martes, 8 de septiembre de 2026

España: ley del divorcio (1981-2026) todo sigue casi igual

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El divorcio que abrió una nueva era en España cumple 45 años: Vidal Gutiérrez y Julia Ibars se separaron con una 1ª sentencia en Santander. La historia de la pareja que marcó un camino inédito.
Marca, 07/09/2026 
Hace exactamente 45 años, España dio un paso que hasta entonces parecía impensable después de 4 décadas de dictadura. El 7 de septiembre de 1981, Julia Ibars y Vidal Gutiérrez se convirtieron en el 1º matrimonio en conseguir el divorcio tras la recuperación de este derecho durante la Transición.

Aquella sentencia, dictada en Santander, marcó un antes y un después en una sociedad en la que separarse legalmente seguía siendo un asunto delicado y, para muchas familias, prácticamente un tabú. La propia Ibars reconoció años después que tardó casi 25 años en hablar públicamente de aquella separación.

Una ley que cambió la vida de miles de españoles
La historia de esta pareja no puede entenderse sin la Ley del Divorcio aprobada por el Congreso el 22 de junio de 1981. La norma permitió recuperar la posibilidad de poner fin legalmente a un matrimonio, después de que ese derecho hubiera existido durante la IIª República y fuera eliminado durante el franquismo.

La aprobación tampoco fue un camino sencillo. El debate generó una fuerte división política y provocó tensiones dentro de la entonces UCD. Finalmente, la ley salió adelante con 162 votos a favor, 128 en contra y 7 abstenciones. Entró en vigor en agosto y, apenas unas semanas después, llegó aquella 1ª sentencia en Santander.

Lo ocurrido después desmontó algunos de los temores que habían rodeado la aprobación de la norma. Durante 1981 se registraron 9.483 divorcios, una cifra muy alejada de la supuesta avalancha que algunos sectores conservadores habían pronosticado. Con el paso de las décadas, divorciarse terminó convirtiéndose en una realidad mucho más habitual dentro de la sociedad española.

Hoy, 45 años después, el caso de Julia Ibars y Vidal Gutiérrez permanece como un símbolo de aquella transformación social. Su historia fue la 1ª de millones de parejas que, desde entonces, pudieron decidir legalmente poner punto final a su matrimonio.

domingo, 6 de septiembre de 2026

La intencionalidad de negociar extrajudicialmente el divorcio es suficiente para dar acreditado el MASC.

Un MASC
de divorcio no tiene por qué especificar custodia, alimentos o vivienda para ser válido.
Bárbara Hermida, 6/09/2026 
La A. P. de Málaga ha estimado el recurso de apelación de un hombre, cuya demanda de divorcio había sido inadmitida por no haber cumplido correctamente el requisito MASC. Y así, el tribunal considera que el ofrecimiento a negociar las condiciones de la separación, aunque sin detalles, es suficiente para cumplir con el requisito extrajudicial.

Entre las modificaciones normativas previstas en la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se convertía en obligatorio el requisito prejudicial del MASC.
«Medios adecuados de solución de controversias» que se imponían en los procedimientos de ámbito civil y mercantil, con la intención de conseguir acuerdos prejudiciales que redujeran la cantidad de demandas que llegaban a los tribunales.

Una medida que, sin embargo, no siempre resulta sencilla de cumplimentar antes de presentar una demanda, llevando a los tribunales y magistrados a inadmitir demandas por incumplimiento de MASC, sin que haya unas directrices claras, en muchos casos, de cómo proceder.
Algo que, ahora, ha llevado un caso de demanda de divorcio ante la A.P. de Málaga.

Así pues, todo comenzaba cuando, el 3 de octubre de 2025, Benedicto (nombre ficticio) enviaba un burofax a Penélope, recepcionado por ella 3 días más tarde, en el que se expresaba su voluntad de entrar en negociación para la disolución matrimonial por divorcio.
Un burofax ante el que no había respuesta, presentando la defensa del hombre demanda de divorcio ante el Tribunal de Instancia plaza 2 de Málaga.

Sección de Familia, Infancia y Capacidad del tribunal de instancia que, en su auto definitivo 489/2025, de 18 de diciembre, inadmitía a trámite esta demanda de divorcio.
Ello, valorando el tribunal que el burofax enviado por el demandante en modo de procedimiento MASC no contenía «referencia al tipo de custodia propuesto a la contraparte para el inicio de las negociaciones preliminares».

Falta de detalle sobre elementos como la custodia, la pensión de alimentos o la utilización de la vivienda familiar que llevaban al tribunal de instancia a considerar no acreditado el MASC. Y por tanto, a inadmitir la demanda de divorcio.

Un MASC sin detalles sigue siendo un intento de negociación.
Un caso que, en recurso de apelación, llegaba ante la A.P. de Málaga, en la sección VIª compuesta por los magistrados José Javier Díez Núñez (presidente y ponente), Gloria Muñoz Rosell y Luis Shaw Morcillo.
Magistrados que, en su auto 128/2026, estimaban las pretensiones del demandante.

Así pues, en contraposición a lo valorado por el tribunal de instancia, la A. P. sí considera cumplimentado el MASC, al mostrar Benedicto su predisposición a negociar con Penélope los requisitos necesarios para el divorcio.
«Es cierto que no se especifica ninguna medida concreta de orden personal y/o económica, como lo sería la referente a guarda y custodia«, reconoce el tribunal, «pero ello, en absoluto, a nuestro entender, supone una fractura de la normativa legal».

Y es que, pese a esta falta de detalle, la Audiencia valora que el contenido del burofax enviado sí «muestra voluntad de proceder a una negociación sobre objeto concreto, cual es la disolución matrimonial por divorcio y medidas que deban derivar del mismo».
Una voluntad de negociación que lleva al tribunal a estimar el recurso de apelación interpuesto, revocando la decisión de instancia y admitiendo a trámite la demanda de divorcio.
Sin costas.

jueves, 3 de septiembre de 2026

las hipotecas en casos de separaciones o divorcios:

Un abogado advierte en un vídeo de TikTok sobre creer que basta con un pacto entre la expareja para que uno se quede con la casa y el otro deje de estar vinculado a la hipoteca
David Jiménez, abogado, advierte sobre las hipotecas en casos de separaciones o divorcios: "El acuerdo con tu ex no es suficiente".
Andrés Barros Mariño, 02.09.2026 
El economista y abogado David Jiménez, conocido en redes como @davidjimenezabogado, explica que esta situación no se limita a las separaciones de pareja, sino que también puede darse en el reparto de una herencia. Cuando una persona se adjudica una vivienda, suele quedarse también con la hipoteca asociada, dando por hecho que la otra parte queda automáticamente fuera de esa deuda. Este malentendido es, según el propio abogado, uno de los errores que observa con más frecuencia en su ejercicio profesional, precisamente porque parece un trámite sencillo cuando en realidad implica un paso adicional que muchas personas desconocen.

Por qué el acuerdo entre las 2 partes no es suficiente.
El abogado señala que, aunque ambas partes estén de acuerdo, existe un 3º imprescindible en esta operación: la entidad financiera. "La entidad financiera tiene que participar en esa operación para liberar al deudor", explica Jiménez, en referencia al proceso necesario para que quede un único propietario y un único prestatario en el préstamo.

Esto significa que, aunque se llegue a un pacto con la expareja por el cual una persona se queda con la vivienda y con la hipoteca, si el banco no interviene formalmente en esa liberación, la otra persona sigue vinculada legalmente a las obligaciones del préstamo original. "Si el banco no interviene, vas a seguir vinculado con las obligaciones que tenías y, por tanto, pueden ir contra ti en el caso de que haya cualquier impago", advierte.

Para resolver la parte de la propiedad, el abogado recomienda la figura de la extinción de condominio: uno de los 2 se adjudica la vivienda entera y compensa al otro por su mitad. Fiscalmente, explica, es la vía más ventajosa, ya que no tributa como una compraventa por el ITP (entre un 6% y un 10%), sino por AJD, con un tipo de entre el 0,5% y el 1,5% según la comunidad autónoma.
(Nota: solo lo podrás hacer si previamente has realizado la Liquidación de Gananciales y tendrás que poner otra demanda ante el juzgado)

Jiménez cita además la sentencia 1484/2018 del Tribunal Supremo, que estableció que la base imponible en estos casos no es el valor total del inmueble, sino únicamente la parte correspondiente al comunero que sale de la propiedad. Según sus cálculos, en una vivienda valorada en 300.000 euros, esa diferencia puede suponer más de 20.000 euros en impuestos.

"El acuerdo con tu ex no es suficiente"
Jiménez resume el mensaje de forma directa: "El acuerdo con tu ex no es suficiente. Necesitas que intervenga la entidad financiera para que te libere de ese préstamo". Sin ese paso formal ante el banco, la persona que en teoría ha quedado fuera de la vivienda podría seguir siendo responsable de la deuda hipotecaria en caso de que la otra parte deje de pagar, independientemente de lo acordado entre ambas.

Por ese motivo, el abogado insiste en la importancia de formalizar este trámite bancario, conocido habitualmente como novación o subrogación hipotecaria, como parte del propio proceso de separación, divorcio o reparto de herencia, y no dejarlo pendiente asumiendo que el acuerdo firmado entre las partes ya resuelve la situación frente a la entidad financiera.
(Nota: Tras el divorcio, en Bienes Gananciales, la Hipoteca de la vivienda está a nombre de los 2 protagonistas y el Convenio Regulador no puede hacer nada al respecto y el Juez menos.)

miércoles, 2 de septiembre de 2026

Vivía en un camping, no tenía trabajo y estaba obligado a pagar 1.200 € al mes

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......  para mantener a sus hijos de 28, 26 y 23 años: ahora ha conseguido que la Justicia reduzca la pensión a solo 200 €.
La A. P. de Barcelona extingue la ayuda para 2 hijos adultos y reduce a la mitad la del tercero, que continúa estudiando, tras revisar los ingresos familiares.

Lago Rodríguez, 01.09.2026 
Una obligación económica nacida tras un divorcio puede mantenerse durante años aunque los hijos hayan alcanzado la mayoría de edad. En este caso, la suma mensual llegó a 1.200 €, repartidos a razón de 400 por cada uno, mientras el padre atravesaba una crisis que terminó afectando incluso a su vivienda. La cantidad dejó de encajar con la realidad familiar.

El conflicto se planteó cuando el hombre dejó de contar con los ingresos de sus 2 empresas, liquidadas el 20 de marzo de 2025. Sin empleo y a la espera del subsidio para mayores de 52 años, sustituyó su residencia por una caravana en un camping. Su situación económica quedó en el centro del procedimiento.
El tribunal no trató a los tres hermanos de la misma manera: la edad por sí sola no decidió el pleito. Los 2 mayores, de 28 y 26 años, ya trabajan, mientras el tercero, de 23, mantiene su formación, una diferencia que explica el desenlace desigual.

La norma catalana ante la autonomía económica.
Según la información publicada recientemente por Marie France y recogida hace unos meses por medios como El Blog Salmón e Infobae, la A. P. de Barcelona estimó parcialmente el recurso del progenitor frente a la decisión inicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Rubí. La resolución consideró que los 2 descendientes con empleo habían alcanzado independencia económica y, por tanto, ya no estaban en situación de necesidad. La decisión se apoyó en una valoración individual, no en una regla automática vinculada a cumplir una determinada edad.

El art. 237-13 del C.Civil de Cataluña contempla la extinción cuando mejora la situación de quien recibe los alimentos y la prestación deja de ser necesaria. También prevé que la disminución de rentas del obligado pueda justificarla si pagar impide atender sus propias necesidades. La regulación exige acudir a la vía judicial: el cambio debe quedar acreditado ante el juzgado. En asuntos parecidos, una demanda de modificación permitió que el juez revise pruebas, ingresos y necesidades concretas, una cautela especialmente relevante cuando existen obligaciones fijadas en un divorcio.

El reparto según las circunstancias personales.
El fallo dejó sin efecto los 400 € correspondientes al hijo de 28 años, que llevaba 4 años trabajando. También eliminó la cantidad asignada a su hermana de 26, incorporada al mercado laboral desde hacía más de 1 año. La resolución mantuvo, sin embargo, una obligación reducida para el 3º: 200 € mensuales, la mitad de los 400 fijados inicialmente, porque sigue estudiando y no cuenta con independencia económica. 2 trayectorias laborales cambiaron el resultado.

Para fijar esa cifra, los magistrados ponderaron los recursos disponibles del progenitor, el subsidio que esperaba cobrar y las condiciones de vida en el camping. La precariedad no borró toda la obligación, pero sí influyó en la rebaja aplicada al estudiante, porque la cuantía se ajustó a una necesidad concreta. La transparencia económica también resulta decisiva: en un conflicto de manutención, la ocultación de ingresos puede abrir un frente penal y perjudicar la revisión solicitada.

Las partes todavía pueden intentar llevar la controversia al Tribunal Supremo o al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña mediante un recurso de casación, de modo que el pronunciamiento de la A. P. de Barcelona no tiene por qué ser el último capítulo procesal. Por ahora, el padre pasa de afrontar 1.200 € al mes a pagar 200, una diferencia que refleja cómo la justicia separa la independencia laboral de la necesidad de quien aún estudia. La resolución sigue abierta a una eventual revisión.

La «vuelta al cole» no es un gasto extraordinario, y está incluida en la pensión de alimentos

Bárbara Hermida, 1/ 09/ 2026 
La doctrina del Tribunal Supremo (TS) establece que los gastos anuales derivados de «la vuelta al cole», como pueden ser libros, matrículas o uniformes, no suponen «gastos extraordinarios» a la pensión de alimentos. Una decisión que convierte a este gasto en uno de los programables dentro de la pensión mensual establecida para los menores.

Ya está todo preparado para la conocida ya como «vuelta al cole». Y es que, si bien los adultos ya han regresado a sus oficinas, en apenas unos días serán los más pequeños de la casa los que volverán a las aulas.
Un regreso a la normalidad que, sin embargo, supone un importante desembolso en las economías domésticas.

Libros, material escolar, uniformes, cuota del comedor. Pequeños grandes gastos que, además, suponen un nuevo pequeño enfrentamiento en parejas separadas.
Algo ante lo que el Tribunal Supremo se pronunciaba en su sentencia de 13 de septiembre de 2017.
Un caso en el que Clemente interponía una demanda de modificación de medidas del divorcio contra Graciela, suplicando que se estipulase una pensión alimenticia mensual para su hija menor de 100 € mensuales.

Y, del mismo modo, que se estipulara que «los gastos extraordinarios originados por la actividad escolar, libros, matrículas, uniformes, academias, viajes escolares, etc. fuesen abonados por la mitad entre ambos progenitores».
La vuelta al cole, dentro de la pensión de alimentos.
Un caso en el que la sala de lo Civil del Tribunal Supremo, con ponencia del magistrado Eduardo Baena Ruiz, recordaba que no todos los gastos que «genere» un menor cuyos padres están divorciados deben considerarse gastos extraordinarios.

Y así, valoraba que los gastos de «la vuelta al cole» no deben considerarse un gasto ajeno a la pensión de alimentos.
Ello, recordando la propia jurisprudencia del alto tribunal, en sentencias como la dictada en 15 de octubre de 2014, fallo 579/2014, sobre la misma cuestión.
«Los gastos causados al comienzo del curso escolar de cada año son gastos ordinarios en cuanto son gastos necesarios para la educación de los hijos, incluidos, por lo tanto, en el concepto legal de alimentos», recuerda el tribunal.

Y es que, «sin esos gastos, los hijos no comenzarían cada año su educación e instrucción en los colegios. Y porque se producen cada año son , como los demás gastos propios de los alimentos, periódicos, y por lo tanto, previsibles en el sí y aproximadamente en el cuánto», asegura.

«Que un gasto se pague una vez al año no significa que sea extraordinario», valora al respecto Claudia Fernández Meco, abogada de familia y penal de Vestalia Abogados.
Una cuestión en la que recuerda la importancia de «clasificar correctamente un gasto desde el principio para evitar reclamaciones y conflictos posteriores entre progenitores».
Y así, hacer un poco más sencilla la vuelta al cole para grandes y pequeños.

domingo, 30 de agosto de 2026

Abogados: Crecen las reclamaciones por negligencia profesional.

Redacción E&J,  25/08/2026 14:00
Vuelta al curso judicial con las reglas cambiadas: por qué crece la exposición de abogados y procuradores a reclamaciones.
La LO 1/2025 ha reordenado buena parte de la práctica procesal.
La presidente del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló, aprovechó su intervención en la apertura del año judicial en septiembre de 2024 para recordar que los jueces no pueden seguir instrucciones de nadie. 

El regreso de las vacaciones coincide con el arranque del curso judicial, y este año llega con las reglas del juego cambiadas. La Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, ha reordenado buena parte de la práctica procesal.

El cambio de mayor calado es la generalización de los medios adecuados de solución de controversias (MASC) como requisito previo de procedibilidad en la mayoría de asuntos civiles y mercantiles: antes de demandar hay que acreditar un intento de negociación. Para abogados y procuradores, eso significa nuevos plazos, nuevos trámites y nuevos puntos donde un error puede tener consecuencias para el cliente.

No es un riesgo menor. Las reclamaciones por negligencia profesional contra abogados y procuradores han crecido en los últimos años, al hilo de la mayor complejidad y especialización de los procedimientos. En la procura, el foco suele estar en la atención a los plazos procesales y en la presentación de escritos y recursos, cuya omisión puede traducirse en una pérdida de oportunidad indemnizable.
Nota: No se te olvide firma la Hoja /carta de Servicios con el abogado,......

viernes, 28 de agosto de 2026

Caso Errejón: Se archiva su querella contra Elisa Mouliaá

El juez archiva la querella de Errejón contra Elisa Mouliaá
EFE, Madrid, 27 agosto 2026
El juez Arturo Zamarriego ha archivado la querella presentada por el exdirigente político Íñigo Errejón contra Elisa Mouliaá, argumentando que la actriz no le calumnió, sino que únicamente le criticó cuando sostuvo en redes sociales que el exportavoz de Sumar había extorsionado a 2 de sus testigos en el caso por supuesta agresión sexual.

En un auto adoptado el 27 de agosto, al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción nº 9 de Madrid ha enmarcado las afirmaciones hechas en X por la actriz en la libertad de expresión y ha sobreseído la querella por calumnias.

La actriz no le calumnió
Esta decisión judicial, que se puede recurrir, llega tras un caso polémico, en el que el magistrado llegó a ordenar la detención de la actriz, después de que ésta no acudiese a la citación para declarar hasta en tres ocasiones, a pesar de estar advertida de que podía ser arrestada.

La actriz, que alegó 1º una baja y después compromisos profesionales en Emiratos Árabes, finalmente optó por ponerse a disposición judicial y el pasado 24 de junio negó ante el magistrado que quisiera calumniar al exportavoz de Sumar, al tiempo que ante la prensa sostuvo que había recibido un trato "desproporcionado".

Opiniones en el marco de la libertad de expresión.
En contra del argumento que sostenía Errejón, el juez considera que las publicaciones hechas por Mouliaá exponen opiniones, pensamientos o ideas y no hechos concretos y por tanto se enmarcan en la libertad de expresión, no en la de información, y no se imputa a Errejón un delito.

"En el presente caso no existe esa clase de imputación de un hecho concreto y falso que, de ser real, sería constitutivo de delito, sino expresiones utilizadas en sentido vulgar o popular, no jurídico y empleadas como crítica al querellante", señala el juez.

No haber entregado el móvil
Pese al empleo de la expresión "extorsión", considera este magistrado que no cabe entender otra cosa distinta, puesto que "con mayor o menor acierto tanto en la forma como en el fondo" lo que hace Mouliaá es "una crítica al querellante por no haber entregado su teléfono móvil y haberse puesto en contacto con 2 testigos en un procedimiento judicial en el que la querellada se siente víctima de un delito de abusos sexuales"

"A mi juicio, es claro que la querellada no le atribuye actos o conductas delictivas concretas al querellante", recalca el juez, que archiva así las actuaciones.

Otra causa
Respecto a la otra causa, en la que Errejón está acusado de presunta agresión sexual, la A. P. de Madrid debe analizar el recurso del exdirigente contra su procesamiento y determinar así el futuro de la denuncia por una presunta agresión sexual el 8 de octubre de 2021, en la que la Fiscalía no acusa al exportavoz de Sumar.

jueves, 27 de agosto de 2026

Septiembre: Crisis de Parejas tras las vacaciones

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Septiembre no rompe parejas, destapa lo que el verano ya no puede esconder.
La vuelta a la rutina obliga a muchas parejas a enfrentarse a conflictos que durante el año quedan aparcados.
Soledad Barbacil, Madrid, 27/08/2026 
Septiembre no siempre trae consigo nuevos comienzos. Para algunas parejas, la vuelta al colegio, al trabajo y a la rutina supone también enfrentarse a conversaciones que llevaban meses —o incluso años— posponiendo. La convivencia intensiva del verano puede hacer más visibles determinados problemas, pero, según la terapeuta relacional especializada en trauma Sheila Carrasco, no es necesariamente la causa de la crisis. «El problema rara vez es la convivencia estival, sino las dinámicas disfuncionales que se activan al sentirnos amenazados». 

La vuelta a la normalidad puede funcionar así como una especie de espejo. 
Durante el año, el trabajo, los horarios, los hijos y las obligaciones permiten mantener determinados conflictos en un 2º plano. El verano cambia el escenario: más tiempo juntos, menos rutinas y unas expectativas, en ocasiones demasiado altas, sobre lo que deberían ser las vacaciones en pareja.

«Durante el año, el ritmo frenético nos permite aplazar las conversaciones difíciles. Cuando llega el verano, muchas parejas proyectan falsas esperanzas creyendo que unas vacaciones libres de estrés arreglarán su desconexión», explica Carrasco. 
El problema aparece cuando la pareja comprueba que, pese al descanso y al tiempo compartido, las dificultades continúan. 
«Cuando descubren que los mismos conflictos siguen presentes, aparece una profunda sensación de decepción. Lo que cambia no es la relación, sino que ya no quedan excusas para seguir evitando el problema», señala.

Los datos apuntan además a que septiembre concentra tradicionalmente un incremento de las consultas relacionadas con las rupturas. Según la información facilitada en la nota, la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) ha registrado históricamente un aumento del 30% en las consultas de divorcio en estas fechas, mientras que el Consejo General del Poder Judicial suele contabilizar más de 16.000 demandas de divorcio en el 3º trimestre del año. 

Pero, ¿qué ocurre exactamente cuando una discusión aparentemente insignificante termina convirtiéndose en una batalla? Para Carrasco, muchas de las grandes crisis no comienzan por aquello que se está discutiendo —el dinero, los hijos o quién hace qué en casa—, sino por la manera en la que ambos reaccionan cuando se sienten amenazados.


La terapeuta identifica 5 estrategias que pueden aparecer de forma automática cuando la pareja entra en ese «modo alerta»: 1, querer tener razón a toda costa, 2,Intentar controlar al otro, 3, desahogarse sin filtros, 4,devolver el golpe y 5, amurallarse o desaparecer emocionalmente. 
Son comportamientos que pueden parecer justificados en mitad de una discusión, pero que terminan alejando todavía más a la pareja. «Ninguna de estas estrategias nos acerca, pero en pleno conflicto nos parecen justificadas porque son mecanismos de supervivencia que aprendimos en el pasado», explica Carrasco.

Las trampas que convierten discusión en guerra
Por eso, antes de intentar resolver el problema, la experta propone algo aparentemente sencillo: parar. «Muchas de las peores discusiones no ocurren entre 2 adultos racionales, sino entre 2 sistemas nerviosos intentando protegerse», advierte. Cuando aparece la sensación de amenaza, el cerebro prioriza la supervivencia frente a la empatía y la capacidad de escuchar al otro queda temporalmente comprometida. 
Su propuesta para romper esa dinámica es la denominada «Pausa Formal»: interrumpir la conversación cuando empieza a escalar y retomarla en un plazo máximo de 24 horas, cuando ambos hayan recuperado la calma.

«Volver a hablar cuando el cuerpo ya no está en alerta no significa ceder ni dar la razón; significa crear las condiciones necesarias para que la conversación pueda construir en lugar de destruir», afirma. La idea, por tanto, no pasa necesariamente por discutir menos, sino por aprender a discutir de otra manera. 
Septiembre puede convertirse así en un momento incómodo, pero también en una oportunidad para dejar de atribuir la crisis exclusivamente al cansancio, las vacaciones, los hijos o la falta de tiempo y preguntarse qué dinámica se está repitiendo dentro de la relación. Porque, como resume Carrasco, «lo importante es disponer del espacio y del acompañamiento adecuados para comprender qué está ocurriendo y aprender nuevas formas de relacionarse».

Pensión de Alimentos: Proceso de embargo.

La justicia avala que se embargue una pensión por encima del límite ordinario del SMI si hay impago de la manutención de los hijos.

El TSJ de Andalucía desestima el recurso de un beneficiario de incapacidad permanente y avala las retenciones aplicadas a su prestación, incluida una deuda por alimentos.

Lago Rodríguez, 26.08.2026 
Las retenciones sobre una pensión no siguen siempre la misma regla cuando concurren varios acreedores. Un fallo del TSJ de Justicia de Andalucía analiza el caso de un beneficiario de incapacidad permanente total al que se descontaron cantidades por alimentos, deudas tributarias y otros procedimientos. 
La naturaleza de cada obligación cambia el cálculo.

El hombre, vecino de Jaén, tenía reconocida la prestación desde 2017. 
En 2021 cobraba 2.183 € brutos al mes y en 2022, 2.273,06 € en 14 pagas. 
Entre abril de 2021 y abril de 2022 recibió descuentos ordenados por un juzgado, la Agencia Tributaria y servicios provinciales, además de la pensión alimenticia. 
Su nómina reunía deudas de varios orígenes.

El beneficiario pidió devolver lo que consideraba retenido por encima de los topes legales. La Sala de lo Social, en su sentencia 2069/2025, dictada el 2 de octubre de 2025, confirmó la decisión del juzgado y rechazó la reclamación. No apreció un exceso que justificara el reintegro.

Protección del salario mínimo
La regla general está en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La cantidad equivalente al salario mínimo interprofesional (SMI) queda protegida y, sobre lo que exceda, se aplican porcentajes según el tramo. Para este caso, la Sala tomó 965 € mensuales como SMI de 2021 y 1.000 € como referencia de 2022. 
El 1º tramo permanece fuera de cualquier retención ordinaria.

Con la pensión neta del expediente, el máximo mensual para las obligaciones sometidas a esa escala era de 309,50 € en 2021 y 337,59 en 2022. El importe variaba al descontarse el IRPF. Esa lógica difiere de otros pleitos sobre la cuantía de las prestaciones, como el del complemento de una pensión. El cálculo depende de la cantidad disponible.

La excepción aparece en el art. 608. Cuando se ejecuta una condena por alimentos debidos al cónyuge o a los hijos, los porcentajes del art. 607 dejan de ser la referencia automática y el tribunal que ejecuta fija cuánto puede retenerse. La pensión alimenticia se calcula por una vía propia. Por eso, la Sala consideró que ese descuento no podía sumarse sin más al resto para reclamar un exceso general, una cuestión distinta de la llamada 2ª oportunidad.

Alcance de la resolución.
El fallo no revisa el derecho a la incapacidad permanente, sino la forma en que el INSS aplicó las órdenes recibidas. Los juzgados de lo social pueden comprobar si la entidad gestora respetó la protección mínima, pero no anulan por esa vía las decisiones de la AEAT, de un juzgado civil o de otro organismo recaudador. Cada orden debe discutirse ante quien la emitió. Es una cuestión distinta de otros litigios sobre prestaciones, como el de un trabajador al que se negó una pensión por depresión tras una ruptura amorosa en otro caso de incapacidad.

La Sala también señaló que el INSS debe respetar los límites legales cuando recibe varias instrucciones. El pensionista, sin embargo, tiene que acudir a los órganos ejecutores para cuestionar el origen o la cuantía de cada retención. El motivo de la retención pesa tanto como la cantidad descontada. 
En un asunto diferente, la justicia catalana reconoció el derecho a otra pensión reconocida tras valorar las limitaciones de la beneficiaria.

La sentencia andaluza desestima el recurso y confirma íntegramente el pronunciamiento anterior. El fallo advertía a las partes de que podían preparar un recurso de casación para la unificación de doctrina dentro de los 10 días siguientes a su notificación, con los requisitos y consignaciones previstos en la ley. 
La protección del SMI y la obligación alimenticia quedan así separadas.

miércoles, 26 de agosto de 2026

La Vivienda el negocio del divorcio para la mujer.

La Justicia da 2 años a una divorciada y a sus 2 hijas para que abandonen la casa
del exmarido en Vigo.
E. V. PITA/ La Voz, VIGO, 25 Agosto 2026
La Audiencia admite las «dificultades del mercado actual» de la vivienda, pero les recuerda a las 3 mujeres que tienen todas trabajo. La madre teme que su situación pase de «mala a angustiosa».

Algunas exesposas de Vigo se enfrentan a la precariedad una vez que sus hijos están criados y trabajan. La Audiencia Provincial ha ordenado expulsar dentro de 2 años a una divorciada de la casa privativa propiedad de su exmarido porque, ahora, sus 2 hijas trabajan y son independientes, razón por la que se ha extinguido su pensión de alimentos.

La exmujer argumentaba que su situación era precaria, pero la Sección VIª, en una sentencia del 5 de junio del 2026, le contesta que dejarla vivir 2 años más en la vivienda les parece del todo razonable, «siendo los hijos mayores de edad e independientes [...] y no existiendo ya vínculo matrimonial ni relación de parentesco, la solución ha sido legalmente adoptada como la única posible».

«Una cosa es que se trate de proteger al más débil o vulnerable y otra distinta que en todo caso haya que imponer limitaciones al uso de la vivienda familiar en los supuestos de crisis matrimonial, cuando hay otras formas de protección en ningún caso discriminatorias. Los hijos, menores y mayores, con o sin discapacidad, son acreedores de la obligación alimentaria de sus progenitores. Con la mayoría de edad alcanzada por alguno de ellos el interés superior del menor como criterio determinante del uso de la vivienda decae automática y definitivamente, y los padres pasan a estar en posición de igualdad respecto a su obligación conjunta de prestar alimentos a los hijos comunes no independientes, incluido lo relativo a proporcionarles habitación», indican los magistrados.

El caso de la exesposa fue estudiado inicialmente por el juez de familia de la antigua plaza cinco de Vigo. Dicha mujer tenía un contrato de trabajo a tiempo parcial pero indefinido y había estado percibiendo ingresos aproximados de 661 euros mensuales. Pero, en el 2024, vio reducidas las horas semanales de trabajo, y es de suponer con ello su salario, teniendo en cuenta también que en dicho domicilio convivían las 2 hijas. El juez, con el fin de facilitar a la esposa (e hijas ) la búsqueda y localización de una nueva vivienda, las dificultades del mercado actual y con el fin también de que pudiese mejorar sus ingresos, fijó como plazo temporal de uso de la vivienda familiar el de 2 años, computables desde la fecha de la sentencia, que data del 2024.

La madre apeló a la Audiencia Provincial y sostuvo que en 2 años su situación o la de sus hijas podría pasar de ser mala a angustiosa. «Es en absoluto previsible que su situación profesional vaya a mejorar en tan corto plazo como es el de 2 años (de hecho, lo más probable es que empeore) y eso sumado a que si triunfara lo dispuesto respecto de la extinción de la obligación del pago de las pensiones de alimentos a sus hijas, hijas que viven con su madre y contribuyen al mantenimiento de los gastos del hogar, la situación de la demandada pasaría de ser mala a angustiosa», indicó su abogado.

El exmarido contestó que una de sus hijas era directiva de empresa y su hermana trabajaba en la misma compañía. Incluso se habían comprado un coche. Y, respecto a la madre, esta pidió reducción de jornada, casualmente, días antes de celebrarse el juicio.

martes, 25 de agosto de 2026

el Derecho Civil Valenciano un paso atrás con la Custodia Compartida en los procesos de divorcio

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Juristes Valencians salta a Madrid para encontrar apoyos que desbloqueen la tramitación paralizada en las Cortes Valencianas de la reforma legislativa.
Miquel Hernandis, Alicante, 24 agosto 2026 
¿Puede un gallego devolver el derecho civil a la Comunitat Valenciana? En la asociación Juristes Valencians creen que sí. Por eso adelantan a EL ESPAÑOL que pedirán al presidente del Partido Popular nacional, Alberto Núñez Feijóo, que agilice la reforma paralizada en las Cortes Valencianas para que vaya al Congreso.

José Ramón Chirivella, presidente de la entidad que reclama la vuelta de las normas que se aplicaron entre 2008 y 2016, con gobierno en la Generalitat del PP y el tripartito de izquierdas. Un objetivo en el que confían en el poder del líder popular para que impulse este cambio.

Feijóo, presidente durante 4 legislaturas de la Xunta, siempre se ha manifestado de forma sistemática a favor de los fueros territoriales durante esa etapa. Entre los múltiples ejemplos de ello, en 2021 durante la XXI Asamblea de la Asociación Gallega de la Empresa Familiar (AGEF). En aquel foro, el entonces presidente gallego defendió con firmeza que las herencias en vida son una "competencia exclusiva de Galicia, un derecho civil propio".

En aquella asamblea, Feijóo se mostró beligerante contra las trabas tributarias del Ejecutivo central para estos pactos sucesorios:No estamos de acuerdo, no lo vamos a aceptar y, si fuera necesario, acudiremos al Tribunal Constitucional”. Presumió entonces de que, desde 2016, más de 160.000 familias de su comunidad autónoma se habían beneficiado de estas herencias en vida sin pagar un solo € en impuestos directos por recibir bienes de familiares.

Ante esta trayectoria, Chirivella se muestra tajante: "No se entiende que un presidente de partido que venía de una comunidad donde se aplicaba de forma sistemática su fuero civil ahora lo retarde aquí". La misiva planteará por ello la pregunta clave que Feijóo deberá responder por escrito: 
"El tema de fondo es si considera que los valencianos somos iguales que los gallegos, en este tema y en cualquiera, o no".

Y un año después, cuando Feijóo dio el salto como líder nacional del PP, se comprometió en la Comunidad Valenciana a respaldar la vía de la reforma constitucional exprés, admitiendo que el derecho civil propio es una seña de identidad valenciana. Sin embargo, la realidad legislativa actual es otra muy distinta. "En la práctica se está retardando", lamenta Chirivella.

El derecho foral permitía regular de manera ágil las capitulaciones matrimoniales. Es decir, que al casarse por defecto se aplique la separación de bienes, lo que garantiza que el patrimonio personal y profesional de cada cónyuge no se "contamine" ante posibles riesgos de los negocios o de la actividad laboral.

Otra clave de la importancia en el día a día es el foco en la supervivencia de la empresa familiar mediante instrumentos sucesorios eficientes y una mayor libertad de testar. Chirivella recalca que el derecho civil valenciano regulaba soluciones justas y adaptadas para la custodia compartida en situaciones de crisis de pareja y ofrecía un marco legal adecuado para regular las uniones de hecho.

Juristes Valencians insiste en que recuperar esta competencia jurídica no es una cuestión meramente teórica o simbólica ligada a las celebraciones del 750 aniversario del Reino de Valencia. Se trata de una herramienta de enorme impacto en la vida cotidiana.

El bloqueo parlamentario les resulta incomprensible dado el amplísimo consenso social que existe en la autonomía. Chirivella subraya la "unidad de la sociedad civil y del municipalismo" en torno a esta causa. Sin embargo, a nivel estatal topan con el silencio del PP y la oposición de Vox, formación que no acepta las especificidades jurídicas forales de los distintos territorios históricos.

La indignación en el seno de la asociación es palpable ante lo que consideran un agravio comparativo flagrante. Chirivella califica de "absoluta irregularidad parlamentaria" el silencio del PP, que lleva meses sin responder a la presidenta del Congreso, Francina Armengol, impidiendo avanzar en la tramitación de esta norma histórica.

La carta recordará que este proceso legislativo para recuperar el derecho civil valenciano fue iniciado bajo el mandato del popular Francisco Camps. Su posterior anulación en el Tribunal Constitucional llegó tras los recursos interpuestos por el Gobierno de Rodríguez Zapatero.

Ahora, se exige al PP nacional que asuma el liderazgo. "Si Feijóo no da una respuesta inmediata a esta cuestión, en la práctica la está negando", sentencia Chirivella, exigiendo al presidente de los populares que "dé la cara" y defienda la identidad diferencial valenciana.

¿Y si dejamos de ver el divorcio como un fracaso y lo entendemos como un éxito?

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"Se nos rompió el amor, pero no dañemos a los niños": cómo hacerlo bien en un divorcio que es mejor para todos.

Juan García Garrido, Madrid, 24 Agosto 2026 
El estigma social e íntimo de los divorcios sigue vigente: "¿No será mejor que 2 personas que se quisieron, evolucionaron, elijan separarse con amor en vez de destruirse juntas?", se pregunta la experta.
Cuando alguien anuncia en su círculo más íntimo que se divorcia, las reacciones y sensaciones suelen ser las mismas. Cabezas ligeramente inclinadas, los "cuánto lo siento", las miradas que oscilan entre la conmiseración y la sospecha, y la coletilla implícita de que algo, en algún momento, no funcionó del todo. Los veranos, dicen los datos, son la época en la que más divorcios se firman en nuestro país, sobre todo alrededor de los 50 años.
(En Agosto los Juzgados estan cerrados, por lo que es imposible)

Está claro que en la actualidad la palabra divorcio va asociada al fracaso. Pero la psicoterapeuta clínica y sexóloga Nilda Chiaraviglio cuestiona de raíz ese emparejamiento de ideas y proponer un ejercicio semántico, pero también emocional, que envuelve al término. Su idea se resume en algo tan simple y tan complicado como pensar que "El divorcio en sí mismo jamás es un fracaso".

La propuesta viene de una de las voces psicoterapéuticas más influyentes en lengua castellana. Cuenta con una maestría en terapia familiar y otra en sexología, orientación y terapia sexual. Ha sido reconocida con el Premio Nacional de Excelencia Profesional 2017 y con un Doctorado Honoris Causa en 2021, y suma más de 20 años de práctica clínica ininterrumpida especializada en pareja, familia, sexualidad y diversidad sexual. Ha publicado la trilogía de libros compuesta por ‘La pareja no existe’, ‘La pareja se crea’ y ‘La pareja se destruye’, y su comunidad digital roza los 2 millones de seguidores en Instagram.

Con este pedigrí profesional, la pregunta que formula gana solidez al ir más allá de un simple juego retórico, convirtiéndose en una intervención terapéutica dirigida a desactivar un dispositivo cultural que empobrece la toma de decisiones adultas.

Por qué el "qué dirán" gana la partida

En su programa "Después del Divorcio", Chiaraviglio ya pone las cartas boca arriba: "La cultura nos ha enseñado a ver el divorcio como un fracaso, lo que ha provocado una gran limitación en nuestra toma de decisiones, pues preferimos atropellar nuestro bienestar en lugar de elegir cómo queremos vivir. El 'qué dirán' y lo que 'debe ser' nos impiden cuidar de nosotros mismos".

Es decir, si el veredicto social del divorcio ya está firmado por adelantado, muchas parejas prefieren postergar indefinidamente una separación necesaria antes que enfrentarse a la etiqueta pública del fracaso, sacrificando, incluso durante décadas, su propio bienestar emocional, físico y sexual.

Frente a ese diagnóstico, la terapeuta propone un ejercicio de sustitución semántica. En lugar de aceptar la ecuación divorcio = fracaso, sugiere formularse una pregunta distinta: "¿será fracaso o será un éxito?". Y añade el matiz argumentativo que reordena la lectura moral del proceso: hay separaciones que son un éxito porque las protagonizan "2 personas que se quisieron, evolucionaron, eligieron separarse con amor en vez de destruirse juntas".

La ruptura, viéndola de esta forma, puede convertirse en toda una demostración de madurez, no un déficit de compromiso. Terminar bien lo que no puede continuar bien es una forma de fidelidad al vínculo, no una traición a él.

Lo que la sociedad no ve.

La 2ª parte de este razonamiento resulta particularmente incómoda para el sentido común dominante. Chiaraviglio observa que "hay relaciones que duran en el tiempo sin que nadie pregunte en qué condiciones están viviendo". Es la crítica implícita a un mercado social que premia el mero rendimiento cronológico con bodas de plata, de oro, de brillante… Sin prestar la mínima atención al estado de salud emocional del ecosistema conyugal.

Por ello, la terapeuta introduce un nuevo criterio que sirve para reemplazar esa forma de medir el éxito o fracaso de un matrimonio, planteando que en lugar de pensar en "¿Cuántos años llevan?", a lo que se dé verdadero valor es a "¿Cómo llevan los años?". La 1ª pregunta solo tiene en cuenta el tiempo transcurrido, mientras que la 2ª valora la calidad con la que se ha vivido.

Este planteamiento tiene un peso añadido si ya se rebasa los 50´. Desde hace 1/4 de siglo se observa una notoria expansión del llamado divorcio gris o divorcio senior, protagonizado por parejas de larga trayectoria que optan por reformular el último tercio de su vida en solitario o con un vínculo nuevo. Para estos casos, la carga cultural del veredicto "fracaso" resulta doblemente asfixiante ya que suma al peso del propio proceso emocional, el estigma social de haber sostenido durante décadas una fachada que la sociedad admiraba. 
La propuesta de Chiaraviglio ofrece un vocabulario alternativo con el que reencuadrar la decisión sin negar el duelo ni negociar con la culpa.

lunes, 24 de agosto de 2026

Más de 2 décadas del fracaso de la ley de violencia sobre la Mujer (2004-26)

Redondo falsea los datos de asesinadas por violencia de género para presumir de gestión y atacar a la derecha

Dice que el número de mujeres asesinadas el año pasado fue 49 frente a las 80 o 90 de ejercicios anteriores, cuando el registro más alto desde que hay datos son 76 y la cifra se mantiene estancada en torno al medio centenar de víctimas anuales.
El Debate, Valladolid, 04 julio 2026 
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, falseó este sábado los datos de mujeres asesinadas por violencia de género para presumir de su gestión y para atacar a los partidos de derechas. La ministra de Igualdad apostó, según recogió la Agencia Ical, por seguir avanzando en la lucha contra la violencia contra la mujer pero sacó pecho porque se está ganando la batalla «muy dura» contra el machismo. En este sentido, señaló que el número de mujeres asesinadas el año pasado fue 49 frente a las 80 o 90 de ejercicios anteriores, en un país donde hay 5 millones más de habitantes.

Los datos oficiales, sin embargo, están muy alejados de esas cifras máximas que aseguró se produjeron años anteriores. De hecho, no dio bien ni la cifra del pasado curso, cuando en realidad, murieron 48 mujeres y no 49, que fueron las que sí lo hicieron un año antes, en 2024. Las cifras se mantienen estables en los últimos años, sin apenas cambios, quedando en torno al medio centenar de víctimas anuales.

Para encontrar los registros más abultados hay que retrotraerse hasta 2010, cuando perecieron 74 mujeres. En 2008, de acuerdo con los datos del INE consultados por El Debate, fueron 76 y en 2001, 71, por poner algunos ejemplos. En ningún caso se produjeron esas «80 o 90» a las que ha aludido la ministra del ramo.


Datos oficiales de mujeres asesinadas por violencia de género en España.INE

En todo caso, Redondo alertó en La Aldea de San Miguel (Valladolid) que no hay derechos irreversibles en feminismo e igualdad, al apuntar que «lo conseguido puede desaparecer fácilmente». Con motivo de la inauguración del encuentro 'Mujeres creando redes', organizado por el PSOE de Valladolid, subrayó que hay una voluntad «clara y férrea de la extrema derecha y de la derecha» por devolver a la mujer al ámbito de lo privado la violencia de género, con unos abusos en el seno del hogar. «Quienes pretenden devolvernos a lo privado están ahí, amenazantes y gobernando en comunidades autónomas y municipios y quieren llegar al Gobierno de España», manifestó. De ahí que pidiera a la sociedad, y especialmente a las mujeres, estar «mucho más alerta que nunca» por que es una responsabilidad histórica y compartida.

La ministra habló ante un centenar de mujeres que no se puede ceder un paso pero también abogó por dar saltos «importantes y hacia adelante». Fue entonces cuando citó algunas de las leyes que ha impulsado el Gobierno de Pedro Sánchez como la de paridad, el gran pacto de Estado contra la violencia de género, la de la violencia vicaria y en las redes sociales así como la violencia económica que se ejerce contra las mujeres.

Redondo también apostó por dar pasos hacia adelante en la lucha contra la trata y la prostitución. «La trata es la cruz de la moneda y la cara es la prostitución, por que van íntimamente ligadas», aseveró. No en vano, consideró que la trata y la prostitución son la esclavitud del siglo XXI. «En una democracia consolidada, las mujeres no podemos ser objeto de intercambio para ser compradas y vendidas. Nuestros cuerpos no están a la venta ni somos una mercancía barata ni trozos de carne. Somos seres humanos, con nuestros derechos, nuestras obligaciones y nuestras libertades», precisó. De ahí que apostara por «avanzar» hacia la prohibición de la trata y hacia la exclusión de la prostitución.

Lamenta que el feminismo esté dividido
En presencia de la presidenta del Partido Socialista, Cristina Narbona, y la presidenta del Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo, Iratxe García, la ministra también manifestó que la «unión hace la fuerza». Es por ello que reclamó que las organizaciones estén unidas por que el movimiento feminista no está tan fuerte como antes. «Han pasado muchas cosas, se ha roto la sororidad y la solidaridad entre mujeres que existía, después que el feminismo pase por una situación de quiebra importante», expuso. 
Algo que, señaló, es palpable en las manifestaciones del 8 de marzo y el 25 de noviembre, donde no hay la unidad de acción que es «tan importante» en un momento en el que la ola reaccionaria amenaza los derechos de las mujeres, dijo.

«Apelo a que es posible la unidad, por supuesto con las discrepancias por que cada una interpreta el feminismo a su manera pero estamos de acuerdo en lo esencial que es la igualdad real y efectiva, la igualdad de oportunidades y que no se pongan cortapisas a una mujer por el solo hecho de serlo», apuntó.

Redondo subrayó que esa unión es «fundamental» ante lo que se ve en Castilla y León y en otras comunidades gobernadas por el PP y Vox, donde los 1ºs derechos en ser limitados son los de la diversidad y los de las mujeres.

La ministra dejó claro que los avances en derechos, paridad y en igualdad en España y otros países del mundo han venido «siempre» de la mano de gobiernos progresistas. «El PSOE ha sido el catalizador de todos esos avances por que es una formación profundamente feminista, que no va dejar que esta ola reaccionaria lleve por delante nuestros derechos», aseveró.

Crítica a Ayuso por defender al no nacido
Por último, lanzó un mensaje de esperanza por que hay posibilidad de acabar con las miradas de rabia, violencia, represión y autoritarismo, sobre todo de los jóvenes. «La idea de la libertad, la igualdad, los derechos humanos, la solidaridad y la democracia son más ilusionantes», señaló.

Es por ello que apostó por normalizar leyes que hagan frente a la violencia de género pero también hacer frente a leyes como las aprobadas esta semana por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, con Isabel Díaz Ayuso como presidenta. «Una ley del concebido no nacido que otorga derechos al feto desde el momento de la concepción por encima de los derechos de la madre y la mujer. El cuento de la criada se empieza a contar en Madrid, donde parece que las mujeres solo son recipientes para parir», concluyó.

domingo, 23 de agosto de 2026

Valladolid: Se acaba el negocio de la llamada Violencia de "Género"

Otros Medios: el debate,
Redondo avisa al Ayuntamiento de Valladolid con medidas para "revertir" la supresión del término violencia de género de las ayudas de VIVA.
La ministra denuncia que el Consistorio "se ha aferrado al negacionismo de la ultraderecha" y "da la espalda a muchas mujeres que pueden tener en una vivienda la salida de la violencia".

Diario de Valladolid | El Mundo, Valladolid, 22.08.2026
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, anunció hoy que su departamento estudia ya medidas para “revertir” la decisión del Ayuntamiento de Valladolid sobre los cambios de criterio en el acceso a viviendas sociales por parte de mujeres víctimas de violencia de género, tal y como trasladó en un hilo publicado en su perfil de la red social X y recogido por Ical.

Redondo denunció que el Consistorio “se ha aferrado al negacionismo de la ultraderecha” y “está dando la espalda a muchas mujeres que pueden tener en una vivienda la salida a una situación de violencia”.
A su juicio, el cambio de criterios en el acceso a la vivienda social en Valladolid es un despropósito” y “un intento de retroceder 2 décadas en la lucha contra la violencia de género”. “No es una cuestión semántica, sino que tiene consecuencias sobre los derechos de las víctimas”, señaló Redondo, en relación al cambio de ‘violencia de género’ por ‘violencia doméstica’.

La ministra recordó que la ley de 2004 que regula esta situación creó la categoría jurídica de violencia de género como “aquella que sufren las mujeres por el hecho de serlo” y “se sustenta sobre la legislación española, la normativa comunitaria, con juzgados y fiscalías especializadas”. “La violencia de género trae causa del machismo y de la cultura patriarcal, que es estructural y transversal. No es violencia común ni violencia doméstica”, apuntó Redondo.

En este sentido, el cambio del Ayuntamiento de Valladolid por el término violencia doméstica no es una batalla semántica, es la negación de derechos conseguidos y puede dejar fuera de la protección específica a mujeres, por ejemplo, cuando no conviven con su agresor”. “Lo que está en juego es la protección específica que lograron las mujeres en 2004 y que ha supuesto el consenso social y hasta hace muy poco político. Es un retroceso que no vamos a consentir. La igualdad no se negocia”, advirtió.

sábado, 22 de agosto de 2026

El Negocio de la llamada violencia de género por Comunidades: Ayudas y Subvenciones

Violencia machista por comunidades: presupuestos, ayudas y recortes en 2026
Carla Camino, 21 Agosto 2026

Comparar las políticas contra la violencia sobre las mujeres exige mirar mucho más allá de una única partida presupuestaria. Los recursos proceden de los presupuestos autonómicos, del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, de programas estatales específicos, de las redes de acogida, de las prestaciones económicas y de actuaciones vinculadas a vivienda, empleo o atención psicológica. Además, presupuesto aprobado y gasto realmente ejecutado no son conceptos equivalentes, por lo que las cifras de 2026 deben analizarse atendiendo a cada programa y al momento del ejercicio en que se encuentran.

El mapa autonómico combina aumentos de recursos, recortes concretos, nuevas prestaciones y diferencias todavía pendientes de medir en la ejecución definitiva
El Estado garantiza 160 millones anuales para las comunidades

El Pacto de Estado contra la Violencia de Género constituye el principal elemento común para comparar la financiación territorial. La renovación aprobada en 2025 amplió las medidas del acuerdo y reforzó la inclusión de formas de violencia como la violencia económica, la violencia vicaria y la violencia digital.
El modelo garantiza 160 millones de euros anuales durante 5 ejercicios destinados a las comunidades autónomas. A esa cantidad se añaden en 2026 otros 19,8 millones de euros distribuidos para programas específicos relacionados con la atención integral, los planes personalizados y la protección frente a las violencias sexuales.

En conjunto, las transferencias estatales analizadas alcanzan 179,8 millones de €.

El reparto de los 160 millones del Pacto de Estado tiene en cuenta factores como la población femenina, el desempleo y la temporalidad de las mujeres, la dispersión territorial, la población rural, la insularidad y la presencia de mujeres mayores, extranjeras o con discapacidad.

Navarra y País Vasco no aparecen en el reparto ordinario debido a sus respectivos regímenes de financiación.
Andalucía, Cataluña y Madrid concentran las mayores asignaciones estatales entre las comunidades incluidas en el reparto ordinario.
Andalucía lidera el reparto estatal.
Andalucía es la comunidad que recibe una mayor cantidad de los fondos ordinarios del Pacto en 2026, con aproximadamente 24,02 millones de euros, seguida por Cataluña, con 20,57 millones, y Madrid, con 17,07 millones.


Comunidad autónoma                                     Pacto de Estado 2026
Andalucía ......................................................       24,02 millones de €
Cataluña ........................................................       20,57 millones de €
Madrid ...........................................................       17,07 millones de €
Comunitat Valenciana ...................................       14,73 millones de €
Galicia ...........................................................       12,48 millones de €
Castilla y León ..............................................        11,81 millones de €
Castilla-La Mancha .......................................       10,07 millones de €
Canarias .......................................................        09,24 millones de €
Aragón ..........................................................        07,45 millones de €
Extremadura .................................................        07,38 millones de €
Illes Balears ..................................................        06,46 millones de €
Murcia ...........................................................        05,55 millones de €
Asturias .........................................................        04,54 millones de €
Cantabria ......................................................        02,48 millones de €
La Rioja ........................................................         02,41 millones de €
Navarra ........................................................         Régimen foral
País Vasco ...................................................         Régimen foral

Este reparto, sin embargo, no permite saber qué comunidad realiza un mayor esfuerzo global contra la violencia de género, porque no incluye todo el dinero aportado directamente desde los presupuestos autonómicos.

Madrid recorta partidas concretas de prevención
La Comunidad de Madrid presenta uno de los casos más claros de reducción de partidas específicas detectados en las cuentas de 2026.
El programa autonómico de actuaciones contra la violencia de género e igualdad pasó de aproximadamente 39,85 millones de € en el presupuesto inicial de 2025 a 38,27 millones en 2026, lo que supone una reducción cercana al 4%.

La caída resulta especialmente significativa en la partida destinada a prevención y sensibilización contra la violencia de género, que pasa de alrededor de 2,47 millones de € a 1,31 millones de euros, cerca de un 47% menos.
Las transferencias destinadas a corporaciones locales también disminuyen, desde aproximadamente 369.200 euros hasta 200.200 €.


A estas reducciones se suma el debate sobre la ejecución presupuestaria. Según los datos de ejecución difundidos correspondientes al 1º semestre, hasta el 30 de junio se habían contabilizado únicamente 849 € en la partida de prevención y sensibilización.
El Gobierno autonómico sostiene, por su parte, que las actuaciones se ejecutarán durante el ejercicio y defiende que otros recursos directamente vinculados con la atención a las mujeres víctimas han aumentado.
El caso madrileño muestra por qué resulta necesario separar presupuesto global, partidas concretas y ejecución efectiva del gasto.

La Comunitat Valenciana mantiene ayudas pero cambia el control presupuestario
La situación de la Comunitat Valenciana es diferente. Las cuentas de 2026 mantienen los créditos destinados a las ayudas económicas previstas para víctimas de violencia de género y las indemnizaciones contempladas en la normativa autonómica.

El cambio relevante se encuentra en los mecanismos de seguimiento.
La Ley de Presupuestos de 2025 recogía una disposición específica relacionada con el pacto valenciano contra la violencia machista que obligaba a informar de los objetivos, presupuesto asignado y nivel de ejecución de las actuaciones desarrolladas por cada departamento.

Esa obligación específica no figura en los mismos términos en la legislación presupuestaria de 2026.
La modificación no equivale a eliminar las ayudas a las víctimas, pero sí reduce una herramienta expresamente vinculada al seguimiento público de los recursos destinados a estas políticas.

Asturias aumenta las ayudas y amplía la protección.
Asturias se encuentra entre las comunidades que han reforzado algunas de sus prestaciones.
El Principado ha elevado de 6.000 a 9.000 € las ayudas destinadas a hijos e hijas menores de 26 años de mujeres asesinadas por violencia de género.
También ha crecido la financiación destinada a las prestaciones económicas para mujeres víctimas. La dotación ha pasado de aproximadamente 1,02 millones a 2,24 millones de € durante la actual legislatura.

Los Centros Asesores de la Mujer cuentan además con unos 1,6 millones de € y la red de casas de acogida y pisos tutelados dispone de aproximadamente 1,47 millones.
La evolución muestra un aumento tanto en las ayudas económicas como en la financiación de los recursos asistenciales.

Asturias y Castilla-La Mancha se sitúan entre los territorios que han anunciado incrementos específicos en las políticas contra la violencia machista.
Castilla-La Mancha incrementa un 9% los recursos específicos.
Castilla-La Mancha ha elevado los fondos específicamente destinados a la identificación, prevención y lucha contra la violencia machista.
La dotación alcanza alrededor de 24 millones de € en 2026, aproximadamente un 9% más que en el ejercicio anterior.

El dinero se dirige, entre otras actuaciones, al funcionamiento de la Red de Centros de la Mujer, los recursos de acogida y las políticas de prevención y atención integral.
El presupuesto general del área de Igualdad también crece respecto a 2025.

Galicia estrena ayudas específicas para víctimas de violencia sexual.
Galicia ha incorporado en 2026 una nueva línea dirigida específicamente a víctimas de violencia sexual, dotada con 2 millones de €.
Las prestaciones pueden alcanzar aproximadamente 12.500 € por beneficiaria, dependiendo de las circunstancias previstas en la convocatoria.

La Xunta mantiene además cerca de 2,68 millones de € para las ayudas económicas relacionadas con el art. 27 de la Ley Orgánica 1/2004 y otra partida destinada a indemnizaciones en determinados casos en los que el agresor declarado responsable no puede hacer frente al pago.
El modelo gallego combina así las ayudas tradicionales para víctimas de violencia de género con una nueva prestación específica para violencias sexuales.

Andalucía amplía derechos para los hijos de mujeres asesinadas.
Además de encabezar el reparto estatal, Andalucía mantiene diferentes programas financiados directamente por la Junta.
Entre ellos figuran ayudas para mujeres víctimas acogidas en el Servicio Integral de Atención y Acogida y prestaciones para mujeres con insuficiencia de recursos y especiales dificultades para encontrar empleo.

Una de las principales modificaciones de 2026 afecta a los hijos e hijas de mujeres asesinadas.
Andalucía ha ampliado hasta los 26 años la posibilidad de acceder a la prestación económica destinada a descendientes de mujeres víctimas mortales de violencia de género.
Se trata de un cambio que amplía la protección prevista por la normativa autonómica.

Las diferencias entre territorios no se limitan al dinero: algunas comunidades están modificando también derechos, prestaciones y marcos regulatorios.

Cataluña eleva las indemnizaciones.
Cataluña ha actualizado en 2026 las cuantías de varias indemnizaciones vinculadas a la violencia machista.
La indemnización general para mujeres víctimas pasa de aproximadamente 3.892 € en 2025 a 4.009 € en 2026.
En determinados casos relacionados con discapacidad u otras circunstancias protegidas, la prestación puede superar los 5.000 €.

También aumenta la indemnización correspondiente a hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio, que se sitúa alrededor de los 57.733 €.
La normativa contempla asimismo determinados supuestos relacionados con la violencia vicaria.

Canarias aumenta el presupuesto de Igualdad.
El Instituto Canario de Igualdad dispone en 2026 de aproximadamente 14,7 millones de € de presupuesto propio, alrededor de 1 millón más que el año anterior.
El incremento se destina, entre otros programas, al refuerzo de la atención de las víctimas y de los servicios vinculados a la red asistencial.
Canarias cuenta además con centros de crisis de atención 24 horas para víctimas de violencia sexual en diferentes islas.

La comunidad ha estado sometida en ejercicios anteriores a debate político por la ejecución de determinados recursos estatales. El Gobierno canario ha defendido que la utilización de los fondos ha mejorado y que algunos remanentes autorizados continúan destinados a proyectos durante 2026.

Extremadura pone en marcha una nueva ayuda
Extremadura ha incorporado una línea específica de subvenciones destinada a favorecer la recuperación integral de mujeres víctimas de violencia de género.
La convocatoria dispone de aproximadamente 1,76 millones de € y busca atender situaciones de vulnerabilidad económica y facilitar la autonomía de las mujeres respecto al agresor.
Paralelamente, se mantienen las prestaciones dirigidas a mujeres con escasos recursos y dificultades especiales de acceso al mercado laboral.

Murcia financia la red de atención especializada.
La Región de Murcia mantiene una importante parte de su política asistencial a través de los Centros de Atención Especializada a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, conocidos como CAVI.
En 2026 se han destinado alrededor de 3,08 millones de € a ayuntamientos para financiar estos centros y los puntos de atención especializada.

Con otros recursos residenciales y asistenciales, la financiación aprobada supera los 3,4 millones de €.
El acceso al empleo, la vivienda y la independencia económica se ha convertido en otro de los ejes principales de las ayudas autonómicas

Castilla y León apuesta por la inserción laboral.
Castilla y León mantiene incentivos destinados a empresas y entidades que contraten a mujeres víctimas de violencia de género.
Las ayudas pueden alcanzar 10.000 € por contrato indefinido a jornada completa, mientras existen cuantías inferiores para diferentes modalidades de contratación temporal.

La comunidad desarrolla además programas de capacitación, orientación e inserción laboral cofinanciados con recursos europeos.
El objetivo de estas actuaciones es reducir uno de los principales obstáculos que dificultan abandonar definitivamente situaciones de violencia: la dependencia económica respecto al agresor.

Aragón, Baleares, Cantabria y La Rioja mantienen sus programas
Aragón mantiene abiertas las ayudas económicas para víctimas de violencia de género y diferentes servicios de atención social, psicológica, jurídica y laboral.
También dispone de financiación para municipios integrados en el sistema VioGén y programas destinados a la prevención de la violencia de género y la coeducación.

Illes Balears cuenta en 2026 con convocatorias para proyectos relacionados con igualdad y prevención y erradicación de las violencias machistas, además de recursos especializados para víctimas de violencia sexual.

En Cantabria continúan las subvenciones destinadas a municipios y mancomunidades para mantener las Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, así como determinadas ayudas de vivienda para colectivos vulnerables entre los que se encuentran las víctimas.

La Rioja, por su parte, mantiene la prestación económica destinada a mujeres víctimas con insuficiencia de recursos y especiales dificultades para acceder a un empleo.

País Vasco estrena regulación para distintas ayudas
El País Vasco, que debido a su régimen financiero no aparece en el reparto ordinario estatal, ha desarrollado en 2026 nuevos instrumentos normativos.
La regulación autonómica establece el procedimiento para conceder las ayudas económicas previstas para las mujeres víctimas de violencia de género.
Dependiendo de las circunstancias familiares y personales, las cantidades pueden situarse entre aproximadamente 3.420 y 12.420 €.
También se ha regulado una prestación económica específica para víctimas de violencias sexuales, dirigida a favorecer su autonomía y recuperación.

Navarra permite seguir el gasto durante el ejercicio.
Navarra es uno de los territorios que ofrece información detallada sobre la evolución de su programa presupuestario.
El programa destinado a la prevención integral de la violencia de género tiene asignados aproximadamente 3,31 millones de € en 2026.

Al cierre del 1º trimestre se habían contabilizado alrededor de 359.662 euros.


La cifra representa solo una fotografía de los 3 primeros meses. No permite concluir que exista una baja ejecución anual, puesto que contratos, subvenciones y transferencias pueden concentrarse en la 2ª mitad del ejercicio.
La ejecución definitiva de los fondos de 2026 no podrá compararse correctamente hasta que termine el ejercicio y se presenten las correspondientes justificaciones.

¿Quién no está ejecutando el presupuesto?
Determinar qué comunidades no aplican el presupuesto contra la violencia machista exige más cautela que analizar los créditos inicialmente aprobados.
A 20 de agosto de 2026 todavía no existe una liquidación homogénea del ejercicio que permita elaborar un ranking fiable de ejecución entre las 17 comunidades.

Las autonomías tienen que justificar los fondos del Pacto de Estado indicando los compromisos adquiridos, obligaciones reconocidas, pagos realizados y posibles remanentes una vez concluido el ejercicio.

Por este motivo, cifras como los 849 € contabilizados hasta junio en la partida madrileña de prevención resultan políticamente relevantes y permiten señalar una ejecución inicial muy reducida, pero no equivalen todavía a la liquidación final de 2026.
Lo mismo sucede con Navarra: disponer del dato del 1º trimestre aporta transparencia, pero no permite determinar cuál será el porcentaje ejecutado al acabar diciembre.

La comparación definitiva deberá realizarse con los datos de cierre presupuestario y las justificaciones que las autonomías presenten posteriormente.

Un mapa autonómico con políticas muy diferentes
La fotografía disponible revela diferencias apreciables entre territorios.
Madrid registra recortes relevantes en determinadas partidas de prevención y transferencias municipales. Comunitat Valenciana conserva las principales ayudas, pero modifica el marco presupuestario de seguimiento que existía el año anterior.

Frente a esos casos, Asturias amplía prestaciones y recursos, Castilla-La Mancha incrementa el dinero específicamente destinado a violencia machista, Galicia incorpora ayudas para víctimas de violencia sexual, Andalucía extiende la protección económica para los hijos de mujeres asesinadas y Cataluña actualiza al alza diferentes indemnizaciones.

El análisis evidencia también que el volumen presupuestado no basta para valorar una política pública. Una administración puede incrementar sus créditos y dejar posteriormente parte del dinero sin gastar, mientras otra puede registrar una ejecución reducida durante los primeros meses y acelerar los pagos al final del ejercicio.

La radiografía definitiva de 2026 dependerá, por tanto, de tres variables: 
a.- cuánto presupuesta cada comunidad, 
b.- qué derechos y ayudas ofrece y 
c.- cuánto dinero termina realmente ejecutando. 
Es esa combinación, y no una sola partida, la que permitirá determinar qué territorios refuerzan de manera efectiva la protección frente a la violencia machista y cuáles retroceden.