sábado, 13 de noviembre de 2021

El negocio de la Ley de violencia de género

Salvador Ruso Pacheco, 
13 Noviembre 2021
Hace unos años Alfonso Guerra reveló que el presidente del Tribunal Constitucional le advirtió que la Ley Integral contra la violencia de género del año 2004 carecía de encaje legal, y que seguramente sería derogada, pero fue tan grande la presión política sobre los magistrados del Tribunal que finalmente la dejaron pasar.
El único argumento de sus defensores es que los hombres merecen una pena más alta porque, dentro de la pareja, la mayoría de agresores son hombres y las víctimas mujeres. Este argumento es contrario al art. 14 de la Constitución Española, que dice: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Tras la publicación de esta Ley el número de denuncias se duplicó desde 2004, con una media actual de 129.000 al año, pero el volumen de condenas permanece estable, con unas 30.000 al año. Es decir: casi el 80% de las denuncias acaban con una sentencia absolutoria o archivada.
La gran mayoría de las denuncias ni siquiera llegan a juicio, porque son denuncias falsas, y el hecho de que las denuncias falsas no estén perseguidas por los jueces propicia y estimula que se sigan presentando.
¿A quién le conviene que se aplique una ley tan poco eficaz? 
Resulta que Europa destina 22.000 millones de € al año a la protección de la mujer en España. De ese dinero solo llega a las víctimas de violencia un 3%. Mucha gente piensa que el 97% restante se queda en los chiringuitos, pero la realidad es mucho peor: En 2011 se reformó el art. 135 de la Constitución relacionado con el ajuste de las cuentas públicas, y para sanear las cuentas de autonomías y ayuntamientos era necesario recortar gastos, por lo que se usó la Ley de violencia de género para activar nuevas fuentes de financiación, ya que para este propósito Europa no tenía problemas en soltar dinero y en permitir un endeudamiento mayor. De esta forma autonomías y ayuntamientos recibieron fondos europeos proporcionales al número de denuncias que tuvieran por violencia contra la mujer.
La Junta de Andalucía recibió entre 2014 y 2016, por este concepto, una cantidad equivalente a más de 2/3 de los presupuestos autonómicos de cualquiera de esos 3 años.
La realidad es que el feminismo de izquierdas no solo se ha apropiado del concepto, sino del dinero que deberían recibir las víctimas, con la colaboración de ayuntamientos y comunidades autónomas de cualquier signo político.
Hay varias reflexiones a hacer con esta ley: 
la 1ª es que ofrece una respuesta penal a un conflicto social, y por tanto es una ley que no modifica las estructuras sociales que engendran la violencia, solo penaliza al hombre y toma una serie de medidas dirigidas a las mujeres sin ser capaz de resolver la necesidad de recibir ayuda para rehacer su vida fuera de la pareja. 
Otra reflexión es que una denuncia, aún cuando esta no aporte prueba alguna, sea suficiente para iniciar un proceso contra el hombre que normalmente obliga a éste a abandonar su hogar y la mayoría de las veces a visitar el calabozo, aunque se compruebe posteriormente que se trata de una denuncia falsa. 
Una 3ª es la adscripción casi total de la mujer como víctima aplicando la discriminación positiva en la tutela judicial.
En resumen, esta Ley es claramente contraria al art. 14 de la Constitución Española. No ha servido para atajar el problema de la violencia dentro del hogar y solo se ha promocionado por los chiringuitos feministas, por los ayuntamientos y por las comunidades autónomas en una especie de “todos ganan”: unos para vivir de ese chollo y otros para sanear las cuentas municipales y autonómicas y así poder seguir gastando a manos llenas el dinero de todos y a las mujeres que de verdad necesitan esa ayuda apenas les llega un 3% de todo ese dineral.
Como bien dijo el presidente del Tribunal Constitucional en 2004 , esta ley no tiene encaje legal, pero habría que añadir que tampoco tiene encaje moral.

Máximo histórico de suicidios en España en 2020

Otros medios: Expansión,
acta sanitaria,12 NOV, 2021
Según el informe que elabora anualmente el Observatorio del Suicidio en España de la Fundación Española para la Prevención del Suicidio, en base a los datos de las Estadísticas de Defunción por Causa de Muerte publicados por el INE, en 2020 fallecieron por suicidio 3.941 personas en España, una media de casi 11 personas al día; un 74% de ellas varones (2.938) y un 26% mujeres (1.011). 
Así, 2020 se convierte en el año con más suicidios registrado en la historia de España desde que se tienen datos (año 1906). Estas cifras suponen un aumento de 270 defunciones respecto a 2019 (un 7,4% más), de las que 159 corresponden a hombres (un incremento del 5,7%) y 111 a mujeres (un aumento del 12,3%). Y es la 1ª vez en España que se superan las 1.000 muertes por suicidio en mujeres. 
También es la 1ª vez que España alcanza 14 suicidios de menores de 15 años (7 niños y 7 niñas), duplicando los casos de 2019. Además, el suicidio en personas mayores de 80 años ha aumentado un 20%. 
El suicidio es la principal causa de muerte no natural en España, produciendo 2,7 veces las provocadas por accidentes de tráfico, 13,6 veces más que los homicidios y casi 90 veces más que la violencia de género.

Irene Montero: Rivas, Freud y la sustracción de menores...

Otros Medios: la razón,
Irene Montero: «El Gobierno busca garantizar que mujeres como Juana Rivas no sean perseguidas por proteger a sus hijos»
La ministra de Igualdad se reúne en Sevilla con la consejera de Igualdad, Rocío Ruiz.
A.S., SEVILLA,12/11/2021 
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha defendido este viernes que el Gobierno está dando «pasos decisivos» para garantizar que las mujeres y madres como Juana Rivas «no sean perseguidas ni criminalizadas por proteger a sus hijos».
Irene Montero se ha pronunciado de este modo en declaraciones a los periodistas en Sevilla cuando está pendiente de que el Consejo de Ministros se pronuncie sobre la petición de indulto de Juana Rivas, condenada por un delito de sustracción de sus 2 hijos menores a 2 años y 6 meses de prisión, después de que el Pleno de la Sala IIª del Tribunal Supremo (TS) descartado por unanimidad apoyar la concesión del indulto total a Juana Rivas y tampoco se decantarse por un indulto parcial al registrar un empate con 8 magistrados a favor y otros 8 en contra.
«Ningún maltratador puede ser un buen padre», ha aseverado la ministra, tras destacar la capacidad del Gobierno «para defender a los niños de violencias machistas y a las madres que luchan por protegerlos».
«Existen ya políticas públicas y una mayor concienciación social respecto a muchas violencias que se ejercen, como la violencia vicaria, que es violencia de género directa por tratarse de una instrumentalización de los niños para atacar a las mujeres donde más duele, que es con sus hijos e hijas», ha señalado Montero.
Por este motivo, la ministra ha resaltado que luchar contra la violencia de género sobre los menores «tiene que ser una de las prioridades de las políticas públicas», al tiempo que cree que el Gobierno «está demostrando su capacidad para crear espacios e itinerarios específicos para atender de forma integral» las necesidades de los menores.
«Hacer políticas funciona, pero nunca vamos a decir que es suficiente hasta que acabemos con todas las agresiones y violencias machistas que también se pueden ejercer contra los niños», ha concluido.

jueves, 11 de noviembre de 2021

Divorcios en Hollywood: Insultos, agresiones, diferencias irreconciliables y cansancio...

Libros: ¿Existe el divorcio elegante? Guía básica para separarse sin perder la cabeza.
Se nos rompió el amor.
Luis Fernando Romo10 noviembre 2021 
La ruptura de Brad Pitt y Angelina Jolie copa los titulares, pero hay más corazones rotos en Hollywood: Megan Fox y Brian Austin Green, Geena Davis y Reza Jarrahy o Zayn Malik y la súper modelo Gigi Hadid son algunas de las parejas rotas.
El desamor está causando estragos entre los actores de Hollywood. Mientras Brangelina (Brad Pitt y Angelina Jolie) siguen manteniendo en vilo sus seguidores por su sangrienta lucha emocional y económica para zanjar un proceso de divorcio que empezó hace 5 años, otros colegas han aligerado el paso a hacia su soltería.
Sean Penn (61) y Leila George (29) ya viven separados después de 1 año de matrimonio y 5 de noviazgo, pero no han tenido descendencia, lo que ha facilitado todos los trámites. El chico malo de Hollywood, que fue el 1º marido de Madonna, no encuentra la felicidad después de 3 matrimonios. La incompatibilidad de caracteres ha sido la razón fundamental.
Una de las parejas más explosivas de los últimos tiempos ha sido la formada por Megan Fox (35) -protagonista de Transformers- y Brian Austin Green (48) -robó los corazones de las adolescentes en Sensación de vivir- que, tras varios vaivenes en su historia de amor, habrían llevado a buen puerto su divorcio, según el portal TMZ. Fue la propia actriz la que decidió dar el pasado alegando diferencias irreconciliables. El matrimonio no había firmado un acuerdo prenupcial por lo que, según las leyes californianas, su patrimonio se ha dividido en partes iguales y han conseguido la custodia compartida de sus 3 hijos en común. Brian tiene otro hijo, Kassius (19), fruto de una relación anterior con Vanessa Mercil. En la actualidad ambos han rehecho su vida: ella con el rapero Machine Gun Kelly (31), que enamoró a su chica por su olor a marihuana, y el actor con una de las participantes de Bailando con las estrellas, Sharna Burgess (36). 
Antes de firmar los papeles oficiales vendieron 2 de sus propiedades por 2,6 y 1,3 millones de dólares, respectivamente.
Parece que Geena Davis(65) sigue la legendaria estela dejada por Mickey Rooney o Lana Turner ya que la protagonista de Thelma y Louise se ha divorciado de su 4º esposo, el cirujano plástico de origen iraní Reza Jarrahy (50), a quien echó de su mansión de Pacific Palisades que vendió poco después por 5,4 millones de dólares. 
El proceso no ha sido fácil ya que han estado litigando desde el verano de 2017 en los juzgados tras 17 años de matrimonio y 3 hijos en común. 
Al parecer, amigos cercanos a la pareja aseguran que esta ardua batalla legal ha dejado prácticamente en la bancarrota al médico, que habría tenido que dormir alguna noche en su coche y en los sofás de casas de amigos. El desgaste y las desavenencias del día a día fueron los detonantes de su adiós
De momento, el acuerdo al que han llegado es confidencial, pero los expertos aseguran que la operada actriz se ha gastado alrededor de 1,5 millones de dólares en letrados.
Los últimos en apuntarse al carro de los corazones rotos son el cantante Zayn Malik (28) y la súper modelo Gigi Hadid (26), que dieron por zanjado su matrimonio secreto después de que el pasado 29 de septiembre el ex miembro de One Direction agrediera e insultara a su suegra, Yolanda. 
Por este delito ha sido condenado a 1 año de libertad condicional además de asistir a unos cursos para controlar su ira, tal y como confirma el portal americano TMZ. A pesar de estos duros momentos, los 2 están de acuerdo en compartir la custodia de su hija Khai, de poco más de 1 año.

miércoles, 10 de noviembre de 2021

El síndrome de alienación (SAP) existe y estas son sus consecuencias

Este desorden psicopatológico, que se observa en niños de padres divorciados o en procesos de disputa de la custodia,
conduce a denigrar continuamente a uno de los progenitores. 
Los menores son las grandes víctimas
Ana Lucas, 10/11/2021 
Da igual el nombre que le pongamos, el problema es que este tipo de conductas donde uno de los progenitores pone a los niños en contra del otro ocurre continuamente. Tenemos casos mediáticos como el de Rocío Carrasco, que nos cuenta cómo una de las peores cosas que ha vivido fue la separación de sus hijos y ver cómo estos defendían a su padre en los medios.
¿En qué consiste?
El psiquiatra infantil Richard Gardner utilizó por 1ª vez el término síndrome de alienación parental en 1985, para describir un desorden psicopatológico que observaba en niños de padres divorciados o en procesos de disputa de la custodia, que los llevaba a denigrar e insultar continuamente a uno de los progenitores. 
Esta situación puede dar lugar a diferentes situaciones, desde que la convivencia sea difícil hasta que el niño se niegue a estar o mantener el contacto con el otro progenitor.
Los niños que se encuentran en medio de esta situación, en la que una de las figuras de referencia vuelca todo su dolor, coloca a los niños en una posición en la que tienen que elegir y ser leales a uno de los progenitores para mantener el vínculo. Esto les posiciona en contra del otro progenitor, de forma que deteriora y rompe el vínculo con este.
¿Qué comportamientos son característicos?
Las interferencias parentales pueden ser cualquier acto que fomente la ruptura del vínculo con el otro progenitor. Las formas de influir en los niños son múltiples y variadas, pueden ser más explícitas o más sutiles, pero las más comunes son:
1.- Hablar mal del otro progenitor, minando su imagen ante los ojos de los hijos
2.- Intentar impedir que el otro progenitor vea o esté con los niños
3.- Responsabilizar al otro progenitor de todo cuanto acontece, incluso del divorcio
4.- Hacer que amigos y familiares apoyen el menosprecio hacia el otro progenitor
5.- Premiar y fomentar los comportamientos de rechazo del niño hacia el contrario
En los casos más graves, el cónyuge alienador puede llegar a:
a.- Impedir al padre o la madre disfrutar del régimen de visitas
b.- No avisar al otro cónyuge de citas importantes, para después acusar al
     cónyuge alienado de no cuidar bien de los hijos
c.- Amenazar con castigos si el niño llama, escribe o quiere ver a su padre
     o madre
¿Por qué sucede?
Una de las causas principales es el resentimiento acumulado durante la relación o el dolor que produce la ruptura. 
En estas situaciones, 1 de los cónyuges ataca al otro a través de los hijos.
Otros factores que fomentan estas situaciones son la baja autoestima, la dependencia emocional o que la persona sufra algún trastorno de la personalidad, como narcisismo o el trastorno límite de la personalidad. Estos factores favorecen este tipo de situaciones en las se utilizan a los hijos como arma arrojadiza.
¿Sucede durante el matrimonio o solo después?
Lo más habitual es que suceda tras el divorcio o la separación, cuando la lucha por la custodia de los hijos actúa como desencadenante de este tipo de comportamientos. También puede darse durante el matrimonio, sobre todo cuando existan problemas no resueltos entre los cónyuges o cuando uno de ellos tiene rasgos marcadamente narcisistas.
Cómo afecta a los niños, las grandes víctimas
Efectivamente, los niños son las grandes víctimas; tanto es así que se considera una forma de maltrato infantil. Como consecuencia de pasar por una situación de este tipo pueden, los infantes suelen presentar trastornos de ansiedad, a veces intensa, en compañía del progenitor rechazado, crisis de angustia, trastornos del sueño o de la alimentación, conductas agresivas verbales o físicas, conductas de evitación, dependencia emocional del progenitor con el que conviven, porque temen ser abandonados por él o ella, y dificultades en la expresión de sus emociones o en la comprensión de las emociones de los demás.
Además, arrastrarán estas secuelas durante su vida adulta, y sus relaciones de pareja también se verán afectadas. Lo normal es que traslade a sus futuras relaciones ese patrón de dependencia o de chantaje emocional, ya que es el modelo de relación con el que ha crecido.
Por otra parte, como refuerzo de la manipulación, es habitual, además, que el cónyuge o progenitor que ha provocado toda esta sintomatología en el niño la utilice en contra el progenitor rechazado.
¿Cómo afecta al vínculo entre los hijos y el progenitor?
En todos los casos, el vínculo con el progenitor se deteriora. El deterioro dependerá de la edad del niño, el nivel de maduración, de la duración y, sobre todo, de cuánto haya calado toda esta manipulación en la cabeza del niño.
Si el síndrome ha sido grave, es difícil restablecer el vínculo porque el niño crece con una visión distorsionada del otro progenitor.
Si ha sido muy grave, prolongado en el tiempo o a edades muy tempranas, hay ocasiones en que no puede restablecerse el vínculo porque el niño crece con una visión distorsionada del otro progenitor. En estos casos, la relación entre los hijos y el padre alienado será tensa y complicada, ya que los niños sienten que están fallando al progenitor manipulador al acercarse al otro progenitor.
Esta situación fomenta en los niños una situación aberrante y fomenta un estilo de apego o una vinculación ambivalente. Por un lado, el niño siente la tendencia natural de acercarse y querer a su padre, y por otro lado, la tendencia de alejarse por el rechazo que provoca todas esas ideas y dolor que portan del otro progenitor. En todos estos casos, el niño se encuentra en un callejón sin salida, donde cualquiera de las opciones genera 2 emociones contrarias:
a.- Me acerco a mi madre, que es lo natural, pero a la vez estoy fallando a
     mi padre. De forma que una misma situación genera bienestar y
     malestar a la vez.
b.- Me alejo de mi madre, que es antinatural y soy leal a mi padre. Esta
     situación, igual que la anterior, genera malestar y bienestar a la vez.
En estos casos, el cerebro del niño tiene que elegir y a la vez tapar 1 de las 2 emociones que provocan malestar, así su cerebro empieza a disociar la realidad para evitar el malestar. Esta es la semilla del trastorno en el niño.
¿Cómo se recuperan los niños de esto?
Lo habitual es que el vínculo sano pueda recuperarse poco a poco con la ayuda de un profesional especializado en estas situaciones.
Necesitaremos un equipo multidisciplinar que ayude a recuperar la normalidad. Por un lado, un mediador que aporte una visión más objetiva, que ayude al niño a salir del conflicto y a recuperar el vínculo con el progenitor alienado, desmontando la manipulación llevada a cabo por el cónyuge alineador. Por otro lado, será fundamental la terapia individual del niño, donde pueda reprocesar todo lo que ha vivido, las emociones que ha sentido, además de expresar sin miedo el cúmulo de sentimientos y pensamientos respecto a ambos, en un ámbito seguro, donde no esté influido por ninguno de los dos.
En los casos más graves, es posible que sea necesario limitar la influencia del cónyuge alienador.
¿Cómo afecta a los padres y madres?
Lo más doloroso que hay para un padre es el rechazo de un hijo y la sensación de impotencia cuando el niño ve por los ojos del otro progenitor.
Estas situaciones generan roces, deterioran la relación y a veces es difícil actuar con comprensión y generosidad hacia los hijos, tratando de no responder con rabia a la injusticia que está cometiendo el otro progenitor. Recurrir a grupos de apoyo, familiares, amigos o profesionales puede ayudar a sobrellevar la situación y canalizar los sentimientos de impotencia y desgaste que este tipo de situaciones provocan.
Utilizar a los hijos como arma arrojadiza contra el otro solo deteriora la salud mental de los niños, las grandes víctimas de esta guerra.
En el peor de los casos, estas situaciones mantenidas en el tiempo llevan a los padres al desánimo de recuperar la relación normal con el hijo.
Cómo recuperar las heridas: firmando el tratado de paz.
Es importante que padres y madres sean conscientes de las repercusiones graves que este tipo de conductas pueden tener en sus hijos a corto, medio y largo plazo.
Utilizar a los hijos como arma arrojadiza contra el otro solo deteriora la salud mental de los niños, las grandes víctimas de esta guerra.
En todos estos casos es necesario que los adultos hagan el trabajo personal para sanar su dolor, curar sus heridas y darse cuenta del daño que han hecho al otro; es el paso necesario para firmar el tratado de paz y dejar a los niños fuera del combate.
En todo caso, ambos deben tener claro que, más allá de sus diferencias, su objetivo debe ser el bienestar físico, psicológico y emocional de sus hijos.

lunes, 8 de noviembre de 2021

Divorcio y Vivienda: Atribución del Uso para discapacitados.

E&J, 04.11.2021
La ceguera y la sordera del excónyuge no son suficientes para mantener el uso de la vivienda familiar.
La ex pareja alega en su recurso que el delicado estado de salud del apelado va a ser el mismo con independencia de la vivienda en la que resida.
La A. P. de Palma de Mallorca ha dejado sin efecto la asignación periódica del uso de vivienda que se efectuó en la sentencia de 1ª instancia a favor del exmarido y reconoce que, pese a sus limitadas condiciones de movilidad, visión y audición, tiene una capacidad económica más que suficiente para procurarse una vivienda o para contratar a un cuidador.
La sentencia, de fecha 22 de julio de 2021, resalta que el exesposo es propietario de 1 inmueble y de 2 plazas de garaje, dispone de 100.000 € ahorrados en su cuenta corriente bancaria y tiene reconocida la máxima pensión de la Seguridad Social.
Posiciones de las partes
En diciembre de 2020, el Juzgado de 1ª Instancia n.º 3 de Palma de Mallorca estimó parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal del excónyuge y declaró, entre otros extremos, la atribución del uso de la vivienda familiar al actor durante 1 año, a contar desde el 1 de junio de 2021, o desde que ocupe la vivienda y este uso sería alternativo por periodos anuales entre las partes.
Disconforme con lo anterior, la excónyuge recurre en apelación al discrepar que el interés más necesitado de protección para la asignación de uso de la vivienda que fue familiar corresponda a su exmarido.
Sostiene que la misma precisa la vivienda en mayor medida que su exesposo. En particular, aduce que el delicado estado de salud del apelado va a ser el mismo con independencia de la vivienda en la que resida.
Subraya la apelante la holgada situación económica de la que disfruta su expareja, pues es propietario de la vivienda en que reside y de 2 plazas de aparcamiento, dispone en su cuenta corriente de 100.000 € y tiene reconocida la máxima pensión de la Seguridad Social.
En cambio, la recurrente percibe un salario medio de 800 € mensuales, tiene 2.000 € en su cuenta corriente y carece de otro domicilio al que trasladarse.
Por otro lado, el apelado impugna el recurso y recalca su precario estado de salud.
Entre otros extremos, indica su “tozudez” a la hora de contratar a una persona que la ayude en sus tareas cotidianas. Igualmente, admite que la asignación del uso de la vivienda que fue familiar no mejorará su salud, aunque sí su calidad de vida dada la dificultad de acceso a su vivienda actual.
Por último, tras reconocer que dispone de 100.000 euros ahorrados, advierte que los precisará más adelante para contratar a un cuidador o para sufragar los costes de una residencia.
Audiencia Provincial: estado de salud versus capacidad económica
La Sección IVª de la AP de Palma de Mallorca, después de alertar que la exesposa no articuló, “como debió hacerlo”, una demanda reconvencional, declara que no procede analizar su interés para asignarle el uso de la vivienda familiar. No obstante, a pesar de ello, con ánimo de dar total respuesta a la recurrente, la Sala reconoce que aun cuando hubiera planteado reconvención, su pretensión no hubiese resultado acogida.
En efecto, no es algo discutido el muy delicado estado de salud del apelado, “aquejado de severa falta de movilidad a lo que hay que unir su ceguera en un 85% y sordera completa de un oído, extremos sobre los que la recurrente no ha facilitado datos que permitan poner en cuestión la intensidad de aquellas dolencias”, anuncia el fallo.
No obstante, las anteriores circunstancias no justifican la asignación de uso de la vivienda al mismo, puesto que este tiene, como ya se ha expuesto, “una capacidad económica más que suficiente para procurarse otra vivienda o para contratar a un cuidador”, razona la Sala.
Además, recuerda la Audiencia que recientemente el mismo ha obtenido sentencia de división del bien común sobre la repetida vivienda, por lo que “es ciertamente contradictorio que pretenda el uso para él del inmueble litigioso”.
Eso sí, tampoco cabría asignar el uso de la vivienda a la recurrente. 
De hecho, la Sala informa que la misma ha morado en la vivienda litigiosa durante más de 20 años junto a la hija en común ya mayor de edad.
Pues bien, aunque la situación económica del apelado “es más boyante que la de la recurrente”, también es cierto que no cabe mantener el uso de la vivienda en la ex-esposa “porque no existe justificación suficiente como para concluir que no le hubiese sido posible acceder a otra vivienda, máxime cuando ya ha recaído sentencia accediendo a la demanda de división del inmueble”, a la que, además, la recurrente se allanó, “de manera que la parte del precio que obtenga puede muy bien destinarse por ella a proveerse de una vivienda”, concluye el fallo.
Así las cosas, la Audiencia estima parcialmente el recurso de apelación y deja sin efecto la asignación de uso de la vivienda que se realizaba en la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª instancia.

Consecuencias del Divorcio: ¿se puede desheredar a los hijos?

E&J, 07/11/2021
Con la resolución del Tribunal Supremo de 2014 se desarrolla la doctrina jurisprudencial aplicable al maltrato psicológico como justa causa de desheredación.
La legítima
Como punto de partida, conviene recordar que nuestro Código Civil (CC) establece que el patrimonio de una persona fallecida se divide en 3 tercios: legítima, mejora y libre disposición.
La naturaleza jurídica de la legítima consiste en la protección de los familiares más allegados del causante. Nuestro Código Civil la define como “la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos”.
Son herederos forzosos, según el art. 807 del CC: los hijos y descendientes; a falta de estos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes; el viudo o viuda que será siempre heredero forzoso haya o no descendientes o ascendientes.
La legítima se trata de una institución muy protegida por nuestro ordenamiento jurídico, y siempre existirá con independencia de que haya o no testamento. En principio, solamente se podrá privar a los legitimarios de sus derechos si se dan una serie de requisitos que la ley prevé. 
Estos requisitos se recogen en los art. 756 CC para las causas de indignidad y en los art. 853, 854 y 855 CC para las causas de des-heredación.
En la desheredación se priva a hijos y descendientes de sus derechos a legítima, si se da justa causa de las establecidas en el art. 853 CC y alguna de las causas de indignidad para suceder de los nº 2, 3, 5 y 6 del 756 CC. Las causas de indignidad parecen del todo razonables y su aplicación no ha suscitado mayor controversia, ya que se dan en supuestos como: obligar al causante a hacer testamento con violencia o amenaza. Ha sido, sin embargo, la causa de desheredación recogida en el apartado 2º del art.853 CCel maltrato de obra– la que ha propiciado una falta de jurisprudencia clara.
El maltrato psicológico como causa de desheredación
Si el maltrato de obra es causa de desheredación, se genera la duda de si otros tipos de maltrato podrían suponerla también. A esta cuestión se refiere el Tribunal Supremo (TS) en su Sentencia de 3 de junio de 2014, en la que considera que los malos tratos o injurias graves como causa justificada de desheredación deben ser objeto de una interpretación flexible conforme a la realidad social de nuestro tiempo, y por lo tanto el maltrato psicológico quedaría comprendido dentro del concepto de maltrato de obra.
Llegar hasta las conclusiones del Supremo ha sido complicado ya que gran parte de la jurisprudencia hacía una interpretación restrictiva del art. 853 CC, y por lo tanto todo maltrato que se apartase del maltrato de obra quedaba excluido como causa de desheredación.
Sentencia del Supremo 258/2014, de 3 de junio.
Con esta resolución se desarrolla la doctrina jurisprudencial aplicable al maltrato psicológico como justa causa de desheredación.
El TS razona que la enumeración taxativa de causas de desheredación que se establece en la ley no significa que deba expresarse como un criterio rígido o sumamente restrictivo. En este sentido y en orden a la interpretación normativa del maltrato de obra, se debe considerar el maltrato psicológico como un “menoscabo o lesión a la salud mental de la víctima” y por lo tanto ha de encuadrarse conceptualmente dentro del maltrato de obra.
Sigue argumentando el Supremo, que la inclusión del maltrato psicológico dentro del maltrato de obrasienta su fundamento en nuestro propio sistema de valores” y principalmente en la “dignidad de la persona como germen o núcleo fundamental de los derechos constitucionales (art. 10 CE”.
Por otro lado, esta inclusión favorecería la voluntad del testador de privar de legítima a quienes tienen en principio derecho a ella, favoreciendo, el principio general del derecho, de conservación de los actos y negocios jurídicos.
De esta forma, el TS moderniza y adapta a la moralidad de nuestro tiempo una institución como la legítima, que proviene del Derecho romano y que se ha desarrollado históricamente con una marcada influencia tanto germánica como francesa.

Problemas de convivencia: la solución es el divorcio

" Que te den, marido: las series contra la esposa que lo aguanta todo por amor ".
Adiós al esfuerzo por obligación. 'Que te den, Kevin' (AMC) y 'Made for love' (HBO Max) exploran las vías del abandono ante el machismo cotidiano y el hipercontrol masculino.
NOELIA RAMÍREZ, | 07 NOV 2021 
Que la crisis del hombre blanco había llegado a las series era una realidad. Ahí están todos esos antiguos protagonistas y eje del discurso televisivo durante décadas, viviendo ante nuestros ojos su particular crisis existencial. Hombres perdidos por no ser el pilar de poder y orden familiar (The White Lotus), patriarcas mosqueadísimos y vengativos con el progreso social que pide cuentas a los poderosos (Succession) y hasta líderes de pensamiento resignados o con cierto alivio por el adiós a su hegemonía como epicentro de sus tiempos (The Chair).
No sorprende que la reacción a esta deriva de poder masculino se materialice también en la trama matrimonial, apostando por esposas a la carrera o urdiendo imposibles y asesinas vías de liberación frente a la asfixia de su domesticidad. Y lo estamos viendo con propuestas y giros de guión imaginativos, con series que o bien deconstruyen la propia narrativa y estructura televisiva de la sitcom familiar, como pasa en "Que te den, Kevin" (AMC) o que se adentran en la sátira tecno-afectiva de hipercontrol masculino vista en "Made for Love" (disponible en HBO Max).
7 décadas después de que "I love Lucy" (Te quiero, Lucy) estableciera los parámetros de la ingeniosa esposa resignada por amor y silenciada por risas enlatadas, y 20 años después de que las Mujeres desesperadas de Wisteria Lane descubrieran la mugre en las costuras del mandil de la perfecta ama de casa acomodada en las afueras; las mujeres hartas de sus maridos, de tener que esforzarse y doblegarse ante la tiranía del aguantar por aguantar, toman la avanzadilla y salen pitando de ese hogar.
"Odio a mi marido, joder"
Todo empezó cuando Valerie Armstrong, creadora de "Que te den, Kevin", escuchó un podcast sobre por qué las actrices divertidas y talentosas siempre quedaban encasilladas en papeles de mujeres orbitando sobre sus maridos en las sitcoms. Ahí se iluminó con el inicio de una posible serie: que la cámara siguiese a la esposa estereotípica de una sitcom, saliendo con el cesto de la ropa del salón mientras la audiencia reía de fondo el último chiste misógino del marido. Ya en la cocina, sola, en silencio, sin las risas de fondo y los colores vivos de la escena anterior, se la vería triste, desolada, miserable. Armstrong se la imaginó mirando a cámara y diciendo "Odio a mi marido, joder". Y así, prácticamente calcada a esa idea inicial, empieza "Que te den, Kevin" y conocemos a Allison McRoberts (Annie Murphy, ganadora del Emmy a mejor actriz de comedia por la estupenda "Schitt's Creek"), una inteligente esposa agotada de trabajar de dependienta y ejercer de ama de casa perfecta y complaciente para Kevin, un marido apalancado, un hombre que se cree gracioso sin serlo, entregado afectivamente a sus colegas del barrio y que encima se ha pulido todos sus ahorros. Cuando Allison, que soñaba con salir del barrio y comprarse una casa en las afueras descubra el desfalco, urdirá un plan para matar a Kevin y deshacerse de él.
Se podría decir que "Que te den, Kevin" son 2 series 1. 
Una copia la narrativa y estructura de las series familiares tipo "Todo el mundo quiere a Raymond", donde los colores son vivos y cálidos, se impone el sistema multicámara frontal de aquellas series y todo orbita en torno al marido, en este caso, Kevin (Eric Petersen). 
La otra es cuando él desaparece. Cuando seguimos a Allison en su agonía, los tonos azules y la oscuridad de series dramáticas tipo "Ozark" o "Breaking Bad" se imponen y una cámara única sigue al personaje. 
Una ingeniosa estructura que deconstruye la nostalgia y ranciedad del machismo cotidiano que alimentaba aquellos chistes que nos hacían reír y que cementaron nuestra educación sentimental.
Ayuda, mi marido ha invadido mi cerebro
Si "Que te den Kevin" empieza con Allison odiando a su marido en su cocina, en el caso de "Made For Love" (HBO Max) nos encontramos con Hazel Green (Cristin Milioti) saliendo empapada de un túnel en el desierto y haciendo la peineta a un megaedificio de aspecto futurista que se intuye a lo lejos. Hazel está sangrando por la cabeza, tiene el rímel corrido, viste como si viniese de nochevieja y huye descalza. Toda distancia es poca para alejarse de su marido, un magnate tecnológico –Byron Gogol (Billy Magnussen)–, un millonario a lo Elon Musk que la ha mantenido encerrada en ese hub tecnológico desde el día que se casaron, 10 años atrás, y donde Hazel estaba obligada a puntuar sus orgasmos y niveles de felicidad "para optimizarse" y para ejercer el rol de esposa ideal.
Si la vemos huir con lo puesto no es solo porque esté harta del aislamiento y de la privación de su intimidad, Hazel corre porque ha descubierto que Byron también ha invadido su cabeza. En concreto, ha implantado sin su consentimiento un microchip para su último proyecto: el matrimonio se va a convertir en los "Usuarios Uno" de su nuevo producto, "Made for Love," que convierte a las parejas en redes neuronales unidas, con sus cerebros conectados digitalmente. Se acabaron los secretos y la privacidad de sus pensamientos: Gogol quiere controlarlo todo y hacerlos 1 para siempre. Claro que el chip solo lo lleva ella, no él. "Tenía que leer 1º tu diario para dejarte leer el mío", se justificará él.
Basada en la novela de Alissa Nutting, "Made for love" juega de forma terrorífica para decirnos qué pasa cuando unimos las tecno-utopías de progreso digital de los CEO megalómanos millonarios y caprichosos de nuestra era al patriarcado de manual. Una sátira tecnológica sobre el hipercontrol masculino y la necesidad de luchar por la independencia, personal y económica, frente a relaciones que son de todo menos sanas.
La periodista Anne Helen Petersen analizaba recientemente en su newsletter por qué cierto estrato de mujeres de hoy en día, las que trabajan y no dependen financieramente de sus maridos, aquellas que tienen estrategias económicas y redes de apoyo para salir de matrimonios fallidos, seguían obsesionadas con aguantar por aguantar. Mujeres que viven aterrorizadas frente a la idea de un divorcio, han interiorizado que para tenerlo todo en esta vida esa fórmula también incluye un marido, aunque salga mal. "A las mujeres burguesas se les ha enseñado que todo, ya sea la brecha salarial o las discrepancias duraderas en el trabajo doméstico, se puede arreglar con trabajo duro", contaba. 
Son esas esposas que creen que todo se arreglará si te esfuerzas por comunicarte, por organizarte y con ir a terapia, incapaces de pensar en el éxito o la plenitud en soledad. "Cuando entendamos colectivamente que el divorcio y vivir como una persona soltera no es solo una forma de supervivencia, sino que puede ser algo generador socialmente, ese miedo continuará disciplinando a muchas mujeres para que permanezcan en situaciones que les ofrecen estabilidad financiera y posición social, pero que por lo demás las degradan", sentenciaba la periodista sobre todos estos miedos. Esas serán mujeres listas para tomar medidas y saber que sí, que hay vida más allá, y puede que más plena, cuando, como Hazel y Allison, se descubran pensando: "Odio a mi marido, joder".