sábado, 6 de febrero de 2021

¿Cómo le decimos a los niños que nos vamos a divorciar?

Patricia Pérez Salinas, PSICÓLOGA, 05-02-2021
Los expertos en psicología dicen que la decisión de terminar con una relación es siempre un momento muy difícil para la pareja. Si además la pareja tiene hijos en común, la situación se complica. Es importante saber comunicárselo a los hijos de la mejor manera posible.
La cuestión que más preocupa a los padres en el momento de es la forma en la que tienen que comunicar a sus hijos la decisión de separarse, siempre con el objetivo de que sufran lo menos posible.
¿Cuándo hay que comunicárselo a los hijos?
Escoger el momento adecuado es, sin duda, muy importante. Lo 1º a tener en cuenta es que la decisión sea firme, es decir, que los padres estén completamente seguros de que ya no desean estar juntos. Para los niños es doloroso y muy perjudicial que los padres expongan estas cuestiones y sigan “intentando que funcione”. 
Cuando se comunica a los niños un divorcio, se ha de estar realmente seguros de que ese proceso está en marcha.
¿Qué tipo de cuestiones tienen que estar decididas antes de comunicar a los niños un divorcio?
Lo ideal es que, antes de comunicar a los niños un divorcio, la pareja consiga un acuerdo sobre todo en lo que va a afectar a la vida diaria de sus hijos. Por ejemplo, dónde van a vivir, con quién o qué tiempo van a pasar con cada uno. Hay que tener en cuenta que los niños van a hacer preguntas y los padres han de poderlas contestar. Porque al contestar a sus preguntas están dando la imagen de que es una decisión pensada, que no es un impulso, y que todo está controlado por los adultos.
¿Cómo se lo decimos?
A la hora de comunicar un divorcio hay una regla fundamental: no mentir. Muchas personas creen que tapando o mintiendo al niño se le protege de un daño. Esto salvo excepciones no es del todo cierto. Los niños captan más información de la que creemos, y tenemos que saber ayudarles a organizar su información y a dar forma a sus creencias. No es bueno decir que “papá va a trabajar en un sitio nuevo y por eso se va” cuando no es cierto, argumentos de este tipo solo producen en los niños inseguridad y falta de control.
Adaptando el lenguaje a su edad hay que decirles que “papá y mamá ya no se llevan bien o han dejado de quererse como novios, pero que seguirán siendo sus papas y le seguirán cuidando y queriendo
¿Cuándo es el mejor momento?
Una vez los padres han tomado la decisión de divorciarse, hay que buscar un momento tranquilo en el que no haya prisas, que la familia esté en casa relajada. Lo ideal es que ambos progenitores hablen juntos del tema. 
Con este gesto, se da a los niños una visión de unidad como padres. 
Lo correcto sería que se intercalaran los turnos. Es decir, que de forma general se les explicara la situación y que se les pidiera que hicieran las preguntas que crean oportunas.
¿Cuándo sería bueno que 1 de los 2 padres deje el hogar familiar?
Todos necesitamos un tiempo de adaptación para procesar la información y, por supuesto, los niños también. Hay que tener en cuenta que la pareja, con el devenir de los acontecimientos y durante la toma de decisión ya ha tenido tiempo de asimilar la situación, pero este no es el caso de los niños. Los niños, aunque hayan presenciado discusiones o “malas caras”, posiblemente no contemplaran la idea del divorcio y para ellos esa idea aparece por 1ª vez en el momento en que se lo comunican. Es por tanto recomendable, que antes de dar el siguiente paso, se mantenga la convivencia al menos 2 semanas. No es positivo para un niño despertarse una mañana y ver que 1 de sus padres ya no está.
¿Cómo suelen reaccionar los niños?
La separación de los padres en sí misma no es perjudicial para los niños. Lo que puede provocar el daño en ellos es que los padres no afronten adecuadamente el divorcio. La adaptación de los niños de forma positiva es directamente proporcional a la de sus padres.
Hay niños que desean hablar continuamente del tema y que, incluso, preguntan las mismas cuestiones una y otra vez. Esto lógicamente es bueno y hay que contestar a todas sus cuestiones con cariño y paciencia.
Sin embargo, hay otros niños que evitan el tema y no preguntan nada. Ante este tipo de casos, hay que estar observando sus reacciones y, sin preocupar, al niño, recordarles que pueden preguntar todas las dudas que tengan ya que siguen siendo sus padres queriéndoles mucho.
¿Cuándo hay que pedir ayuda a un psicólogo?
Cada vez son más las parejas que cuando deciden separarse acuden a un psicólogo para que les orienten en todo el proceso desde el principio, asesorando en la forma de plantear el divorcio e incluso en aspectos más cotidianos como por ejemplo las visitas.
En otros casos, las familias piden asesoramiento cuando ya se ha comunicado la decisión a los hijos y están preocupados de que les esté pudiendo afectar.
Los casos en que se debería pedir ayuda a un profesional son:
Si el niño no es capaz de expresar sentimientos y se muestra aislado y triste.
Si se produce una bajada en el rendimiento escolar significativa.
Si vuelve a hacerse pis en la cama. Si muestra problemas de comportamiento que antes no presentaba.
Si se muestra agresivo con los compañeros y amigos.

viernes, 5 de febrero de 2021

Custodia compartida : Conciliación laboral de la madre.

La sentencia que impone la custodia compartida a un padre para que se «involucre» en el cuidado de su hija.

El objetivo es que la madre pueda «incorporarse al mercado laboral», tal y como es su deseo.
S. F., MADRID, 05/02/2021 
La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) valora de forma positiva la sentencia del juzgado de Primera Instancia de Leganés que impone la custodia compartida al padre de una niña para que se «involucre» en su cuidado y la madre pueda «incorporarse al mercado laboral», tal y como es su deseo.
El progenitor alegó que no reunía las condiciones necesarias para afrontar una custodia compartida porque entraba al trabajo, situado a 45 kilómetros de distancia, a las 6:30h de la mañana y salía a las 15.00 h. 
Además, alegaba que no tenía quien le ayudase puesto que convivía con su madre de 70 años.
En la sentencia, el juez reconoce las dificultades del progenitor para conciliar vida laboral y familiar, pero subraya que la madre se enfrenta a inconveniente muy parejos. Los 2 progenitores se encuentran en una situación similar familiar: «Ambos tienen otro hijo de una pareja anterior, viven en domicilios independientes y los ingresos mensuales son estables con poca diferencia entre ambos».
El juez entiende que, en este caso, la custodia compartida es el sistema más favorable y que la asistencia a su hija «es prioritaria a cualquier otra cuestión». En este sentido, dice la sentencia, es posible que sea necesaria la ayuda de 3ª personas o la búsqueda de flexibilidad laboral a fin de que la niña pueda permanecer con sus 2 progenitores de forma análoga.
En este sentido, el vocal de la AEAFA José Luis Cembrano Reder recuerda que «la custodia no es solo un derecho, sino también una obligación de ambas partes». «La custodia compartida puede acordarse cuando ninguno de ambos ha solicitado la custodia monoparental para sí en exclusiva, siendo suficiente que la solicite uno de ambos», afirma Cembrano.
Implantación en España.
Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), la custodia compartida crece en España: En 2019 se optó por este sistema en el 37,5% de los casos (4 puntos más que en 2018). En el caso de exparejas del mismo sexo, la custodia compartida alcanza el 52,3%. 
El Iº Observatorio del Derecho de Familia de la AEAFA señala que el 79% de los abogados encuestados considera satisfactoria o muy satisfactoria la adaptación de los menores al sistema de custodia compartida.
«Desde AEAFA no hacemos apología por ninguno de los 2 sistemas ( compartida/exclusiva). Los 2 son perfectamente válidos y amparan el interés y necesidades de los hijos menores, dependiendo del caso concreto. No obstante, el Tribunal Supremo ha decretado en su Jurisprudencia que la custodia compartida es el sistema deseable de crianza para los hijos. En todo caso, cada supuesto debe ser estudiado y atendido tomando en consideración lo más beneficio para los hijos concretos y la familia concreta. Debemos hacer "un traje a medida" para cada familia. Lo cierto es que la custodia compartida empieza a generalizarse, y eso hace que empecemos a normalizar entre los juristas y la ciudadanía un sistema de reparto de tiempo igualitario que antes era excepcional y generaba miedo y reticencias», afirma Mª Dolores Lozano, presidenta de AEAFA.

Anne Igartiburu y su marido, Pablo Heras-Casado, se separan

6 AÑOS DE AMOR.
El director de orquesta se ha mudado a un piso en el centro de Madrid, y ella vive con sus 3 hijos.
Redacción, BARCELONA, 03/02/2021 
Anne Igartiburu y su marido, Pablo Heras-Casado, están viviendo separados debido a una grave crisis matrimonial. Según publica en exclusiva la revista Lecturas, Pablo se ha mudado a un piso en el centro de Madrid, cerca del Teatro Real, donde trabaja como director de orquesta. 
La presentadora se ha quedado en la casa familiar con sus 3 hijos.
La propia presentadora ha confirmado su ruptura. “Poco más tengo que añadir. Efectivamente, nos hemos separado. Nos llevamos superbien, nos queremos un montón, tenemos una familia y adelante”. 
Por sus palabras, Igartiburu mantiene una excelente relación con el que ha sido su marido.
Por 1ª vez desde que se casaron, en el 2015, Heras-Casado no acompañó a Anne tras las cámaras durante las Campanadas de TVE de este año. 
La pareja había empezado a vivir por separado hacía poco, tras 6 años de felicidad y 1 hijo en común.
Según la misma información, todo se debe a que la pareja está atravesando una crisis tras 5 años de matrimonio y 6 de relación. Formaban una de las parejas más sólidas y bien compenetradas del panorama nacional.
Anne y Pablo se conocieron en el 2014, cuando ella lo entrevistó para un programa de radio, y el flechazo fue instantáneo. “Él dirigía el concierto para chelo de Haydn, que fue el 1º disco que me regalaron mis padres con 1 año, y entre Haydn, la música clásica, el auditorio... Pum... Caímos rendidos...”, contó en el programa de Bertín Osborne. 
Un año después, el 30 de noviembre de 2015, se casaron en secreto por lo civil en Elorrio, el pueblo de Vizcaya donde nació la presentadora. 
Al enlace solo asistieron un par de testigos.
En junio del 2016, el matrimonio dio la bienvenida a su 1º hijo biológico, Nicolás. “Yo he sido madre de acogida, madre adoptante y madre biológica y también madrastra de cualquiera que se me pone por el medio”, declaró en su día Anne, que dio a luz por primera vez a los 47 años. 
En junio del 2016, el matrimonio dio la bienvenida a su 1º hijo biológico, Nicolás. La presentadora tenía ya 2 hijas anteriores, las dos adoptadas, Noa y Carmen.
La presentadora estuvo casada anteriormente con el bailarín Igor Yebra, del 2004 al 2006. Juntos decidieron adoptar a Noa, su 1ª hija, que es de India y tiene 20 años. En el 2013, 9 años después de su 1ª adopción, Anne Igartiburu decidió ser madre de nuevo, pero esta vez sola. De su viaje a Vietnam volvió con Carmen, su 2ª hija, que actualmente tiene 9 años

jueves, 4 de febrero de 2021

Desmantelada red de falsas víctimas de maltrato doméstico.

Desmantelada una red que tramitaba permisos de residencia y rentas mensuales a falsas víctimas de maltrato.

Los delincuentes pedían 4.000 euros a mujeres extranjeras en situación irregular en El Ejido y daban 1.000 a un hombre para que les pegara en público.
JAVIER ARROYO, Granada - 03 FEB 2021
6 personas han sido detenidas y 40 son investigadas en El Ejido (Almería) por pertenecer a una trama criminal que conseguía permisos de residencia en España y rentas mensuales a mujeres que simulaban ser víctimas de violencia machista. El fraude comenzó a detectarse en marzo del año pasado y la Policía Nacional estima que puede haber algo más de 20 parejas creadas artificialmente para conseguir estas ayudas.
El modus operandi era simple: localizar mujeres sin documentación para vivir en España y ofrecerles, a cambio de 4.000 euros, una pareja ficticia. Con el hombre provocarían una actuación en la que este le pegaría en público y, si todo iba bien, un juzgado dictaminaría que tenían derecho al permiso de residencia. En el mejor de los casos, podrían optar a una renta de 460 € que podría durar entre 11 meses y 3 años.
La Policía Nacional percibió en marzo del año pasado que se estaban dando numerosos casos de malos tratos en una misma zona de El Ejido. Siempre eran, además, en sitios públicos, con testigos —ajenos a la trama— y con cierta regularidad en el tiempo. Las agresiones eran reales aunque, según la policía, siempre estaban medidas para no hacer daños irreparables. Los agentes descubrieron finalmente que esa repetición era realmente un negocio organizado por 2 hermanos que se embolsaban 3.000 € por pareja: 4.000 recibían de cada una de las mujeres y pagaban 1.000 al hombre que les infligía los malos tratos. 
Al hacerlo en lugares públicos y con testigos, estos aportaban en el juicio posterior una credibilidad añadida.
La trama ha sido desmantelada a final de enero y la investigación ha descubierto que había conseguido ya 4 permisos de residencia y 2 rentas de inserción. En ambos casos, informa la policía, se ha informado a la administración competente para extinguir esos beneficios. 
Las 6 personas detenidas y las 40 investigadas se enfrentan a delitos de pertenencia a grupo criminal, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, simulación de delito y denuncia falsa. 
Fuentes de la investigación en Almería han explicado que la operación se mantiene abierta y están convencidos de que habrá nuevas detenciones en un futuro próximo, a medida que vayan descubriendo nuevas falsas parejas.
Según ha informado la Policía Nacional en un comunicado, la Ley de Medidas de Protección Integral contra Violencia de Género prevé que cuando una mujer es víctima de una situación de violencia pueda beneficiarse de la denominada Renta Activa de Reinserción que, en 2020 estaba fijada en 430 €.
Esa renta se puede cobrar, en casos de violencia de género, 11 meses iniciales y, si se dan una serie de requisitos, ampliarse a 3 años. Pero para que se pueda conseguir es necesaria una sentencia judicial, un informe de la Fiscalía o una orden de protección, por lo que la trama desarticulada montaba su operación siempre en un sitio público. 
La Ley de extranjería, además, prevé que cuando se trate de víctimas extranjeras y sin permiso de residencia válido se les conceda, como medida de protección, una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales desde el mismo momento de presentar la denuncia en la Policía Nacional.
Las causas judiciales por denuncia falsa por violencia de género son prácticamente anecdóticas respecto a las investigaciones por agresiones machistas. En el año 2019 se interpusieron 168.057 denuncias por violencia de género, mientras que solo se abrieron 7 causas por denuncia falsa y otras 17 causas estaban pendientes de incoación, según la última memoria de la Fiscalía. La proporción entre los procedimientos por denuncia falsa desde 2009 –121 en total– en relación con los procedimientos en los que se ha dictado sentencia condenatoria es del 0,0069%, según el ministerio público

martes, 2 de febrero de 2021

Cómo hacer para vender la vivienda en caso de divorcio

Jennifer Velasco Ruiz, 31/01/2021
Vender la vivienda cuando ocurre un divorcio no es algo raro, pero si que puede llegar a convertirse en un gran quebradero de cabeza para alguna o las 2 partes.
Cuando se cuenta con un inmueble en común con una pareja, se suele vender a un 3º, a no ser que una de las partes compre la parte del otro.
Pero en muchas ocasiones la cosa no es 'moco de pavo', y a la hora de saber cómo actuar y conocer lo que es legal y lo que no pasa a ser un verdadero intríngulis.
A la hora de vender la vivienda común lo más rápido es recurrir por la vía judicial
Desde el comparador financiero HelpMyCash dejan una serie de recomendaciones cuando llega la hora de vender una vivienda por divorcio.
Una de las que proponen es acudir a la vía judicial para solicitar un procedimiento de división, y según ellos, esta es la forma más sencilla para vender la casa a un 3º de mutuo acuerdo.
Pues la cantidad económica que se recibe de la venta se reparte igualitariamente, dependiendo de la cuota de propiedad que corresponda.
Pero se puede dar el caso en el que una de las partes no esté de acuerdo, y es entonces cuando vender la vivienda o dividir para llegar a un acuerdo pasa a ser un proceso judicial lento y costoso.
Algo que tenemos que tener claro a la hora de escoger un procedimiento a seguir es el régimen matrimonial en el que nos encontramos, es decir, si tenemos régimen de gananciales o de separación de bienes.
Pero tal y como apuntan desde HelpMyCash, si no se da la conciliación "el proceso para vender la vivienda se alarga y será necesario pedir al juez que ordene la venta de la casa en subasta pública, a un precio muy por debajo de su valor de mercado".
Es decir, que si no se llega a un acuerdo para vender la vivienda común, el juez designará a un perito para que ponga en marcha la disolución del régimen económico del matrimonio y reparta los bienes.
Pero puede que tampoco haya consenso tras el reparto, y en ese caso, cualquiera de las partes puede solicitar la venta en subasta pública.
Desde HelpMyCash han consultado al Grupo Hereda, y tal y como han informado, esta solución judicial es muy costosa y su resolución puede tardar de 2 a 4 años, según cada Comunidad Autónoma.
Otras soluciones para vender la vivienda
HelpMyCash también recomienda de forma alternativa acudir a una empresa especializada en la compra de proindivisos, pues se amparan en el art. 400 del C.Civil que establece que "nadie está obligado a permanecer en una copropiedad y, por tanto, puede vender libremente su parte".
Esta opción permitirá solventar el problema con rapidez y sin necesidad de tener que acudir por la vía judicial, y es además, un procedimiento mucho más económico.
Pero como todo, hay algunas desventajas, pues al optar por esta elección, la mayoría adquiere estas viviendas por un precio que puede quedar incluso por debajo del 40 % de su valor de mercado.
El caso es que para poder vender la vivienda de esta forma también hay requisitos como que la casa no tenga cargas hipotecarias o que la pareja no tenga hijos en común, porque de ser así, tiene que ser el juez el que determinar quién o qué se hace con el inmueble pero velando siempre por el interés del menor.

Comunidad Valenciana: PNL sobre violencia intrafamiliar.

CVA-CORTS VALENCIANES
EFE
València, 1 feb 2021 
El Grupo Parlamentario VOX en Les Corts Valencianes ha presentado una Proposición No de Ley (PNL) para derogar la actual Ley contra la Violencia de Género y promulgar una Ley contra la Violencia Intrafamiliar.
El objetivo del partido es que esta nueva ley "combata todo tipo de violencia ejercida en el ámbito doméstico, con independencia de que la víctima o el agresor sean hombre o mujer", y han defendido que el bien jurídico protegido sea "la vida humana". 
La diputada Ángeles Criado ha informado de que ha presentado otra PNL en la que insta al Consell a pedir al gobierno central que, en el portal de la Delegación del Gobierno y en el Instituto Nacional de Estadística, se hagan públicos, "además de los datos que ya figuran sobre violencia de género", los casos de violencia doméstica en los que se especifiquen víctimas y agresores, indicando el sexo, parentesco, nacionalidad y la edad.
La diputada ha defendido que la Ley de Violencia de Género "criminaliza al hombre, que es culpable, según esta ley, por el hecho de serlo", además de explicar que la mujer "es tratada de víctima simplemente por ser mujer", y ha explicado que la actual ley “deja en el más absoluto desamparo" a "hombres víctimas de violencia y a las mujeres que sufren violencia por parte de otra mujer" en el caso de ser pareja, han puntualizado.
Respecto a los datos que el gobierno hace públicos sobre Violencia de Género, la diputada por València ha afirmado que son confusos y se ocultan cifras y datos, por lo que ha defendido que estos hechos "segregan a las víctimas, haciendo imposible analizar en profundidad la situación real de riesgo de muchas personas”. 

Continuan las víctimas de la violencia doméstica

Enero de 2021 cierra con una mujer víctima mortal por violencia de género, una de las cifras más bajas desde 2003.
Europa Press, 01 feb 2021
El mes de enero de 2021 cerró con una víctima mortal por violencia de género, una de las cifras más bajas desde el año 2003, según datos del Ministerio de Igualdad recogidos por Europa Press. Sólo en 2009 se ha completado un mes de enero sin ninguna víctima mortal por esta lacra. Además, al igual que este año, en 2018 falleció 1 mujer en el mes de enero por violencia machista.
El año 2020 cerró con un total de 45 mujeres asesinadas, el dato más bajo de los últimos 18 años, pero enero del año pasado se saldó con un total de 5 víctimas mortales.
La 1ª víctima por violencia de género de este año se corresponde con el caso de la mujer de 82 años, asesinada presuntamente por su cónyuge en Madrid, el pasado 17 de enero.
La víctima no tenía hijos menores de edad y no existían denuncias previas por violencia de género. La mujer era de nacionalidad española y convivía con su pareja.
La mujer de 83 años falleció en la calle Benadalid, en el madrileño distrito de Vallecas, a causa de una herida de arma blanca profunda en la zona del tórax.
Asimismo, el Ministerio de Igualdad ha informado de que, a fecha 22 de enero, no existen ningún caso de víctima mortal por violencia de género en investigación. Tampoco recoge por el momento ningún caso de menores víctimas mortales de violencia de género contra su madre. 
El año 2020 se cerró con 3 menores fallecidos por esta causa.

lunes, 1 de febrero de 2021

Los 10 Mandamientos de los abogados....

La Dama de la Justicia se encuentra sobre la cúpula del Tribunal Penal Central de Inglaterra y Gales, comúnmente conocido como el Old Bailey, en pleno centro de Londres. Su autor, el escultor británico FW Pomeroy, la creó sosteniendo una espada en la mano derecha y la balanza de la justicia en la izquierda sin los ojos vendados, como suele ser costumbre en todo el mundo.
Carlos Berbell / Yolanda Rodríguez, 1 Feb 2021
Eduardo Juan Couture Etcheverry fue uno de los grandes juristas uruguayos -e iberoamericanos- del siglo XX. Aunque desaparecido en 1956, la huella de su legado todavía se deja sentir hoy, en 2016.
Como abogado, fue autor de una producción de libros prolija, reconocida internacionalmente, especialmente de derecho procesal civil, materia en la que fue un gran maestro.
El Ministerio de Instrucción Pública del Uruguay le otorgó la Medalla de Oro, máxima recompensa oficial a la cultura.
Ese mismo año la República de los Estados Unidos del Brasil le confirió el grado de Comendador de la Ordem Nacional do Cruzeiro do Sul.
En 1951 la República francesa le nombró Caballero de la Legión de Honor.
Sin embargo, por lo que más se le recuerda es por su obra «Los mandamientos del abogado», donde desarrolla 10 «mandamientos» que todos los letrados deben cumplir en el ejercicio de su profesión.
10 mandamientos que, en realidad, son 10 consejos para ser un buen abogado. Son estos:
1º MANDAMIENTO: ESTUDIA
El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.
2º MANDAMIENTO: PIENSA
El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
3º MANDAMIENTO: TRABAJA
La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de las causas justas.
4º MANDAMIENTO: LUCHA
Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.
5º MANDAMIENTO: SÉ LEAL
Sé leal con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. 
Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo.
Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.
6º MANDAMIENTO: TOLERA
Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.
7º MANDAMIENTO: TEN PACIENCIA
En el derecho, el tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.
8º MANDAMIENTO: TEN FE
Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia.
Y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia ni paz.
9º MANDAMIENTO: OLVIDA
La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti.
Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.
Xº MANDAMIENTO: AMA TU PROFESIÓN
Trata de considerar la abogacía de tal manera, que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti, proponerle que se haga abogado.
Los 10 mandamientos del abogado del doctor Couture Etcheverry son el producto de la experiencia de una brillante carrera al servicio del Derecho y de la profesión que todo letrado que se precie debe tener muy en cuenta.

El impago de la hipoteca es un delito de abandono de familia

Vuelco judicial para reclamar por la vía penal el pago de la hipoteca tras el divorcio.
Las cuotas hipotecarias constituyen una prestación en su sentido legal y gramatical”.
Amanda Glez. de Aledo, 31 Enero 2021 
El juzgado de instrucción nº 5 de Sevilla ha citado como investigado por un presunto delito de abandono de familia a un hombre que, tras el divorcio, dejó de pagar el 50% que le correspondía de la hipoteca sobre la vivienda familiar. La juez ha dado así un vuelco a la jurisprudencia vigente que consideraba que la hipoteca es una deuda individual de cada cónyuge con el banco, cuyo impago solo podía reclamarse en la vía civil.
Hasta ahora, en caso de que uno dejase de pagar su parte, el otro no tenía más remedio que asumir las 2 cuotas o arriesgarse a que el banco se quedase con la vivienda, según una jurisprudencia solo contradicha por sentencias aisladas en Madrid y Guadalajara.
La juez tiene en cuenta que la pensión alimenticia de 250 euros mensuales reclamada para la hija común se fijó finalmente en 150 € porque tanto el juzgado de Familia como la Audiencia de Sevilla determinaron que el marido asumiría su parte de hipoteca como parte de la pensión a la menor.
“Interpretación extensiva” del delito de abandono de familia.

El abogado que presentó la demanda, Rafael Villegas, explica a este periódico que se trata de “un vuelco y una carga de profundidad” para un problema que perjudica a cientos de miles de parejas en España: hasta ahora se consideraba que la hipoteca no era una carga del matrimonio sino una obligación al 50% de los cónyuges frente al banco, por lo que si uno de ellos no pagaba, el otro no tenía más remedio que abonar las dos cuotas y luego plantear una reclamación civil. “Si no estaba recogido en sentencia, no había delito”, explica Villegas.
En su demanda entendía que el pago de la hipoteca es una “prestación efectivamente necesaria para el sustento de la familia” y el ex marido no solo no había pagado la pensión a su hija sino que dio lugar a que la denunciante tuviese que cubrir con su peculio los vencimientos hipotecarios.
El acusado Francisco Javier A.G. es un policía local de Sevilla que declarará como investigado el 30 de marzo por el impago de los 400 euros mensuales que le correspondían de un préstamo de 242.000 €. Hasta la interposición de la denuncia en febrero de 2020 debía 4.387 €. A la hora de fijar la pensión, las sentencias tuvieron en cuenta que él tenía un sueldo de 2.300 € y ella de 1.000 €.
El pago de la hipoteca es parte de la pensión de alimentos
La Fiscalía de adhirió a la reclamación de Villegas porque el art. 227 del C. Penal que castiga el abandono de familiano efectúa distinción alguna entre pensión por alimentos y cuota hipotecaria” y se refiere a “cualquier tipo de prestación económica a favor de su cónyuge o hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial”.
En este caso, las condiciones del divorcio fueron fijadas “con arreglo a la ley, con audiencia de ambos cónyuges y teniendo en cuenta el interés familiar, especialmente el de los hijos menores y en atención a los ingresos de ambos progenitores”. 
La pensión se fijó teniendo en cuenta la parte de hipoteca que pagaría el acusado.
La vivienda “se adjudicó a la esposa con la finalidad de asegurar cobijo a los hijos, integrándose de esta manera en el concepto de alimentos”, añade el fiscal.
Ahora, el auto judicial al que tuvo acceso este periódico afirma que “las cuotas hipotecarias constituyen una prestación económica en su sentido legal y gramatical a cargo de ambos progenitores, con independencia de su naturaleza como cargas del matrimonio o como deuda de la sociedad de gananciales”. Su impago constituye un delito de abandono de familia y “en consecuencia las cuantías adeudadas integran un daño procedente del delito que ha de ser reparado”.
Nota: Nunca asocies en el convenio regulador la Hipoteca a la pensión de alimentos, no seas lelo y evitaras problemas en el futuro. La Hipoteca no es una carga familiar aunque te hayas casado en Bienes Gananciales.