Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 6 de junio de 2009
Caso José Manuel Regadera
«Mi marido, el juez, quiso matarme»
El escalofriante relato que reproducimos no es un caso más de violencia doméstica.
Escrito en 1ª persona por la supuesta víctima, y enviado a la redacción de EL MUNDO de Cataluña, cobra una relevancia inusitada al tratarse de 2 personas de un nivel social y académico elevado.
Ella es notario. Él, José Manuel Regadera, juez decano de Barcelona, hasta el lunes, en que dimitió.
María Rosa Igay se pregunta:
«¿Sólo si te matan es violencia doméstica, lo demás es una simple disputa?»
http://www.elmundo.es/suplementos/cronica/2009/711/1243720803.html
«NUNCA HE MALTRATADO A NADIE»
XIANA SICCARDI
Los juzgados de Barcelona se convirtieron en un hervidero la mañana del 3 de abril.
Trascendía la insólita noticia de que el juez decano, José Manuel Regadera, había tenido la noche anterior una pelea con su mujer, la notaria María Rosa Igay, en la que ambos llegaron a las manos en su casa, al parecer por una supuesta infidelidad de él.
Ese mismo mediodía, en mitad del revuelo, la pareja acudió a declarar por separado al juzgado de violencia doméstica.
Regadera lucía 3 arañazos en la cara.
Su mujer alegó moratones en la sien, cabeza y brazo y, momentos después, ambos salían de las dependencias judiciales imputados por maltrato.
En las escaleras del juzgado, el juez decano se detuvo. «Nunca he maltratado a nadie», prometió.
La fiscal pidió para el juez 9 meses de cárcel, y 7 y 1/2 para su mujer, por el mismo delito, que será enjuiciado el 21 de septiembre.
Si Regadera, perteneciente a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, fuese condenado a más de 6 meses de cárcel, perdería su condición de juez.
Pese a esta imputación, quiso seguir en el cargo.
Su versión es que fue su mujer quien le atacó, y que él sólo intentó defenderse de la agresión.
La gota que colmó el vaso llegó hace una semana, cuando casi la mitad de los jueces de Instrucción de Barcelona (18 de 33) pidieron por carta la dimisión inmediata del juez decano. Entonces Regadera decidió abandonar su cargo, alegando que, aunque quienes lo pidieron eran «una minoría», antes nadie se lo había pedido.
En los próximos días su dimisión será publicada en el BOE, y lo más probable es que se convoquen nuevas elecciones al decanato de los jueces.
Ahorrar para comprar una vivienda
Lo que hay que ahorrar para comprar una vivienda.
EL PERIÓDICO publica opiniones, réplicas y sugerencias de interés general, respetuosas hacia las personas e instituciones.
No se considerarán las cartas de más de 15 líneas, que podrán ser extractadas. Aun así, resulta imposible publicarlas todas. Tampoco se mantendrá correspondencia o contacto telefónico sobre ellas. Deben constar: nombre y apellidos, DNI, domicilio y teléfono.
Albert Ferrando Redolar. Reus.06.06.09
El que haya estudiado un poco los mecanismos de la banca y cómo funcionan las finanzas sabe que el valor de una hipoteca se calcula con una fórmula matemática muy sencilla.
No hace falta ordenador; solo un folio, un lápiz y una calculadora.
Por ejemplo:
si usted quiere --y puede-- ahorrar 600 euros al mes durante 20 años, con un interés del 4%, podrá disponer de 97.850 euros al cabo de ese tiempo;
si ahorra 900, llegará a los 146.772, y si eso lo hace durante 30 años, alcanzará 186.753 euros.
Esta es su capacidad de ahorro para comprar un piso. No hay más.
Si pretende conseguir cantidades más elevadas en la hipoteca, tendrá que alargar los plazos, bajar el interés o aumentar la cuota.
Si quiere destinar todo ese capital a la compra de una vivienda, tendrá una sorpresa.
La vida es dura y en el banco le dirán que con la intención no basta.
Además de dicha cantidad, necesitará de entre 35.000 y 68.000 euros en efectivo para los gastos de gestión, los impuestos de compraventa y lo que todo el mundo conoce como la entrada.
Caso de no tener ese dinero, podrá comprar un piso que le costará de 89.770 a 171.333 euros.
Si usted lleva años ahorrando y dispone de esos 35.000 euros, como mínimo, y se compromete a pagar 600 al mes durante 20 años, ya podrá adquirir una vivienda de 122.312 euros.
Pero si tiene 68.000 euros, o ha recibido una herencia de esa suma, y además quiere pagar 900 euros al mes durante 30 años, en este caso podrá comprar un piso de 233.441 euros, y todos lo felicitarán.
Aunque, para no desilusionarlo, no le diré nada de una supuesta plaza de aparcamiento, ni le hablaré de las medidas del piso en cuestión.
Esta es otra historia que la dejamos para otro día.
Dificultades para la Liquidacion de Bienes sin hijos
Preguntaen un Foro:14 Ene 2009 06:33
ALguien puede responder:
Ola mi pregunta es que me estoy separando llevo desde el 8 de mayo del 2008 viviendo en casa de mi madre, todo se ha vuelto una hecatombe mi vida es un desastre soy pensionista, bueno al caso.
Llevo 9 meses viviendo en casa de de mi madre y generándole unos gastos que antes no tenía soy pensionista por enfermedad asuntos sociales me dio una discapacidad del 39 % en la relación de casado y que todavía no hay firmado nada de separación, ya que lo estamos llevando a juicio para que decida un juez no nos ponemos de acuerdo con la partición de los bienes adquiridos, no tenemos hijos, disponemos de un piso de (VPO) protección oficial que más o menos está tasado en 180 mil euros de este piso debemos unos 45 mil euros de hipoteca, y tenemos también un plaza de parking por el pedimos 18 mil euros para cómprasela al hermano de mi futura ex mujer este está a nombre de mi cuñado y mi cuñada aunque las llaves del parking y el alquiler que lo tenemos alquilado hace 1 año esta puesto el contrato a mi nombre del arriendo.
Debemos desde préstamo 16.600 €uros.
Al principio cuando mi esposa dejo de separarnos era todo de mutuo acuerdo la cosa era así.
Ella me daba 132 mil euros y también me quedaba con el parking y luego yo saldaría la letra el importe total de este y lo pondría a mi nombre, yo le ofrecía a mi mujer pagarme 600 euros cada mes durante 3 años y una vez transcurridos esto ella me rembolsaría el resto hasta cubrir los 132 mil euros pero no sé cómo ni porque se tras tuco todo y la cosa ya no es mutuo acuerdo.
Creo que lo que está buscando es que el Juez le asigne a ella el piso y todo el ajuar según consta en el escrito presentado a mi letrada.
Expongo que no se que pasara yo tengo diagnosticada una enfermedad mental desde hace 18 años en concreto "esquizofrenia" hago constar que nunca después de la primera crisis que tuve con 23 años he vuelto a tener ninguna recaída mas ahora tengo 39 años y aunque es bastante invalidanté puedo hacer una vida más o menos normal dentro de unos cánones y nunca dejar de medicarme.
Es verdad que decisión de separarnos la ha tomado la otra parte y seguramente es por culpa mía por dejar de haber colaborado en casa en las tareas diarias del hogar y dejar de ser un detallista como olvidarme de las fechas importantes que lo eran para ella como un aniversario o un 14 de febrero el ser un poco gandul y no asearme también todo lo que a ella le hubiera gustado, no soy violento y por ahora nunca lo he sido más soy un mueble como dice ella aunque a veces estoy muy activo como es en estos momentos de escribir este redactado.
La cosa es que a mi madre le debo 3600 euros, sale a 400 por mes de mantenerme aquí en su vivienda que es justo que se lo page a mi mujer le debo algunas cuotas de la hipoteca cosa que no estoy de acuerdo en abonarlas también me pide la mitad de la comunidad, esto supone unos 200 euros al mes yo cobro 772 euros al mes.
Lo que no estoy de acuerdo es que ella lleva 9 meses viviendo solita en el piso de los 2 y yo tenga que pagar esas cantidades que me pide que es verdad que son irrisorias pero no justas a mi entender ósea que estoy acumulando entre lo que tendría que pagarle a mi madre y lo que tendría que pagar a mi esposa 600 €uros cada mes todavía me queda para tabaco 172 y además hacer hucha para pagar a los abogados ya que ella también me pide el importe de los gastos de su letrada si gana el Juicio.
Bueno la mi pregunta es si alguien pude ayudarme con lo que diría un juez supongo que constara por escrito de lo la ley diga en estos casos.
Mi mujer gana más que yo, unos 18 mil euros al año.
Y como antes dije no tenemos hijos si abandone la vivienda fue para no causar tensión ella me izo las maletas y algunas cajas para que me fuera y yo como tonto de creer que todo iba a ser de mutuo acuerdo me vine para casa de mi madre y la cosa no va no palante ni para atrás y me encuentro impertérrito aquí y con ganas de hacer mi vida que aunque asquerosa vida lo es y muy bonita hasta que el destino lo dictamine así.
Lo que te pasa si te Divorcias en España o en la Comunidad Valenciana
Comunidad Valenciana
En la actualidad, la madre se queda con los bienes y la custodia de los menores
H. E. VALENCIA.06.06.09
¿Cómo se resuelve un divorcio en la actualidad?
La patria potestad de los hijos corresponde a los padres a partes iguales.
Pero la realidad es que en el 98% de los casos, la madre es la que ejerce la custodia.
Se queda al cuidado de los menores y con los bienes del matrimonio, como es el piso.
El varón debe atenerse a un estricto régimen de visitas (uno de cada dos fines de semana y la mitad de las vacaciones, generalmente), tiene que buscarse un nuevo domicilio y pasar una pensión alimenticia.
En la Comunitat, según los datos que baraja Custodia Compartida, 4 de cada 10 matrimonios se rompen.
¿Qué cambiará la nueva ley del Consell?
La Custodia Compartida posibilita la igualdad económica para el padre y la madre.
El objetivo es separar a los hijos de los procesos de divorcio y que ninguno de los cónyuges salga perdiendo con el fin de la convivencia.
¿Regirá sólo en la Comunitat Valenciana la futura norma?
Efectivamente. Será una ley que se aplicará sólo a los matrimonios de la Comunitat.
Entra dentro de la pretensión del Gobierno valenciano de recuperar el derecho foral.
Una de las novedades que incluye el Estatuto de Autonomía.
Ahora mismo rige la Ley del Divorcio y el Código Civil.
¿La ley que planea el Consell se aplicará sólo en casos de nulidad, separación o divorcio?
No. El objetivo es que la ley vaya mucho más allá.
La conselleria de Gobernación pretende que los artículos rijan en situaciones en las que los padres no estén casados o vivan separados los progenitores.
¿Cuántos divorcios al año se producen en la Comunitat?
La Comunitat Valenciana es una de las autonomías de España en la que más divorcios se producen.
De hecho, cada año se separan en territorio valenciano cerca de 15.000 parejas.
En los primeros nueve meses de 2008 (los últimos datos estadísticos disponibles) se contabilizaron 11.974 separaciones y divorcios.
La Comunitat sólo fue superada por Andalucía, Cataluña y Madrid.
¿Hay garantías de puesta en marcha de este nuevo proyecto normativo?
La nueva ley que elabora el Gobierno valenciano corresponde a una promesa electoral del Partido Popular.
Los populares entienden que la norma se encuadra en el marco de los derechos de los hijos de padres separados a mantenerse unidos a sus progenitores.
¿Servirá para acabar con los procesos traumáticos de separación?
Ese es uno de los principales objetivos que se persigue con el nuevo articulado legal. Desgraciadamente, durante los procesos de divorcio, los hijos se convierten en una mercancía de chantaje entre los progenitores.
La idea es proteger al máximo los derechos de los menores y garantizar su bienestar una vez haya terminado el matrimonio de sus padres.
Informe de Mediacion Familiar Vinculante
Comunidad Valenciana
El mediador, obligado
Custodia Compartida exige que un psicólogo ejerza de árbitro en la pareja para llegar al mejor acuerdo posible
H. E. VALENCIA.06.06.09
Custodia Compartida exige que el informe del mediador sea vinculante para el juez.
Pasado mañana se reunirán miembros de la conselleria de Gobernación y representantes de Custodia Compartida para poner sobre la mesa cuestiones referidas a la nueva ley.
Una nueva toma de contacto con el objetivo de que la norma recoja todas las sensibilidades de los afectados por un proceso de divorcio.
Una de las figuras que el colectivo de padres divorciados considera innegociable es la del mediador.
Custodia Compartida exigirá que el árbitro sea «obligatorio» en todos los procesos de divorcio. Lo que no están dispuestos a aceptar es que, como se recoge en el anteproyecto de ley de Cataluña, el papel de esta persona sea voluntario.
El mediador es un profesional (psicólogo, trabajador social) que trata que los 2 miembros del matrimonio lleguen al mejor de los acuerdos y que en ningún caso se perjudique a los hijos. Además, los miembros de Custodia Compartida quieren que la decisión que tome el mediador sea vinculante para el juez que lleve el proceso de divorcio.
La idea es que por ley se pueda llegar a un acuerdo sobre el reparto de la casa (si se vende o se la queda una de las partes del matrimonio), sobre el coche y del resto de bienes.
De esta manera, si la mujer se queda con el hogar familiar, podría compensar económicamente a su marido para que este pudiera adquirir otra vivienda.
Otra de las cuestiones fundamentales para los padres separados es la de la violencia de género. Este asunto se ha convertido en uno de los grandes problemas en los procesos actuales de divorcio.
Custodia Compartida no quiere la convergencia civil y penal en la ley: «Esto anularía totalmente a la custodia compartida».
El artículo 92.7 de la nueva Ley del Divorcio es calificado por los progenitores varones como el mayor de los problemas.
El texto legal señala que no procederá la guarda conjunta «cuando cualquiera de los 2 padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica».
Los miembros de Custodia Compartida alertan de que algunas de las denuncias presentadas por casos de violencia doméstica son falsas.
Como ejemplo ponen el del hombre de 39 años de Sevilla que ha pasado 11 meses en prisión por 8 denuncias de maltrato presentadas por su compañera sentimental. Al final se demostró que las acusaciones eran falsas porque la mujer se autolesionaba con un cúter.
Colapsar juzgados.
En Custodia Compartida creen que esta situación puede «colapsar» los juzgados «por la presentación de denuncias de madres que recurran a la violencia doméstica con el único fin de mantener la custodia de los hijos y evitar que esta sea compartida».
David Ferrer, en la última protesta que protagonizaron hace 15 días los miembros de la asociación que preside, relató su caso:
«Mi mujer me denunció por lo penal. A partir de entonces empecé a ir de juicio en juicio y mientras veo a mis hijos 2 horas a la semana. Yo quiero ser padre todos los días y de pleno derecho, participar en su vida y no ser visitante, eso es para los presos».
La situación de Ferrer se ha dado en otros padres separados, que se encuentran inmersos en un juicio penal por las denuncias presentadas por sus ex parejas.
Custodia Compartida espera que en la reunión de pasado mañana se avance significativamente para poder poner en marcha la nueva ley valenciana que regirá sobre las parejas que se divorcien en la Comunitat.
«Esperamos que cumpla el Consell con su promesa», señaló Ferrer.
Violencia Doméstica: Mujer contra mujer
La corona de la reina:Mujer contra mujer
Silvia Segura Actualizado 06.06.2009
ONCE meses en prisión por denuncia falsa de malos tratos.
Titulares como este nos hacen cuestionarnos algunos aspectos de la normativa vigente.
En la Exposición de Motivos de la ley del año 2.004 se predica expresamente que la violencia de género se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión.
La violencia doméstica, por su parte, hace referencia a aquella que se produce dentro del hogar, tanto del marido a su esposa, como de la madre a sus hijos, del nieto al abuelo…
Evidentemente, hablar de violencia de género es tratar un problema social de 1ª magnitud y no solo una traba que afecta a la intimidad de la pareja.
Desde esta perspectiva, es claro que la respuesta penal en cuanto represiva es necesaria, si bien a su vez debe estar complementada con políticas de prevención, de ayuda a las víctimas, de resocialización de éstas y de los propios victimarios.
El ámbito vital en el que se desenvuelve la existencia de una mujer maltratada es un microcosmos regido por el miedo y la dominación.
Nada define mejor su día a día que la situación de sometimiento, opresión y tiranía de sus parejas sobre ellas.
La conquista del respeto a la dignidad humana, a la libertad de las personas y a la igualdad tienen que erigirse como el objetivo prioritario en todos los niveles de socialización.
Desde el más rotundo compromiso a la protección de los derechos de las mujeres que verdaderamente sufren un calvario a manos de sus parejas, desde la convicción de la necesidad categórica de una regulación legal firme y desde la triste realidad fáctica de fallecimientos femeninos por la crueldad ilógica de quienes se jactan de amarlas, es inadmisible, que sean precisamente las mujeres las que hagan un uso malvado y maquiavélico de la legislación.
Un despecho por infidelidad, una separación tumultuosa que culmina en un divorcio contencioso…sea cual sea la relación causa- efecto, es intolerable a la par que inaceptable, que una mujer tenga la sangre fría de presentar denuncia falsa por malos tratos. Hacerlo, supone mofarse de aquellas que tienen que sufrirlos sin piedad, sacar burla a una lacra social que termina en lágrimas por muertes de chicas indefensas, crean una batalla dentro de nuestro propio sexo, un "mujer contra mujer" muy lejos del lesbianismo oculto de Mecano y próximo a un flaco favor al sector femenino.
Sobre Información del Colegio y los hijos
1.- Hablar con el Jefe de Estudios del Colegio y plantearle la situación.
2.- Os dira que lo pidais por registro. Teneis más informacion en este blog o en nuestra web: http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/arf_el_divorcio_y_la_escuela_2.pdf
3.- Si a pesar de todos los intentos, no se consigue nada, recurrir a la Agencia de protección de datos (AEPD) y Denuncie al colegio ante la AEPD
https://www.agpd.es/portalweb/canalciudadano/denunciasciudadano/denuncia_ante_agencia/index-ides-idphp.php
" respecto al colegio, usted tiene la patria potestad y tiene todo el derecho a recibir información de sus hijos, dada la actitud del colegio una acción muy efectiva y que funciona es denunciarlos a la Agencia Española de Protección de Datos, al negarse a facilitar la información se les abrió expediente, al cesar en su actitud obstruccionista se libraron de una multa por falta GRAVE, las multas por faltas GRAVES son bastante disuasorias. Si el colegio no le facilita la información de sus hijos estan cometiendo una FALTA GRAVE"
Primero mande burofax reclamando DERECHO DE ACCESO:
https://www.agpd.es/portalweb/canalciudadano/denunciasciudadano/derecho_acceso_den/index-ides-idphp.php
Si se lo niegan: reclame la tutela de la AEPD por la denegación de ese derecho
https://www.agpd.es/portalweb/canalciudadano/denunciasciudadano/derecho_acceso_den/index-ides-idphp.php
Y por supuesto DENUNCIE al colegio a la AEPD empezaran a reflexionar cuando vean que estan cometiendo una falta grave y que no deben tomar partido por ninguna de las partes.
https://www.agpd.es/portalweb/canalciudadano/denunciasciudadano/denuncia_ante_agencia/index-ides-idphp.php
Suerte en la aventura burocrática.
viernes, 5 de junio de 2009
Acto Simbólico: Bautizo laico de un niño en Madrid
EFE. Viernes, 05-06-09.
Leo, el hijo de Cayetana Guillén Cuervo y Omar Ayyashi, se ha convertido en el primer madrileño en recibir un "bautizo laico" en una ceremonia que celebró el concejal socialista del Ayuntamiento de Madrid, Pedro Zerolo, quien reclamó un registro para que el acto "sea algo más que simbólico".
Por ello, ha anunciado que defenderá en el próximo pleno del Ayuntamiento de Madrid una propuesta para crear ese registro que, de momento, no existe en ninguna gran ciudad española.
Zerolo ha leído los Derechos del Niño recogidos en la Convención Internacional de la Infancia y le ha declarado "ciudadano de Madrid", tras "reconocerle todos los derechos que le son inherentes".
Leo se ha convertido en el 4º ciudadano español que recibe la bienvenida laica a su comunidad por expreso deseo de sus padres, aunque, según ha desvelado Zerolo, "hay mucha demanda de este tipo de actos civiles".
Por ello, lo que pide el concejal es "un registro y un protocolo para que el acta que firmamos quede registrada -"y sea más que simbólica", ha añadido Cayetana Guillén-, ya que el de Leo "abre esa posibilidad y un debate que espero que fructifique", ha dicho Zerolo.
Se trata de un acto cuyo fin es el de dar la "bienvenida democrática" al recién nacido bajo los principios de libertad, igualdad y respeto, siguiendo una tradición iniciada en la Revolución Francesa.
Cayetana Guillén ha querido precisar que "se emplea la palabra bautizo de una manera simbólica, y sin tener nada que ver con el sacramento, sino igual que se bautiza un barco o un edificio; es una acepción, nada más".
La actriz y periodista ha destacado que, hace solo unos días, otra pareja de El Borge, un municipio de la Axarquía, en Málaga, ha tomado la misma decisión que ella y su marido, y que "esto significa que cuando la sociedad empieza a pedir cambios lo hace de una forma natural: son de nuestra misma generación, no los conocemos de nada, y hemos elegido una ceremonia muy parecida".
"Hablas de igualdad, de comprensión, de tolerancia, de convivencia, de paz: de una serie de cosas que son muy necesarias para la convivencia, y en un acto así unes todo eso, y padres y padrinos se comprometen a que el niño viva rodeado de esas cosas", ha resumido Guillén Cuervo.
Según ha explicado, Leo ha participado activamente en su "bautizo", sorprendiendo a su madre al escuchar "relajado y sereno", a su abuelo Fernando Guillén, que le ha leído el poema "No te salves", de Mario Benedetti, y a sus amigos Juan Carmona y su esposa, Matilde Amaya, que le han cantado una nana.
La madre ha explicado que "desde que nació hemos querido darle la bienvenida a una vida laica y democrática que estuviera de acuerdo con nuestras convicciones y nuestras creencias: nos casamos por lo civil y queríamos ser consecuentes".
Un niño famoso, hijo, nieto, sobrino y ahijado de famosos -Amaia Montero y Carles Flavià (Tricicle) fueron sus "padrinos"- que aceptó sin pestañear el griterío organizado en los soportales de la Plaza Mayor por una treintena de chavales, alumnos de un colegio de Sabadell y de visita en la ciudad, que recibieron al invitado Boris Izaguirre con muestras de alegría, a la espera del saludo de la cantante.
A la ceremonia acudieron un centenar de invitados, los amigos y la familia más próxima, ha explicado Cayetana Guillén, entre los que se contaban los abuelos, Fernando Guillén y Gemma Cuervo, y el tío,Fernando Guillén Cuervo.
jueves, 4 de junio de 2009
Revoca Sentencia por Maltrato en Pamplona
La Audiencia de Pamplona revoca una sentencia por maltrato y pide que se investigue si hubo denuncia falsa.
PAMPLONA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección 2ª de la Audiencia de Navarra ha revocado una condena de 8 meses de prisión impuesta a un procesado por un delito de maltrato y ha ordenado enviar la causa al Juzgado de Instrucción correspondiente para que investigue si la mujer denunciante pudo incurrir en un delito de acusación y denuncia falsa y en otro de falso testimonio en causa penal.
El tribunal no da credibilidad a la versión que ofreció la denunciante y dice que la prueba que se practicó en el juicio no corrobora su declaración.
En concreto, la supuesta víctima denunció que el procesado, trabajador en el centro de salud de Cintruénigo, la agredió la madrugada del 24 de septiembre de 2006 en el interior del vehículo del acusado, mientras se encontraba realizando una guardia en el centro de salud.
Según la versión de la denunciante, la pareja comenzó la discusión en el centro médico y la continuó en el interior del vehículo.
Sin embargo, el tribunal subraya que ha quedado acreditado que en ese momento el acusado no estaba de guardia ni presencial ni localizada, "de manera que no pudo ser que a las 22 horas del día 23 estuviera atendiendo una urgencia puesto que no era el médico de guardia".
En concreto, según un certificado del centro de salud, el procesado sólo estuvo de guardia hasta las 8 horas del día 23 de septiembre.
"En definitiva", dice la sentencia, "existe una prueba objetiva que contradice palmariamente la versión de los hechos, en el sentido de que el día 23 de septiembre a la hora que dice la víctima, no pudo estar presente el acusado, cobrando así especial verosimilitud la declaración de éste", apunta.
Además, la sentencia añade que la acusación no ha solicitado el testimonio de una enfermera que supuestamente vio a la denunciante en el centro de salud la noche en la que supuestamente ocurrieron los hechos.
"Ésta resultaría una prueba fundamental para acreditar la versión de la acusación, que, sorprendentemente y para acreditar la versión de la víctima, no ha sido practicada", añade.
La denunciante y el procesado mantenían una relación de pareja, aunque él estaba casado con una mujer que residía en Perú.
La sentencia recoge que en el momento en que se produjo la denuncia, el acusado había comunicado a su pareja que iba a realizar la reagrupación familiar con su mujer de Perú.
La sala apunta, en relación con la ausencia de incredibilidad subjetiva, que "se percibe de la declaración de la víctima un cierto resentimiento", derivado, según la sentencia, de la decisión del acusado de trasladarse a vivir con su mujer.
"La sala aprecia un cierto resentimiento como consecuencia de esta conducta, como consecuencia de verse sorprendida, si no engañada, por la conducta del acusado, cuya valoración moral no corresponde hacer a la sala, pero sí que supone frustrar las esperanzas de convivencia con la recurrente", añade la sentencia.
En cualquier caso, al margen de estas apreciaciones, la sala afirma que "existen elementos de prueba objetivos que desvirtúan la versión de los hechos que da la víctima".
miércoles, 3 de junio de 2009
Aumentan las Denuncias Falsas por Maltrato
Aumentan las denuncias falsas por malos tratos
La Fiscalía ha empezado a tomar cartas en el asunto.
A partir de ahora, en Vigo se perseguirá esta práctica, habitual entre parejas que se separan.
MARÍA COLLARTE. 02.10.2007
La violencia de género es un grave problema con el que la sociedad está altamente sensibilizada, pero, al mismo tiempo que ha crecido el grado de preocupación, empiezan a hacerse notar algunas prácticas abusivas.
Según los expertos, en Vigo ha aumentado de forma considerable el número de denuncias falsas por malos tratos.
Hasta hace poco, cuando se archivaba un caso por no ser cierto, no se abrían causas penales contra la persona que había levantado falso testimonio.
Hay abogados que recomiendan a sus clientes poner denuncias como medida de presión.
A partir de ahora, en la ciudad olívica esto va a cambiar, ya que la Fiscalía ha empezado a tomar cartas en el asunto, alertada por el incremento de este tipo de prácticas.
«Es necesario luchar contra esta grave lacra social, pero existe una realidad paralela que va a hacer mucho daño a las auténticas mujeres víctimas de la violencia de género», comenta el abogado Pablo Ulfe.
Desde el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo aseguran que es muy complicado dar cifras exactas acerca de las denuncias falsas, pero que la mayoría se producen en casos en los que la supuesta víctima se encuentra en trámites de separación con su pareja.
«Hay abogados que recomiendan a sus clientes presentar denuncias como medida de presión», aseguran desde varios bufetes de la ciudad.
Y es que los divorcios se tramitan en los juzgados civiles, mientras que, cuando hay una denuncia por malos tratos de por medio, automáticamente el conocimiento del pleito pasa al juzgado especializado en violencia, lo que hace que la causa vaya mucho más rápido.
«Además, a partir de ese momento todos los escritos o comparecencias se realizarán en ese juzgado, con la carga psicológica que puede causar a los hombres destinatarios de una denuncia falsa», explica Pablo Ulfe.
Actualmente, en Vigo hay un juzgado que se dedica exclusivamente a los temas de maltrato a las mujeres, siempre que exista o haya existido algún vínculo afectivo con el agresor.
Sin embargo, en los casos en que sea una mujer la que haya pegado o agredido psicológicamente a un hombre, esos conflictos los tramita el habitual Juzgado de Instrucción.
Mujeres con protección
Casi un millar de viguesas tienen en vigor órdenes de protección frente a sus parejas, según los datos que maneja la Subdelegación del Gobierno.
De éstas, un 94% son maltratadas de riesgo bajo.
Las víctimas tienen un teléfono de ayuda las 24 horas que comunica a cualquier hora del día o de la noche con los agentes que vigilan a los agresores
Parejas de Hecho y la crisis
La crisis dispara un 37% las parejas de hecho en 2 años
La inscripción es gratis y el trámite es instantáneo en el registro del Concello.
Crece para no perder la pensión de viudedad o adquirir una VPO.
LAURA JUAN. 01.06.2009
Es rápido, sencillo y, lo más importante para muchos en los tiempos que corren, no cuesta ni un céntimo.
Estos argumentos han hecho que en los 2 últimos años el número de parejas de hecho inscritas en el Concello de Vigo se haya disparado un 37%, al pasar de las 682 que se registraron en los años 2005 y 2006 a las 935 de 2007 y 2008.
Desde diciembre de 2007 los matrimonios y las parejas de hecho tienen el mismo derecho a recibir la pensión de viudedad.
Pero no es el único motivo.
También los miembros de una pareja de hecho tienen mayor facilidad para adquirir una vivienda de protección oficial o un crédito hipotecario, pueden solicitar de forma conjunta vacaciones o permisos laborales, etc.
Para registrarse como pareja de hecho no hay que esperar.
Basta con acudir ambos miembros al Concello y presentar la documentación necesaria en el departamento de Participación Cidadá.
Los 2 tienen que aportar su DNI o pasaporte original y el volante de empadronamiento en Vigo en el que figuren inscritos en el mismo domicilio.
El trámite está libre de tasas y se realiza los martes y los viernes en horario de 9.00 a 13.30 horas.
Las parejas de hecho que se inscriben en los Concellos pasan a formar parte del Registro Gallego de Parejas de Hecho, que está gestionado por la Xunta de Galicia.
A él se deben comunicar todas las altas y bajas municipales.
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Violencia de Género y Fraude
Violencia de género y fraude
EDITORIAL .Martes, 02-06-09
Por si la violencia de género no llevara en sí misma suficiente carga de abyección, no representara con absoluta claridad la cara más envilecida del ser humano y no alcanzara por sí sola la gravedad suficiente para considerarla una de las mayores lacras de la sociedad actual, una nueva dimensión de tan trágico fenómeno ha venido a revestirlo de una indigna e impensable adherencia: el aprovechamiento de un drama que ha acabado con la vida de tantas mujeres para la búsqueda fraudulenta de algún beneficio, generalmente económico.
El ciudadano de Sevilla que ha pasado 11 meses en la cárcel a consecuencia de 8 denuncias demostradamente falsas de su pareja ha servido para poner de relieve la llamativa y en algunos casos escandalosa realidad que hoy muestra este periódico en un reportaje: sólo una mínima parte de las denuncias de malos tratos registradas en Sevilla acaba en condena, situación que lleva a un juez de familia a asegurar sin ambages que la violencia de género se está utilizando por parte de muchas mujeres para dar salida a su despecho o para sacar beneficio.
Pero no sólo falla, como en el caso del mencionado encarcelamiento injusto, el poder judicial; también la Junta de Andalucía, con la paga que indiscriminadamente facilita a toda mujer que presenta una denuncia por malos tratos, está fomentando que la picaresca se cuele entre tanta tragedia real y cotidiana.
Sobre todo porque no retira a las falsas víctimas esta percepción económica una vez archivadas sus denuncias.
Lo cual suma un nuevo escándalo al fraude crematístico: el negocio partidista que busca rentabilidad política a costa de un problema que tanto y tan justificadamente tiene sensibilizada a la opinión pública.
Ante la evidencia del fraude, la Junta prefiere mirar irresponsablemente para otro lado antes que perder un ápice del rendimiento que sus dirigentes le sacan a su continua política de gestos, obsesivamente atenta a la imagen y la galería.
Frente a los maltratadores no cabe más que ejercer la más contundente respuesta que permita el Estado de Derecho, además de la labor preventiva —educación— que vaya reduciendo en el futuro este problema a brotes cada vez más aislados.
Pero no emplear cauces que, lejos de representar solución alguna, provoquen lagunas jurídicas y administrativas que perjudiquen a inocentes, que menoscaben fondos públicos y que representen todo un insulto a las mujeres realmente maltratadas.
martes, 2 de junio de 2009
Piden el Cese de Lorente Acosta
http://www.adn.es/local/sevilla/20090602/NWS-2607-FADIE-Violencia-Familiar-Lorente-instaurar.html
FADIE pide el cese de Lorente e instaurar un delegado para Violencia Familiar
EFE.Sevilla. La Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva ha pedido la destitución de Miguel Lorente como delegado del Gobierno para la Violencia de Género y que se nombre un delegado para la Violencia Familiar, que "prevenga y combata todas las formas de ejercicio de la violencia en el ámbito familiar".
La FADIE ha asegurado hoy que no ve "otra alternativa de solución al grave problema generado por la pésima gestión institucional de la lucha contra la violencia en el hogar" y ha respondido así a las declaraciones de Lorente, que afirmó ayer que las denuncias falsas deben ser "investigadas y perseguidas", aunque sean un número "mínimo" de las presentadas.
Lorente contestó así al ser preguntado por el archivo por parte de un juzgado de Sevilla de la causa contra José Antonio Santos, de 39 años y que pasó 11 meses encarcelado por 8 denuncias de un maltrato que ahora se ha demostrado que no pudo cometer y cuyas lesiones, denunciadas por su compañera, se pudo causar ella misma.
En un comunicado, esta federación ha exigido además a la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, "una expresión pública de condena rotunda y sin paliativos a las prácticas espurias como las que han destrozado la vida de José Antonio Santos".
También le ha pedido que condene públicamente "todas y cada una de las muertes que se producen en el ámbito de las relaciones de pareja, incluyendo las de hombres como las acaecidas en Leganés y A Coruña en los últimos días, al igual que todos hemos condenado los recientes asesinatos de mujeres en Castellón, Orihuela y Tenerife".
Para la FADIE, el "brutal atropello a uno de los más elementales derechos" ocurrido en ese caso, motivadas por "más de ocho denuncias 'falsas', según criterio de la fiscalía, vuelve a poner encima de la mesa otra de las grandes lacras que afectan a la sociedad y que sistemáticamente se ningunea por determinados sectores anclados en el poder".
Esta organización andaluza ha recordado las cifras presentadas recientemente en una comisión de Igualdad en el Congreso sobre lo que, a su juicio, "se ha venido catalogando como violencia de género" y "cuya crudeza produce escalofrío".
Según este colectivo, entre 2005 y 2008, y conforme a datos del CGPJ extraídos de los distintos juzgados de violencia y de lo penal, se interpusieron más de 600.000 denuncias por violencia de género, de las que 343.527 se archivaron en la propia instrucción.
El resto generaron 256.473 procedimientos penales, de los cuales 95.284 acabaron en sentencias condenatorias, "es decir, el 16% de las denuncias y el 37% de los procedimientos", ha resaltado la FADEI, mientras que hubo 45.421 sentencias absolutorias y 115.768 sobreseimientos y/o archivos tras procedimiento.
TC distinto trato penal ante la Violencia Doméstica
Contra la violencia machista
Castigar más al varón es válido para proteger a la mujer
El TC ve "razonable" el distinto trato penal ante la gravedad del maltrato
JULIO M. LÁZARO - Madrid - 23/05/2008
El establecimiento de un mayor castigo penal al hombre que maltrata a la mujer en el ámbito de las relaciones de pareja es "razonable", según la sentencia que hizo pública ayer el Tribunal Constitucional y que avala la ley de Violencia de Género.
El tribunal entiende que lo que se persigue es "proteger la integridad física, psíquica y moral de las mujeres en un ámbito en el que están insuficientemente protegidas".
Y acepta el argumento de que la agresión del varón a la mujer es más grave que otras.
La pena mayor no se explica en el sexo, sino en la "grave desigualdad"
2 jueces creen que en la ley late el trato de la mujer como "sexo débil"
La sentencia desestima la consulta planteada por la juez número 4 de Murcia, María Poza, que cuestionó la nueva redacción del artículo 153.1 del Código Penal, en cuanto agrava la conducta para el hombre maltratador pero no para la mujer.
La juez interpretó que ese agravamiento penal podría implicar una discriminación por razón de sexo que vulneraría el derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución.
El artículo 153.1 impone una pena de 6 meses a 1 año al hombre maltratador, mientras que si la mujer agrede al hombre la pena es la del 153.2, de 3 meses a 1 año.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pascual Sala, sostiene que la diferencia entre ambas normas se sustenta en la voluntad del legislador de "sancionar más unas agresiones que entiende que son más graves y más reprochables socialmente".
El derecho a la igualdad del artículo 14 de la Constitución exige que el tratamiento diferenciado de 2 supuestos de hecho iguales tenga una justificación "objetiva" y "razonable" y no tenga unas consecuencias "desproporcionadas".
Siguiendo ese razonamiento, el Tribunal encuentra una primera razón justificativa en "las altísimas cifras en torno a la frecuencia de una grave criminalidad que tiene por víctima a la mujer y por agente a la persona que es o fue su pareja".
Para el Tribunal, las agresiones del varón hacia la mujer "tienen una gravedad mayor que cualesquiera otras", porque corresponden a un "arraigado tipo de violencia" que es "manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres".
Y esa mayor gravedad exige "una mayor sanción, que redunde en una mayor protección de las potenciales víctimas".
La sentencia niega que el diferente trato penal obedezca a una discriminación por razón de sexo. "No es el sexo lo que el legislador toma en consideración", prosigue la sentencia, sino el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos que manifiestan "una grave y arraigada desigualdad".
Respecto al argumento de la juez Poza, que planteó si no se estaría atribuyendo al varón "una responsabilidad colectiva, como heredero del grupo opresor", el Tribunal entiende que no se sanciona al maltratador por "las agresiones cometidas en el pasado por otros cónyuges varones, sino por el especial desvalor de su propia y personal conducta".
En definitiva, lo que hace el legislador, según la sentencia, es apreciar una gravedad o un reproche peculiar en ciertas agresiones que se producen en el seno de la pareja y que se insertan en parámetros de desigualdad tan arraigados, "que aumentan la inseguridad, la intimidación y el menosprecio que sufre la víctima".
Entre los magistrados que han formulado votos particulares, Vicente Conde considera "intolerable" que puedan establecerse diferencias por razón de sexo, y entiende que en el fondo de la sentencia late "una superada concepción de la mujer como sexo débil".
En la misma línea, el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata cree que la sentencia se suma a un Derecho penal "paternalista" que promueve una concepción de la mujer como "sujeto vulnerable" que históricamente le colocaba en la misma posición que la de los menores o incapaces.
Para Rodríguez-Zapata, parecen existir dos derechos penales: uno para todos y otro para grupos especiales de determinadas personas.
Los magistrados Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas opinan que debió hacerse una sentencia interpretativa que salvase la constitucionalidad del precepto y limitan su desacuerdo al fallo desestimatorio.
El voto particular del recientemente fallecido Roberto García-Calvo no llegó a ser notificado al Pleno.
La Violencia en el ambito familiar
DEFINICIONES
La violencia en el ámbito familiar comprende:
La violencia física, considerando esta como cualquier acción no accidental que provoque o pueda provocarte daño físico, enfermedad o riesgo de padecerla,
La violencia psíquica, considerando como tal los actos, conductas o exposición a situaciones que agredan o puedan agredir, alteren o puedan alterar el contexto afectivo necesario para tu desarrollo psicológico normal, tales como rechazos, insultos, amenazas, humillaciones, aislamiento.
La violencia sexual, como toda actividad dirigida a la ejecución de actos sexuales en contra de tu voluntad, dolorosos o humillantes o abusando del poder, autoridad, con engaño o por desconocimiento en el caso de los menores.
La violencia económica, como la desigualdad en el acceso a los recursos económicos que deben ser compartidos, al derecho de propiedad, a la educación y a un puesto de trabajo, derechos reconocidos en la Constitución.
La corrupción, como conductas desviadas, antisociales o desadaptadas que impiden tu integración social (inducción a la delincuencia, explotación sexual....).
La explotación laboral y mendicidad, son situaciones en las que mediante abuso de poder o por fuerza y con violencia un miembro de la familia te obliga a la practica continuada de trabajos o actividades que o bien interfieren en tu normal desarrollo o exceden de los limites de lo considerado normal en función de la edad, sexo, formación, o que se consideran humillantes o antisociales.
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La Pregunta es: ¿ En que dirección se aplica? ¿ Solo a Mujeres ¿Y los Hombres ?
¿Para que sirve la Constitución Española de 1978 ?
Lorente Acosta: Hay que perseguir las denuncias Falsas
VIOLENCIA DOMÉSTICA Archivada la causa contra un hombre que estuvo en prisión
El Gobierno dice que las denuncias falsas de malos tratos son mínimas.
Efe Madrid lunes 01/06/2009
El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, ha asegurado que las denuncias falsas deben ser "investigadas y perseguidas" aunque sean un número "mínimo" de las presentadas.
"Las denuncias falsas deben ser investigadas y perseguidas, y se debe aplicar la ley cuando se haya producido un delito del tipo que sea", ha afirmado Lorente en la sede del ministerio, al ser preguntado por el caso ocurrido en el juzgado de Violencia Doméstica de Sevilla.
El juez de Sevilla ha archivado la causa contra un hombre que pasó 11 meses encarcelado por ocho denuncias de un maltrato que ahora se ha demostrado que no pudo cometer y cuyas lesiones, denunciadas por su compañera, se pudo causar ella misma.
Para Lorente, "lo importante es generar confianza en las mujeres y en las instituciones, y que no haya la presunción de que, cuando una mujer denuncia, lo hace para obtener un beneficio".
Así, ha subrayado que en 2008 se han presentado 142.125 denuncias y que la "inmensa mayoría de ellas se corresponden con hechos que ocurrieron", ha afirmado.
Lorente también ha destacado que debido a que los casos de violencia machista ocurren por lo general en el ámbito privado, son difíciles de demostrar.
"Eso no quiere decir que no haya ocurrido esa violencia; no se debe relacionar la ausencia de una sentencia condenatoria con la conclusión de que es una denuncia falsa", ha apuntado.
Preguntado si un caso como éste pudiera crear un rechazo social hacia la ley, Lorente ha recordado que ésta "no va contra los hombres, sino que actúa frente a los hombres violentos y que han maltratado".
Por lo tanto, no es la ley la que dice que se deba detener a los violentos, sino que es la aplicación de esa ley según el criterio de los profesionales, en quienes "confiamos perfectamente, y creemos que las instituciones funcionan de manera contundente contra el que incumple la ley", ha argumentado.
Además, Lorente ha destacado que "hay muchas detenciones y muchos ingresos en prisión derivados de hechos que después no se pueden demostrar, y nadie está cuestionando el Código Penal".
Casos como el ocurrido en Sevilla "son consecuencias que no deben producirse, pero que cuando ocurren deben ser investigadas y aclaradas", ha dicho.
lunes, 1 de junio de 2009
Reinterpretacion de la Pensión de Viudedad en Separación o Divorcio
Themis plantea a Igualdad la reinterpretación o cambio legal de la pensión de viudedad en separación o divorcio.
Critican que la Seguridad Social adopte una posición "restrictiva" y deniegue las pensiones en estos supuestos.
TOLEDO, 20 May. (EUROPA PRESS) -
La Fundación Themis de Mujeres Juristas planteó hoy a la secretaria general de Políticas de Igualdad, Isabel Martínez Lozano, la necesidad de reinterpretar las situaciones que se producen con las pensiones de viudedad en caso de separación o divorcio y, si no es posible, "instar a una modificación legal para que no ocurra el problema que se está produciendo actualmente", en el que "las mujeres están siendo perjudicadas".
Así lo expresó hoy la presidenta de la Fundación Themis de Mujeres Juristas, Altamira Gonzalo, en declaraciones a los medios antes de la inauguración de la jornada 'Pensión de Viudedad en caso de Separación y Divorcio: una nueva discriminación', acompañada de Martínez Lozano y la directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, Ángela Sanroma Aldea.
En este sentido, Altamira Gonzalo aseguró que "es posible otra interpretación que no perjudique a las mujeres", y este es el objetivo de la jornada que se celebra en Toledo, que tiene como finalidad profundizar en la interpretación que se debe hacer, "y si no es posible, instar a una modificación legal para que no ocurra el problema que se está produciendo".
Explicó que desde que se introdujo en España la posibilidad de separación o divorcio entre las parejas, en 1981, se ha preservado el derecho a una pensión de viudedad de quienes hubiesen sido cónyuges, ya fueran hombres o mujeres, "a pesar de que se hubieran separado o divorciado".
"Esta posibilidad ha desaparecido en casi todos los casos" a raíz de la modificación, en diciembre de 2007, de la Ley General de la Seguridad Social, y su interpretación "está perjudicando a las mujeres", ya que la Seguridad Social se ha fijado una posición "restrictiva", consistente en denegar la pensión de viudedad en los supuestos de separación, divorcio o nulidad matrimonial que no tengan reconocida una pensión compensatoria en el convenio regulador.
Esto, a juicio de Altamira Gonzalo, supone que "la interpretación de la Seguridad Social está discriminando a numerosas mujeres separadas y divorciadas, que son las principales perceptoras de la pensión compensatoria".
ATENTO LAS RECOMENDACIONES
Por su parte, la secretaria general de Políticas de Igualdad, Isabel Martínez Lozano, aseguró que el Gobierno central estará "muy atento a las propuestas y recomendaciones" que elabore tras la jornada la Fundación Themis, que "lleva 20 años trabajando por la igualdad entre hombres y mujeres".
Así, explicó que la Ley General de la Seguridad Social, que se reformó por última vez en diciembre de 2007, ha sufrido varias modificaciones, fundamentalmente derivadas de la adaptación de la pensión de viudedad a los nuevos modelos de familia y al reconocimiento de la viudedad a las parejas de hecho.
También recordó la existencia de otra reforma aprobada el pasado mes de marzo por la que se reconoce el derecho de los hijos huérfanos de mujeres víctimas de violencia de género a percibir la pensión de viudedad "para que no se pierda", ya que si no el derecho de prestación de viudedad lo estaría teniendo el marido maltratador.
Con esta ley que ya está en marcha, la pensión de viudedad no se pierde ya que ofrece la posibilidad de "distribuir el dinero entre los niños que quedan huérfanos de esa madre", lo que significa, a juicio de Martínez Lozano, "una mayor protección de los hijos que quedan en situación de necesidad frente a la muerte de su madre".
Otra reforma que se incluye en la modificación de la Ley General de la Seguridad Social tiene que ver con esa adaptación de pensión de viudedad en casos de separación y divorcio.
Con ella, existe el problema de que, en el caso de que dos mujeres queden viudas del mismo hombre, las segunda mujer sea beneficiaria de la pensión, mientras que la primera es preceptora de una pensión compensatoria.
"Esto ha generado disfunciones en algunos casos, ya que los propios tribunales están reconociendo el derecho de prestación de estas mujeres en determinados casos", explicó.
En definitiva, insistió en que desde el Ministerio de Igualdad "estamos abiertos a cuantas propuestas vayan encaminadas a una mejora de la protección social de las mujeres", ya que su objetivo es "aumentar los derechos de protección social a las mujeres y abrir el camino de la individualización de los derechos de protección por parte de las mujeres".
En esta línea, recordó la colaboración que se está realizando con el Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Secretaría de Estado y Seguridad Social, por la que se está realizando un estudio que aborda la posible separación de los fondos de pensiones privados en caso de separación y divorcio, para que con estas carreras privadas de seguros haya también una compensación en estos supuestos.
APOYO DESDE C-LM
Finalmente, la directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, Ángela Sanroma, expresó la colaboración del Gobierno regional a apoyar cualquier aportación "que permita mejorar la calidad de vida de las mujeres".
Así, recordó la "estrecha" colaboración del Instituto de la Mujer con la Fundación Themis en defensa de los derechos de las mujeres a través de diferentes programas.
Por ello, aplaudió la celebración de estas jornadas, porque "en Castilla-La Mancha existen muchas mujeres que trabajan desde los Centros de la Mujer, formando un tejido asociativo en defensa de los derechos de las mujeres".
Por tanto, consideró que las jornadas "vendrán a dar mayor calidad a los servicios que prestamos desde los recursos que están a disposición de las mujeres de la región".
En España existen más de 2 millones de mujeres viudas.
De ellas, 2/3 son mayores de 70 años, por eso "sigue siendo muy importante la pensión de viudedad, que sustenta a la mayoría de las mujeres que viven solas en este país con una media que no llega a los 600 euros", agregó la secretaria general de Políticas de Igualdad, que reafirmó el esfuerzo del Gobierno central por subir las pensiones por encima del IPC "para que las viudas sigan teniendo un poder adquisitivo importante", concluyó.
Sevilla: Deniega la Custodia a una Madre
TRIBUNALES Admite que duerma con la abuela paterna
El juez deniega la custodia a una madre porque viaja frecuentemente al extranjero
El pequeño, de 7 años, vive en Santiponce con su padre
Su madre está instalada en Mallorca y viaja con frecuencia
Efe Sevilla domingo 31/05/2009 11:29 horas
Un juez de Familia de Sevilla ha negado a una madre la custodia de su hijo de 7 años porque durante años lo desatendió, se instaló en Mallorca y además tiene compromisos que la obligan a viajar, especialmente al extranjero.
Una sentencia del juzgado de Familia, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el hecho de que el niño pase las noches con su abuela paterna no significa que ésta haya asumido las funciones de la custodia, sino que se trata de un apoyo de la familia extensa que practican "muchos padres y madres que trabajan y procuran conciliar sus obligaciones laborales y familiares".
El niño vive desde hace años en Santiponce con su padre, pero éste sale a trabajar a las 7 de la mañana y ha tomado la costumbre de dejarlo a dormir en casa de la abuela, después de hacer los deberes con él, darle de cenar y bañarlo, de forma que es la abuela paterna quien lleva al menor al colegio por la mañana y se queda con ella hasta que el padre lo recoge al concluir su jornada laboral.
El juez Francisco Serrano niega que se trate de "otro supuesto de irresponsabilidad paterna" y que la abuela esté ejerciendo una custodia de hecho, y por el contrario cree que se trata de una decisión "lógica, racional y adoptada en interés del menor".
La ropa, juguetes y material del niño están en el domicilio paterno, donde pasa el fin de semana, por lo que el juez considera que el tiempo que está con su abuela refleja el "apoyo y complicidad" que tiene el padre con su propia madre para evitar un "madrugón innecesario" al niño.
La ayuda de la abuela es un recurso "común a muchas madres que ejercen responsablemente la custodia de sus hijos, y de las que nadie pone en duda su idoneidad y capacidad para cumplir sus obligaciones", por lo que tampoco debe ponerse en duda en el caso de este hombre, pues ello supondría una discriminación contraria al derecho fundamental a la igualdad, dice el juez.
La sentencia, por tanto, rechaza que la custodia pase a la madre, que alegó su actual estabilidad y predisposición a hacerse cargo del niño, pues el juez cree que sólo recientemente ha alcanzado el equilibrio personal y además tiene una serie de compromisos, especialmente viajes al extranjero, que "le imposibilitan para atender adecuadamente a su hijo".
Además, la "desatención ha sido la tónica en la conducta de la madre a la hora de cumplir los deberes de protección establecidos por las leyes", y su ausencia era suplida por el padre.
El juez acuerda que el padre siga ejerciendo la custodia de su hijo y que se mantenga el régimen de visitas con la madre, adaptado a la distancia geográfica, sin necesidad de que intervenga el Equipo Psicosocial de los juzgados.
Se trata de "consolidar y dar cobertura judicial a una situación fáctica que se ha mantenido casi ininterrumpidamente desde el mismo momento de la separación de los progenitores", señala el juez, quien recuerda que no hay ningún indicio de que el menor se encuentre mal atendido, "extremo que ni siquiera se discute por la madre".