Inventario de Miedos Escolares, Forma Preadolescentes.
En X. Méndez, M. Orgilés y J.P. Espada, Ansiedad por separación: psicopatología, evaluación y tratamiento (pp. 117-118). Madrid: Pirámide.
Orgilés, M., Espada, J.P.; Méndez, X. y García-Fernández, J.M. (2008). Miedos escolares en hijos de padres divorciados y no divorciados. International Journal of Clinical and Health Psychology 8 (3), 693-703.
¿TIENEN LOS HIJOS DE PADRES DIVORCIADOS MÁS MIEDO A IR AL COLEGIO?
El artículo original en el que está basado este trabajo puede encontrarse en la revista International Journal of Clinical and Health Psychology:
02/10/2008 . © INFOCOP ONLINE.
Mireia Orgilés(1), José Pedro Espada (1), Xavier Méndez (2) y José Manuel García-Fernández (3 )
(1) Universidad Miguel Hernández de Elche, (2) Universidad de Murcia y (3) Universidad de Alicante.
Los miedos escolares son muy frecuentes en la infancia, de forma que en algún momento de su vida la mayoría de los niños ha manifestado cierto grado de temor relacionado con el colegio, que suele desaparecer con el tiempo.
En algunos casos el miedo es muy intenso y el niño se resiste de forma recurrente a ir al colegio, manifestando síntomas físicos como dolor de cabeza o de estómago, y mostrando ansiedad anticipatoria al salir de casa para ir a la escuela o incluso al despertarse o vestirse por la mañana.
Existen diferentes factores que pueden contribuir a que un niño experimente miedo intenso a ir al colegio.
Por ejemplo, la exposición a algún suceso vital estresante, como un cambio de colegio o una mala relación con sus compañeros, puede precipitar la presencia de miedos escolares en niños que son vulnerables a reaccionar con ansiedad.
Cuando se produce una ruptura de pareja son muchos los cambios en la estructura familiar que afectan a los hijos.
El niño con frecuencia cambia de casa, de colegio, de compañeros y/o de amigos.
Dichos cambios pueden resultar estresantes, favoreciendo el miedo del niño a asistir a la escuela y aumentando su ansiedad al separarse de las figuras de apego.
El aumento del número de rupturas de pareja en nuestro país en las 2 últimas décadas justifica la importancia del estudio de los problemas emocionales en hijos de padres divorciados, entre ellos los miedos escolares, por su frecuencia y repercusión.
Para conocer si el divorcio de los padres influye en los hijos, fomentando el miedo a acudir al colegio, profesores de la Universidad Miguel Hernández, en colaboración con colegas de otras universidades, han llevado a cabo un estudio con 190 niños de 8 a 12 años, de los que 95 eran hijos de padres divorciados.
Los niños cumplimentaron el Inventario de Miedos Escolares-Forma Preadolescentes (IME-PreA), elaborado por los profesores García-Fernández y Méndez (2008), en el que se presentan situaciones relacionadas con el colegio que pueden generar miedo, malestar o desagrado.
El niño debe valorar el temor que siente ante esos estímulos, calificándolo de nada, algo o mucho.
Mediante el inventario se examina la presencia de miedos escolares en general, y la existencia de miedos escolares más específicos:
a.- miedo al fracaso escolar y al castigo,
b.- miedo al malestar físico,
c.- miedo a la evaluación social y escolar, y
d.- ansiedad anticipatoria.
Los resultados del estudio muestran que los hijos de padres divorciados puntúan más alto en el Inventario de Miedos Escolares que los niños cuyos padres viven juntos, aunque las diferencias entre ambos grupos son pequeñas.
Únicamente existen diferencias significativas entre los hijos de padres divorciados y no divorciados en los miedos vinculados con el fracaso escolar y el castigo, más frecuentes en los niños que proceden de una familia intacta.
Los miedos relacionados con fracasar en el colegio y ser castigado son los más frecuentes en todos los niños que participaron en el estudio y han sido considerados como los miedos escolares más intensos en otros trabajos anteriores.
Sin embargo, los resultados hallados muestran que los niños cuyos padres se han divorciado muestran menos temor que el resto ante este tipo de miedos, entre los que se incluyen obtener malas notas, repetir curso, suspender o copiar en un examen, que les llame el director o ser castigados.
El análisis de regresión logística llevado a cabo confirma estas diferencias e indica que la probabilidad de presentar miedos relacionados con el fracaso escolar y el castigo es 0,42 veces mayor en los niños que no han vivido la ruptura conyugal de sus padres.
El divorcio suele producir cambios en las pautas y normas de conducta que los padres aplican a sus hijos.
La conflictividad y discrepancia entre ambos padres se refleja a menudo en un aumento de la permisividad, como un intento de compensar al niño por la situación que está atravesando y en la falta de supervisión de los hijos.
Los cambios en el estilo educativo, las diferencias entre las pautas de crianza de los padres y un nivel de exigencia menor podría explicar que los hijos con padres divorciados tengan menos miedo al fracaso escolar y a ser castigados, en comparación con los niños que viven con ambos padres.
Como conclusión cabe destacar que es posible prevenir las reacciones emocionales negativas de los niños después de la ruptura conyugal.
Para ello sería necesario minimizar los cambios bruscos en las pautas de conducta que los padres dan a sus hijos y mantener un estilo educativo común y coherente.
Referencias:
García-Fernández, J.M. y Méndez, X. (2008). Inventario de Miedos Escolares, Forma Preadolescentes.
En X. Méndez, M. Orgilés y J.P. Espada, Ansiedad por separación: psicopatología, evaluación y tratamiento (pp. 117-118). Madrid: Pirámide.
Orgilés, M., Espada, J.P.; Méndez, X. y García-Fernández, J.M. (2008). Miedos escolares en hijos de padres divorciados y no divorciados. International Journal of Clinical and Health Psychology 8 (3), 693-703.
Padres divorciados, un problema en el colegio
http://www.elperiodicomediterraneo.com/noticias/noticia.asp?pkid=639429
Padres divorciados, un problema en el colegio.
Fiscalía alerta de acoso en redes sociales o palizas en el móvil..
24/02/2011 M.C.T. MEDITERRÁNEO
Padres divorciados que incumplen el régimen de visitas y acuden a por sus críos al colegio el día que no les corresponde; profesores que no saben a cuál de los progenitores avisar en caso de una reunión con el tutor de su hijo... son algunas de las cuestiones que llevan de cabeza a los directores de los centros educativos y que ayer trató de resolver el juez de Familia José Luis Conde Pumpido, en una jornada de trabajo organizada por la Conselleria de Educación sobre Los centros educativos ante los conflictos escolares derivados de las familias en las que los progenitores no conviven.
Conde Pumpido explicó que hay que atenerse a lo que recoge la sentencia y son los progenitores quiénes deben comunicarlo, porque son los interesados.
Por su parte, la fiscal delegada de Menores de la Fiscalía Provincial, Candelas Rodríguez, alertó sobre los casos de violencia escolar, grabados a través del móvil o de los insultos o amenazas cuyo mecanismo de transmisión es el chat.
Aunque indicó que estos también siguen produciéndose directamente y que suceden dentro y fuera del centro.
También confirmó que “alguna denuncia ha llegado a fiscalía provincial” de agresiones a profesores, por la vía de la denuncia formulada en la Comisaría.
VIOLENCIA DOMÉSTICA .
Por su parte, Irene Adelantado, coordinadora del Punto de Encuentro, destacó que la labor del profesorado es fundamental ante el maltrato en el ámbito familiar a partir de signos de alerta, como cambios en la actitud del menor, que se muestra retraído o un cambio de rendimiento escolar.
La fiscal de Menores también advirtió que ante el absentismo escolar es “primordial” la labor del centro, en la prevención, y de la Mesa de Absentismo, para poder atajarlo, porque la Fiscalía interviene cuando ya es muy reiterado y no se ha podido hacer nada en todas las instancias anteriores.
En estos casos, indicó que la Fiscalía puede imputar a los progenitores un delito de abandono y de incumplimiento del deber de la patria potestad que conlleva pena de multa.
Padres divorciados, un problema en el colegio.
Fiscalía alerta de acoso en redes sociales o palizas en el móvil..
24/02/2011 M.C.T. MEDITERRÁNEO
Padres divorciados que incumplen el régimen de visitas y acuden a por sus críos al colegio el día que no les corresponde; profesores que no saben a cuál de los progenitores avisar en caso de una reunión con el tutor de su hijo... son algunas de las cuestiones que llevan de cabeza a los directores de los centros educativos y que ayer trató de resolver el juez de Familia José Luis Conde Pumpido, en una jornada de trabajo organizada por la Conselleria de Educación sobre Los centros educativos ante los conflictos escolares derivados de las familias en las que los progenitores no conviven.
Conde Pumpido explicó que hay que atenerse a lo que recoge la sentencia y son los progenitores quiénes deben comunicarlo, porque son los interesados.
Por su parte, la fiscal delegada de Menores de la Fiscalía Provincial, Candelas Rodríguez, alertó sobre los casos de violencia escolar, grabados a través del móvil o de los insultos o amenazas cuyo mecanismo de transmisión es el chat.
Aunque indicó que estos también siguen produciéndose directamente y que suceden dentro y fuera del centro.
También confirmó que “alguna denuncia ha llegado a fiscalía provincial” de agresiones a profesores, por la vía de la denuncia formulada en la Comisaría.
VIOLENCIA DOMÉSTICA .
Por su parte, Irene Adelantado, coordinadora del Punto de Encuentro, destacó que la labor del profesorado es fundamental ante el maltrato en el ámbito familiar a partir de signos de alerta, como cambios en la actitud del menor, que se muestra retraído o un cambio de rendimiento escolar.
La fiscal de Menores también advirtió que ante el absentismo escolar es “primordial” la labor del centro, en la prevención, y de la Mesa de Absentismo, para poder atajarlo, porque la Fiscalía interviene cuando ya es muy reiterado y no se ha podido hacer nada en todas las instancias anteriores.
En estos casos, indicó que la Fiscalía puede imputar a los progenitores un delito de abandono y de incumplimiento del deber de la patria potestad que conlleva pena de multa.
jueves, 5 de mayo de 2011
Separación e hipoteca: una mala combinación
http://www.yaencontre.com/noticias/noticias/opinion/separacion-e-hipoteca-una-mala-combinacion
Separación e hipoteca: una mala combinación.
Si le añadimos al trauma emocional de una separación de parejas el daño patrimonial que conlleva tener en común una vivienda hipotecada en un mercado inmobiliario muy poco líquido (en otras palabras, con muchas dificultades para vender la vivienda a un precio razonable), el drama está servido.
22/11/2010. Ya encontre.com
Cuando 2 personas tienen en común una vivienda y un préstamo hipotecario, tienen varias opciones para deshacer la situación:
•Vender la vivienda a un tercero, cancelar la hipoteca y repartirse las ganancias o pérdidas, en su caso. Sería la mejor opción, complicada dada la coyuntura actual.
•Proceder a la extinción del condominio; para entendernos, se "vende" la casa al otro.
•La dación en pago a la entidad bancaria; es una opción bastante complicada, que consiste en ofrecer al banco la casa a cambio de quitarnos la deuda hipotecaria.
La inseguridad jurídica para el banco que conlleva este procedimiento dificulta su realización.
•Situaciones temporales intermedias que no afectan a la propiedad del bien; desde vivir juntos después de la separación (hoy en día es una situación habitual) y seguir pagando la hipoteca hasta que uno se va de alquiler o a la casa de sus padres y el otro se queda en la vivienda hipotecada, acordando como se reparte el pago la hipoteca y demás gastos.
Veremos con cierto detalle la extinción o disolución de condominio.
Pero primero conviene conocer la definición jurídica que hace del condominio el Código Civil:
"Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas"
Una vivienda cuya propiedad está repartida al 50% por cada miembro de la pareja, a efectos legales es una comunidad de bienes, siendo el bien la casa.
El pro indiviso significa que si bien cada una de las partes tienen la mitad del piso, esta mitad no está definida. Es decir, tienen la mitad en conjunto, pero no se especifica si uno tiene el comedor y el otro la habitación del matrimonio, por ejemplo.
La extinción de condominio: mejor opción que la venta
A efectos reales vender el pro indiviso al otro propietario o extinguir el condominio tiene el mismo resultado. La propiedad del 100% pasa a ser de un solo titular.
Pero a efectos fiscales hay mucha diferencia.
Si vendemos el 50% de nuestra casa a la ex-pareja, valorando la venta en la mitad de la hipoteca (imaginemos que nuestra mitad son 100.000 euros), pagamos de gastos unos 8.100 euros (sin contar los gastos de la hipoteca resultante).
En cambio, si lo que firmamos ante notario es una extinción de condominio valorándolo por 100.000 euros, los gastos son de 2.100 euros.
El impuesto de AJD es sólo del 1%, en lugar del 7% que se paga si se instrumenta como una compra-venta.
El ahorro fiscal de utilizar el recurso de la extinción de condominio es de 7.000 euros (para una valoración de la mitad de la casa de 100.000 euros). Una cifra nada despreciable, ¿verdad?
El problema: la hipoteca
Extinguir el condominio es sencillo y relativamente barato, como ya hemos visto.
Pero no todo podían ser bondades. El problema es el préstamo hipotecario.
Si firmamos ante notario la extinción a favor de nuestra ex-pareja y nos quedamos tan contentos, los problemas vendrán más adelante; la razón es que con esta firma lo único que se hace es dejar de constar en el Registro de la Propiedad titular de la casa.
Pero para el banco que concedió la hipoteca seguimos siendo titulares del préstamo.
Por tanto, seguimos siendo deudores de la hipoteca y figuramos en la CIRBE.
Si nuestro ex no paga el banco nos embargará la nómina y resto de propiedades también a nosotros.
En el mejor de los casos, que la hipoteca se paga correctamente, vamos a tener problemas para solicitar otro préstamo, ya que figuramos como deudores de la hipoteca antigua.
Recomiendo nunca firmar una extinción de condominio antes de tener aprobada una nueva hipoteca en la que el titular sea la persona que será propietaria del 100% de la vivienda.
Es decir, primero quien se queda el inmueble debe tramitar una hipoteca en que sólo salga ella de titular (con otros familiares o terceros de avalistas o titulares, si lo exige su banco);
el día de la firma ante notario primero se firma la escritura de extinción de condominio para acto seguido firmar una escritura de préstamo hipotecario.
Si el abogado de la otra parte le sugiere firmar un convenio en que usted cede la vivienda a cambio de que la ex-pareja pague la hipoteca, sonría y diga que no: no es muy buen negocio ceder la propiedad de la vivienda y seguir siendo deudor del banco (diga lo que diga el convenio de separación).
Separación e hipoteca: una mala combinación.
Si le añadimos al trauma emocional de una separación de parejas el daño patrimonial que conlleva tener en común una vivienda hipotecada en un mercado inmobiliario muy poco líquido (en otras palabras, con muchas dificultades para vender la vivienda a un precio razonable), el drama está servido.
22/11/2010. Ya encontre.com
Cuando 2 personas tienen en común una vivienda y un préstamo hipotecario, tienen varias opciones para deshacer la situación:
•Vender la vivienda a un tercero, cancelar la hipoteca y repartirse las ganancias o pérdidas, en su caso. Sería la mejor opción, complicada dada la coyuntura actual.
•Proceder a la extinción del condominio; para entendernos, se "vende" la casa al otro.
•La dación en pago a la entidad bancaria; es una opción bastante complicada, que consiste en ofrecer al banco la casa a cambio de quitarnos la deuda hipotecaria.
La inseguridad jurídica para el banco que conlleva este procedimiento dificulta su realización.
•Situaciones temporales intermedias que no afectan a la propiedad del bien; desde vivir juntos después de la separación (hoy en día es una situación habitual) y seguir pagando la hipoteca hasta que uno se va de alquiler o a la casa de sus padres y el otro se queda en la vivienda hipotecada, acordando como se reparte el pago la hipoteca y demás gastos.
Veremos con cierto detalle la extinción o disolución de condominio.
Pero primero conviene conocer la definición jurídica que hace del condominio el Código Civil:
"Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas"
Una vivienda cuya propiedad está repartida al 50% por cada miembro de la pareja, a efectos legales es una comunidad de bienes, siendo el bien la casa.
El pro indiviso significa que si bien cada una de las partes tienen la mitad del piso, esta mitad no está definida. Es decir, tienen la mitad en conjunto, pero no se especifica si uno tiene el comedor y el otro la habitación del matrimonio, por ejemplo.
La extinción de condominio: mejor opción que la venta
A efectos reales vender el pro indiviso al otro propietario o extinguir el condominio tiene el mismo resultado. La propiedad del 100% pasa a ser de un solo titular.
Pero a efectos fiscales hay mucha diferencia.
Si vendemos el 50% de nuestra casa a la ex-pareja, valorando la venta en la mitad de la hipoteca (imaginemos que nuestra mitad son 100.000 euros), pagamos de gastos unos 8.100 euros (sin contar los gastos de la hipoteca resultante).
En cambio, si lo que firmamos ante notario es una extinción de condominio valorándolo por 100.000 euros, los gastos son de 2.100 euros.
El impuesto de AJD es sólo del 1%, en lugar del 7% que se paga si se instrumenta como una compra-venta.
El ahorro fiscal de utilizar el recurso de la extinción de condominio es de 7.000 euros (para una valoración de la mitad de la casa de 100.000 euros). Una cifra nada despreciable, ¿verdad?
El problema: la hipoteca
Extinguir el condominio es sencillo y relativamente barato, como ya hemos visto.
Pero no todo podían ser bondades. El problema es el préstamo hipotecario.
Si firmamos ante notario la extinción a favor de nuestra ex-pareja y nos quedamos tan contentos, los problemas vendrán más adelante; la razón es que con esta firma lo único que se hace es dejar de constar en el Registro de la Propiedad titular de la casa.
Pero para el banco que concedió la hipoteca seguimos siendo titulares del préstamo.
Por tanto, seguimos siendo deudores de la hipoteca y figuramos en la CIRBE.
Si nuestro ex no paga el banco nos embargará la nómina y resto de propiedades también a nosotros.
En el mejor de los casos, que la hipoteca se paga correctamente, vamos a tener problemas para solicitar otro préstamo, ya que figuramos como deudores de la hipoteca antigua.
Recomiendo nunca firmar una extinción de condominio antes de tener aprobada una nueva hipoteca en la que el titular sea la persona que será propietaria del 100% de la vivienda.
Es decir, primero quien se queda el inmueble debe tramitar una hipoteca en que sólo salga ella de titular (con otros familiares o terceros de avalistas o titulares, si lo exige su banco);
el día de la firma ante notario primero se firma la escritura de extinción de condominio para acto seguido firmar una escritura de préstamo hipotecario.
Si el abogado de la otra parte le sugiere firmar un convenio en que usted cede la vivienda a cambio de que la ex-pareja pague la hipoteca, sonría y diga que no: no es muy buen negocio ceder la propiedad de la vivienda y seguir siendo deudor del banco (diga lo que diga el convenio de separación).
Juez Serrano: Hay que valorar cada caso en concreto.No a la Custodia Compartida Automática
http://www.farodevigo.es/sociedad-cultura/2011/05/04/francisco-serrano-discriminar-padres-implicados/541459.html?utm_source=rss
Francisco Serrano: "¿Por qué se va a discriminar a padres implicados?".
El juez asegura que prima el beneficio de los menores y ya dictó 4 custodias compartidas este año.
ELENA OCAMPO / VIGO. Miércoles 04 de mayo de 2011
“Líder” para un sector social, despierta recelos en otro por sus críticas a las supuestas denuncias falsas en violencia de género.
Al magistrado sevillano Francisco Serrano le acompaña la polémica por sus controvertidas opiniones y por decisiones judiciales puestas en entredicho.
Alguna le ha valido ser procesado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) recientemente.
Su última sentencia, que obliga a una pareja divorciada con 2 hijos menores a turnarse en el uso de la casa, no ha dejado a nadie indiferente.
El juez contesta vía telefónica, a pesar de encontrarse fuera del horario laboral.
–¿Se imaginaba que iba a tener tanta repercusión esta sentencia?
–Este año he dictado 4, 5 sentencias de este tipo; algunas han pasado desapercibidas.
Hay que valorar cada caso concreto. Me han pedido custodia compartida en situaciones en que no lo creí beneficioso para los niños y dije que no.
–¿Usted está totalmente convencido de que la actual legislación es discriminatoria para los padres?
–Hoy en día la familia no es la que teníamos en las situaciones de divorcio de 1981 y hay padres que están implicados activamente en la crianza de los niños.
¿Por qué se les va a discriminar en la custodia? Es perjudicial para los niños, para los padres y los abuelos, si han tenido una vinculación positiva...
La madre, así también podrá compatibilizar la labor doméstica con la laboral, ya que a lo mejor ha dejado de lado su proyección laboral. Eso es igualdad y promocionar los derechos.
–¿Priorizaría la custodia compartida?.
–Hay padres que no son “seres periféricos” y las sentencias no pueden ser retrógradas, reaccionarias y trasnochadas.
Que la sentencia otorgue carácter preferente a la madre lo es, porque la única preferencia que debería existir para todo el núcleo familiar es distribuir los tiempos de convivencia.
Creo que el criterio preferente tiene que ser el de custodia compartida.
–Pero es de difícil aplicación, a veces por cuestiones de índole económica.
–Lo más racional es que vendan la vivienda y paguen la hipoteca.
–El Tribunal Supremo dictaba pagar la hipoteca medias, recientemente ¿Es ésa la razón de fondo?
–Que 1 de los 2 progenitores se quede con el derecho exclusivo de la vivienda perjudica también a los niños; lo importante es que se vincule a los 2.
–Tener varias viviendas, ¿no es un requisito sine qua non?
–No. Si se tienen que ir a una vivienda más pequeña o de alquiler; tendrán que adaptarse a la nueva situación. Lo importante es beneficiar a los hijos.
La injusticia lleva a situaciones de desigualdad y la desigualdad, a otras cosas
Francisco Serrano: "¿Por qué se va a discriminar a padres implicados?".
El juez asegura que prima el beneficio de los menores y ya dictó 4 custodias compartidas este año.
ELENA OCAMPO / VIGO. Miércoles 04 de mayo de 2011
“Líder” para un sector social, despierta recelos en otro por sus críticas a las supuestas denuncias falsas en violencia de género.
Al magistrado sevillano Francisco Serrano le acompaña la polémica por sus controvertidas opiniones y por decisiones judiciales puestas en entredicho.
Alguna le ha valido ser procesado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) recientemente.
Su última sentencia, que obliga a una pareja divorciada con 2 hijos menores a turnarse en el uso de la casa, no ha dejado a nadie indiferente.
El juez contesta vía telefónica, a pesar de encontrarse fuera del horario laboral.
–¿Se imaginaba que iba a tener tanta repercusión esta sentencia?
–Este año he dictado 4, 5 sentencias de este tipo; algunas han pasado desapercibidas.
Hay que valorar cada caso concreto. Me han pedido custodia compartida en situaciones en que no lo creí beneficioso para los niños y dije que no.
–¿Usted está totalmente convencido de que la actual legislación es discriminatoria para los padres?
–Hoy en día la familia no es la que teníamos en las situaciones de divorcio de 1981 y hay padres que están implicados activamente en la crianza de los niños.
¿Por qué se les va a discriminar en la custodia? Es perjudicial para los niños, para los padres y los abuelos, si han tenido una vinculación positiva...
La madre, así también podrá compatibilizar la labor doméstica con la laboral, ya que a lo mejor ha dejado de lado su proyección laboral. Eso es igualdad y promocionar los derechos.
–¿Priorizaría la custodia compartida?.
–Hay padres que no son “seres periféricos” y las sentencias no pueden ser retrógradas, reaccionarias y trasnochadas.
Que la sentencia otorgue carácter preferente a la madre lo es, porque la única preferencia que debería existir para todo el núcleo familiar es distribuir los tiempos de convivencia.
Creo que el criterio preferente tiene que ser el de custodia compartida.
–Pero es de difícil aplicación, a veces por cuestiones de índole económica.
–Lo más racional es que vendan la vivienda y paguen la hipoteca.
–El Tribunal Supremo dictaba pagar la hipoteca medias, recientemente ¿Es ésa la razón de fondo?
–Que 1 de los 2 progenitores se quede con el derecho exclusivo de la vivienda perjudica también a los niños; lo importante es que se vincule a los 2.
–Tener varias viviendas, ¿no es un requisito sine qua non?
–No. Si se tienen que ir a una vivienda más pequeña o de alquiler; tendrán que adaptarse a la nueva situación. Lo importante es beneficiar a los hijos.
La injusticia lleva a situaciones de desigualdad y la desigualdad, a otras cosas
Fracaso anunciado: La custodia compartida entra hoy en vigor sin el refuerzo de medios
http://www.lasprovincias.es/v/20110505/comunitat/custodia-compartida-entra-vigor-20110505.html
La custodia compartida entra hoy en vigor sin el refuerzo de medios.
Justicia espera que Economía apruebe en breve más personal para los gabinetes psicosociales.
05.05.11 - A. RALLO - VALENCIA.
La propuesta para Valencia consiste en 2 psicólogos y otros 2 trabajadores sociales .
Una norma que entra en vigor sin los medios necesarios para que su aplicación sea realmente efectiva.
Esto es lo que sucede con la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos Cuyos Progenitores No Conviven, conocida por todos como de la custodia compartida.
No es la primera vez que ocurre algo similar. Y puede que no sea la última.
El problema radica en el atasco de los gabinetes psicosociales.
Se trata de un órgano básico, que se encarga de realizar los informes a los padres y a los menores -normalmente a partir de los 6 o 7 años- y que después resultan decisivos a la hora de que el juez acuerde una custodia compartida o un determinado régimen de visitas.
El personal del gabinete se encuentra bajo mínimos.
De hecho, el tiempo de elaboración de un informe ha pasado de 2 o 3 meses a unos 8 o 9, tal y como denunciaron los propios jueces de familia en su última junta.
Esto ha provocado suspensiones de juicios al no estar terminados los informes.
«En algunos casos, hasta en 3 ocasiones», lamenta Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.
El refuerzo no se trata de una petición de última hora. Ni mucho menos.
Los jueces ya solicitaron el incremento de profesionales «hace aproximadamente 1 año», precisa Pedro Viguer, el juez decano de Valencia.
La reclamación se ha expuesto tanto en las juntas de jueces de familia como en la Sala de Gobierno del TSJ.
Hasta la fecha no ha habido respuesta. Pero ahora, la situación es si cabe más urgente.
Todas las fuentes consultadas coinciden en la más que previsible avalancha de procedimientos de modificación de medidas, es decir, padres que reclamarán desde hoy la custodia compartida.
Actualmente, el equipo consta de 5 psicólogos y 1 trabajador social.
La idea que maneja la Conselleria de Justicia son 2 psicólogos más y otros 2 trabajadores. Además de situar a 1 de los psicólogos como coordinador del área.
La Conselleria de Justicia conoce el problema desde hace varios meses.
Fuentes del departamento autonómico aseguran que se han elaborado 2 informes -1 con posterioridad a la aprobación de la ley- para insistir en la necesidad de un refuerzo.
Ahora todo está en la mano de Hacienda, que es la que tiene que autorizar los gastos. Y todavía no lo ha hecho. Nuevamente, los problemas económicos frenan las posibles mejoras.
Niñerola denuncia, además, otro inconveniente añadido.
Sólo en las grandes ciudades existe gabinete psicosocial, pero no ocurre lo mismo en otras demarcaciones.
En estos casos, el propio juez insta al propio colegio profesional para que elija un profesional que elabore el informe.
«Y esto, que oscila entre los 1.000 y 2.000 euros, lo tienen que pagar los propios padres». Mientras en Valencia resulta gratis. «Una Justicia de dos velocidades», resume el letrado.
El decano del Colegio de Abogados, Mariano Durán, se sumó recientemente a las denuncias por la falta de medios y alertó incluso de que la norma pudiera ser inconstitucional.
Además, criticó la nula atención de la Conselleria de Gobernación a las recomendaciones del colegio sobre la nueva ley.
La custodia compartida entra hoy en vigor sin el refuerzo de medios.
Justicia espera que Economía apruebe en breve más personal para los gabinetes psicosociales.
05.05.11 - A. RALLO - VALENCIA.
La propuesta para Valencia consiste en 2 psicólogos y otros 2 trabajadores sociales .
Una norma que entra en vigor sin los medios necesarios para que su aplicación sea realmente efectiva.
Esto es lo que sucede con la Ley de Relaciones Familiares de los Hijos Cuyos Progenitores No Conviven, conocida por todos como de la custodia compartida.
No es la primera vez que ocurre algo similar. Y puede que no sea la última.
El problema radica en el atasco de los gabinetes psicosociales.
Se trata de un órgano básico, que se encarga de realizar los informes a los padres y a los menores -normalmente a partir de los 6 o 7 años- y que después resultan decisivos a la hora de que el juez acuerde una custodia compartida o un determinado régimen de visitas.
El personal del gabinete se encuentra bajo mínimos.
De hecho, el tiempo de elaboración de un informe ha pasado de 2 o 3 meses a unos 8 o 9, tal y como denunciaron los propios jueces de familia en su última junta.
Esto ha provocado suspensiones de juicios al no estar terminados los informes.
«En algunos casos, hasta en 3 ocasiones», lamenta Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia.
El refuerzo no se trata de una petición de última hora. Ni mucho menos.
Los jueces ya solicitaron el incremento de profesionales «hace aproximadamente 1 año», precisa Pedro Viguer, el juez decano de Valencia.
La reclamación se ha expuesto tanto en las juntas de jueces de familia como en la Sala de Gobierno del TSJ.
Hasta la fecha no ha habido respuesta. Pero ahora, la situación es si cabe más urgente.
Todas las fuentes consultadas coinciden en la más que previsible avalancha de procedimientos de modificación de medidas, es decir, padres que reclamarán desde hoy la custodia compartida.
Actualmente, el equipo consta de 5 psicólogos y 1 trabajador social.
La idea que maneja la Conselleria de Justicia son 2 psicólogos más y otros 2 trabajadores. Además de situar a 1 de los psicólogos como coordinador del área.
La Conselleria de Justicia conoce el problema desde hace varios meses.
Fuentes del departamento autonómico aseguran que se han elaborado 2 informes -1 con posterioridad a la aprobación de la ley- para insistir en la necesidad de un refuerzo.
Ahora todo está en la mano de Hacienda, que es la que tiene que autorizar los gastos. Y todavía no lo ha hecho. Nuevamente, los problemas económicos frenan las posibles mejoras.
Niñerola denuncia, además, otro inconveniente añadido.
Sólo en las grandes ciudades existe gabinete psicosocial, pero no ocurre lo mismo en otras demarcaciones.
En estos casos, el propio juez insta al propio colegio profesional para que elija un profesional que elabore el informe.
«Y esto, que oscila entre los 1.000 y 2.000 euros, lo tienen que pagar los propios padres». Mientras en Valencia resulta gratis. «Una Justicia de dos velocidades», resume el letrado.
El decano del Colegio de Abogados, Mariano Durán, se sumó recientemente a las denuncias por la falta de medios y alertó incluso de que la norma pudiera ser inconstitucional.
Además, criticó la nula atención de la Conselleria de Gobernación a las recomendaciones del colegio sobre la nueva ley.
Galicia instará a retocar el Código Civil por la custodia compartida
http://www.lavozdegalicia.es/sociedad/2011/05/05/0003_201105G5P29991.htm
Galicia instará a retocar el Código Civil por la custodia compartida.
Los expertos temen un recurso de inconstitucionalidad a una ley propia.
alfonso andrade/la voz /5/5/2011 -
Galicia instará al Gobierno a impulsar un cambio legislativo estatal que permita establecer la custodia compartida de los hijos como régimen preferente en caso de divorcio o separación. Mediante la custodia compartida, el padre y la madre ejercen el control legal de sus hijos menores de edad en igualdad de derechos y obligaciones.
Se contrapone a la custodia monoparental, y en la actualidad es el juez el que decide habitualmente quién se queda con los niños.
En España, donde hay más de 100 mil rupturas cada año, el fallo judicial recae sobre la madre en el 85% de los casos.
La Xunta ha creado la Comisión Superior para o Estado e o Desenvolvemento do Dereito Civil Galego, con nueve grupos.
Uno de ellos se ocupa de abordar la custodia compartida (entre otras materias), siendo sus responsables Domingo Bello Janeiro, catedrático de Derecho Civil en la Universidade da Coruña, y Helena Martínez Hens, profesora de Derecho Civil en la Universidade de Vigo.
Este grupo plantea tres opciones para llevar a la normativa la custodia compartida, como explica Bello Janeiro:
«a.- Hacer una ley propia,
b.- retocar artículos en la Ley de Derecho Civil de Galicia o
c.- instar al Gobierno del Estado a modificar el Código Civil, por la que me inclino».
«Y hay que hacerlo dentro de nuestras competencias -prosigue- porque el Gobierno nacional, tan permisivo y generoso con otras comunidades, como Cataluña, que ha regulado prácticamente todo su derecho civil, es muy estricto con nuestras competencias, como pasó con la Ley de Cajas, el catálogo de medicamentos o la propia Lei de Dereito Civil de Galicia». Es decir, que la comisión sospecha que «una regulación propia nos la recurrirían ante el Constitucional».
Considera Bello Janeiro que en un contexto laboral en que la mujer accede al mercado de trabajo cada vez con más frecuencia, «en condiciones de paridad, ha quedado fuera de lugar la atribución de la custodia en exclusiva a la madre».
Y como, «desgraciadamente, estamos todavía ante una regulación estatal altamente deficiente en este extremo -argumenta el catedrático-, estimamos que sería oportuno decir que estamos dispuestos a afrontar e impulsar desde Galicia una normativa favorable a la custodia compartida preferente», en línea con el paso que ha dado ya el País Vasco.
85% Custodia monoparental de las madres y los jueces suelen decantarse por
Galicia instará a retocar el Código Civil por la custodia compartida.
Los expertos temen un recurso de inconstitucionalidad a una ley propia.
alfonso andrade/la voz /5/5/2011 -
Galicia instará al Gobierno a impulsar un cambio legislativo estatal que permita establecer la custodia compartida de los hijos como régimen preferente en caso de divorcio o separación. Mediante la custodia compartida, el padre y la madre ejercen el control legal de sus hijos menores de edad en igualdad de derechos y obligaciones.
Se contrapone a la custodia monoparental, y en la actualidad es el juez el que decide habitualmente quién se queda con los niños.
En España, donde hay más de 100 mil rupturas cada año, el fallo judicial recae sobre la madre en el 85% de los casos.
La Xunta ha creado la Comisión Superior para o Estado e o Desenvolvemento do Dereito Civil Galego, con nueve grupos.
Uno de ellos se ocupa de abordar la custodia compartida (entre otras materias), siendo sus responsables Domingo Bello Janeiro, catedrático de Derecho Civil en la Universidade da Coruña, y Helena Martínez Hens, profesora de Derecho Civil en la Universidade de Vigo.
Este grupo plantea tres opciones para llevar a la normativa la custodia compartida, como explica Bello Janeiro:
«a.- Hacer una ley propia,
b.- retocar artículos en la Ley de Derecho Civil de Galicia o
c.- instar al Gobierno del Estado a modificar el Código Civil, por la que me inclino».
«Y hay que hacerlo dentro de nuestras competencias -prosigue- porque el Gobierno nacional, tan permisivo y generoso con otras comunidades, como Cataluña, que ha regulado prácticamente todo su derecho civil, es muy estricto con nuestras competencias, como pasó con la Ley de Cajas, el catálogo de medicamentos o la propia Lei de Dereito Civil de Galicia». Es decir, que la comisión sospecha que «una regulación propia nos la recurrirían ante el Constitucional».
Considera Bello Janeiro que en un contexto laboral en que la mujer accede al mercado de trabajo cada vez con más frecuencia, «en condiciones de paridad, ha quedado fuera de lugar la atribución de la custodia en exclusiva a la madre».
Y como, «desgraciadamente, estamos todavía ante una regulación estatal altamente deficiente en este extremo -argumenta el catedrático-, estimamos que sería oportuno decir que estamos dispuestos a afrontar e impulsar desde Galicia una normativa favorable a la custodia compartida preferente», en línea con el paso que ha dado ya el País Vasco.
85% Custodia monoparental de las madres y los jueces suelen decantarse por
Divorcio: El Nido de Pajaro ó 3 casas por familia
http://www.elpais.com/articulo/opinion/casas/familia/elpepiopi/20110504elpepiopi_3/Tes
ANÁLISIS: EL ACENTO
Tres casas por familia
04/05/2011. El Pais.com
Sentencias impecables desde el punto de vista teórico tienen a veces difícil encaje en la vida real en lo que al derecho de familia se refiere.
Un juez de Sevilla ha dictaminado que, tras el divorcio de los padres, los hijos continúen residiendo en la misma casa y sean los padres los que se turnen cada 3 meses.
Es una decisión salomónica que como la de la Biblia tiene desagradables efectos secundarios. Es probable que los hijos se sientan más cómodos sin tener que andar con la maleta a cuestas o vivir con solo uno de sus progenitores, pero esta fórmula de obligado cumplimiento que algunas parejas han elegido de manera voluntaria exige, para empezar, disponer de 3 casas.
Es verdad que los padres pueden trampear abusando de la hospitalidad de amigos y familiares, pero las cosas se complicarán cuando el divorciado decida formar nueva pareja que, de estar también divorciada, puede dar lugar a casuísticas propias de una de esas series de televisión que convierten el caos en comedias hilarantes.
A medida que la familia tradicional deja paso a nuevas fórmulas la justicia dirime divorcios de maneras variopintas.
El Supremo acaba de dictaminar que las hipotecas hay que pagarlas a partes iguales porque hoy no solo los maridos aportan dinero en casa.
Muchos jueces optan por la custodia compartida en vez de la clásica adjudicación del cuidado a las madres, que, a su vez, solían quedarse en la casa familiar con los hijos.
Obligar a compartir por turnos incluso la cama puede ser un trago demasiado amargo para los excónyuges.
De hecho, parejas obligadas por sentencias similares han terminando ideando sistemas alternativos.
Divorciarse es caro.
Las finanzas familiares siempre se resienten.
Si se obliga a disponer de 3 casas será un lujo reservado para los ricos.
Francisco Serrano, el juez de la actual decisión, dice que tuvo en cuenta los ingresos de la pareja.
Serrano es conocido por sus polémicas opiniones. Critica, por ejemplo, la ley contra la violencia de género.
Cree que por su culpa se suicidan muchos hombres. Olvida aclarar que lo suelen hacer tras matar a sus parejas. Es de esperar que en sus sentencias no deje fuera pequeños detalles como ese.
ANÁLISIS: EL ACENTO
Tres casas por familia
04/05/2011. El Pais.com
Sentencias impecables desde el punto de vista teórico tienen a veces difícil encaje en la vida real en lo que al derecho de familia se refiere.
Un juez de Sevilla ha dictaminado que, tras el divorcio de los padres, los hijos continúen residiendo en la misma casa y sean los padres los que se turnen cada 3 meses.
Es una decisión salomónica que como la de la Biblia tiene desagradables efectos secundarios. Es probable que los hijos se sientan más cómodos sin tener que andar con la maleta a cuestas o vivir con solo uno de sus progenitores, pero esta fórmula de obligado cumplimiento que algunas parejas han elegido de manera voluntaria exige, para empezar, disponer de 3 casas.
Es verdad que los padres pueden trampear abusando de la hospitalidad de amigos y familiares, pero las cosas se complicarán cuando el divorciado decida formar nueva pareja que, de estar también divorciada, puede dar lugar a casuísticas propias de una de esas series de televisión que convierten el caos en comedias hilarantes.
A medida que la familia tradicional deja paso a nuevas fórmulas la justicia dirime divorcios de maneras variopintas.
El Supremo acaba de dictaminar que las hipotecas hay que pagarlas a partes iguales porque hoy no solo los maridos aportan dinero en casa.
Muchos jueces optan por la custodia compartida en vez de la clásica adjudicación del cuidado a las madres, que, a su vez, solían quedarse en la casa familiar con los hijos.
Obligar a compartir por turnos incluso la cama puede ser un trago demasiado amargo para los excónyuges.
De hecho, parejas obligadas por sentencias similares han terminando ideando sistemas alternativos.
Divorciarse es caro.
Las finanzas familiares siempre se resienten.
Si se obliga a disponer de 3 casas será un lujo reservado para los ricos.
Francisco Serrano, el juez de la actual decisión, dice que tuvo en cuenta los ingresos de la pareja.
Serrano es conocido por sus polémicas opiniones. Critica, por ejemplo, la ley contra la violencia de género.
Cree que por su culpa se suicidan muchos hombres. Olvida aclarar que lo suelen hacer tras matar a sus parejas. Es de esperar que en sus sentencias no deje fuera pequeños detalles como ese.
Divorcio: No conviene tener una cuenta común
http://www.diariodemallorca.es/mallorca/2011/05/01/conviene-cuenta-comun/665784.html
No conviene tener una cuenta común
Domingo 01 de mayo de 2011.F.A.
El pormenorizado plan para regular el mantenimiento y funcionamiento del antiguo domicilio familiar de los divorciados mallorquines, donde seguirán viviendo sus dos hijos menores y cada padre en semanas alternas, diseñado por el juzgado de familia nº 20 de Palma, descarta el uso de una cuenta corriente común para pagar los llamados gastos de alimentos de los pequeños.
Esta posibilidad fue planteada por el exmarido, que pidió que se abriera una cuenta corriente en un banco con firma de los 2 padres.
Esta libreta serviría para domiciliar recibos y atender a las necesidades de alimentos y vestido de los menores, así como a otros gastos incluidos en el concepto judicial de "alimentos".
El magistrado descarta esa medida al vislumbrar que la cuenta corriente común podría ser una fuente de futuros conflictos.
No obstante, el auto deja abierta la puerta a que los antiguos esposos de forma privada acuerden abrir dicha cuenta de gastos comunes.
La solución judicial pasa por que cada progenitor mantenga la casa y sufrague los costos de la alimentación, ocio, vestido y otros de los niños cuando los tenga a su cuidado.
El resto de pagos relativos a los pequeños se harán a partes iguales.
El juez también dispone que cada uno de los excónyuges pague los préstamos que hubieran pedido a título particular.
Por el contrario, los créditos que hubiesen sido suscritos en común deberán ser pagados por los 2 divorciados.
No conviene tener una cuenta común
Domingo 01 de mayo de 2011.F.A.
El pormenorizado plan para regular el mantenimiento y funcionamiento del antiguo domicilio familiar de los divorciados mallorquines, donde seguirán viviendo sus dos hijos menores y cada padre en semanas alternas, diseñado por el juzgado de familia nº 20 de Palma, descarta el uso de una cuenta corriente común para pagar los llamados gastos de alimentos de los pequeños.
Esta posibilidad fue planteada por el exmarido, que pidió que se abriera una cuenta corriente en un banco con firma de los 2 padres.
Esta libreta serviría para domiciliar recibos y atender a las necesidades de alimentos y vestido de los menores, así como a otros gastos incluidos en el concepto judicial de "alimentos".
El magistrado descarta esa medida al vislumbrar que la cuenta corriente común podría ser una fuente de futuros conflictos.
No obstante, el auto deja abierta la puerta a que los antiguos esposos de forma privada acuerden abrir dicha cuenta de gastos comunes.
La solución judicial pasa por que cada progenitor mantenga la casa y sufrague los costos de la alimentación, ocio, vestido y otros de los niños cuando los tenga a su cuidado.
El resto de pagos relativos a los pequeños se harán a partes iguales.
El juez también dispone que cada uno de los excónyuges pague los préstamos que hubieran pedido a título particular.
Por el contrario, los créditos que hubiesen sido suscritos en común deberán ser pagados por los 2 divorciados.
Esperanza Aguirre, Matrimonio Homosexual, Custodia Compartida y subvenciones
http://www.elmundo.es/encuentros/invitados/2011/05/4768/
El Mundo: Esperanza Aguirre
04 de Mayo de 2011.El mundo.esPresidenta, después de ocho años al frente de la Comunidad, ¿qué novedades tiene pensado ofrecernos a los ciudadanos?
Acabo de anunciar una que considero muy importante: dar libertad a los padres para que elijan a que colegio quieren llevar a su hijo, sin tener en cuenta el lugar donde viven.
Es decir, se va a acabar con la zonificación.
Querida presidenta: Mariano Rajoy ha asegurado que anulará el matrimonio homosexual en caso de ganar las próximas elecciones generales.
Usted, por el contrario, siempre se ha comprometido con las libertades civiles. Como liberal, y como presidenta de nuestra Comunidad, ¿qué opina al respecto?. Muchas gracias.
Ya he dicho en muchísimas ocasiones que creo que la unión de 2 personas no tiene porqué llamarse matrimonio.
Esto es solo las ganas que tenía Zapatero de meter el dedo en el ojo a los católicos.
Todos los derechos y libertades tienen que reconocerse a todas las personas, cualquiera que sea su orientación sexual. No estoy segura de que Rajoy haya dicho eso, lo que yo le he escuchado es que esperará a ver qué dice la sentencia del Constitucional.
¿Usted es partidaria de eliminar subvenciones?, ¿en qué campos?
Sí. En todos, si fuera posible.
¿La propuesta de Gallardon en relación a los mendigos, la extenderá usted a toda la comunidad de Madrid?
Ya he dicho que no soy partidaria de hacer las cosas obligatorias ni de prohibir conductas que no molesten al resto. Es lástima que habiendo albergues y plazas en ellos haya gente que prefiera seguir en la calle, pero yo estoy siempre con la libertad de elegir.
señora presidenta, qué opina sobre la custodia compartida que tantos padres quisieran lograr?
Estoy absolutamente a favor.
Despedida: Adiós a todos. Volveré pronto. Nos vemos en Twitter (@EsperanzAguirre)
El Mundo: Esperanza Aguirre
04 de Mayo de 2011.El mundo.esPresidenta, después de ocho años al frente de la Comunidad, ¿qué novedades tiene pensado ofrecernos a los ciudadanos?
Acabo de anunciar una que considero muy importante: dar libertad a los padres para que elijan a que colegio quieren llevar a su hijo, sin tener en cuenta el lugar donde viven.
Es decir, se va a acabar con la zonificación.
Querida presidenta: Mariano Rajoy ha asegurado que anulará el matrimonio homosexual en caso de ganar las próximas elecciones generales.
Usted, por el contrario, siempre se ha comprometido con las libertades civiles. Como liberal, y como presidenta de nuestra Comunidad, ¿qué opina al respecto?. Muchas gracias.
Ya he dicho en muchísimas ocasiones que creo que la unión de 2 personas no tiene porqué llamarse matrimonio.
Esto es solo las ganas que tenía Zapatero de meter el dedo en el ojo a los católicos.
Todos los derechos y libertades tienen que reconocerse a todas las personas, cualquiera que sea su orientación sexual. No estoy segura de que Rajoy haya dicho eso, lo que yo le he escuchado es que esperará a ver qué dice la sentencia del Constitucional.
¿Usted es partidaria de eliminar subvenciones?, ¿en qué campos?
Sí. En todos, si fuera posible.
¿La propuesta de Gallardon en relación a los mendigos, la extenderá usted a toda la comunidad de Madrid?
Ya he dicho que no soy partidaria de hacer las cosas obligatorias ni de prohibir conductas que no molesten al resto. Es lástima que habiendo albergues y plazas en ellos haya gente que prefiera seguir en la calle, pero yo estoy siempre con la libertad de elegir.
señora presidenta, qué opina sobre la custodia compartida que tantos padres quisieran lograr?
Estoy absolutamente a favor.
Despedida: Adiós a todos. Volveré pronto. Nos vemos en Twitter (@EsperanzAguirre)
miércoles, 4 de mayo de 2011
‘Pisos-puente’ para las mujeres víctimas de violencia de género
http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/2011-05-03/pisos-puente-mujeres-victimas-violencia-genero/2011050314590200591.html
‘Pisos-puente’ para las mujeres víctimas de violencia de género. (Nota: Nada para los más de 260 hombres con Ordende Protección de sus compañeras en Madrid).
El candidato socialista a la Alcaldía de Madrid aboga por viviendas temporales (entre 12 y 18 meses) donde puedan ir las mujeres cuando salgan de los centros de acogida.
nuevatribuna.es.agencias. 03 Mayo 2011
Jaime Lissavetzky, candidato socialista a la Alcaldía de Madrid, visitó este martes el Centro de acogida, formación y empleo para mujeres víctimas de violencia de género de la Fundación Padre Llanos, en el que el Gobierno ha invertido 3 millones de euros y el Ayuntamiento 1,5 millón, para proporcionar una vida digna a las mujeres que sufren malos tratos y tratar de erradicar esa lacra social que incumbe a toda la sociedad.
Lissavetzky ha puesto el énfasis en que este Centro, que se inaugurará próximamente, “destaca por 3 aspectos esenciales como son la prevención, la asistencia y la reinserción social, a través de la formación y el empleo, para lograr que también tengan una independencia económica”.
En estas instalaciones que albergarán, asimismo, un centro de día abierto para todas las mujeres del vecindario, Lissavetzky ha comentado que “las mujeres víctimas de violencia de género podrán estar un periodo que va desde los 12 a los 18 meses, por eso mi propuesta es que se hagan pisos-puente para que cuando salgan del Centro puedan comenzar su reinserción con un apoyo de las instituciones públicas”.
Destacó el candidato socialista que “este Centro es un referente tanto nacional como internacional porque da una respuesta integral a una situación que sufren las mujeres y sus hijos pero que es problema de todos”.
En este sentido destacó que casi en el 80% de los casos de violencia de género, las mujeres no habían denunciado antes por miedo “y ese miedo hay que romperlo porque ya no sólo es que les quiten literalmente, en muchas ocasiones, la vida, sino que además les quitan simbólicamente su vida, su talento, su autoestima, su iniciativa… por eso hay que darles un mensaje de seguridad y el Ayuntamiento, a través de las Juntas de Distrito y de las asociaciones vecinales y de mujeres decirles claramente ‘no tengáis miedo’ porque no estáis solas”.
Otra de las propuestas que ha lanzado Lissavetzky en su visita ha sido la de “realizar campañas de sensibilización y de información a la ciudadanía, a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y a todos los agentes sociales que tratan con las mujeres que son víctimas de esta violencia machista. En este sentido es muy importante también la colaboración vecinal, ciudadana y del voluntariado”.
Este Centro contrasta, según el candidato socialista, “con la reducción que ha habido en la financiación de este tipo de programas por parte de Gallardón”.
‘Pisos-puente’ para las mujeres víctimas de violencia de género. (Nota: Nada para los más de 260 hombres con Ordende Protección de sus compañeras en Madrid).
El candidato socialista a la Alcaldía de Madrid aboga por viviendas temporales (entre 12 y 18 meses) donde puedan ir las mujeres cuando salgan de los centros de acogida.
nuevatribuna.es.agencias. 03 Mayo 2011
Jaime Lissavetzky, candidato socialista a la Alcaldía de Madrid, visitó este martes el Centro de acogida, formación y empleo para mujeres víctimas de violencia de género de la Fundación Padre Llanos, en el que el Gobierno ha invertido 3 millones de euros y el Ayuntamiento 1,5 millón, para proporcionar una vida digna a las mujeres que sufren malos tratos y tratar de erradicar esa lacra social que incumbe a toda la sociedad.
Lissavetzky ha puesto el énfasis en que este Centro, que se inaugurará próximamente, “destaca por 3 aspectos esenciales como son la prevención, la asistencia y la reinserción social, a través de la formación y el empleo, para lograr que también tengan una independencia económica”.
En estas instalaciones que albergarán, asimismo, un centro de día abierto para todas las mujeres del vecindario, Lissavetzky ha comentado que “las mujeres víctimas de violencia de género podrán estar un periodo que va desde los 12 a los 18 meses, por eso mi propuesta es que se hagan pisos-puente para que cuando salgan del Centro puedan comenzar su reinserción con un apoyo de las instituciones públicas”.
Destacó el candidato socialista que “este Centro es un referente tanto nacional como internacional porque da una respuesta integral a una situación que sufren las mujeres y sus hijos pero que es problema de todos”.
En este sentido destacó que casi en el 80% de los casos de violencia de género, las mujeres no habían denunciado antes por miedo “y ese miedo hay que romperlo porque ya no sólo es que les quiten literalmente, en muchas ocasiones, la vida, sino que además les quitan simbólicamente su vida, su talento, su autoestima, su iniciativa… por eso hay que darles un mensaje de seguridad y el Ayuntamiento, a través de las Juntas de Distrito y de las asociaciones vecinales y de mujeres decirles claramente ‘no tengáis miedo’ porque no estáis solas”.
Otra de las propuestas que ha lanzado Lissavetzky en su visita ha sido la de “realizar campañas de sensibilización y de información a la ciudadanía, a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y a todos los agentes sociales que tratan con las mujeres que son víctimas de esta violencia machista. En este sentido es muy importante también la colaboración vecinal, ciudadana y del voluntariado”.
Este Centro contrasta, según el candidato socialista, “con la reducción que ha habido en la financiación de este tipo de programas por parte de Gallardón”.
El "Voto" cautivo de las fracasadas políticas de Igualdad... de la mujer
http://www.nuevatribuna.es/articulo/espana/2011-05-03/zapatero-siente-orgulloso-gestion-politicas-igualdad/2011050318133300922.html
Zapatero se siente “orgulloso” de su gestión en políticas de igualdad.
El presidente del Gobierno elogia el papel de la mujer en la vida pública:
"Cultura, soldados o innovación, mi experiencia es que siempre que está en manos de una mujer podemos estar seguros", afirma.
nuevatribuna.es.agencias , 03 Mayo 2011
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se ha proclamado "razonablemente orgulloso" de su gestión en políticas de igualdad, en un acto con 40 candidatas del PSOE a las elecciones municipales y autonómicas del 22-M que ha finalizado defendiendo "con rotundidad" y desde su "experiencia del Gobierno" el valor de las mujeres en política, en la responsabilidad que sea: "Cultura, soldados o innovación, mi experiencia es que siempre que está en manos de una mujer podemos estar seguros".
En un acto celebrado en la Casa de América de Madrid bajo el lema “Para que gane la igualdad”, Zapatero ha pedido a las candidatas del PSOE que dediquen todos los días algo de tiempo a apoyar a las mujeres que sufren la violencia de género, reconociendo que "la ley es útil pero no es suficiente".
"Mis ideas no han cambiado ni mis compromisos, lo primero es proteger, proteger y proteger a quien sufre la violencia de género y lo segundo llamar a toda la sociedad a que contribuya a erradicar esta lacra", ha proclamado.
De cara al 22-M, el líder del PSOE ha dejado claro que quiere que los gobiernos autonómicos del PSOE "cumplan fielmente" con la Ley de -Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, "una ley de prevención y de derechos", y en la lucha contra el tráfico de personas con fines de explotación sexual:
"Sea políticamente conveniente o inconveniente, tiene que estar en nuestro discurso y en nuestra acción de una manera decidida", ha avisado. (Nota: Nada sobre modificar la ley del Divorcio y la pobreza económica de las Madres divorciadas y sus hijos)
Y, mirando más allá de las elecciones, ha subrayado que "cualquier proyecto de futuro que se considere socialista y progresista" tiene que profundizar y desarrollar leyes que ha tachado de "históricas": Los derechos de paternidad y de maternidad y la ley de Dependencia.
Zapatero se siente “orgulloso” de su gestión en políticas de igualdad.
El presidente del Gobierno elogia el papel de la mujer en la vida pública:
"Cultura, soldados o innovación, mi experiencia es que siempre que está en manos de una mujer podemos estar seguros", afirma.
nuevatribuna.es.agencias , 03 Mayo 2011
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se ha proclamado "razonablemente orgulloso" de su gestión en políticas de igualdad, en un acto con 40 candidatas del PSOE a las elecciones municipales y autonómicas del 22-M que ha finalizado defendiendo "con rotundidad" y desde su "experiencia del Gobierno" el valor de las mujeres en política, en la responsabilidad que sea: "Cultura, soldados o innovación, mi experiencia es que siempre que está en manos de una mujer podemos estar seguros".
En un acto celebrado en la Casa de América de Madrid bajo el lema “Para que gane la igualdad”, Zapatero ha pedido a las candidatas del PSOE que dediquen todos los días algo de tiempo a apoyar a las mujeres que sufren la violencia de género, reconociendo que "la ley es útil pero no es suficiente".
"Mis ideas no han cambiado ni mis compromisos, lo primero es proteger, proteger y proteger a quien sufre la violencia de género y lo segundo llamar a toda la sociedad a que contribuya a erradicar esta lacra", ha proclamado.
De cara al 22-M, el líder del PSOE ha dejado claro que quiere que los gobiernos autonómicos del PSOE "cumplan fielmente" con la Ley de -Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, "una ley de prevención y de derechos", y en la lucha contra el tráfico de personas con fines de explotación sexual:
"Sea políticamente conveniente o inconveniente, tiene que estar en nuestro discurso y en nuestra acción de una manera decidida", ha avisado. (Nota: Nada sobre modificar la ley del Divorcio y la pobreza económica de las Madres divorciadas y sus hijos)
Y, mirando más allá de las elecciones, ha subrayado que "cualquier proyecto de futuro que se considere socialista y progresista" tiene que profundizar y desarrollar leyes que ha tachado de "históricas": Los derechos de paternidad y de maternidad y la ley de Dependencia.
martes, 3 de mayo de 2011
La acusada de matar a sus dos hijos pide que el padre pague su pensión
http://www.elnortedecastilla.es/v/20110503/valladolid/acusada-matar-hijos-pide-20110503.html
TRIBUNALES
La acusada de matar a sus dos hijos pide que el padre pague su pensión.
Los progenitores se verán por 1ª vez en un juicio civil desde la muerte por barbitúricos de los niños, de 11 y 9 años
03.05.11 - JORGE MORENO.VALLADOLID.
Divorcio. El Juzgado de Familia decretó en 2009 el divorcio de la pareja, y otorgó a la madre la custodia, el piso y el pago de una pensión compensatoria de 200 euros al mes durante 2 años. La madre recurrió y pidió 300 euros y hasta 5 años, pero la Audiencia días antes del doble homicidio resolvió en su contra.
Modificación. El padre pide ahora que se le otorgue el piso, y dejar de seguir pagando la pensión a su exmujer, ahora presa..
Los 2 padres de los niños del barrio de Parquesol, de 9 y 11 años, que aparecieron muertos el 9 de diciembre de 2010 en la vivienda que ocupaban con su madre divorciada, se verán por 1ª vez en una vista oral a la que han sido citados para hoy por la magistrada de Primera Instancia nº 3 de Valladolid, en la que el padre que ejerce la acusación contra ella por asesinato, solicita que se modifiquen las medidas establecidas en la sentencia de divorcio que se acordó en su día por la Audiencia.
El abogado paterno presentó semanas después de que se produjese este doble homicidio, consecuencia de una asfixia mecánica después de que se les hubiera suministrado un sedante, que se modificasen las medidas civiles que consistían en el pago de los alimentos de los hijos, la cuota de la hipoteca del piso y una pensión compensatoria de 200 euros al mes durante 2 años.
La madre no trabajaba y era el padre el que asumía la mayor parte de las cargas familiares por los recursos que obtenía como profesor de educación física en un instituto.
Es respecto a las 2 últimas cuestiones por las que el padre quiere que el Juzgado se pronuncie, ya que la madre ha seguido pidiendo, tras la presentación de la demanda paterna hace unas semanas, que se le pague la pensión que se le concedió en su día, por estar pendiente del cuidado de los menores.
La vista oral ha supuesto que la jueza haya ordenado la salida de la prisión de María del Carmen C. S., de 40 años, quien deberá junto a su letrado pronunciarse sobre la solicitud de extinción del pago de los 200 euros a la progenitora.
A mediados del pasado año, la madre recurrió ante la Audiencia dicha cantidad y reclamaba, cuando los hijos vivían, un aumento hasta 300 euros al mes ampliando el plazo hasta los 5 años. El tribunal provincial se lo rechazó.
Fuentes de la defensa de la madre indicaron que la oposición a que el padre deje de pagar la pensión se debe a que se mantiene la circunstancia de desequilibrio que sufre María desde hace unos 2 años, y el hecho del fallecimiento trágico de sus 2 hijos «no comporta la extinción jurídica» del efecto por el que se le concedió la pensión.
Piso cerrado y en alquiler
Respecto a la segunda reclamación paterna, de que se le adjudique la vivienda común de Parquesol comprada en gananciales mientras ella continúe en prisión, la madre también se opone ya que considera que sigue siendo también propiedad suya y para su uso.
El progenitor continua pagando los 500 euros de la hipoteca fijada y los gastos de la comunidad, luz y agua de la vivienda, que fue adjudicada en su día por el juzgado para el uso de los hijos y la madre.
Con su expareja en la cárcel, el padre, que ejerce la acusación contra ella, no puede disponer del piso y sigue pagando un alquiler en otra vivienda donde reside tras la separación.
5 meses después, el progenitor de Jairo y María continúa de baja por ansiedad y residiendo en Madrid, donde está su familia y de donde es natural.
El piso está situado en la calle Adolfo Miaja de la Muela y sigue precintado por orden del juez de Instrucción nº 1 de Valladolid, que permitió en su día a familiares de la madre que sacasen algunas pertenencias personales bajo vigilancia policial.
La defensa de la madre trata de delimitar lo que es el procedimiento penal contra ella, del proceso civil abierto por el divorcio de la pareja, unos argumentos que no comparte la familia paterna.
La madre, imputada por el doble homicidio, se ha negado a declarar en 2 ocasiones ante el juez acogiéndose a su derecho.
El procedimiento judicial está a punto de cerrarse y será sentenciado por un jurado de 9 personas
TRIBUNALES
La acusada de matar a sus dos hijos pide que el padre pague su pensión.
Los progenitores se verán por 1ª vez en un juicio civil desde la muerte por barbitúricos de los niños, de 11 y 9 años
03.05.11 - JORGE MORENO.VALLADOLID.
Divorcio. El Juzgado de Familia decretó en 2009 el divorcio de la pareja, y otorgó a la madre la custodia, el piso y el pago de una pensión compensatoria de 200 euros al mes durante 2 años. La madre recurrió y pidió 300 euros y hasta 5 años, pero la Audiencia días antes del doble homicidio resolvió en su contra.
Modificación. El padre pide ahora que se le otorgue el piso, y dejar de seguir pagando la pensión a su exmujer, ahora presa..
Los 2 padres de los niños del barrio de Parquesol, de 9 y 11 años, que aparecieron muertos el 9 de diciembre de 2010 en la vivienda que ocupaban con su madre divorciada, se verán por 1ª vez en una vista oral a la que han sido citados para hoy por la magistrada de Primera Instancia nº 3 de Valladolid, en la que el padre que ejerce la acusación contra ella por asesinato, solicita que se modifiquen las medidas establecidas en la sentencia de divorcio que se acordó en su día por la Audiencia.
El abogado paterno presentó semanas después de que se produjese este doble homicidio, consecuencia de una asfixia mecánica después de que se les hubiera suministrado un sedante, que se modificasen las medidas civiles que consistían en el pago de los alimentos de los hijos, la cuota de la hipoteca del piso y una pensión compensatoria de 200 euros al mes durante 2 años.
La madre no trabajaba y era el padre el que asumía la mayor parte de las cargas familiares por los recursos que obtenía como profesor de educación física en un instituto.
Es respecto a las 2 últimas cuestiones por las que el padre quiere que el Juzgado se pronuncie, ya que la madre ha seguido pidiendo, tras la presentación de la demanda paterna hace unas semanas, que se le pague la pensión que se le concedió en su día, por estar pendiente del cuidado de los menores.
La vista oral ha supuesto que la jueza haya ordenado la salida de la prisión de María del Carmen C. S., de 40 años, quien deberá junto a su letrado pronunciarse sobre la solicitud de extinción del pago de los 200 euros a la progenitora.
A mediados del pasado año, la madre recurrió ante la Audiencia dicha cantidad y reclamaba, cuando los hijos vivían, un aumento hasta 300 euros al mes ampliando el plazo hasta los 5 años. El tribunal provincial se lo rechazó.
Fuentes de la defensa de la madre indicaron que la oposición a que el padre deje de pagar la pensión se debe a que se mantiene la circunstancia de desequilibrio que sufre María desde hace unos 2 años, y el hecho del fallecimiento trágico de sus 2 hijos «no comporta la extinción jurídica» del efecto por el que se le concedió la pensión.
Piso cerrado y en alquiler
Respecto a la segunda reclamación paterna, de que se le adjudique la vivienda común de Parquesol comprada en gananciales mientras ella continúe en prisión, la madre también se opone ya que considera que sigue siendo también propiedad suya y para su uso.
El progenitor continua pagando los 500 euros de la hipoteca fijada y los gastos de la comunidad, luz y agua de la vivienda, que fue adjudicada en su día por el juzgado para el uso de los hijos y la madre.
Con su expareja en la cárcel, el padre, que ejerce la acusación contra ella, no puede disponer del piso y sigue pagando un alquiler en otra vivienda donde reside tras la separación.
5 meses después, el progenitor de Jairo y María continúa de baja por ansiedad y residiendo en Madrid, donde está su familia y de donde es natural.
El piso está situado en la calle Adolfo Miaja de la Muela y sigue precintado por orden del juez de Instrucción nº 1 de Valladolid, que permitió en su día a familiares de la madre que sacasen algunas pertenencias personales bajo vigilancia policial.
La defensa de la madre trata de delimitar lo que es el procedimiento penal contra ella, del proceso civil abierto por el divorcio de la pareja, unos argumentos que no comparte la familia paterna.
La madre, imputada por el doble homicidio, se ha negado a declarar en 2 ocasiones ante el juez acogiéndose a su derecho.
El procedimiento judicial está a punto de cerrarse y será sentenciado por un jurado de 9 personas
Polémica: La Justicia en Familia y la Política en entre dicho
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/magistrado/polemico/procesado/elpepisoc/20110503elpepisoc_2/Tes
Un magistrado polémico y procesado
J. M.-A. - Sevilla - 03/05/2011
Al magistrado sevillano de familia Francisco Serrano le acompaña la polémica por sus controvertidas opiniones y unas decisiones judiciales puestas en entredicho.
La última de ellas fue contrariada la semana pasada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que le ha procesado por un presunto delito de prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años, establecido por otro juzgado.
El magistrado cambió el turno de custodia de un menor que había establecido el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº4 apliando en día y medio su estancia con el padre divorciado con el fin de garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugá sevillana, una decisión que, según el TSJA, "puede ser valorada como excesiva y, por tanto, inadecuadamente en función de las circunstancias".
Hace 1 ño y medio, el juez estuvo en el centro de la polémica por unas sorprendentes declaraciones en las que afirmaba que la ley integral contra la violencia de género está "inspirada" en la "dictadura del feminismo radical" y encierra efectos perversos como las denuncias falsas.
En otra entrevista, Serrano criticó que las denuncias falsas por maltrato hacia la mujer estaban provocando un "genocidio" entre los hombres, ya que las consecuencias que se estaban derivando-como la retirada de la custodia de los hijos- estaba llevando, dijo literalmente, a que "muchos hombres se estén suicidando".
"La violencia en el ámbito de la pareja es bidireccional, y en todos los países, salvo en España, lo que se protege y regula es la violencia en el ámbito doméstico, y no la violencia sobre la mujer", criticó Serrano.
El magistrado sostiene que las denuncias falsas existen "porque hay interés en ello, ya que los recursos asistenciales para la defensa del maltrato se están financiando a través del número de denuncias" y también por "el interés de la señora que, en un momento dado, puede obtener una pensión no contributiva" a través de la misma. Serrano considera que muchos hombres sufren "maltrato institucional" y alega que lucha "por la verdadera justicia y la auténtica igualdad".
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Montalbán, censuró al juez y le acusó de "carecer de rigor y fundamento alguno" por sus declaraciones.
"Lo más grave es que parece imputar ligereza a los jueces que acordaron medidas cautelares".
A continuación, el juez denunció a su colega por sus críticas, pero la Audiencia sevillana archivó el caso.
Un magistrado polémico y procesado
J. M.-A. - Sevilla - 03/05/2011
Al magistrado sevillano de familia Francisco Serrano le acompaña la polémica por sus controvertidas opiniones y unas decisiones judiciales puestas en entredicho.
La última de ellas fue contrariada la semana pasada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que le ha procesado por un presunto delito de prevaricación al modificar el turno de custodia de un niño de 11 años, establecido por otro juzgado.
El magistrado cambió el turno de custodia de un menor que había establecido el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº4 apliando en día y medio su estancia con el padre divorciado con el fin de garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugá sevillana, una decisión que, según el TSJA, "puede ser valorada como excesiva y, por tanto, inadecuadamente en función de las circunstancias".
Hace 1 ño y medio, el juez estuvo en el centro de la polémica por unas sorprendentes declaraciones en las que afirmaba que la ley integral contra la violencia de género está "inspirada" en la "dictadura del feminismo radical" y encierra efectos perversos como las denuncias falsas.
En otra entrevista, Serrano criticó que las denuncias falsas por maltrato hacia la mujer estaban provocando un "genocidio" entre los hombres, ya que las consecuencias que se estaban derivando-como la retirada de la custodia de los hijos- estaba llevando, dijo literalmente, a que "muchos hombres se estén suicidando".
"La violencia en el ámbito de la pareja es bidireccional, y en todos los países, salvo en España, lo que se protege y regula es la violencia en el ámbito doméstico, y no la violencia sobre la mujer", criticó Serrano.
El magistrado sostiene que las denuncias falsas existen "porque hay interés en ello, ya que los recursos asistenciales para la defensa del maltrato se están financiando a través del número de denuncias" y también por "el interés de la señora que, en un momento dado, puede obtener una pensión no contributiva" a través de la misma. Serrano considera que muchos hombres sufren "maltrato institucional" y alega que lucha "por la verdadera justicia y la auténtica igualdad".
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Montalbán, censuró al juez y le acusó de "carecer de rigor y fundamento alguno" por sus declaraciones.
"Lo más grave es que parece imputar ligereza a los jueces que acordaron medidas cautelares".
A continuación, el juez denunció a su colega por sus críticas, pero la Audiencia sevillana archivó el caso.
Un juez ordena a dos divorciados turnarse en la casa por sus hijos
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/juez/ordena/divorciados/turnarse/casa/hijos/elpepisoc/20110503elpepisoc_3/Tes
Un juez ordena a dos divorciados turnarse en la casa por sus hijos.
La sentencia apela a la protección del interés de los menores e impone que los excónyuges roten cada 3 meses.
Expertos ven esta solución "desquiciante".
JAVIER MARTÍN-ARROYO - Sevilla - 03/05/2011
Un juez ha decretado que una pareja divorciada con 2 hijos menores se turnen en el uso de su vivienda común de Sevilla cada 3 meses.
El magistrado les otorga la custodia compartida con la obligación de vivir por turnos en la casa para así primar el interés de los menores.
No es la primera sentencia que impone esta solución salomónica que implica inconvenientes prácticos, entre otros, tener que contar con 3 domicilios.
La fórmula puede abrirse paso de la mano de leyes que regulan la custodia compartida en diferentes comunidades autónomas.
Lo llamativo es que se imponga ese modo de vida a los excónyuges sin acuerdo entre ellos, lo que para algunos expertos será muy conflictivo.
El fallo argumenta que deben superarse "prejuicios sexistas" del reparto familiar.
"El padre y la madre disponen de recursos para cubrir necesidades".
El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales. "El Supremo nos ha hecho un guiño para liquidar el patrimonio tras la separación", valora María Pérez, letrada y secretaria de la asociación de abogados de familia.
Esta solución denominada "casa nido" implica un nivel salarial similar de los padres y habitualmente se establece como paso previo a la liquidación de la casa familiar.
En este caso de Sevilla, los padres han acordado vivir en el domicilio de los hijos por turnos cada semana de manera alternativa, pese a que la sentencia fija los 3 meses para respetar las evaluaciones escolares.
La madre se opuso a la custodia compartida, pero el informe favorable del fiscal y el equipo psicosocial brindaron al juez la posibilidad de establecer esta solución, peliaguda por sus inconvenientes prácticos y las tensiones familiares que puede acarrear.
"Tanto el padre como la madre disponen de recursos personales, familiares y sociales para cubrir adecuadamente las necesidades materiales y afectivas de sus hijos", refleja la sentencia del juez de familia Francisco Serrano, de la que ayer informó Europa Press.
El magistrado acuerda que cada cónyuge (la madre es funcionaria y el padre regenta un negocio) asuma los gastos ordinarios para la alimentación de sus hijos mediante una cuenta mancomunada con 250 euros mensuales.
Serrano razona en la sentencia:
"Hoy no puede concluirse apriorísticamente que solo las madres pueden preocuparse de dispensar a sus hijos la cobertura de sus necesidades afectivas y materiales [...] Se han de superar los prejuicios sexistas, exigiendo el interés de los hijos".
Hasta ahora, solo Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra cuentan con regulación específica sobre la custodia compartida de los hijos, aunque el País Vasco está tramitándola.
Además, solo Aragón la establece como el régimen preferente cuando se rompe la pareja si no hay acuerdo entre las partes.
Esta circunstancia hace que este acuerdo de compartir la casa familiar por turnos sea aún infrecuente, así como que sea necesario el informe favorable del fiscal, que es vinculante. Pero sobre todo la fórmula es extraordinaria porque los ingresos de los cónyuges deben ser similarmente elevados y la grave crisis actual hace que vender el domicilio familiar no sea un buen negocio.
"Muchos hombres lo ven como una utopía, pero no deben desistir porque si lo hacen, el legislador no se mueve", añade Pérez.
Otras voces discrepan sobre la conveniencia de la inusual medida:
"No es común porque provoca un sinfín de problemas. Es una fuente de conflictos segura, sobre todo, si uno de los 2 tiene pareja", opina la abogada Elvira Rodríguez.
La letrada Amparo Díaz censura asimismo esta solución:
"Es un poco desquiciante y una tortura, y al cabo del tiempo las partes suelen llegar a un acuerdo para cambiar el sistema".
Esta vía suele ser transitoria; es habitual que los progenitores rehagan sus vidas tras la separación.
"Con el tiempo es muy difícil trasladar a una familia completa para estar todos con el menor en la anterior casa familiar", plantea José Antonio Caparrós, de la Asociación por la Protección Integral de la Familia.
Un caso inusual
- Un juez ha decretado que una pareja con 2 hijos menores se turnen en el uso de la vivienda familiar cada 3 meses. La medida debe contar con el informe favorable del fiscal y los padres deben contar con ingresos salariales similares.
- Hasta ahora, Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra han legislado para primar la custodia compartida de los hijos. El País Vasco está tramitándola.
- El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales.
Un juez ordena a dos divorciados turnarse en la casa por sus hijos.
La sentencia apela a la protección del interés de los menores e impone que los excónyuges roten cada 3 meses.
Expertos ven esta solución "desquiciante".
JAVIER MARTÍN-ARROYO - Sevilla - 03/05/2011
Un juez ha decretado que una pareja divorciada con 2 hijos menores se turnen en el uso de su vivienda común de Sevilla cada 3 meses.
El magistrado les otorga la custodia compartida con la obligación de vivir por turnos en la casa para así primar el interés de los menores.
No es la primera sentencia que impone esta solución salomónica que implica inconvenientes prácticos, entre otros, tener que contar con 3 domicilios.
La fórmula puede abrirse paso de la mano de leyes que regulan la custodia compartida en diferentes comunidades autónomas.
Lo llamativo es que se imponga ese modo de vida a los excónyuges sin acuerdo entre ellos, lo que para algunos expertos será muy conflictivo.
El fallo argumenta que deben superarse "prejuicios sexistas" del reparto familiar.
"El padre y la madre disponen de recursos para cubrir necesidades".
El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales. "El Supremo nos ha hecho un guiño para liquidar el patrimonio tras la separación", valora María Pérez, letrada y secretaria de la asociación de abogados de familia.
Esta solución denominada "casa nido" implica un nivel salarial similar de los padres y habitualmente se establece como paso previo a la liquidación de la casa familiar.
En este caso de Sevilla, los padres han acordado vivir en el domicilio de los hijos por turnos cada semana de manera alternativa, pese a que la sentencia fija los 3 meses para respetar las evaluaciones escolares.
La madre se opuso a la custodia compartida, pero el informe favorable del fiscal y el equipo psicosocial brindaron al juez la posibilidad de establecer esta solución, peliaguda por sus inconvenientes prácticos y las tensiones familiares que puede acarrear.
"Tanto el padre como la madre disponen de recursos personales, familiares y sociales para cubrir adecuadamente las necesidades materiales y afectivas de sus hijos", refleja la sentencia del juez de familia Francisco Serrano, de la que ayer informó Europa Press.
El magistrado acuerda que cada cónyuge (la madre es funcionaria y el padre regenta un negocio) asuma los gastos ordinarios para la alimentación de sus hijos mediante una cuenta mancomunada con 250 euros mensuales.
Serrano razona en la sentencia:
"Hoy no puede concluirse apriorísticamente que solo las madres pueden preocuparse de dispensar a sus hijos la cobertura de sus necesidades afectivas y materiales [...] Se han de superar los prejuicios sexistas, exigiendo el interés de los hijos".
Hasta ahora, solo Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra cuentan con regulación específica sobre la custodia compartida de los hijos, aunque el País Vasco está tramitándola.
Además, solo Aragón la establece como el régimen preferente cuando se rompe la pareja si no hay acuerdo entre las partes.
Esta circunstancia hace que este acuerdo de compartir la casa familiar por turnos sea aún infrecuente, así como que sea necesario el informe favorable del fiscal, que es vinculante. Pero sobre todo la fórmula es extraordinaria porque los ingresos de los cónyuges deben ser similarmente elevados y la grave crisis actual hace que vender el domicilio familiar no sea un buen negocio.
"Muchos hombres lo ven como una utopía, pero no deben desistir porque si lo hacen, el legislador no se mueve", añade Pérez.
Otras voces discrepan sobre la conveniencia de la inusual medida:
"No es común porque provoca un sinfín de problemas. Es una fuente de conflictos segura, sobre todo, si uno de los 2 tiene pareja", opina la abogada Elvira Rodríguez.
La letrada Amparo Díaz censura asimismo esta solución:
"Es un poco desquiciante y una tortura, y al cabo del tiempo las partes suelen llegar a un acuerdo para cambiar el sistema".
Esta vía suele ser transitoria; es habitual que los progenitores rehagan sus vidas tras la separación.
"Con el tiempo es muy difícil trasladar a una familia completa para estar todos con el menor en la anterior casa familiar", plantea José Antonio Caparrós, de la Asociación por la Protección Integral de la Familia.
Un caso inusual
- Un juez ha decretado que una pareja con 2 hijos menores se turnen en el uso de la vivienda familiar cada 3 meses. La medida debe contar con el informe favorable del fiscal y los padres deben contar con ingresos salariales similares.
- Hasta ahora, Aragón, Cataluña, Valencia y Navarra han legislado para primar la custodia compartida de los hijos. El País Vasco está tramitándola.
- El Tribunal Supremo estableció la semana pasada que el pago de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar la vivienda familiar deberá ser pagada a partes iguales en caso de divorcio, siempre que no se haya procedido a la liquidación de la sociedad de gananciales.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)