sábado, 1 de marzo de 2014

¿ Qué hacer ante una detención ? por denuncia falsa de violencia doméstica

detención, abogado madrid
¿Qué podemos hacer si somos detenidos? 
Esta es una de esas preguntas que no solemos hacernos, las posibilidades de que “a nosotros” nos ocurra algo así son cuando menos escasas, pero no nos engañemos, puede ocurrirnos a cualquiera. Debemos saber qué y cómo hacerlo llegado el caso…

Mis Derechos....
Hay que recordar los derechos que nos asisten ante una detención, principalmente 3 que no debemos olvidar nunca:
  • tenemos derecho a nombrar un abogado,
  • disponemos de 8 horas para que pueda acudir nuestro abogado particular, pasado ese tiempo nombrarán un abogado de oficio,
  • tenemos derecho a no declarar en ningún caso en dependencias policiales, ya sean de la policía o de la guardia civil.
Es fundamental no perder la calma, sabemos que es fácil decirlo y que la situación invita al nerviosismo, pero si no perdemos de vista estos 3 derechos que nos asisten todo el proceso ulterior se verá favorecido.
Recomendaciones.
Nosotros recomendamos por supuesto nombrar a un abogado penalista para que lleve nuestro proceso, estamos acostumbrados al trato con las fuerzas policiales, son situaciones con las que ya tenemos familiaridad, sabemos qué es lo mejor en estos casos. 
Bajo ningún concepto declarar en las dependencias policiales, tenemos derecho a declarar si lo deseamos en el Juzgado, es lo realmente recomendable, y nos da tiempo a reunirnos con ud y preparar la comparecencia judicial, es una herramienta más de su defensa. No declarar nunca ante la policía.
Los uniformes, el ambiente de la comisaria y los calabozos, pueden confundirnos y asustarnos, no hay que dejarse amedrentar por el entorno, ellos están allí para hacer su trabajo y ud debe procurar salir lo mejor parado del proceso, por ello no debe firmar nada sin que antes lo haya visionado su abogado explicándole el qué y porqué del documento que se le entrega para firmar, en ningún caso está obligado a autoinculparse, me vienen a la memoria las secuencias de esas películas en las que el “poli bueno” le dice al detenido algo así como anda ayúdanos y ayúdate, si confiesas ya, va a ser todo mucho más fácil y te podremos ayudar”, ni en las películas sale bien para el detenido, así que ni caso.
Si en su detención ha recibido agresiones, maltratos, amenazas, coacciones o si simplemente entiende que su detención carece de motivo fundamentado o incluso se ha realizado de modo ilegal, puede solicitar un Habeas Corpus, que es una figura legal de la que hablaremos en una próxima entrada. 

Los jueces quieren mantener el control sobre los divorcios de mutuo acuerdo

La Ley de Jurisdicción Voluntaria extiende a los notarios la capacidad de disolver matrimonios. Para romper el vínculo es necesario que no exista conflicto entre los cónyuges.

Los jueces quieren mantener su control legal sobre las separaciones y divorcios cuando estos son de mutuo acuerdo. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene ya listo el borrador de informe sobre el Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que prevé, entre otras medidas para modernizar el derecho privado, extender a los notarios la capacidad para disolver matrimonios cuando existe acuerdo entre los cónyuges sobre las condiciones del divorcio.
El órgano de gobierno de los jueces ha señalado en un comunicado que "la competencia para celebrar un matrimonio -que el Anteproyecto extiende a los notarios- no debe amparar la de disolverlo". Según el CGPJ, la celebración del matrimonio y el divorcio "son realidades absolutamente diferenciadas". La Ley de Jurisdicción Voluntaria es una de las medidas estrella del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
El Poder Judicial considera que en los expedientes de separación y divorcio "debe seguir siendo preceptiva la intervención de abogado", aunque la disolución del matrimonio se haga por acuerdo de los cónyuges ante notario mediante escritura pública. 
Los jueces opinan que es "imprescindible que cada parte esté asistida en todo caso por su propio letrado".
El anteproyecto que ha presentado el Ministerio de Justicia modifica el Código Civil para atribuir a los fedatarios públicos las atribuciones resarvadas hasta ahora a los jueces y magistrados de familia. La separación o divorcio fuera del ámbito judicial se limita a parejas sin hijos menores de edad dependientes de la pareja.
El futuro texto legal otorga a los notarios capacidad de casar parejas y permite a los cónyuges acordar su separación de mutuo acuerdo ante notario 3 meses después de la celebración del matrimonio "mediante la formulación de convenio regulador en escritura pública". 
El otorgamiento de la escritura pública produce "la suspensión de la vida común de los casados" de manera automática.
La Ley prevé también elevar la edad mínima para contraer matrimonio de 14 a 16 años
Los jueces en este caso reclaman al Gobierno "mantener un cierto grado de discrecionalidad judicial, como en determinados casos ocurre actualmente".

Entre un 15-45% de las parejas abandona los tratamientos de reproducción asistida

entre parejas abando
imfarmacia clinica.es/ 28 de Febrero de 2014

Expertos nacionales analizan en Madrid la actual relación médico- paciente y su importancia en el éxito de los tratamientos de reproducción asistida.
Los próximos 6 y 7 de marzo se celebrará en Madrid una de las citas más importantes en el campo de la reproducción asistida. La XVI edición de la jornada “Temas Actuales de Reproducción Asistida”, organizada por la Fundación Ginefiv, la Universidad de Alcalá  (UAH) y la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), reunirá a los más destacados expertos del sector para analizar los últimos avances y nuevas tendencias en reproducción asistida. Además, por 1ª vez se mostrará una exposición a nivel internacional con pinturas y fotografías artísticas que versa sobre la fertilidad y el deseo de ser padres, una exhibición pionera en la que se expondrán las obras ganadoras y finalistas del I Premio de Arte de Ginefiv.
Hoy en día, la dedición de tener un hijo se retrasa, por lo que las consultas de fertilidad son cada vez más frecuente. Se calcula que 1 de cada 7 parejas en edad reproductiva tiene dificultad a la hora de concebir y pide ayuda a un especialista. Sin embargo, el deseo de tener un hijo y encontrarse con algún problema para conseguirlo es una de las situaciones con mayor carga emocional. De hecho, entre un 15 y un 45% de las parejas decide abandonar los tratamientos de reproducción asistida (TRA) debido a la gran carga emocional que padecen.
Ante este contexto, los especialistas abordarán la importancia de la relación médico-paciente con el objetivo de reducir la ansiedad o el estrés que surge ante una situación desconocida, y más aún cuando los avances en las Redes Sociales permiten acceder a un gran cúmulo de información que a veces es difícil de asimilar o entender.  Asimismo, se presentan nuevos retos como la influencia de los factores ambientales y el actual estilo de vida que han originado un aumento en los casos de infertilidad masculina o problemas cada día más habituales en pacientes en edad reproductiva como una baja reserva ovárica en mujeres menores de 36-37 años, asuntos que se tratarán en las diversas sesiones.
Esta problemática potencia: El Sindrome del "Clinex" o Busco Semental y luego me divorcio. Y me quedo con los Bienes Inmuebles,......
Las relaciones con 3ª personas en busqueda del tesoro añorado,.... 
¿Fertilidad o divorcio?

Papa Francisco pide no condenar a divorciados

Notimex | 28/02/2014 |
El Papa Francisco exhortó hoy a los católicos a no condenar a las personas divorciadas e instó a “caminar con ellos”, a sentir dolor junto con ellos por el “fracaso en su amor”.
En medio de un intenso debate entre cardenales y obispos sobre la posibilidad de administrar el sacramento de la comunión a las personas divorciadas y vueltas a casar, el pontífice tocó el tema durante su misa privada matutina.
En el sermón, pronunciado ante un grupo de personas en la Capilla de su residencia vaticana, la Casa Santa Marta, el líder católico advirtió contra “las trampas” que se esconden “detrás de la casuística” al analizar la situación de las personas.
Cuando se deja al padre y a la madre y se une a una mujer, se hacen una sola carne y van hacia delante pero este amor fracasa, porque muchas veces fracasa, tenemos que sentir el dolor de este fracaso”, indicó.
(Se debe) acompañar a las personas que han sufrido este fracaso en su amor. ¡No condenen! ¡Caminen con ellos! Y no usen la casuística con su situación”, agregó.
Su referencia a la casuística puede parecer irrelevante, pero tiene gran importancia en medio de un debate de gran intensidad, que se abrió la semana pasada durante una reunión –a puerta cerrada- entre el pontífice y más de 150 cardenales.
En ese encuentro, llamado Consistorio Extraordinario, más de 60 purpurados dieron su parecer ante el pleno respecto de las posibilidades que podrían abrirse a dar la comunión a los casados en segundas nupcias, que ahora están excluidas de participar en ese sacramento.
Antes de aquel diálogo el Papa hizo referencia justamente a la casuística al advertir que si las discusiones retomaban los casos de personas en situaciones particulares podrían terminar convirtiendo en infructuoso el diálogo.
Aunque El Vaticano no dio a conocer el contenido de las intervenciones de los cardenales, uno de ellos, el francés Philippe Barbarin, aseguró que el 90 % de ellos versó justamente sobre el tema de los divorciados y vueltos a casar.
Varios purpurados ya han dicho públicamente que serían contrarios a cualquier apertura en este tema, como el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Gerhard Ludwig Mueller, quien aseguró tajante que nadie puede cambiar el mandato de Cristo sobre el matrimonio.
Por eso no es casual que el Papa Francisco haya retomado este viernes el tema.
Cuando ve la belleza del amor, lo bello que es el matrimonio y la familia, lo bello que es este camino, vemos cuánta cercanía debemos tener hacia los hermanos y las hermanas que en su vida han tenido la desgracia de un fracaso en el amor”, indicó.
“Debemos estar atentos a que no fracase el amor. Que el Señor nos dé a todos la gracia de entenderlo y también la gracia de no caer nunca en este comportamiento casuístico de los fariseos, de los doctores de la ley”, apuntó.

MEDIDA CAUTELAR. EFECTOS

Vlex/Febrero 2014
Las medidas cautelares están concebidas para asegurar la eficacia de la resolución que ponga fin al proceso, evitando que el transcurso del tiempo ponga en peligro el cumplimiento de la resolución de terminación del mismo.

La sentencia en la web
Pleito por pensión de pareja gay llega hasta a la Corte
Agencias
27/Feb/2014 12:32
Pleito por pensión de pareja gay llega hasta a la Corte
La importancia y trascendencia consiste en que se analizará la naturaleza jurídica de la sociedad de convivencia y la viabilidad de convenir en materia de alimentos. (Foto: Internet).
La Suprema Corte estudiará la constitucionalidad, bajo el derecho a la igualdad, del Artículo 21 de la Ley de Sociedad de Convivencia capitalina, porque regula de manera diferenciada la disolución del vínculo entre personas del mismo sexo respecto a como lo hace el Código Civil para el matrimonio tradicional.

La importancia y trascendencia consiste en que se analizará la naturaleza jurídica de la sociedad de convivencia y la viabilidad de convenir en materia de alimentos.

El caso

Una persona demandó pensión alimenticia argumentando que durante la vigencia de la convivencia se dedicó a las labores del hogar, mientras su ex conviviente aportaba los medios económicos para sufragar los gastos.

Después de la promoción de diversos recursos durante del juicio, el quejoso impugnó que el Artículo 21 Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal que establece que tendrá derecho a que le sea otorgada dicha pensión sólo por la mitad del tiempo de duración de la sociedad.
Hizo notar que la distinción respecto al tratamiento que se da al matrimonio y al concubinato no está justificada por el legislador y más si se considera que al momento de formalizar su sociedad de convivencia, no estaba permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo.
Corte atrae el caso
En razón de esa diferenciación, el ministro José Ramón Cossío Díaz propuso a sus colegas de la Primera Sala atraer el amparo 365/2013 en el que un quejoso impugna esta distinción en el tratamiento de hechos similares, cuando la única diferencia es el sexo de los involucrados.
Así, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptaron ejercer su facultad de atracción en este caso, porque, dijeron, les permitirá analizar el asunto desde una perspectiva general, además de resolver el caso particular planteado.

¿Qué dice la ley?
Por un lado, la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal establece que en caso de terminación de la sociedad, el conviviente que carezca de ingresos y bienes suficientes para su sostenimiento tendrá derecho a que le sea otorgada una pensión alimenticia sólo por la mitad del tiempo de su duración.
En tanto, de manera diferenciada, en el Código Civil para el Distrito Federal se establece respecto a la regulación del matrimonio y el concubinato, que la obligación alimentaria en caso de disolución del vínculo, se mantendrá por un tiempo equivalente a la duración de éste.
- See more at: http://www.vertigopolitico.com/articulo/29936/Pleito-por-pensin-de-pareja-gay-llega-hasta-a-la-Corte#sthash.YLCt7Nhy.dpuf
Pleito por pensión de pareja gay llega hasta a la Corte
Agencias
27/Feb/2014 12:32
Pleito por pensión de pareja gay llega hasta a la Corte
La importancia y trascendencia consiste en que se analizará la naturaleza jurídica de la sociedad de convivencia y la viabilidad de convenir en materia de alimentos. (Foto: Internet).
La Suprema Corte estudiará la constitucionalidad, bajo el derecho a la igualdad, del Artículo 21 de la Ley de Sociedad de Convivencia capitalina, porque regula de manera diferenciada la disolución del vínculo entre personas del mismo sexo respecto a como lo hace el Código Civil para el matrimonio tradicional.

La importancia y trascendencia consiste en que se analizará la naturaleza jurídica de la sociedad de convivencia y la viabilidad de convenir en materia de alimentos.

El caso

Una persona demandó pensión alimenticia argumentando que durante la vigencia de la convivencia se dedicó a las labores del hogar, mientras su ex conviviente aportaba los medios económicos para sufragar los gastos.

Después de la promoción de diversos recursos durante del juicio, el quejoso impugnó que el Artículo 21 Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal que establece que tendrá derecho a que le sea otorgada dicha pensión sólo por la mitad del tiempo de duración de la sociedad.
Hizo notar que la distinción respecto al tratamiento que se da al matrimonio y al concubinato no está justificada por el legislador y más si se considera que al momento de formalizar su sociedad de convivencia, no estaba permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo.
Corte atrae el caso
En razón de esa diferenciación, el ministro José Ramón Cossío Díaz propuso a sus colegas de la Primera Sala atraer el amparo 365/2013 en el que un quejoso impugna esta distinción en el tratamiento de hechos similares, cuando la única diferencia es el sexo de los involucrados.
Así, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptaron ejercer su facultad de atracción en este caso, porque, dijeron, les permitirá analizar el asunto desde una perspectiva general, además de resolver el caso particular planteado.

¿Qué dice la ley?
Por un lado, la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal establece que en caso de terminación de la sociedad, el conviviente que carezca de ingresos y bienes suficientes para su sostenimiento tendrá derecho a que le sea otorgada una pensión alimenticia sólo por la mitad del tiempo de su duración.
En tanto, de manera diferenciada, en el Código Civil para el Distrito Federal se establece respecto a la regulación del matrimonio y el concubinato, que la obligación alimentaria en caso de disolución del vínculo, se mantendrá por un tiempo equivalente a la duración de éste.
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viernes, 28 de febrero de 2014

Los diez mandamientos del vendedor de éxito y del Divorcio

Shar
asesor-vino-onoky.jpg
el Economista.es|27/02/2014
En el mercado actual las técnicas tradicionales de venta ya no sirven. Las reglas han cambiado y se requiere una nueva especie de vendedor. En un ámbito en el que además la competencia es feroz, hay que buscar la manera de adaptarse a los nuevos tiempos, y sobre todo diferenciarse de los demás.
La psicóloga, consultora y experta en ventas Mónica Mendoza presenta 10 consejos para convertirse en un comercial que logre convencer, y que venda más que su competencia.
(Tambien lo podemos aplicar para superar un divorcio)
1. Ser fan del producto y de uno mismo
Hay que confiar en las posibilidades de éxito, potenciar las cualidades positivas de uno mismo, y hablar siempre con ilusión y convicción. Y, sobre todo, no debe perderse la motivación.  
Piensa que el divorcio es la solución y no el problema  de la pareja.
2. Controlar las emociones
Vender es una profesión de alto riesgo, con muchos vaivenes emocionales. Cuando se vende existe un "subidón" de adrenalina acompañado de una inyección de moral. Pero en los periodos de malas rachas, la necesidad de vender, e incluso la desesperación, se reflejan en el rostro y en el tono de voz, lo que hace perder convicción, un requisito imprescindible para realizar una venta.El divorcio supone una ventana a la felicidad perseguida.
3. Orden de venta
Los 2 primeros minutos nuestro cerebro pone a prueba cualquier interacción nueva, y en ese tiempo se predispone a prestar más o menos atención al discurso posterior. Por ello, lo 1º que hay que hacer es generar autoridad como persona capacitada para ayudar a posibles clientes en su negocio (venderse uno mismo); luego vender la empresa; y por último el producto. En un mercado lleno de productos iguales, la única diferencia la marca el vendedor.
No te resignes, pide el Divorcio; Por ti y tus hijos, que te lo agradeceran.
4. Comunicar globalmente
Que el único arma no sean los datos y argumentos. La mirada, los gestos, la expresión... deben comunicar y transmitir confianza y fiabilidad, que den fuerza al mensaje verbal.
El Divorcio es la solución a la falta de comunicación en la pareja.
5. Sonreir
Las personas que sonríen nos transmiten más confianza que las que no lo hacen. Pero debe ser una sonrisa sincera y espontánea, ya que cualquier persona sabe identificar en segundos una sonrisa falsa. El Divorcio hace más feliz al que lo pide y lo consigue.
6. Más psicología
No es tan importante conocer las técnicas de venta como tener la psicología necesaria para identificar ante qué perfil va bien cada técnica, en qué momento y cómo aplicarla. La misma frase que te hace ganar un cliente puede hacer perder otro.
Te recomendamos siempre el Mutuo Acuerdo, pero si no es posible está el Contencioso: Más caro y más largo.
7. Despertar interés
Hay que lograr captar la atención del interlocutor durante los primeros minutos de conversación, por lo que es recomendable practicar.
Todo depende del Convenio regulador que desees. Aqui tienes un modelo
8. Diferenciación
Hay que generar valor y ser proactivo. Decir lo mismo que los demás, con los mismos argumentos y de la misma manera no hará que se decante por su oferta.
El 50% depende del Juzgado que te toque, un 45% del abogado que te defienda y un 5% de Suerte que hayas tenido en esta vida ó en otra.
9. Aprovechar los contactos
La mejor técnica de venta. Pero hay que procurar que los contactos sean estratégicos y de calidad. Evita los Abogados de Oficio, buscate un Profesional em temas de Familia. Olvidate de los Familiares y amigos abogados, te la jugaran.
10. Asumir los errores
La culpa no siempre es de los demás: que si la zona, el horario, el sector... cuando las cosas no funcionan a veces se busca un responsable. pero hay que mirarse, reflexionar y estudiar los puntos fuertes y débiles, tratando de mejorar.
En un proceso de divorcio no hay culpables, solo una ley ineficaz. 
Busca la Felicidad tuya y de tus hijos.

jueves, 27 de febrero de 2014

Londres propone una ley que regule los acuerdos prenupciales

Londres/la informacion.com|jueves, 27/02/14
Las parejas de Inglaterra y Gales podrían acordar legalmente los términos de su hipotético divorcio antes incluso de casarse si prospera una nueva legislación a favor de los acuerdos prenupciales propuesta hoy por la Comisión de Leyes.

En un informe sobre reforma de leyes matrimoniales, divulgado hoy por ese organismo independiente que asesora al Gobierno británico en materia de reforma legal, la comisión abogó por introducir fórmulas que ayuden a resolver disputas sobre acuerdos financieros así como por pautas oficiales sobre las "necesidades financieras" legítimas.
Ese organismo consideró que los acuerdos prenupciales y postnupciales legalmente vinculantes facilitarán a las parejas que decidan separarse la gestión de sus finanzas y propiedades tras una ruptura.
Actualmente, los matrimonios y las uniones civiles en el Reino Unido pueden llegar a acuerdos si bien estos no son vinculantes por ley y los tribunales británicos no siempre los mantienen.
La Comisión de Leyes detalló además en ese documento una serie de condiciones para que los acuerdos maritales sean legalmente vinculantes, entre los que contempla que ambas partes de la pareja hayan recibido asesoramiento legal o hayan divulgado todo tipo de información relevante acerca de sus finanzas.
También estipula que un acuerdo prenupcial debe realizarse al menos 28 días antes de la boda o la unión civil.
Según Elizabeth Cooke, de esa comisión, ese cambio daría a las parejas "autonomía y control" al tiempo que "haría que los resultados financieros de la separación fueran más predecibles".
Por contra, Harry Benson, de la llamada Fundación del Matrimonio, dijo que cree que esos acuerdos solamente se utilizarán en pequeñas minorías con mucho patrimonio que proteger.
"Esencialmente, lo que estás diciendo es: 'Mi dinero es más importante que nuestro compromiso", dijo Benson a la cadena británica BBC.

España: Lo que le cuesta el divorcio a un Padre

Lo que le cuesta a él el divorcio

Una experta en familia analiza minuciosamente todos los gastos que ellos deben soportar con la ruptura del matrimonio

No hay duda de que tomar la decisión de divorciarse es la punta de un iceberg bajo el que se acumulan numerosos conflictos, falta de comunicación, dejadez, rutinas, celos, infidelidades... El coste emocional y psicológico de esta drástica ruptura es para ambos muy grande. Pero también el económico. Y, más aún, si tienen hijos.
No son pocos los casos en que la mujer se queda en el domicilio conyugal y es el hombre el que debe marcharse y «buscarse la vida», además de encargarse de parte de los gastos de su antiguo hogar y la manutención de los niños. Numerosos expertos en la materia aseguran que son ellos, los maridos, los que normalmente se llevan la peor parte, al menos desde el punto de vista económico. ¿Cuál es la razón?
Es difícil determinar el coste exacto de un divorcio porque cada pareja es distinta y depende de los ingresos de los progenitores, el nivel socioeconómico de la familia, el número de hijos, el tipo de divorcio, etc.
No obstante, para concretar los gastos que deben asumir los hombres, Nuria Caballero Valentín, abogada experta en Familia, mediadora Familiar y experta en Inteligencia Emocional (.....).
Folleto Informativo completo aquí

Mitos sobre la violencia de género

fundacion punset.org/Mi padre ha maltratado a mi madre durante muchos años tanto física como psicológicamente, ha sido alcohólico. Nunca nos ha pegado a nosotras, pero se ha endeudado y ahora somos mi madre y yo que le ayudamos, incluso hemos tenido que emigrar con este fin. Mi madre siempre le justifica y me da miedo que una de mis hermanas también pueda llegar a ser maltratadora porque vive con él. Mi madre tuvo que ir a una unidad psiquiátrica porque tuvo un cuadro de paranoia causado por las numerosas faltas de respeto de mi padre. No quiero que mis hermanas y yo acabemos como ellos. Soy la única que se da cuenta del maltrato. Me da miedo estar con mi padre, me hace sentir como si no valiera nada y tengo mucho miedo.
Responde: Rosalía Roquero.
La violencia doméstica es la principal causa de reducción en la calidad de vida, daño y muerte para la mujer, y tiene serios efectos secundarios para la familia, la comunidad y la economía.
No es fácil ser consciente de lo que uno está viviendo, desde dentro de una relación de violencia de género. Muchas mujeres sufren además el cuestionamiento social, de lo que fuera parece tan evidente. Numerosos son los mitos que invisibilizan el problema, como son: “los casos de violencia de género son escasos”, cuando 1 de cada 3 mujeres en el mundo ha padecido malos tratos o abusos. 
Se trata de un problema de las clases sociales bajas”, hay que tener en cuenta que las personas que acceden a recursos privados proporcionan datos invisibles a las estadísticas. “El abuso de las drogas, el alcohol y las enfermedades mentales son la causa del maltrato”, el consumo puede favorecer que aparezca el episodio del maltrato, sin embargo existen personas con adicciones que no son violentos y personas que maltratan sin tener ningún tipo de consumo, lo que eliminaría una relación causal entre estos 2 factores. De igual manera, menos del 10% de los malos tratos son producidos por algún trastorno psicopatológico. 
La mujer debe permanecer unida a su pareja por el bien de los hijos”, los hijos son las víctimas silenciosas de este proceso, sufriendo numerosas consecuencias entre las que podría aparecer el aprendizaje de formas de expresión violentas de la agresividad, lo que nos lleva a otro mito, “la violencia es algo innato del ser humano”. Si bien todos sentimos en un momento dado ira o agresividad, las formas de expresión de éstas son aprendidas, por este motivo podemos aprender a resolver problemas con estrategias no violentas. 
Las mujeres maltratadas permanecen en esa situación porque les gusta”, el sufrimiento de la mujer maltratada es enorme, la falta de medios para salir adelante, el miedo, las disculpas de su marido…dificultan la toma de decisiones.
Ser la única consciente del problema en casa te impide apoyarte en alguien y necesitas ayuda, puedes consultar tu situación en el Instituto de la Mujer. Te informarán de todos los recursos disponibles en tu comunidad y te explicarán como acceder a atención psicológica especializada para recomponer tu autoestima y sobre todo ayudarte a vivir sin miedo.

miércoles, 26 de febrero de 2014

La guarda y custodia compartida

Antonio Acevedo Bermejo, Abogado y mediador familiar.26 JUL 2013 
En plena Transición democrática (1981) se diseñó un escenario para la ruptura matrimonial que se ha mantenido a lo largo de toda una generación. Este diseño suponía que el padre saliera de la vivienda en la que continuarían residiendo la madre y los hijos; se establecía a favor del progenitor masculino un humillante “régimen de visitas” respecto de aquellos, y se determinaban con escaso rigor las aportaciones económicas que el padre debía abonar para el sostenimiento de la familia.
El resultado de este escenario es una generación de padres desdichados y una sociedad de huérfanos cuyos padres viven.
Hoy, 30 años después y una orientación imparable hacia la igualdad de sexos, la sociedad reclama una solución que pare la sangría que sufre la institución de la familia que se ve afectada por la ruptura.
Ante ello, debe perseguirse el objetivo irrenunciable de que los hijos dispongan de sus padres en un marco de completa igualdad, protegiendo así el interés de los hijos y también el de la familia como base de todo el edificio social.
El acuerdo en la forma de custodia de los hijos no siempre es posible, y cuando la discrepancia de un cónyuge bloquea la posibilidad de lograr el acuerdo debe existir una norma que ofrezca adecuada solución, que solo es la corresponsabilidad parental efectiva.
Y los vehículos que lleven a esa meta deben ser: la mediación familiar que facilite el acuerdo, la existencia de una legislación de progreso cuando el consenso sea imposible y los pactos matrimoniales, en que los interesados diseñen sus propias soluciones ante la posible crisis, haciendo realidad el contrato matrimonial, que hoy, en definitiva, solo depende para su subsistencia de la libérrima voluntad de sus contratantes.— 

La prioridad en la custodia materna es un concepto sexista

........, una predeterminación social que nos vuelve a encerrar en el destino de madres y sólo madres.


Rosa Montero 26 JUN 2012 


Escribo este artículo todavía horrorizada por el caso de esa joven rociada en Madrid con un ácido que le abrasó la carne hasta llegar al hueso. Días antes había iniciado los trámites de separación de su marido, cuya implicación aún no ha sido probada (está denunciado por malos tratos). Este suceso atroz, y otros semejantes, aviva en muchas mujeres un núcleo instintivo de desconfianza y rencor hacia los hombres, aunque a la inmensa mayoría de ellos les espante lo del ácido tanto como a nosotras. Pero el sexismo deja heridas que terminan convirtiéndose en prejuicios.
Digo esto por la reforma del Código Civil para que la custodia compartida deje de ser un régimen excepcional (hasta ahora prima la custodia materna: se otorga en el 90% de los divorcios). Enseguida se ha reactivado la polémica y, para mi asombro, muchas mujeres y en general la izquierda se han declarado en contra, como si la custodia materna fuera algo progresista. Es cierto que hay padres que reclaman la custodia sólo para fastidiar a la mujer, cuando jamás han hecho caso de los niños. Pero también es cierto que hay mujeres que dificultan el contacto de los padres con sus hijos como venganza. La prioridad en la custodia materna es un concepto sexista, una predeterminación social que nos vuelve a encerrar en el destino de madres y sólo madres. ¿Queremos que los padres cuiden más de sus hijos? 
En primer lugar, ya lo están haciendo: hay un claro corrimiento de muchos varones hacia papeles menos machistas. Pero, además, para que se desarrolle esa tendencia hay que cambiar las leyes, porque el marco legal nos da la forma social
Superemos los prejuicios y reconozcamos estas obviedades: los niños necesitan a sus padres y a sus madres. Los hijos no deberían ser munición de ataque. 
Los padres tienen el derecho y el deber de ser padres.

El Congreso aprueba la reforma de la ley del divorcio, con errores graves

El PP se abstiene por el rechazo a la custodia compartida sin acuerdo

Todos los grupos parlamentarios, excepto el PP, han mostrado esta noche en el Pleno del Congreso su apoyo al proyecto de Ley de reforma del Código Civil por la que se agiliza el divorcio, se suprime la separación previa obligatoria y la necesidad de alegar causas y se regula la custodia compartida.
El texto entrará en vigor próximamente ya que se prevé su aplicación al día siguiente de su publicación en el B.O.E. El debate, que contó con la presencia del ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, se ha alargado hasta pasada la media noche. 
Además, los socialistas, junto con BNG, CC, PNV, ERC y CiU han rechazado la VIIIª enmienda, incorporada en la Cámara Alta por el PP con el apoyo de otros grupos, que regulaba más concretamente el Fondo de Garantía de Impago de Pensiones Alimenticias, e incluía las compensatorias. Esta parte sí ha contado con el apoyo de IU y PP. 
Los detractores de la enmienda la han considerado contradictoria con otra parte de la normativa no retirada y dan prioridad a las pensiones alimenticias.

La custodia compartida
El aspecto más polémico durante la tramitación fue la posibilidad de que el juez conceda la custodia compartida sin acuerdo de los padres. Finalmente, se incorporó una enmienda socialista pactada en el Senado con el resto de los grupos, salvo con el PP, que prevé que, si la pide uno de los padres, el juez dictamine la custodia "con carácter excepcional" tras analizar un informe preceptivo pero no vinculante del fiscal y un estudio de un equipo de especialistas. El juez evaluará además la ubicación de los domicilios paternos para que el menor goce de estabilidad. En caso de que los progenitores acuerden compartir la guarda y custodia, el juez deberá concederla tras recabar "en todo caso" el informe del fiscal. También podrá escuchar la opinión de los hijos si lo considera oportuno o si lo piden el fiscal, las partes o los niños. Se prohíbe en casos de violencia familiar.
Esta mañana el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha defendido una vez más este punto de la ley -que hasta ahora estaba admitido pero sin regular- como "una solución razonable" y propia de una sociedad desarrollada. En su opinión, "apuesta por la igualdad efectiva en la distribución de las responsabilidades y las tareas durante el matrimonio y una vez terminado" éste. "Este régimen se puede acordar cuando se disuelva el matrimonio, siempre y cuando no perjudique la personalidad del menor ni le suponga ningún tipo de trastorno domiciliario. Con todas estas cautelas, yo creo que es una solución razonable que está a la altura de la sociedad del presente, que apuesta por la igualdad", ha añadido López Aguilar.
Los deberes de los esposos
La reforma de esta ley, que data de 1981, permitirá pedir el divorcio a los 3 meses de celebrarse la boda. Si la petición es sólo de uno de los esposos, los tribunales resolverán la demanda en menos de medio año y, en caso de mutuo acuerdo, en 2 meses como máximo. 
En caso de maltrato no se respetará el plazo de 3 meses. 
Con anterioridad a esta modificación del Código Civil, debía pasar 1 año desde el matrimonio para plantear la separación y otro más para presentar la demanda de divorcio. En todo caso, la figura de la separación se mantiene para quien la solicite. El proyecto, que comenzó su andadura en septiembre último con su aprobación en Consejo de Ministros, desea simplificar los trámites, abaratar los costes, aliviar el trabajo de los juzgados y reducir, en lo posible, el sufrimiento emocional.
Así, la reforma eliminará la exigencia de alegar causas legales para la separación, recogidas hasta ahora en los artículos 82, 86 y 87 del Código Civil y son alcoholismo, infidelidad, cese de la convivencia conyugal, toxicomanías, perturbación mental, conductas injuriosas, abandono de hogar y violación de los deberes conyugales. Como novedad, la ley introduce que entre los deberes de quienes contraen matrimonio -además de estar obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente-, "el compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y la atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a cargo", gracias a una enmienda del PNV. El texto incluye la futura creación de un Fondo estatal que garantice el pago de las pensiones de alimentos en caso de impagos, una vieja reivindicación de las asociaciones feministas.
Además, introduce la obligación del Gobierno a enviar a las Cortes un proyecto de ley sobre la mediación y que establece ese mecanismo como "un recurso voluntario y alternativo de solución de conflictos familiares por la vía del mutuo acuerdo, con la intervención de un mediador imparcial y neutral". Los cónyuges que se encuentren en un proceso de separación o divorcio lo podrán suspender para someterse a la mediación, un instrumento que ya funciona en varias comunidades autónomas. El anteproyecto fue examinado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que lo respaldó en líneas generales, pero defendió la necesidad de que en los divorcios sin mutuo acuerdo se exigieran causas para la ruptura.

PSOE: Aprobada la reforma que agiliza el divorcio con posibilidad de "retocar" la custodia compartida

La ley acaba con la separación previa obligatoria y la declaración de culpabilidad, y permite la custodia compartida de los hijos

AGENCIAS / ELPAIS.es Madrid 21 ABR 2005 
El Congreso ha aprobado hoy la modificación del Código Civil para agilizar el proceso de divorcio. Cuando entre en vigor este cambio, previsiblemente en julio, las parejas podrán pedir el divorcio 3 meses después de la boda, sin separarse previamente, no será necesario alegar causas para la ruptura y el juez no podrá dictar la custodia compartida si el padre y la madre se oponen, pero cabrá concederla excepcionalmente si la pide un progenitor. El proyecto de ley, que ha incorporado diversas enmiendas parlamentarias, ha contado con el respaldo de todos los grupos, excepto el PP, que se ha abstenido. Por su parte, el PSOE se ha mostrado abierto a negociar y "retocar" la polémica custodia compartida de los hijos.
El dictamen, aprobado con 192 votos, 127 abstenciones (PP) y 5 votos en contra, se remite ahora al Senado con una novedosa enmienda del PNV, aprobada en la Comisión de Justicia, por la que los contrayentes, además vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente (redacción actual del Código Civil), deberán compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado de ascendientes y descendientes. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha intervenido en el pleno para defender un proyecto que "refuerza la libertad y la autonomía y resuelve los problemas que genera la actual regulación al prolongar un proceso que es inexorablemente doloroso".
Entre las novedades, López Aguilar ha recordado que no será necesario alegar causas para la ruptura, que no se exigirá la separación previa al divorcio y que sólo se requerirá esperar 3 meses desde del matrimonio para presentar la demanda, plazo no preciso en los casos de violencia doméstica. López Aguilar, convencido de que la ley garantiza la protección del interés del menor, que no puede ser utilizado como "moneda de cambio", ha destacado también la regulación de la pensión compensatoria (indefinida, temporal y a tanto alzado). Respecto a la polémica sobre la custodia compartida, el portavoz socialista se ha mostrado dispuesto al diálogo, pero recordó que el criterio general es que sólo se concederá con acuerdo de los padres, con un "pequeño resquicio" para que el juez pueda otorgarla sin ese acuerdo excepcionalmente, con informe positivo del fiscal y si sólo así se protege adecuadamente al menor.
En este sentido, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se comprometió ayer con las asociaciones de mujeres, contrarias a la custodia compartida como el PP, CiU, el PNV y CC, a "explorar" de nuevo la situación, y hoy el portavoz socialista, Julio Villarrubia, ha asegurado que su grupo intentará alcanzar el "máximo consenso posible" hasta el último día de la tramitación, a finales de junio.
Gracias a una enmienda de IU-ICV, los cónyuges podrán suspender el proceso de divorcio para someterse a la mediación familiar, fórmula que el Gobierno deberá regular por ley, y con otra enmienda de CiU se exige la creación de un fondo estatal para hacer frente al impago de alimentos reconocidos en favor de los hijos menores en un convenio de separación o divorcio. El PP se ha abstenido al votar el dictamen, ya que ha considerado que, aunque el proyecto es "bien intencionado", es necesario reformar varios puntos en el Senado, como la custodia compartida. Su portavoz, Carmen Matador, ha defendido también que se continúen alegando causas para la ruptura, ha apostado por la mediación obligatoria cuando haya hijos menores y ha reclamado más recursos para agilizar los procesos.
Desde CiU, Mercé Pigem ha coincidido en la necesidad de superar la actual legislación, pero ha considerado que deberían mantenerse determinadas causas de separación, como la vulneración de los deberes entre los cónyuges y con los hijos y la voluntad de cesar la relación. También ha apostado por suprimir el plazo de tres meses de matrimonio en las rupturas contenciosas.  
La portavoz del PNV, Margarita Uría, tras elogiar la reforma, ha mostrado su satisfacción por la actualización de los deberes de los contrayentes en el Código Civil por "pedagogía social" y por su importancia a la hora de solicitar la custodia.
Uría y sus compañeros de grupo han apoyado los votos particulares presentados por el PSOE e IU-ICV para sacar del dictamen una de las enmiendas del PNV en contra de la custodia compartida, que se habían aprobado por un error a la hora de votar en el trámite de Comisión. 
Por su parte, la portavoz de ERC, Rosa María Bonás, ha apostado por modificar la terminología y llamar "responsabilidad parental" a la "patria potestad" y por introducir el concepto de "guarda alternada". La portavoz de IU-ICV, Isaura Navarro, se ha mostrado satisfecha por la regulación de la mediación voluntaria, imparcial y confidencial pero ha lamentado que no se pida que el fondo estatal se haga también cargo de las pensiones compensatorias.
También ha expresado su apoyo al proyecto el portavoz de CC, Luis Mardones, aunque ha apostado por mejorar la regulación de la custodia compartida y, como el PP, ha apostado por la mediación obligatoria si hay hijos menores. 
Desde el grupo mixto, Begoña Lasagabaster (EA) ha pedido agilizar régimen de liquidación de la sociedad de gananciales, y Francisco Rodríguez (BNG) ha elogiado la reforma porque la convivencia sólo debe someterse "al criterio de la voluntad y de la libertad".