sábado, 12 de agosto de 2023

De Eguiguren el héroe a Flores el apestado: diferencias de pegar en el PSOE a maltratar en Vox

Alberto Pérez Giménez, 12/08/2023 
¿Qué separa la condena por la paliza de Jesús Eguiguren (PSOE) a su mujer y la de violencia psíquica a su exmujer de Carlos Flores (VOX)? En este país, un mundo.
Lo que sigue a continuación no es más que un ejemplo de que la propaganda política de la izquierda –pese a las quejas de Pedro Sánchez- es mucho más efectiva que la de la derecha. Hasta el punto de convertir a un político (del PSOE) condenado por pegar una paliza con un paraguas a una mujer, la suya, en héroe de la paz y recibir diarios reconocimientos del ‘prócer’ del feminismo (Rodríguez Zapatero) y de la prensa adepta mientras los mismos medios, el mismo Zapatero y el propio PSOE obligan a echar de su Gobierno a otro político (de Vox) condenado por maltrato psicológico.

Estos son los hechos.
16 de abril de 1992. El diario ‘El País’ –nada sospechoso en este aspecto- publica la siguiente noticia: “El diputado vasco Jesús Eguiguren, condenado a 17 días de arresto por pegar a su esposa”. 
 Y sigue: “El ex presidente del Parlamento Vasco y secretario general del PSE-PSOE de Guipúzcoa, Jesús Eguiguren, ha sido condenado por un juzgado de San Sebastián a una pena de 17 días de arresto como autor de una paliza propinada a su esposa el 10 de febrero último”.

Los hechos probados en la sentencia –continúa la noticia-, establecen que el dirigente socialista golpeó a su mujer con las manos, un paraguas y un zapato en el contexto de una fuerte discusión conyugal suscitada por la sospecha de que Jesús Eguiguren mantenía relaciones sentimentales con otra mujer”. “Con las manos, un paraguas y un zapato…”.

Respaldo del PSOE a Eguiguren
3 días más tarde de que la propia esposa, Assunta Zubiarrain, interpusiera la denuncia contra Eguiguren, acudió al juzgado a retractarse asegurando que sus lesiones eran, “en realidad, consecuencia de una caída fortuita producida en la escalera de su domicilio”. El fiscal, sin embargo, no la creyó y mantuvo la acusación: las lesiones registradas en el informe forense no se correspondían con la caída por unas escaleras. Al juicio, dice El País, “acudieron numerosos cargos públicos y responsables del PSE-PSOE, en un gesto de claro respaldo a Jesús Eguiguren”.

Según la sentencia del juez Fernando Andreu –curiosamente, hoy amigo íntimo de Baltasar Garzón y Lola Delgado, y por tanto, tampoco sospechoso de inquina a Eguiguren- éste “produjo a su esposa hematomas y contusiones en las zonas parietal y occipital del cuero cabelludo, en los hombros, brazos, codos, manos, glúteo y muslos, lesiones que tardaron en curar un total de 20 días y que no dejaron secuelas”.
Los hechos probados en la sentencia contra Eguiguren establecieron que el dirigente socialista “golpeó a su mujer con las manos, un paraguas y un zapato en el contexto de una fuerte discusión conyugal

En aquella época, el dirigente socialista presidía la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento Vasco.
Pese a la contundencia de la sentencia a la hora de describir la paliza a su mujer, lejos de costarle la carrera política, Eguiguren fue después esencial en el Gobierno de Zapatero -promotor de la 1ª ley de Violencia de Género que el Congreso aprobó por unanimidad- para negociar con ETA. 
Y en octubre de 2021, en un reportaje en El Correo, se abrazaba a Eguiguren en la terraza de un hotel en Madrid para ensalzar la figura de su compañero, el mismo que fue condenado por apalizar a su esposa.

Si Jesús Eguiguren y Arnaldo Otegi no hubieran empezado a reunirse en un caserío es muy probable que lo que sucedió el 20 de octubre de 2011 a las 7 de la tarde, el día que más recuerdo de todo mi período político, no hubiera sucedido todavía. Y nadie puede saber si hoy aún continuaríamos con el drama histórico de la violencia. El diálogo entre Jesús y Arnaldo Otegi fue el principio de todo, el principio del fin”.

Jesús y yo –insistía Zapatero en esa entrevista- hemos justificado toda nuestra vida política con este final. La pregunta que puede hacerse uno es qué vasco, qué vasca, qué ciudadano de este país puede decir: yo contribuí decisivamente al final del mayor drama que vivieron varias generaciones como fue el terrorismo. Como buen vasco que es seguro que no abraza los homenajes ni los reconocimientos, pero se lo quiero dar en nombre de millones de españoles y españolas”.

21 años después de la condena, tras las elecciones del 23-J, el propio Otegi desvelaba que había empezado los contactos con “alguien del PSOE para que haya un Gobierno que no esté la derecha reaccionaria de PP y Vox”. Y el condenado por pertenencia a ETA confirmaba que ese “alguien” era Jesús Eguiguren, a quien la paliza a su mujer no le pasó factura.
Carlos Flores profirió durante varios meses insultos a su exmujer bajo el balcón de su vivienda o en la entrada del colegio de sus 3 hijos menores, con expresiones como “ladrona, secuestradora de niños, dueña de calabozo, puta

Hasta aquí, unos hechos. Y esto son otros: lo que sucede cuando el condenado –por violencia psíquica y faltas de injurias y vejaciones- es de Vox.
24 de septiembre de 2002. La A. P. de Valencia confirma la condena a Carlos Flores Juberías a 1 año de prisión por un “delito de violencia psíquica habitual” y 21 faltas de coacciones, injurias y vejaciones injustas. Además, se le prohibió aproximarse durante 3 años a su exmujer y a indemnizarla con 6.000 €.

Carlos Flores se dedicó a proferir insultos a su exmujer bajo el balcón de su vivienda o en la entrada del colegio de sus 3 hijos menores de edad durante septiembre, octubre y noviembre de 2000 y enero y febrero del año siguiente, con expresiones como “ladrona, secuestradora de niños, dueña de calabozo, puta”. También siguió en su moto a su exesposa y a sus hijos inquiriéndola: “¿No puedo hacerlo?, ¿molesto?, imbécil, cuida a tus hijos ladrona, ¿te falta dinero?, ¿no te paso bastante?, mantenida, que vives a costa de tus hijos, ¿no te da vergüenza?”. “Te voy a estar jodiendo toda la vida hasta que te mueras y acabe contigo, ladrona”.

Flores fue condenado por violencia psíquica y absuelto de los presuntos delitos de amenazas, injurias, lesiones psíquicas y coacciones y de una falta de lesiones.
20 años después de esa condena, Flores –licenciado y doctor en Derecho por la Universidad de Valencia y en Ciencias Políticas por la UNED, catedrático de Derecho Constitucional desde 2013 en la UV, director desde su fundación de la revista Cuadernos Constitucionales y autor de más de una decena de obras colectivas- decidió aceptar ser candidato de Vox a presidir la Generalitat valenciana.
Eguiguren, condenado por apalizar a su mujer, negoció luego con ETA, Zapatero le abraza y le pone como ejemplo de español de bien y se reúne ahora con Otegi para que Bildu apoye a Sánchez. 
Carlos Flores fue vetado del Gobierno valenciano

Cuando se anunció su candidatura, todos los medios recordaron su condena. Cuando el PP pactó con Vox el Gobierno de la Comunidad Valenciana, los mismos medios que callan y callaron ante Eguiguren y su papel activo en la vida política de antes y ahora, se lanzaron contra Flores. El PP exigió, como una “línea roja”, que fuera apartado de un posible Gobierno y Vox le envió de candidato al Congreso de los Diputados.

A Feijóo, en la campaña para las generales, los medios y el PSOE se le echaron encima por decir que lo de Flores fue fruto de “un divorcio duro”. Eguiguren, el condenado por apalizar a su mujer “con las manos, un paraguas y un zapato”, se abrazaba con Zapatero y negociaba con Otegi el apoyo al nuevo Gobierno Frankénstein de Sánchez. Estos son los hechos y éstas, las diferencias entre un maltratador de izquierdas y uno de derechas. Y aún nos extrañamos de lo que sucedió el 23-J.

viernes, 11 de agosto de 2023

Régimen de visitas en lactantes y su progresión hasta la custodia compartida

Raquel Estellés Delgado, 10.08.2023
En los casos de rupturas de pareja o bajo vínculo matrimonial en los que existen menores de muy corta edad, normalmente, por factores biológicos, la custodia suele otorgarse a la madre. Este hecho se debe a que se trata de supuestos en que los hijos todavía son lactantes y dependen en mayor medida de sus madres.
No obstante, es reconocido por reiterada jurisprudencia que las visitas de los padres en los primeros meses y años de vida de los hijos son imprescindibles para que los menores puedan desarrollarse en su plenitud y generar vínculos de apego y confianza.

Para generar ese lazo paternofilial se hace necesario que la custodia monoparental materna se vea acompañada del establecimiento de un amplio régimen de visitas a favor del padre, visitas que deben ser de corta duración en el lugar cotidiano del menor, pero múltiples y reiteradas en el tiempo para que los menores puedan perpetuar una relación de afectividad.

En este sentido se pronuncia la A. P. de Soria en SAP nº 196/2009, de 23 de noviembre de 2009, en la que establece: 
Como parámetros generales, las Audiencias Provinciales (Sentencias de la Sección Iª de la A. P. de Almería de 23 de enero y 10 de octubre de 1999, por ejemplo), basándose en estudios de orden psicológico, suelen fijar que en bebés de hasta aproximadamente 6 meses de edad es recomendable que las visitas sean frecuentes, de corta duración y en lugares cotidianos para el menor, no siendo recomendable, por el contrario, la estancia con el progenitor no custodio por la necesidad de mantener con la máxima estabilidad los hábitos del niño.

Posteriormente, cuando se trata de hijos en los 1º años de vida, cual es el caso sometido a nuestra consideración es imprescindible la proximidad y estabilidad afectuosa de uno de los progenitores (de ordinario la madre), pero el padre aparece como imprescindible para fomentar, entre otras cosas, la autonomía infantil, por lo que las visitas deben de ser también constantes y de cierta mayor duración, pero procurando no romper la unidad del espacio hogareño del menor, lo que se consigue con la fijación de un tiempo no excesivamente amplio de estancia pero suficiente para que se produzca la identificación de la figura del padre (que es normalmente el que no tiene la custodia) y del círculo espacial donde éste desarrolla su propia vida independiente de la del otro progenitor
”.

La SAP de Madrid nº 706/2021, de 15 de julio, sigue este criterio al establecer que: “En esas circunstancias, y dada la corta edad de Victoriano, esta Sala no puede sino compartir la improcedencia de fijar en este momento una custodia compartida, pues el niño tiene que afianzar el apego con ambos progenitores y por el momento, una figura de referencia. Ello no significa que deba petrificarse la situación, por cuanto el interés de los menores, conforme al art. 90 CC permite una modificación del régimen de custodia para pasar a un régimen de custodia compartida, más adelante. Cuando se produzca esa circunstancia, es cuando debe valorarse ese cambio y no fijar una custodia compartida a futuro o forzando los tiempos en 2 niños tan pequeños, que también deben adaptarse entre sí. Como ya ha tenido ocasión de señalar esta Sala en sentencia de fecha 29 de junio de 2021 dictada en el rollo de apelación nº 332/2021, "las previsiones a plazo para introducir la custodia compartida, tratándose de una niña nacida el NUM002 de 2019 (acaba, por lo tanto de cumplir 2 años), que apenas ha convivido con el padre por la temprana ruptura de la pareja, no son aconsejables en la medida en que no se conocen las circunstancias que concurrirán en su momento, sin que pueda predecirse cuál será el mejor interés de la niña cuando tenga que realizarse la implantación. De hecho, precisamente en el auto de medidas provisionales se fija una progresión porque ha existido un contacto escaso entre el padre y la niña, en parte también debido a su condición de lactante".

En el presente caso, la progresión que el padre interesa y que modifica en la vista supone que ya deberían a esta fecha estar llevándola a cabo, al fijar desde los 6 meses una alternancia semanal pero con 2 pernoctas entre semana con el otro progenitor, lo que supone que en tan limitado lapso temporal, Victoriano haya ya forjado los lazos de apego suficientes con ambos progenitores, lo que este Tribunal desconoce.(…)

Sin embargo, no aprecia esta Sala que el régimen de visitas fijado sea excesivo ya que aunque siga siendo lactante, lo que desconoce esta Sala, por su edad ya toma otros alimentos, y puede espaciar las tomas y organizarlas de otro modo. Por otro lado, ya se debe estar haciendo así y no parece que haya existido grandes inconvenientes de adaptación, entendiendo que limitar las visitas en los términos solicitados generaría en el menor graves problemas a la hora de asumir vínculos afectivos con el padre”.

A mi juicio, lo que se pretende con la imposición y progresión hacia un amplio régimen de visitas es equilibrar el distanciamiento que la custodia materna conlleva en el caso de lactantes. Es decir, permitir el derecho del menor a relacionarse con su padre y viceversa desde temprana edad y aun cuando en cierta medida dependa más, físicamente, de su madre.

El hecho de que durante los 1ºs meses de vida el hijo sea lactante obliga a estar modificando y ampliando el régimen de visitas de forma progresiva, pues conforme el menor crece y gana autonomía el derecho del padre se equipara al de la madre, pudiendo aquel solicitar que se establezca un régimen de visitas con pernoctas o, incluso, posteriormente, el cambio de custodia monoparental a compartida.

Al hilo de ello es imprescindible abordar cuándo los tribunales consideran oportuno pasar al sistema de guarda y custodia compartida cuando se viene desarrollando previamente un sistema de custodia materna. 
Lo normal en estos casos es la progresión en la comunicación hasta alcanzar el momento óptimo para el menor, teniendo presente su interés, entre el que se encuentra que no pierda contacto ni el lazo afectivo que debe unir a los progenitores con el hijo menor. Así, será recomendable ampliar progresivamente el régimen de visitas a favor del progenitor no custodio, 1º estableciendo pernoctas y después pasando al tradicional sistema de semanas alternas de custodia compartida, dejando un margen de discrecionalidad para poder analizar cada caso y circunstancias concretas.

La razón de ser de la preferencia de custodia compartida frente a la que pudiese ejercer uno solo de los progenitores se encuentra, como ya fuese declarado por el Tribunal Supremo en STS de 29 de marzo de 2021, en que “la adopción de la medida definitiva de la custodia compartida se halla condicionada al interés y beneficio de los menores y es reputada abstractamente beneficiosa, en tanto en cuanto: 
1) Se fomenta la integración del menor con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia; 
2) Se evita el sentimiento de pérdida; 
3) No se cuestiona la idoneidad de los progenitores; 
4) Se estimula la cooperación de los padres, en beneficio de los menores.”

Dicho en otras palabras, lo que se pretende es otorgar al menor, tanto a nivel físico como emocional y afectivo, un plus de protección y seguridad permitiéndole tener contacto continuo con sus dos progenitores.

Situación en la que incide la Sentencia de la A. P. de Valencia nº 669/2018, de 23 de julio de 2018. Tras haberse estado llevando a cabo un régimen de custodia materna con sistema de visitas para el padre, considera que al alcanzar el menor la edad de 2 años es prudente cambiar a la custodia compartida, afirmando: 
TERCERO.- Finalmente, y en cuanto al régimen de visitas, en este punto la Sala considera que deben estimarse parcialmente ambos recursos. En efecto, el de la progenitora, al que se ha adherido el Ministerio Fiscal, en cuanto a la hora de devolución del menor a las 19 horas, lo que supone reducir a 3 horas en días alternos la visita del progenitor. Se justifica dicha reducción en la necesidad de conciliar la rutina de los bebés, esto es el que a las 20 horas el menor ya esté cenado, y bañado, en su domicilio, y en disposición de dormir.

Lo que no encuentra justificación, dado que ya se ha iniciado el régimen progresivo de estancias del menor con su padre y, por lo tanto, la normalización de la relación paterno filial, es esperar a que el menor cumpla los 3 años de edad para introducir la pernocta, considerando la Sala que tras las vacaciones estivales, en el mes de septiembre, en el que el menor ya habrá cumplido los 2 años y 2 meses de edad, ya puede introducirse la pernocta y, por lo tanto, adelantar el régimen de relaciones previsto para el cumplimiento de los 3 años al cumplimiento de los 2 años y 2 meses del pequeño
”.

Podemos concluir, por tanto, que en el caso de lactantes en los que la custodia materna se hace necesaria por razones biológicas, este régimen de limitación temporal y frecuencial debe ir progresando hasta alcanzar el momento apropiado para que puedan cumplirse los fines y beneficios que la custodia compartida, según se reconoce jurisprudencialmente, comporta.

Cómo fortalecer una relación madura y hacer frente al divorcio gris

Otras noticias:

Amor duradero frente al divorcio gris: todas las claves para mantener una relación madura.
¿Es posible un amor duradero para toda la vida? Y si es así ¿cuál es el secreto para no ponerle fin a través del divorcio gris? 
Te damos todas las claves.

Alba Llano, 10 Agosto 2023
A quién no le viene a la cabeza ese momento en la vida en el que por fin conoces a alguien excepcional y todo tu mundo parece ponerse patas arriba. Todo mientras te invade una sensación de estar permanentemente flotando y tras la que se esconden las famosas endorfinas
Un amor inicial apasionado, que poco a poco irá dando paso al resto de sus fases si consigue funcionar, pero ¿qué ocurre cuando sí funciona y además parece durar toda la vida? ¿Qué sucede entonces con esa pasión inicial? ¿Se desvanece?

Lo cierto, es que aunque la tendencia del divorcio gris sigue estando en España a la orden del día, vivir un amor duradero sí es difícil pero no imposible y sino, que se lo digan a esa pareja mayor jugando en la playa con las olas del mar, que una usuaria de TikTok ha hecho recientemente virales. Una escena entrañable que vuelve a demostrar cómo el amor no tiene por qué tener edad ni fecha de caducidad.

¿Qué es el divorcio gris?
Cuando hablamos de amor duradero y para toda la vida, el desgaste parece presentarse como uno de esos elementos a temer en una relación de este tipo. Y es que, este es uno de los elementos más influyentes en el día a día de una relación de pareja. Un desgaste que puede hacer que incluso después de compartir una vida entera juntos, en algunas ocasiones, se opte por seguir caminos diferentes. Sobre esto, es precisamente sobre lo que trata el 'divorcio gris'.

El término 'divorcio gris' se refiere a las separaciones de parejas mayores de 50 años que llegan a un punto en el que no pueden seguir viviendo juntas y deciden tomar rumbos separados. Esta es una situación que se está volviendo cada vez más común en la actualidad.

De hecho, en nuestro país, más del 27% de los divorcios ocurridos en 2021 se produjeron en parejas de más de 50 años, siendo el final de pagar la hipoteca, la independización de los hijos o el alcance de la jubilación, uno de los cócteles que propicia estas separaciones.
A pesar de que el divorcio gris no deja de ser una realidad cada vez más presente y de que las películas y el cine no dejen de mostrarnos todo tipo de parejas por debajo de los 60 años, el amor también puede llegar a la vejez. Esto es algo que demuestran historias como la que recientemente se ha viralizado en TikTok y en la que se puede ver en vídeo a una pareja de ancianos jugando en la playa con las olas del mar.

Poco o nada se sabe realmente de esta pareja, ya que la autora del vídeo no aporta nada más a su contexto, pero lo cierto es que las imágenes hablan por sí solas. En ellas se ve como una mujer y un hombre se salpican en la orilla, 1º él y después ella, quien poco después sale corriendo para seguir jugando como si ambos siguieran siendo adolescentes enamorados.

Todas las claves para mantener una relación madura y duradera
Un amor duradero que podréis construir poco a poco, pero para que la relación de amor florezca y sea tan bonita como duradera, no solo será fundamental la implicación de ambos y el deseo de superar todos los baches que se os pongan por el camino, sino que también tendréis que tener en cuenta las siguientes claves:

1.- Cultiva la pasión sin caer en la obsesión
Al comenzar una relación amorosa, es normal que ambos sintáis un intenso deseo de estar juntos todo el tiempo. Sin embargo, a medida que pasa el tiempo, en algunas parejas, este entusiasmo puede volverse una obsesión que afecta la individualidad de cada uno. 
En una relación saludable, esos 1º sentimientos de enamoramiento evolucionan con el tiempo en un amor profundo que permite a cada persona mantener sus amistades, intereses y su propia identidad.
Si sientes que has perdido tu individualidad, a menudo son los amigos quienes lo notan 1º.
En este caso, es crucial recordar tus propios intereses y actividades para recuperar el equilibrio personal y retomar tu sentido de identidad.

2.- Activamente busca lo bueno.
La psicología nos dice que las emociones positivas pueden contribuir al florecimiento personal, pero no podemos simplemente esperar a que aparezcan por sí solas. Las parejas más felices trabajan de manera consciente para fomentar estas emociones positivas.
Lograrlo implica práctica y comprender que estas sensaciones abarcan un rango, desde las intensas como la pasión, la diversión y la alegría (que solemos sentir al principio de una relación), hasta emociones más serenas como la tranquilidad, la gratitud y la inspiración.

Si no nos resulta natural o espontáneo cultivar estas emociones, es fundamental "priorizar lo positivo". 
Esto significa programar actividades juntos que en el pasado nos llevaron a experimentar emociones agradables y positivas.

3.- Comprende la naturaleza cambiante de las emociones
Las emociones son como etiquetas que le ponemos a los procesos químicos en nuestros cuerpos, mezclados con nuestras respuestas mentales y reacciones impulsivas. 
Podemos transformar una emoción y su química al modificar nuestras percepciones, comportamientos o la situación en la que estamos.

A veces, es útil tomar respiraciones lentas y profundas mientras observamos nuestros cambios internos. Cuanto más rápido permitamos que los factores externos se disipen y escuchemos nuestra voz interior, más pronto podremos entender nuestras verdaderas intenciones.
La vida tiene altibajos, y las emociones nos informan de nuestro estado, pero es esencial no dejar que nos dominen. No hay emociones "malas", pero es importante reflexionar e indagar cuando algo nos preocupa o nos incomoda. Aceptar ese momento y buscar soluciones de manera madura y razonable es clave.

4.- Cultiva la dulzura y la atención
Al principio, el amor romántico y el noviazgo destacan por gestos y palabras llenas de pasión y entrega total hacia el otro. Con el tiempo, la amistad y la sinceridad deben sostener ese amor para que perdure 
permitiéndonos superar nuestros propios intereses individuales y mirar más allá.

5.- Ama a la persona en su totalidad
Intentar transformar a alguien en lo que deseas que sea, a menudo lleva a una relación al fracaso al sofocarla. No dejes que los prejuicios te cieguen y permítete aceptar las imperfecciones y vulnerabilidades, tanto las tuyas como las de la otra persona.
No rechaces partes de la persona en su conjunto, incluso si no te agradan tanto. Conocer y abrazar a la persona real (en lugar de una versión idealizada) es un proceso constante, crucial para mantener la magia viva.

6.- Comparte los miedos y las alegrías
Mientras más captemos los sentimientos de nuestra pareja, sus pensamientos y las razones detrás de su comportamiento, más auténticamente podremos conectarnos. Mantener un secreto, ya sea de nosotros mismos o de nuestra pareja, consume energía y limita la cantidad disponible para expresar emociones genuinas. Cuando eliminamos estas barreras, la pasión florece y se fortalece.

7.- Valora la importancia del contacto físico
En una relación amorosa, uno de los elementos destacados es el placer que proviene del contacto físico entre ambos. Las sensaciones químicas y la chispa que surge al tocarse son en sí mismas cautivadoras, generando un deseo de mantener ese contacto de manera constante.
Ya sea porque la dopamina nos brinda placer o la oxitocina nos envuelve en una sensación cálida y de conexión con nuestros propios sentimientos, el contacto físico no tiene reemplazo. Mantener ese deseo no deja de representar una forma de comunicación honesta y poderosa.

8.- Enfrentar el futuro juntos
El auténtico enigma reside en lo que el futuro nos depara, en lo que aún no ha acontecido y en las posibilidades que aguardan. Deja espacio para el crecimiento, los sueños y la construcción de una vida compartida. Permitiros transformar las potencialidades de las vivencias conjuntas en realidades palpables.

Acepta que las diferencias contribuyen y enriquecen vuestro vínculo, forjando una unión sólida y nutrida por una amistad profunda. Hacer planes, buscar sorpresas compartidas y sin preocuparse excesivamente por lo que el futuro traerá, ya que llegará lo que esté destinado a llegar.

jueves, 10 de agosto de 2023

Nuevos modelos de familia tras el Divorcio I

Hijastros, madrastras y padrastros: derechos y obligaciones.
¿Los hijos de la pareja de hecho son 'hijastros de hecho'?
Redacción, 09/08/2023
La figura de los hijastros ha ido creciendo en importancia porque hoy en día es muy normal que personas con hijos rehagan sus vidas sentimentales con nuevas parejas.
Si eres el padrastro o la madrastra de los hijos de tu pareja, te contamos los derechos y obligaciones que os unen en relación a herencias, permisos laborales, pensiones...

SON PARIENTES EN 1º GRADO POR AFINIDAD
Está a la orden del día que los matrimonios se separen y que los exesposos formen nuevas familias, en la que conviven continuadamente o a temporadas los hijos de distintas procedencias: de uno, de otro y de ambos.
Hijastros, madrastras y padrastros se han convertido así en figuras de lo más común, y su relación en el plano legal despierta muchas dudas.

Si tienes hijastros, en contra de lo que mucha gente cree, se trata de una relación especial en términos legales. No es igual que la que tendrías, por ejemplo, con el hijo de unos amigos del que eres padrino o madrina de bautismo.
Por mucho que quisieras y frecuentaras a ese niño, sería a efectos legales como un extraño. Sin embargo, los hijastros son, ya para empezar, parientes de 1º grado por afinidad.


DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE GENERAN LOS HIJASTROS
- Los alimentos: también son cosa tuya, si estáis en gananciales.
En principio, la responsabilidad de sustentar económicamente a tus hijastros no es tuya sino de sus padres, aunque lo normal es que voluntariamente los padrastros y madrastras contribuyan a ello en alguna medida.
Ahora bien, dependiendo de vuestro régimen económico matrimonial, contribuir a su sustento sí podría ser tu obligación.

Supongamos, por ejemplo, estas 3 cosas: 
Que tu pareja paga a su ex una pensión de alimentos para los niños (se llama así pero sirve para la comida, el vestido, la vivienda, la educación...  Que estáis casados en régimen de gananciales. Que de pronto tu pareja se ve incapaz de pagar la pensión, por ejemplo porque le despiden...
Pues bien, la deuda que se genere mientras tu pareja se recompone y vuelve a estar en condiciones de pagar podría tener que pagarla la sociedad de gananciales que formáis, es decir, la pensión de alimentos quizás tenga que salir de vuestra hucha común, de la que forman parte tu salario y otras rentas que puedas tener.

- Pensión de orfandad: sí, con muchos requisitos.
Si una persona cotiza lo bastante, cuando fallezca habrá generado el derecho a que sus hijos cobren una pensión pública de orfandad, siempre que cumplan algunos requisitos (determinada edad, determinados medios de fortuna, etc.).
Pero además, la pensión de orfandad puede beneficiar a los hijos del viudo, o sea a los hijastros, si se cumplen algunos requisitos suplementarios:
Que tu matrimonio se celebrara al menos 2 años antes de tu fallecimiento.
Que tus hijastros convivieran contigo y dependieran de ti económicamente.
Que no cobren otra pensión pública.
Que no tengan otros familiares obligados a prestarles alimentos.

Es decir, que si tú mueres habiendo generado el derecho a pensión de orfandad y se dan todas esas circunstancias, es posible que tus hijastros la reciban.

- Herencia y donación: solo si lo planificas tú.
Si quieres favorecer a tus hijastros traspasándoles parte de tus bienes, debes saber 2 cosas:
Si falleces y no has hecho testamento, ellos no recibirán nada tuyo porque no se encuentran en la lista de candidatos a heredar que la ley tiene prevista y que está compuesta por el cónyuge y por parientes carnales.

Es decir, si quieres favorecer a tus hijastros por herencia, tendrás que hacer testamento y dejarles por esta vía lo que quieras, dentro de los límites que también la ley impone (si dejas herederos forzosos, es decir, viudo, hijos, nietos, bisnietos, padres, abuelos, bisabuelos... tienes que reservar sus legítimas).
Si quieres, puedes hacerles donaciones en vida, pero también respetando los derechos de los herederos forzosos que puedas tener, pues las donaciones no pueden ser tan grandes que disminuyan sus legítimas.

Por los bienes que reciban, tus hijastros tendrán que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que en todas las comunidades resulta más gravoso a medida que se aflojan los lazos de parentesco. O sea, a igual cantidad, los parientes lejanos pagan más impuesto que los cercanos.

La ley estatal, que es la que se usa por defecto si no hay normativa autonómica que aplicar, distingue 4 grupos de herederos: las personas sin vínculos familiares, como son los amigos, pertenecen al grupo IV y pagan el máximo impuesto, mientras que los hijastros pertenecen al grupo III, igual que los sobrinos, y pagan algo menos que los del grupo IV. 
Solo en Cataluña, hijos e hijastros se equiparan a estos efectos y están en el grupo que paga el impuesto más reducido.

- Permisos laborales: los hijastros dan derechos.
Finalmente y en lo que respecta a la legislación laboral, tus hijastros te darían derecho a tomar un permiso retribuido en algunas circunstancias desgraciadas:
Por cuidados: 5 días si sufren un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que demande reposo domiciliario.
Por fallecimiento: 2 días, que se transforman en 4 si te ves en la obligación de desplazarte por ese motivo.
Por fuerza mayor, es decir, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable tu presencia inmediata: las horas necesarias hasta un total de 4 días al año. 
Este permiso no existía antes del 30 de junio de 2023 y es válido para asistir a familiares y otras personas, siempre que vivan bajo tu mismo techo.

¿Y los hijos de la pareja de hecho son 'hijastros de hecho'?
La legislación que regula las parejas de hecho no está consolidada como la de los matrimonios, no es uniforme dentro de España y de afectar a alguien, afecta básicamente a la pareja en sí; en principio, no hay previsiones respecto a los derechos de los hijos no comunes
En todo caso:
Si tienes una pareja de hecho no formalizada, sus hijos son a todos los efectos unos extraños. Te atan a ellos los mismos deberes y obligaciones que te atan a cualquier ciudadano corriente.

Si tienes una pareja de hecho formalizada que ha aportado sus propios hijos (algo así como tus "hijastros de hecho"), algunas cosas dichas antes son iguales para ellos; por ejemplo, no tienen ningún derecho sucesorio. Pero en general, los derechos y obligaciones que os sujetan son más vidriosos y habría que buscar aclaraciones, si es que las hay, en la legislación autonómica.

De lo que sí podrías beneficiarte, si hay convivencia, es de los permisos laborales retribuidos por cuidados (se permite asistir a familiares consanguíneos de la pareja de hecho con los que se conviva) y por fuerza mayor (se permite acudir en ayuda de personas con las que se conviva, sean parientes o no).   

miércoles, 9 de agosto de 2023

Se mantiene el negocio político en Violencia sobre la Mujer: Siguen falleciendo

Las mujeres asesinadas por violencia machista suben a 33 en lo que va de año,
tras confirmarse el caso de Almería.
La ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero ha pedido mantener "máxima alerta para salvar vidas".
 E.B., 8 Agosto 2023
El número de mujeres asesinadas por su pareja o expareja en España en lo que va de año 2023 ha ascendido a 33 tras confirmarse el caso de una mujer de 27 años presuntamente asesinada por su cónyuge este 7 de agosto en Almería.

Con la confirmación de este caso, el número de mujeres asesinadas por violencia de género en España asciende a 33 en 2023 y a 1.217 desde 2003, cuando se empezaron a recopilar estos datos, según ha informado el Ministerio de Igualdad, que añade que no existían denuncias previas por violencia de género contra el presunto agresor.
La víctima tenía 1 hija y 2 hijos menores de edad. 
Hasta la fecha, el número de menores huérfanos y huérfanas por violencia de género en España asciende a 36 en 2023 y a 413 desde 2013.

La ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, en declaraciones en su redes sociales recogidas por Europa Press, ha pedido mantener «máxima alerta para salvar vidas». «Siempre podemos hacer algo para ayudar a una mujer víctima de violencia machista. Ante la más mínima señal, actúa. Nos queremos vivas», añade su mensaje, en el que también ha mandado «el mayor abrazo y respeto» para los seres queridos de la víctima.

También han condenado este crimen en sus redes sociales el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez; la ministra de Trabajo y Economía Social en funciones, Yolanda Díaz; la actual delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, o el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo.

«Seguimos trabajando, con unidad y firmeza, para acabar con cualquier forma de violencia machista», ha indicado Sánchez. «El machismo sigue existiendo. De nada sirve negarlo y eliminar concejalías de igualdad. Hay que afrontarlo por su nombre, con políticas firmes de prevención y protección. Hay vidas en juego», ha subrayado Díaz, mientras que Feijóo ha resaltado la importancia de las políticas efectivas «que terminen con esta lacra» y Rosell ha destacado los 3 menores de edad que quedan huérfanos tras este crimen.

Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género también está recabando datos del asesinato por presunta violencia de género de una mujer de 31 años en la provincia de Córdoba por lo que, de confirmarse, el nº de mujeres asesinadas por violencia de género ascendería a 34 en 2023.

Además, una mujer de 91 años también ha sido asesinada este martes en Valle de Guerra, en el municipio de La Laguna (Tenerife), a manos de su pareja, un varón de 92 años que ya ha sido detenido por la Policía Nacional. Según han informado a Europa Press fuentes del Cuerpo Nacional de Policía, la víctima presentaba signos de muerte violenta y por el momento se investiga si podría tratarse de un caso de violencia machista.

El Ministerio de Igualdad, por medio de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, señala que desde el 016 se puede pedir: 
1.- asesoramiento sobre los recursos disponibles y los derechos de las víctimas de violencia de género, así como 
2.- asesoramiento jurídico de 8:00 horas a 22:00 horas todos los días de la semana, con atención en 53 idiomas y 
3.- un servicio adaptado a posibles situaciones de discapacidad.

Así, recuerda que en una situación de emergencia se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencias de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). En caso de que no sea posible realizar una llamada y ante una situación de peligro, se puede utilizar la aplicación ALERTCOPS, desde la que se enviará una señal de alerta a la policía con geolocalización.

Estos medios de asistencia pueden ser activados por la víctima y también por cualquier persona que conozca o sospeche de un caso de violencia de género.
Nota: En el caso de Almeria eran Marroquies y el de Canarias ¿Machista con 92 años? Sin comentarios.

La Sustracción internacional de menores en verano

MANUEL GUTIÉRREZ LUNA, Magistrado. 
Ex Presidente Sala Apelación Penal del TSJA, 
08 Agosto 2023
En el caso de salida no pactada de un menor, delito contemplado en el Código Penal, el progenitor que se queda en España puede recurrir a la vía civil, penal y al Convenio de la Haya. 

En España existen numerosas familias compuestas por cónyuges con diferentes nacionalidades, además de la española. En ocasiones, uno de ellos (el de nacionalidad distinta a la española), cuando la situación matrimonial no funciona o se encuentran divorciados, aprovecha las vacaciones veraniegas para viajar a su país durante el tiempo que le corresponde tener al menor con la intención de no regresar.

La separación o el divorcio de los progenitores es claramente un hecho que afecta a la esfera familiar del menor. Si esta separación se produce además con un cambio de país, el menor no solo se verá afectado en su entorno familiar, sino también personal y social. 
El traslado conllevará el cambio de colegio, de barrio, de amigos y demás contactos sociales y familiares. En base a ello, se reconoce el derecho del menor a ser escuchado y a que su opinión se tenga en cuenta. 
Y con más motivo si el traslado se ha producido de forma ilícita. 
Esta opinión debe ser tenida en cuenta por el juez, quien deberá poder denegar la orden de restitución en caso de oposición del menor.

La sustracción internacional de menores se produce cuando un menor es trasladado ilícitamente -sin el consentimiento de uno de los progenitores o sin autorización judicial- desde su país de residencia a otro, habitual-mente el del otro progenitor, vulnerándose el derecho de custodia del padre o madre que la tenga atribuida o el derecho de visita en España.
En nuestro país, la sustracción internacional de menores es un delito contemplado en el art. 225 bis del C. Penal.

Para intentar el regreso, existe un protocolo conforme al Convenio de la Haya aplicable a menores de 16 años que prevé la comunicación directa entre las autoridades centrales de ambos países. 
Un procedimiento que es bastante lento. El Convenio de la Haya es aplicable no solo a países de la Unión Europea, ya que se aplica en los 130 estados firmantes, siempre que la sustracción se produzca en uno de ellos.

Junto a esta vía, lo aconsejable es iniciar un procedimiento judicial ante las autoridades del país en el que se encuentre el menor para lograr la restitución o bien fijar un régimen de visitas. 
Además, se podrá solicitar del país donde se halle el menor sustraído el reconocimiento y ejecución de la sentencia dictada en España que otorgue al progenitor privado de la guarda y custodia del menor sustraído.

La mayor celeridad pasará por interponer una demanda ante el Juzgado de Familia de la provincia española donde se llevó a cabo la sustracción del menor. Este juzgado, tras admitir a trámite la demanda, podrá acordar como medida cautelar dirigirse a un juez del pais de traslado interesando la devolución al progenitor que tuviera concedida la custodia en España. 
El escollo fundamental es que nos encontramos en el mes de agosto y la Justicia en materia civil es inhábil, por lo que no puede realizarse un trámite de esta naturaleza salvo en los casos urgentes. 
Estimo que este tipo de asuntos son de suma urgencia y, de hecho, los juzgados suelen considerarlo así.

Si uno de los padres tiene conocimiento de que en época estival el otro progenitor piensa viajar a su país con el hijo en común, se podrá interesar por quien permanece en España medidas judiciales para garantizar la protección del menor. Entre otras, la prohibición de salida del territorio nacional, así como la prohibición de expedición o incluso la retirada del pasaporte al menor. Con ello se trata de evitar que salga fuera de España y se dificulte su repatriación.

Igualmente existe la vía penal, más rápida, mediante una denuncia inmediata ante las Fuerzas de Seguridad del Estado por el delito de sustracción de menores
Éstos intentarán localizar al menor y evitar su salida de territorio español.

En los supuestos de sustracciones de menores ha de actuarse con rapidez y eficacia, ya que, en caso contrario, dificultará el procedimiento si el menor permanece un tiempo fuera de España y se adapta a las costumbres, amigos y colegio a donde fue trasladado.

lunes, 7 de agosto de 2023

Divorcios con mascotas: de los 20 € al mes por cada perro, a la custodia compartida.

Más Información: vanguardia,
La reforma hace año y medio del Código Civil
obligó a precisar el destino de las mascotas en caso de separación y/o divorcio.
onda vasca,7 Agosto 2023
20 € al mes por cada perro, veterinario al 50 %, peluquería a quien le toque. Año y medio después de la reforma del Código Civil que obligó a precisar el destino de las mascotas en los divorcios, las soluciones son dispares, aunque hay un común denominador: si hay niños, el animal va con ellos.
"Cuando viene un cliente y te plantea su crisis matrimonial, pocas veces habla de su animal de compañía. Junto a los hijos, la vivienda o la hipoteca, tenemos que indagar qué ocurre con la mascota, quién se ocupa de ella, quién la cuida, cuáles son sus gastos", explica a EFE Mª Pérez Galván, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).

La ley del régimen jurídico de los animales, que determinó que son seres dotados de sensibilidad, entró en vigor en enero de 2022, trasladando al BOE lo que ya se venía aplicando "por sentido común" en convenios y sentencias, como ocurre a menudo en el derecho de familia, destaca esta jurista con 40 años de experiencia a sus espaldas.
La norma detalló los deberes de los propietarios de animales y estableció que en los acuerdos de divorcios se decidirá el destino de los animales de compañía "teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal".

LA SENTENCIA QUE MARCÓ EL CAMINO
En 2010, una sentencia de un juzgado de Badajoz, firmada por quien hoy preside la Audiencia Provincia, Luis Romualdo Hernández Díaz-Ambrona, acordó la custodia compartida de un perro tras la separación de una pareja. Estaría 6 meses con la mujer y otros 6 meses con el hombre.
El juez reconocía los "grandes y sentidos afectos" que generan los perros y los consideraba objeto de derechos como seres "sensibles e independientes".

13 años después, el número de mascotas ha crecido exponencialmente. Según el censo de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía y Veterindustria, en España hay 29 millones de animales de compañía. Más de 9,3 millones son perros y 5,8 millones, gatos; a los que se suman peces, pájaros, reptiles y pequeños mamíferos.

Tras la reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales, este año se aprobó la ley de bienestar animal, que reguló los derechos de estos "seres sintientes" y las obligaciones de sus propietarios.
En España, de acuerdo con la exposición de motivos de esa norma, en 1 de cada 3 hogares se conviven con al menos un animal de compañía.

¿20 EUROS POR ANIMAL CADA MES?
Pérez Galván cree que en el derecho de familia había prioridades más urgentes, como una ley de custodia compartida de los hijos o una regulación legal de las parejas de hecho, pero apoya unas normas que responden a la mayor concienciación social ante los animales y a su creciente presencia en los hogares.

En los convenios de divorcio, explica, no solo se debe regular con quién permanecerá el animal y el coste de su manutención básica, sino también detalles como quién va a pagar el veterinario, el corte de pelo...
En caso de desacuerdo, será el juez quien tenga que valorar todas las circunstancias de la familia, desde quién cuida habitualmente al animal, al interés del niño.

El pasado marzo, la A. P. de León dejó clara la importancia de que las partes en conflicto reúnan toda la información posible para ayudar a los tribunales a tomar una decisión.
Una mujer había recurrido su sentencia de divorcio y advertía de que no se había dicho nada sobre las mascotas que tenía con su pareja, con quien había creado en su día una asociación para rescatar animales abandonados y había llegado a juntar 3 perros y 7 gatos.

El hombre no mostraba interés en quedarse con los animales y la mujer le pedía 500 € mensuales para su cuidado, pero la Audiencia rebajó considerablemente sus pretensiones porque las facturas que entregó, relativas a alimentos y veterinarios, no llegaban a esa suma.
Como tampoco presentó un informe pericial sobre el coste aproximado que supone el cuidado de cada mascota, el tribunal fijó que la contribución del hombre debía limitarse a 20 € por animal, es decir, 200 € al mes.
Numerosas sentencias optan por la decisión salomómica del reparto de los gastos, de las consultas al veterinario al collar antiparasitario.

LA MASCOTA, CON EL NIÑO
Cuando hay niños, destaca la abogada, el destino del perro suele ir parejo al de los menores.
El pasado marzo, por ejemplo, la A. P. de Madrid le dijo no a una mujer que recurrió los términos de su divorcio y quiso que la mascota se quedara con ella, a pesar de la custodia compartida de los hijos.
"Entendemos que el animal es de toda la unidad familiar, y su bienestar pasa por que esté con los menores, y en consecuencia con cada una de las partes litigantes, en los periodos que les corresponda estar con sus hijos", manifestaron los magistrados.

"En sus estancias con el padre los menores llevarán consigo la tarjeta sanitaria y su DNI, así como sus respectivas equipaciones deportivas, utensilios y libros escolares, teléfonos móviles, ordenadores y a su mascota", se precisaba en otra sentencia dictada en A Coruña en noviembre.

RÉGIMEN DE VISITAS Y VACACIONES CON EL PERRO
La A. P. de Córdoba tuvo que resolver también el caso particular de 2 perras para las que se había fijado judicialmente un régimen de visitas tras el divorcio del matrimonio: Elena -nombre ficticio- se había quedado con los animales, pero Erica podía tenerlos fines de semana alternos.

La 1ª recurrió alegando que las perras eran suyas antes de la boda y, aunque la sentencia de divorcio se dictó antes de promulgarse la ley animal, el tribunal se inspiró en el nuevo Código Civil para recordarle la necesidad de atender al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal "con independencia de la titularidad dominical de éste".
En su sentencia concretó detalles que faltaban, dejando claro que las 2 mujeres deberían compartir los animales en periodos especiales como Navidad, Semana Santa y verano.

ESPECIALIZACIÓN Y SENSIBILIDAD
Pérez Galván destaca la importancia de la especialización del abogado de familia, pero no olvida que es el juez el encargado de interpretar las circunstancias de cada caso a la hora de aplicar la ley.
Entra en juego ahí su sensibilidad hacia los animales o su concienciación. "Un juez joven es probable que tenga animales o que los haya en su entorno, con lo que se implicará más", apunta.
"Hasta ahora -añade esta jurista- los animales domésticos eran los grandes olvidados en los procedimientos de familia; ahora pasan a ser protagonistas y hay quien no lo asume".

¿Por qué las políticas de igualdad no frenan la violencia de género?

La escritora Cuca Casado, en el libro «Desmontando al feminismo hegemónico», analiza los mantras lanzados desde instituciones como el Ministerio de Igualdad.
REBECA ARGUDO, Madrid, 06.08.2023 
8 mujeres han muerto este mes de julio en España por violencia de género. Tradicionalmente, se da un repunte de casos en los meses estivales, especialmente en este séptimo. 
Tanto en 2018 como en 2019 fueron 9 las víctimas de este tipo de violencia en este mes, descendiendo a 4 en 2020, que fue el año de la pandemia. En 2021 fueron 6 y 3 en 2022. Este año vuelven a ser 8. La fluctuación en las cifras entra dentro de lo normal, siendo esas 3 de 2022 el dato inusual. Excepto en 2017 y 2013, que el número de víctimas descendió a 2 y en 2010 que subió hasta 10, lo habitual viendo las estadísticas es que en este mes oscilen las cifras entre 6 y 8. 
Es decir, que el incremento, pese a ser llamativo, desde el punto de vista estadístico no es en absoluto significativo. Ni siquiera lo es que sea julio un mes nefasto hasta ahora este año: en 2022 lo fue diciembre; en 2021 fue junio; en 2020, enero y agosto; en 2019, sí fue julio. No parece, coinciden en señalar los especialistas, que se pueda extraer un patrón temporal observando las concentraciones de casos o el llamado «efecto acumulación».

En lo que sí lo hacen es en señalar que los periodos vacacionales son uno de los factores, que no causas, que aumentan el riesgo de violencia debido al incremento del tiempo de convivencia. También lo son las olas de calor. Estos 2 motivos coincidirían en estas fechas. Sin embargo, tras conocerse las cifras del mes de julio y sin más dato que ese, este año se apuntaba a «los discursos negacionistas» como causa determinante.

Instrumento ideológico
Miguel Lorente, por poner un ejemplo de entre todos, médico forense reconvertido en experto en violencias machistas y exdelegado de Gobierno para la Violencia de Género, belicoso defensor de la idea esotérica de que la violencia es exclusivamente cosa de hombres, señalaba que «el negacionismo está influyendo mucho». Y advertía, además: 
«Ahora mismo hay hombres que están pensando en asesinar a sus mujeres y esa idea se ve reforzada cuando ven que otro ya lo ha hecho».

Pese a que diversos estudios científicos descartan el efecto contagio o imitación en la violencia de pareja, y a que las cifras no son relevantes a nivel estadístico, en ciertos medios insisten en dar voz a siniestros personajes acientíficos que han hecho, de la instrumentalización ideologizada de un problema real, su medio de vida. 
¿Ayuda esto a las víctimas? ¿A la prevención real de las violencias hacia las mujeres? ¿A un análisis riguroso que favorezca un diagnóstico certero y al diseño y aplicación de medidas efectivas? ¿A algo más allá de sus propios y particulares intereses?

«Cualquier “análisis” simplista de un suceso multifactorial es de todo menos un coadyuvante en la prevención», explica la escritora y articulista Cuca Casado, coautora del libro «Desmontando el feminismo hegemónico». 
«De todos los casos de violencia dentro de la pareja, ¿sabemos en cuántos había de por medio consumo de alcohol o de otras sustancias? ¿Qué se sabe de la personalidad del victimario? ¿Tenía algún tipo de trastorno de la personalidad o carecía de habilidades sociales y emocionales? ¿Cuál era la situación económica y laboral de la pareja? ¿Era la 1ª agresión? Son algunas de las preguntas cruciales que cualquier profesional de la salud y del ámbito criminológico se debería plantear para, 1º, entender las motivaciones y factores criminógenos existentes y, 2º, para desarrollar tratamientos preventivos y medidas restaurativas. Sin esa labor, todo lo que se diga es dogmático». 

Y añade: «Como en cualquier suceso, más si es de violencia de lo que hablamos, la que se da dentro de la pareja responde o es motivada por factores biopsicosociales y ambientales. Uno de esos factores es el verano y lo que conlleva: tiempo de vacaciones y, por ende, mayor tiempo de ocio con la pareja. Normalmente las parejas pasan más tiempo juntos, y si hay un conflicto esto puede aumentarlo. Igual que ocurre con los divorcios, que suelen aumentar en estas épocas».

El Ministerio de Igualdad se apuntaba también a la tesis de culpar a los discursos negacionistas, pese a que no le quedaba otra que reconocer, en una rueda de prensa sin preguntas, que los repuntes de casos en periodos estivales son un fenómeno que lleva ocurriendo desde que estos se computan, e iba más allá: el entorno puede ser cómplice y encubridor. 
Así, que las políticas adoptadas no tengan un impacto real y comprobable sobre la problemática, no es responsabilidad suya, sino del círculo íntimo de la víctima y de aquellos que discrepan, aunque sea mínimamente, con sus tesis.

«El problema de los homicidios de mujeres por parte de la pareja (o expareja) está instrumentalizado desde hace décadas», apunta Casado. «Llevamos casi 20 años de ley y no ha cambiado absolutamente nada. No sabemos nada que ayude a mejorar y optimizar las diferentes formas de prevención. Y no lo sabemos porque no interesa resolver (mejor dicho, reducir) este problema: si se redujera el riesgo ¿de qué iban a vivir las diferentes asociaciones y fundaciones, así como políticos y ciertos medios? Como ya expliqué en su día en el libro “Desmontando el feminismo hegemónico”, según los datos abiertos de la Administración General del Estado y el BOE, entre 2014 y 2018, se concedieron 24.607.298,67€ en subvenciones destinadas a más de 1000 asociaciones, federaciones y/o fundaciones que contienen en su denominación la palabra “mujer”. 

Por su parte, las Comunidades Autónomas destinaron un total de 103.867.476,73€ en más de 9.000 subvenciones. Sin duda, se trata de una cantidad ingente de recursos destinados a mantener la existencia de múltiples asociaciones y fundaciones, mientras el problema de la violencia en la pareja sigue sin abordarse eficazmente y sin reflejarse esa inversión en mejoras sustanciales y medidas efectivas».

Mientras tanto, las cifras de homicidios en el ámbito de la pareja siguen siendo las mismas con ligerísimas variaciones: en 2017 murieron 50 mujeres. 53 en 2018, 56 en 2019. En 2020, 2021 y 2022 fueron 49. 
«El gran problema», señala Cuca Casado, «es el abordaje simplista y reduccionista del asunto. Cualquier agresión dentro de la pareja se interpreta como debida al machismo y ya está. 
Esa es toda la argumentación. Pero la realidad es que hay otras motivaciones y factores concomitantes a los que no se quiere, o no interesa, prestar atención. Y debería hacerse».

Y eso es lo que espera, precisamente, la ciudadanía: análisis rigurosos, medidas efectivas y resultados satisfactorios. Pero es difícil que eso ocurra si se continúan despilfarrando los recursos en apuntalar teorías acientíficas sustentadas en intereses que poco tienen que ver con ese fin. 
Y así lo señalan los especialistas, los que analizan en profundidad los datos e investigan las verdaderas causas.

Precisamente, en uno de estos de estudios, de 2019, sobre la evolución del efecto imitador en los homicidios de pareja en España, se alertaba sobre esto con las siguientes palabras: «La población espera que los gobiernos intervengan e instalen medidas públicas que trabajen para la protección de los ciudadanos. Sin embargo, estas acciones deben estar informadas y basadas en hechos científicos para ser lo más efectivas posible. Es fundamental evitar caer en conclusiones engañosas producidas por un procesamiento de datos incorrecto o correlaciones espurias».

¿Qué es la revolución del divorcio gris?

Otros Medios: revista diners.
Anna Solé Sans, Barcelona, 6 de agosto de 2023. 
El nº de norteamericanos que viven solamente está aumentando. Casi 16 millones de personas de 65 años o más en los EE.UU. vivían solas en el 2022, el triple de las que vivían solas en los años 60´. 
Y a medida que los baby boomers envejecen, se espera que esta cifra crezca todavía más, planteando preguntas sobre el futuro del país. 
Tal como apunta la CNN, hay muchas razones detrás de este cambio en la sociedad norteamericana –pero extensible también en Europa–, como por ejemplo, las ganancias económicas que obtuvieron las mujeres cuando empezaron a trabajar y los cambios de actitudes hacia el matrimonio.

En este sentido, han aumentado las peticiones de divorcio a mayores en adultos mayores de 50 años. La codirectora del National Center For Family & Marriage Research de la Bowling Green State University, Susan L. Brown, se mostraba sorpresa por los resultados. Una investigación que se popularizó bajo el término "divorcio gris" para describir este fenómeno, una cosa que antes era una rareza, pero que ahora se ha vuelto más común. "Más de 1/3 de las personas que se divorcian ahora tienen más de 50 años", destacaba. 
Un hecho que hace que esta casuística ya no se pueda ignorar más.

Todo empezó en el 2010, con el anuncio de la separación de Al y Tipper Gore, que se separaban después de 40 años de matrimonio. Eso hizo investigar y encontrar que las tasas de divorcios entre 1990 y 2010, la tasa de divorcios de personas mayores de 50 años en los EE.UU. se había duplicado. Lo bautizaron como la "revolución gris del divorcio". 
El hecho curioso, tal como dice la misma cadena norteamericana, es que las tasas de divorcio para la población general están disminuyendo, mientras que la tasa en esta franja de edad muestra un patrón contrario.

¿Por qué dan este paso?
Algunas personas mayores que inician este trámite, sienten que se han alejado demasiado de sus parejas, mientras que otros han sufrido abusos o han descubierto transgresiones impactantes, destaca Susan Myres, abogada de divorcios en Houston, consultada por la misma CNN. 
En este sentido, la mayoría de clientes, algunos de incluso 80 años, consideran que los años de vida que les quedan son demasiado valiosos para pasarlos con las personas equivocadas. Así, la abogada destaca que prefiere el término de "divorcio de plata" porque también alude a la buena perspectiva de empezar de nuevo, sin importar la edad que tengas.

Cada vez hay más población que vive sola
Los divorcios grises son un factor importante que explica por qué cada vez más norteamericanos mayores viven solos. Pero no es el único factor. Algunos son viudos y otros no se han casado nunca. 
A veces hay que recordar que mejor estar solo, que mal acompañado. Ahora bien, para poder vivir sol, también te lo tienes que poder permitir. 
Así lo pone de manifiesto la psicóloga Bella DePaulo, consultada también por la misma cadena. No hay que vivir a los EE.UU. para darse cuenta de que vivir solo es una odisea rodeada de facturas, pagos y alquileres altísimos o cuotas de hipoteca inalcanzables
En este sentido, destaca que se puede ver con las personas mayores, que cuanto más estabilidad financiera, más optan por vivir solos. 
"Lo consideran una cosa que realmente los encanta". Y constata que vivir solo no quiere decir estar solo. "Hay muchos estudios que muestran que las personas solteras tienen más probabilidades de mantenerse en contacto con sus amigos, familiares, y vecinos que las personas que están casadas", concluye.

¿Cómo hacer un divorcio menos dañino?

Dra. Nancy Álvarez, 06 Ago 2023.
El divorcio está considerado la 2ª causa de gran estrés en el individuo. La 1ª es la muerte de un familiar cercano, que también es una situación muy difícil, de duelo y pérdida. Pero lo que más nos preocupa es el manejo que se le da a este proceso en relación con los hijos.
Los estudios indican que, aunque los hijos tienen una mayor posibilidad de tener problemas emocionales, si el divorcio es bien manejado, no debe causar problemas serios. 

Pero, ¿qué es un divorcio mal manejado? ¿Qué es un buen divorcio?
Para tener un buen divorcio, se requiere casi lo mismo que para un buen matrimonio:
* Buena comunicación
* Consideración
* Respeto por el otro
* Lealtad
* Fidelidad

Esto plantea un serio problema: la mayoría de las personas que se divorcian tienen un mal manejo del proceso. Meten a los niños, le preguntan si se divorcian o no, forman bandos, hablan mal al niño del otro y lo ven esporádicamente (una vez que el divorcio se ha efectuado), entre otras cosas peores. 

¿Cómo podemos hacerlo mejor? Respetando la imagen del otro, del que se va. Y viceversa. O sea, no hablar mal del otro, ni permitir que otras personas lo hagan (al menos, delante de ud.).
Decir y demostrar al niño que se le querrá igual y que no tuvo nada que ver con el divorcio.
No inmiscuirlo en el problema de ninguna forma (aunque sea adolescente). El matrimonio y el divorcio son solo para adultos.

Hay que mantener una relación lo más cordial y adulta posible con su ex y comunicarse efectivamente. Le parece muy difícil, ¿verdad? 
Eso es fácil si se compara con las consecuencias de hacer lo contrario. 
Pero es difícil actuar de forma adulta y ecuánime, en medio de un gran dolor y caos emocional. De ahí que los autores estén de acuerdo en que, dentro de lo posible, “debemos prevenir el divorcio”.

De todas formas, una pareja con problemas —y en constantes disputas— es tan dañina a sus hijos como un mal divorcio. Complicado, ¿verdad? Tan complejo y complicado como el ser humano y sus relaciones. 
Pero no imposible. Si no puede solo, ¡para eso están los terapeutas!

domingo, 6 de agosto de 2023

España: Aumento de los asesinatos de mujeres con Irene Montero y sus comités de crisis.

Otras Noticias:
Igualdad compra 11.371 pulseras para agresores pero admite que serán pocas por el «repunte» del maltrato.
Sánchez defiende la ley del ‘sólo sí es sí’: «Ha sido buena para frenar las agresiones sexuales».
Montero y Belarra encantadas con el bloqueo: cobrarán 65.000 € más hasta la repetición electoral.
Los asesinatos por violencia de género suben un 15% desde que Montero creó sus “comités de crisis”.
ALBERTO PALACIOS, 05/08/2023
Los comités de crisis convocados por Irene Montero no dan con la tecla. Desde su creación, a finales de 2022, los asesinatos por violencia de género han aumentado un 15% en España, pasando de los 26 de 2022 a los 32 registrados hasta julio. La 1ª reunión extraordinaria para analizar los altos datos de mujeres muertas a manos de sus parejas o ex parejas se celebró el 28 de diciembre del pasado año. Ese mes se cerró con 13 mujeres asesinadas, el mes más negro de los últimos 20 años. Fue esta situación extrema la que llevó al Ministerio de Igualdad a convocar el 1º comité de crisis en el que participaron, también, Interior y Justicia. 
Todo hace indicar que el encuentro no ha surtido efecto. 

En lo que va de año, España ha registrado 32 asesinatos, 6 más que los registrados hasta el mes de julio de 2022 (26).
La situación empeora. Mientras en julio de 2022 se registraron 3 asesinatos, el mes central del verano que concluyó hace unos días se ha saldado con 8 muertes, casi el triple que el año anterior. 
Montero, consciente del incremento de las cifras, volvió a convocar el comité de crisis el pasado martes en el que Igualdad, Interior y Justicia se reunieron con las Unidades de Violencia y las comunidades autónomas implicadas para dar respuesta al repunte de asesinatos machistas

El ministerio de Irene Montero acordó en junio de 2022 crear un órgano con el que abordar la «necesidad de dar una mejor respuesta a los repuntes de feminicidios, con un mejor análisis de los casos y coordinación». El 28 de diciembre se celebró la 1ª reunión, convocada de urgencia, después de que el mes navideño registrara 13 asesinatos. Una cifra que no se registraba en España desde 2008. Diciembre, al igual que los meses de verano, suele ser una fecha crítica para la violencia de género debido al incremento del tiempo de convivencia dentro del hogar.

La lacra de las muertes por violencia machista, lejos de reducirse, se está incrementando pese a que el Ministerio de Igualdad no ha dejado de sacar campañas para erradicarla. Por ello, Irene Montero, junto a la secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, presidieron el pasado martes la reunión del comité de crisis para tratar los últimos asesinatos machistas. 
Desde hace 20 años, cuando empezaron a recopilarse estos datos, un total de 1.215 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o ex parejas.

573 millones de presupuesto
El Ministerio de Igualdad ha tenido a su disposición este 2023 un presupuesto de 573 millones de €, un 9% más que en 2022. Un dinero que Irene Montero no ha dudado en gastar en varias campañas que, tal y como reflejan los datos, no están surtiendo ningún efecto. Aunque se pusieron en marcha con anterioridad, Montero ha puesto sus esfuerzos, en lo que va de 2023, en 4 proyectos principales entre los que han quedado repartidos los 573 millones de €. El programa con mayor dispendio es el de Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género. Montero ha destinado 260 millones de € a este proyecto, 51 millones más que en 2022. Y su eficacia está en duda a tenor de las estadísticas.

La iniciativa Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres es la 2ª mejor parada en el ámbito económico. Igualdad ha destinado 232 millones de € para financiar este proyecto.

España te protege contra la violencia machista’ es la única partida que disminuye respecto a 2022. De 75 millones pasa a 59. 
La campaña con menos apoyo económico por parte del Ministerio de Irene Montero es la de ‘Igualdad de trato y diversidad’. Esta iniciativa está dotada con un presupuesto de 7 millones de €, 2 más que en 2022.
Nota:  La violencia sobre la mujer es un auténtico negocio político para financiar a entidades locales y a chiringuitos especializados.