sábado, 30 de enero de 2021

Fracaso de la ley de violencia sobre la Mujer: El Perfil de la mujer....

Otras Informaciones:

Casi 2 millones de denuncias por violencia de género en 15 años de ley (Menudo negocio......)
Mujer de mediana edad que convive con su agresor: el perfil de las 56 víctimas de la violencia machista en 2019.
56 mujeres fueron asesinadas por sus parejas o exparejas en 2019, una muerte por violencia de género cada 6,5 días.
3 niños fueron asesinados a manos de sus padres y otros 47 menores quedaron huérfanos
El 016 es el teléfono de atención a víctimas es gratuito y no deja huella en la factura; el correo es 016-online@igualdad.gob.es
Nuria Verde, 
29.01.2021
Durante 2019, 56 mujeres fueron asesinadas por sus parejas o exparejas. En ese mismo año, la violencia de género acabó con la vida de 3 niños, todos ellos muertos a manos de sus padres biológicos, mientras otros 47 menores de edad quedaban huérfanos. En 12 de los casos (el 21,4 %) había denuncia previa. En el ámbito de la violencia doméstica íntima, durante 2019 fueron asesinadas 9 personas, todas ellas hombres.
Estos datos se recogen en un informe elaborado y hecho público hoy por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, que analiza las muertes causadas durante 2019 por la violencia de género y por la violencia doméstica en el ámbito de la pareja o expareja.
En 2019 hubo 56 asesinatos de mujeres a manos de sus parejas o exparejas, 3 más que en 2018, lo que supone una muerte por violencia de género cada 6,5 días.
Sólo el 15% de las víctimas había denunciado, según el análisis de las sentencias sobre violencia de género.
A partir de los datos extraídos de los expedientes judiciales se puede concluir que el perfil de la víctima es el de una mujer con una edad media de 44,1 años (45,4 años en 2018) que en más de la mitad de los casos (64,3 %) mantenía la convivencia con su agresor en el momento en que se cometió el crimen. Pese a que la cifra ha descendido con respecto al ejercicio anterior (en 2018 había convivencia en el 69,8 % de los casos), sigue siendo más alta en casi 4 puntos si se compara con la media del periodo comprendido entre 2003 y 2018.
El asesino es el marido en 4 de 10 casos
Casi en 4 de cada 10 feminicidios (39,3 %), el agresor era el marido de la víctima. En el 42,9 % de los casos, mantenían otra relación afectiva. Respecto a años anteriores, en 2019 aumentó el porcentaje de feminicidios ocurridos en momentos de crisis de la pareja: de representar el 11,3 % en 2018, pasaron a ser el 16,1 % del total, hecho que pone de manifiesto que esta circunstancia incrementa el riesgo.
El 58,9 % de las víctimas eran españolas y el 41,1 %, extranjeras, dato que indica un aumento de estas últimas respecto al año anterior, en el que representaron el 35,8 % del total, siendo Europa y América Latina, ambas con un 47,8 %, las zonas geográficas de procedencia de la mayoría de ellas.
47 huérfanos en 2019
La violencia de género dejó huérfanos a 47 menores en 2019. Más de la mitad de las asesinadas, el 53,6 %, tenía hijas o hijos menores de edad. 
El agresor era el padre biológico del 68 % de los menores que quedaron huérfanos. Los otros 15 nacieron durante otras relaciones de las víctimas.
Si se contabilizan todos los hijos de las víctimas (no sólo los menores de edad), la cifra de los que perdieron a sus madres asciende a 92. El 78,6 % de las mujeres asesinadas eran madres.
En 2019, 3 menores –2 de 10 años y 1 de 15- engrosaron las cifras de muertes por violencia de género. En 1 de los casos, el agresor acabó con la vida de la mujer y la de 1 de sus hijos, logrando huir el 2º. 
Los 3 menores asesinados eran varones y el agresor, su padre biológico. En todos los casos hubo denuncias previas de las madres.
En el domicilio común y con arma blanca
El domicilio, común o de uno de los miembros de la pareja o expareja, es el lugar donde se cometieron 4 de cada 5 feminicidios
El 70,2 % de las agresiones tuvieron lugar en el interior o en las zonas exteriores del domicilio compartido por víctima y agresor.
4 de los crímenes cuyo escenario fue el domicilio común o de la víctima se produjeron a pesar de existir una pena o medida de alejamiento en vigor.
El método empleado en más de la mitad de los casos (51,8 %) fue el arma blanca, seguida por los golpes (17,9 %) y el arma de fuego (16,1 %). 
El 78 % de los crímenes cometidos con arma de fuego terminó con el suicidio del agresor; cuando el método empleado fue el arma blanca, el porcentaje de suicidios descendió hasta el 21 %.
¿Por qué hay tantas víctimas de violencia de género que no denuncian?
Julio, con el 17,9 %, y el domingo (con el 19,6 %) fueron el mes y el día de la semana que concentraron un mayor número de feminicidios, confirmando en ambos casos una tendencia que se viene manteniendo constante desde 2003.
Español de 48 años, el perfil del asesino
El perfil del autor de los feminicidios cometidos en 2019 se corresponde con el de un varón con una edad media de 48,3 años, 4 años superior a la edad promedio de las víctimas. 
El 60,7 % de ellos eran españoles y el 39,3 %, extranjeros. En 1/3 de los casos (30,4 %), víctima y agresor no compartían nacionalidad, una circunstancia que ha aumentado notablemente respecto a 2018 (20,8 %).
Casi la mitad de los autores de los feminicidios de 2019 fueron detenidos tras cometer el delito; en un 14,3 % de los casos se entregaron y en un 30,4 %, se suicidaron. La edad media de los que decidieron quitarse la vida tras cometer el crimen fue de 48,9 años. 
La mayoría de ellos (58,8 %), tenía un vínculo matrimonial con la víctima.
Nota: Evolución de la Violencia doméstica, se pasa a Violencia de Género, luego Machista y acaba en Feminicidio. Utilización política de este tipo de violencia.....Y las mujeres siguen falleciendo tras 16 años de una normativa fallida y errónea en su formulación.

jueves, 28 de enero de 2021

CUSTODIA COMPARTIDA EN TIEMPO DE CORONAVIRUS

efectolegal/ 8 Sept 2020
Desde mediados de marzo, todas las comunidades autónomas se sumaron al cierre de todos los centros educativos. La suspensión de las clases presenciales afectó a unos 9.552.000 estudiantes, de los cuales 8.217.000 son escolares, según el diario El país. 
Esta realidad es abrumadora para los padres. Pero lo es aún más si se vive una custodia compartida en tiempo de coronavirus.
Se trata sin duda de momentos en los que hay que lidiar con mucha incertidumbre en los hogares. Un drama del que los menores no quedan al margen lamentablemente. 
En este artículo ofrecemos una guía breve a los progenitores para afrontar de la mejor forma posible esta situación excepcional.
CUSTODIA COMPARTIDA Y CORONAVIRUS: PADRES Y MADRES SENSATOS POR ENCIMA DE TODO
El Ministerio de Sanidad ha dictado una serie de directrices con el objetivo de reducir el número de contagios frente a la reciente pandemia ocasionada por el Covid-19, también conocido coloquialmente como corona virus. Ante estas circunstancias, la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) aconseja a los padres y madres divorciados que ostentan una custodia compartida manejarse con sensatez
En concreto ello implica velar por lo que es mejor para el menor de edad.
Al decretarse una cuarentena forzosa desde el ámbito gubernamental, se trata de una situación que se encuentra totalmente fuera de la normalidad. Por esta razón, debe tomarse en cuenta que ante una urgencia, en el ejercicio de la patria potestad, el progenitor que se encuentre a cargo puede tomar decisiones unilaterales si así lo necesitare.
ACUERDOS DE CUSTODIA COMPARTIDA UN ACUERDO POR EL BIEN DE LOS PEQUEÑOS
Lo más recomendable es que los padres y madres lleguen un acuerdo que tenga en cuenta las necesidades de los pequeños de la casa y se evite perjudicar a alguno de los progenitores. Incluso podría darse el caso de recurrir a familiares de apoyo si requieren de su ayuda. Esto último dado que junto al escenario de la suspensión de las clases progresivamente también se ha suspendido la actividad laboral, en ocasiones para transformarla en teletrabajo.
Aunque deben respetarse los derechos a las visitas, también debe preponderar el sentido común sobre lo que es mejor para la salud y el bienestar de los niños. Por ejemplo, si los padres viven en ciudades distintas, deben evitarse los desplazamientos innecesarios que fomentan la propagación de la enfermedad.
VISITAS EN CUSTODIA COMPARTIDA VISITAS CON RESPONSABILIDAD
Es posible mantener el derecho a las visitas, algo que contempla el art. 7 del DR 463/2020 que declara el estado de alarma de forma expresa:
será posible circular para la asistencia y cuidado de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables. Igualmente señala que se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas.
En este caso, si se trasladan menores por este motivo debe llevarse consigo la Sentencia de Divorcio o separación para evitar las sanciones o multas correspondientes.
Un menor puede encontrarse con un progenitor que teletrabaja pero en algún momento saldrá a reponer sus víveres. Y también podría tener contacto con el progenitor que tiene derecho a visitas. En ambos casos, se deben observar y poner en práctica las normas recomendadas por el Ministerio de Sanidad en materia de prevención del riesgo de contagio.
Evidentemente, es responsabilidad de cada padre o madre evitar el contacto con los menores si se está infectado con el virus. Y de comprobarse este hecho de forma fehaciente, se suspenderá como es comprensible el derecho a las visitas.
AJUSTES RÉGIMEN DE VISITAS PADRES SEPARADOS ABIERTOS A NUEVAS RUTINAS Y LO INESPERADO.
La compleja situación que ha sorprendido a muchas familias, no solo ha cambiado nuestros hábitos y patrones de consumo. También ha impuesto nuevas rutinas y gastos no planificados.
En el caso de padres o madres divorciados, acostumbrados a buscar a sus hijos al colegio para compartir con ellos, la situación también requiere ajustes. Para facilitar a los progenitores la toma de decisiones sobre este punto de discusión, se puede recurrir a pensar en cómo se realizaban las entregas y recogidas durante el período vacacional. Lo más sensato es que el padre o madre que finaliza la tenencia acompañe a su hijo hasta el domicilio del otro progenitor. A menos que exista algún impedimento para ello o se logre otro acuerdo.
El Estado de Alarma decretado también pone de relieve la prohibición del uso de espacios públicos. Dado que transitar por la calle sin justificación no está permitido y los espacios públicos están cerrados, el progenitor que tenga derecho a las visitas debe llevar a los niños a su casa, o a casa de un familiar directo en acuerdo con el otro progenitor. También una visita a domicilio podría ser una alternativa, si ambos progenitores así lo acuerdan.
Otro aspecto a tomar en cuenta es el inesperado aumento de gastos imprevistos durante la custodia compartida en tiempo de coronavirus. 
De nuevo debe imperar el sentido común, no puede olvidarse que para el desembolso de un gasto extraordinario, debe contarse con el consen-timiento de ambos progenitores.
EL PAPEL DE LA TECNOLOGÍA EN EL CONFINAMIENTO: LA TECNOLOGÍA COMO ALIADA.
Durante la crisis producto del Covid-19 en la que se vive un confinamiento en los hogares, el uso de tecnologías ha sido crucial. Gracias a ellas nos mantenemos informados y conectamos con otras personas. En el caso de los menores, ésta podría ser una vía de comunicación ideal para mantenerse en contacto con el progenitor con el que no convive. También es una opción para comunicarse con los abuelos, que también tienen derecho a disfrutar de los niños y niñas.
No permitir que los padres o madres se comuniquen con sus hijos cuando por motivos justificados no pueden visitarles o verles es irresponsable. El bienestar de los hijos e hijas no solo está en una buena salud física sino en mantener su buena salud emocional en momentos tan difíciles como los que vivimos.

miércoles, 27 de enero de 2021

El divorcio y los hijos menores, criterios a seguir.

Resumen:
10 frases que nunca deberían decir los padres divorciados a su niño.
Cómo puede afectar el divorcio a los niños según su edad.
Lidia Nieto7 de mayo de 2020
Cuando una pareja trae al mundo a un niño/a, ambas partes esperan que juntos puedan compartir todos los momentos que esa dulce criatura les va a regalar y construir unidos un futuro para el pequeño. Esta es la estampa ideal con la que todos los padres sueñan, pero hay veces que las cosas no son como se desean. El hombre y la mujer encuentran desavenencias, entran en crisis y deciden divorciarse. Se trata de una situación de dolor y sufrimiento para adultos y niños, pero ¿cómo mitigar ese daño en nuestros hijos? 
Lo que jamás deben hacer o decir los padres divorciados a sus hijos.
Desde el momento que decidimos como personas adultas que somos traer un bebé a este mundo tenemos que ser conscientes de que la vida de esa personita va a depender de nosotros los 1ºs años y que lo que hagamos o no hagamos va a influir mucho en su realización como persona y en cómo va a ir forjando su personalidad.
Si le gritamos, si le damos muchos besos, si le hiperprotegemos... Para bien o para mal, según se mire, su infancia va a marcar como sea el niño de mayor. Los padres siempre intentamos hacerlo lo mejor posible, pero lo que ocurre es que los niños no vienen con un libro de instrucciones bajo el brazo y hay circunstancias en las que nos desbordamos y puede que no lo hagamos del todo bien.
¿Cómo decirle a un niño que sus padres van a separarse? 
¿Y que vamos a divorciarnos? 
Encontrar las herramientas para ello es difícil y complicado. Quiénes han pasado por esto dicen que, hagamos lo que hagamos, los niños lo van a pasarlo mal, pero de nosotros depende el tiempo y la intensidad de ese dolor y sufrimiento.
Mª Teresa Puchol Soriano es magistrada del Juzgado Mixto 1 de Huesca, Aragón (España). Puede que tu nombre no te diga nada, pero si te decimos que su seudónimo en Twitter es Lady Crocs quizás la cosa cambia, porque puede que tú seas uno de los 74.000 seguidores que tiene en esta rede social.
Recientemente ha publicado un hilo en Twitter para hablar su experiencia como hija de padres divorciados, madre de hijos de padres divorciados y redactora de decenas (si no son cientos) de sentencias de divorcio, separación o modificación de medidas.
Pero no solo eso, ha creado un especie de decálogo de lo que NO decir a los niños nunca cuando se inicia un proceso de divorcio y lo ha querido compartir con sus followers, pero también con nosotros, con Guiainfantil.com
Se trata de un texto que encaja perfectamente con la realidad de muchos padres y niños que viven una situación provocada por una separación. Ella misma reconoce que ha sido duro darle forma, 'llevaba desde casi año con la idea y no terminaba de encontrar el momento, pero finalmente lo he hecho porque me ha parecido que podía resultar de utilidad', pero aquí está.
1. ¿Con quién quieres ir, con papá o con mamá?
Esa pregunta me la hicieron cuando tenía 8 años y aún retumba en mi cabeza. Esa decisión la toman los adultos, no los niños; y deben hacerlo en función de sus circunstancias y en beneficio del niño, Si le preguntas eso a un niño, a bocajarro, puedes crear una especie de sentimiento de lealtad hacia uno u otro, lo que le generará un conflicto interior. 
¿Os imagináis que os lo pregunten a vosotros de vuestros hijos?
2. Papá/mamá me ha demandado para que nos divorciemos
Si se comunica la decisión de esa forma se está culpabilizando a uno de los progenitores de haberla tomado y se está orientando lo que debe sentir el niño. Se les debe informar, pero con cariño y de modo aséptico. Yo soy más partidaria de decir cosas como 'ya nos somos novios y preferimos vivir cada uno en otra casa', o bien 'hemos dejado de entendernos o compartir las mismas cosas'... Pero nunca focalizarlo en uno de ellos.
3. Papá/mamá nos ha abandonado
Esta frase es demoledora para el desarrollo emocional de un niño. 
Si el adulto se siente así, que supere el duelo, pero no se puede pretender compartir un sentimiento de ese calibre con alguien que tiene un referente claro en ambas figuras. Aunque se sienta que el otro progenitor es un mal bicho, es una idea o sensación que tendrá que compartirse con amigos, padres, psicólogo o la almohada. Si el niño debe descubrir que es un mal bicho, que lo haga él solo. Al fin y al cabo no deja de ser una apreciación subjetiva.
4. Tu padre/madre me hacía... me decía...
Los motivos o conflictos de la separación es algo que no deben saber los niños. Cuando crezcan y pregunten, si se quiere se comparte la información, mientras sean niños no debería hablarse mal del otro progenitor. El cuidado y asistencia de los padres es un derecho-deber. 
Se debe disfrutar, pero también es una responsabilidad que debe asumirse. ¿Cómo podría efectuarse correctamente si el niño va a casa de quien piensa que es o ha sido un monstruo con su otro progenitor?
5. Yo lo haría, cariño, pero tu padre/madre no quiere
Si hay discrepancias entre los padres sobre alguna decisión no debería comunicarse así a los niños, muchísimo menos si hay separación por medio y un conflicto latente, porque genera resquemor del niño sobre la otra persona. En caso de conflicto sobre algún tema creo que es mejor decirles de modo objetivo que no estáis de acuerdo en ese tema y que lo estáis hablando para solucionarlo del mejor modo posible, sin culpabilizar y sin involucrar al niño.
6. Eso díselo a tu madre/padre
No, no creo que los niños sean quienes deban comunicar alguna controversia existente entre los padres. Creo que es mejor contestar algo del estilo 'bien, ya lo hablaremos papa/mamá y yo y a ver qué solución tomamos'.
7. Voy al juzgado porque...
Esta información, al igual que las palabras demanda, denuncia, abogado y demás términos legales los niños no tienen por qué escucharlas ni conocerlas. Solo en el caso de que tengan que acudir al juzgado para declarar. En esos casos, creo que lo mejor es intentar anticiparles cómo es el edificio, dónde van a contar su historia ('declarar' no, es demasiado técnico para ellos), con quién hablarán... Incluso hacer un teatrillo con playmobils en casa con los distintos personajes. 
También me parece muy importante quitarle hierro al asunto, que no sienta que su declaración es trascendental para el orden mundial (para un niño es eso precisamente el desarrollo de su vida en la familia).
8. Tu madre/padre no nos quiere
No, eso no se le puede decir nunca a un niño. Puede que ya no te quiera a ti, y puede resultar dolorosísimo que así sea, pero no le digas una cosa así a tu hijo jamás. Seguramente su progenitor sí le quiera y, en caso contrario, que lo descubra él.
9. No puedo porque papá/mamá no me paga la pensión
Los problemas económicos de los adultos no deberían compartirse con los niños, si ese problema se origina por la conducta de uno de ellos con mayor motivo. Si fuera así, que lo descubra el niño con el tiempo.
10. Nos ha dejado por otro/otra
Insisto que los motivos de la separación no deberían comunicarse a los niños, pero este en particular en menor medida porque ese 'otro/otra' puede acabar siendo el padrastro o madrastra del niño y tener una mala percepción de esa figura no procede.
Lady Crocs no pretender ser lo que no es, psicóloga, simplemente habla de algo que ha vivido en sus propias carnes y que por su trabajo en los juzgados ve a diario. 'Son pequeñas pautas basadas en lo que me hubiera gustado que mis padres hicieran, en lo que me gustaría ver en los juzgados y de lo que yo intento poner en práctica con mi vida'.
Cómo puede afectar el divorcio a los niños según su edad
Los psicólogos destacan la importancia de que los padres mantengan una correcta conducta y comportamiento en situaciones de separación y divorcio, que demuestren que son personas civilizadas. 
Su actos van a repercutir en el niño y su impacto en este dependerá de cómo sea este proceso y, también, de la edad del niño. 
Así afecta un proceso del divorcio según la edad del niño.
- Hasta los 3 años
Los bebés no entienden lo que está ocurriendo a su alrededor, pero sí sienten y perciben las cosas que están a su alrededor. Si hay una atmósfera relajada, él estará feliz; en cambio si cuesta hasta respirar, el comportamiento del niño será otro. Por eso, igual que intentaremos no discutir y gritar delante de los niños más mayores, hagamos lo mismos con los más pequeños.
Por otro lado hay que destacar que notarán la ausencia de uno de los progenitores y puede que se muestren irritables. El miedo al abandono, típico de esta franja de edad, se puede acrecentar y verse alimentado. Consejo: no variarle las rutinas para que sienta que todo 'sigue igual'.
En el caso de niños que están entre los 2 y los 3 años, época en la que el niño está en proceso de hacer grandes progresos (comer solo, hablar, dejar el pañal...), un divorcio o separación puede frenarle o tener lo que se conoce como regresiones, por ejemplo, volver a hacerse pis en la cama o tartamudear.
Sus emociones, las conoce, identifica o maneja, se subirán a una montaña rusa y notaremos cambios de humor muy bruscos. Los padres debemos no intentar enfadarnos con él y ayudarle a canalizar sus sentimientos.
- De 3 a 5 años
En esta fase de desarrollo, el niño tiene un especial curiosidad por todo lo que hay a su alrededor y no deja de hacer preguntas. Puede que, con su lengua de trapo, os pregunte qué pasa. Lo más importante en estos casos es transmitirle el mensaje de que él no es culpable de nada. 
Consejo: observa si cambia su comportamiento contigo, con los abuelos o en el colegio y apórtale seguridad.
- De 6 a 12 años
Tristes, traicionados y rabiosos... Así es como se siente un niño entre 6 y 12 años cuando sus padres le comunican la noticia. Les cuesta aceptar la situación porque para ellos es la única vía posible y no se imaginan la vida sin uno de sus progenitores. 
Será momento de hablar mucho con él y de explicarle todo muchas veces. 
Consejo: habla con sus profesores del colegio por si notan algo raro.
- Adolescencia
En una época es la que están mostrando cuál es el su propia personalidad, el divorcio hace que el mundo del niño se tambalee. Puede que os ponga al límite y que haga 'alguna locura' para llamar la atención e intentar que deis marcha atrás con la decisión. Consejos: hablar con los profesores y también con sus amigos. ¡Ahora con uno de sus grandes puntos de apoyo!

La actual ley del divorcio genera problemas económicos.

UNA PERSONA POR GASTOS BÁSICOS DE SUBSISTENCIA CONSUME UN MÍNIMO 180 € EN ALIMENTACIÓN, VESTUARIO E HIGIENE, CALCULADO A 6 € DIARIOS.
El coste que supone un divorcio: Analizamos los casos más comunes y sus consecuencias económicas.
Alberto García Cebrián, 26 de enero de 2021
Cada vez crecen más las peticiones de divorcio en España, pero de lo que no se habla tanto es del empobrecimiento económico que a corto y medio plazo produce un divorcio en la familia, pues se deben cubrir con los mismos recursos económicos, necesidades duplicadas, principalmente mantener 2 viviendas.
Nada mejor para entender la ruina económica del divorcio que reflexionar sobre el empobrecimiento familiar que puede generar un divorcio con 2 ejemplos muy claros:
Ejemplo 1. Familia media real que se divorcia, con 2 hijos, con custodia monoparental de madre y una casa hipotecada en España:
INGRESOS: Con suerte ambos cónyuges tienen trabajo con unos ingresos de 1.200 euros al mes.
GASTOS: Ambos cónyuges son propietarios de una vivienda que, con suerte, tiene una hipoteca de solo 600 euros mensuales que deben abonar a medias, o lo que es lo mismo, cada uno de ellos 300 euros al mes.
Se acuerda el pago de pensión de alimentos por importe mínimo de 150 euros por hijo, sumando por tanto 300 euros al mes a cargo del progenitor no custodio.
En este caso, el padre, como progenitor no custodio, se enfrenta a una vida postmatrimonial ruinosa con 600 € disponibles sin contar con una solución habitacional. Evidentemente la decisión de alquilarse una vivienda adecuada para atender a los hijos le puede suponer un coste de otros 600 € que directamente le puede dejar sin comer. La otra opción es tener un familiar que le acoja o compartir vivienda, lo que compromete su independencia, intimidad y desarrollo personal propio y familiar respecto de los hijos. Si no tiene la suerte de tener ayuda, si quiere “tener para comer”, tiene que ahorrar y alquilarse una habitación en la que no podrá atender adecuadamente a sus hijos, pero será su única opción en la que de no saber administrarse solo sobrevivirá malviviendo.
Los divorcios generan problemas de todo tipo.
Ejemplo 2. Familia media real de un matrimonio que se divorcia, con 2 hijos, con una custodia compartida en España:
INGRESOS: Seguimos con el caso anterior en el que con suerte ambos tienen trabajo con unos ingresos de 1.200 euros cada uno de ellos.
GASTOS: Cada uno cubre sus necesidades de vivienda de manera independiente por importe de unos 600 euros al mes ya sea de propiedad hipotecada o alquiler.
Aquí nos enfrentamos de partida al problema de la pérdida de ahorro de unión familiar. El hecho de que ambos progenitores tengan que costear vivienda independiente supone que se les va la mitad de sus ingresos en cubrir su solución habitacional. Con 600 euros deben atender la mitad del mes a los 2 hijos, cubrir sus propias necesidades y los propios gastos de vida.
En ambos casos, cuando la familia estaba unida tenían unos ingresos de 2.400 euros mensuales y gastos de vivienda de 600 euros al mes por lo que podían disponer de 1.800 euros mensuales con los que podían vivir desahogadamente con calidad de vida. En cambio, divorciados, a ninguno le llegará el dinero a final de mes y no cabe ofrecer jurídicamente una solución satisfactoria para ambas partes pues para ambos el divorcio supone un gran sacrificio. Este es el motivo real de muchos matrimonios infelices que no se divorcian o de matrimonios contenciosos que se ven obligados a mal convivir.
Por desgracia los sueldos que he indicado sí son ajustados a la realidad, pero el precio de vivienda no, pues en las ciudades grandes de España (donde muchas personas tienen que ir a trabajar por no tener trabajo en su lugar de origen) suelen tener un precio incluso más caro.
Además, habrá que incluir posibles créditos personales o tarjetas de crédito. También habrá que añadir los préstamos de vehículo, mantenimiento, combustible o en su defecto los de transporte público
Por si resultara poco, hay que añadir gastos de suministros que, por poco que sea, cada uno de los progenitores abonará unos 100 €: luz, agua, teléfono… etc. Por poco que consuma una persona, en gastos básicos de subsistencia se gasta un mínimo de 180 € en alimentación, vestuario e higiene, muy prudentemente calculado a 6 € diarios. Además, ocio e imprevistos y gastos extraordinarios tanto individuales como de los hijos.
En este contexto general de divorcio de una familia media en España, ¿creéis que la minuta del abogado y el procurador no supone un obstáculo añadido? Evidentemente estoy convencido de que sí, pues lo veo todos los días en matrimonios que, cuando nos conocen, tramitan su divorcio de mutuo acuerdo y en ocasiones nos confiesan que han aguantado y sufrido años de matrimonio contencioso o infeliz por no poder costear los gastos de la separación.
Tal vez cuando rehaga su vida su situación sea más desahogada, pero eso solo será de manera estable si es una relación enriquecedora y en la que no se crean más vínculos, compromisos y responsabilidades.
La unión familiar genera la mayor eficiencia posible. Una familia junta y unida tiene gran capacidad de superación ante cualquier problema. 
Una familia en discordia es vulnerable a cualquier tipo de contingencia:
- Organización para el cuidado de los hijos que, de no ser flexible y considerada, puede suponernos graves problemas de compatibilización con nuestro horario laboral. Durante el matrimonio, el apoyo mutuo y coordinación permite adaptar las posibilidades de cuidado de los padres a las necesidades de los hijos.
- Posibles enfermedades y dolencias de cualquier miembro de la familia.
- Ahorro en vivienda, suministros, transporte, tareas domésticas, apoyo mutuo familiar.
¿Os imagináis que alguno de los progenitores en cualquiera de los ejemplos se queda sin ingresos? En España contamos con una gran inestabilidad laboral y a mí personalmente me choca el gran nivel de vida general que se observa en la sociedad: cafeterías y restaurantes llenos, móviles de última generación, ropa de marca, caprichos, buenos coches, viajes, eventos...
Muchas personas, parejas y matrimonios viven imprudentemente por encima de sus posibilidades y en los divorcios están tan condicionados por las vinculaciones materiales que no es posible desarrollar el proyecto de vida que cada cónyuge querría. Por eso, deberíamos tender a la moderación y volver a tener vidas más austeras, humildes y ahorrativas que adaptaran nuestra vida a nuestra capacidad económica real para construir un proyecto sostenible. Evitaríamos matrimonios contenciosos que no se divorcian y divorcios que no son capaces de gestionarse de mutuo acuerdo. Hay una mala administración en general a todos los niveles, pero donde deberíamos empezar a cambiarlo por ser la base de la sociedad es en las familias. Vivir por encima de nuestras posibilidades nos puede generar una vida materialista con crecientes necesidades insatisfechas, lo que limita nuestro proyecto individual y familiar actual, así como nuestra capacidad para comenzar futuros proyectos en los que tal vez vayamos con una mochila demasiado pesada que nos impida desarrollarlo con plenitud y ejercer nuestra libertad de una manera efectiva.
Lo queremos todo y, en ocasiones, perdemos lo que más vale, que es la familia por no haberla construido ni valorado adecuadamente como una de nuestras prioridades existenciales básicas. Nos centramos demasiado en el egoísmo de nosotros mismos y demasiado poco en el nosotros y en nuestra pareja y familia y, de no ser capaces de rectificar después de cada error, cometeremos otros sucesivamente que nos complicarán aún más la vida e iremos de charco en charco emocionalmente con el agua al cuello de manera inconsciente y cada vez entenderemos menos y nos gustará menos nuestra vida. Tendemos a victimizarnos y sentir que es injusta nuestra situación, pero la realidad es que en muchos casos hemos sido nosotros mismos los que nos hemos dejado llevar sin ser capaces de tomar decisiones conscientes y desarrollar comportamientos justos, considerados y adecuados en nuestra vida.
NOta: Como siempre, no estamos de acuerdo al 100% de lo que dice el autor pero nos sirve para reflexionar sobre cada caso en particular.

El negocio de las denuncias: No coinciden con el número de condenas ni de Divorcios.

Casi 2 millones de denuncias por violencia de género en 15 años de ley.
El Poder Judicial hace repaso de la ley: las normas de protección acordadas superan las 375.000.
Se han concedido 2 de cada 3 peticiones solicitadas por las víctimas
El 016 es el teléfono de atención a víctimas es gratuito y no deja huella en la factura
el correo es 016-online@igualdad.gob.es.
Nuria Verde
26.01.2021
El Poder Judicial hace balance de los primeros 15 años de la ley integral contra la violencia de género, que se cumplieron el pasado junio de 2020. Dicho órgano hace públicos los datos que conciernen al periodo que va desde el 29 de junio de 2005, fecha en la que se pone en marcha la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género hasta el 30 de junio de 2020. Por los juzgados de Violencia contra la Mujer han pasado casi 2 millones (1.896.327) de denuncias puestas por mujeres residentes en España.
El Poder Judicial precisa en su recopilación que hay que excluir del balance los datos de 2020, porque fue un año muy condicionado por la crisis sanitaria de la COVID-19. 
Dejando de lado el año pasado, en 2013 se produjo el número más bajo de denuncias presentadas con 124.894. 
A partir de dicho ejercicio las denuncias aumentaron cada año hasta alcanzar la cota máxima de 168.057 de 2019.
Andalucía, a la cabeza de las denuncias
Por comunidad autónoma el mayor número de denuncias durante el periodo analizado tuvo lugar en Andalucía, con 398.010, seguida de la Comunidad de Madrid, con 260.011.
Asimismo también se recoge que durante los últimos 15 años se han acordado 375.892 órdenes de protección. 
Los órganos judiciales han dictado un total de 704.749 sentencias, lo cual equivale a un 72,7 % de condenas.
En concreto, el Poder Judicial indica que los juzgados de instrucción y los de primera instancia acordaron medidas, con o sin orden de protección, en un 56,9% de los 207.497 asuntos de violencia contra la mujer.
El CGPJ asegura que no determinó ningún otro tipo de medida en el resto del 43,1 % de asuntos, un dato que según apunta CGPJ no significa necesariamente "que la mujer haya quedado desprotegida; las medidas también pueden adoptarse sin orden de protección."
Por otra parte el estudio recoge que el número de órdenes de protección acordado por los juzgados de guardia en comparación con el número de solicitadas alcanzó su nivel mínimo en 2013 al situarse en el 69,3%. 
A partir de ese año, según el informe, las órdenes de protección acodadas aumentaron de forma progresiva hasta alcanzar en el 1º semestre de 2020, el 78,2% de las solicitadas.
Asimismo los juzgados de violencia contra la mujer adoptaron el 62,9% de las órdenes de protección incoadas y el porcentaje aumenta hasta el 72% en los juzgados mixtos, una tendencia que según el Consejo General del Poder Judicial, se ha mantenido constante en los 3 lustros analizados.
Las medidas penales que más se han adoptado en el contexto de la orden de protección han sido el alejamiento y la prohibición de comunicación
En el 90% de los casos las medidas se tomaron a petición de la víctima, con la excepción de la privación de libertad, que se ha acordado a instancia de la víctima en el 63,9% de los casos y a instancias del fiscal en el 33,4%.
En cuanto a las medidas de naturaleza civil, las más frecuentes han sido la atribución de la vivienda a las mujeres víctimas, y la prestación de alimentos concedidas en el 94% de los casos a petición de la víctima.
Respecto al origen de las denuncias, el estudio asegura que el 80,3 % se recibieron en los juzgados por atestado policial, incluyendo este porcentaje las denuncias presentadas por la propia víctima, por familiares o por la intervención de la policía.
Denuncias por nacionalidades.
Las denuncias presentadas por la víctima o familiares ante el juzgado alcanzaron su máximo nivel el 2007, con el 11,6 %, y desde 2014, experimentaron un descenso hasta llegar al 2,9% de 2019 o el 2,4 del 1º semestre de 2010.
Si se tiene en cuenta el número de denuncias por cada 10.000 mujeres mayores de edad (medidas con las cifras oficiales de españolas y extranjeras empadronadas), la media global del periodo es de 48,6 víctimas españolas por cada 10.000 mujeres españolas y de 223,1 extranjeras por cada 10.000 de otras nacionalidades diferentes a la española. El dato, que en este caso se empezó a desglosar en 2011, indica que la violencia de género es más grave entre las mujeres extranjeras, aunque el CGPJ cree que esto debe matizarse, teniendo en cuenta que entre las denunciantes puede haber mujeres no empadronadas.
El número de denuncias por cada 10.000 mujeres aumenta en los partidos judiciales con más población, dato que revela mayores dificultades para denunciar en las poblaciones pequeñas.
225.000 condenados
Finalmente, el estudio hace referencia a las condenas por violencia de género según el tipo de órgano judicial. Así, ha indicado que el porcentaje medio de condenas de todo el periodo es superior en órganos no especializados en esta materia (53,5 %) que en los que sí lo están (52,4 %).
El número de personas enjuiciadas por los juzgados de lo penal ha sido de 424.875, de las que el 96,7% eran varones, y fueron condenadas un total de 224.820 personas, lo que representa el 52,9% de las enjuiciadas
Entre los condenados, 219.891 eran hombres, siendo 152.963 españoles y 66.928, extranjeros.
Por su parte, el número de mujeres condenadas ascendió a 4.929, de las que 3.316 eran españolas y 1.613, extranjeras. Del mismo modo, los juzgados de lo penal absolvieron a 200.055 personas, 191.094 de las cuales eran hombres y 8.961, mujeres.

domingo, 24 de enero de 2021

10 obstáculos que te impiden ser feliz

La psicóloga Irene López Assor nos da las claves para derribar las barreras que interfieren en tu bienestar.
Melissa González, 24 Ene 2021
Quizás no entiendas el porqué de esa sensación, no encuentres una razón para ello o incluso te parezca que lo tienes todo para ser feliz: un buen trabajo, amigos, una familia que te quiere etc., y, sin embargo, algo falla. Eso es lo que muchas veces nos lleva a decir «me siento vacío» sin un por qué concreto porque aparentemente todo está bien.
La necesidad de conocer aquello que nos impide avanzar y completar nuestra felicidad es lo que llevó a la psicóloga Irene López Assor a escribir «10 obstáculos que te impiden ser feliz». En ese libro, la autora señala 10 impedimentos, las características que tienen, por qué surgen y cuáles son las consecuencias para nuestra vida. Con su ayuda, descubriremos por qué actuamos de un modo u otro, aprenderemos a identificar nuestros propios obstáculos y conoceremos todas las herramientas necesarias para superarlos por sí mismo. Aunque vencerlos y lograr con ello una vida plena depende de cada uno...
«Esa sensación de sentirse vacío viene dada porque somos niños insatisfechos y muchas veces seguimos un patrón infantil. Si somos adultos con nuestras necesidades cubiertas, ¿por qué nos empeñamos en no sentirnos satisfechos con ello? Solemos tener un concepto de carencia continuo que no nos deja avanzar», explica la psicológa.
Menos expectativas, más realidad.
Cabe destacar, por delante de los obstáculos que ha identificado Irene López Assor, que el 1º motivo por el que no se alcanza la felicidad es por tener las expectativas demasiado altas: «Si tenemos expectativas demasiado altas vamos a caer en la frustración. Las metas cuanto más altas sean más posibilidades tenemos de procrastinarlas», dice la experta. Es por eso que siempre será mejor «tener cero de expectativas», haciendo las cosas por un objetivo: «Si luego nos llevamos más de lo que esperábamos, pues fenomenal».
La autora de «10 obstáculos que te impiden ser feliz» alerta de la importancia de no inculcar en el «tú puedes con todo y más» porque, tal como explica, «no todos pueden con todo». «No se pueden crear expectativas cuando no son reales. Si por ejemplo a alguien con depresión le digo que mañana se va a levantar genial y va a vivir un día de positivismo, le estoy mintiendo y creando falsas expectativas. Lo ideal es que cada uno haga lo que se ajuste a sus competencias y habilidades».
¿Cómo afecta la relación que tienes con tu madre a tu vida actual? ¿Cuáles son las consecuencias de las frustraciones que sufriste en tu infancia? ¿Por qué siempre caes en la procrastinación? 
Irene López Assor señala los siguientes impedimentos que nos ralentizan alcanzar la añorada felicidad.
1. Madre tóxica. Resulta extraño pensar que nuestra propia madre pueda ser un impedimento para ser felices, pero asegura la escritora que es más común de lo que pensamos. «El tema de las madres es uno de los principales motivos que se trata en una consulta de psicología, sobre todo el tipo de relación que tenemos con nuestra madre y ese vínculo que creamos, ya que, al analizarlo en profundidad, descubrimos cómo va a repercutir o cómo está repercutiendo en nuestras relaciones sociales, tanto de pareja como de amigos», cuenta.
Define la autora de «10 obstáculos que te impiden ser feliz» a la madre tóxica como aquella que «tiene una visión negativa del mundo». Suelen ser madres muy destructivas, muy victimistas, posesivas y controladoras la mayor parte del tiempo. «Lo que hay que tener claro es que la actitud de los padres hacia los hijos va a ser determinante a la hora de que el niño desarrolle correctamente su personalidad», asegura.
2. Frustración. Las personas con una baja tolerancia a la frustración son muy tediosas, tienen una incapacidad emocional y una tendencia muy marcada a estar todo el día enfadadas. Al parecer, esto comienza al ser adultos, cuando se es consciente de que no se ha tenido una buena infancia, y es ahí donde aflora la 1ª frustración.
Se buscará satisfacer las necesidades de una forma inmediata. Cuando esta persona tiene que enfrentarse a esperar algo o se da que hay que postergar algo de forma involuntaria, se activan de manera explosiva los ataques de ira o de tristeza.
«Si no se tiene una buena tolerancia a la frustración, es normal que haga, aunque sea de manera inconsciente, chantaje emocional. Es decir, cuando se siente que no se cumple un objetivo de manera inmediata, esa persona va a empezar a manipular con mensajes a otras personas, mensajes que pueden ser hirientes, centrados en la crítica, para debilitar al otro y conseguir el objetivo», alerta Irene López Assor.
Estas serían algunas de las herramientas para sentirse menos frustrado:
- No te dejes llevar por las emociones intensas
- Date un momento de pausa.
- Siente la libertad de tu toma de decisiones.
- Controla tus impulsos.
3. Autoexigencia.
4. Ego y soberbia. El ego, en palabras de Irene López Assor, es una mezcla de una soberbia mal llevada y un ego exacerbado. «En el mundo actual, hay un exceso de mirada puesta en uno mismo y, por lo tanto, lo que ocurre es que no reconocemos al otro y al no reconocer al otro vamos a ir desdibujándonos. Al final, perdemos el norte, caemos en la trampa del ego, de «Yo soy lo importante», «Sólo yo tengo razón», «Sólo mi pensamiento es el válido», y esto concatena con la dificultad de conectar con el otro y, por ende, de conectar con uno mismo», advierte.
5. Amistad tóxica. Una amistad tóxica puede llegar a hacernos mucho daño y no solo hay que saber identificarlas, también saber no compartir nuestras alegrías con ellas porque no serán capaces de alegrarse por nosotros. Este tipo de personas te recuerdan tus errores, solo están cuando necesitan algo de ti, no hay reciprocidad y te hacen sentir peor de lo que ya estás, entre otros.
6. Desamor. ¿Quién no ha pasado por una ruptura? Cuando se está en este duelo se pasan por diferentes etapas hasta: duelo, desorientación vital, dar tiempo al proceso, drama y victimismo y por último aceptación. «Ese dolor de la ruptura tiene un tiempo de caducidad y va a depender de cada historia, pero está descrito por la comunidad de salud mental que el tiempo máximo de duelo es de 1 año», dice la experta.
7. Envidia. Este asunto hay que abordarlo desde 2 perspectivas: quien genera envidia y quien sufre la del resto: «Uno genera envidia pero también la produce. Hay que intentar que esa envidia que generamos no nos dañe y no entremos en ese juego porque nos intoxicará», dice Irene López Assor. Por otro lado está la envidia de avaricia, donde la fuente de felicidad de muchos es el mal de los demás: «Este tipo de personas se desdibujan porque no tienen metas propias, son solo las ajenas».
8. Culpa. La psicóloga diferencia 2 tipos de culpa: la deuda emocional y aquella que no nos permite ser felices porque no nos perdonamos
«En la 1ª yo me siento culpable porque otra persona ha hecho algo bueno por mí y yo genero deuda emocional, donde no disfruto de mi éxito, no disfruto, no me expando...». La otra culpa. parece ser, es la del arrepentimiento por algo que ya no se puede cambiar: «Sería la culpa que siente una madre porque su hijo en la adolescencia está muy rebelde, y surgen las dudas de si se le ha educado bien, si se ha sido buena madre en su niñez...
«Sería aconsejable tener en cuenta en estos casos la autocompasión porque es un bálsamo que nada negativo que nos aleja de la culpa. Hay que quererse un poco más y ser más flexibles con nosotros mismos», aconseja.
9. Efecto Pigmalión. Se refiere a la potencial influencia que ejerce la creencia de una persona sobre otra. Si alguien nos está constantemente animando con un «tú puedes», «lo haces genial», «eres el mejor en lo tuyo» o, por el contrario, si nos dicen «esto es demasiado para ti», «no vas a conseguirlo»...
10. Procrastinación. ¿Conoces el famoso «no dejes para mañana lo que puedes hacer hoy»? Se trata de otro de los impedimentos para ser feliz.
Ahora es momento de pararte a pensar y responder a la siguiente pregunta: ¿Cuántas de estas dificultades me frenan a la hora de alcanzar la felicidad que busco?

Fiscalia: Guia sobre la violencia doméstica.

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Un manual del CGPJ explica a los jueces cómo se debe tomar declaración a las víctimas de violencia de género.
La Fiscalía elabora una guía de actuación con perspectiva de género en la investigación y enjuiciamiento de los delitos de esta materia.
PARA "FORTALECER LA INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO FISCAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO" Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, "UNIFICAR" SU ACTUACIÓN Y RESPUESTA EN ESTOS PROCESOS. Recoge documentos, sentencias y conclusiones de los seminarios de los fiscales especialistas en violencia de género. 
Rosalina Moreno, 22/01/2021 
La Fiscalía General del Estado (FGE) ha elaborado una guía de actuación con perspectiva de género en la investigación y enjuiciamiento de los delitos de esta materia.
La ha realizado la ‘Unidad de Coordinación de Violencia sobre la Mujer’ de la Fiscalía.
Con ella se pretende crear «una herramienta didáctica, de consulta fácil y rápida», que ayude en el trabajo diario de los fiscales para «fortalecer la intervención del Ministerio Fiscal con perspectiva de género» y, en la medida de lo posible, «unificar» su actuación y respuesta en estos procesos.
La guía se centra fundamentalmente en la actuación judicial, sin profundizar en la configuración y elementos de los tipos penales.
Recoge documentos, sentencias y conclusiones de los seminarios de los fiscales especialistas en violencia de género, presentados con un pequeño resumen de la cuestión, a cuyo contenido íntegro el lector podrá acceder a través del hipervínculo creado.
Se trata de un instrumento «dinámico y abierto, que se irá actualizando a lo largo de los años» con las novedades, conclusiones, reflexiones y sentencias de futuro.
DESCARGAR GUÍA DE ACTUACIÓN DEL MF EN VG CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
Sus creadores señalan que «en modo alguno se intenta agotar el tratamiento de los puntos que se abordan», cuyo estudio jurídico más profundo se encuentra en la doctrina de la Fiscalía a través de las Consultas, Circulares e instrucciones.
Destacan que la Fiscalía General del Estado ha tenido incluso antes de la publicación de la Ley Orgánica 1/2004, una especial «preocupación y atención» con la violencia que se comete en el ámbito familiar y en la protección de las víctimas, manifestando su «compromiso inquebrantable» en la lucha contra este delito a través de un estudio «pormenorizado y profundo» de esta materia reflejado en las Circulares, Consultas e instrucciones publicadas, entre ellas las Circulares 3/2003, 2/2004, 4/2005 y 6/2011.
Indican que, sin embargo, la realidad ha puesto de manifiesto que esta fuente doctrinal de «indispensable y obligada consulta», con frecuencia está superada por las reformas legislativas o los cambios jurisprudenciales experimentados en su interpretación y aplicación, y constituye un formato que no posee la suficiente agilidad para servir de guía para el trabajo diario de los fiscales que, bien como especialistas o bien sin serlo, en el ejercicio de su función se enfrentan en las guardias a asuntos de violencia de género.
Por esta razón, desde la Unidad Coordinadora se ha acometido la elaboración de este documento con pautas de actuación, «con la única pretensión de que sirva de orientación y ayuda a la hora de resolver los problemas cotidianos y más frecuentes que tienen que afrontar, especial-mente en lo relativo a la atención y protección a la víctima y a sus hijas e hijos menores».
La Fiscalía recuerda que la especialización creada por el legislador con la Ley Orgánica 1/2004 tiene su fundamento en el carácter especial de la víctima.
Añade que su vulnerabilidad y las características transversales de la discriminación por razón de género exigen, en su instrucción y enjuiciamiento, la identificación de las estrategias de investigación en casos difíciles, como, por ejemplo, aquellos en que no se han causado lesiones físicas a la víctima o aquellos en que no existen testigos y en los que la víctima no quiere declarar e incluso llega a retractarse de su propia denuncia».
Subraya que estos supuestos «no pueden llevar de inmediato al cese de la investigación fiscal o al archivo de las actuaciones».
La FGE destaca que «indagar con más detalle y profundidad la situación que hay detrás de la denuncia, entender la verdad material de lo ocurrido y propiciar la protección e imputación penal en los casos en que ello sea posible, con apoyo en estrategias institucionales es un reto que debe orientar la investigación».
«En la conciencia de que no era posible analizar todos y cada uno de los problemas que la complejidad que esta injustificable violencia presenta, se ha optado por describir buenas prácticas para impulsar la incorporación de la perspectiva de género en nuestra actuación en la investigación y en el enjuiciamiento de acciones violentas contras las mujeres por el hecho de serlo, fijando las bases de los objetivos a seguir y los fines a alcanzar que no es otro que luchar de forma efectiva contra la impunidad y garantizar la adecuada protección y reparación de las víctimas», explica.
«Conseguir la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en la aplicación de la ley es una tarea aún no alcanzada que nos incumbe» a todos y «un criterio obligado de aplicación de la norma al caso concreto que vincula al Ministerio Fiscal», añade.
El Ministerio Fiscal señala que la perspectiva de género «permite identificar nuestros propios prejuicios que distorsionan la percepción de los hechos y condicionan nuestra respuesta».
«Cada vez que pasamos por alto circunstancias que generan discriminación a una mujer, podemos estar adoptando una postura injusta en la medida que se impide o dificulta el acceso de esa víctima a una justicia igualitaria», advierte a los fiscales.