sábado, 3 de agosto de 2013

Calparsoro pide ser muy cuidadoso con la aplicación de la custodia compartida

Efe | Bilbao |sábado 03/08/2013 

El fiscal Superior del País Vasco, Juan Calparsoro, ha alertado de que habrá que analizar "con mucho cuidado" cada caso concreto antes de determinar una custodia compartida porque "va a condicionar, sobre todo, la vida de los menores".
El Consejo de Ministros ha aprobado este mes el anteproyecto de ley que regula la custodia compartida en caso de nulidad, separación y divorcio del matrimonio, eliminando la "excepcionalidad", de manera que será el juez el que determine qué forma de guarda es la más conveniente en cada caso atendiendo al interés del menor. 
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha explicado que el juez podrá estimar la custodia compartida, incluso en contra de los progenitores.
Calparsoro ha manifestado que, en principio, el planteamiento de la custodia compartida le parece "bien", aunque ha constatado que este asunto genera una importante controversia social.
El fiscal ha advertido de que esa modalidad "va a condicionar la vida de los progenitores" después de su ruptura pero, "sobre todo, va a condicionar la vida de sus hijos" y por ello, ha opinado, hay que "cuidar mucho que no vaya a suponer un perjuicio para sus hijos".
A su juicio, "habrá que adoptar precauciones y buscar garantías para que no se establezca una custodia compartida en detrimento de los menores", ha estimado.
Si el anteproyecto "va en el camino de la corresponsabilidad" de ambos progenitores "y en el camino de la igualdad, respetando los derechos de todos", irá en la buena dirección, ha opinado.
En los casos en que la pareja no alcance un acuerdo respecto a la custodia y tenga de decidirlo un juez, Calparsoro ha destacado que esa resolución "siempre estará fundada en informes técnicos detallados de servicios psico-sociales o testimonios de personas cercanas a la familia" para analizarlo "con más detenimiento en caso".
 

obtener y registrar con éxito el certificado energético de la vivienda

principales pasos para obtener el certificado energético con éxito

pasos a seguir para.............

Viernes, 2 Agosto, 2013 -  Por pmartinez-almeida@idealista
principales pasos para obtener el certificado energético con éxito

el certificado energético sigue siendo un desconocido para los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda. Si el particular quiere obtenerlo con éxito necesita seguir un proceso. El 1º paso es contactar con un certificador autorizado que se puede encargar de todo el proceso: inspeccionar la casa, redactar el certificado, entregarlo y registrarlo en el organismo autonómico correspondiente. 
El último paso es la obtención de la etiqueta energética, un requisito que se debe adjuntar obligatoriamente en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda
Los pasos a seguir para obtener con éxito el certificado energético son los siguientes:
1.- contactar con un certificador autorizado: en los colegios de diferentes profesiones, como arquitectos o aparejadores, hay un listado al que acudir para elegir a un certificador
2.- recepción del encargo por parte del certificador y trabajo previo de toma de datos: el certificador recibe el encargo y antes de visitar la vivienda recopila datos importantes, como la dirección exacta para obtener la ficha catastral de la casa y así conocer la superficie aproximada del inmueble, la antigüedad o geometría. 
Además, tal y como señala xabier villar, experto de la firma de certificaciones certer, antes de acudir a la casa, solicitan al propietario la disponibilidad de facturas energéticas y de datos relativos a obras de reforma que se hayan ejecutado
3.- inspección de la vivienda: el certificador visita la vivienda para tomar datos principalmente de la superficie, envolvente, huecos, instalaciones, orientación de la vivienda, etc.
4.- redacción del certificado: con la toma de datos el certificador redacta el certificado utilizando un programa informático reconocido por el ministerio de industria, como el calener
5.- entrega del certificado: el propietario de la vivienda debe presentar una copia del certificado firmado por un técnico competente en el registro de certificados de eficiencia energética de su comunidad autónoma. Sin embargo, el técnico puede presentarlo en nombre del propietario si este le autoriza a ello, tal y como recuerda xabier villar
6.- registro del certificado energético: el registro de la comunidad autónoma entrega al interesado el nº de registro de su certificado y, en la mayoría de los casos, la etiqueta energética que tendrá que adjuntar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del inmueble. 
No obstante, según xabier villar, en el caso de andalucía la junta entrega el nº de registro pero no la etiqueta energética, con lo que es el propietario el obligado a conseguirla por otros
recordamos que el propetario de la vivienda (y no la inmobiliaria que la comercializa) es el responsable único de publicitar su casa sin la etiqueta energética . Por otro lado, a finales del pasado mes de junio se publicó el régimen sancionador del certificado energético. Las infracciones serán leves, graves o muy graves y las multas irán de 300 a 6.000 euros. Por ejemplo, será caso de infracción publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación de eficiencia energética o exhibir la etiqueta energética sin el formato y contenido mínimo legal

viernes, 2 de agosto de 2013

El infierno de Daniel Pelka, el niño de 4 años golpeado hasta la muerte por su madre y su padrastro


Imagen del pequeño Daniel Pelka (West Midlands Police) 
El infierno de Daniel Pelka, un niño de 4 años de Coventry (Inglaterra), terminó el año pasado. 
Un infierno que incluía la negación de comida, golpes, lesiones y palizas, como esa última que fue la que acabó con su vida ese fatídico 2 de marzo de 2012.
Un cruel y constante maltrato por parte de su madre y su padrastro que hizo que el pequeño apenas pesase 10.7 kilos en el momento de su fallecimiento, a pesar de que la pareja lo achacó a un desorden alimenticio.
Meses de desnutrición y sufrimiento en los que Daniel fue encerrado en una habitación sin picaportes, alimentado con sal cuando pedía algo de beber, privado de comida y obligado a defecar en su propia cama. Una situación que le obligó a coger comida de la basura en la escuela e incluso a intentar robársela a otros compañeros.

Los culpables de tamaña fechoría tienen nombre y apellido. Magdelena Luczak, de 27 años, y Mariusz Krezolek, de 34, madre y padrastro del niño respectivamente que llegaron desde Polonia a Inglaterra en el año 2006.
Transformaron a Daniel que era un chico maravilloso en un saco de huesos básicamente. Le golpearon y le dejaron solo en su habitación durante 2 días, a morir por su cuenta”, reveló Chris Hanson, de la West Midlands Police.
Magdelena Luckaz, la madre de Daniel (West Midlands Police)

Y es que 14 meses antes de su muerte, el niño apareció en clase con un brazo roto, que ahora está siendo investigado por las autoridades.
No fue el único síntoma de que algo iba mal en la casa de Daniel. Durante las últimas semanas de su vida, tenía los ojos negros constantemente y su profesor le examinó por tener moratones en el cuello.
Solo 22 días antes de morir, el niño acudió a un pediatra de la comunidad por su demacrado y desmejorado aspecto. Pero nadie pudo evitar el fatal desenlace.
Esa última paliza que Daniel ya no pudo soportar y que le produjo la muerte tras un golpe en la cabeza que le causó un traumatismo craneal.
Ahora, más de 1 año después del trágico deceso, el Juzgado de lo Penal de Birmingham ha declarado culpable a la pareja de la muerte del niño. 
El viernes se anunciará la sentencia.
Una decisión que ha llenado de alegría al padre biológico del pequeño que espera que ambos pasen el resto de su vida entre rejas, según contó a Sky News. 
Parece que Daniel Pelka podrá, por fin, descansar en paz.

La Audiencia Nacional considera que la ley de tasas judiciales podría vulnerar la Constitución

El Gobierno canario ha decidido interponer recurso de inconstitucionalidad contra la imposición aplicada por el Ministerio de Justicia.

Protesta contra las tasas judiciales. -EFE


 Protesta contra las tasas judiciales. -EFE

AGENCIAS Madrid/Santa Cruz de Tenerife 01/08/2013
La Audiencia Nacional considera que la ley de Tasas Judiciales contiene elementos "que pueden considerarse inconstitucionales" al dificultar el acceso a la jurisdicción y a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, la sección 7 de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la  Audiencia  Nacional  opina que la norma "puede infringir el art. 24.1 de la Constitución" en alusión al derecho de los ciudadanos a la tutela efectiva de los jueces y tribunales. 
En este sentido, el tribunal explica que "se entiende que este derecho fundamental de la persona queda conculcado, no por la exigencia del pago de una tasa, sino por las consecuencias procesales y sustantivas derivadas de la falta de dicho pago".
El tribunal responde así al recurso contencioso-administrativo interpuesto el pasado 9 de abril por la asociación de gestión de multas Dvuelta contra la modificación de la Ley de Tasas, en el que pide a la Audiencia Nacional que plantee cuestión de inconstitucionalidad por presunta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
La exigencia de una tasa, dentro de ciertos límites y procedimientos y circunstancias, "es perfectamente constitucional", explica el tribunal, "lo que puede no ser constitucional, es que el pago de dicha tasa, condicione: 1º, la posibilidad de acceder a la jurisdicción; y 2º la posibilidad de obtener la tutela judicial". "Son estas 2 consecuencias inevitables si no se pagan las tasas, las que se pueden considerar inconstitucionales", precisa.
"No puede ser constitucional que el pago de la tasa condicione el acceso a la jurisdicción y la obtención de tutela judicial" 

Continua el artículo aquí 
 

¿ Hacia la custodia compartida...?

JOSÉ M. CLAR |1/ago/13



La nueva Ley de Corresponsabilidad Parental, cuyo anteproyecto aprobó el Consejo de Ministros el pasado día 19 de julio, elimina la excepcionalidad de la custodia compartida tras un proceso de nulidad, divorcio o separación, de manera que será el juez quien determine qué forma de guarda es la más conveniente para el menor, incluso cuando los progenitores estén en contra o no la pidan. Es decir, la custodia compartida dejará de ser "excepcional", como así se contempla actualmente en el Código Civil, para pasar a ser "preferente".
La futura ley supondrá una reforma del Código Civil al equiparar la custodia compartida a la monoparental en los casos de divorcio o separación. Hasta ahora la ley (art. 92 del Código Civil) sólo contempla la custodia compartida si existe acuerdo entre los padres o, excepcionalmente, si lo reclama uno de ellos y existe un informe fiscal favorable. 
Algo que, en la práctica, ataba de manos a los jueces y contra lo que ya se ha pronunciado el Tribunal Constitucional.
El antecedente más inmediato a la nueva ley lo tenemos en la sentencia de 29 de abril de 2013, de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que en su fallo decía: habrá de considerarse normal, e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aún en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto y en cuanto lo sea. 
Con esta sentencia, el Gobierno ha visto allanado el camino hacia la reforma del Código Civil y que vendrá a romper con el carácter excepcional que dicho modelo de guarda y custodia tiene en nuestro ordenamiento.

La custodia compartida es el régimen que mejor se ajusta a un modelo de convivencia en el que el padre y la madre comparten derechos y obligaciones. 
Un modelo que en la práctica -no nos engañemos- es tremendamente complicado, y mucho más en un contexto de crisis. Sólo es recomendable cuando los padres se llevan bien, y eso no ocurre habitualmente tras un divorcio. En todo caso, es indudable que las dificultades cotidianas habrían de resolverse, siempre que fuera posible, a través de la negociación entre iguales. Una negociación que no podrá perder de vista el interés superior del menor.
El régimen de custodia compartida es una medida que se ha hecho esperar desde hace muchos años pues actualmente en un 90% de los procesos matrimoniales la custodia de los hijos menores se atribuye de forma exclusiva a la madre, limitando la figura del padre, porque los jueces ni siquiera justifican por qué le dan la custodia a la madre
Una injusta medida que hace que los niños pierdan la referencia del padre y que a éste se le prive de su derecho a seguir siendo padre tras el divorcio. 

Por consiguiente, la custodia compartida tendría que ser el modelo hacia el que debería tender nuestro Derecho de Familia en cuanto que es el que mejor garantiza la igualdad de ambos progenitores y en cuanto que, entre otras cuestiones, mejor puede facilitar que tanto el padre como la madre puedan conciliar su vida profesional con la personal y familiar. 
Una conciliación que permitirá satisfacer de manera más plena los intereses y necesidades de los menores.
La nueva ley se completará con otras medidas acertadas: la pensión por alimentos ya no prescribirá, necesariamente, con la mayoría de edad del hijo, sino cuando así lo aconsejen las circunstancias económicas de los mismos; los condenados por violencia machista no tendrán la guardia y custodia de los menores, e igualmente, cuando el juez aprecie indicios fundados de que el padre es un maltratador tampoco obtendrá la custodia del menor, aunque no exista denuncia por malos tratos.

5 claves financieras para enfrentar un divorcio

claves financieras para enfrentar un divorcioDesde los divorcios de las celebrities -en los cuales hay mucha plata en disputa- hasta las separaciones de los matrimonios más humildes, el papel de los bienes y las propiedades es central.
Los divorcios no sólo afectan desde el lado emocional  de cada una de las partes, sino que también generan cambios -a veces drásticos- en la situación financiera de alguno de los dos.
A continuación, 5 consejos prácticos para salir bien parado de este mal momento:
Cuidado con los gastos
Es normal que, cuando se atraviesa un  divorcio, uno sea víctima de sus emociones. Tal vez se encuentra deprimido o confundido. Muchas veces, estos sentimientos negativos, tratan de combatirse con bienes materiales. Los gastos excesivos, si bien los disfrutará algún tiempo, no tienen nada que ver con su evolución emocional. Además de estar triste por haberse divorciado, tendrá muchas cuentas que pagar, lo que agravará la situación.
Ud no se divorcia de las deudas
Es probable que durante su matrimonio haya contraído deudas en su tarjeta de crédito. El enfrentar un divorcio no significa que éstas también se dividirán. Es probable que su gasto del dinero se focalice en los abogados, por lo cual lo que destine a pagar las deudas será un monto menor. Si su deuda de tarjeta de crédito es más de lo que será capaz de pagar, ud podría llegar a un arreglo con las compañías de tarjetas de crédito para saldar su déficit por una cantidad menor de lo que realmente debe.
Déjese ayudar
En el caso de que sus cuentas no cierren, no tenga miedo de pedir ayuda. 
Es un momento difícil para ud, por lo cual sus seres queridos le querrán dar una mano. Además del apoyo moral y psicológico que puede necesitar, debería considerar el apoyo financiero como uno de ellos,  si es que lo necesita.
No acepte el “mitad y mitad”
Un reparto equitativo de los bienes conyugales no es necesariamente una distribución justa. Debe conversar con sus abogados para pedir lo que le corresponda. 
En especial para algunas mujeres, el potencial de ingresos es grande porque, en muchos casos, han dejado los estudios o el trabajo para dedicarse a los hijos. 
De no tener ninguna salida laboral, tendrá que pensar que una división mitad y mitad no sería justa, ya que necesitará más dinero para sostenerse, especialmente si tiene hijos.
Propiedes, bienes y pensiones
A veces, en el afán de querer quedarse con todo -no por dejar sin nada a su ex pareja, sino porque el sentimiento de pertenencia a veces es muy fuerte- puede que tenga la necesidad de reclamar cada bien que compartió, pero recuerda que con éstos vienen con costes adicionales, responsabilidades e impuestos. Tenga en cuenta que tendrá que mantener todo lo que “gane”. Por eso, antes de meterse en la lucha por todos los bienes, piense bien cuáles son los que más le interesa conservar y los gastos supondrán.

Rumores de divorcio para Michael Douglas y Catherine Zeta-Jones



La pareja pondría fin a 13 años de relación y varias crisis matrimoniales




Rumores de divorcio para Michael Douglas y Catherine Zeta-Jones
revista star»
Catherine Zeta-Jones y Michael Douglas ponen punto y final a su matrimonio. 
Catherine Zeta-Jones y Michael Douglas han decidido poner fin a su matrimonio y firmar el divorcio
La revista estadounidense «Star» asegura en su portada que la separación le costará al actor la escalofriante cifra de 300 millones de dólares. 
La pareja era uno de los matrimonios más consolidados de Hollywood e iban a celebrar su XIVª aniversario en unos meses. Aunque los rumores sobre su distanciamiento estuvieron siempre presentes, lo cierto es que la pareja parecía apoyarse mutuamente en los momentos dificiles de ambos. 
Catherine abandonaba hace pocos meses la clínica psiquiatrica en la que se estaba tratando su bipolaridad. A su salida tuvieron que hacer frente a la polémica que surgió tras las declaraciones de Douglas sobre el origen sexual de su cáncer de garganta.

jueves, 1 de agosto de 2013

Un anuncio atípico sobre la menstruación triunfa

La campaña, divertida e irónica, ya tiene más de 2 millones de visitas en Youtube.

EL PERIÓDICO / Barcelona /Miércoles, 31 de julio del 2013
"Es como Santa Claus para tu vagina", asegura la protagonista del 1º anuncio sobre la menstruación que rompe los tabús que protagonizan normalmente las campañas publicitarias sobre la regla. Tan directo es el vídeo que, en solo 3 días, se ha convertido en viral en internet, con más de 2 millones de visitas en Youtube.

El Anuncio
Acostumbrados a anuncios llenos de pudor y falsos tópicos, este vídeo pretende contar las cosas como son desde un punto de vista divertido e irónico. Así, la campaña habla de una forma natural y sin tabús de la regla, normalizando la llegada de la menstruación.
El vídeo presenta la historia de una niña de unos 12 años a la que, durante un campamento de verano, le viene la regla: "Era una perdedora, nadie me conocía en el campamento. Entonces las cosas cambiaron. Me vino la regla, ¡la insignia roja del coraje!". 
La protagonista, que se convierte en una especie de 'guía de la menstruación' ('Camp Gyno') de sus compañeras, se decepciona cuando las niñas descubren HelloFlo, la empresa que ha encargado el anuncio --que envia a domicilio tampones, compresas y golosinas para pasar el periodo-- que hace que su enorme y recién adquirida popularidad desaparezca.

Esposa despechada con ataque de celos

yahoo.com/ 1 de Agosto del 2013
Cogió un palo de golf del marido y con calma y precisión casi quirúrgica le destrozó el coche. Ha sucedido en el Bronx, en Nueva York, y la protagonista es una esposa despechada con un ataque de celos que dio todo un espectáculo a docenas de atónitos vecinos. 
Uno de ellos fue el que colgó este vídeo en YouTube. 
Según asegura, la policía detuvo a la mujer poco tiempo después.

miércoles, 31 de julio de 2013

Alcobendas: VPO para jóvenes

Se abre el plazo para solicitar una vivienda de alquiler con opción a compra para jóvenes en Alcobendas
Ser. madrid norte.com/- Alcobendas |30/07/2013
Se abre el plazo para solicitar una vivienda de alquiler con opción a compra para jóvenes en Alcobendas
El ayuntamiento de Alcobendas ha abierto el plazo hasta el 16 de septiembre para solicitar una de las 77 viviendas de alquiler con opción a compra para jóvenes en el Paseo de la Chopera. El sorteo se realizará el próximo 16 de diciembre y las viviendas se entregarán en el 2º semestre de 2014.
Para acceder a esta promoción es necesario estar inscrito en el Registro Permanente de Solicitudes de Vivienda de Emvialsa, así como en la Lista Única de Alquiler con Opción a Compra para Jóvenes de la Comunidad de Madrid. 
Estas viviendas van dirigidas a jóvenes que hayan nacido con posterioridad al 16 de diciembre de 1979. 
En cuanto al mínimo de ingresos, el importe de la renta de la vivienda adjudicada más los gastos por alquiler no pueden superar el 30 % de los ingresos de la unidad familiar. 
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 16 de septiembre en la oficina de Emvialsa de la Avenida Doctor Severo Ochoa, 45.

El CERMI pide la discapacidad no suponga discriminación sobre la custodia de los hijos



MADRID,(EUROPA PRESS)|la informacion.com|30/07/13 -
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) han planteado al Ministerio de Justicia una serie de propuestas con destino al anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la Corresponsabilidad Parental en caso de nulidad, separación y divorcio, con el fin de que la discapacidad no suponga en ningún caso discriminación o trato desfavorable en la decisiones judiciales sobre patria potestad o guardia y custodia de los hijos, en los supuestos de rupturas matrimoniales.

En un documento de propuestas al anteproyecto de ley citado, el CERMI reclama que en el nuevo texto legal "se incluyan disposiciones explícitas que prohíban cualquier discriminación o trato menos favorable por razón de discapacidad en alguno de los progenitores a la hora de decidir o acordar medidas en relación con el régimen de vida, la atención, la asistencia y el cuidado los hijos".
Estas propuestas responden al hecho de que son "muy numerosas" las quejas de padres y madres con discapacidad que como consecuencia de una ruptura matrimonial han salido perjudicados por motivos de su discapacidad, al favorecer los jueces a los progenitores sin discapacidad en las medidas que dictan sobre la patria potestad y la guardia y custodia de los hijos, según ha denunciado el CERMI.
En este sentido, concluye que "la concurrencia de discapacidad en uno de los progenitores, en estos supuestos, suele operar como factor contrario a la igualdad de oportunidades, ocasionado situaciones de discriminación que hay que erradicar, para lo cual se plantea que el nuevo régimen legal que ahora se pretende modificar acoja expresamente la no discriminación por razón de discapacidad".

Detenidas cuatro mujeres por simular ser víctimas de violencia de género

Cuatro mujeres han sido detenidas por agentes de la Policía Nacional de Vélez-Málaga por falsificar presuntamente certificaciones como víctimas de violencia de género para cobrar ayudas, y han sido imputadas por los delitos de falsedad documental y estafa al Servicio Público de Empleo.
Dentro de la investigación, los agentes pudieron determinar que una mujer, de 31 años, acogiéndose a las ayudas extraordinarias para personas con gran dificultad para encontrar trabajo y en situación de necesidad económica, había tramitado un expediente de Renta Activa de Inserción por ser supuesta víctima de violencia de género.
Para ello, había presentado una serie de certificados del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de la Concejalía de Acción Social y Familia del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, según ha informado hoy en un comunicado la Policía.
Las gestiones policiales practicadas permitieron descubrir que esta misma persona había tramitado expedientes iguales para otras 3 mujeres a las cuales les cobraba una comisión por facilitarles la documentación, y de esta forma, obtuvieron la ayuda determinada por la actual legislación, que supone unos 400 euros mensuales.
Los agentes comprobaron que dichas certificaciones habían sido falsificadas en su totalidad y que los asistentes sociales encargados de estas personas, no sólo no habían atendido a las mismas, sino que no habían expedido los imprescindibles certificados para la tramitación de los respectivos expedientes.
Las detenidas, 4 mujeres de unos 30 años de edad, vecinas de Vélez-Málaga, habían logrado obtener las citadas ayudas durante varios años, consiguiendo en algunos casos hasta 10.000 euros por este procedimiento.
Las detenidas, junto al atestado policial instruido, han pasado a disposición del Juzgado de Instrucción de la localidad y la Policía continúa con las investigaciones para el total esclarecimiento de los hechos y la posible implicación de otras personas.

martes, 30 de julio de 2013

¿Quieres trabajar en Europa?


NUEVA WEB DE LA UDA, CON TODAS LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN
La Unidad de Apoyo de la Representación Permanente de España ante la UE ha inaugurado un nuevo espacio Trabajar en la UE en la nueva página web de la Representación Permanente de España ante la UE. 

En este espacio, gestionado por la Unidad de Apoyo a la presencia de españoles en las Instituciones de la UE, se ofrece información actualizada sobre: Procesos selectivos y Actividades formativas para acceso a la Administración de la Unión Europea, Expertos nacionales, Prácticas profesionales y otra información de interés. 
Como novedad, la web destaca la convocatoria de la Actividad de formación para la preparación de la fase de selección (Centro de evaluación) de los concursos EPSO para Administradores de perfil Generalista y especialista en los ámbitos de Macroeconomía, Salud Pública y Técnicas de construcción, que se celebrará en septiembre y cuyo plazo de inscripción está abierto; la publicación de nueva convocatoria de plazas para expertos nacionales en la CE, y la apertura de plazo para realizar, ya en 2014, prácticas profesionales en la Comisión Europea, el Parlamento, el Consejo y el Comité de las Regiones.

Los ayuntamientos se quedan sin competencias en Servicios Sociales

www.ser madrid sur.com/29/07/2013
Los ayuntamientos se quedan sin competencias en Servicios Sociales Los ayuntamientos se quedan sin competencias en Servicios Sociales
El mayor impacto de esta reforma será la eliminación de numerosas competencias que los ayuntamientos ofrecen a los ciudadanos en la última década y que ahora tendrán que ser asumidas por las comunidades autónomas, administración que también está sufriendo en sus cuentas esta crisis económica.
Desde la Comunidad de Madrid ya han calculado que el nuevo reparto de competencias supondrá un gasto adicional para las arcas regionales de 1.100 millones de euros. 
La nueva ley recoge la posibilidad de que el gobierno regional ceda la gestión de las competencias pero se encargue de su financiación.
La reforma, que deberá ponerse en marcha en 2015 y coincidiendo con las elecciones municipales y autonómicas, restringe las funciones municipales al urbanismo, el medio ambiente, tráfico y transporte, calles, policía local, bomberos y protección civil. Los ayuntamientos seguirán encargándose del mantenimiento de las escuelas infantiles, el deporte, la cultura y el turismo.
El gran recorte de competencias se produce en Servicios Sociales, donde sólo podrá “evaluar e informar de situaciones de necesidad social” y atender de manera inmediata a vecinos en situación o riesgo de exclusión.
Los ayuntamientos sólo podrán asumir otras competencias si certifican que le sobra dinero y que el servicio que quieren ofrecer no está ya cubierto por la Comunidad de Madrid.
Uno de los puntos más polémicos de la reforma, el “coste estándar” – que fijaba un coste base para cada uno de los servicios- se sustituye finalmente por el “coste efectivo”.
La reforma tiene que ser tramitada en el Parlamento, por lo que aún podrá sufrir modificaciones y enmiendas.

lunes, 29 de julio de 2013

Partido Popular:Sobre la Liquidación de los Bienes Gananciales tras el divorcio

Del Anteproyecto de Ley aprobado sobre Responsabilidad Parental.
Se modifica el artículo 808, que pasa a quedar redactado de la siguiente manera:
«1. En la propia demanda de nulidad, separación o divorcio, cuando la liquidación del régimen económico matrimonial no se hubiera realizado con anterioridad y los cónyuges no estuvieran de acuerdo sobre ella, deberá instarse la formación de inventario, incorporando una propuesta en la que, con la debida separación, se harán constar las diferentes partidas que deban incluirse en el inventario con arreglo a la legislación civil. 

Igualmente aportará una propuesta de liquidación del régimen económico matrimonial en los términos del artículo siguiente y un plan provisional sobre el régimen de administración y disposición de los bienes gananciales o comunes que se incluyan en el inventario, y de los bienes privativos que estuvieran especialmente afectados a las cargas familiares, así como sobre la rendición de cuentas que deba realizarse al finalizar el mismo, para que sea observado hasta que se proceda a la liquidación definitiva del régimen económico matrimonial o a la división de la comunidad ordinaria. Se acompañarán los documentos que justifiquen las diferentes partidas
incluidas en las propuestas.

Incumplimiento del pago de pensiones de alimentos y regimen de visitas


En el Anteproyecto de ley sobre Responsabilidad Parental del PP.
Se modifica el artículo 776, que pasa a quedar redactado de la siguiente manera:
«Los pronunciamientos sobre medidas se ejecutarán con arreglo a lo dispuesto en el Libro III de esta Ley, con las especialidades siguientes:
1ª. Al cónyuge o progenitor que incumpla de manera reiterada las obligaciones de pago de cantidad que le correspondan podrán imponérsele por el Secretario judicial multas
coercitivas,
con arreglo a lo dispuesto en el art. 711 y sin perjuicio de hacer efectivas sobre su patrimonio las cantidades debidas y no satisfechas.
2ª. En caso de incumplimiento de obligaciones no pecuniarias de carácter personalísimo,
no procederá la sustitución automática por el equivalente pecuniario prevista en el apartado IIIº  del art. 709 y podrán, si así lo juzga conveniente el Tribunal, mantenerse las multas
coercitivas mensuales
todo el tiempo que sea necesario más allá del plazo de 1 año
establecido en dicho precepto.
3ª. El incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones derivadas del régimen de
estancia, relación y comunicación, tanto por parte del progenitor conviviente como del no
conviviente, podrá dar lugar a la modificación o suspensión por el Tribunal del referido régimen.

domingo, 28 de julio de 2013

¿Cuándo terminan las obligaciones económicas de los padres hacia los hijos?

el pais.com/ Madrid 19 JUL 2013


El Fin de las obligaciones paternas.
¿Cuándo terminan las obligaciones económicas de los padres hacia los hijos? ¿Cuándo se puede dejar de pagarles la pensión de alimentos? 
El anteproyecto aprobado por el Gobierno aclara el momento en que se considera que los descendientes son independientes y no necesitan las aportaciones de sus progenitores. 
Ese momento, como en la regulación actual, es el de la independencia económica, es decir, cuando el hijo disponga “de ingresos que le permitan costearse sus propias necesidades”, pero también “cuando esté en disposición y condición de procurárselos por sí mismo”, según la nueva redacción del art. 152 del Código Civil.
Pero ese mismo precepto aclara que esa independencia no se entenderá alcanzada —y por tanto los progenitores deberán seguir pagando— mientras:
1.- el hijo no haya terminado su formación, salvo que no lo haya hecho por su culpa, y, 
2.- una vez acabada, mientras se encuentre en “búsqueda activa de empleo”.   
Nota: Es decir, con la crisis económica hasta los 35 años.

La reforma también recoge el derecho de los menores a relacionarse, no solo con sus abuelos (algo ya permitido) sino también con otros parientes y allegados. 
En este último caso se trata de que no pierdan el contacto con los padrastros o madrastras a los que estuvieran ligados en caso de 2º divorcios.

La Custodia Compartida en España: Una Excepción más

el pais.com/ Madrid 27 JUL 2013
En la presentación del anteproyecto de ley de corresponsabilidad parental, el ministro Alberto Ruiz-Gallardón trató de trasladar un titular a los medios: “La custodia compartida deja de ser un régimen excepcional en España”, aunque luego matizó que tampoco se convertiría en el “preferente o general”. 
En realidad, las estadísticas aseguran que lo sigue siendo. Incluso en las comunidades con derecho propio y que han aprobado ya sus propias leyes sobre la materia. 
La norma general sigue siendo la de siempre: la atribución de los hijos a la madre.
1. Aragón. La pionera aprobación de la ley de custodia compartida en esta comunidad provocó un incremento de las rupturas que concluyeron con ese régimen de corresponsabilidad, al que el derecho aragonés da preferencia. Pero 2 años después de la aplicación, la custodia de la madre sigue siendo el régimen general. 
En 2010, de los 1.192 divorcios que se produjeron en Aragón (sin tener en cuenta las separaciones), 174 acabaron con custodia compartida y 1 año después en el 1º año completo en que la ley estuvo en vigor, ascendieron a 234 (de 1.206 divorcios). 
En ambos años la custodia materna era aún la más extendida: en 2010 se acordó en 928 rupturas de este tipo, y en 2011, en 887. La custodia paterna sigue siendo residual y no llega al centenar de casos, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
2. Cataluña. El derecho civil catalán no establece la preferencia de la custodia compartida pero, como en el anteproyecto de Gallardón, queda sujeta al único criterio del juez. Aun así, el régimen sigue siendo residual según las estadísticas. 
En los 9.682 divorcios celebrados, la madre fue la elegida para convivir con los hijos en 7.142 frente a los 2.014 casos en los que la custodia se otorgó a ambos progenitores, según los últimos datos del INE, relativos a 2011.
3. Comunidad Valenciana. El mismo patrón se sigue en los juzgados valencianos, en los que las custodias compartidas en divorcios durante 2011 fueron 949, muy lejos de las 5.540 guardas y custodias atribuidas a la madre. Como en toda España, la custodia al padre fue residual. Solo se acordó en 386 ocasiones. En total, los divorcios ese año fueron 6.875.

Los Informes Psicosociales dependeran del Juez de turno


el pais.com/ Madrid 27 JUL 2013 

Sobre los Informes Psicosociales en el anteproyecto de ley de corresponsabilidad parenta, apobado por el Gobierno del PP:
El Gobierno niega que el atasco pueda producirse en los equipos psicosociales de los juzgados de familia —que corresponden a las comunidades en caso de que tengan transferidas las competencias—. 
Los informes de esos equipos, según Justicia, “solo se solicitarán cuando el juez los considere necesarios”, porque ese documento “no se considera obligatorio para atribuir una u otra guarda y custodia sino como una prueba más a valorar”. Sin embargo, el juez Viguer opone que “la inmensa mayoría de los jueces de familia recurren a estos informes a la hora de decidir sobre la guarda y custodia; ya sea en el momento de la ruptura o más tarde, en la modificación de las medidas”. “El problema no es nuevo”, añade. “Hacemos leyes escandinavas pero nuestros medios son africanos

La falta de recursos atasca la futura custodia compartida

Los jueces temen una avalancha ante la reforma del ministerio de Gallardón. Aragón y la Comunidad Valenciana, con normas similares, sufrieron sendos colapsos.

el pais.com/Manuel Altozano Madrid 27 JUL 2013 
Es lo que sucede cuando se legisla sin dotar de fondos la nueva ley o cuando son otras Administraciones las que tienen que aportar esas sumas. Que su aplicación posterior por la Justicia produce disfunciones y retrasos. 
Jueces de familia vaticinan que la ley de corresponsabilidad parental cuyo anteproyecto aprobó el Gobierno la semana pasada generará una avalancha de demandas de padres solicitando la custodia compartida de sus hijos, lo que podría colapsar los juzgados y provocar grandes demoras debido a la falta de medios. Avisan de que esto fue lo que ocurrió en Aragón y la Comunidad Valenciana, las últimas comunidades que aprobaron leyes dando preferencia a este régimen de convivencia con los hijos.

 La reforma va a incrementar de manera importante la carga de trabajo de los juzgados de familia, que, en muchos casos ya están sobrecargados, lo que podría desbordarlos”, explica el juez de familia de Málaga José Luis Utrera. “En cuanto la ley entre en vigor esperamos una avalancha de padres reclamando la custodia compartida y eso no solo va a afectar a los juzgados, también a los equipos psicosociales”, añade Utrera. 
Se trata de unidades formadas por psicólogos y trabajadores sociales adscritas a los juzgados de las capitales de provincia a los que los jueces piden informes sobre las aptitudes de los progenitores y la relación de los menores con ellos antes de decidir con cuál de los padres convivirán o si lo harán —alternativamente, claro— con ambos. 
Con Utrera coinciden las magistradas, Teresa Martín Nájera, de Madrid, y Margarita Pérez Salazar, de Pamplona, que advierten del “efecto llamada” que puede generar la ley. 
Según Pérez Salazar, la inclusión de la custodia en el derecho foral navarro en 2011 ha provocado un aluvión de peticiones.

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