sábado, 1 de agosto de 2020

EU: La Comisión Europea y la Violencia sobre las mujeres

Violencia contra las mujeres y violencia doméstica: control de adecuación de la legislación de la UE
La violencia contra las mujeres sigue siendo muy común en los países de la EU.
Esta iniciativa pondrá en marcha un control de adecuación (evaluación) para examinar qué más se puede hacer al respecto. En concreto:
1.- Evaluará si la legislación vigente de la EU ha contribuido a prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, y si existen lagunas en la legislación
2.- Analizará si las medidas de la UE son coherentes con las fuentes del Derecho internacional
3.- Analizará si es necesaria una mayor protección contra esta forma de discriminación.
Nota: Podeis seleccionar el idioma de la web site.

miércoles, 29 de julio de 2020

¿Quiénes son más felices, solteros o casados?

...... La ciencia responde.
(EUROPA PRESS), MADRID, 26 Jul 20.
Investigadores de la Universidad Estatal de Michigan (EE.UU.) han realizado uno de los 1ºs estudios de este tipo para cuantificar la felicidad de las personas casadas, divorciadas y solteras al final de sus vidas para averiguar qué papel el amor y matrimonio jugaron en su bienestar general.
El estudio, publicado en la revista 'Journal of Positive Psychology', examinó las historias de relación de 7.532 personas seguidas de 18 a 60 años para determinar quiénes eran más felices al final de sus vidas.
"La gente a menudo piensa que necesita estar casada para ser feliz, así que hicimos las preguntas,'¿Necesita la gente estar en una relación para ser feliz? ¿Vivir soltero toda la vida se traduce en infelicidad? ¿Y si en algún momento te casaras pero no funcionara?. 

Resulta que apostar tu felicidad por estar casado no es una apuesta segura", avanza William Chopik, uno de los autores del estudio, que se ha publicado en la revista 'Journal of Positive Psychology'
Los investigadores dividieron a los participantes en 3 grupos: 79 % estaban casados consistentemente, pasando la mayor parte de sus vidas en 1 solo matrimonio; 8 % eran consistentemente solteros, o, personas que pasaron la mayor parte de sus vidas sin estar casados; y 13 % tenían historias variadas, o, una historia de entrar y salir de relaciones, divorcio, volverse a casar o enviudar.
Los investigadores pidieron a los participantes que calificaran la felicidad general cuando fueran adultos mayores y la compararan con el grupo en el que se encontraban. "Nos sorprendió encontrar que los solteros de toda la vida y los que tenían historias de relaciones variadas no diferían en cuanto a lo felices que eran. Esto sugiere que aquellos que 'han amado y perdido' son tan felices hacia el final de la vida como aquellos que 'nunca han amado en absoluto'", detalla otra de las responsables del trabajo, Mariah Purol.
Mientras que las personas casadas mostraron un ligero aumento de la felicidad, Purol argumenta que el margen no era sustancial, ni lo que muchos pueden esperar. Si el grupo de casados consistentes respondió con un 4 de 5 sobre lo felices que eran, los solteros consistentes respondieron con un 3,82 y los de historia variada respondieron con un 3,7.
"Cuando se trata de la felicidad, el hecho de que alguien esté o no en una relación es raramente la historia completa. Las personas pueden estar ciertamente en relaciones infelices, y las personas solteras obtienen placer de todo tipo de otras partes de sus vidas, como sus amistades, pasatiempos y trabajo. En retrospectiva, si el objetivo es encontrar la felicidad, parece un poco tonto que la gente ponga tanto empeño en ser pareja", reflexionan.
Si alguien anhela una pareja de por vida para formar una familia y construir una vida feliz juntos, la investigación de Chopik y Purol sugiere que si ese individuo no es completamente feliz para empezar, casarse no cambiará dramáticamente todo.
"Parece que puede ser menos sobre el matrimonio y más sobre la mentalidad. Si puedes encontrar la felicidad y la satisfacción como persona soltera, es probable que te aferres a esa felicidad... ya sea que tengas un anillo en el dedo o no", concluye Purol.

«Se puede ser feliz en pareja, pero la pareja no da la felicidad»

El psicólogo Joan Garriga explica en «Bailando juntos» que las parejas que mejor funcionan guardan un equilibrio entre lo que dan y lo que reciben. Raquel Alcolea, 28 Jul 2020.
Si considerásemos una relación sentimental como una suerte de danza que conviene articular con acierto, habría que preguntarse cuál sería la mejor manera de danzar «a 2» para que el baile resultase exitoso. Esto es lo que aborda el psicólogo Joan Garriga en su obra «Bailando juntos», donde profundiza en algunos de los temas que ya trató en su libro «El buen amor en la pareja» como la presencia de los fantasmas del pasado, los amores desiguales o los problemas de comunicación. Pero en «Bailando juntos» no solo aporta reflexiones conceptuales, sino que también hace una exposición práctica de casos reales tratados durante sus terapias de constelaciones familiares.
Este método o abordaje terapéutico, ideado por Bert Hellinger, es de naturaleza escénica, fenomenológica y sistémica. Consiste, tal como revela Joan Garriga, en plasmar en el espacio nuestras imágenes interiores sobre cómo tenemos creada nuestra red de vínculos o familiar. «Una vez configurada la constelación a través de la representación escénica es posible detectar las dinámicas que hay entre las personas para averiguar lo que lleva a los problemas y lo que conduce al bienestar. A ello contribuyen una serie de leyes o de órdenes del amor que son las que favorecen que las relaciones se desarrollen en forma de bienestar», explica.
El trabajo que se hace en la terapia de constelaciones familiares, por tanto, se basa en transformar las implicaciones y ataduras en recursos y potencialidades de vida. «Es un lenguaje terapéutico, distinto del conversacional, que es más ágil y que da frutos de una manera más rápida porque en poco tiempo permite tener comprensiones profundas acerca de lo que pasa en el trasfondo del corazón de las personas», aclara Garriga.
Las 12 claves del «buen amor»
En «Bailando juntos» Joan Garriga describe a través del relato de su experiencia con casos reales a través del lenguaje terapéutico de las constelaciones familiares cuáles son las dinámicas de fondo que ayudan a entender lo que pasa en la superficie y en el seno de la pareja: cómo se relacionan sus miembros, qué necesitan comprender y liberar, qué ataduras los dirigen, cómo logran estar bien juntos y por qué lo logran o cómo superan los problemas y qué contribuye a ello.
Un objetivo de las constelaciones familiares es estimular el «buen amor». Pero, ¿qué implica esta expresión? Para entenderlo pedimos a Joan Garriga un breve análisis de las 12 claves que permiten que las personas transiten del viejo amor (1ª frase) al buen amor (2ª frase) en la pareja, que ya adelantó en su libro «El buen amor en la pareja».
1. Sin ti no podría vivir / Sin ti también me iría bien.
Tal como explica Joan Garriga este paso del «sin ti no podría vivir» al «sin ti también me iría bien» hace referencia a que una pareja es una «relación de adultos» y, como tal, es importante que no esté dirigida por un «niño interior» que pretenda imponer en la pareja escenarios y danzas antiguas (a veces dolorosas y difíciles) que vivió con sus padres. Y también remite al concepto de dependencia, pues si bien es cierto que un niño «necesita» a sus padres, un adulto no necesita a su pareja
La clave es pensar que sin esa pareja te iría también bien, pero que con ella el viaje es más bonito.
2. Te quiero por ti mismo / Te quiero por ti mismo... bueno, a pesar de ti mismo.
Esto es una traslación al ámbito de la pareja a aquella frase de Víctor Hugo que decía que uno de los grandes regalos que se nos ofrece en la vida es ser queridos por nosotros mismos aunque luego apostillase «a pesar de nosotros mismos». Así, cuando uno elige a una persona, a pesar de que tenga cosas que nos resulten difíciles o no nos gusten, esto supone la oportunidad para desarrollar la compasión hacia el otro o para reorientarse en otra dirección. 
«Es bonito cuando uno decide amar nuestras sombras y nosotros decidimos amar las sombras de otras personas», aclara Garriga.
3. Hazme feliz / Siento el deseo espontáneo de que seas feliz.
Desde que se desarrolló la perspectiva individualista y el ideal romántico parece haber una idea insertada en la sociedad que lleva a pensar que seremos felices a través de la pareja. Pero esto, tal como propone Joan Garriga, es falso. «Se puede ser feliz en pareja pero la pareja no da la felicidad. En realidad hay que trabajar algunos aspectos. Lo que he visto en las parejas a las que les va muy bien es que tienen una grandeza de corazón que va más allá del estricto egoísmo y en ellas hay una generosidad espontánea, no prefabricada, donde uno desea que el otro esté bien y ese deseo es espontáneo. Ahí hay una grandeza de amor y si ese ingrediente está presente en una pareja, es probable que estén bien y felices», aclara.
4. Quiero una pareja / Mejor me preparo para ser pareja.
Este un mensaje contra el utilitarismo sentimental. Mucha gente dice eso de que «quiere encontrar pareja», pero para lo que en realidad debería prepararse es para hacer crecer dentro de sí mismo lo necesario para «ser pareja de otra persona». Ahí concurren, según comenta Garriga, aspectos como la revisión de la relación con sus padres, el análisis de su historia personal o la resolución de los temas pendientes con parejas anteriores.
5. Te lo doy todo / Mejor dame lo que me mantiene en el mismo rango que tú.
Esto es una regla de relaciones entre adultos que indica que conviene mantener la «igualdad de rango», es decir aquello que permita estar ni mejor, ni peor, ni por encima, ni por debajo, sino iguales. 
Así, el psicólogo indica que es importante que exista un equilibrio en el intercambio pues, en general, las parejas que mejor funcionan son aquellas que guardan un equilibrio entre lo que dan y lo que reciben.
6. Dámelo todo / Dame lo que tienes y eres y yo puedo compensar, para mantenerme en mi dignidad.
Al igual que en el anterior punto, esta es, según describe Garriga, otra regla del intercambio pues si alguien lo pide todo o da demasiado, se rompe el equilibrio. Uno tiene que dar lo que el otro puede recibir, sin crear un conflicto o una desigualdad.
7. Ojalá sea intenso y emocional / Ojalá sea fácil.
Cuando en una relación hay más alegría que pena, más expansión que tensión o más facilidades que problemas, hay crecimiento y eso quiere decir que es una relación cómoda y fácil. Pero si la relación está dirigida por un «niño interior» que pretende manipular la realidad esto puede dar lugar a grandes estallidos o turbulencias emocionales, según revela el psicólogo.
8. Lucho por el poder / Cooperamos.
Esta reflexión hace referencia a lo maravilloso que resulta, según destaca Joan Garriga, cuando en una relación hay cooperación, se forma equipo y ambos miran en una misma dirección, pues, a su juicio, una de las grandes guerras que existen en el mundo es la que hay en el seno de las familias, sobre todo entre hombres y mujeres.
9. Yo pienso, tú sientes y, ante lo difícil, sálvese quien pueda / Reímos y lloramos juntos y juntos nos abrimos a la alegría y al dolor.
La palabra clave en una pareja es «juntos». Cada uno a su manera, eso sí, pero juntos. Y esto es importante porque, según recuerda el psicólogo, cuando una pareja es visitada por asuntos traumáticos o dolorosos puede suceder que se separen porque no hayan sido capaces de vivir «juntos» lo que les ha tocado vivir.
10. Que sea para siempre / Que dure lo que dure.
Es cierto, que, como pareja, hay que tener la intención de perpetuación de un estado de acompañamiento y que eso, según revela Garriga, da fuerza a la relación. Sin embargo, también hay que ser conscientes de que las relaciones se rigen por la impermanencia y por la incertidumbre.
11. 1º los padres o los hijos y luego tú / 1º nosotros, antes que nuestras familias de origen y que nuestros hijos en común.
Para explicar la afirmación de que se debe anteponer la pareja a las familias de origen o incluso a los hijos en común el psicólogo aclara que para cualquier hijo es liberador sentir que sus padres (juntos o separados) forman un equipo superior a él pues, según asegura, muchos hijos sufren actitudes narcisistas porque sus padres dirigen sus vectores afectivos hacia él y no entre ellos. «Si se está más atado a la madre que a la pareja, no se ha aterrizado como adulto o persona», sentencia Garriga.
Un caso distinto, no obstante, es si existían hijos de uno o de otro lado antes de que se formase la pareja pues en ese caso el vínculo con el hijo precede a la pareja.
12. Te conozco / Cada día te veo y te reconozco de nuevo y eso facilita establecer asociaciones y comprensiones que ayuden.
Para entender la necesidad de «reconocer» cada día al otro hay que elegir si queremos relacionarnos con la imagen que tenemos en la cabeza del otro o si queremos relacionarnos con él. «La pareja no es un dibujo sino una película, está en constante movimiento», aclara.
Para qué sirven las constelaciones familiares
Ponerse en paz con aquello que viene de los padres es imprescindible, según explica Joan Garriga, pues nos catapulta hacia un lugar adulto y nos permite situarnos ante otra persona como adultos, dejando atrás las vanas esperanzas de volver a ser acunados, las tiránicas exigencias de nuestro «yo infantil», las expectativas ilimitadas y poco realistas respecto a cómo y cuánto debe nutrirnos la vida. O la pareja. Así, aclara que adoptar en la pareja posturas y danzas manipulativas que conllevan juegos psicológicos tiene como resultado el desencuentro y el sufrimiento.
El conocimiento de las profundidades emocionales que dirigen nuestra vida desde el pasado ayudará, según el autor, a ser más respetuosos con la realidad de los demás sin pasarlo siempre todo por nuestro particular filtro personal, esto es, a verlos con independencia de nuestros prejuicios y mapas mentales, a flexibilizar nuestras danzas relacionales, a entender algo más a quienes caminan junto a nosotros y a desarrollar recursos que teníamos latentes y que pueden proporcionar bienestar y crecimiento. «Así escalaremos hacia esa mayor apertura del corazón que se experimenta cuando somos capaces de amar lo que somos y de aceptar las cosas como son, más que apegarnos a nuestras imágenes mentales de cómo deberían ser«, propone Garriga.
«Bailando juntos» recoge a través de casos reales las dinámicas y danzas relacionales que se repiten con frecuencia, para bien o para mal, aunque el autor advierte de que el intento de pasar al papel todos los matices, sutilezas y atmósferas emocionales de una constelación familiar o de una sesión de terapia se queda muy corto.

martes, 28 de julio de 2020

Pensamiento Único: Las víctimas de violencia de género pierden el derecho a no declarar

Otros Mass Media: Público, el derecho,
El Tribunal Supremo cambia la jurisprudencia para evitar que la mujer sufra coacciones por parte de su pareja o expareja una vez que ha hecho la denuncia.
DOMÉNICO CHIAPPE, Madrid, 27 julio 2020,
Hasta ahora un porcentaje importante de las víctimas de violencia de género, una vez interpuesta la denuncia, se acogía al derecho a no declarar contra su pareja o expareja. Era algo más del 10% de las mujeres, según los datos más recientes del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. Pero ayer el Tribunal Supremo ha cambiado la jurisprudencia con una sentencia que establece que las víctimas, una vez constituidas en acusación particular, no recuperan el derecho a la dispensa de declarar contra su pareja.
La Sala IIª indica que esta decisión busca una mayor «protección de la víctima» ante un derecho que «lo único que alimenta es su coacción, como desgraciada-mente sucede en la realidad, siendo éste un hecho de general conocimiento». «La razón de nuestra interpretación va dirigida a amparar la resolución del conflicto por la víctima y después contribuir a su protección», dice la sentencia. Al negar un derecho –«excepcional» acota el Supremo– que evita la declaración de la mujer, «el testigo víctima no puede ser coaccionado para que se acoja a la dispensa en su actuación posterior al prestar testimonio».
De esta manera su declaración en el juicio oral es la única que se debe tomar en cuenta a efectos de falso testimonio en violencia de género, considerado «un delito de naturaleza pública».
Con 4 votos particulares discrepantes, el criterio fijado por el Supremo establece que el derecho a no declarar es «incompatible con la posición de la denunciante como víctima de los hechos», más aún en los casos de violencia de género, como el que ha dado pie a esta resolución. En el caso juzgado se trata de una expareja, en trámites de divorcio y con una hija en común, que allanó su morada. Como «en algunos delitos es imprescindible su contribución procesal», dice el ponente Julián Sánchez Melgar, «pretender que la denunciante pueda abstenerse de declarar frente a aquél, es tanto como dejar sin contenido el propio significado de su denuncia inicial».
Sostiene el tribunal que «cuando la víctima decide denunciar a su agresor, y recordemos que no tiene obligación de hacerlo, es porque ya no hay espacio para que se produzca una colisión entre el deber de declarar y las consecuencias de los vínculos familiares y de solidaridad que unen al testigo con el acusado».
Indica el Supremo que cuando una mujer víctima de violencia machista da el paso para denunciar rompe el vínculo con el agresor. Resuelto ese conflicto no hay razón para abstenerse a declarar contra él. Y «no tiene sentido ya recobrar un derecho del que voluntariamente ha prescindido». Además «la mujer denuncia a su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, debiendo naturalmente atribuirle la comisión de unos hechos que revisten delito»

lunes, 27 de julio de 2020

CGPJ: La Guía sobre criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida es Retrogada.

Los autores, Marino Maglietta, académico y miembro de la Consulta Nacional para la Infancia y Adolescencia "Gianni Rodari" y María Ángeles Velloso Mata, cónsul honoraria de España en Florencia y estudiosa del derecho comparado, advierten sobre el camino que en España se empieza a recorrer sobre la custodia compartida, camino muy trillado en Italia y sobre cuyos errores advierten
Mario Maglietta /Mªde Los Ángeles Velloso, 26 Julio 2020.
Quienes esto escriben se encuentran en Italia, donde la custodia compartida, privilegiada a través de la Ley número 54/2006 de 8 de febrero, encuentra sobre el papel una amplísima aplicación a la que no corresponde una coherente jurisprudencia.
En sustancia, se le ha dado el nombre de custodia compartida al viejo modelo de la custodia exclusiva, con un único progenitor que atiende a las necesidades de los hijos –indicado en lengua italiana “collocatario”, que en español podríamos llamar “domiciliario”– mientras que al otro progenitor, que disfruta de un exangüe derecho de visitas, se le pide fundamentalmente que intervenga sólo desde un punto de vista económico (.......)
No ha sido poco nuestro estupor al saber que España parece orientarse hacia la oficialización de un regreso al pasado, analizando lo que ha aprobado el pleno del Consejo General del poder judicial (CGPJ): “Guía sobre criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida”.
LA GUÍA DEL CGPJ ES RETRÓGRADA
En cualquier caso, más allá de la experiencia italiana, que puede parecer no convincente y no interesante para quien no la vive (pues puede considerarse no pertinente), queda el hecho de que la honradez intelectual sugiere que lo que más hace sufrir a los hijos de progenitores separados y por lo tanto lo que más debe evitarse es el conflicto entre dichos progenitores.
Pues bien, cualquier modelo discriminatorio que atribuye a los progenitores roles y oportunidades diferentes lleva inevitablemente a la competición entre ellos.
De igual manera, de la adopción del criterio del “caso por caso” es inevitable que derive la total incertidumbre sobre el resultado final, es decir, la pérdida de las partes de la certeza del derecho, o sea la permanente tentación de intentar “ganar” el pleito dirigiéndose al juez.
Aunque fuera sólo por este motivo, la anulación de los criterios, la eliminación de los límites para defender la aplicación de la norma puede causar sólo un perjuicio para los hijos.
Por otro lado, tampoco realizamos osadas acusaciones si consideramos la Guía del CGPJ retrógrada para la tutela de los hijos y de sus derechos, visto que en ella se afirma tranquilamente que no debe existir un modelo que sea por sí mismo preferible a otro: es decir, que hay que colocar en el mismo plano la custodia compartida y la custodia exclusiva.
Esto significa borrar en un segundo las conquistas de los hijos de progenitores separados y sus derechos indisponibles, tal y como los reconocen las Convenciones Internacionales, a partir de la de Nueva York de 1989, y que se basan, como hemos dicho, en objetivas investigaciones de campo sobre el bienestar de los hijos. 
Y por si fuera poco, el CGPJ plantea incluso limitaciones a la aplicabilidad de la custodia compartida que en Italia no existen.
Afirmando que “es importante comprobar la existencia en los progenitores de una capacidad real de establecer una comunicación razonable entre ellos, pues la custodia compartida exige una comunicación más fluida que la custodia individual”, será suficiente construir intencionadamente continuas incidencias y descuidos para que el progenitor interesado en obtener la custodia exclusiva de sus hijos pueda alcanzar su objetivo.

Custodia compartida: La preocupante experiencia italiana

..... que ha precedido a la española.
Los autores, Marino Maglietta, académico y miembro de la Consulta Nacional para la Infancia y Adolescencia "Gianni Rodari" y María Ángeles Velloso Mata, cónsul honoraria de España en Florencia y estudiosa del derecho comparado, advierten sobre el camino que en España se empieza a recorrer sobre la custodia compartida, camino muy trillado en Italia y sobre cuyos errores advierten.
Mario Maglietta /Mªde Los Ángeles Velloso, 26 Julio 2020.
Quienes esto escriben se encuentran en Italia, donde la custodia compartida, privilegiada a través de la Ley número 54/2006 de 8 de febrero, encuentra sobre el papel una amplísima aplicación a la que no corresponde una coherente jurisprudencia.
En sustancia, se le ha dado el nombre de custodia compartida al viejo modelo de la custodia exclusiva, con un único progenitor que atiende a las necesidades de los hijos –indicado en lengua italiana “collocatario”, que en español podríamos llamar “domiciliario”– mientras que al otro progenitor, que disfruta de un exangüe derecho de visitas, se le pide fundamentalmente que intervenga sólo desde un punto de vista económico.
Por este motivo, en Italia la fuerte corriente popular de opinión, que prácticamente había impuesto al parlamento la reforma de 2006 a través de más de un decenio de continuas presiones, lleva tiempo trabajando para hacer efectivo el derecho de los hijos de padres separados a la doble parentalidad, lo que significa cambiar la ley en el sentido de reforzar los equilibrios en el interior de la familia como prevé la auténtica custodia compartida e incrementar la participación y las facultades del progenitor actualmente definido por la jurisprudencia como “no domiciliario”.
No ha sido poco nuestro estupor al saber que España parece orientarse hacia la oficialización de un regreso al pasado, analizando lo que ha aprobado el pleno del Consejo General del poder judicial (CGPJ): “Guía sobre criterios de actuación judicial en materia de custodia compartida”.
Naturalmente, anunciando las modificaciones, la Guía no se ha expresado en estos términos.
Al contrario, sin lugar a dudas sus defensores están haciendo un llamamiento a argumentos que resultan atrayentes e imposibles de rechazar: ¿quién puede discutir la prioridad del interés de los hijos?
Así pues la desconfianza –”rectius”, la viva preocupación– que manifestamos aquí podría parecer totalmente fuera de lugar y, con mucho gusto, la dejaríamos al margen.
Sin embargo, nos sentimos en la obligación de alertar a nuestros amigos españoles partiendo de la experiencia italiana, que se presenta como copia idéntica de la intervención anunciada.
En efecto, prescindiendo de que es deseable una formación específica de los magistrados de familia y de un espacio más amplio para escuchar a los hijos, consideramos que los temas planteados y los contenidos propuestos coinciden exactamente con las peticiones y las posiciones de los adversarios más feroces de una auténtica custodia compartida.
Y si en España estas ideas pueden sonar como una novedad, en Italia ya son historia documentada, crónica de 14 años de una ley traicionada.
Más en concreto, se afirma que la paridad de tiempos con los hijos no puede imponerse siempre y a priori, y que carece de sentido aplicar en todos los casos una equiparación aritmética de dichos tiempos: un argumento que tiene toda la apariencia del sentido común.
Es igualmente convincente la tesis de que el hijo no debe pasar de mano en mano entre 2 domicilios, sino que tiene el derecho a lo que podríamos definir la estabilidad logística.
Y ello sin entrar en el tema utilizado más a menudo, o sea, que no es indicado dar al progenitor violento la misma presencia junto al hijo.
La conclusión de todo ello es que no deben existir reglas, que hay que analizar las situaciones “caso por caso”, asumiendo cada decisión guiados por el “interés exclusivo del menor”.
MUERTE DE LA CUSTODIA COMPARTIDA
Lo repetimos, indudablemente suena muy bien, ¿pero en práctica que quiere decir?
Una custodia realmente compartida conlleva necesariamente la asunción por parte de ambos progenitores de responsabilidades iguales, la participación de ambos en los momentos de decisión, entrando los 2 plenamente en la vida cotidiana de sus hijos; quiere decir sacrificios equivalentes para atender a sus necesidades.
Es obvio que para poder cuidar es necesario estar presentes, para poder valorar las necesidades hay que conocerlas.
Resulta claro y nadie lo niega que, por ejemplo, si los domicilios son muy distantes, si los compromisos de trabajo de uno de los progenitores le obligan a estar lejos de sus hijos, si el niño es un lactante, no pueden planearse tiempos paritarios de los progenitores. Continua .....