sábado, 25 de marzo de 2023

Australia pide a Japón que adopte la custodia compartida

Jiji Press
Sídney, 23  marzo 2023
Australia pidió a Japón que adopte un sistema de custodia compartida mediante el que los padres divorciados puedan contribuir juntos al cuidado de sus hijos. Esta petición llega como respuesta a una serie de secuestros parentales internacionales.

El Gobierno de Australia presentó una opinión escrita al Ministerio de Justicia japonés en la que demanda una revisión del Código Civil que facilite a uno de los progenitores reunirse con su hijo cuando este vive en Japón bajo la custodia del otro progenitor.
El Código Civil japonés otorga la custodia solo a uno de los padres después del divorcio. Esto es considerado como uno de los motivos para el secuestro parental en casos que afectan a australianos con exparejas japonesas.

De acuerdo con el diario The Sydney Morning Herald, desde 2004 al menos 82 menores han sido secuestrados por sus progenitores japoneses después que estos rompieran con su pareja australiana.
Japón se unió al Convenio de La Haya sobre el Secuestro Internacional de Menores en 2014, que estipula que la disputa por la custodia debe resolverse después de que los menores regresen a sus países originales de residencia.

jueves, 23 de marzo de 2023

¿Cuál es la clave para ser feliz?

Otras Informaciones:
.... según el estudio más largo y exhaustivo hecho jamás.
Al contrario de lo que puedes pensar, no tiene que ver con el dinero, logros profesionales o una dieta saludable.
Fama, posición social, éxitos profesionales, amor... ¿cuál dirías que es la clave para ser feliz, según los estudios

Clara Hernández, 22/3/2023, 
Podemos pensar que, igual que no existen 2 personas iguales en el mundo, no existe una clave común a todas para alcanzar la felicidad y que, incluso, esta va cambiando a lo largo de la historia. Sin embargo, un estudio de la Universidad de Harvard llamado 'Study of adult development' ('Estudio del desarrollo adulto') realizado a lo largo de 80 años, el más largo hecho hasta la fecha, ha sentado unas bases que presumen de ser válidas para una gran parte de la gente.

Las conclusiones, recogidas en el libro 'Una buena vida' ('The Good Life'), firmado por Robert Waldinger y Marc Schulz, que se anuncia como "el mayor estudio mundial para responder a la pregunta más importante de todas: ¿qué nos hace felices?", se basa en las respuestas de 2 grupos de hombres a lo largo de 8 décadas para identificar qué hace a la gente feliz y, a su vez, hace que sus vidas sean más largas, en consecuencia.

Y, spoiler, la clave principal de la felicidad no es el dinero, la fama o una carrera exitosa, sino nuestras relaciones sociales.
"Las personas más felices, más sanas a medida que envejecían y más longevas eran la que mantenían relaciones más afectuosas con otras personas. De hecho, las buenas relaciones eran el mejor indicador de quién iban a ser felices y gozar de buena salud al envejecer", ha explicado Robert Waldinger, coautor da la investigación, en una entrevista publicada por la consultora McKinsey, en la que incide que esa felicidad tiene un poderoso efecto sobre la salud.

Y, no, los logros profesionales no pueden sustituir esas relaciones y no están vinculados con la felicidad, aunque pueden aportar satisfacción, que pueden marcar una diferencia en el bienestar. 
"Hay mucho que decir sobre los logros si lo que haces tiene sentido para ti. Lo que descubrimos es que lo que reportan los logros no hace feliz a la gente (...). Lo que descubrimos es que las personas más felices no estaban aisladas. No eran adictas al trabajo y prestaban atención a sus relaciones. Los que sí descuidaron sus relaciones, eran algunas de las más tristes de nuestro estudio y estaban llenas de remordimientos cuando tenían más de 80 años", indica el experto.

Las amistades, muy importantes para ser feliz. 
Es decir, al parecer, necesitamos a los demás para ser felices.
El investigador da, incluso, unos consejos para avivar nuestra vida social: "Pregúntate si hay alguna manera de fortalecer algunas relaciones que ya tengo o hay alguna manera de hacer conexiones nuevas".

Para lo 1º, hay unas pautas: "Puedes pensar en alguien que hace tiempo que no ves, alguien con quien disfrutas mucho pero con quien no mantienes el contacto que quisieras. Saca el teléfono, enviále un mensaje y dile: "Estaba acordándome de ti. Solo quería saludarte". 
Te llevará 15 sg. y, si lo haces, te sorprenderá lo que te contestan. 
No siempre, pero si lo hicieras todos los días, recibirías montones y montones de respuestas positivas".

El dinero da la felicidad: ¿Y los efectos económicos del divorcio?

MÁS INFORMACIÓN:
Esta es la lista de los países más felices del mundo: España cae tres posiciones.
.... estas son las conclusiones del estudio que lo demuestra.
Una investigación pone en común 2 trabajos con resultados contradictorios para encontrar respuesta a una pregunta tan común como compleja.
2 prestigiosos investigadores han entrevistado a más de 30.000 personas para resolver la pregunta ABC.

ABC, 22/03/2023 
¿El dinero da la felicidad? Es una pregunta ampliamente repetida por la sociedad, pero que ha logrado un consenso ya que depende de la perspectiva de la persona y de cómo ha sido (o es) su situación socioeconómica. La respuesta intermedia a esta cuestión suele ser «no, pero ayuda». La ciencia también se ha interesado y ha tratado de dar respuesta a través de diversos estudios.

El último de ellos se acaba de publicar en la revista Proceedings of the National Academy of Sciences. Uno de los autores de este estudio es Daniel Kahneman, Nobel de Economía, que ha revisado su trabajo junto a Matthew Killingsworth.
El germen de este estudio es una investigación realizada por el propio Kahneman hace una década en la que afirmaba que el dinero da la felicidad, pero llega un punto (que coincide con la brecha de los $75.000  anuales) en la que esta se aplana y se estanca. 
En 2021, Killingsworth publicó otro estudio contradiciendo esta tesis y ahora ambos se han unido en una revisión de ambos trabajos al que han definido como una «investigación contradictoria».

Los 2 enfrentaron sus teorías ante la figura de una mediadora, Barbara Mellers, profesora de la Universidad Penn Integrates Knowledge. 
Para extraer las conclusiones del estudio, analizaron las respuestas de 33.391 personas de EE.UU. entre 18 y 65 años y con unos ingresos familiares mínimos de $10.000 anuales.

Estas personas completaron una encuesta con preguntas sobre su nivel de satisfacción de vida e informaban sobre sus sentimientos por intervalos diariamente. Debían responder en un rango de «muy bien» a «muy mal» a la pregunta «¿cómo te sientes en este momento?»

Sí, el dinero da la felicidad
Simplificado, el resultado es claro: «Para la mayoría de la gente los mayores ingresos están asociados a una mayor felicidad». 
Más detallado, la investigación muestra 2 grandes resultados. 
Por un lado, que «la felicidad continúa aumentando con los ingresos incluso en el rango alto de ingresos».
Por otro, que existe una minoría infeliz cercana al 20% de los encuestados. Para estos últimos, la infelicidad disminuye con el aumento de los ingresos hasta cierto punto a medida que sus ingresos aumentan alrededor de 100.000 €. Destacan los autores este hecho porque a partir de este nivel «las miserias que quedan ya no se pueden aliviar con altos ingresos».

En las personas con más bajos ingresos, las infelices ganan más felicidad con el aumento de los ingresos que las felices.
También hay una excepción con las personas ricas e infelices a las que más dinero no ayuda. 
La investigación reconoce además que la felicidad es una escala diaria ya que incluso entre las personas felices no son todas igual de felices.

Tras analizar los resultados se dieron cuenta de que el estudio de 2010 midió la infelicidad particular más que la felicidad general.

miércoles, 22 de marzo de 2023

¿Puede el marido recibir pensión compensatoria?

.....  Casos que lo confirman.
Más Información:
Me divorcio: ¿Tengo derecho a la pensión compensatoria?
El marido puede recibir pensión compensatoria si se cumplen con los requisitos necesarios.
Ariadna Arias, 21/03/2023 
La pensión compensatoria es una paga que se le otorga a uno de los cónyuges después del divorcio o la separación legal, con el objetivo de compensar el desequilibrio económico que pueda resultar de la ruptura del matrimonio. Su figura está contemplada en el art. 97 del C. Civil
El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación que podrá consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única, según se determine en el convenio regulador o en la sentencia”. 
La pensión compensatoria no busca equilibrar a las partes, sino resarcir a aquella que, tras el matrimonio, quede en una situación más vulnerable.

Según datos del Instituto Nacionales de Estadística (INE), si comparamos por género quién suele ser el que debe pagar la pensión compensatoria (el esposo o la esposa), veremos que la tendencia es que sean ellos los que la abonen. Por ejemplo, en 2021 fueron 892 las esposas que tuvieron que pagar la pensión compensatoria frente a 6.170 esposos. 
Sin embargo, estos datos también nos muestran que el marido puede recibir una pensión compensatoria, aunque sea algo minoritario. Esto es así porque la definición de “pensión compensatoria” habla de cónyuges, y no hace mención específica a su género, sino a su situación económica. Por lo tanto, cuando un matrimonio se divorcia y uno de los cónyuges se encuentra en una posición económica notablemente inferior a la que tenía antes de casarse, puede pedir la pensión compensatoria.

Cómo pedir la pensión compensatoria

La pensión compensatoria debe solicitarla uno de los cónyuges, concreta-mente el que sienta que su situación tras el divorcio ha empeorado respecto a la que tenía cuando estaba soltero. 
El plazo establecido para solicitarla es al inicio del juicio por divorcio, ya que no será posible hacerlo una vez este se dé por finalizado.

Para que se conceda la pensión compensatoria, el cónyuge que la ha solicitado debe cumplir una serie de requisitos. Los 2 más importantes son: que no haya posibilidad de reincorporarse al mercado laboral o que su situación económica haya empeorado desde que se casó. 
El género de la persona no es un motivo de discriminación, por lo que no es ningún requisito ser hombre o mujer.

Si el Juez considera que se ha de solicitar la pensión, ésta puede tener un carácter temporal o sin límite de tiempo. En el 1º caso, el cónyuge perjudicado recibe una cantidad preestablecida en uno o varios pagos que le servirá como trampolín para rehacer su vida. En el 2º caso, la pensión se prolongará sin límites. Sin embargo, este tipo de compensación es cada vez menos frecuente tras la entrada de la mujer en el mundo laboral, pues tras el divorcio ellas pueden conservar su fuente de ingresos gracias a su empleo.

Casos que confirman que el marido puede solicitar pensión
Según los datos citados del INE, al año hay una media de 800 esposas que deben pagar la pensión compensatoria a sus maridos. Aunque la cifra es reducida, permite afirmar que el marido puede solicitar pensión.

Por ejemplo, en 2019 el tribunal civil de la Audiencia de Palma sentenció a una mujer a abonar una pensión compensatoria de 400 € al mes a su exmarido durante 2 años, pues él trabajaba para ella y, tras el divorcio, se quedó sin empleo y tuvo que volver a su país. 
El exmarido la había ayudado en su negocio, pero no había recibido nómina alguna, sino que ambos compartían los ingresos a través de una cuenta bancaria en común. Tras el divorcio, ella le revocó el acceso, por lo que los jueces consideraron que el hombre estaba en una situación aún peor que la que tenía cuando estaba soltero y le concedieron la pensión.

Otro caso, más famoso, es el que se dio entre la actriz Meghan Fox y su exmarido, Brian Austin Green, estrella de la serie de los 90´: Sensación de Vivir. Mientras estaban casados, Green sufrió un accidente vial que le dejó con algunas secuelas, como vértigos y dolores de cabeza. 
Tras su divorcio, el Juez consideró que Fox debía pagarle una pensión vitalicia a Green, pues su condición le imposibilitaba trabajar y mantener el nivel de vida que había logrado antes del matrimonio. No es el único caso en el que una mujer famosa ha tenido que compensar a su marido: Kelly Clarkson debe pagar mensualmente la cantidad de $200.000 a su exmarido Brandon Blackstock, en concepto de manutención conyugal e infantil, incluso aunque sea ella la que tiene la custodia de los niños.

martes, 21 de marzo de 2023

10 razones para hacer ya tu testamento

Realizar un testamento no es un acto obligatorio, sin embargo, es recomendable por muchos motivos.
Lidia Orellana, 21/03/2023 
Conoce las ventajas de hacer un testamento.
Realizar un testamento no es un acto obligatorio. De hecho, la ley recoge la fórmula para llevar a cabo el reparto de una herencia a falta de este documento. Sin embargo, existen numerosas ventajas por las que llevar a cabo este acto puede ser una gran decisión.
En 1º lugar, porque el reparto de la herencia, tal y como lo establece la ley, no nos convence. Hay ocasiones, que por falta de familiares cercanos o porque no tenemos relación con estos, podemos decidir otorgar testamento para incluir a otras personas más importantes, como amigos, en el reparto.

Otra razón fundamental para realizar un testamento, es evitar conflictos familiares en el futuro. Enfrentarse a los trámites que una herencia requiere cuando fallece una persona cercana, es una gestión muy difícil. Por este motivo, cuando el fallecido ha dejado expuesta su voluntad, los familiares tienen menos sobre lo que decidir.
Por otra parte, a veces las personas deciden designar bienes concretos a los herederos que decidan. 
En este caso, realizar un testamento en el que leguen uno a uno lo que forme parte de su caudal hereditario, es lo mejor que pueden hacer.

Ventajas de hacer un testamento
A la hora de repartir una herencia, hay que tener en cuenta que de no existir testamento, esta se repartirá tal y como establece la ley entre los herederos forzosos. Esto quiere decir, que si quieres nombrar a alguien que no contempla la normativa como heredero, debes realizar este acto. Además, existen otros motivos por lo que conviene realizar un testamento: Realizar un testamento te permite evitar problemas futuros

Si quieres dejar a un hijo más que al resto
A falta de testamento, la ley establece que se reparta la herencia entre los hijos a partes iguales. Sin embargo, si unos padres quieren beneficiar a alguno de sus hijos por la razón que sea, es fundamental llevar a cabo este acto. En este caso, el progenitor dispondrá del 1/3 de mejora y del de libre disposición, para cubrir sus deseos.

Cuando se quiere desheredar a un hijo
En ocasiones, ha padres que deciden dejar fuera del reparto de la herencia a algún hijo, bien porque no tiene trato con él, o porque han vivido momentos desagradables.
Este hecho es difícil a que a los herederos forzosos, aun haciendo testamento, les corresponde una porción de la herencia (La legítima)
Sin embargo, la ley contempla causas por las que una persona puede desheredar a un hijo en un testamento.

Proteger al cónyuge
Aunque estés casado, si el causante tiene descendientes o ascendientes, sin testamento, por ley solo recibirá el usufructo sobre una parte de tu herencia. De hecho, recibirá la mitad del usufructo si el causante tiene padres o abuelos y 1/3, en el caso de que tuviese hijos o nietos. 
Sin embargo, si realiza testamento, además de poder dejarle el 1/3 de libre disposición, podría dejarle el usufructo universal de toda su herencia.

Proteger a la pareja de hecho
No todas las comunidades autónomas tienen en su normativa equiparados los derechos sucesorios de las parejas casadas con las de hecho
Por este motivo, si una persona fallece sin testamento, puede que su pareja de hecho no tenga derecho a recibir nada de la herencia
Así que lo mejor en estos casos, en llevar a cabo este acto.

Cuando no tienes parientes cercanos
Si una persona fallece sin familiares cercanos o herederos forzosos, es posible que toda su herencia acabe en manos de un familiar lejano
Si este tampoco se encontrara, la masa hereditaria acabaría en última instancia en manos del Estado. De hecho, así lo dispone la ley. 
Sin embargo, realizando un testamento, el testador puede dejar sus bienes a una causa benéfica por ejemplo.

Si no quieres que los bienes familiares cambien de rama
Al hacer testamento cada uno puede designar un heredero fiduciario. 
Es decir, un 1º heredero, y un heredero fideicomisario o 2º heredero. Este recibirá a la muerte del fiduciario los bienes que el 1º no haya gastado.

El abogado debe saber venderse ¡Diferénciate de los demás!

El CGAE apostó por la creación de un Código de Conducta de Publicidad en la Abogacía tras la reforma del Estatuto General de la Abogacía.

Luis Romero Santos, 20/03/2023
"Debemos cuestionarnos cómo estamos posicionados en el mercado y qué imagen damos".
Cada abogado y cada firma de abogados debe saber comunicar a la sociedad que prestan unos determinados servicios de modo que puedan conocerlos sus potenciales clientes. Sin clientes no hay honorarios y sin honorarios no hay bufete.

Cuando un abogado comienza solo o asociado a otros abogados, cuando una firma legal inicia sus actividades, habrán elegido su especialidad o especialidades jurídicas, de modo que el mercado sepa quiénes son. 
No solamente eso, desde luego, sino que deberán haber diseñado una identidad corporativa con la que darse a conocer a través de su página web, redes sociales, SEO, SEM, etc.

Todavía hay muchos abogados que aseguran que no necesitan vender sus servicios. Debemos felicitarlos por ello y respetar su decisión. 
Sin embargo, yo creo encontrarme entre la mayoría de los abogados y desde el 1º día que cursé mi alta en el colegio de abogados, entendí que debía darme a conocer como abogado así como mis especialidades.

Sin clientes no hay honorarios y sin honorarios no hay bufete
A día de hoy, dada la competencia existente en nuestra profesión, debemos establecer y aplicar unas estrategias de marketing con las que nos distingamos de las demás firmas de abogados. Hay muy buenos libros sobre marketing jurídico, cursos, conferencias e incluso el marketing para juristas es ya una asignatura en algunos programas del grado en Derecho y también en muchos máster de acceso y otros cursos especializados.

«Deberán haber diseñado una identidad corporativa con la que darse a conocer a través de su página web» 

A mí me hubiese gustado tener la oportunidad de la que disfrutan hoy los nuevos abogados para poder aplicar las variadas técnicas de marketing a nuestro ejercicio profesional a fin de situarnos en el mercado jurídico
Sin embargo, tuve la oportunidad de ser un autodidacta en esta materia ante un panorama desértico en nuestro país. Era el año 1991.

       «En esos años estaba prohibida “la publicidad” de los abogados» 

Para colmo, en esos años estaba prohibida “la publicidadde los abogados y hasta nos controlaban el número de tarjetas que podíamos entregar en reuniones, el tamaño de la placa del bufete y, cómo no, estaba totalmente prohibido instalar un rótulo en la fachada del edificio donde se ubicaba el despacho. Las cosas han cambiado mucho desde entonces.

¿Cómo decide un cliente elegir a un abogado para que le defienda a él, a su empresa o a alguien muy cercano a él? De la misma forma que nosotros elegimos a un profesional para que nos preste un determinado servicio. Pensemos, por ejemplo, en la profesión médica.
Si nuestro médico de cabecera nos ha recomendado asistir a la consulta de un cardiólogo para que controle nuestra salud cardiovascular y decidimos escoger a uno de los mejores de nuestra ciudad: 
¿Cómo lo elegiríamos? Podríamos pedirle consejo a nuestro médico generalista. 
O quizás, realizaríamos una serie de gestiones para seleccionar a ese reputado cardiólogo en cuyas manos vamos a poner nuestra salud.

¿Pregunto a mis familiares, compañeros de trabajo, amigos? ¿Busco en Google? ¿Pregunto a otros médicos de confianza por el mejor especialista en corazón? Supongamos que tenemos anotados varios nombres. Seguramente querríamos saber después dónde se ubican sus consultas, si han publicado alguna obra, si es muy recomendado, visitar su web, etc.

Por fin, hemos decidido solicitar una cita a un cardiólogo y al entrar en su clínica nos fijamos en sus instalaciones, cómo nos atiende su personal, la sala de espera, etc. Seguidamente, tenemos la entrevista con el doctor y nos agrada su atención. Además, nos realiza unas pruebas con aparatos de última tecnología ayudado por una enfermera. Nos ofrece unos consejos finales y nos entrega un informe con su diagnóstico y la solicitud de unas pruebas médicas. Además, nos prescribe una medicación.

La impresión ha sido magnífica y creemos que hemos acertado designando a nuestro nuevo cardiólogo. Pero también podría haber ocurrido lo contrario y que al llamar para pedir la cita no parase de comunicar el teléfono, que nos hubiesen ofrecido la cita para la consulta varios meses después, que la clínica estuviese ubicada en un edificio con muy mala imagen, que no nos gustase el trato del personal de recepción, etc.
Es más, a lo mejor no nos gustó el trato del médico o sus consejos, o no podemos afrontar sus honorarios. En ese caso, optaríamos por consultar a otro cardiólogo que nos ofreciera mayor confianza y con el que nos sintiéramos más cómodos. Vamos a poner en sus manos nuestra salud.

Aunque nosotros, los abogados, pensemos que lo estamos haciendo todo muy bien, debemos cuestionarnos cómo estamos posicionados en el mercado y qué imagen damos. Hemos de ponernos en el papel del cliente y pensar cómo los ciudadanos eligen a un abogado de nuestra especialidad y qué esperan de nosotros 
¿Cómo podemos mejorar?  ¿Estamos transmitiendo eficazmente a nuestros potenciales clientes lo buenos que somos? ¿Conocen los demás nuestros éxitos profesionales? ¿Estamos atendiendo bien a nuestros clientes? ¿Cómo atendemos a los ciudadanos que nos visitan la 1ª vez?

Estas preguntas y otras deberíamos planteárnoslas para dar nuestra mejor imagen y conseguir que lleguen a nuestro bufete los mejores clientes y los
mejores casos.
No tenemos por qué renunciar a nada.

Castilla y León: El Divorcio en Familias Numerosas.

La duda de las familias numerosas de Castilla y León cuando hay una ruptura: ¿quién se lleva el carné?.
El Procurador Común pide a la Junta que realice una interpretación de la normativa estatal favorable y reconozca el mantenimiento del derecho para ambos, ya que los padres reconocen que "parece una tontería, pero no lo es".
J.I. Fernández, 21 marzo 2023 
Las familias numerosas son desgraciadamente una especie en extinción en Castilla y León. Los datos de nacimientos así lo dicen. 
En la Comunidad existen cerca de 31.000 familias con este título. 
Una condición que desde hace muchos años concede una serie de beneficios fiscales y descuentos económicos. Ahora bien, en los últimos años, muchas de estas familias ven rota la convivencia, y es ahí cuando surge una tremenda duda, ¿qué ocurre con esos beneficios?

Pues bien, el ordenamiento jurídico todavía no se ha adaptado a los nuevos modelos de familia y surgen muchos problemas cuando el régimen de la familia pasa a ser de custodia compartida. 
¿Qué pasa con la titularidad del carné de familia numerosa? 
Pues hay problemas porque, por ley estatal, solo uno puede disfrutarlo. Una situación compleja y desigual que ha provocado que el Procurador del Común de Castilla y León haya querido mediar ante las quejas de los ciudadanos con una resolución emitida durante este mes de marzo.

Hay que recordar que en España se creó el concepto de familia numerosa, para ello se crea el concepto de familia numerosa para protección de la familia (art. 39 de la Constitución), que en estos momentos engloba aquellas con 3 o más hijos o, por equiparación, aquellas en que concurren determinadas situaciones adversas, como la orfandad o la discapacidad.

Aquellas familias que entren en el concepto definido por la Ley 40/2003 podrán solicitar el título de familia numerosa. Este título permite a una serie de beneficios y ventajas fiscales, así como bonificaciones, tanto a nivel estatal, autonómico como local. Aquí se incluyen, por ejemplo, bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social para contratar a cuidadores, más plazo en los tiempos de excedencia, reducción en la base imponible del Impuesto de Matriculación de Vehículos. A nivel autonómico, deducciones, reducciones y bonificaciones en impuestos como el IRPF o el ITP, bonificaciones en ámbitos cultural y educativo, en transporte público. 
Y a nivel local se pueden ofrecer otras ventajas, siendo la más extendida la bonificación en el IBI. Ahora bien, cuando se producen una separación, la ley dice que solo uno de los progenitores tendrá derecho a estos beneficios, ya que “nadie podrá ser computado, a los efectos de esta ley, en 2 unidades familiares al mismo tiempo”.

"Parece una tontería pero no lo es"
Las numerosas ventajas de este título provocan que ambos progenitores quieran conservarlo o renovar la ayuda familiar tras su separación o divorcio, por lo que se convierte un nuevo tema de discusión, ya que, por ejemplo, en una declaración de la renta, solo uno de ellos podrá deducirse el concepto de familia numerosa
Algo de lo que se quejan desde la Federación de Castilla y León de Familias Numerosas. 
Parece que es una tontería, pero acaba en problemas serios porque el detrimento económico es enorme”, manifiesta, José Quintanilla, tesorero de la asociación, que recuerda que se trata de una ley nacional, pero donde las autonomías pueden “hacer cosas”. La ley dice que lo más correcto es que se disfrute 1 año cada uno, “pero esto no ocurre, y menos aún si la relación no ha acabado por las buenas”, asegura.

Los ejemplos prácticos son los mejores para conocer esta situación. Un padre o una madre que decide ir el fin de semana con sus 3 hijos a un parque de atracciones, o a un museo, o usar el transporte público como tren o autobús, no podrá usar la tarjeta de familia numerosa si no es el titula de ella. “Eso es un trastorno grande”, aunque lo más gravoso es cuando hay que hacer la declaración del IRPF, “aquí es un dineral”. 
Lo lógico es que lo tengan los dos, que han sido los progenitores”, lamenta Quintanilla, que también es presidente de la Asociación de Familias Numerosas de Burgos.

La titularidad de esta tarjeta también permite la obtención de beneficios para los padres en algunas empresas, dependiendo del convenio colectivo, como por ejemplo ayudas para gafas, dentistas o incluso puntos para posibles concursos de empleo público. 
Ante esto, desde la Federación se ha reclamado en varias ocasiones intentar solucionar este problema, “pero de momento nada”, critica.

"Realizar una interpretación de la normativa estatal favorable"
Por este motivo, el Procurador Común ha emitido una resolución a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades para solucionar el “problema existente a la hora del reconocimiento de la condición de familia numerosa a las unidades familiares resultantes de una separación o divorcio en las que rige el régimen de custodia compartida, al permitirse únicamente a 1 de los 2 progenitores optar con los hijos en común a la obtención del título acreditativo de dicha condición”.

Esto es, recuerda Tomás Quintana, “la normativa estatal de aplicación permite la constitución de una nueva familia numerosa en los casos derivados de una ruptura matrimonial. Pero solamente se enfoca hacia los supuestos en que la sentencia de separación o divorcio atribuye la custodia exclusiva a uno de los progenitores sobre los hijos comunes, en los que, si no hay acuerdo entre los padres, operará el criterio de la convivencia, correspondiendo el derecho al título a ese progenitor custodio con el que conviven los menores”.

Así, no se fija criterio alguno para el reconocimiento de la condición de familia numerosa en los casos de custodia compartida, sin que en los mismos pueda aplicarse esa regla de la convivencia, pues, los hijos conviven en igualdad de condiciones con ambos progenitores. 
En estos supuestos, pues, la Administración de la Comunidad de Castilla y León se rige en estos supuestos por el pacto común entre los padres (uno de ellos opta por renunciar al título en favor del otro), y en caso de no existir acuerdo entre ambos se utiliza el sistema de reparto, concediendo el título por periodos anuales alternos a cada uno de ellos.

Este criterio, sin embargo, ha sido cuestionado por la Institución, considerando que en estos supuestos de custodia compartida ambos progenitores, pese a la ruptura de la convivencia, comparten la carga económica que supone el cuidado de los hijos comunes y, por otra parte, la convivencia de estos con el padre y con la madre se produce también en términos de igualdad.

Por ello, se recomienda a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a que “valore la posibilidad de realizar una interpretación de la normativa estatal favorable al doble reconocimiento de la condición de familia numerosa en los casos de separación o divorcio con custodia compartida de los hijos comunes; modificando, en su caso, el criterio que se viene aplicando en esta Comunidad”. 
Y pide que se establezca, de optarse por esa nueva interpretación, un procedimiento de tramitación o gestión de los títulos que contemple, salvo en los casos que exista una renuncia expresa por parte de 1 de los progenitores, “el mantenimiento del derecho de ambos al reconocimiento de la condición de familia numerosa, pudiendo disfrutar simultáneamente de su propio título con sus hijos comunes”.

Parejas de hecho, ¿qué pasa cuándo rompen?

Para dar por finalizada una unión de hecho, basta con separarse o darse de baja en el registro, pero si hay hijos, bienes comunes o reclamaciones, la ruptura se complica.
Blanca Álvarez Barco, 20 marzo 2023
Cuando se acaba el amor o la convivencia se hace insoportable, lo mejor es separarse. En el caso de los matrimonios, lo habitual es encontrar por delante un camino legal más o menos largo. En el de las parejas de hecho, las cosas son muy parecidas. Lejos de lo que podría suponerse, debido a la ausencia de “papeles”, cuando hay hijos, si se tienen bienes en común o uno de los miembros reclama derechos al otro, la ruptura es casi igual a la de un matrimonio
A continuación se explica qué sucede cuando se rompe una unión de hecho y cómo actuar.

Qué es una pareja de hecho y cuáles son los requisitos
¿En qué consiste ser pareja de hecho?
Una pareja de hecho es la unión estable, distinta del matrimonio, formada por 2 personas. Se trata de una relación de afecto y de convivencia duradera. Además, debe ser notoria y pública.
Los requisitos para registrarse como pareja de hecho: 
Ser mayor de edad o menor emancipado (a partir de 16 años si vives de manera autosuficiente).
Estar soltero: estar casado invalida el registro.
No puede haber parentesco directo entre ambos.
1 de los 2 miembros de la pareja (o ambos) debe estar empadronado en la comunidad autónoma donde se quiere registrar la unión.
Hay que demostrar un periodo de convivencia.

Como no existe una ley general y cada comunidad autónoma lo tiene regulado de modo diferente, es importante acudir a los organismos específicos de las comunidades o a los ayuntamientos para saber si existen requisitos específicos que se deban cumplir.

¿Cuáles son los derechos y obligaciones? ¿Tiene beneficios?
Muchos de los derechos, obligaciones y beneficios son comunes a los de los matrimonios:
👉 Permisos
Tienen derecho a permisos por paternidad o maternidad.
Además, tras la aprobación de la nueva ley de familias, tienen derecho a contar con el permiso de 15 días por registrase como parejas de hecho, como se otorga tras contraer matrimonio.
👉 Viudedad
Desde 2022, las parejas de hecho tienen que cumplir los mismos requisitos que los matrimonios para obtener la pensión de viudedad.
👉 Adopción
Las parejas de hecho tienen las mismas oportunidades para adoptar que un matrimonio, sin importar si se trata de una pareja de diferente o del mismo sexo.

Diferencias con el matrimonio
Las principales diferencias se encuentran ligadas al aspecto económico de la unión:No tienen régimen económico matrimonial, aunque pueden adoptar acuerdos verbales o escritos ante notario, si lo desean.
Al declarar por el IRPF, no puede hacerse de forma conjunta. 
Es obligatorio realizarlas de forma individual, existan descendientes o no.
Respecto a las herencias, la legislación estatal no contempla a las parejas de hecho como herederos. 
Hay comunidades autónomas que sí equiparan a la pareja de hecho con el cónyuge viudo, otras que reconocen determinados derechos a la pareja sobreviviente y otras que carecen de normativa. 
Lo más recomendable es otorgar testamento a favor de la pareja de hecho (aunque siempre se respetará la legítima de los herederos forzosos).

¿Qué pasa con los hijos si la pareja de hecho se separa?
Como todas las parejas, las uniones de hecho también se rompen. 
Y aunque la idea generalizada es que no habrá que realizar ningún trámite para separarse, no siempre es tan sencillo.
Muchas parejas descubren lo «casadas que están» en el momento de decirse adiós. Por ello, conviene saber qué sucede en caso de tener hijos en común o bienes compartidos, ya que la separación puede complicarse, en especial si uno de los miembros de la pareja se siente agraviado por el otro.

Cuando una pareja de hecho tiene niños, con independencia del tiempo que lleve conviviendo y de si está o no inscrita en el registro de parejas de hecho, debería siempre poner en orden todas las cuestiones relativas a los menores. De esta manera, si llega una ruptura, todo estaría arreglado y se evitarían problemas posteriores.

Acuerdo verbal
En muchos casos, si una pareja de hecho se deshace, lo habitual es llegar a un acuerdo verbal y dejar decidido quién cuidará a los pequeños, las visitas del otro miembro de la pareja y cómo repartirán los gastos de los hijos.
Pero esta clase de acuerdos solo es posible si hay buen entendimiento entre los padres, y conviene tener muy en cuenta que no tienen ningún valor legal.
Procedimiento legal que establezca pautas
Por ello, es mejor pactar y llevar a cabo un procedimiento legal para dejar establecido a quién le corresponde la custodia, las visitas de la otra parte y la pensión alimenticia para los hijos.
Si no se llega a un acuerdo, los menores nunca quedan desprotegidos, porque quien quede con su custodia puede reclamar que un juez fije la pensión. De este modo, con una sentencia, si hay incumplimientos se pueden tomar medidas.

La vivienda
La vivienda, que es uno de los temas más peliagudos en cualquier separación, en el caso de una pareja de hecho se puede complicar aún más. ¿Qué pasa si me separo en una pareja de hecho?
👉 Si hay hijos comunes
Cuando hay hijos comunes, el piso lo disfrutarán ellos y el progenitor que quede a su cargo, aunque no sea el propietario.
👉 Si la casa se compró entre los 2
En este caso, cada miembro es dueño de la mitad del inmueble. 
Si no hay acuerdo, se puede pedir que un juez divida el patrimonio, y será también él quien decida quién debe quedarse en la vivienda.
👉 Si la casa es alquilada
¿La casa donde convivía la pareja de hecho es alquilada? Hay varias opciones:
Que los 2 sean titulares del contrato de alquiler. Se hará lo que acuerden los 2 miembros de la pareja, pero si no, lo que disponga el juez. 
Si hay hijos, siempre se tomará la decisión que más los proteja.
Solo uno figura como titular. Cuando termina la convivencia, la ley contempla la posibilidad de subrogarse en el contrato de arrendamiento a la persona con quien conviva el titular, en las mismas condiciones y derechos, siempre que la relación haya durado al menos 2 años o se tengan hijos comunes.

El reparto de bienes
Común acuerdo: Si se rompe la pareja de común acuerdo, se pueden repartir los bienes de forma verbal o a través de un documento privado, si no hay bienes inmuebles comunes. 
Si compartían bienes inmuebles o si pactaron ante notario un régimen económico, se haría el reparto mediante una escritura pública.
Sin acuerdo
Si la pareja no llega a un acuerdo para el reparto de su patrimonio y tiene bienes comunes, deberá acudir ante el juez.

Indemnizaciones por convivencia
Las indemnizaciones por convivencia son lo más complicado de solucionar en las rupturas de las parejas de hecho sin hijos. Al vivir juntos, los 2 miembros deben contribuir al sostenimiento de las cargas consustanciales a la convivencia: pago de agua, luz, teléfono, alimentos…

Cuando la pareja rompe, como en un matrimonio, uno de ellos puede quedar en peor situación económica, y para equilibrarla, se puede pactar (de antemano o en el momento de la ruptura) una «pensión reparadora».

También se puede recurrir a un juez para que la otorgue en caso de que no haya acuerdo. Para obtener la indemnización se deberá reconocer judicialmente la existencia de la unión de hecho y, además, la parte que solicita el establecimiento de esta pensión tiene que haberse dedicado —y continuar haciéndolo— al cuidado de la familia o de la actividad familiar.

lunes, 20 de marzo de 2023

Efectos de la ley Trans: cambio de "Género"

Un aluvión de hombres acude al Registro Civil para cambiarse de género.
En el Registro Civil de La Coruña, durante la 1ª semana tras la aprobación de la ley, la cifra de hombres que pidieron cambiar su sexo supera en más de 40 casos a las mujeres.

María Fernández, Madrid,19/03/2023
La ley trans de Irene Montero empieza a desmontarse. Hace 2 semanas que los Registros Civiles de España están obligados a informar o cambiar el género de todas aquellas personas que quieran acogerse a la controvertida norma de la titular de Igualdad. 
Las cifras hablan por sí solas, y es que la referencia de los registros civiles de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) «muestra que la mayor parte de los solicitantes son hombres».

Antes de la entrada en vigor de la ley, la ministra de Igualdad en una entrevista ofrecida a la Cadena SER, aseguraba que no iba a haber «ningún hombre» en nuestro país que buscase ir al registro a decir que «es una persona que no es» para disfrutar de unas supuestas ventajas. Desde entonces, varios varones han declarado en redes sociales que iban a cambiar su sexo para obtener los «beneficios de las mujeres».
Esto podría suponer un fraude de la ley, que se regula en el art. 6 del C.Civil: Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.

Los datos hablan por sí solos. Según los datos a los que ha tenido acceso El Debate, solamente en el Registro Civil de La Coruña, durante la 1ª semana tras la aprobación de la ley, la cifra de hombres que pidieron cambiar su sexo supera en más de 40 casos a las mujeres. 
En el de Oviedo hubo 4 peticiones, todos deseando cambiarse a sexo femenino.
Los datos no están del todo claros, pero lo que sí aseguran es que la mayor parte de los cambios de género son de hombres. En este sentido, en Sevilla hubo 1 sola petición, pero, a consecuencia de la huelga de los Letrados de Administración de Justicia, no se pudo formalizar. 
En Granada se contabilizaron 2 cambios de la misma condición.

En este sentido, también han aumentado las llamadas telefónicas para pedir información, pero para los funcionarios no está siendo fácil, ya que no tienen más instrucciones que las que envió la Dirección General de la Fe Pública y Seguridad Jurídica el día que entró en vigor, después de que denunciasen la falta de instrucción.
La formación que les proporcionaron fue «insignificante» porque se limitaron a citar 5 artículos de la ley y un folleto del Ministerio de Igualdad, donde lo que hay son unos enlaces colectivos LGTBI, explica el presidente del CSIF.
Los funcionarios de Justicia también temen a la posibilidad de ser «castigados» por cualquier apreciación de fraude. Y es cualquier administración que dificulte u obstaculice el ejercicio de los derechos que derivan de esa ley puede tener una multa de hasta 150.000 €. 
Con lo cual «parece muy claro que no se puede cuestionar el tema».

Los motivos por los que se puede desheredar a un hijo en España

 Más Información: 
¿Herencia o donación en vida?
El Código Civil recoge algunos supuestos en los que es posible desheredar legalmente a un hijo, aunque es un proceso complejo y que habrá que probar.

Paola Vargas López,18/03/2023 
Para desheredar a un heredero legítimo como un hijo en España no será suficiente con incluir esta decisión expresamente en el testamento, sino que será necesario especificarlo, señalando las causas probadas por las cuales se ha tomado tal decisión.

No es un proceso sencillo, puesto que, en principio, los hijos deben de acceder como mínimo a la herencia legítima que supone al menos 2/3 partes de los bienes del fallecido. Eso sí, en este sentido hay matices, puesto que dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, esta proporción puede variar, como es por ejemplo el caso de Cataluña, en el que esa proporción es el 25%.

Se puede desheredar a un hijo en España
Ya se han dado sentencias al respecto en nuestro país, como la de la A.P. de Barcelona, sentencia 264/2022 en la que se confirmó la desheredación del demandante, pero condena al demandado a abonarle los gastos de sepelio que fueron pagados por el demandante.

Los hechos que la motivan responden a la instalación de un hijo junto a su pareja en la vivienda familiar por la fuerza y en contra de la voluntad del progenitor, realizando, además, operaciones sin autorización en la cuenta bancaria de su madre.

Estos hechos fueron motivo suficiente para desheredar a un hijo. 
Sin embargo, también alumbra otro: “el maltrato grave al testador, a su cónyuge o conviviente en pareja estable, o a los ascendientes o descendientes del testador”. La sentencia, al respecto, apunta al maltrato psicológico o emocional de la doctrina del Tribunal Supremo, que reconoce este comportamiento en situaciones de descalificaciones, humillaciones, discriminación, ignorando o menoscabando sus sentimientos.

En que casos se puede desheredar a un hijo
Los art. 756 y 853 del C.Civil regulan los motivos que justifican la decisión de un testador para desheredar a un hijo legalmente. Aparte de darse al menos 1 de los siguientes motivos, el testador tendrá que haber dejado un testamento escrito en el que se exprese directamente la voluntad de desheredarlo, los motivos por los que se ha llegado a tal deseo y demostrarlo mediante pruebas fehacientes.

Estos son los supuestos en los que si un hijo ha cometido alguno de ellos, puede ser desheredado:
Que el hijo con amenaza, fraude o violencia haya obligado al testador a hacer un testamento o cambiarlo.
Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al fallecido.
Que el hijo le haya negado al padre o madre testador el sustento cuando este estaba necesitado, sin motivo legítimo.
El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de 1 mes a la justicia cuando ésta no hubiera procedido ya de oficio
Que algún tribunal haya admitido como razón el maltrato psicológico que supone abandonar las relaciones y no mostrar interés alguno por el progenitor.
Tratándose de la sucesión de una persona con discapacidad, las personas con derecho a la herencia que no le hubieren prestado las atenciones debidas, entendiendo por tales las reguladas en los art. 142 y 146 del C.Civil.

¿Se puede desheredar a un hijo por abandono?
El C.Civil no recoge el abandono como causa expresa para que un progenitor desherede a un heredero legítimo. Lo que si recoge es el maltrato psicológico, por lo que en este sentido si un progenitor se siente abandonado porque no lo visitan o le impiden la relación con sus nietos, se podrá considerar un motivo para desheredar.

Eso sí, la falta de esa relación familiar para sentirse abandonada ha de ser:
Continuada.
Únicamente imputable al desheredado.
Que haya provocado menoscabo físico o psíquico al testador de una entidad considerable.

La colegiación de los abogados no es obligatoria en algunos países

Juan Perán
18/3/2023 
El autor, delegado del Sindicado de Abogados explica en su columna como funciona la colegiación en 10 de los países más importantes. En algunos es voluntaria y en otros obligatoria y hace una serie de reflexiones al respecto. 
Este artículo pretende informar de cómo funcionan varios países de nuestro entorno cultural europeo en lo relativo al acceso para el ejercicio de la abogacía, la obligación de estar colegiados, con breve referencia a su regulación.
También se menciona a Estados Unidos y Japón por su interés comparativo.

ESPAÑA
En España, la colegiación de los abogados en un colegio profesional de abogados está regulada por la Ley de Colegios Profesionales (Ley 2/1974, de 13 de febrero), que establece la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la abogacía.
Además, el R.D. 135/2021, de 3 de marzo, por el que se aprueba el vigente Estatuto General de la Abogacía Española, establece las normas deontológicas y de régimen interior de la abogacía, y en sus art. 7 y 9 señala que el ejercicio profesional de la abogacía está sujeto a la colegiación en un Colegio de abogados.

Por otro lado, la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales, establece los requisitos necesarios para el acceso a la profesión de abogado, entre los cuales se encuentra la colegiación en un colegio profesional de abogados.

Por tanto, en España, la obligatoriedad de la colegiación de los abogados en un colegio profesional de abogados está fundamentada en la Ley de Colegios Profesionales, el Estatuto General de la Abogacía Española y la Ley sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

¿Cómo funciona en los países de nuestro entorno? Continua AQUÍ

domingo, 19 de marzo de 2023

La ley de violencia contra la mujer discrimina a los hijos de padres asesinados.

La ley que protege a las víctimas de violencia de género acaba en Europa por discriminar a los hijos de padres asesinados.
Una asociación denuncia la norma ante la Comisión por reservar el escudo fiscal dispuesto a favor de los huérfanos a los de «mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer»
Entiende que supone «una grave discriminación fiscal, por razón de sexo, hacia los hijos de hombres asesinados por sus mujeres».

BRUNO PÉREZ, Madrid, 18/03/2023
Desde hace poco menos de 1 año los hijos de las mujeres asesinadas en casos de violencia de género disponen de un escudo fiscal que les exime del pago de casi cualquier obligación tributaria derivada de la herencia de los bienes y activos que les corresponden por tan dramáticas circunstancias. Este nuevo beneficio fiscal, incluido en la Ley Orgánica de Mejora de la Protección de las Personas Huérfanas Víctimas de la Violencia de Género impulsada por el Grupo Socialista y aprobada de forma definitiva en marzo de 2022, buscaba resolver el problema generado por el cobro en forma de bienes -muchas veces inmobiliarios- de las indemnizaciones legales que les corresponden a los herederos, lo que, según el Grupo Socialista, impulsor de la norma, suponía «una importante carga económica para estos (los herederos), que puede incluso impedir la liquidación de la indemnización, al no poder instrumentarse de este modo», principalmente por la obligación de pagar la Plusvalía Municipal.

El asunto es que a la hora de regular la cuestión el PSOE optó por una redacción que reservaba el beneficio fiscal a los hijos de «las mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer», de modo que sobre el papel dejaba fuera las situaciones de orfandad generadas por asesinatos de hombres a manos de mujeres. El grupo parlamentario de Vox intentó corregir esa limitación en la tramitación parlamentaria de la proposición de ley del Grupo Socialista tanto en el Congreso como en el Senado sin conseguir nada en ninguno de los casos.

Denuncia en Bruselas
Ahora, ha sido la Federación Nacional contra el Impuesto de Sucesiones (Fencis) la que ha decidido tomar cartas en el asunto y denunciar ante la Comisión Europea lo que consideran como «una grave anomalía en las leyes españolas, con una clara y alevosa discriminación de los hijos de padres asesinados por mujeres».
«Tras esta clase de crímenes los hijos, menores o no menores, quedan en una situación de especial vulnerabilidad», explica a ABC Juan Carlos Valverde, presidente de Fencis. 
«Y esta situación es exactamente la misma con independencia de que la víctima sea el padre o la madre», subraya.

La carta remitida a Bruselas, que pide amparo para proteger de forma igualitaria a todos los afectados, recuerda que 22 hombres fueron asesinados por mujeres que eran su pareja o ex pareja entre 2016 y 2018 (fueron 151 mujeres en ese periodo) y que en una extrapolación básica el régimen fiscal denunciado habría dejado sin protección a unos 16 menores.

Un estudio del Registro de Asesores Fiscales concluye que los contribuyentes en los tramos más altos de renta se ahorrarán 189 € en el impuesto al desgravarse la subida de sus cotizaciones sociales.
La denuncia contra el Reino de España por esta situación interpuesta por Fencis insta a la Comisión Europea a «investigar y depurar las infracciones correspondientes» por «vulnerar los derechos fundamentales» a la igualdad y la no discriminación que consagra la Constitución.

Al margen de la denuncia remitida a la Comisión por vulneración de derechos constitucionales y reconocidos en los tratados, la federación se ha puesto en contacto con el comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, para solicitarle amparo. La carta remitida a la Comisión recuerda que Reynders ha manifestado que «todos los niños de la UE tienen derecho a la misma protección y acceso a servicios clave, independientemente de su origen» y que «sin embargo, 1 de cada 3 niños de la UE ha sufrido algún tipo de trato diferenciado.» 
Según la asociación esto está ocurriendo en España con los beneficios fiscales a los huérfanos por violencia de género.

«Lo que se reclama, es una intervención justa, racional y de escasa repercusión económica para las arcas municipales», insiste Valverde, que subraya el desconocimiento generalizado que en los ayuntamientos existe de este beneficio fiscal que podría no estar aplicándose por pura ignorancia.
La norma prevé la exención fiscal del impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas, del de actos jurídicos documentos y de la plusvalía municipal en estos casos, pero desde la asociación se solicita igualmente que se extienda al Impuesto de Sucesiones para evitar cualquier carga fiscal a los afectados por este tipo de situaciones. La ley de violencia de género discrimina a los hijos de hombres asesinados.