sábado, 23 de febrero de 2013

la población mundial ha perdido la capacidad de amar

Al menos un 10%..........

Foto
La Sociedad Española de Neurología (SEN) estima que, al menos y según estudios de prevalencia en diferentes poblaciones, el 10% de la población mundial padece alexitimia, un trastorno neurológico que impide a las personas afectadas identificar las emociones que experimentan y expresarlas verbalmente. 
No todos los pacientes presentan el mismo grado de afectación y es importante establecer una distinción entre la alexitimia 1ª, producida porque las estructuras neurológicas vinculadas con las emociones están dañadas, y la 2ª, como consecuencia de un trauma emocional grave o por un desorden en el aprendizaje emocional.
 

Nuevas Tasas Judiciales en España

BOE del 23 de Febrero del 2013:

Disposiciones generales: JEFATURA DEL ESTADO

Justicia: Tasas Judiciales y Ley de Justicia Gratuita. .
Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita.
Documento completo

Testamento tras el divorcio

Soy divorciado con hijos en custodia compartida y vivo con otra pareja con hijos y no estamos casados...


Vivo en Catalunya y quiero hacer testamento, pero me surgen algunas dudas.
Vivo en vivienda pròpia y tengo hijos menores de edad, en régimen de divorcio y custodia compartida. Conmigo vive mi pareja y su hijo, del cual ella tiene la custodia. No estamos casados ni somos pareja de hecho.
A partir de estos hechos.. ¿Que deberia tener en cuenta respecto a mi pareja? ¿tiene algun derecho? ¿cual es su situación actual si yo faltara?

Para darle respuesta aplicaremos la normativa catalana.

Su pareja se encuentra en una situación delicada por lo que se refiere a su testamento. Al no ser pareja no tiene ningún derecho hereditario y por tanto no percebiria nada en caso de su fallecimiento. La única forma que tendria su pareja de obtener una parte de su herencia seria demonstrando más de 2 años de convivencia.
En este caso el miembro de la pareja superviviente tendria derecho al ajuar de la vivienda (la propiedad de la ropa, del mobiliario y de los utensilios que forman el ajuar de la vivienda). 
A su vez, al año siguiente de la muerte de 1 de los 2, el superviviente, tiene derecho a continuar usando la vivienda familiar y ser alimentado a cargo de este patrimonio, de acuerdo con el nivel de vida que habian mantenido los 2 y la importancia del patrimonio.
Fuera de este caso que se demuestre la convivencia de un mínimo de 2 años, su pareja no tiene ningún derecho sobre la herencia y por tanto si quiere protgerla e incluso proteger a sus hijos, seria bueno hacer testamento para dejar bien regulada la situación post mortem.

Régimen de Visitas y Pensión de alimentos

Cada dia más, en los convenios reguladores, dentro del proceso de divorcio, se ven con el tiempo imposible de cumplirse, sobre todo en los procesos de Mutuo Acuerdo.
Recordemos varias cosas:
1.- Como "recompensa" por quedarse con el cuidado de los Hijos, a la madre se le atribuye el Uso y Disfrute de la que fue Vivienda Familiar.(No la propiedad en exclusiva).
Al ejecutarse la sentencia, Se ve en la calle con 50 y tantos años y buscando casa......
2.- La Pensión de alimentos para los hijos esta en función de los Ingresos de los progenitores y los gastos. Aumque en la práctica el progenitor custodio lo asocia al regimen de visitas: A mayor Pensión mayor regimen de visitas.
3.- En los Modelos de Custodia Compartida de los Hijos, los 2 progenitores tienen las mismas ventajas fiscales en la declaración del IRPF, en la deducción por hijos, pago de la hipoteca,...... 
En la Monoparental, las ventajas fiscales solo la tiene una de las partes (El custodio)
4.- Sobre el regimen de tenencia de los hijos: Custodia compartida vs Régimen de visitas, sin tener en cuenta las ventajas fiscales, recomendamos desde PAMAC el siguiente Sistema:
a.- 2 días por semana con Pernoctas: Jueves y Viernes, desde la salida del Cole
b.- Fines de Semana Alternos: Desde la Salida del Cole el Viernes Tarde y llevarlos al cole el lunes

Si contamos los tiempos es casi una Custodia Compartida de facto. 
Pero lo importante no es deducirse de la Declaración de la RENTA, que lo es y más en tiempos de crisis, como de la CALIDAD de las relaciones entre los Padres y sus retoños.

Desde la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) - www.padresdivorciados.es - os deseamos suerte en la aventura del Proceso de Divorciarse y más con las actuales Tasas Jurídicas: Si te divorcias, el Estado sale ganando: Tu pagas y te quedas sin Casa.
¡¡¡¡ Por la Modificación de las actuales Tasas Judiciales ¡¡¡¡¡¡¡
¡¡¡¡ Por  la Modificación del Art. 96 del Cógido Civil ¡¡¡¡¡¡¡

Después del divorcio, cómo "volver al mercado" y no morir en el intento

Tener intimidad. Algo simple y a la vez enormemente complicado, sobre todo cuando una mujer es madre divorciada. Los prejuicios a la hora de buscar un nuevo amor y la visión de los que nos rodean.
Fuente: El País (Por: Silvia C. Carpallo)22 de Febrero de 2013 
Maitena
Maitena

Hasta el momento de enfrentarte a un divorcio, digamos que tu plan de vida seguía el llamado "curso natural de las cosas". Conoces a alguna que otra rana de la que te encariñas, hasta que encuentras a tu príncipe, ese al que aunque de príncipe tenía poco, has sabido colocarle bien el traje. 
Un primer beso tímido, una primera vez tierna, y casi sin que te des cuenta, los años vuelan. Una casa, una boda, el 1º hijo, el siguiente, y todo apuntaba a un "felices para siempre", donde la última página del cuento eran dos ancianitos tomados de la mano, mientras tomaban té viendo atardecer en el porche. Las películas nos hacen daño hasta para eso, para asumir el verdadero final que a veces tienen las cosas.
Después de la duda, de la ansiedad, y del dolor, la tempestad deja lugar a la calma. 
Tienes claro lo que quieres y lo que no, pero añoras en parte algunas de esas rutinas tediosas, y sobre todo, añoras el tener a alguien con quien sentir de nuevo el calor bajo las sábanas. Puede que en esta etapa de tu vida no necesites un hombre a tu lado, pero quizás sí alguna compañía de vez en cuando.
Emocionalmente, has vuelto a los 15 años, a esa etapa de "me da vergüenza", de risas tontas, y a la vez, de ganas de absolutamente todo. Pero la diferencia entre una quinceañera hormonada, y una treintañera desatada, es el equipaje. Que no son sólo tus hijos, sino que es también un ex marido, sus padres, y los tuyos propios, que por muy mayor que seas, no dejan ahora de recordarte, e incluso ahora más que nunca, lo que debes y no debes ser, sin que apenas hayas tenido tiempo a pararte tú misma a pensar lo que quieres ser.

viernes, 22 de febrero de 2013

El PP quiere aplazar por miedo al fallo de la UE la ley de desahucios

La sentencia del tribunal europeo, el 14 de marzo, podría invalidar la norma justo tras aprobarse.

MANUEL VILASERÓ / Madrid/Jueves, 21 de febrero del 2013
Rectificación sobre rectificación. La anunciada tramitación urgente de la iniciativa legislativa popular (ILP) sobre la dación en pago no será tal si el PP impone su propósito de retrasar la aprobación de la nueva ley 2 ó 3 semanas porque teme que la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene previsto dictar el próximo día 14 sobre la legislación española de desahucios le enmiende la plana. 
Los conservadores, que disponen de mayoría absoluta, han comunicado al resto de los grupos su voluntad de darse más tiempo y lo más probable es que el nuevo texto legal no salga del Congreso hasta el mes de abril, pasada la Semana Santa, según fuentes parlamentarias.

Manifestación en apoyo a la anciana amenazada de desahucio, el martes en A Coruña. Cabalar | EFE

El día después de la primera rectificación del PP, cuando aceptó in extremis la semana pasada tramitar la ILP, el grupo conservador y el socialista firmaron un acuerdo para su tramitación exprés de modo que la propuesta avalada por casi 1 millón y medio de firmas pudiera fundirse con el proyecto de reforma de la ley hipotecaria y tener listo el texto resultante el 7 de marzo.

Separarse o divorciarse será más barato en los tribunales

El Consejo de Ministros aprobará mañana que la tasa a pagar sea mucho menor

PATRICIA MARTÍN / Madrid /Jueves, 21 de febrero del 2013 El Consejo de Ministros aprobará mañana un decreto ley que enmienda el 'tasazo' de Alberto Ruiz-Gallardón. Cuando la corrección sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, quizá el próximo sábado o lunes, separarse o divorciarse en los tribunales será bastante más barato. El ministro ha accedido a que en los procesos de mutuo acuerdo los litigantes dejen de pagar las tasas judiciales (que asciende a 150 en primera instancia), mientras que en las demandas sin acuerdo, el tributo a abonar será de 168 euros, una tasa muy inferior a la que se paga en la actualidad si el juzgado donde se presenta el proceso decide computar en el cobro los bienes de los demandantes.
Y es que uno de los problemas de la polémica ley de tasas, que lleva un par de meses en funcionamiento, era las divergencias a pagar entre unos y otros juzgados, como denunció El Periódico recientemente. Ante estos problemas y las críticas de todos los operadores judiciales y la oposición en pleno, recabadas en un informe de la Defensora del Pueblo en el que se pedía a Justicia que moderase o suprimiese algunas tasas, Gallardón se ha visto forzado a dar marcha atrás y rebajar el tributo en varios supuestos.

Reducción del 60% para los funcionarios despedidos

Entre ellos, en el caso de que un funcionario recurra su despido. Los trabajadores del régimen común gozan de un 60% de la exención de la tasa, mientras que los funcionarios habían sido excluidos de este privilegio. Con el real decreto que se apruebe mañana, támbién tendrán derecho a la rebaja.
Asimismo, se rebajará a las pesonas físicas un 80% la tasa variable del impuesto, la que depende del valor del litigio y que si es muy alto, encarece mucho las tasas.
 La parte fija, que oscila entre los 100 y los 1.200 euros, no cambiará, con lo que, pese a la correción gubernamental, el tributo a pagar por acceder a los tribunales seguirá siendo muy alto.
Además se introducirá un límite de 2.000 euros de tasa variable en los órdenes jurisdiccionales civil, contencioso-administrativo y social (en este último caso en apelación y casación) en cada una de las instancias. El orden penal está exento del pago desde el principio.

Exenciones para multas y desahucios

Gallardón también eximirá del pago a los desahuciados que hayan perdido el pleito contra su banco y el juzgado les condene en costas. (....)
Y, para los contenciosos relativos a multas y otras sanciones administrativas, se pagará como máximo un 50% de la cuantía de la pena en la primera instancia.
El Consejo de Ministros también acelerará mañana que las víctimas de la violencia machista, del terrorismo, de la trata de seres humanos, de accidentes de tráfico o menores o discapacitados víctimas de abuso o maltrato y al resto de beneficiarios de la nueva ley de asistencia jurídica gratuita no paguen el polémico tributo.

Gallardón claudica y rebaja las tasas judiciales a los ciudadanos

pero no las elimina. Y el Defensor del Pueblo no recurre al Constitucional.

Se acelerará que las víctimas de accidentes y mujeres maltratadas no abonen el tributo. Los desahuciados que pierdan el pleito con el banco tampoco tendrán que pagar.

PATRICIA MARTÍN| MADRID |Jueves, 21 de febrero del 2013 El mismo día que jueces y fiscales fueron a la huelga para protestar, entre otras medidas, por la ley de tasas judiciales, trascendieron los detalles de la enmienda que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se ha visto forzado a introducir en la tan cuestionada norma para evitar que la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, la lleve ante el Tribunal Constitucional. Fue precisamente Becerril y no el Ministerio de Justicia quien difundió ayer a cuánto ascienden las rebajas y supresiones de tasas que Gallardón ya se comprometió a introducir la semana pasada y que se aprobarán de forma «inminente», quizá mañana mismo.

Los cambios afectan sobre todo a las personas físicas, que seguirán pagando elevadas tasas, pero mucho menores que en la actualidad. 
Así, la parte fija del tributo, que va de 100 euros a 1.200 en los recursos ante el Supremo, no se suprimirá. Pero sí se rebajará la parte variable, que depende del dinero que se dirima en el procedimiento y que puede encarecer mucho el acceso a los tribunales. 
Justicia se compromete a reducir el 80% la cuantía variable (pasará del 0,5% del valor de litigio al 0,1%) y a introducir un tope de 2.000 euros. Es decir, un ciudadano que interponga un pleito en las jurisdicciones civil, de lo contencioso-administrativo o social (en este último caso a partir de segunda instancia) no pagará más de 2.000 euros en cada una de las instancias. Los procesos penales ya estaban exentos desde el principio.


BENEFICIOS PARA MALTRATADAS / Asimismo, Justicia adelantará la entrada en vigor de algunos aspectos de la ley de asistencia jurídica gratuita, que aumenta el número de beneficiarios de la exención de las tasas y prevé que de forma genérica, independiente de su nivel de renta, maltratadas, víctimas del terrorismo, de trata y de accidentes de tráfico y menores y discapacitados que hayan sufrido abuso o maltrato no tengan que pagar el polémico tributo. Además, Gallardón se ha comprometido con la Defensora a devolver a los nuevos beneficiarios el importe pagado desde que la ley de tasas entró en vigor, el 17 de diciembre.
También se eximirá íntegramente del pago del impuesto a las personas desahuciadas, uno de los puntos más controvertidos. Normalmente son los bancos los que interponen los pleitos, y estos seguirán pagando el tributo. Sin embargo, si el desahuciado pierde el juicio y es condenado a pagar las costas, con los cambios previstos no tendrá que abonar además las tasas.
Por último, en los contenciosos relativos a multas u otras sanciones, la tasa equivaldrá como máximo al 50% de la pena. En definitiva, subrayó en declaraciones a este diario el subsecretario de Estado de Justicia, Juan Bravo, las personas físicas se beneficiarán de «importantes rebajas». Para las empresas, la Defensora tan solo ha arrancado el compromiso de que se estudiará una moderación del pago en función de la capacidad económica. Aun así, anunció que no interpondrá un recurso ante el Constitucional.
Los cambios previstos no son suficientes, sin embargo, para el Consejo General de la Abogacía, que exige la derogación completa.
En la misma línea, el PSOE ya ha impugnado la polémica norma.

El tratamiento de fertilidad, considerado prueba de convivencia

Una sentencia concede la pensión de viudedad a una mujer porque demostró que había intentado la fecundación con su pareja de hecho
 
CARMEN MORÁN Madrid 24 DIC 2009 -
Luisa España Moreno llevaba 2 años en lista de espera para una fecundación, y eso le ha salvado de correr la misma suerte que otras viudas de uniones de hecho, que se han quedado sin pensión porque no tuvieron hijos. 
"No nos habíamos planteado casarnos, pero sí nos registramos como pareja de hecho, y vivíamos empadronados en la misma vivienda", afirma esta mujer de 38 años. 
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le ha dado la razón: ella debe ser beneficiaria de la pensión de viudedad aunque no tuviera hijos, porque no pudo tenerlos. 
 La procreación en común no busca la protección de los menores, sino demostrar la convivencia, para lo que basta el tratamiento de fertilidad emprendido por la pareja. Por tanto, debe entenderse "cumplido el requisito", dice la sentencia.

En 2007, la ley extendió la paga de viudedad para aquellas personas unidas como pareja de hecho cuyos cónyuges hubieran fallecido. Y lo amplió, con efecto retroactivo, para los fallecimientos anteriores a esa fecha, siempre que la convivencia quedara demostrada mediante el empadronamiento y los hijos en común. Pero justo esos 2 requerimientos están dejando en la cuneta a muchas viudas y viudos que no tuvieron o no pudieron tener hijos o, simplemente, que no se habían empadronado en la misma vivienda.

Continua la noticia
Otras noticias 

El Defensor del Pueblo no recurre la Ley de Tasas Judiciales

 

  Estimado Sr./Sra.:

En relación con el escrito que presentó en esta Institución relativo a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre,
por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional
de Toxicología y Ciencias Forenses (Boletín Oficial del Estado de 21 de noviembre), le comunico que con fecha
12 de febrero de 2013 formulé al Ministro de Justicia varias recomendaciones orientadas a una reducción
sustancial de la cuantía de las tasas judiciales y a la supresión de algunas de ellas.

El día 20 de febrero de 2013 se recibió la respuesta del Sr. Ministro de Justicia.

A la vista de la misma, y teniendo en cuenta el firme compromiso de una modificación inmediata de la Ley de Tasas
Judiciales en el sentido recomendado, he decidido, oído el parecer unánime de la Junta de Coordinación y Régimen
Interior en su reunión del día 20 de febrero de 2013, no ejercer la legitimación activa ante el Tribunal Constitucional.

Le adjunto el texto de la resolución que he adoptado al respecto.
Puede concluirse que los resultados de la mediación y las recomendaciones efectuadas por la Institución
darán como fruto una importante reforma normativa del Sistema de Tasas Judiciales.

Le saluda muy atentamente,






Soledad Becerril, Defensora del Pueblo


 
 
 
Información y Registro
Calle Zurbano, 42 - 28010 Madrid
Tel: (+34) - 91 432 79 00     Fax: (+34) - 91 308 11 58

La vivienda: Políticas necesarias/políticas tóxicas

Una decena de personas han preferido la muerte –se han suicidado- a la pérdida de su vivienda. Estas son las cifras conocidas. Las cifras oficiales que reflejan el drama y la tragedia de una anticonstitucional, pero legal, política de vivienda.

nueva tribuna.es | 21 Febrero 2013 
Más de 400.000 familias han sido expulsadas –desahuciadas- de sus hogares desde que estalló la crisis –estafa- financiera.
En colaboración con el Club de Debates Urbanos, se celebrará en el Círculo de Bellas Artes de Madrid un diálogo en torno al Decálogo por una vivienda digna, documento recientemente publicado por la Campaña de Vivienda de Attac Madrid.
Las propuestas del Decálogo de Attac Madrid, constituyen una invitación a profundizar en un debate imprescindible en España: la necesidad de pensar una política de vivienda que garantice el derecho de todos a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. 
Frente a las políticas tóxicas del Gobierno, urge encontrar una respuesta para paliar las nefastas consecuencias de la burbuja inmobiliaria y un proyecto de política pública que abandone definitivamente las tentaciones especulativas. El alojamiento no puede seguir siendo un medio para el crecimiento del PIB, la creación de empleo o el enriquecimiento inmediato.
Attac Madrid parte desde una premisa fundamental: la vivienda no debe ser un producto financiero, sino un derecho humano que emana de una necesidad material básica.
El debate contará con algunas de las principales voces en materia de vivienda en España:
JULIO RODRÍGUEZ, miembro del colectivo Economistas Frente a la Crisis y ex presidente del Banco Hipotecario.
ADA COLAU, portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca.
ALEJANDRO INURRIETA, ex presidente de la Sociedad Pública de Alquiler.
JAVIER BURÓN, ex viceconsejero de Vivienda del Gobierno Vasco.
PABLO JIMÉNEZ, miembro de la Campaña de Vivienda de Attac Madrid.
Moderará FERNANDO FERNÁNDEZ, arquitecto, del Club de Debates Urbanos.

El acto se desarrollará el lunes 25 en la sala Ramón Gómez de la Serna, del Circulo de Bellas Artes, de Madrid, C/ Alcalá, 42, a partir de las 19:00 horas.
El aforo está limitado a 250 personas. Una vez la sala llena no se podrá acceder.
El acto será retransmitido en streaming en la web del Club de Debates Urbanos y también podrá seguirse en Twitter a través del hastag #DebatesUrbanos

miércoles, 20 de febrero de 2013

Divorcio, violencia y Vivienda

Violencia género. Una víctima que inicie el divorcio y litigue por la vivienda podría pagar hasta 1.300 euros

la informacion.com/martes, 19/02/13
La secretaria de Igualdad del PSOE, Purificación Causapié, criticó este martes la nueva ley de tasas judiciales, contra la que su partido ha presentado un recurso de inconstitucionalidad.
Durante una rueda de prensa en Melilla, causapié señaló que esta norma es “enormemente lesiva para nuestra democracia”, y afirmó que “se le ha pedido a Ruiz Gallardón que, al menos, no la haga efectiva con las víctimas de violencia de género”.
Según explicó, “una víctima que empiece un proceso de separación en un caso con vivienda tendrá que pagar unos 1.300 euros”, apunta el PSOE en nota de prensa.
“Muchas mujeres no van a poder separarse de su maltratador porque tendrán que afrontar ese gasto (u otro similar) y no podrán”, argumentó Causapié, para quien es “gravísimo” que “sólo puedan acceder a esa separación las personas con recursos”. “Quieren una Justicia para ricos, no para toda la población”, censuró.
Además, la dirigente socialista mostró “su preocupación” por el anteproyecto del Código Penal y “los efectos que pueda tener” en las mujeres. “Vamos a estar muy pendientes de que no se utilice para dejar sin efecto la Ley Contra la Violencia de Género y que muchas mujeres no queden desprotegidas”, advirtió.
En su opinión, “estamos en un momento muy preocupante”, pues leyes como la Integral contra la Violencia de Género, la de Derechos Sexuales y Reproductivos o la de Igualdad, afirmó, “se están dejando sin efecto”.
No las están derogando”, pero “el PP está dando pasos atrás” para inutilizarlas, concluyó.

martes, 19 de febrero de 2013

Región de Murcia: Quieren la Custodia Compartida pero ¿Cómo...?

Hola, desde la Asociación Padres y Madres en Acción (PAMAC) - www.padresdivorciados.es - no salimos del asombro con las noticias aparecidas en la prensa, en los últimos días:
1.- El Parlamento de la Región de Murcia quiere regular la Custodia Compartida, sin tener competencias para ello: Quiere burlar la Constitución española.
Recordemos que el Congreso de los Diputados aceptó la presentación de  una Ley de Custodia Compartida a nivel nacional, que no colisione con los derechos forales, sobre todo los de Catalunya.
Se tenia que haber presentado en Diciembre, pero no ha sido asi, como era de esperar. Llevamos cerca de 31 años para que se haga una realidad como en Europa pero seguira siendo una asignatura pendiente en nuestro camino para llegar a Europa.

2.- Aqui esta el texto aprobado por el Parlamento de la Región de Murcia a debatir. Sin tener competencias al respecto.
¿El PP se vuelve antisistema, anticonstitucional?. ¿Quiere cambiar la constitución Española? Ver para creer.
Y todo por la envidia de competencias con las comunidades de Valencia y Aragón. 

Como vemos, el documento no es original, ya que ha sido fruto del Copio y Pego, de las normativas autonómicas.(Como los Jueces de Familia en sus sentencias)
¿Guerra interna en el PP entre los localistas -Murcianos- y el comite Nacional - Génova -?
El Ministerio de Justicia, da la callada por respuesta ante la sublevación de los localismos.(En este caso Pimentonero)

3.- Aqui un texto reivindicativo que denuncia la Manipulación que se esta haciendo con este tema, en perjuicio de los menores afectados por la ruptura de la convivencia de sus Progenitores. Pensar que Regularizar es Limitar la Concesión de sentencias sobre Custodias de los menores. Regularizar = Recortes = Limitar.
Y es que con este tema, todos los partidos están de acuerdo: Penalicemos el Divorcio
¿Lo están los diputados afectados por el divorcio y con hijos? Ya sabemos que se deben al aparato del partido que les ha elegido
Por cierto, ni una palabra sobre el Programa de Parentalidad Positiva que viene de Europa, y "aplicado" en España desde hace 3 años y que simplemente es "un fantasma" dentro de las políticas de familia, de los distintos gobiernos.

En definitiva, otra legislatura perdida para ser más Europeos, y llevamos más de 31 años a la cola de Europa en temas de Familia.
Y es que Nuestro país, sigue siendo el "Cuerno" de Africa: Tercermundista en temas de familia. ¡¡¡ INDIGNACION TOTAL ¡¡¡

Saludos cordiales

El Tribunal Constitucional y las Tasas Judiciales

NOTA DECANO TASAS - SENTENCIA TC - TURNO DE OFICIO - JORNADA DIA 20 FEBRERO Siguiendo con la línea de informaros de cuanto resulta de interés con relación a la Ley de Tasas, os adjunto enlace a una Sentencia de 2012 del Tribunal Constitucional. 

La sentencia aquí

Debo destacar su importancia, en general por la posible inconstitucionalidad de la Ley, pero ESPECIALMENTE EN MATERIA DE TURNO DE OFICIO.
Se están produciendo Providencias y Decretos de Secretarios, cerrando el paso a la Tutela Judicial en los casos de usuarios de la Asistencia Jurídica Gratuita que, sólo pueden aportar la solicitud del beneficio, no la concesión.

El Tribunal Constitucional se muestra claro en la posición de considerar inconstitucional tales trabas (en el supuesto de la Sentencia, anteriores incluso a la Ley de tasas).

Procedo también a comunicar dicha Sentencia al Juez Decano, a la Presidenta de la Audiencia Provincial (de la que dependen los Jueces decanos de Demarcaciones) y al Secretario de la Sala de Gobierno, a fin de que procedan en consecuencia.

Os ruego, os insisto, en que hagáis llegar a Decanato o a Turno de Oficio, cualquier incidencia o traba como consecuencia de la Ley de tasas.

Asimismo os informo que ESTE MIERCOLES DIA 20 DE FEBRERO, A LAS 11.30 Y HASTA LAS 12.30 HORAS., se ha convocado un paro por los Sindicatos en protesta por la Ley de Tasas, pero también por otras reformas del Ministerio.

Quien lo desee puede acudir a las puertas de las Sedes Judiciales para apoyar esta convocatoria.

Cordialmente, 

 Mariano Durán Lalaguna
Decano

El PSOE recurre las tasas judiciales ante el Constitucional

Soraya Rodríguez acusa a Gallardón de "mentir" con la promesa de que iba a modificar la ley.

EUROPA PRESS / Madrid /Martes, 19 de febrero del 2013 -  El Grupo Parlamentario Socialista ha interpuesto ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso contra la ley de tasas judiciales al argumentar que las tarifas "abusivas, desequilibradas e injustas" impuestas en la norma suponen "un atentado" y "una quiebra del Estado de Derecho". "El acceso a los tribunales depende hoy de la tarjeta de crédito de los ciudadanos", ha sentenciado la portavoz Soraya Rodríguez.

Soraya Rodríguez presenta el recurso del PSOE por las tasas judiciales ante el Constitucional. EFE
La portavoz Soraya Rodríguez y el diputado Antonio Camacho, miembro de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, se han desplazado este martes al alto tribunal acompañada por la Plataforma Justicia para Todos, integrada por el Consejo General de la Abogacía, el Consejo de Consumidores y Usuarios y los sindicatos UGT, CCOO, CSIF, USO y STAJ.
"Teníamos una esperanza débil de que el Gobierno rectificara y el pasado viernes el ministro cumpliera con ese anuncio, ciertamente un poco vago, de que iba a modificar su propia ley y acomodarla a unas tasas que no obstaculizaran el acceso a la tutela judicial efectiva", ha advertido Rodríguez, para poner de relieve que el Gobierno "una vez más mintió en boca de su ministro de Justicia" y no cumplió con su palabra.
Según ha dicho, este incumplimiento junto con la petición unánime de todos los sectores implicados es lo que ha llevado al PSOE a recurrir esta misma semana una norma que "debilita la democracia". Rodríguez ha llamado al ministro, Alberto Ruiz Gallardón, a hacer "una reflexión profunda" sobre el hecho que "nadie le haya acompañado" en "una sola de las decisiones" que ha tomado desde que está al frente del departamento de Justicia.

Acuerdos gubernativos. Devengo de las Tasas en los procesos de Familia en distintos Juzgados de Familia del territorio nacional

Acuerdos gubernativos de Magistrados, Jueces, y Secretarios de los Juzgados de Familia de diferentes ciudades españolas, en relación al devengo de las Tasas en los procesos de familia conforme a la Ley 10/2012.
Ante las numerosas dudas que suscita la aplicación en los procesos de Familia de la Ley 10/2012 sobre Tasas Judiciales [art. 4.1 a)], y hasta que se respondan las consultas elevadas a la superioridad o existan pronunciamientos jurisprudenciales al respecto, los Magistrados, Jueces y Secretarios de los Juzgados de familia y de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de distintas ciudades españolas han adoptado acuerdos gubernativos sobre el devengo de la tasa en los diferentes procesos de familia. Cabe destacar los diferentes criterios recogidos en muchas ocasiones por los distintos acuerdos.
El documento completo

lunes, 18 de febrero de 2013

Tasa Judiciales Juzgados de Familia de Madrid

Acuerdos de los Juzgados de Familia sobre tasas judiciales.
Como ya expusimos en el Boletín de enero, son numerosas las dudas que suscita la aplicación en los procesos de Familia de la Ley 10/2012, sobre Tasas Judiciales [art. 4.1 a)].

Pese a la noticia publicada en prensa de que se prevé una revisión de las tasas, que esperemos afecte a los procesos de familia, tanto los Jueces como los Secretarios de los Juzgados especializados siguen adoptando criterios interpretativos acerca de la exigencia o no de la tasa, determinando en qué procedimientos de familia existe obligación de su abono y en cuáles no.
Aqui teneis el acuerdo en Madrid


Divorcio entre Ana de Armas y Marc Clotet

SE ACABÓ EL AMOR: Marc Clotet confirma su divorcio de Ana de Armas en los Premios Goya 2013.  El actor ha posado solo en la alfombra roja de los Goya 2013 y ha confirmado la ruptura con Ana de Armas.
Jennifer Cruz Domingo, 17 de Febrero de 2013.       Ana de Armas y Marc Clotet en el estreno de 'Skyfall' en MadridHace ahora 1 año saltaban todos los rumores cuando el actor Marc Clotet decidió acudir a la ceremonia de los Goya 2012 acompañado por su hermana Aina Clotet, dejando aparcada en casa a su esposa Ana de Armas. Un síntoma inequívoco de los problemas por los que atravesaba el reciente matrimonio.
1 año después, Marc Clotet ha vuelto a acudir sin Ana de Armas a los premios del cine español. El actor ha confirmado en la alfombra roja de los Premios Goya 2013 el que era un secreto a voces: su separación de la actriz tras poco más de 1 año de matrimonio.
"Sí, hemos roto. Ha sido de mutuo acuerdo" han sido las palabras con las que Clotet ha oficializado su divorcio de la intérprete cubana. Clotet y Ana de Armas aparecieron juntos en un acto público por última vez en noviembre del año pasado, cuando acudieron a una presentación de la firma H&M en Madrid.
La pareja contrajo matrimonio por sorpresa en una ceremonia secreta en julio de 2011 en la Costa Brava. Desde entonces, su relación ha estado marcada por altibajos públicos hasta la ruptura definitiva que hoy se ha confirmado. 
Ana de Armas regresa a Cuba
Tras la ruptura, Ana de Armas ha regresado a su tierra natal para recibir apoyo familiar en estos duros momentos personales. De Armas participó recientemente en la serie 'Hispania' de Antena 3. Mientras, Clotet sigue desfilando por estrenos y presentaciones mientras trabaja en el serial diario 'Amar es para siempre' de la misma cadena.

domingo, 17 de febrero de 2013

Incumplimiento del Gobierno de la ley de Custodia Compartida

Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.
De Rosa María Díez González para la Xº Legislatura ( 2011-Actualidad )
Estado del establecimiento a nivel nacional de la custodia compartida. ( 184/ 013916 )
Presentado el 15 de Enero del 2013, calificado el 22 de Enero del 2013

Situación Actual
Gobierno - Contestación:Tramitación seguida por la iniciativa
 
Documento aquí

CGPJ: Sanciona a los Jueces y Magistrados

Estracto de la Memoria del CGPJ del 2011, presentada ante el Congreso de los Diputados:

Voy a resaltar igualmente algo que es marginal, pero que tiene mucha importancia también, que es la actividad disciplinaria del consejo. Hemos visto que existe una comisión disciplinaria con facultades sancionadoras, que actúa bien de oficio o como consecuencia de la actividad inspectora, o bien a denuncia de particulares en averiguación y en sanción, en su caso, de las disfunciones que puedan producirse. 
Esta comisión disciplinaria recoge las informaciones previas que haya podido hacer el servicio de inspección, ordena, cuando procede, abrir expediente sancionador y, cuando procede también, impone sanciones a los jueces o tribunales que han podido cometer alguna irregularidad de las infracciones que están tipificadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El nº de expedientes incoados en los años 2009, 2010 y 2011 son 47, 56 y 44 y, de los expedientes incoados en 2011, 14 fueron resueltos sin sanción y 32 con sanción.  

(No coincide la cifra: ¿44 ó 46?)
Por su parte, los expedientes incoados en la presente anualidad de 2012 son 57, de los cuales han finalizado 28 sin sanción y 29 con sanción.
En definitiva, el 49,12% se van de rositas a casa. ¿Motivos?  
Ha vencido el periodo para abrirles expediente.

Salud mental de los Jueces en España

Estracto de la Memoria dle CGPJ del 2011 presentada en el Congreso de los Diputados:
 
Pero el consejo no puede dejar de preocuparse, en la medida en que puede, en la medida en que le corresponde, de que los jueces y tribunales tengan una mejora de sus condiciones laborales. En este sentido hay que señalar que en el año 2011 se creó, dentro del servicio de personal judicial, una sección de prevención de riesgos laborales. Desde el año 1995 en que se publicó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se había tomado ninguna medida respecto del personal judicial. 
Eso motivó que el año pasado hayamos pasado por 1ª vez en la historia una revisión médica todos los jueces de este país, cosa que no se había producido en la vida, aunque desde el año 1995 está en vigor la ley. 
Por otra parte, en la elaboración del reglamento de la carrera judicial que tuvo lugar en 2011 se recogió también el impacto de la Ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, dando lugar a la aplicación transversal del principio de igualdad de trato, que se ha traducido fundamentalmente en la regulación de diversas modalidades de excedencia voluntaria, licencias, permisos y posible reducción de jornada por razón de cuidado de hijos, que no estaba previsto en la ley orgánica, y sin embargo se ha previsto como derivación de la Ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que también había que traducirlo al personal judicial.

Pregunta:
¿Cuantos Jueces y Magistrados se Jubilan anualmente por razones de Salud Mental?
Respuesta:
No sabe/No contesta

CGPJ: Inspección de tribunales de Justicia

Extracto de la Memoria del CGPJ 2011 presentada en el Congreso de los diputados:

El consejo además realiza una actividad que es muy importante también para la sociedad y para todos nosotros, y es la que se produce por medio de la inspección de tribunales con un seguimiento permanente de la actividad jurisdiccional. 
O sea, el consejo, que tiene 18 unidades inspectoras, está permanentemente realizando este seguimiento, que es un control relativo, un control referido a ver cómo funcionan los tribunales y en qué situación se encuentran. 
En el año 2011 estas 18 unidades llevaron a cabo un total de 347 visitas ordinarias por cuatrimestre, más 14 visitas extraordinarias a juzgados. 
De sus visitas —por medios informáticos también se informan de cómo se encuentra la situación— se derivaron 5.098 propuestas de mejora, de las que 3.195 correspondieron a propuestas dirigidas a los propios órganos para mejorar su actividad, 1.293 dirigidas al Ministerio de Justicia sobre las comunidades autónomas para que mejoraran los servicios que prestan, y 110 fueron propuestas de apertura de expedientes de seguimiento de la actividad para determinar en qué medida se van poniendo al día los juzgados que no lo están. Pero es que además esta comisión remitió a la comisión disciplinaria 565 expedientes con informaciones efectuadas por si de ellas pudieran resultar acciones disciplinarias. Quiere decirse que la actividad inspectora, que es una de las principales que se desarrollan para ver cómo funciona el sistema judicial, se llevan a cabo con una periodicidad tremenda. 
En este año 2012 se han hecho 537 visitas presenciales, más 12 visitas extraordinarias. De ello se deduce —sabe el consejo en este momento histórico y yo estoy en condiciones de saber— qué juzgados funcionan y qué juzgados, por desgracia, que los hay —como todos uds saben—, no funcionan al rendimiento necesario por las razones que en cualquier caso también se pueden especificar.

¿ Justicia gratuita en España?

20minutos.es/CONSUMER.ES. 18.11.2012  

Con el tiempo se han multiplicado los portales que ofrecen "abogados gratuitos" para gestionar demandas de divorcio en España. Una oferta que de gratuito tienen, únicamente, la llamada para contactar con la empresa.En realidad no hay más divorcios gratuitos que los que resuelve la justicia gratuita y que los servicios que brindan las empresas tienen 'letra pequeña'.

Existe una fórmula para no tener que pagar por el divorcio: acudir a la justicia gratuita. Muchas personas no cumplen con los requisitos para que se les reconozca este derecho, pero es una de las pocas maneras que permiten disolver el vínculo matrimonial sin tener que abonar apenas nada por ello.
La justicia es gratuita para las personas que acrediten insuficiencia de recursos para litigar, pues así lo establece la Constitución en el art. 119. 
Se entiende que cumplen con las condiciones para acceder a este derecho las personas cuyos ingresos (los de su unidad familiar) no sean superiores al doble del IPREM, es decir 14.910,28 euros anuales. (El IPREM para 2012 se sitúa en 532,51 euros mensuales (621,26 si las pagas están prorrateadas) y al año serían 7.455,14). 
En situaciones excepcionales, se puede reconocer este derecho a personas cuyos ingresos sean superiores. Además, es imprescindible que los solicitantes no muestren signos externos de capacidad económica como grandes vehículos, terrenos, viviendas...
¿Pero qué sucede si una persona con pocos recursos que se quiere divorciar no puede acceder a la justicia gratuita porque los ingresos de su pareja son superiores a este indicador? El art. 1.318 del Código Civil establece que cuando un cónyuge carezca de bienes propios suficientes, los gastos necesarios causados en litigios sostenidos contra el otro cónyuge, sin mediar mala fe o temeridad, o contra tercero, cuando redunden en provecho de la familia, serán a cargo del caudal común y, si falta este, se sufragarán a costa de los bienes propios del otro cónyuge , si la posición económica de este impide al primero, por imperativo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la obtención del beneficio de justicia gratuita.
Aunque en este caso no se trataría de un divorcio gratuito en sí porque se paga con el patrimonio común o con el de la otra parte, permitiría a uno de los cónyuges no tener que abonar nada por disolver el vínculo matrimonial si carece de dinero y no puede acceder a la justicia gratuita debido a los recursos de la otra parte.

Empresas en Internet que ofrecen tramitar divorcios gratis? Cuidado, hay 'letra pequeña'


Con el tiempo se han multiplicado los portales que ofrecen "abogados gratuitos" para gestionar demandas de divorcio en España.
  • Una oferta que de gratuito tienen, únicamente, la llamada para contactar con la empresa.
  • En realidad no hay más divorcios gratuitos que los que resuelve la justicia gratuita y que los servicios que brindan las empresas tienen 'letra pequeña'.
 ECO ® |consumer.es/ 18.11.2012.                                       
Puede ocurrir que, a veces, lo gratuito como reclamo se use de forma falseada. 
Algo así está ocurriendo con la gestión de divorcios en España, debido a la aparición de páginas web que ofrecen sus servicios a familias con apuros económicos. Pero cuidado, a la hora de acudir a estos nuevos servicios uno se dará cuenta de que detrás de ellos hay 'letra pequeña'.


El artículo completo aquí

El Supremo rechaza atribuir el uso de la vivienda a los hijos mayores de edad tras un divorcio


EFE. 18.04.2012
El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de un hombre divorciado contra una decisión de la Audiencia Provincial de Valencia.

En mayo de 2010 la Audiencia Provincial atribuyó el uso de la vivienda conyugal a las dos hijas mayores de edad del demandante.
El Supremo destaca que el tratamiento legal a los hijos mayores de edad es diferente del que aplica a los hijos menores de edad.

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado en una sentencia atribuir el uso de la vivienda familiar tras un divorcio a los hijos del matrimonio cuando éstos no sean menores, ya que el derecho al disfrute del domicilio se extingue legalmente al alcanzar la mayoría de edad.
La sala de lo Civil del Alto Tribunal ha desestimado el recurso de un hombre divorciado contra la decisión de la Audiencia Provincial de Valencia, que en mayo de 2010 atribuyó el uso de la vivienda conyugal a las 2 hijas mayores de edad del demandante.
El Supremo anula dicha sentencia debido al distinto tratamiento legal que reciben los hijos de un matrimonio cuando son menores o mayores de edad.

En este sentido, la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, recuerda que el Código Civil establece que "mientras la protección y asistencia debida a los hijos menores es incondicional y deriva directamente del mandato constitucional, no ocurre igual en el caso de los mayores, salvo que así lo establezca la ley". Igualmente, indica que, "más allá de la fecha en que -el menor- alcance la mayoría", tampoco cabe vincular el derecho al uso de la vivienda familiar con la prestación alimenticia determinada tras los divorcios respecto a los hijos mayores que carezcan de ingresos propios.

En concreto, en este caso el recurrente se divorció de su esposa en 2008, tras lo que un juzgado de primera instancia de Massamagrell (Valencia) atribuyó el uso de la vivienda conyugal a la madre y las hijas, aunque con el límite temporal de 1 año. 

Sin embargo, en mayo de 2010 la Audiencia Provincial valenciana suprimió esa limitación temporal, argumentando que, aunque las hijas eran mayores de edad, no tenían independencia económica. Ahora, el TS anula esa sentencia y establece que el uso de la vivienda debe corresponder al padre.

Un juez otorga la custodia compartida en función del calendario escolar de los hijos

ECO ®|EFE. 28.10.2012
  • La madre ejercerá la custodia durante el curso escolar y el padre durante todas las vacaciones escolares de verano, Navidad y Semana Santa.
  • Durante el tiempo que los 2 hijos estén con cada progenitor, el otro deberá pagar 140 euros mensuales para contribuir a su manutención, dice la sentencia.
  • También se repartirán equitativamente los "gastos extraordinarios" de carácter médico, apoyo escolar, óptica o farmacia.
Una juez de Familia ha otorgado la custodia compartida de sus hijos a una pareja divorciada que vive en 2 pueblos distanciados 60 kilómetros, de manera que la madre la ejercerá durante el curso escolar y el padre durante todas las vacaciones escolares de verano, Navidad y Semana Santa.
La sentencia precisa que durante el tiempo que los 2 hijos estén con cada progenitor, el otro deberá pagar 140 euros mensuales para contribuir a su manutención, además del reparto equitativo de los "gastos extraordinarios" de carácter médico, apoyo escolar, óptica o farmacia.
Este acuerdo tiene la novedad de implicar a la familia de ambos progenitores en la gestión de la custodia compartida 
Debido a la distancia que hay entre los pueblos de residencia de los progenitores y para "compensar los gastos de desplazamiento", cada vez que deban entregar a los niños será uno de ellos el encargado de hacer el viaje, si bien el acuerdo incluye la colaboración en esa tarea de los abuelos y tíos, que se ofrecieron voluntariamente.
La sentencia establece que el padre tendrá a sus hijos todo el verano, desde las 17 horas del día que acabe el curso escolar hasta las 17 horas del día inmediatamente anterior al comienzo, con la salvedad de que una semana de julio o agosto corresponderá a la madre tener consigo a los niños.
De la misma manera, los niños pasarán a vivir con su padre desde las 17 horas del día que empiecen las vacaciones de Navidad hasta las 17 horas del día previo al inicio del curso, aunque la madre podrá tenerlos el día de Nochebuena o Reyes.
Lo mismo sucederá con las vacaciones de Semana Santa y todos los puentes escolares tales como el Pilar, Todos los Santos, Constitución y Día de Andalucía, cuando los hermanos estarán con su padre además de todos los fines de semana alternos desde las 17 horas del viernes hasta la misma hora del domingo.
El abogado de la madre, Antonio Moreno Bautista, ha precisado que este acuerdo tiene la novedad de implicar a la familia de ambos progenitores en la gestión de la custodia compartida, dada la dificultad de trasladarse entre los dos pueblos de la provincia de Sevilla donde residen.
Además, ambos asumen la obligación alimenticia "en pie de absoluta igualdad", pues tanto la madre como el padre deberán abonar 140 euros mensuales cuando sus hijos estén con el otro progenitor.

El CGPJ anula una multa al juez Ferrín Calamita por haber caducado el expediente

  • Fue sancionado por usar expresiones extravagantes contra lesbiana.
  • Se excedió en 8 días el plazo máximo de 6 meses que marca la Ley.
El Consejo General del Poder Judicial ha anulado hoy la multa de 600 euros impuesta por el anterior Consejo al juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita por usar expresiones extravagantes en un auto en el que denegó la custodia de dos hijas a una madre por su homosexualidad, al haber caducado el expediente.
Así lo ha acordado el pleno del CGPJ, al estimar un recurso de Ferrín Calamita, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia el pasado mes de diciembre a 2 años, 3 meses y 1 día de inhabilitación por el retardo malicioso en la adopción de una menor por una mujer lesbiana.
El vocal Antonio Monserrat había reclamado al pleno que estimara el recurso del juez, quien alegó que cuando fue sancionado el 5 de marzo de 2008 el expediente ya había caducado al haber transcurrido más de 6 meses desde que fue abierto.
Según han informado fuentes del órgano de gobierno de los jueces, el recurso ha sido estimado porque el procedimiento sancionador excedió en 8 días el plazo máximo de seis meses que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
No obstante, el Consejo en su resolución reprocha a Ferrín Calamita su conducta y su incidencia en la duración del expediente.
La comisión permanente del CGPJ impuso dicha sanción a Ferrín Calamita -titular del juzgado de primera instancia nº 9 de Murcia (especializado en familia) y suspendido de sus funciones- como autor de una falta grave del art. 418.6 de LOPJ.
Dicho artículo se refiere a que es falta grave "la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico".
En junio del año pasado entró en el Servicio de Inspección del CGPJ un escrito de la mujer afectada en el que se quejaba de las expresiones que vierte el juez en un auto en el que se le retira la custodia de sus hijas.
Esta mujer presentó demanda de divorcio con solicitud de medidas provisionales, a lo que Ferrín contestó en un auto, en el que equipara la condición de toxicómano, pederasta, prostituta y pertenencia a una secta satánica con la homosexualidad.
En dicho auto explicaba que considera que una supuesta relación homosexual perjudica a los hijos y concluye que "la madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja".