jueves, 19 de julio de 2018

Caso Juana Rivas: La Justicia con Perspectiva de género, no es Justicia.

BERTA G. DE VEGA,18 JUL. 2018
No fue fácil, me imagino. La sala llena de activistas del género a favor de Juana Rivas, porque es mujer, porque es madre. Como millones, por otra parte. Como si ser madre y mujer te convirtiera de inmediato en una víctima inocente sin más. Ni pruebas, ni preguntas, ni testimonios harían falta, en su teoría. Como si no hubiera habido madres en la historia de la Humanidad que, incluso creyendo que hacían lo mejor para sus hijos, resultó que les hacían daño. Pese a la presión ambiental, te atreviste a preguntar que, si Francesco Arcuri era semejante maltratador, cómo fue lo de volver con él y tener un 2º hijo. Porque eres fiscal y tu labor es precisamente cuestionar, porque te has formado para tratar de tener el máximo de piezas del puzzle para luego hacer tu petición de condena, porque crees que la acusada tiene todo el derecho a defenderse, a decir, por ejemplo, que volvió engañada, porque aquello era una relación tóxica de amor y odio, que es algo habitual en las víctimas de maltrato. Lo que le hubiera dado la real gana. La acusada en este procedimiento de sustracción de menores tiene todo el derecho a defenderse, incluso con la mentira. Es una mayor de edad responsable y capaz de explicarse ante preguntas incómodas.
Pero no, ahora resulta que las que tuiteaban con #JusticiaFeministaParaJuana creen que no hay derecho a esa pregunta de la "fiscala", que se nota que tú, mujer, no tienes perspectiva de género porque, con ella, no te hubieras atrevido a cuestionar así a Juana. Casi mejor llegar allí entonces con un informe redactado y convenientemente sellado por los que imparten la doctrina y este otoño darán cursos online sobre neomachismo, esa etiqueta que sirve para todos los que cuestionan aspectos de la Ley Integral de la Violencia de Género. Puede parecer anecdótico, pero no lo es, porque este caso, el de Justicia para Juana, ha puesto encima de la mesa la posibilidad de que se le retire la custodia a cualquier hombre condenado por maltrato ocasional, que no continuado. Como el padre de los hijos de Juana Rivas, que aceptó una condena de 9 meses por una pelea. 

¿Cuántos condenados por el art, 153 a penas de menos de 1 año se verían así privados de la custodia compartida de sus hijos? ¿Cientos, miles?
Cuando entró en el juzgado, Juana Rivas dijo: "Espero que se haga Justicia". Yo también. Justicia, sin "feminista", sin perspectiva de género. Por eso, yo sí te creo, hermana fiscal. Porque me sé historias de superación de mujeres fiscales y jueces, de orígenes humildes, con aspiraciones de impartir justicia, apasionadas de la ley, que tienen que leer cómo se les coloca de meros engranajes de unos tribunales opresores y machistas, como si ellas no tuvieran criterio propio, libre albedrío, como si no pudieran pensar distinto a las que integran una supuesta sororidad donde está prohibida la disidencia. 
Porque las conozco que no necesitan ningún cursillo ideológico para saber que juzgan a personas, hombres y mujeres. 
Porque la historia de la feminización de la Justicia en este país es un éxito que se ha conseguido con codos, cabeza y mérito y, ahora, pretenden denigrar al sistema llamándolo "patriarcal". Y quiero creerte, hermana, porque tengo hermanos, amigos e hijos a los que deseo que, llegado el caso, se les juzgue sin perspectiva de género.
Francesco Arcuri no habla. Dice que por sus hijos. El mayor tiene 12 años y no quiere que, en Google, se avergüence de nada de lo que su padre haya podido decir.
Hermana fiscal, lo de hoy no ha sido fácil. Nunca lo es cuando hay que elegir entre lo fácil y lo correcto. O lo difícil y lo correcto. Creo que Juana Rivas lo sabe.

Fracasa en Galicia la iniciativa popular para regular la custodia compartida

Un informe dice que la comunidad no tiene competencia para legislar y los diputados vacían el texto de contenido.
M. Cedrón, Redacción / La Voz 18/07/2018
Lograron reunir cerca de 15.000 firmas. Con ese respaldo la Asociación de Pais e Nais Separados rogó al Parlamento gallego que tramitara una propuesta de ley mediante una Iniciativa Legislativa Popular para regular en Galicia la custodia compartida o corresponsabilidad parental y de relaciones familiares. Hace 9 meses, en octubre del 2017, los promotores de la idea se felicitaron después de que la Cámara admitiera a trámite su propuesta con el favor del PP y PSOE frente a la negativa del BNG y a que En Marea no votó. Les había costado mucho esfuerzo llegar hasta ahí, pero el 1º paso estaba dado.
Populares y socialistas tenían sus dudas de que Galicia pudiera legislar al respecto, sobre todo después de que el Tribunal Constitucional echara abajo la normativa valenciana. Pero comprobaron que era un tema que estaba en la calle y que había comunidades que lo habían puesto como fórmula preferente, como Aragón, o, la más deseable, como Cataluña y País Vasco. Entonces aceptaron debatirlo. Ahora, tras varias prórrogas para la presentación de enmiendas al documento que pedía que esta alternativa fuera prioritaria en el caso de ruptura de la pareja, el texto por el que tanto peleó el colectivo de padres ha quedado vacío de contenido.
Dictamen
Los grupos representados en el Parlamento gallego tardaron en debatir el asunto a la espera del dictamen de la Comisión Superior para o Estudo do Desenvolvemento do Dereito Civil en Galicia, que resolvió, aunque no por unanimidad, que la comunidad gallega carece de competencias para legislar en esa materia.
Para evitar que sucediera lo mismo que ocurrió con la normativa gallega de adopciones, anulada por el Constitucional a finales del año pasado, y que ahora mantiene en vilo a muchas familias, fuentes de los 2 partidos (PSOE y PP) que en principio dieron luz verde a la tramitación parlamentaria justifican su cambio de postura en una cuestión «de responsabilidad», porque no quieren que lo ocurrido con la norma de adopciones se repita con la custodia compartida.
De ahí que hayan optado por presentar, al igual que En Marea y BNG, enmiendas a la totalidad del articulado. De esta forma dejan totalmente vacía de contenido la iniciativa legislativa popular. En el aire está ahora que ese texto en blanco tenga que ser debatido, o no, por el Pleno del Parlamento. La pelota está ahora en el tejado de los servicios jurídicos del Parlamento gallego.
Meses de incertidumbre
Tras meses de incertidumbre, las esperanzas de la Asociación de Pais e Nais Separados quedan evaporadas de ese modo porque eso, en la práctica, implica que la proposición de ley no prosperará. Desde el PP, la diputada Paula Prado explica que en principio le dieron luz verde, «aunque tenía dudas de que Galicia tuviera competencias al respecto».
Ahora lamentan «haber generado falsas expectativas a los promotores», al mismo tiempo que recuerda que su grupo había presentado también una proposición no de ley para que el Gobierno central legisle en la materia, como estaba en el acuerdo de Gobierno entre PP y Ciudadanos.
En junio del año pasado el Congreso aprobó en Madrid una moción presentada por Ciudadanos para instar al entonces Gobierno del PP a realizar, en el plazo de 3 meses, los cambios debidos en el Código Civil para que esa sea la opción preferente. El borrador del nuevo texto legal lo recoge, pero lleva aparcado más de 1 año.
Conceder la custodia compartida va en línea con la doctrina marcada por el Tribunal Supremo en todos aquellos casos que las circunstancias lo permitan. De hecho, el nº de las concedidas ha experimentado un aumento continuado en los últimos años. En Galicia, en el 2016 eran ya un 17,4 % de los casos. Pero como coinciden la mayor parte de los expertos en el tema, no es una cuestión en la que pueda aplicarse una norma general porque hay que hacer trajes a medida adaptados a cada caso.
De ahí que la postura sobre el contenido de la iniciativa legislativa popular presentada en el Parlamento gallego por la Asociación de Pais e Nais Separados no sea unánime entre los distintos grupos representados, aunque ahora todos hayan presentado enmiendas a la totalidad del articulado. «Continuar adiante coa iniciativa despois do dictame que di maioritariamente que Galicia non pode lexislar, sería unha irresponsabilidade. O que haberá que ver e se ten que ir a pleno ou non porque isto non se deu en ningunha parte», apunta la diputada socialista Patricia Vilán.
«Tomadura de pelo»
Desde el BNG, la diputada Olalla Rodil apunta que su grupo «é partidario de que sexa unha alternativa voluntaria que non vaia por riba do interese dos menores». Además, entiende que era «unha barbaridade que se impuxera, mesmo nos casos nos que houbera un conflito entre os proxenitores. (...) O texto era perigoso e temerario. O que ten que procurarse é a corresponsabilidade dos pais». No deja de recordar que, a su juicio, «a tramitación da iniciativa lexislativa popular foi unha tomadura de pelo do PP, PSOE e En Marea, xa que se xeraron expectativas que agora se frustraron nun tema de tanta sensibilidade social».
La diputada de En Marea, Paula Quinteiro, recuerda que en la sesión en la que se decidía si la iniciativa era o no aceptada a trámite «houberamos votado en contra, pero coincidiu co pleno dos lumes. Cando pedimos a prórroga foi porque pensamos que ía ir para adiante e queriamos traballar na corresponsabilidade en tódolos momentos da vida, non só despois dunha ruptura».
Nota: Se sabia desde el 1º momento que no tenian competencias en esta materia, pero había que perder tiempo, esfuerzos e ilusiones.NO fue una tomadura de pelo.

miércoles, 18 de julio de 2018

LAS CIFRAS DE LA JUSTICIA GRATUITA 2017

Fuente: XII Informe del Observatorio de la Justicia Gratuita Abogacía Española-Wolters KluwerAlejandro Meraviglia
- Retribución media. Los abogados de oficio cobran por cada asunto una media de 133,5 euros.
- Coste para el ciudadano. El coste de la justicia gratuita para cada ciudadano es de 5,22 € por año.
- Quejas. El número de quejas planteadas por los usuarios del Servicio de Justicia Gratuita en 2017 han sido 6.294, de las que 4.634 fueron archivadas y 228 acabaron convirtiéndose en expedientes sancionadores a abogados.
- Jurisdicciones. La jurisdicción penal duplicó en nº de asuntos a la siguiente jurisdicción que ha sido la civil en datos de 2017, seguida por la contenciosa y finalmente la social.
- Violencia de género. En cuanto al nº de designaciones para la atención de asuntos de violencia de género, en nº absolutos aparece en 1º lugar Andalucía, Madrid y Cataluña, cerrando ese listado La Rioja.
- Comunidades autónomas. Cataluña en 2017, al igual que en años anteriores, es la comunidad autónoma que más invierte en Justicia Gratuita con 54,8 millones de euros. En 2º lugar, se encuentra Madrid con 40,3 millones y un incremento del 6%. A continuación se encuentran Andalucía que invierte 39,6 millones, Canarias y País Vasco ocupan los siguientes puestos.
- Inversión. La mayor inversión en justicia gratuita por ciudadano corresponde a Melilla, con 19,81 euros por ciudadano y Ceuta, con 17,34 euros. A continuación siguen Cataluña, con 7,26 euros y Madrid, con 6,20 euros. Ocupando las últimas posiciones, Murcia, con 3 euros por ciudadano y La Rioja, con 2,79 euros de inversión.
Nota: ¿Que pasó con las 1.432 denuncias presentadas restantes....?

El asesinato de Lugones (Asturias) no es violencia de género

Los juristas señalan la diferencia entre el asesinato de un hombre y de una mujer
R. G. / Lne.es/ 17.07.2018
El asesinato cometido en la madrugada de hoy en Lugones no será juzgado bajo el amparo de la Ley Integral contra la Violencia de Género. En este caso (y a pesar de que el hombre asesinado y la presunta agresora habían mantenido en su día una relación sentimental que nadie niega), el fallecido es un hombre, por lo que no pertenece al grupo vulnerable que se intentaba proteger con la regulación aprobada en su día por el gobierno presidido por el socialista José Luis Rodríguez Zapatero.
Ana García Hevia confesó el crimen poco después de cometerlo. "He matado a Michel", le dijo la chica a sus padres poco después de acabar con la vida de su expareja en el domicilio de sus progenitores.

A pesar de que hasta el lugar de los hechos se desplazaron sanitarios de emergencias médicas los facultativos no pudieron hacer nada por salvarle la vida a Miguel Ángel Suárez. La víctima, de 57 años, tenía una herida profunda en la garganta.
Ahora, en caso de que Hevia vuelva a confesar los hechos ante los agentes del Cuerpo Nacional de Policía que investigan los hechos, la chica podrá ser juzgada por la comisión de los delitos de homicidio o de asesinato (un caso este último que se daría si el juez contemplasen la existencia de agravantes como por ejemplo la alevosía o el ensaña-miento). A la pena impuesta también se le podrían añadir otros agravantes como el parentesco por lo que la condena sería similar a si se aplicase la ley de Violencia de Género.

Nota: ¿Un caso más de discriminación positiva? ó ¿La Mujer no es asesina sino vulnerable? Otro típico caso de violencia doméstica por parte de la Mujer.

martes, 17 de julio de 2018

Los padres se alternarán en el uso de la vivienda, que se atribuye al hijo

EFE/ Murcia, 16-07-2018
La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena que dispuso el uso alternativo de los padres en lo que había sido la vivienda familiar, que se le atribuía al hijo.
Señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que el Juzgado dispuso que la patria potestad sería ejercida conjuntamente por ambos progenitores, "ostentando la guarda y custodia de manera compartida, con alternancia quincenal".
Igualmente estableció que los padres se alternarían en el uso del domicilio en los periodos en los que les correspondiera la guarda y custodia.
La sentencia fue recurrida por la madre, que pidió que la guarda y custodia le fuese atribuida a ella en exclusiva, pero la solicitud ha sido rechazada por la sala de la Audiencia, que comenta que no aporta argumento alguno que desvirtúe los expuesto en la resolución judicial, que califica de "acertados".
El tribunal destaca la flexibilidad que supone la custodia compartida, que en este caso es el más aconsejable, teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, que el hijo tiene 16 años y en que ambos progenitores están preparados para el cumplimiento de sus obligaciones.
La Audiencia ha confirmado también la decisión del Juzgado sobre la atribución del uso y disfrute de la vivienda, que la apelante pidió se le asignara a ella o que, al menos, lo fuera durante 1 ó 2 años, hasta que se liquidara la sociedad de gananciales.
El tribunal ha desestimado igualmente las peticiones hechas por la apelante sobre la pensión compensatoria y a la pensión por alimentos.

domingo, 15 de julio de 2018

Para el PSOE andaluz todo es Violencia de Género: Todo por la pasta

Andalucia equipara a las víctimas de violencia sexual con las de género.
Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul.
ÁNGELES LUCAS, Sevilla 13 JUL 2018 
Por ley. La víctima de violencia sexual será considerada víctima de violencia de género en Andalucía, con independencia de si su agresor era o no su pareja o expareja. Es una de las medidas que aprobará el miércoles el Parlamento andaluz en la revisión de su normativa autonómica contra violencia de género, aprobada en 2007. La equiparación permitirá a estas otras víctimas asistencia letrada durante 24 horas, acceder a servicios sociales o a recursos y ayudas públicas de educación, de vivienda o de salud, entre otras novedades.
Andalucía da un paso adelante con este cambio en la adaptación del llamado convenio de Estambul, un tratado europeo que España ratificó en 2014 pero cuyo contenido aún no ha trasladado a la normativa nacional. El convenio recopila todas las formas de violencia que pueden ejercerse contra la mujer por el mero hecho de serlo, tanto dentro como fuera de la pareja. Castilla-La Mancha es otra de las comunidades que tramita una adaptación a la normativa europea, aunque su proyecto está aún pendiente de aprobación.
La propuesta andaluza, a cuyos principales cambios ha tenido acceso este periódico, no va acompañada de memoria económica. Fuentes de la Consejería de Justicia aseguran, no obstante, que tiene garantizada la financiación en los Presupuestos. “Andalucía da un paso adelante. Fortalecemos nuestra lucha y damos mejor respuesta a las mujeres víctimas y a sus familias”, señaló Rosa Aguilar, consejera de Justicia, tras la inclusión de las enmiendas. Estas son otras novedades:
Sin atestado policial. Hasta ahora, para ser considerada como víctima y tener acceso a la atención y las ayudas era necesario acreditarlo por resolución judicial, mediante un informe fiscal o un atestado policial. Con este nuevo texto, se pueden gestionar también a través de certificados de los servicios sociales, sanitarios o de centros públicos de atención a víctimas. Además, valdrán informes de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
Más familiares. El concepto de víctima de violencia de género incluirá también a otros miembros del entorno familiar: personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia que estén sujetas a la tutela, guardia o custodia de la mujer agredida. Queda reglamentado también que las madres cuyos hijos hayan sido asesinados con la intención de dañarla, ya sea su pareja o expareja, sean también víctimas, un supuesto previsto en el nuevo pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado en septiembre y para el que se acaban de librar los primeros 200 millones de euros anuales.
Prostitución y acoso. El nuevo texto detalla y amplía las 4 formas de la violencia reconocidas; física, psicológica, económica y sexual. Se identifican así las agresiones y abusos sexuales contra las mujeres, la violencia contra sus derechos sexuales y reproductivos, la trata, el matrimonio precoz o forzado y las violencias originadas por la aplicación de tradiciones culturales que atenten contra sus derechos. También contempla en su normativa actos violentos como los feminicidios, el asesinato ejercido en el ámbito de la prostitución y la trata; el acoso sexual, “cualquiera que sea el ámbito en el que se produzca, incluido el laboral”, o la explotación sexual de mujeres y niñas y la mutilación genital femenina, “aún con consentimiento de la víctima”, avanza la consejería.
Formación especializada. “Queremos incidir fuertemente en la formación. Y que el personal de la Administración pública que preste atención a las víctimas esté formado en violencia de género de forma obligatoria”, señala la viceconsejera de Justicia, Isabel Mayo, que destaca que la ley promueve el rechazo de la sociedad hacia el agresor “para eliminar la posible sensación de impunidad”, así como protege la dignidad de las mujeres supervivientes. También se dispondrán cursos de formación para quienes prestan atención a los agresores y para el personal que pudiera formar parte de las comisiones de investigación y tratamiento de acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Ciberviolencia. La ciberviolencia, la pornografía no consentida, los insultos y el acoso por motivos de género, la extorsión sexual, la difusión de imágenes de la víctima y las amenazas de violación y muerte son otros de los actos sobre los que legisla la normativa, que también contempla en sus disposiciones la violencia ejercida a través de los medios de comunicación o la publicidad.
Más investigación. La norma también tiene como objetivo potenciar la investigación, en la línea del ya publicado Estudio de los casos de víctimas mortales por violencia de género en Andalucía (2005-2015), que concluía que el maltratador mata en casa, a traición y con alevosía. Se incorporan también actuaciones dirigidas a la población masculina, con especial atención a los jóvenes, destinadas a reforzar la sensibilización y prevención de la violencia de género.
Nota: ¿Realmente se han leido el Convenio de Estambul? Temomé que ni una letra. Todo para sacar subvenciones públicas