Marisa Soleto/ 17.09.2015
Dicen los datos del Instituto Nacional de Estadística que en el año
2014 nos hemos divorciado más. Y en muchos casos, estos datos se han
difundido en los medios de comunicación apelando a la recuperación
económica como una de las causas de ese 5,4 % de incremento en el nº de rupturas matrimoniales que se produjo en el año 2014 respecto del año anterior.
A veces se nos olvida que el matrimonio y en general la convivencia
en pareja son también una comunidad de bienes que, por lo tanto,
reacciona ante los ciclos económicos igual que otras instituciones y
organizaciones. El coste de separarse no sólo es el precio que hay que
pagar por el procedimiento judicial sino, también, la ruptura de las
economías de escala que supone dejar de compartir gastos entre 2
personas adultas y duplicar las necesidades logísticas básicas.
Pero más allá del nº de divorcios ayer también conocimos los
datos referidos a la forma en que se asumen las responsabilidades
familiares y el cuidado de los hijos e hijas tras una ruptura
matrimonial.
Desde la nota de prensa del INE se ha puesto en valor el incremento de lo que conocemos como custodia compartida.
En 1 de cada 5 casos de divorcio, algo más del 20%, en los que se tiene
que decidir sobre las condiciones del cuidado de los hijos o hijas tras
la ruptura, se establece una custodia ejercida por ambos progenitores.
Es un incremento considerable respecto de años anteriores que merece
un análisis más pormenorizado. Este porcentaje incluye tanto los
divorcios que se celebran de mutuo acuerdo como aquellos por
procedimiento contencioso que puede no contar con el acuerdo del padre y
la madre sobre las condiciones de las relaciones post ruptura
matrimonial, incluyendo la forma de compartir las responsabilidades
familiares.
En los casos de mutuo acuerdo el porcentaje general que ha difundido
el INE se eleva hasta casi 1 de cada 4 casos, más del 24%. En los
divorcios contenciosos esta cifra es lógicamente menor, pero se eleva
hasta 1 de cada 8 divorcios contenciosos, más del 12%, establecen esta
modalidad de custodia compartida.
Que los padres y las madres se ocupen y colaboren en las
responsabilidades y tareas de cuidado tras una ruptura matrimonial y
este indicador crezca, puede parecer un buen indicador de partida, pero
visto desde el bienestar de los menores, cabe preguntarse si el
crecimiento de los casos de custodia compartida entre ambos progenitores
en los divorcios que se resuelven en una situación de conflicto entre
ambos cónyuges y sin acuerdo en las condiciones de la ruptura, no aboca a
los niños y las niñas a vivir en una situación de falta de acuerdo que puede perjudicar su desarrollo.
Y esto por no entrar en el hecho de que estos datos tienen un sesgo
importante de partida. Divorciarse con acuerdo suele ser más barato y
sabemos que aún queda en España un buen número de mujeres víctimas de
violencia de género que no denuncian y que intentan poner fin a la
convivencia y al maltrato a través de la ruptura matrimonial, con el
acuerdo o no de sus agresores. También sabemos que en muchos casos las
negociaciones sobre la modalidad de custodia se utilizan como moneda de
cambio para negociar otros aspectos de las relaciones económicas post
ruptura matrimonial. Pensiones de alimentos, el uso de la vivienda
familiar, por ejemplo, son elementos que se negocian y dependen de cuál
sea la modalidad de custodia. Deberíamos por tanto prestar algo más de
atención a este tipo de incrementos y empezar a cuestionar si realmente
la custodia compartida es en todos los casos un indicador positivo y
garantiza el bienestar de los niños y las niñas.
Ojalá las encuestas de usos del tiempo y de participación de los
hombres en las tareas y responsabilidades domésticas y de cuidado de las
personas dependientes, niños, niñas y personas mayores y enfermas, nos
indicaran que estos datos sobre custodia compartida en los casos de
ruptura matrimonial se corresponde con un auténtico cambio social y una
mayor colaboración entre progenitores también en las parejas que
conviven. Pero no tenemos indicadores de convivencia o sobre disfrute de
permisos parentales que nos den pistas en este sentido. Si las
responsabilidades y sobre todo las tareas familiares y domésticas siguen
siendo desempeñadas de forma principal por las mujeres, resulta
complicado pensar que esta situación se pueda equilibrar,
milagrosamente, cuando una pareja pone fin a su relación.
A pesar de esta realidad social, quien en estas líneas lea una
defensa de la atribución de las custodias de forma preferente a las
madres, se equivoca, pero no creo que la solución para cambiar esa
situación sea la imposición judicial.
No se puede compartir lo que no se quiere compartir y esto requiere voluntad de colaboración, responsabilidad, respeto e incluso complicidad
cuando de la crianza de los hijos y las hijas se trata. Lo que no se
quiere compartir sólo se puede repartir, y quizá las legislaciones
autonómicas que tan alegremente se han lanzado a cantar las bondades de
una custodia compartida impuesta desde los tribunales sin el acuerdo de
las parte implicadas, que ha sido abrazada con entusiasmo desde algunas
instancias judiciales, deberían hacer una reflexión al respecto desde la
necesidad de garantizar un entorno de desarrollo para los menores libre
de conflictos.
Afortunadamente no será esta legislatura en la que produzca la
modificación en el Código Civil sobre este asunto, ya que el
anteproyecto que el Gobierno estaba preparando para regular la
imposición de la custodia compartida judicialmente, incluso en algunos
casos de violencia de género no ha seguido adelante en su tramitación.
La evidencia de que el acuerdo de las partes es la mejor manera de
conseguir esta forma de ocuparse de las necesidades de los menores que
muestran los datos del INE, tal vez nos libre de tener que una
legislación que considera irresponsables a las personas que se
divorcian, incapaz de sentarse a negociar y establecer la forma de
relacionarse cuando ya no quieren seguir siendo pareja. Mientras tanto
hay que seguir insistiendo; quienes quieran compartir las
responsabilidades cotidianas del cuidado de sus hijos e hijas después
del divorcio lo tienen fácil: negocien y lleguen a un acuerdo.
Para esto no necesitan ni un juez ni una Ley. Y si no pueden,
seguramente sus hijos o hijas no se merecen esa situación, ni en 1 de
cada 8 casos, ni en ninguno.
Nota: Desde la regulación del divorcio en España, los datos son similares, el 60-70 % se divorcian de Mutuo Acuerdo y entre un 30-40 % son procesos contenciosos. La pregunta es como solucionar el conflicto en los procesos contenciosos y porque en los de Mutuo Acuerdo, no se producen un 100 % de Custodias Compartidas. Que el Divorcio y sus efectos no sean una herramienta política, para ganar votos. Pero esto no se hara realidad. Hay muchos intereses por medio: Subvenciones, negocios de abogados, psicólogos, asociaciones de afectad@s,....