sábado, 13 de febrero de 2010

Algunas sentencias del Tribunal Constitucional tardan 8 años

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=686801&idseccio_PK=1008&h=100213

FALLO SOBRE EL ESTATUT:Gay avisa de que algunas sentencias del TC «tardan 8 años»

AGENCIAS.BARCELONA.13.02.2010
El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Eugeni Gay aconsejó ayer paciencia a los que esperan una sentencia rápida sobre el Estatut al señalar que algunos fallos de este órgano jurídico «tardan entre 7 y 8 años» y solo se dedican a revisar algunos artículos recurridos de una ley, mientras que en el caso de la Carta catalana se trata de analizar 230 preceptos.
«Esto es algo que no ha ocurrido en ningún tribunal constitucional del mundo», aseveró el magistrado en un encuentro con estudiantes de derecho de Esade, en Barcelona.

Con esos argumentos, Gay, que está alineado en el sector progresista del alto tribunal, intentó demostrar a los futuros letrados que el Constitucional «no está tardando» en dictar la sentencia sobre el Estatut.
Tampoco dejó pasar la ocasión para lamentar que el TC «está en una situación de precariedad absoluta ya que hace 2 años que las instituciones públicas representadas por partidos políticos no lo han renovado».

Gay afirmó que el tribunal está legitimado para dictar la sentencia porque sus miembros no pueden abandonar el cargo cuando quieren, «sino cuando llega el cese a partir de determinado momento».

CUATRO RELEVOS.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, manifestó ayer que para renovar los relevos pendientes del TC (4 vencieron en el 2007) se necesita contar con el consenso del Congreso y el Senado y que por ahora el PP no está por esa labor.

Preguntas sobre las Viviendas de Proteccion Oficial

http://inmoferrocarril.com/viviendas_categoria.php?id=3

¿Qué es una VPO?
Son las siglas de Vivienda de Protección Oficial, la terminología actual es Vivienda de Protección pública.

¿Qué tipo de viviendas tienen ayuda a su compra?
Las viviendas de protección oficial reciben ayuda dependiendo de la tipología de que se trate, ya sean nuevas o de 2º mano, también existen ayudas para comprar una vivienda libre (no protegida) de 2º mano.
Las únicas viviendas que quedarían excluídas, son las nuevas de renta libre.

¿Cuándo puedo pedir la ayuda para la compra de vivienda existente?
Esta ayuda se puede solicitar antes o después de la compra de la vivienda. Si se solicita antes, bastará con un contrato privado de compraventa entre las partes ( contrato de arras o señal ), que recoga las claúsulas generales, además del resto de documentos.
Si se solicita después, hay un plazo máximo de 4 meses desde firma de escritura , para pedir la ayuda.

¿Tardan mucho en abonar la ayuda?
En el momento de la firma del préstamo hipotecario, se ingresa en la cuenta del solicitante la cuantía de ayuda directa a la entrada del Estado.
La cuantía de la Comunidad Autónoma, se solicitará con la entrega de la fotocopia compulsada de la escritura del préstamo hipotecario y vivienda.

¿Para solicitar la ayuda al inquilino debo estar ya residiendo de alquiler?
Si, pues será necesario entregar copias compulsadas del contrato de arrendamiento, y además haber pagado la cuantía correspondiente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD).

¿Si tengo más de 35 años, ya no puedo solicitar ayuda para comprar vivienda?
Por supuesto que sí, lo único que no recibirás la cuantía correspondiente a “joven ” que asciende a 3.000€, sin embargo recibirás el resto de ayuda que te correspondan por nivel de ingresos.

¿Qué limitaciones tiene la compra de una vivienda protegida?
Logicamente al adquirir una vivienda protegida, existen una serie de limitaciones para evitar la expeculación sobre esa vivienda.
El precio de venta, estará limitado al promotor por unos módulos establecidos por la Junta de Extremadura, y también se limitará su venta durante un período de 10 años, estableciendo sin embargo, una serie de motivos tasados por los que se permitiría la venta de la misma, si ésto se produce en los 5 primeros años, habría que devolver la cuantía de ayudas y los intereses generados.

¿Puedo beneficiarme de diferentes ayudas a la vez?
Sí, existen ayudas que son compatibles entre ellas. Por ejemplo, la ayuda al inquilino, se puede solicitar siempre y cuando se cumplan los requisitos para ello, mientras se esté residiendo en alquiler hasta que se entregue la vivienda que se ha comprado.
También es posible pedir una ayuda a compra de vivienda existente, y si la vivienda tiene más de 15 años, pedir también la ayuda a rehabilitación de la misma, siempre que se cumplen los requisitos para ello.

¿Cómo puedo calcular el precio máximo para escriturar una vivienda de 2ª mano, para poder recibir la ayuda?
Muy fácil, simplemente hay que multiplicar el precio del módulo según la zona y la tipología de vivienda de que se trate, atendiendo a los precios facilitados en la información de esta ayuda,, por los m2 útiles de dicha vivienda, y en cuanto al garage y trastero, se computa el 60% contabilizando un máximo de 25m2 en el garage y 8m2 en el trastero, (ésto quiere decir que si tuvieran más m2 útiles, el máximo a computar sería éste).

¿Dónde puedo acudir si encuentro desperfectos en mi vivienda nueva?
Existe un servicio de inspección gratuíta de vivienda, donde a través de la solicitud, la Junta de Extremadura, pone a disposición una serie de técnicos que inspeccionarán nuestra vivienda, y elaborarán el correspondiente informe, para poder tomar las medidas que se consideren.

¿Qué es eso del presupuesto protegido en materia de rehabilitación?
El presupuesto protegido es el coste real de la actuación, abarca el precio total de la ejecución de la obra, los honorarios facultativos y de gestión, y los tributos que hayan de pagarse

Rojas Marcos: "Contra la adversidad, resiliencia"

http://hoysalud.es/articulo.php?id=1112

Rojas Marcos: "Contra la adversidad, resiliencia"

EFE 13 de Febrero de 2010.
Luis Rojas Marcos considera un error pensar que la adversidad hace más fuerte al ser humano -"es absolutamente falso", insiste-, aunque sí cree, desde su experiencia como profesional de la psiquiatría, que en nuestro interior habita "una impresionante fuerza natural" para combatirla.

Una fuerza interior que impregna todos y cada uno de nuestros genes y que Rojas Marcos, al igual que otros psicólogos y psiquiatras, ha dado en llamar "resiliencia", un anglicismo que han tomado prestado de la Física, donde se usa desde hace tiempo y que remite a la capacidad de un objeto de encajar un golpe sin romperse.

"Resiliencia" es, pues, elasticidad, resistencia, superación...aplicada a los objetos, y "una simbiosis natural y única de flexibilidad, resistencia, adaptación y recuperación" que los humanos tenemos para combatir la adversidad.
Es "la poderosa capacidad humana de encajar, resistir y superar la adversidad", escribe Luis Rojas Marcos en su último libro, "Superar la adversidad. El poder de la resiliencia", editado por Espasa.

"Mi propósito es informar a las personas sobre la capacidad que tenemos de sobrevivir, de superar la adversidad e, incluso, de sacarle algo positivo", afirma el que fuera jefe de los servicios de salud mental, alcoholismo y drogas del municipio de Nueva York y director de su Sistema de Sanidad y Hospitales Públicos, entre 1995 y 2002.

6 son los pilares que, cuenta en su libro, soportan la tan poderosa fuerza de supervivencia que es la "resiliencia", y que permite al ser humano plantar cara a algo de lo que ninguno se libra: las desgracias.
a.-Las conexiones afectivas con quienes nos rodean,
b.-las funciones ejecutivas -el autocontrol, la energía vital son dos ejemplos de ellas-,
c.-el centro de control interno de nuestras vidas y decisiones,
d.-la autoestima,
e.-el pensamiento positivo y
f.- las ganas de vivir
son esos seis pilares que, en cada persona, son más o menos firmes.

"Tener una familia, un grupo de amigos, pertenecer a un club o a una determinada religión puede ayudar a superar la adversidad, porque de ello se puede recibir solidaridad, apoyo y ganas de vivir", apunta este sevillano emigrado a Nueva York en la década de los 60 del siglo pasado, ciudad en la que desde entonces vive y ejerce la Medicina.

Rojas Marcos habla del sentido del humor, de su importancia para hacer frente a las crisis, inevitables en la existencia.
"No sirve de mucho -dice- cuando el barco se está hundiendo, pero sí más tarde, cuando te das cuenta de lo que te ha pasado. Ayuda a digerir algo tan trágico como la muerte".
Y cuenta una anécdota personal.
"Antes de que mi madre muriera, por una cuestión práctica y de respetar su voluntad, le pregunté si prefería que la enterráramos o que incineráramos su cuerpo. Su respuesta fue, con una sonrisa: sorpréndeme".

También habla de límites a la hora de soportar el sufrimiento -"tenemos un límite, claro que lo tenemos", insiste-, y asegura que, en general, "no soportamos más de 2 grandes tragedias en nuestras vidas".
2 adversidades serias, de esas "que conmueven tu vida, de las que amenazan tu equilibrio mental o físico e, incluso, amenazan la existencia. Tocamos -insiste- a 2 de media".

Tragedias como la muerte de un hijo o de la pareja, un grave accidente o una enfermedad como el cáncer.
O desastres naturales como un terremoto o una inundación. Aunque, afirma, estamos más preparados para soportar las segundas que las primeras.
"Es excepcional -insiste- que una persona aguante mucho sufrimiento y se mantenga equilibrado".

Ante el infortunio, Rojas Marcos enumera en su libro "mecanismos protectores", como:
1.- la intuición,
2.- el sentido del humor o
3.- la capacidad de pasar página,
y enumera los cuatro "venenos" que nos hacen especialmente vulnerables ante las calamidades: a.-el pánico,
b.-el aturdimiento,
c.-la depresión y
d.-el estancamiento.

Depresión que no hay que confundir "con esa tristeza normal que no debemos dejar que nadie nos la robe, porque es sana y normal. Cuando, por ejemplo, nos quedamos en paro o si se muere alguien querido. La depresión es otra cosa.
Es una enfermedad que durante el tiempo que dura te cambia por completo, te convierte en otra persona".
Pero a lo que peor hacemos frente, según su opinión, es a la incertidumbre.
"Tenemos hoy -asegura- una mayor resistencia a situaciones de incertidumbre. Nos ponemos muy nerviosos cuando ocurre alguna cosa que resquebraja nuestro sentido de futuro. La incertidumbre es ansiedad, pánico en mucha gente. Y la vida -concluye- si algo es, es incertidumbre"

Comprensión ante el divorcio de la Infanta Elena y Jaime de Marichalar

http://aula.elmundo.es/noticia.cfm?idTipoPortada=2&general=1&idComunidad=&idPortada=&idNoticia=11473

ANA GONZÁLEZ RUEDA.Madrid.Diario el Mundo. Jueves, 11.02.2010
Hace exactamente 12 años que la primogénita de los Reyes de España, la Infanta Elena, contraía matrimonio con Jaime de Marichalar.
Después de una época feliz, los rumores que difundían algunos medios de comunicación apuntaban a que la pareja estaba atravesando una temporada difícil, y pronosticaban que el cese de la unión llegaría antes o después.

No se equivocaban.
Así, en noviembre del año 2007 dejaban de vivir juntos pese a la mala imagen que podían proyectar.
La situación se perpetuaba y, tanto es así, que ahora se divorcian de mutuo acuerdo.
Pero ahí no queda el asunto y la polémica no ha tardado en llegar cuando las principales cabeceras del panorama nacional se han hecho eco de la noticia y de las imágenes publicadas en la página web de la Casa Real, donde ahora Jaime de Marichalar ya no aparece.
Además, el Museo de Cera ha retirado su figura aludiendo el sin sentido de conservarla cuando esta persona ya no tiene relación alguna con la Familia Real.

Motivos más que suficientes para dar que hablar también a los jóvenes.
Sin embargo, la mayoría de los consultados no le da tanta importancia al asunto y, sobre todo, se muestra partidario de este divorcio si no hay amor entre ellos.

Un ejemplo lo constituyen dos alumnas de 4º de ESO del Colegio Helicon de Madrid.
"Aunque formen parte de la Monarquía, 2 personas que no se quieren no tienen por qué estar juntas", afirma Celia García.
Pero la Reina Sofía se pronunció sobre el tema aludiendo que formar parte de esta institución supone unos sacrificos, ya que hay que mantener su esencia, según ha publicado este diario.

Aún así, su compañera Ana García Peral secunda a su amiga:
"Han tomado la decisión correcta si no estaban bien juntos; al fin y al cabo son 2 personas igual que nosotros y existe la posibilidad del divorcio".

A pesar del mal trago que seguramente suponga este paso, cuando además se plantean la nulidad matrimonial para que la Infanta pueda volver a casarse por la Iglesia en un futuro, Manuel Polo, del Colegio Núñez de Arce de Valladolid supone que a Jaime de Marichalar "le sentará mal que le hayan quitado de la foto de la Casa Real, pero si el matrimonio está mal hay que tomar estas decisiones que tienen consecuencias".
De hecho, este estudiante está convencido de que los medios de comunicación le están dando más bombo al asunto del que se merece:
"Tendría que ser lo más normal aunque sea la Monarquía".

Celia García reafirma esta opinión haciendo referencia al poco respeto que los medios en general tienen a los personajes públicos:
"Yo pienso que hay que respetar un poco más a cualquiera, que necesitan más intimidad y que no todo el mundo esté hablando de si se divorcian o no".
Sobre la supresión de la figura de Jaime de Marichalar del Museo de Cera, "tampoco hace falta llegar a este punto", afirma Celia García, a la que le parece exagerada la decisión.

Tanto es así, según los consultados, que Guillermo Lavilla, alumno del centro Margarita Salas de Madrid reconoce que le "da igual" y, continúa sin darle más importancia al asunto:
"Ellos sabrán lo que hacen".

Si finalmente llevaran a cabo el proceso de nulidad martrimonial el encargado sería la Santa Sede.
Sería un proceso lento y costoso.
Además, sólo existe un precedente: Carolina de Mónaco y Philippe Junot, que tardaron 12 años en conseguirlo.
¿Tendremos que esperar 12 años más para verlo?
Lo que está claro es que era una ruptura anunciada: "Había muchos rumores, era esperado", afirma Ana García.

El ciudadano debe comprar casa ahora

http://www.elmundo.es/suplementos/suvivienda/2010/620/1265929207.html

«El ciudadano debe comprar casa ahora»
José Ignacio Navas, autor de 'Claves para afrontar la crisis inmobiliaria', asegura que los precios subirán durante 2010

BENITO MUÑOZ.Diario El Mundo.12 de Febrero de 2010, nº 620
El consumidor es, hoy por hoy, uno de los grandes perjudicados por la crisis inmobiliaria.
Explicar la situación y aportar ideas para debatir sobre sus derechos en la actualidad es una de las premisas de las que parte José Ignacio Navas en su libro 'Claves para afrontar la crisis inmobiliaria' (editado por La Ley).

Una charla con este experto inmobiliario, notario de profesión, y coordinador del Observatorio de la Vivienda del Consejo General del Notariado, permite incidir en aspectos que debe conocer todo aspirante a comprar una casa y examinar el presente y futuro de la crisis del sector.
«He pretendido que cobre importancia, lo que ya sucede en Europa, el derecho de protección al consumidor porque en España no está configurado, organizado, sistematizado. El usuario se encuentra con una dispersión normativa», dice.

Pero también ha escrito este libro porque «siempre» ha creído «que una profundización democrática en los derechos de la ciudadanía era más que necesaria».
Además, opina: «Se me ocurría que ahora toca proteger los intereses del ciudadano como consumidor. Que la ciudadanía se sienta parte de ese proyecto democrático. Porque las democracias le piden mucho a los ciudadanos, pero le están dando muy poco».

Tal y como están las cosas, ¿debe comprar el usuario una vivienda?
«El ciudadano que necesita la vivienda debe comprar; no es buen momento para el inversor. Es un momento extraordinario para comprar, porque en el año 2010 se va a producir el rebote y empezarán a subir los precios. Aunque no subirán, ni lo deseo, como en los años pasados».

Tras la crisis
¿Qué ocurrirá? Responde sin dilación:
«En el momento en que se acabe la crisis toda la caída del mercado se va a recuperar en un año y se va a producir una subida brutal porque el imaginario popular no olvida lo que costaba antes. Su deseo es que regrese a su precio».
Y concluye al respecto:
«Por tanto, el mejor momento para comprar es ahora, que parece que los bancos están empezando a financiar. Pero hoy para comprar tienes que tener un dinero ahorrado».

Por el contrario, recuerda que «éste es un pésimo momento para el vendedor».
Y a éstos les da un consejo: «Si pueden alquilar, alquilen».

Sus reflexiones están salpicadas de algunos 'palos'.
Empezando por las tasadoras:
«La tasación ha sido el cáncer de nuestro sistema. Se puso de relieve que las tasadoras no tenían mucha independencia porque eran correa de transmisión de los bancos».
Y en seguida continúa:
«Meses antes, las tasadoras tasaban los inmuebles con un valor muy superior al real y de repente empezaron a bajar hasta un 40% del valor que antes le servía de guía. Un mercado no se comporta de una manera tan irregular o tan esquemática: de un 40% arriba a un 40% abajo».

Qué decir de algo que preocupa a todo el mundo: los precios.
«Se ha falseado la realidad. La realidad es que el precio ha bajado un 30%», apunta.

Vivienda nueva y usada
En vivienda nueva, «el promotor no puede bajar más allá de su endeudamiento».
Pone un ejemplo que todo el mundo puede entender:
«Si soy promotor y vendo unos pisos a 800.000 euros y me he hipotecado por 600.000 euros, no puedo bajar más de eso».

La vivienda usada, en su opinión, es otra cosa.
«Han bajado un 30% o un 35%. Estamos en precios de 1998-99 o de 2000-02».

José Ignacio Navas piensa que el 'stock' lo está mediatizando todo.
Para que el sector funcione cree que, en la actualidad, podría bastar con la producción de 200.000 o 250.000 viviendas anuales.
Y recuerda que antes, con los jóvenes de entre 18 y 24 años y los inmigrantes como demandantes «tenían sentido entre 300.000 y 350.000 anuales». Ahora no.
«La natalidad ha bajado y los inmigrantes, que han supuesto un colectivo colosal de compra, se están yendo».

Se pregunta que si a los bancos se les ha decidido ayudar, por qué no al sector inmobiliario.
«Hay que ayudarle de una manera razonable. De este sector dependen muchos subsectores que hacen economía, y hay que conseguir que tengan cierto tono. No parece políticamente correcto ayudar a un sector que ha sido el blanco de todas las críticas, pero hay que hacerlo».

viernes, 12 de febrero de 2010

El precio de los alquileres continuará bajando

http://www.elmundo.es/suplementos/suvivienda/2010/620/1265929208.html

El precio de los alquileres continuará bajando.
Se empezará a estabilizar a lo largo del segundo semestre de este año.

L. M. C. Diario El Mundo. 12 de Febrero de 2010, nº 620
La sobreoferta de viviendas en alquiler está jugando a favor de los intereses de los inquilinos y ha hecho que los propietarios pierdan el poder de negociación que habían ostentado durante años. Ésta es una de las conclusiones del informe sobre el mercado del arrendamiento que ha elaborado la consultora inmobiliaria Forcadell.

El estudio afirma que los propietarios han ido asumiendo «no sin dificultad» el cambio de papeles y han ajustado sus pretensiones, los periodos de comercialización se han dilatado y los precios se han ido reduciendo.
Forcadell habla en su informe de «realidad contrastada» para referirse al descenso de las rentas y asegura que éstas iniciaron su trayectoria a la baja en 2008 y que han caído de forma más pronunciada en el primer semestre de 2009.

La consultora cree probable que el ajuste de los precios se prolongue más y que progresivamente vaya suavizándose para encontrar la estabilización a lo largo del segundo semestre de 2010.
Además del excedente de viviendas en alquiler, otro de los factores que puede tirar del precio a la baja es el aumento de la morosidad que hace que un significativo número de propietarios apliquen descuentos en las rentas para retener a los buenos arrendatarios.

Según la consultora catalana esta situación se explica por el desequilibrio que se empieza a observar entre la oferta y la demanda desde finales de 2007.
Por un lado, porque la oferta ha crecido en exceso debido a la cantidad de pisos destinados en un principio a la venta que, tanto particulares como promotores, no han conseguido vender y que se incorporan al mercado del arrendamiento.

Poder adquisitivo
Por otro, porque la demanda se ha visto debilitada por efecto de la crisis sobre la economía de las familias.
En este punto el informe recuerda que este régimen de tenencia está «vinculado a familias de bajo poder adquisitivo y colectivos poco pudientes como los jóvenes, las familias monoparentales, los inmigrantes o los jubilados».

Según Forcadell, la disminución del poder adquisitivo y la caída de la confianza del consumidor han hecho disminuir el presupuesto de los demandantes que también han visto mermada su capacidad de hacer frente a las garantías que exigen los propietarios.
Además, el estudio concluye que la tendencia expansiva del régimen de tenencia en alquiler en España se encuentra en su fase inicial y que, por tanto, le queda un largo recorrido en los próximos años.

Desde esta consultora creen que asistiremos «a un avance progresivo pero tímido» del alquiler frente a la compra, aunque será realmente «costoso y complicado» llegar a alcanzar la media de la Unión Europea, donde el alquiler supone un 30%.
Pese a esta tendencia expansiva, en 2008, el porcentaje de viviendas principales que estaban alquiladas en toda España era únicamente el 13,19% del total, según datos del Ministerio de Vivienda. En Madrid asciende al 19,97% y en Barcelona al 20,49%.

El estudio reconoce el esfuerzo del Gobierno por fomentar el alquiler aunque duda de la efectividad de algunas de sus medidas como la puesta en marcha de la Sociedad Pública de Alquiler, la Renta Básica de Emancipación o la deducción en el IRPF para los inquilinos.

Me han cortado la ayuda por no hacer la Declaración de la Renta.

http://www.elmundo.es/suplementos/suvivienda/2010/620/1265929205.html

Obligados a declarar por culpa de la RBE.
Los jóvenes mileuristas que cobran la ayuda al alquiler de 210 euros deben 'fichar' ante hacienda para seguir percibiéndola.

JORGE SALIDO COBO.Diario El Mundo.12 de Febrero de 2010, nº 620
La Renta Básica de Emancipación (RBE), ayuda estatal de 210 euros al alquiler, no sólo animará a los jóvenes a irse del hogar familiar. También les hará madurar fiscalmente.
La inmensa mayoría de los beneficiarios, por no decir todos, independientemente de que sus ingresos anuales no superen los 22.000 euros -curiosamente, el mismo techo que se exige para poder acceder a la RBE-, están obligados a hacer la declaración de la renta si quieren seguir percibiendo la subvención pese a que por sus ingresos no estén obligados a ello.

Este hecho ha sorprendido a muchos, que han visto cómo perdían inesperadamente este privilegio económico a finales de año sin, en principio, motivo aparente.
«Llevaba ya meses recibiendo los 210 euros y en noviembre dejé de cobrarlos. Pensé que se trataba de un retraso más, pero después me dijeron que era por no estar al corriente con la Agencia Tributaria», afirma un afectado en un foro de internet que echa chispas bajo el título 'Me han cortado la ayuda por no hacer la Declaración de la Renta'.

Por ley, los contribuyentes que sólo tienen un pagador y cobran menos de 22.000 euros no están forzados a rendir cuentas ante Hacienda, aunque esta norma queda anulada si reciben cualquier ayuda del Estado.
En este caso, sólo quedan exentos de declarar los 'subvencionados' que cobren menos de 9.000 euros -sumados los ingresos y el subsidio-.

Según los últimos datos oficiales, apenas un 25% de los 167.000 beneficiarios de los 210 euros ganaba, a fecha 31 de diciembre, menos de 10.000 euros.
Por ello, la mayoría, incluidos los mileuristas, están obligados a 'picar billete' en la Agencia Tributaria.

«Todo esto no es ninguna novedad. Como con cualquier otra ayuda del Estado, como por ejemplo la destinada a compra de automóviles, que supone un ingreso patrimonial, los beneficiarios adquieren la obligación de presentar la declaración del IRPF.
De no hacerlo, además de poder ser sancionados por cometer una infracción tributaria, también dejarán de cobrar la RBE por no estar al día de sus obligaciones fiscales», confirman fuentes del departamento de Beatriz Corredor a SU VIVIENDA.

En este sentido, y a raíz de la consulta realizada por este suplemento, el Ministerio de Vivienda aplicará varias medidas para subsanar un problema que estaría afectando a cientos de jóvenes. Estas decisiones ministeriales consistirán en mandar una circular a todas las comunidades autónomas para que lo comuniquen a los perceptores y en incluir un aviso en la web ' www.alquilerjoven.es recordando a los beneficiarios su obligación de realizar la declaración del IRPF.

¿Desinformación o dejadez?
Pero, ¿por qué esto ha pillado desapercibidos a miles de jóvenes?
Entre los requisitos exigidos, como recalcan desde el Ministerio, no aparece la obligación de hacer la declaración de la renta, ni en los formularios, ni en el Real Decreto, pero sí la de estar al corriente de las obligaciones fiscales.

«El incumplimiento de la letra 'd' del apartado 3 del art. 3º del Real Decreto 1472/2007 de 2 de noviembre ['Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social'] es el que motiva que los beneficiarios que no hicieron su declaración en 2008 dejen de percibir la ayuda», afirma José M. Mollinedo, secretario general de los Técnicos de Hacienda (GESTHA).

El ministerio, además, manda un mensaje de tranquilidad aludiendo a que, una vez solucionado el problema con Hacienda, se ingresarán con carácter retroactivo los retrasos.
Algo que ratifican algunos beneficiarios que han presentando recientemente la declaración y han abonado la pertinente sanción por el retraso.
Fuentes de la Agencia Tributaria, para evitar que la situación se repita, han adelantado a SU VIVIENDA que para el ejercicio de 2009 se incluirá, junto a cada borrador, una carta recordatorio dirigida a los que cobran la Renta Básica de Emancipación recordándoles su deber de rendir cuentas anuales ante Hacienda.

210 a repartir con Hacienda
Los beneficiarios de la Renta Básica de Emancipación no sólo están obligados a hacer la declaración de la renta, sino también a plasmar estos ingresos provenientes de las arcas del Estado en su correspondiente casilla -la 312 en 2008-.
Eso sí, siempre que éstos hayan superado los 1.000 euros anuales.

Según el lenguaje fiscal, la RBE es una «ganancia patrimonial no sujeta a retención» no exenta de declararse.
De este modo, y dependiendo de las circunstancias económicas, personales y familiares, a cada contribuyente se le aplicará una retención diferente.

Según cálculos hechos por el Ministerio de Vivienda, un joven que el pasado ejercicio percibió unos rendimientos del trabajo por importe de 15.000 euros brutos, procedentes de un pagador, tributaría un tipo medio de gravamen del 12,91%.
Si a estos ingresos añade otros 2.310 euros en concepto de la RBE, el porcentaje subirá hasta el 14,72%. Por lo tanto, la repercusión de la subvención supone un 1,81% de incremento.

Si el salario bruto ascendiera a 21.900 euros, el gravamen pasaría del 16,81% al 18,06% (+1,25%).
Si traducimos estos porcentajes a euros, en el primer ejemplo supondría unos números negativos ante Hacienda de 313,3 euros y en el segundo, de 306,6 euros.

Se quema 'a lo bonzo' en un bar de Alcantarilla por problemas con su pareja

http://www.20minutos.es/noticia/447520/0/

Se quema 'a lo bonzo' en un bar de Alcantarilla por problemas con su pareja
Está grave, con quemaduras en más del 50% del cuerpo.
Cuando llegó la Policía portaba un bidón de gasolina y un mechero.

AGENCIAS. 02.02.2009
Un hombre de 35 años y nacionalidad francesa y origen marroquí ha resultado con quemaduras graves en más del 50 % de su cuerpo al rociarse con gasolina y prenderse fuego en un bar de la localidad de Alcantarilla.
El suceso ocurrió pasadas las 11 de la mañana cuando una persona alertó al teléfono 112 de la Región desde el bar "Los Tres Ases" de que un hombre se encontraba herido con quemaduras.

Los agentes se personaron en el lugar de los hechos y comprobaron que este individuo tenía una garrafa de gasolina en la mano y un mechero.
Lo apagaron con cazadoras y una manta.
Posteriormente, el hombre se prendió fuego y los agentes extinguieron las llamas con sus cazadoras y con una manta que aportó un vecino.

Al lugar se desplazaron bomberos y una unidad médica de emergencias (UME) que atendió y trasladó al herido a la unidad de cuidados intensivos del hospital Virgen de la Arrixaca, de Murcia, con heridas de pronóstico grave que afectan a más del 50 % de su cuerpo.

El hombre dijo a la Policía Local, momentos antes de prenderse fuego, que quería quitarse la vida por los problemas que tenía con su pareja sentimental, informaron fuentes policiales.

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Un hombre se quema "a lo bonzo" en Murcia a las puertas del Centro de la Mujer

jueves, 11 de febrero de 2010

Los hijos de padres divorciados pueden salir de nazarenos

http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/622620/juez/garantiza/unos/hijos/padres/divorciados/puedan/salir/nazarenos.html

Un juez garantiza que unos hijos de padres divorciados puedan salir de nazarenos
El auto judicial ordena en el régimen de visitas que se "respete" el deseo de los menores para hacer estación de penitencia.

Jorge Muñoz 03.02.2010
El divorcio de unos padres no puede influir en los sentimientos religiosos de los hijos.
Un juez de Sevilla ha ordenado a una pareja que se acaba de divorciar que respeten el derecho de sus 2 hijos menores a salir de nazarenos.
La pionera resolución ha sido dictada por un juzgado de Violencia sobre la Mujer, que ha sido el encargado de dirimir el proceso de divorcio al existir una denuncia previa por malos tratos.

El abogado defensor del padre, Joaquín Moeckel, señaló que la representación jurídica de la madre hizo constar en su denuncia que los hijos del matrimonio habían sufrido malos tratos, lo que llevó al juez a explorar a ambos menores, de 5 y 11 años.
De esa exploración se constató que, no sólo los hijos no eran objeto de malos tratos, sino que el fiscal coincidió con el letrado en que si no se permitía el régimen de visitas con el padre -como había solicitado la progenitora, que se había opuesto a que los hijos siguieran viéndole- se estaría "traumatizando" a los menores.

Como continuación del proceso, el juez ha dictado ahora un auto en el que establece el régimen de visitas para ambos ex cónyuges y en el que, de forma pionera, el magistrado ordena a los padres que garanticen el derecho de los hijos a que puedan salir en estación de penitencia.

El problema se produce porque, al atribuir de forma alternativa a cada padre el disfrute de una parte del período vacacional, el acuerdo también afecta a la Semana Santa, que queda dividida en 2 mitades -desde el Viernes de Dolores al Miércoles Santo, y desde este día hasta el Domingo de Resurrección-.
Y como los hijos son hermanos de cofradías de días distintos en los que el régimen se atribuye a cada uno de los padres, el juez adopta el acuerdo que aparece redactado de la siguiente forma en el auto:
"Ambos progenitores respetarán el deseo de los hijos de tomar parte en las estaciones de penitencia de las hermandades a las que pertenecen".

El abogado Joaquín Moeckel consideró ayer que se ha llegado a tal nivel de "abuso de las denuncias infundadas de malos tratos y de enmerdar un procedimiento de familia, de carácter civil, en la órbita del derecho penal, que se está entorpeciendo la Justicia, generando un alto nivel de conflictividad en el seno familiar que provoca que los juzgados de Violencia tengan que empeñar su tiempo en cuestiones que perjudican a las verdaderas víctimas de malos tratos".

El letrado añadió que, si a esto se suma que la mujer se pone "poco colaboradora cuando pone una denuncia infundada", al final en los procesos de divorcio se está pidiendo a los padres que elijan las vacaciones en años pares o impares, "las horas de recogida como si los hijos fuesen un paquete de mensajero; decir qué periodos hay para hablar con el móvil; y hasta pedirle al juez que dé la orden para que respeten la decisión de los hijos de salir en una hermandad".

Una ex-esposa puede romper un acuerdo de divorcio.

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=685648&idseccio_PK=1021&h=100209

TRIBUNALES: El TSJC avala que una ex-esposa rompa un acuerdo de divorcio.
Cede a la mujer el uso de una casa donde vivía con su antiguo marido.

J. G, ALBALAT.BARCELONA.9.02.2010
Pactaron en el proceso de divorcio continuar en la misma vivienda conyugal, pero la situación ha cambiado y la mujer quiere ahora estar sola en la casa.
El caso de María Luisa y Enrique ha llegado al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que en una sentencia pionera ha admitido que un acuerdo de estas características puede romperse solo con que una de las partes lo solicite, aunque el pacto fuera ratificado en su momento ante la justicia.
Enric tendrá que abandonar el domicilio ante la reclamación de su exmujer, que tiene la custodia de la hija común y a la que se le atribuido el uso de la vivienda.

María Luisa y se ex-esposo firmaron un convenio regulador del divorcio, que fue aprobado judicialmente en febrero del 2006, en el que se establecía que los 2 podían seguir usando el domicilio familiar, «comprometiéndose ambos a llevar vidas totalmente separadas, sin inmiscuirse uno en la vida del otro».
Al menos hasta septiembre del 2010 cuando, una vez pagado el préstamo hipotecario, debían vender el piso.
En febrero del 2007, la mujer presentó en el juzgado una demanda de modificación de medidas de divorcio en la que pedía que se declarara la nulidad del convenio regulador y se le reconociera el derecho a usar la casa porque no deseaba seguir viviendo con su exmarido.
El jugado y la Audiencia de Barcelona rechazaron su reclamación, pero ahora el TSJC le ha dado la razón.

PRÁCTICA DESACONSEJABLE
La sentencia señala que después de la ruptura de un vínculo matrimonial no es «lo más corriente, normal, ni habitual» que la pareja continúe viviendo bajo el mismo techo e, incluso, afirma que no es nada aconsejable.
Sin embargo, puntualiza que, en este caso, tanto la mujer como el hombre pactaron vivir en la misma casa.

La resolución precisa que no es «ilegal» y que «es perfectamente viable y posible» que una pareja divorciada conviva en la misma casa sobre la base de que los 2 ex-esposos «se encuentren contentos en esta situación y no resulte perjudicial para sus hijos».

Sin embargo, la sentencia destaca que al igual que 1 de los 2 miembros de un matrimonio puede solicitar el divorcio de forma unilateral, sin que el juez pueda rechazarlo, excepto por motivos personales, «es suficiente que uno de los 2 ex-esposos no quieran continuar viviendo con el otro» para romper el acuerdo de divorcio, aunque el pacto haya sido avalado judicialmente, con independencia de que exista o no conflicto en la convivencia.

Maltratando a la Ley o la Ley que Maltrata en España

http://www.telemadrid.es/telemadrid/programa.pag?codigo=7
El programa 30 Minutos es el más veterano de Telemadrid.
Cientos de reportajes en profundidad avalan a este espacio que cuenta con rigor las historias grandes y pequeñas de la vida diaria.
Estos reportajes se completan con las mejores cintas de la BBC.
Presentado por María López y dirigido por José Manuel Albelda.

EL DOMINGO 14 DE FEBRERO A LAS 20.15, "MALTRATANDO A LA LEY"'
Que la violencia de género ejercida contra la mujer es una de las mayores lacras que sufre nuestra sociedad es incuestionable: 2 millones de mujeres estarían padeciendo en España el drama de los malos tratos, según sondeos del Instituto de la Mujer.
Más aún: la negra estadística anual de mujeres muertas por violencia machista es también la dramática demostración de que los maltratadores siguen considerándose dueños de las vidas de sus parejas, concebidas como meros objetos de su propiedad.

Aunque en los últimos años se ha duplicado el número de denuncias, el miedo al verdugo aún sigue enmascarando multitud de casos de maltrato encubierto que no acaban de llegar a los juzgados.
La Ley de Violencia de Género de 2004, la concienciación social, las medidas policiales, las denuncias, la creación de nuevos juzgados especializados así como la labor de los observatorios de violencia, son las principales herramientas de que se ha dotado nuestra sociedad para ponerle freno a esta tragedia.

No obstante, sin negar esta lacerante realidad, han surgido voces procedentes del mundo de la judicatura, del derecho y de la psiquiatría forense, que han desatado otra voz de alarma: sostienen que en algunos casos se estaría produciendo un abuso de la Ley en forma de denuncias falsas.
Según este controvertido enfoque, algunas mujeres aprovecharían la Ley de Violencia de Género para denunciar - casi siempre tras una ruptura o un divorcio - casos inexistentes de violencia de género, e incluso llegarían a realizar falsas acusaciones de abuso sexual por parte de sus ex maridos contra sus hijos.

El programa 30 Minutos se ha hecho eco de esta polémica y ha elaborado el reportaje "Maltratando a la Ley", donde se ha dado voz, por una parte, a jueces con diferentes sensibilidades sobre la cuestión, pero también a abogados, asociaciones feministas y psicólogos forenses, que exponen sus opiniones abiertamente sobre las falsas denuncias.
Asimismo, el programa ha contado con los testimonios de 5 hombres - absueltos posteriormente - acusados por sus ex mujeres de violencia de género y, en algunos casos, también de abusos sexuales contra sus hijos.

Ahora, dichos hombres - algunos de los cuales llegaron a cumplir penas de prisión - culpan a sus ex mujeres de mala fe y de haber retorcido la letra de la Ley contra ellos por mera venganza.
Participan en "Maltratando a la Ley" Francisco Serrano (juzgado de familia de Sevilla) y María Sanahuja (Decana de los juzgados de Barcelona), 2 de los magistrados que han abanderado la polémica tesis de la existencia de falsas denuncias.
También intervienen en el reportaje María Tardón, jueza de la Audiencia Provincial de Madrid y miembro de los Observatorios Regional y Nacional de Violencia de Género, y Cristina Díaz, jueza especializada en Violencia de Género y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, quienes no comparten el alarrmismo que han desatado las tesis de Serrano y Sanahuja, y argumentan que, en el caso de producirse acusaciones en falso por parte de mujeres, éstas son rápidamente detectadas y castigadas y no tienen relevancia estadística.

Por otra parte, Ana María Pérez del Campo, Presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas y la abogada Beatriz Montero rebaten también la idea de que algunas mujeres puedan, a sabiendas, denunciar en falso.
Por el contrario, la también abogada Diana Suero acusa a la Ley de Violencia de Género de tener graves defectos que han propiciado que cada vez haya más denuncias falsas, ya que es una ley que, por defecto, pone toda la maquinaria jurídica contra el hombre sea o no culpable, vulnerando el principio de presunción de inocencia.
Por su parte, La psicóloga forense de Plaza de Castilla Mari Paz Ruiz Tejedor defiende la controvertida tesis de que un 90 % de los supuestos abusos sexuales a hijos que pasan por su juzgado son rotundamente falsos.

"Maltratando a la Ley" recoge los siguientes testimonios de hombres que afirman haber sido víctimas de falsas denuncias por parte de sus ex parejas:
- Miguel Ángel Torres. Ha estado 6 años sin ver a su hija a causa de una orden de alejamiento por presuntos abusos sexuales; tras años de acusaciones ha podido demostrar gracias a un reciente informe forense que las lesiones genitales de su hija no eran fruto de abusos, sino de simples lombrices. Miguel Ángel no ha llegado a pisar la cárcel, pero durante todo este tiempo ha tenido dos intentos de suicidio.

- Jesús García. Ha estado en prisión preventiva por presunto maltrato; incluso ha tenido que llevar en el tobillo una pulsera con localizador. Después de pasar un mes en la cárcel, ha podido demostrar la falsedad de las acusaciones, basadas en los testimonios de personas cercanas a su ex mujer.

- Gabriel Araujo. Ha llegado a acumular 20 denuncias por malos tratos, amenazas e incluso por impago de la pensión a su ex mujer. Sin embargo ha sido absuelto de cada una de dichas denuncias; tiene tanto miedo a una nueva falsa acusación, que cada vez que le toca visita con su hija pide un informe forense al centro de Salud donde se acredite que no ha realizado ningún tipo de abuso con la pequeña.

- Daniel Reche. Su ex mujer le acusó de maltrató de haber causado un traumatismo craneoencefálico a su hijo de dos años; Daniel Reche pudo demostrar después de un exhaustivo examen del pediatra que su hijo no tenía otra cosa que un chichón provocado por una caída del columpio.

- Pedro Rodríguez Inmerso en un proceso contra él por malos tratos, según relata Pedro Rodríguez, durante las vistas de su juicio recibió tantas amenazas por parte de su ex mujer ?parte acusadora- que el propio Juzgado de Violencia de Género ha incoado una denuncia contra ella y ha acabado por condenarla.

Programa "30 minutos" de Telemadrid, 14-0-2010:

Parte 1=> http://www.youtube.com/watch?v=jaHT6sGVNKM

Parte 2=> http://www.youtube.com/watch?v=dURuG2fjIuY

Parte 3=> http://www.youtube.com/watch?v=26pPB-o--iQ

Parte 4=> http://www.youtube.com/watch?v=J4o040JLn64

A favor de la derogación de la Ley de Violencia de Género: http://www.facebook.com/group.php?gid=30193372606&ref=mf



miércoles, 10 de febrero de 2010

Defiende Joseph Ratzinger derecho de los niños a tener madre y padre

http://www.jornada.unam.mx/2010/02/09/index.php?section=sociedad&article=039n1soc

Defiende Joseph Ratzinger derecho de los niños a tener madre y padre:
Adopciones heterosexuales garantizan bienestar de los infantes, afirma el Vaticano.
Condena el Papa los “deplorables” casos de pederastia cometidos por algunos sacerdotes.
Periódico La Jornada.Martes 9 de febrero de 2010.

Ciudad del Vaticano, 8 de febrero.
El Papa defendió hoy el derecho de los niños a tener un padre y una madre y a crecer en una familia unida, y condenó todo atentado contra la infancia, incluso los “deplorables” casos de pederastia cometidos por sacerdotes católicos.

El pontífice hizo estas afirmaciones durante una audiencia que concedió, en la Sala Clementina del Palacio Apostólico del Vaticano, a los asistentes a la asamblea plenaria del Pontificio Consejo para la Familia, que se reúne estos días en Roma.
Es justamente la familia, fundada sobre el matrimonio entre un hombre y una mujer, la ayuda más grande que se pueda ofrecer a los niños. Ellos quieren ser amados por una madre y un padre que se amen”, indicó en un discurso pronunciado en italiano.

(Los pequeños) –agregó– tienen necesidad de habitar, crecer y vivir junto con los 2 padres, porque las figuras materna y paterna son complementarias en la educación de los niños y en la construcción de su personalidad y de su identidad.”

Joseph Ratzinger animó a hacer todo lo posible por asegurar a los infantes familias unidas y estables; por ello instó a exhortar a los cónyuges a no perder nunca de vista las razones profundas y la naturaleza sagrada de su pacto matrimonial.

Expresó que un ambiente familiar no sereno, la separación, y en particular el divorcio, tienen consecuencias negativas para los niños.
Más adelante el Papa recordó que la Iglesia católica, a lo largo de los siglos, ha promovido la protección de la dignidad de los menores y, en muchos modos, ha asumido su cuidado.
“Por desgracia, en diversos casos algunos de sus miembros, actuando en contraste con este empeño, han violado tales derechos: un comportamiento que la Iglesia no deja y no dejará de deplorar y condenar”, reconoció.

Instó a “no bajar jamás el nivel del respeto y amor” por los niños, en respuesta a las “duras palabras de Jesús” –contenidas en la Biblia– contra quien los escandaliza.

En su mensaje Benedicto XVI recordó además la celebración del VIº Encuentro Mundial de las Familias en la ciudad de México, en enero de 2009, y expresó su reconocimiento al cardenal Norberto Rivera “por su generoso empeño”.

Empatía, pide Antonelli
Por su parte, el presidente del Pontificio Consejo para la Familia del Vaticano, Ennio Antonelli, aseguró hoy que garantizar las adopciones únicamente a parejas heterosexuales significa tutelar los intereses y el bienestar de los niños.
Al inaugurar en Roma los trabajos de la asamblea plenaria del organismo que dirige, el purpurado manifestó que en la actualidad “se habla tanto de los derechos de los adultos”, cuando “es hora de dar la prioridad a los derechos de los niños”.

Priorizar no el derecho de los adultos a tener un hijo y a tenerlo a toda costa, sino el derecho del niño a tener un padre y una madre que lo amen, a crecer junto a ellos, eventualmente a ser adoptado por una pareja formada por un hombre y una mujer”, indicó.
“Si se vieran las cosas desde el punto de vista del interés del niño –agregó–, cambiaría la percepción del divorcio, la procreación artificial, la exigencia de los solteros y las parejas homosexuales a la adopción, de la prioridad dada a la profesión y a la carrera, de tantas otras cosas.”

Expuso que si se coloca en el lugar del infante no existiría motivo para conceder el matrimonio o cualquier reconocimiento público a una pareja homosexual, que quedaría colocada así entre las varias formas privadas de relaciones interpersonales.
Porque el matrimonio, desde el punto de vista civil, resalta su “pleno significado” en relación con los hijos y con el futuro de la sociedad, como institución de protección y de desarrollo, apuntó.
“Es solamente por los niños que las relaciones sexuales se vuelven importantes para la sociedad y dignas de ser tomadas en consideración por una institución legal”, sostuvo.

Drogadictos y violadores
Antonelli citó algunas consecuencias negativas de lo que bautizó como “no familia”, es decir la familia disgregada, incompleta, recompuesta, reducida a convivencia, de hecho hetero u homosexual que, dijo, “lleva a sufrimientos, daños físicos, sicológicos, sociales y económicos”.

En Francia los hijos de padres separados presentan, incluso después de años:
1.- problemas sicológicos,
2.-de adaptación social y
3.-de rendimiento escolar o laboral,
4.-constituyen 50 % de los drogadictos y
5.- el 80 % de los internados en siquiatría, aseguró.

En Estados Unidos, afirmó, los hijos crecidos sin la presencia paterna:
1.- constituyen 60 % de los violadores,
2.- El 63 % de los suicidas jóvenes,
3.- El 69 % de las víctimas de abusos sexuales,
4.- El 72 % de los adolescentes homicidas y
5.- El 85 % de los jóvenes en la cárcel.

martes, 9 de febrero de 2010

Divorcio en la familia real española

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=685677&idseccio_PK=&h=100209

INSCRITO EN EL REGISTRO CIVIL
La infanta Elena ya está divorciada de Jaime de Marichalar
Jaime de Marichalar pierde el título de duque de Lugo y la pertenencia a la familia real.

EFE.MADRID.09.02.2010
La infanta Elena y Jaime de Marichalar están oficialmente divorciados.
El pasado 21 de enero se inscribió en el Registro Civil de la Familia Real la sentencia del procedimiento de divorcio, por mutuo acuerdo, de su matrimonio, ha informado hoy la Casa Real en su página web.

Como consecuencia del divorcio, Jaime de Marichalar pierde:
1.- el título de duque de Lugo (que poseía por su condición de consorte de Doña Elena) y
2.- desaparece de la página web de la Casa Real.
En la nueva imagen de la Familia Real estrenada esta mañana en el sitio web, la infanta Elena posa entre los Príncipes de Asturias y los Duques de Palma.
También ha desaparecido del sitio web el correspondiente apartado dedicado a Jaime de Marichalar en el que se podía consultar su biografía.

Fue el pasado 25 de noviembre cuando los abogados de los duques de Lugo hicieron público un comunicado confirmando que Don Jaime de Marichalar y la infanta Elena habían acordado el divorcio de su matrimonio, y para ello habían suscrito el oportuno convenio regulador de los efectos de esa decisión, adoptada 2 años después de que anunciaran el "cese temporal" de su convivencia matrimonial.

El divorcio se ha hecho efectivo después de que un juez ha comprobado que los términos del acuerdo pactado entre ambas partes se ajustan a derecho.

Relación por los hijos
A pesar de la ruptura, los abogados de ella, Jesús Sánchez Lambás, y él, Cristina Peña Carlés, destacaron entonces que los duques de Lugo mantienen una "fluida interlocución en todo lo referente al interés común de sus hijos" y testimonian "el afecto y consideración que por don Jaime siente la familia de la Infanta, como ha sido así a lo largo de estos 2 últimos años" Zarzuela confirmó el "cese temporal de la convivencia conyugal" de los Duques de Lugo el 13 de noviembre de 2007, una decisión que implicó la separación de la pareja pero sin efectos jurídicos.

Optar a la nulidad matrimonial
La infanta Elena, que pertenece a una monarquía católica, podría optar a partir de ahora por solicitar la nulidad matrimonial en el Tribunal de la Rota del Vaticano, 3ª y última instancia judicial eclesiástica.
Y es que si Doña Elena contrajese en un futuro matrimonio civil entraría en situación de concubinato según la doctrina católica, para la que el matrimonio es un sacramento que no se puede romper.

Aunque la Iglesia Católica considera el matrimonio indisoluble por naturaleza, reconoce la existencia de ciertas circunstancias que pueden anular este sacramento, desde:
1.- lo que se denomina impedimentos en los contrayentes (impotencia, disparidad de culto y consanguinidad, entre otros);
2.-defectos de forma (que el matrimonio no se realizara ante un celebrante autorizado y dos testigos) o
3.-por insuficiencia en el consentimiento, es decir, que alguno de los cónyuges no fuera lo suficientemente maduro a la hora de contrar matrimonio.

El único precedente existente de concesión de nulidad matrimonial a un miembro de una monarquía católica es el de Carolina de Mónaco y Philippe Junot.
El Papa tardó 12 años en aprobarla.

2 hijos y un infarto cerebral.
La infanta Doña Elena y don Jaime de Marichalar Sáez de Tejada contrajeron matrimonio el 18 de marzo de 1995 en la catedral de Sevilla.
Con tal motivo, el Rey concedió a la infanta el título de duquesa de Lugo a través del correspondiente decreto.
El matrimonio tiene dos hijos, Felipe Juan Froilán de Todos los Santos, que nació el 17 de julio de 1998, y Victoria Federica, nacida el 9 de septiembre de 2000, ambos en Madrid.
Jaime de Marichalar, hijo del conde Ripalda y de Concepción Sáenz de Tejada y Fernández de Bobadilla, sufrió un infarto cerebral en diciembre de 2001, del que se recuperó parcialmente.

La primera universitaria real
Doña Elena nació en Madrid el 20 de diciembre de 1963. Es la primogénita de Juan Carlos I y Sofía de Grecia, Reyes de España, y ocupa el cuarto lugar en la línea sucesoria de la Corona española, después de su hermano el príncipe Felipe y sus sobrinas las infantas Leonor y Sofía.

Cursó estudios en el Colegio de Santa María del Camino y magisterio en la Escuela Universitaria ESCUNI de Madrid, donde se diplomó como profesora de Educación General Básica, en la especialidad de Filología inglesa, y fue la primera universitaria de la familia real española. Trabajó como profesora de inglés en el Colegio Santa María del Camino y realizó un curso especializado de Sociología y Educación en la Universidad de Exter (Reino Unido).
Completó sus estudios en la Universidad de Comillas, en Madrid, donde obtuvo la licenciatura en Ciencias de la Educación en junio de 1993.

Marichalar, formación en márketing
Don Jaime de Marichalar, nació en Pamplona el 7 de abril de 1963. Es el cuarto hijo del conde de Ripalda, Amalio de Marichalar y Bruguera, que falleció en 1979, y de Concepción Sáenz de Tejada y Fernández de Bobadilla. Realizó sus estudios en los colegios de los Jesuitas de Burgos, San Estanislao de Kostka de Madrid y en la Yago School de Dublín, Irlanda.
Su formación académica se ha orientado hacia el campo de la Economía en la especialidad de Gestión de Empresa y Marketing.
En 1986 amplió sus estudios realizando períodos de prácticas en diversas entidades financieras de París, donde residió de soltero y durante los primeros años de su matrimonio.

Pension de Viudedad para divorciadas exclusivamente maltratadas

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=685676&idseccio_PK=&h=100209

DURANTE EL PROCESO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO
Las mujeres podrán cobrar pensión de viudedad si prueban que han sufrido maltrato
La medida se contempla en la última reforma de la ley general de la Seguridad Social.

EFE.MADRID.09.02.2010
Las mujeres víctimas de violencia machista podrán cobrar la pensión de viudedad, en caso de fallecimiento de su maltratador, si acreditan que estas agresiones se produjeron en el momento del proceso de separación o divorcio.

Según la última reforma de la ley general de la Seguridad Social, tendrán derecho a la pensión de viudedad las mujeres que, aun no siendo acreedoras de pensión compensatoria, pudieran probar que eran víctimas de violencia machista en el momento de la separación judicial o el divorcio mediante sentencia firme o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento.

En caso de que no hubiera sentencia, existe la posibilidad de acreditarlo a través de la orden de protección dictada a su favor o informe del ministerio fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género, así como por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho, explica la nueva regulación.

Petición del Defensor del Pueblo
El Defensor del Pueblo, que defendía esta tesis, ha mostrado su satisfacción por la reforma y ha explicado que el pasado año esta institución había solicitado al Gobierno la necesidad de que se concediera esta pensión de viudedad a las mujeres maltratadas que habían renunciado a la pensión compensatoria.

En el 2008 el Defensor del Pueblo inició una investigación ante la Secretaría de Estado de la Seguridad Social tras quejarse varias mujeres de que la ley general de la Seguridad Social no contemplaba el supuesto de que la separación o divorcio se hubiesen producido como consecuencia de los malos tratos.

Según exponían las afectadas, dejaba en un estado de mayor desprotección a aquellas mujeres que por miedo o coacción --y en muchos casos con el ánimo de proteger a los hijos-- renunciaron en su día a la pensión compensatoria y, por tanto, no tenían derecho a percibir la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su expareja.

Puntos de Encuentro Familiar y Custodia de los hijos

http://www.elcorreogallego.es/galicia/ecg/padres-separados-padecen-saturacion-puntos-encuentro-familiar/idEdicion-2010-02-08/idNoticia-514104/

Padres separados padecen la saturación de los puntos para el encuentro familiar.
Denuncian meses de espera para acceder a estos centros, ideados para facilitar el tiempo con los hijos a parejas enfrentadas ·· Han atendido a 3.500 personas

MARÍA LÓPEZ • A CORUÑA. 08.02.2010
En 1999 empezó a funcionar en Vigo el primer punto de encuentro de la comunidad.
Desde entonces, cerca de 3.500 personas han utilizado estos centros diseñados como espacio neutral en el que supervisar los tiempos con sus hijos de padres o madres con separaciones conflictivas o problemas de tutela, según los datos facilitados por la Consellería de Traballo e Benestar.

Su funcionamiento no está, sin embargo, exento de polémica y la Asociación de Pais e Nais Separados denuncia "defectos" en el funcionamiento y en sus infraestructuras.
El primer punto de encuentro abrió en Vigo en 1999 de forma experimental y en 2000 se creó la red de puntos de encuentro familiar en Galicia, compuesta por 7 centros.
Todos ellos son titularidad de la Xunta de Galicia, aunque su gestión corresponde a entidades sociales sin ánimo de lucro, que en 2001 constituyeron la Federación Galega de Puntos de Encontro Familiares.

En ellos, se produce el intercambio de menores, derivados bien por una orden judicial, bien por los órganos competentes en materia de servicios sociales en los supuestos de menores en los que la Administración tenga asumida la tutela o guarda.

Espacio neutral
El centro cumple distintas funciones. Sirve como terreno neutral para que las parejas enfrentadas puedan entregar y recoger a sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas.
En otros casos, la visita se desarrolla dentro de las instalaciones del centro y un profesional supervisa las relaciones del progenitor con el menor.

A veces, el centro simplemente brinda sus instalaciones por imposibilidad de que la visita se desarrolle en otro lugar.
La casuística es diversa y no afecta sólo a padres con una mala relación: también hay menores en acogida que visitan a sus padres biológicos, abuelos que no pueden ver con normalidad a sus nietos o víctimas de violencia machista que no quieren dar a conocer su domicilio.

No obstante, la fórmula de gestión, en manos de entidades sociales, representa uno de los mayores déficits que la Asociación Galega de Nais e Pais Separados encuentra en esta red.
"La infraestructura es inadecuada y más cuando son visitas tuteladas en pisos", denuncia su presidente, Antonio Díaz en declaraciones a Europa Press.
La "saturación" y los tiempos de espera, que "suelen ser de varios meses en los que los padres no ven a sus hijos", son otros problemas señalados por la asociación.
Demandan una gestión directa por parte de la Administración y cuestionan el sistema actual, "con asociaciones que se crearon ex profeso para gestionarlos".
Aunque matizando que no se trata de una queja generalizada, Antonio Díaz también apunta casos en los que la "imparcialidad" de los técnicos queda en entredicho.

GIRO EN LA GESTIÓN
"400 familias cada 15 días no es lo idóneo"
"Siempre puede haber padres o madres que piensan que el personal favorece a uno u otro y muchas veces los dos repiten la misma queja", apunta Beatriz González, responsable del punto de encuentro de Vigo, a Europa Press que recuerda que el servicio que se presta en estos centros es "conflictivo por definición".

González defiende la labor que desarrollan los profesionales implicados en esta red y matiza que todos los informes que elaboran "son previo oficio del juzgado o de la Consellería de Traballo e Benestar" y "se emite sin que haya oficio previo cuando la sentencia señala que cada 3 meses hay que informar o cuando ocurre un hecho grave o relevante".
Admite que "la demanda ha crecido muchísimo" y considera que la solución pasa por la construcción de más centros.

Sólo en Vigo pasan por el centro "más de 400 familias cada 15 días" y eso, apunta Beatriz González, "no es lo idóneo".
En el punto de encuentro que ella coordina, "entre el 75 - 80% de los casos que nos llegan los derivan los juzgados".

Sobre la demanda de la Asociación de Pais e Nais Separados de Galicia para que la gestión de esta red de puntos de encuentro corresponda de modo directo a la Administración, Beatriz González coincide en la necesidad de dar "un giro importante" al funcionamiento de estos centros, aunque evita pronunciarse sobre cuál puede ser el modelo más adecuado .
Instalaciones

Siete centros en la red gallega
La red de puntos de encuentro cuenta con instalaciones en Ferrol, A Coruña, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo.
4 desarrollan su actividad en centros propios de la Xunta y 3 en inmuebles alquilados .

Feminismo y Custodia Compartida en España

https://www.nodo50.org/mujeresred/spip.php?page=imprimer&id_article=228

Mujeres en Red: A vueltas con la custodia compartida

Por Marisa Soleto
*Marisa Soleto es directora de la Fundación Mujeres.
Con la actual regulación, la custodia compartida es posible incluso sin acuerdo
No es cierto que se esté denegando sistemáticamente la custodia a los hombres.

La posición que mantenemos desde el feminismo sobre la custodia compartida se defiende muy fácilmente.
Para entender la mayoría de los argumentos que hemos barajado no es necesario contar con un gran conocimiento jurídico, basta con aplicar el más puro sentido común y ponerse en el lugar de las personas que deben organizar un nuevo modelo de relación después de una ruptura matrimonial.

Los objetivos de nuestra reivindicación han sido, desde el inicio, abogar por un régimen de guarda y custodia que no perjudique los intereses de ninguna persona relacionada con el proceso, especialmente de las que parten de una peor posición que son, por este orden, los menores y las mujeres.
También pensamos que es importante no incrementar el dolor y el nivel de conflicto de quienes se divorcian y de sus hijas e hijos.
La experiencia de una ruptura familiar es, sin duda, una de las más difíciles en la vida de muchas personas.

Nunca hemos pretendido la custodia en exclusiva para las mujeres.
Pedimos que en ningún caso se pueda imponer la custodia compartida si no es por voluntad y mutuo acuerdo de las partes.
Solamente si ambos progenitores negocian y acuerdan las condiciones en que esta nueva forma de convivencia va a producirse, podrá garantizarse la estabilidad necesaria.

El nivel de petición de la custodia por los padres es muy bajo tanto en separaciones de mutuo acuerdo como en procedimientos contenciosos.
Por tanto, no es cierto que se esté denegando sistemáticamente la custodia a los hombres, simplemente no se concede lo que no se pide.
En total, la petición de custodia por parte de varones apenas si alcanza un 8 %.

No hace falta decir que, a nosotras nos gustaría que fueran muchas más, pero creemos que ese porcentaje es plenamente coherente con el nivel de participación de los varones españoles en el ejercicio de las responsabilidades familiares y domésticas, que puede deducirse tanto de la encuesta de usos del tiempo del INE, como del reciente estudio sobre conciliación del Instituto de la Mujer.

Estamos fante un grave problema social, la falta de implicación de los hombres en la atención y cuidado de personas dependientes, incluyendo menores, que no es exclusivo de las parejas divorciadas, sino que afecta a la práctica totalidad de las familias españolas.
Este problema requiere de medidas sociales que rompan este desigual reparto de tareas y responsabilidades entre mujeres y hombres.
Pretender una solución impuesta judicialmente, en el momento de máximo conflicto de la pareja, no parece la medida más razonable ni la más eficaz.
Pensamos que la imposición judicial de la custodia, sin el acuerdo de las partes, sólo contribuirá a elevar el nivel de conflicto y a poner en peligro el bienestar y la estabilidad emocional de los menores.

No tener la custodia no significa perder la posibilidad de contacto y relación cotidiana con los menores.
El derecho civil español, con la distinción que ofrece entre patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas, facilita que la relación entre los menores y los progenitores pueda mantenerse aún en los casos en los que uno de ellos mantenga la guarda y custodia en exclusiva.

Actualmente la mayor parte de los regímenes de visitas, que, recordemos, es un derecho de los menores y una obligación de los progenitores, consisten en fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales.

El número de peticiones para ampliar estos periodos por parte de los padres, que son quienes mayoritariamente tienen atribuido este derecho-obligación, es muy bajo.
Además, sólo en el 63% de los casos se hace un uso correcto de este régimen ordinario, existiendo niveles altos de incumplimiento que, difícilmente, pueden ser sancionados por el Poder Judicial.
A tenor de los datos disponibles, parece que, en general, no hay una gran necesidad por parte de los varones divorciados de aumentar la convivencia con sus hijos e hijas.

Con la actual regulación, la custodia compartida es posible, incluso, aunque no estén de acuerdo las partes.
No es cierto que la reforma haya ofrecido, en ningún momento de su tramitación, mayores oportunidades de custodia compartida que la actual regulación.
La razón por la que en este momento no se están concediendo más custodias compartidas es, sencillamente, por que no están siendo solicitadas.
Se piden en apenas un 22% de los casos de procedimientos contenciosos, que son, aproximadamente, un 10% del total de divorcios en España.

Los juzgados podrían dictaminarla, aún sin el acuerdo de las partes, pero no han considerado hasta este momento que el interés del menor quede mejor protegido con ella.
Seguramente, como consecuencia de este debate social, se van a elevar el número de peticiones y el número de ocasiones en las que podrán ser decretadas por los juzgados sin el acuerdo de las partes, incluso, considerando las garantías que quieren introducirse en el artículo 92 del Código Civil.

Con actual estado del texto, la valoración de la excepcionalidad para poder decretar custodia compartida sin acuerdo de las partes, queda, básicamente, a criterio de cada juzgado, con informe favorable del Fiscal, que recordemos actúa como parte en el proceso cuando hay menores.

De hecho, en los últimos meses, con garantías parecidas a las propuestas por la reforma, hemos empezado a conocer un mayor número de custodias compartidas sin acuerdo.
Las condiciones que han establecido los juzgados han sido, por ejemplo, el cuidado alternativo trimestral dentro del domicilio familiar, donde permanecen los menores, siendo los progenitores quienes entran y salen del domicilio, teniendo que buscarse, cada trimestre, otra vivienda habitual.

Otros ejemplos han sido la alternancia de domicilio para los menores, incluso en periodos muy cortos, como una semana, hasta cuando el domicilio de los progenitores está separado por kilómetros de distancia.
¿Alguien se imagina llevando este régimen de vida sin el acuerdo de su contraparte?

La custodia compartida por imposición judicial sin acuerdo de las partes, no es un modelo habitual en ningún ordenamiento jurídico de nuestro entorno.
Incluso, en el caso de Francia, que se ha presentado en este debate como un ejemplo a seguir, opera como norma general el acuerdo de los progenitores.

Además, la regulación francesa y la española son diferentes respecto de la distinción entre patria potestad y la guarda y custodia.
Los ejemplos de Francia o Suecia, país donde existe una medida similar a la francesa, deben ser considerados en un contexto legal y social diferente al nuestro.
En Francia, la custodia compartida se aprobó en el marco de un paquete de medidas para favorecer el reparto de responsabilidades domésticas y familiares entre las que se encontraba, el permiso de paternidad exclusivo e irrenunciable de los varones, que aún no existe en nuestro país.

Existe un problema económico de fondo relacionado con el divorcio que afecta tanto al uso de la vivienda familiar como a la fiscalidad tras la ruptura matrimonial.
Quienes proponen la custodia compartida por imposición judicial, en cierta medida, aunque desde luego no abiertamente, abogan por la utilización del cuidado cotidiano de los menores como una solución para la situación económica de los progenitores.
Se puede llegar a pensar que estas posiciones están más relacionadas con:
1.- la posibilidad de poder ahorrarse gastos de vivienda habitual,
2.-disminuir la cuantía de las pensiones de alimento y
3.-poder beneficiarse de las deducciones fiscales relacionadas con las responsabilidades familiares, que con el bienestar de los menores.

Se ha llegado a insinuar que las mujeres piden la custodia por motivos económicos. Nada más lejos de la verdad.
Estudios realizados en este sentido demuestran que, inmediatamente después de una separación, ambos cónyuges pierden poder adquisitivo.
Sin embargo, en el largo plazo, quienes más empobrecidas se quedan son las mujeres. Probablemente no podemos atribuir esta consecuencia al hecho de tener la custodia en exclusiva, sino a un complejo entramado de factores que determinan la discriminación laboral y económica que sufrimos las mujeres.
Lo que es absolutamente falso es que el desempeño de la custodia le sirva a nadie para enriquecerse.

¿Cómo podrá el Estado garantizar el cumplimiento de las custodias compartidas impuestas, si no cuenta con la complicidad de las partes?
La experiencia de los incumplimientos en relación con el pago de las pensiones de alimentos y compensatorias y del régimen de visitas en nuestro país, que nos muestra como la vida de muchas mujeres y muchas ex-parejas se convierte en un auténtico calvario judicial, es suficientemente significativa.

Aún hoy no hemos conseguido atajar todos estos incumplimientos siendo elementos mucho más objetivos que el desempeño del cuidado cotidiano de los niños y las niñas.
¿cómo piensa el Poder Judicial vigilar y hacer seguimiento de las resoluciones impuestas sin el acuerdo de las partes?
La intervención judicial tiene que ir encaminada a disminuir el nivel de conflicto entre las partes y nunca a incrementarlo.

La custodia compartida por imposición judicial, en ningún caso es una medida que vaya a contribuir a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La igualdad de oportunidades nunca se conseguirá a través del método de tabla rasa para todo el mundo.
Sólo a partir de un riguroso análisis de las necesidades y expectativas de mujeres y hombres, pueden promoverse medidas a favor de la igualdad.
No hay nada más injusto que tratar de igual manera 2 situaciones que tienen profundas diferencias de partida, como es el caso de las relaciones de mujeres y hombres tanto con la atención y cuidado a los menores, como con la posición social y económica de ambos tras la ruptura matrimonial.

El reparto equilibrado entre mujeres y hombres de las responsabilidades familiares y domésticas es una de las reivindicaciones del feminismo y uno de los objetivos de las políticas de igualdad desde hace ya muchas décadas.

No se puede sospechar, por tanto, que nuestra posición sea una treta para mantener el derecho exclusivo de las mujeres respecto de la atención y cuidado cotidiano de los menores.
No resulta creíble tampoco que estemos oponiéndonos a la custodia compartida para defender los derechos económicos de las mujeres, que siempre son los más perjudicados en estos casos.
Es más lógico pensar que la postura de las personas que abogan por un ejercicio de la custodia de forma responsable se basa en el convencimiento de que los cambios en este ámbito sólo son posibles con la complicidad de toda la sociedad, de hombres y de mujeres.

Hay que desconfiar, por el contrario, de aquellos que prefieren la imposición judicial antes que sentarse a negociar con quienes deberán compartir la atención, el cuidado y la educación de sus hijas e hijos.
Estos han sido los argumentos con los que hemos intentado modificar el texto de la reforma desde el principio, y con los que, a tenor de los resultados, "casi" convencimos al presidente del Gobierno una tarde de abril.

Seguimos creyendo que una reflexión serena sobre el significado del respeto a la voluntad de las personas en un proceso de divorcio, debe inspirar una mejora definitiva del texto del artículo 92, poniendo como condición imprescindible para la custodia, el acuerdo de las partes.

Por lo demás, habrá que seguir trabajando para modificar los papeles que mujeres y hombres tenemos atribuidos y que generan situaciones de desigualdad manifiesta.
Pero hagámoslo sin perjudicar ni el bienestar de los menores ni el derecho de hombres y mujeres a reconstruir su vida después de un divorcio.

Fuente: El País

Aumentan el numero de denuncias por malos tratos

http://www.nuevaeconomiaforum.com/es/act/noticias/object.aspx?o=26766

La Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género: Más de 35.200 mujeres denunciaron violencia de género en el tercer trimestre de 2009.

MADRID, 09 de febrero.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, afirmó hoy que las denuncias registradas en el tercer trimestre de 2009 ascendieron a 35.270, durante su participación en el Foro de la Nueva Sociedad, organizado por Nueva Economía Fórum.

Según las estadísticas judiciales del tercer trimestre -último del que se tienen datos definitivos-, ello supone 287 denuncias más que en el trimestre anterior, destacó Montalbán, quien señaló que este es “el tercer trimestre con mayor número de denuncias registradas” desde que se dispone de datos.

En su opinión, “esto demuestra el éxito de las medidas recogidas en la Ley Integral contra la Violencia de Género, pues hay más mujeres que confían en el sistema”.
Inmaculada Montalbán agregó que este hecho también corrobora el aumento continuo, del 19%, en el número de denuncias registrado desde 2007, que suman 372.327 en total.

Además, apuntó, “en la actualidad el 74% de las órdenes de alejamiento se estiman y los juzgados especializados en violencia de género alcanzan un 80% de sentencias condenatorias con la conformidad del denunciado”.

A juicio de la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, “hay que reconocer los avances conseguidos”, entre ellos “haber acabado con la sensación de impunidad”.

En los Juzgados de lo Penal el nº de sentencias condenatorias son del 50%

http://www.nuevaeconomiaforum.com/es/act/noticias/object.aspx?o=26768

Las sentencias condenatorias son menos frecuentes en los juzgados de lo penal que en los especializados

MADRID, 09 de febrero.
Las sentencias condenatorias por violencia de género representan el 50% del total de denuncias presentadas por malos tratos en las salas de lo penal, mientras que en los juzgados especializados y en las audiencias provinciales el porcentaje de condenas alcanza el 80%, según declaró hoy la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, durante su intervención en el Foro de la Nueva Sociedad.

En dicho encuentro, organizado por Nueva Economía Fórum, Montalbán abogó por “la especialización de las salas de lo penal” y defendió “la creación de juzgados comarcalizados de violencia de género, que agrupen a más de un partido judicial”.
Esta medida ya está prevista en la ley integral, apuntó la jurista, y “ayudará a optimizar recursos y a contar con el personal especializado necesario en todos los casos”, prosiguió.
Ahora bien, ello implicaría disponer de un buen sistema de comunicación para que ninguna mujer se encontrara demasiado lejos del juzgado que le correspondiese, explicó Montalbán.

APOYO A LA AMPLIACIÓN DE LA LEY
Asimismo, la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica se mostró “partidaria de ampliar el ámbito de actuación de la norma”, para dar protección a todas aquellas mujeres víctimas de violencia que no guardan relación con el agresor.
Ello incluiría a las víctimas de violaciones o a las mujeres que padecen acoso en el ámbito laboral, explicó Montalbán.

En cualquier caso, manifestó que esta ampliación ha de contemplarse una vez la ley actual haya alcanzado todos sus objetivos, y “todavía queda mucho trabajo por hacer”.

No se puede confundir denuncias falsas con sobreseimiento

http://www.nuevaeconomiaforum.com/es/act/noticias/object.aspx?o=26767
Inmaculada Montalbán en el Foro de la Nueva Sociedad
"No se puede confundir denuncias falsas con sobreseimiento o archivo"

MADRID, 09 de febrero.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, advirtió hoy en el Foro de la Nueva Sociedad que "no se puede confundir denuncias falsas con sobreseimiento o archivo, como algunos sectores postulan".

En su opinión, “asistimos a una campaña de desprestigio contra las mujeres que denuncian”, cuyos promotores pretenden presentarlas como “seres malvados capaces de utilizar a los hijos contra sus padres (el llamado síndrome de alienación parental)”.
“Lo que hay que hacer es desmontar el mensaje”, apuntó Montalbán, quien declaró no arrepentirse de su respuesta pública al juez Francisco de Asís Serrano, de Sevilla, que cuestionó la ley contra la violencia de género.

“El comunicado no contenía ningún tipo de ofensa, y mi responsabilidad como presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica era comunicar a la opinión pública que dichos datos no se correspondían con la realidad”, agregó Montalbán durante su intervención en el citado foro de debate, organizado por Nueva Economía Fórum.

según explicó, un 11% de las denuncias por malos tratos se retiran debido a diversas causas, como dependencia emocional o económica, miedo, cansancio o preocupación por los hijos.
“Ello hace casi imposible el llegar a juicio”, señaló Montalbán, pero “el porcentaje de denuncias falsas sobre violencia de género es similar al de cualquier otro tipo de delito” .

RESPONSABILIDAD DE LAS TELEVISIONES
Asimismo, Montalbán apeló a “la responsabilidad de los medios de comunicación”, que aunque fueron fundamentales a la hora de sacar a la luz este problema hace años, “siguen mostrando imágenes denigrantes de la mujer en contenidos de las cadenas (de televisión) generalistas”.
“Es una cuestión de autorregulación de los medios”, manifestó, que juegan una función determinante como “socializadores de la juventud”.

Con todo, admitió que “el tratamiento de las noticias sobre violencia de género ha mejorado” y recordó a los directivos de las televisiones su “responsabilidad en este ámbito”.

lunes, 8 de febrero de 2010

Ayudas a la VPO en Catalunya

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=685231&idseccio_PK=1009&h=100208

NUEVAS POLÍTICAS DE AYUDA A LA VIVIENDA
17.500 solicitudes para acceder a un piso de protección oficial
• Más del 70% de los demandantes están empadronados en la ciudad de Barcelona
• 111 municipios se han adherido al fichero central de la Generalitat

MÁS INFORMACIÓN: Los desahucios hipotecarios causan una ola de ocupaciones en Badalona

ANDREU FARRÀS.BARCELONA.8.02.2010
Desde el pasado 26 de noviembre, quien desee optar a un piso de protección oficial (VPO) en Catalunya, sea de compra o alquiler, debe estar inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida.
Hasta el momento, se han apuntado cerca de 17.500 personas, la mayoría de las cuales, 12.402 (70,8%), están empadronadas en la ciudad de Barcelona.

Para conocer cuántas familias con escasas posibilidades económicas aspiran a este tipo de viviendas, la Generalitat creó el año pasado un registro central, que permite una radiografía más precisa de las necesidades a lo largo y ancho del territorio.
En paralelo, el listado puede ser un instrumento a disposición de las distintas administraciones públicas y de los promotores inmobiliarios privados para planificar sus respectivas inversiones de acuerdo con la demanda potencial.

El Ayuntamiento de Barcelona fue pionero en la creación de un censo de aspirantes a residencias protegidas.
Según los últimos datos oficiales del Instituto Municipal de Urbanismo barcelonés, en la actualidad están inscritas 12.402 personas.
Tanto estos aspirantes como los de otros municipios catalanes deben reunir una serie de requisitos, entre los que figura:
1.- la acreditación de unos ingresos económicos bajos, fijados en el plan para el derecho a una vivienda;
2.-así como estar empadronado en un municipio catalán;
3.- y ser mayor de edad o estar emancipado.

El registro de la Generalitat está compuesto por los registros de los ayuntamientos que lo habían creado con anterioridad (Barcelona, Badalona y Sabadell) y por los otros municipios que se han adherido en los últimos meses al fichero de la Administración autonómica.
Para ceder el uso del programa informático del registro, el conseller de Habitatge, Francesc Baltasar, ha suscrito a lo largo de los 3 últimos meses convenios con entes locales y comarcales de toda Catalunya.
En estos momentos, un total de 111 ayuntamientos y consejos comarcales utilizan también este registro, que cubre el 61% de la población.

CÓMO APUNTARSE.
Una vez haya formalizado su solicitud, el aspirante a una vivienda protegida recibirá un código para acceder al expediente abierto por la Administración.
Cuando se desarrolle una nueva promoción de pisos, esta confeccionará una lista con los inscritos a los que puede ir dirigida en función de la ubicación geográfica, el tipo de viviendas que se sortee –para jóvenes, para ancianos, etcétera– y el régimen de adjudicación –alquiler, compra o alquiler con opción de compra–, y lo notificará a los posibles interesados.

Después de que los aspirantes confirmen su interés por la oferta, se realizará un sorteo entre ellos.
Para luchar con cierto tipo de picaresca, el reglamento establece que será borrado del registro quien renuncie 2 veces consecutivas a un sorteo de pisos protegidos, y además no podrá volver a apuntarse hasta que pasen 5 años.

El año pasado se construyeron en Catalunya 10.696 viviendas protegidas.
La cifra apenas supera a la del 2008 en que se acabaron 10.542, pero, como el mercado inmobiliario general prosiguió su desplome, la cuota de mercado de los pisos de protección oficial superó el 85% de viviendas iniciadas.

Este año, la Generalitat construirá o calificará como pisos protegidos cerca de 15.000 viviendas.
El plan para la vivienda 2009-2012 aprobado el martes pasado por el Govern prevé una inversión de 1.400 millones de euros.
Las previsiones oficiales apuntan que podrán beneficiarse de él unas 616.000 familias catalanas.

Custodia Compartida proximamente en la Comunidad Valenciana

http://www.20minutos.es/noticia/472962/

El Consell establecerá que los hijos vivan con los dos padres en caso de divorcio: El 79 % de los españoles creen que, cuando una pareja no soluciona sus problemas, el divorcio es la mejor solución.
Impondrá por ley la custodia compartida en la Comunitat en 1 año.
Estudian que no sea el menor el que cambie de domicilio, sino los propios progenitores.

Minuteca todo sobre: Divorcios

J. L. OBRADOR. 08.06.2009
La Generalitat impondrá en la Comunitat Valenciana la custodia compartida de los hijos en todos los divorcios como norma general.
Esta situación supone un giro de 180º, ya que actualmente esta fórmula sólo se aplica si hay acuerdo entre las partes.

La Generalitat quiere reducir los pleitos de los divorcios.
La Conselleria de Gobernación está preparando una ley, que tendrá lista a finales de año, en la que partirá del derecho de los hijos a estar con sus padres y tratará de evitar la creciente conflictividad judicial que se da en muchas separaciones.
«Los hijos nunca deben ser instrumentalizados y menos por razones económicas de los padres, no deben ser armas arrojadizas», dijo ayer el titular de Gobernación, Serafín Castellano, para justificar la reforma legislativa.

El texto que prepara su departamento contempla diversas posibilidades que todavía están en estudio.
Una de ellas sería la de fijar un domicilio para el menor, de modo que serían sus progenitores los que deberían ir alternando su convivencia con el hijo. De este modo, el niño no cambiaría constantemente de entorno.

La ley valenciana de custodia compartida también incluirá medidas para evitar, en la medida de lo posible, que se produzcan «falsas denuncias» de violencia de género que buscan privar a uno de los padres de la custodia, aunque todavía es «prematuro» avanzar actuaciones concretas, según Castellano.

La normativa también se ocupará de cuestiones tan controvertidas como el reparto efectivo de los gastos ordinarios y extraordinarios de los menores, a través de la apertura de cuentas corrientes donde los padres ingresen el importe necesario para hacer frente a esos gastos en función de la renta de cada uno de ellos, tal y como indicó el conseller.

Lista a final de año
El calendario para que la nueva norma vea la luz pasa, en primer lugar, por acabar de perfilar el anteproyecto de ley que se presentará ante el pleno del Consell a finales de año, indican desde Gobernación.
A partir de ahí, el texto iniciará su recorrido parlamentario con las propuestas concretas más perfiladas y las aportaciones de los diferentes grupos políticos.

«Vemos la luz al final del túnel»
David Ferrer, representante de la Asociación Custodia Compartida Ya, se mostró ayer satisfecho con la reforma que prepara el Consell: «Empezamos a ver la luz al final del túnel», exclamó.
En su opinión, la nueva norma «evitará conflictos» y «el trauma» que en muchas ocasiones supone para los hijos que se les desvincule de la relación con unos de sus padres.
Ferrer añadió que esta nueva ley puede ser pionera porque «rompe» con la que rige los divorcios, de 2005.

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domingo, 7 de febrero de 2010

La memoria es un mal testigo:¿Justificar las Falsas denuncias?

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/memoria/mal/testigo/elpepusoc/20100207elpepisoc_1/Tes

REPORTAJE: Vida&artes: La memoria es un mal testigo
El 80% de las condenas a inocentes se debe a un error de identificación .
Algunas víctimas generan falsos recuerdos que sirven como única prueba

MÓNICA CEBERIO BELAZA 07/02/2010
Olvidas lo que quieres recordar y recuerdas lo que quieres olvidar, dice el protagonista de La carretera, de Cormac McCarthy.
Les pasa a algunas víctimas de delitos graves.
Quieren olvidar, y no pueden, el momento en el que un desconocido se les acercó en una esquina oscura, les puso una navaja en el cuello y las violó o intentó asesinar brutalmente, sin piedad; y quieren recordar el rostro del criminal para que pague por lo que ha hecho.
Pero no siempre pueden.

Suelen ser delitos brutales en los que la sociedad quiere que alguien pague.
El estrés y el paso del tiempo influyen en la exactitud de una identificación.
Esa cara borrosa puede adquirir nitidez gracias a una mentira involuntaria: se coloca a otra persona en la memoria y alguien que jamás tuvo nada que ver con el delito acaba en la cárcel, en ocasiones durante décadas, con la vida destrozada para siempre.

Por culpa de los falsos recuerdos y de un sistema legal que los ignora y que cree ciegamente a las víctimas.
Esta semana ha salido a la luz un caso espeluznante.
El Tribunal Supremo anunció su intención de absolver a Ricardo Cazorla, un hombre con una minusvalía física, psíquica y sensorial del 66% que había sido condenado a 36 años de cárcel por la Audiencia de Las Palmas en 2009.

Los magistrados sostenían que había violado a 3 chicas en 1997.
Una de ellas vio a Ricardo en la calle en 2007 y creyó que era su agresor. Llamó a la policía y le detuvieron.
Avisaron a todas las víctimas de la época del llamado violador de Tafira, 9 en total.
6 no reconocieron a Cazorla y estuvieron al margen del proceso.
Pero la que lo había visto y otras 2 más lo señalaron como culpable, aunque 1 de ellas tuvo muchas dudas al principio y no lo reconoció en las fotos de los archivos policiales.

Los magistrados Pedro Joaquín Herrera, Secundino Alemán y Carlos Vielba creyeron en la memoria de las mujeres a pies juntillas a pesar de las circunstancias.
Las identificaciones se hacían 10 años después del delito.
En 1997, las chicas habían declarado ante la policía que:
1.- el lugar donde las habían violado estaba muy oscuro;
2.- o que el agresor les había impedido mirarle a la cara;
3.- o que llevaba un gorro que le cubría parte del rostro.

En todos los casos era de noche. Además, Cazorla pesaba en 2007 unos 30 kilos más que el violador de 1997.
A pesar de eso, los jueces consideraron que las 3 chicas eran perfectamente capaces de reconocer "sin ningún género de dudas", en ese cuerpo con muchos más kilos, a una persona a la que apenas habían podido vislumbrar 10 años antes.

El informe de la Policía Científica, basado en el análisis de muestras biológicas, excluía la culpabilidad de Cazorla.
El Instituto de Medicina Legal de Las Palmas de Gran Canaria decía que el perfil genético del acusado no coincidía con los restos encontrados en el jersey de una de las víctimas.
Sólo planteaba dudas respecto de la prueba del cromosoma Y porque sostenía que no había material suficiente como para que el resultado se aceptara como fiable al 100 % (en cualquier caso, era negativo).
Además, la mujer que lo reconoció en la calle ya había identificado sin ningún género de dudas unos años antes a otra persona que se demostró inocente gracias al ADN.

Una suma de factores impedían desvirtuar la presunción de inocencia de Ricardo Cazorla. Sobre todo, las pruebas científicas.
Sin embargo, los jueces antepusieron, por encima de cualquier otra consideración, lo que decían las víctimas.
El fallo dice que los testimonios se caracterizaron por "su persistencia, solidez y contundencia".
El problema es que los magistrados ignoraron la posibilidad de que se equivocaran.

Y no siempre se puede creer a un testigo.
Nuestros recuerdos no son fiables.
Más del 80% de las condenas a inocentes, según la ONG norteamericana Innocence Project (en España no hay ninguna estadística sobre el tema), tienen como base reconocimientos erróneos de víctimas y testigos.
Hacer una identificación precisa es mucho más difícil de lo que parecen pensar algunos jueces.

Con un documental reciente (El quinto por la izquierda, de Producciones La Marea) se hizo un experimento interesante.
Se simulaba un tirón en la pantalla y se enseñaba la cara del ladrón, a plena luz, durante más tiempo que en un delito real.
Después se pidió a algunos espectadores (unos 300) que identificaran en rueda de reconocimiento al del tirón.

Las condiciones eran óptimas.
Los testigos no estaban sometidos a estrés y sabían desde el principio que se iba a poner a prueba su memoria.
Aún así, cuando en la rueda no estaba el autor del tirón, sólo el 52% de los que habían visto la película 5 minutos antes dijo "no está"; y el porcentaje de aciertos bajó al 25% cuando la habían visto 2 días antes.
Esto significa que entre el 48% y el 75% señaló a inocentes.
Cuando en la rueda sí estaba el auténtico tironero, fue reconocido por el 32% de los espectadores 5 minutos después de ver la película, pero sólo por el 13% cuando habían pasado 48 horas.

Las identificaciones son complicadas.
La pregunta es porqué un testigo se empeña y afirma "sin ningún género de dudas" (según la fórmula forense) que está convencido de que un inocente es culpable.
En muy pocos casos se miente a sabiendas.
Lo normal es que las víctimas estén seguras de que esa persona fue quien les agredió.
Han puesto esa cara al delito y ya, incluso cuando lo recuerdan, lo hacen pensando en el rostro del inocente. Es una distorsión de la memoria.

¿Cómo pueden estar tan seguras de un recuerdo falso?
"Sabemos que la exactitud de una identificación depende de varias causas (dificultades para ver la cara, alto nivel de estrés, paso del tiempo, ruedas de identificación inadecuadas), pero en cambio no sabemos tanto sobre las razones que hacen variar la seguridad de testigos y víctimas", afirma Margarita Diges, catedrática de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en la llamada psicología del testimonio.

"Más allá de razones internas, individuales, una forma de incrementar la seguridad de un testigo es darle a entender que ha acertado, como sucede cuando señala una fotografía y más tarde ve en la rueda a esa misma persona".
"Lo que sí está demostrado empíricamente es la falta de relación entre la seguridad del testigo o de la víctima y la exactitud de su identificación", continúa Diges.
"Sin embargo, pese a todas las demostraciones empíricas, lo que vemos en la realidad policial y judicial es que, cuando la víctima está totalmente segura de que el identificado es su agresor, esa seguridad se toma como garantía de exactitud incluso cuando hay pruebas científicas exculpatorias, por ejemplo, las de ADN".

El momento clave es ese en el cual el testigo o la víctima piensa que quizá el que aparece en la foto es el culpable.
Si en ese primer momento se reafirma, después no hará más que identificar de nuevo (y cada vez con más seguridad) al que vio en esa primera foto o rueda.
Ya no lo compara con su recuerdo del delito, sino con la primera imagen que vio del sospechoso. Por eso es tan importante que no haya irregularidades en esa fase.
Si eso se hace mal, si el policía insinúa que en una foto determinada podría estar el culpable; o le dejan ver al sospechoso en la comisaría por error antes de la rueda; o es la única persona de características físicas similares al agresor; después es muy difícil dar marcha atrás: ya se ha creado el falso recuerdo.

En España han aparecido numerosos casos en los últimos años.
La semana pasada fue Ricardo Cazorla.
En el verano de 2009, el Supremo absolvió al nigeriano Henry Osagiede de 2 delitos de agresión sexual y robo con intimidación.
El hombre, negro, había sido el único de su raza en las ruedas de reconocimiento.
Las 2 víctimas, que lo habían identificado sin ningún género de dudas, ya habían identificado antes y con la misma certeza, a otro hombre que, por fortuna para él, tenía pruebas de su inocencia.

A Rafael Ricardi lo condenaron por violación y pasó 13 años en la cárcel. Era inocente.
Cuando fue detenido vivía en la calle y era toxicómano.
Suele pasar en estos casos: el acusado injustamente es pobre, o inmigrante, o drogadicto, sin recursos, y no tiene muchas posibilidades de hacer valer su versión de los hechos, ni de contratar a grandes abogados -aunque algunos son condenados a pesar de la excelente labor de sus letrados de oficio-, ni saben cómo armar un escándalo mediático con la injusticia.

Hay casos estrambóticos, como el de Jorge Ortiz, condenado por atraco a mano armada.
Había 2 víctimas. Una no lo identificó. Otra sí, pero se retractó poco después, y antes del juicio, cuando le enseñaron la foto del verdadero culpable.
Dio igual: el juez no la creyó y se empecinó en su primer testimonio.
La delirante condena fue confirmada por el Supremo y el Constitucional ni siquiera admitió a trámite el recurso de amparo.
Finalmente, fue indultado gracias al apoyo que tuvo, en todo momento, de la víctima que se había equivocado.
Pasó 2 años y medio en prisión, hasta que le suspendieron la ejecución de la condena.

La Justicia tiene serios problemas para enmendar sus errores.
Una vez que hay una condena, en principio es inamovible aunque atente contra los principios más elementales del sentido común.
Fue lo que sucedió en el caso de Ahmed Tommouhi y Abderrazak Mounib, condenados por una serie de violaciones cometidas en Tarragona y Barcelona en 1991.
4 años después apareció el verdadero culpable, un español, pero sólo pudo probarse la inocencia de Tommouhi y Mounib en uno de los casos, el único en el que quedaban restos de ADN.
Por el resto siguieron cumpliendo condena. Mounib murió en prisión en 2000. Tommouhi pasó entre rejas 15 años. Salió en libertad condicional en 2006.

El Supremo no revocó sus condenas porque el recurso de revisión una vez que hay una sentencia es muy estricto: el acusado debe probar su inocencia, y en este caso no había ADN que analizar. El Gobierno tardó 9 años en decidir si lo indultaba o no, y al final optó por lo segundo.
Nadie se atreve a sacar a un violador de la cárcel. Aunque en realidad no lo sea.
Es otro de los grandes problemas de estos casos.
Suelen ser delitos tan brutales que alguien tiene que pagar por ellos.
Todos, las víctimas, sus familias, la policía, el fiscal, los jueces, quieren encontrar un culpable. Como sea.

El periodista Braulio García Jaén acaba de publicar un libro sobre el caso Tommouhi-Mounib (Justicia poética, Seix Barral), después de 4 años de investigación, que ha ido contando al detalle en su blog (ladoblehelice.com).
Lo que ha salido a la luz no es sólo un puñado de víctimas que se han equivocado en sus identificaciones, sino innumerables errores y chapuzas en la investigación policial y judicial, y en las sentencias.
"Una de las chicas que se equivocó en su reconocimiento, según probó después el ADN, vio antes de la rueda a los 2 inocentes", indica García Jaén.
"Y los vio en el papel de sospechosos: a Tommouhi, esposado y conducido a los calabozos antes de la rueda de reconocimiento. Tanto ella como la decena de víctimas que esperaban sentadas en los pasillos del juzgado. A Mounib, curiosamente, no lo señaló las primeras veces que la Guardia Civil le mostró su fotografía, pero días después de que lo reconociera la víctima de otra violación ella también lo hizo. Años después declaró ante el tribunal que en las ruedas ni siquiera los había mirado, que directamente vio a los 2 que eran y que en los otros ni se fijó. Y por supuesto no había tenido nunca ninguna duda. Se equivocó".

"Los jueces, a menudo, sostienen que las irregularidades formales no influyen en el acierto o en el error de la identificación, pero resulta decisivo, porque las impresiones que se graban en la cabeza de la víctima no distinguen entre irregulares y correctas: sencillamente se graban", concluye.
Un ejemplo de falso recuerdo: una de las víctimas explicó que había visto a los agresores porque ese día había Luna llena. Era falso: la Luna ni apareció ese día.
Resulta sorprendente que con tantos casos de inocentes encarcelados, de características similares, los jueces sigan al margen de los estudios de la psicología del testimonio.

"En la cultura judicial vigente, en particular en materia de delitos contra la libertad sexual, pesan mucho tres tópicos:
1.-que el juez tiene una especial capacidad para leer la verdad en el testigo;
2.-que por eso la testifical es una prueba de valoración fácil; y
3.-que el testigo-víctima merece un plus de credibilidad, por lo que su declaración inculpatoria o la identificación hecha por él, puede/debe bastar", señala el magistrado del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibáñez.

"Son tópicos ampliamente desmentidos por la psicología del testimonio, y ninguno cierto. Pero no importa, porque son tópicos funcionales a cierto justicialismo reinante en la opinión pública y que, además, facilitan el trabajo judicial. Por otro lado, en el juzgado se opera con frecuencia a partir de aportaciones judiciales (identificaciones fotográficas, por ejemplo) obtenidas con cuestionable rigor".
"No hay otra alternativa viable que un ejercicio de la jurisdicción respetuoso con la presunción de inocencia y las garantías procesales en el que se pierda el miedo a absolver (explicando el porqué) aun a sabiendas de que tendrá costes de impopularidad", concluye el magistrado.
"Y me parece necesario que este proceso de transformación de la cultura judicial vaya acompañado de otro no menos profundo de transformación también de la cultura y las prácticas de los informadores".

Los últimos estudios científicos muestran que los falsos recuerdos se generan en una parte distinta del cerebro que los verdaderos.
Esta sería la prueba definitiva, incontestable. Si lográramos leer el cerebro humano con una máquina no habría más inocentes con la vida destrozada porque alguien, sin mala fe, los señaló por un error de su memoria