sábado, 14 de abril de 2007

Sentencia Custodia Parental por Contencioso

Muy Sres. mios:

Mi nombre es Elvira Rodríguez Sáenz y llevo 14 años como abogada matrimonialista en Barcelona. Les remito resolución de un tema que he ganado esta semana en donde se atribuye la guarda y custodia al padre de dos menores de 4 y 1 años sin que la madre tenga ningún tipo de antecedente que le impida el ejercicio de la guarda y custodia (toxicomanía, alcoholemia, etc).


Xavier escribió:
Os reenvío este mensaje con el archivo que contiene la sentencia.

Leer la sentencia que tiene miga. A mí me ha quedado un sabor agridulce.

La parte negativa.
Por un lado no deberíamos alegrarnos de que nuestra in Justicia se plantee la necesidad de elegir a un padre entre dos que son capaces (según reconoce la propia jueza). Siempre la misma canción.

Es muy peligrosa porque a partir de aqui viene la apreciación subjetiva o al menos poco argumentada de escoger a un progenitor justificándolo en que es un poco más.... que el otro.
Estamos con la perenne consecuencia al provocar la sentencia un ganador y otro perdedor. Curioso que hasta la misma abogada diga que ella ha ganado.
Aprecio poca elegancia en la letrada.

No me gusta tampoco que la vivienda se la adjudique el "victorioso" custodio.
La cuestión patrimonial se debe apartar del cuidado que merecen los hijos por parte de sus padres. De los dos.
En esta ocasión compadezco a la madre que puede quedar sometida a los eventuales caprichos del padre. Insto al padre a que no humille a la madre.

La parte positiva.
Lo primero es que hay un cambio en los protagonistas. Aquí es la mamá la que se jode.
Las medidas no son tan extremas como en el paquete estándar que se lleva la madre en tantas sentencias.

La madre disfruta de dos pernoctas entre semana. Esto no suele ocurrir con los padres ajusticiados.
Además, contradice el principal argumento de la juez:
según he interpretado de la lectura de ese apartado la madre trabaja más lejos de casa que el padre (decirme los de Barcelona qué distancia hay entre Sant Just y el lugar del domicilio conyugal). Esto no es justo que afecte a la separación de un progenitor.

Entiendo que el padre ha sido más generoso que la madre en el planteamiento. Empieza admitiendo la custodia compartida y exige menos pensión. A la madre le ha podido la avaricia o el pensar que iba a ganar.

Incluso así, yo no le hubiera dado la custodia exclusiva al padre. Aunque repito que no es estrictamente una custodia con visitas de fin de semana.
Opináis lo mismo??
Saludos.
Xavier.

1 comentario:

Elvira dijo...

Contestaré este comentario por alusiones.

Cuando un letrado dice que ha ganado una sentencia obviamente a lo que se refiere es que el fallo de la misma ha recogido los efectos que su cliente solicitaba.

El trabajo de todo letrado es defender los intereses de su cliente.

Resulta del todo loable que un abogado haga suyos los intereses de su cliente...es más siempre debería ser así.