sábado, 29 de diciembre de 2007

IRPF 2008: Actualizaciones de Ultima Hora

http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=470522&idseccio_PK=1009&h
29/12/2007 MEDIDAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO
Hacienda actualiza el 2% las retenciones del IRPF
• El mínimo personal y familiar del impuesto se adecuan en la misma proporción.
AGUSTÍ SALABARCELONA

Ver Grafico en:
http://www.elperiodico.com/EDICION/ED071229/CAS/CARP01/PDF/g032mR91.PDF

El Gobierno actualizó ayer el 2% la escala de retenciones para el impuesto sobre la renta (IRPF) y aprobó un real decreto que modifica el reglamento de este tributo en materia de obligación de declarar.

La medida, conocida como deflactación, consiste en elevar los tramos de la tarifa en consonancia con la inflación prevista (no la real, que supera el 4%) con el fin de que parte de la ventaja obtenida con la actualización en el 2% del mínimo personal y familiar y de la reducción por rendimientos del trabajo obtenida no se vea compensada por la aplicación de una escala de retenciones ajena a la elevación de rentas nominales.

La nueva escala de retenciones del IRPF comienza en el 24% a partir de 17.707,20 euros (en el 2007 era a partir de 17.360 euros) y de los 53.407 euros en adelante se sitúa en el 43% (en el 2007 eran 52.360 euros).
Para las rentas más bajas, las derivadas de los rendimientos del trabajo y de las pensiones, el Gobierno eleva el importe a partir del cual deben practicarse retenciones según la situación del contribuyente.

De esta forma, el texto normativo establece que los contribuyentes solteros, viudos, divorciados o separados legalmente tendrán que someterá retención sus rendimientos salariales si tienen un hijo y superan los 12.996 euros de renta (en 2007 eran 12.775 euros) y si tienen dos hijos o más y superan los 14.767 euros (14.525 en el 2007).

Además, para los contribuyentes con un cónyuge sin rentas superiores a 1.500 euros anuales los límites excluyentes de las retenciones se amplían hasta los 12.533 euros desde los 12.340 euros de 2007 si no tienen hijos; hasta los 13.985 desde los 13.765 euros, si tienen un hijo y hasta los 16.102 euros, desde 15.860 si tienen dos o más hijos.

Finalmente, para otras situaciones personales, el límite excluyente de retención a cuenta sobre el salario para el IRPF se fija en 9.843 euros si no hay hijos de por medio (9.560 en 2007), 10.569 euros con un hijo (10.365 en 2007) y 11.376 euros con dos o más hijos (11.155 euros el año pasado).

SALARIO MEDIO ANUAL
Por otro lado, el real decreto eleva el importe del salario medio anual del conjunto de los declarantes del IRPF hasta los 22.100 euros para el 2008, frente a los 21.300 euros del ejercicio precedente.

Según el Ministerio de Economía, este salario medio anual se utiliza para determinar la cuantía máxima sobre la que se aplica la reducción del 40% de los rendimientos del trabajo que se deriven de la compra de acciones o participaciones por parte de los trabajadores.

viernes, 28 de diciembre de 2007

¿ Existen los Divorcios Gay ? Claro que Sí.

Se han divorciado 41 de las 4.274 parejas gays que se han casado.
D. FDEZ / S. ESTEBAN. 27.12.2007
De las 41 rupturas, 28 fueron entre parejas de hombres.
El 93% de los divorcios, 38 de 41, se han producido este año.
En 2005, año en que se aprobó la ley, no hubo rupturas.
Mientras, en 2006 sólo hubo tres divorcios.

Cada día se casan en España cinco parejas homosexuales.
Desde julio de 2005, cuando se aprobó la ley que permitía el matrimonio de personas del mismo sexo, hasta el 14 de diciembre de este año (últimos datos del Instituto Nacional de Estadística), 4.274 parejas gays se han dado el "sí, quiero" en nuestro país, de las que 41 (el 0,95%) ya han decidido romper su unión, según las estadísticas que maneja el Ministerio de Justicia.

El colectivo gay no se ha lanzado al matrimonio de forma masiva, sino de manera responsable, por eso hay menos rupturas.
En los seis meses de 2005 que estuvo en vigor la ley no hubo ningún divorcio gay. En 2006 sólo fueron tres.
La palma se la lleva este año 2007, con 38 rupturas.

¿Hay más divorcios entre las parejas heterosexuales que entre las gays?
En 2006 (últimos datos del INE) hubo 9.981 divorcios de parejas heterosexuales que se habían casado un año antes, en 2005 (210.000 bodas); es decir, un porcentaje de divorcios del 4,7%.

Para Alberto Rubio, director de Grupo Separación Online, un bufete de abogados que ha llevado muchos de los casos de divorcios de homosexuales, esta diferencia es lógica, ya que hay más personas hetero que homosexuales, por lo que es normal que haya más rupturas. Además, "una vez aprobada la ley, el colectivo gay no se ha lanzado al matrimonio de forma masiva, sino de manera responsable, por eso hay menos rupturas".

La base de la relación.
José Rueda, coordinador de diversidad de las asociaciones de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, también tiene explicación para esta diferencia estadística.
"Es importante la base en la que los homosexuales construyen sus relaciones. Desaparece la figura del cabeza de familia, derivada del sistema machista y patriarcal, y se apuesta por nuevos conceptos como la igualdad entre los cónyuges, el reparto de tareas, el respeto a las decisiones", señala.

Ellas rompen más que los hombres.
Las estadísticas también reflejan que, proporcionalmente, los matrimonios gays formados por mujeres se divorcian más que los formados por hombres.
De las 41 rupturas, 28 fueron entre parejas de hombres (el 68%) y 13 de féminas (32%).
Hay que tener en cuenta que el 80% del total de matrimonios gays se produce entre hombres y sólo el 20% entre mujeres.

Justicia recuerda que sus datos no son definitivos: "proceden de 356 registros civiles informatizados. No hay datos de otros 76 registros ni de 7.000 juzgados de paz sin informatizar".
Me separé por 340 euros en 4 meses.Boda y divorcio entre homosexuales .
Juan Carlos Quirós, 43 años.
Juan Carlos y su ex son una de las 41 parejas gays que se han divorciado en estos dos años y medio de ley.
Se separaron este año después de doce meses de matrimonio y nueve de noviazgo. Juan Carlos asegura que su relación no fue nada fácil y que fue él quien decidió romper, ya que "el divorcio empezó justo cuando me case".
La relación ha vivido altibajos y alguna infidelidad por parte de su ex. "El viaje de novios sirvió ya para darme cuenta de que no era el hombre de mi vida".

La pareja se instaló en Málaga e intentó una aventura laboral montando una tienda. Su separación, afirma, fue como todas.
"Tras una conversación con una amiga decidí informarme en Internet" y contactar con un bufete de abogados.
Le recomendaron Divorciogay.com, donde Juan encontró los medios para comenzar el papeleo. "Por unos 340 euros, me pidieron los datos, me mandaron un procurador que se encargó de todo y en menos de cuatro meses ya estábamos separados".

Aún así, sigue creyendo en el amor y no cierra las puertas a casarse de nuevo.
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miércoles, 26 de diciembre de 2007

Custodia Compartida y Liquidacion Gananciales a la VEZ ¡¡¡¡¡¡¡¡

La jueza ordena la venta de un piso en un divorcio contencioso
http://lacomunidad.elpais.com/custodiacompartida/2007/12/18/la-jueza-ordena-venta-un-piso-un-divorcio-contencioso

Escrito por: abbot2 el 18 Dic 2007
EN LA SENTENCIA TAMBIÉN CONCEDE LA CUSTODIA COMPARTIDA.

Aconseja "contar con dos viviendas próximas, dignas y adecuadas". Argumenta que los litigantes están en las mismas condiciones.
Diario de Córdoba - 18/12/2007 MARIANO ROSA
Ante la falta de acuerdo, una jueza de Córdoba ha ordenado a una pareja que se ha divorciado a "que se proceda a liquidar el domicilio familiar" que compraron en su día en régimen de gananciales.

Ana María Saravia, titular de Primera Instancia tres, refleja en una sentencia que esta liquidación se puede hacer "bien adjudicando a una de las partes, o bien vendiéndolo a un tercero, de manera que con el producto de su venta cada uno compre otro inmueble, o bien se lo alquile, si el importe que les corresponde no permite comprar otro, ya que a día de la fecha no es dable mantener la atribución de uso del domicilio familiar a la madre".

Para llegar a ese fallo, argumenta que ninguno de los litigantes, padres de una niña, "es dueño de ningún piso al margen del domicilio familiar", y estando ambos "incorporados al mercado" con sueldos similares, "lo ajustado a derecho es que se proceda a liquidar" la vivienda, que seguirán ocupando la madre y la niña hasta que se efectúe la venta.
En su lugar, aconseja "contar con dos viviendas próximas, dignas y adecuadas".

Esta pareja se casó hace siete años y se separó en el 2004, mudándose el padre a un piso próximo al domicilio familiar para estar cerca de su hija.

De otro lado, la jueza concede la custodia compartida, a la que la madre se oponía al considerar que la niña estaba bien como estaba "y que no es preciso que pase por ningún riesgo", aunque la litigante no explica qué entiende que pueda representar un riesgo.

Saravia concluye "que ella no quiere negarle a su hija que vea a su padre, que no tiene causa para objetar la custodia compartida y sí miedo a lo desconocido".
Es interesante recurrir, de vez en cuando, a la Hemeroteca.

http://www.poderjudicial.es/eversuite/GetDoc?DBName=dPortal&UniqueKeyValue=1915&Download=false&ShowPath=false
Curioso las Opiniones de la Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas que hacen propias el CGPJ.
Interesante ver lo que dicen sobre la Custodia Compartida y las Denuncias Falsas.
No obstante, la ley siguio adelante y peor que cuando empezo a diseñarse.
Y eso que se habla de Talante, Talante,...... ¿ Para quien ?

Saludos

Campaña por la Custodia Compartida en el Diario El Mundo

Os Invitamos a todos a que participeis en las Propuestas:
CUSTODIA COMPARTIDA AUTOMATICA,etc........
http://www.elmundo.es/especiales/2007/12/espana/100propuestas/

El email lo teneis en la parte inferior, donde pone contactanos: cuentanos@el-mundo.net

¿ Custodia Compartida solo en Vacaciones ? ¿ Y el resto del año ?: Pues va a ser que NO¡

Custodia compartida ¿Por qué solamente en vacaciones?
extremaduraaldia.com / 21.12.2007
http://www.extremaduraaldia.com/cartas-al-director/custodia-compartida-por-que-solamente-en-vacaciones-/49755-2.html
Carlos Caldito Aunión.
Badajoz

Este viernes comienzan, por fin, las ansiadas y esperadas vacaciones de Navidad, tanto para los niños, adolescentes y jóvenes en edad de estudiar, como para los adultos.
Vacaciones enormemente esperadas, pues soy padre separado (también he sido profesor y sé lo que las vacaciones significan para los profesores y los alumnos después de un larguísimo trimestre...)

Ya están aquí las vacaciones, llegaron por fin. Por fin mi hija (de nueve añitos) va a poder gozar de mi compañía, y yo de la compañía de mi hija durante un 'tiempo suficiente'.
Algunos que lean estas líneas dirán qué ¿a cuento de qué dirá esto este buen hombre? Pues muy sencillo, mi hija pasa conmigo apenas una semana al mes.

Y algunos seguirán preguntando ¿Es que este señor es una mala compañía, una amistad peligrosa, que su hija ha de evitar por algún motivo especial?
Pues miren ustedes: esa semana al mes (muchos padres no pasan con sus hijos más allá de cuatro días al mes) la conseguí tras un acuerdo-trampa con mi ex mujer (no exento de coacciones y amenazas diversas) y con la complacencia y la estimable colaboración de una señora juez de familia y un señor fiscal 'de menores', que es de suponer que están para velar por 'el interés superior de los menores' ('favor filli' lo llaman, perverso eufemismo) para 'hacer justicia', para solucionar problemas y no ocasionar mayores problemas a las personas que a ellos acuden...

El argumento que se utilizó era que me debía dar por satisfecho, que bastante que me concedía 'tanto tiempo' (se entiende que era la madre de mi hija la que nos concedía a mi y a nuestra hija 'estar tantísimo tiempo juntos') Esos 'grandísimos' periodos de estancia de mi hija conmigo pasan en un 'santiamén', cada separación está llena de una enorme tristeza: Papá, y ¿no me puedo quedar un poquito más? Y ¿por qué no me puedo quedar esta noche a cenar contigo y a dormir en tu casa...? Hija es que 'no toca'...

Todas las Navidades, desde hace casi siete años, me pregunto lo mismo (también todas las Semanas Santas, todos los veranos...) ¿es justo un sistema en el que las madres pueden decidir, cuando se separan de sus maridos, cuánto tiempo pueden pasar sus hijos con sus padres?
¿Por qué se me niega la custodia compartida de mi hija durante el curso escolar, y sí es admisible durante los periodos de vacaciones escolares?
¿Por qué 'se me permite' pasar con mi hija casi la mitad del verano, y la mitad de las fiestas navideñas, y la mitad de la Semana Santa, y no en la primavera, el otoño y el invierno?
¿Es que durante el resto del año hay una epidemia de 'padritis' de la que hay que preservar a mi hija a toda costa?
¿Por qué la Juez, el Fiscal y el Equipo Técnico Psicosocial adscrito a los juzgados, consideran que mi hija sí puede permanecer conmigo 'sin traumas' la próxima semana, o cambiar cada quincena de domicilio en la época estival y no puede, ni debe, hacerlo durante el resto del año?

Claro que, también es un enorme misterio que consideren que es bueno que mi hija pase más tiempo con terceras personas -canguros- los días de diario, en lugar de venir conmigo, a pesar de disponer yo de más tiempo que la madre para cuidar y educar a nuestra hija...

¿Será quizá que la Juez de Familia, el Fiscal de Menores, y el Equipo Técnico Psicosocial consideran que los hijos necesitan por igual a su padre y su madre durante las vacaciones escolares y, en cambio, necesitan exclusivamente a la madre durante el resto del año?

Tal vez a alguna persona le parecerá una obviedad, una perogrullada, lo que estoy preguntando, pero todo ello es motivo de grandes sufrimientos para los menores que son condenados a una orfandad estúpida, cruel y evitable -al fin y al cabo una forma de maltrato a la infancia- y por otro lado una gran tragedia para cuantos padres (también alguna madre, aunque es una cantidad anecdótica) se ven privados del contacto con sus hijos.

Como decía, soy profesor jubilado, pasé una oposición y fui considerado apto, capacitado para educar a los hijos de otras personas; sin embargo la señora juez de familia y el señor fiscal de menores han decidido que 'durante lo que dura el curso escolar' no estoy capacitado para educar a mi hija...

Dirán ustedes qué algún motivo legal o alguna razón científica habrá para ello.
Otros opinamos que esto se llama discriminación por razón de sexo, y dictar sentencias injustas a sabiendas, o por negligencia o por ignorancia inexcusable...

Otro día hablaremos de prevaricación en las rupturas de pareja.