http://www.idealista.com/news/archivo/2011/04/27/0319247-que-prometen-en-sus-programas-electorales-psoe-y-pp-en-materia-de-vivienda&xtor=EPR-76-[boletin_20110429]-20110429-[noticias__11]-[]-[]
Promesas electorales sobre vivienda de PSOE,PP,CiU,PNV,ERC,IU,BNG y UPyD para elecciones 2011
Viernes, 29 Abril, 2011.Por equipo@idealista
idealista news pone a tu disposición los compromisos y promesas que los partidos políticos han recogido sobre la vivienda en sus programas marco para las elecciones de 2011.
Así, hemos explorado en cada programa electoral de PSOE,PP,CiU,PNV,ERC,IU,BNG y UPyD para ver qué dicen y quieren hacer dentro del sector inmobiliario y la vivienda.
Aqui teneis todas las propuestas sobre vivienda:
http://www.padresdivorciados.es/wp-content/uploads/grupos-politicos-y-la-vivienda.pdf
Nota: Como siempre nada tras el divorcio y si para el Maltratro solo de Mujeres no para los hombres.
nota: idealista news ha tenido en cuenta para este especial todos los partidos con representación en el congreso. de ellos, coalición canararia (cc) y nafarroa bai no han facilitado su programa marco
Este Blog de un Padre Divorciado, con Custodia Compartida pero producto de la injusta normativa vigente: Aquí Encontrarás información sobre lo que sufren los Padres, Madres y sus Hijos;Sobre Actividades: Conferencias, Jornadas,... Se clasifican por ETIQUETAS o TEMAS. Contacta con el grupo de Padres y Madres por la CUSTODIA COMPARTIDA de los hijos en el Foro ó en usedimad@gmail.com ó www.padresdivorciados.es Unete a PAMAC (649 116 241)
sábado, 30 de abril de 2011
¿quién sale más perjudicado de un proceso de divorcio: el hombre o la mujer?
http://www.gente5.telecinco.es/sondeos/290411noria/290411noria.html
ENCUESTA: La Noria Tele5
Las separaciones, a debate.
El Tribunal Supremo ha determinado esta semana que, en caso de divorcio, la hipoteca se tiene que pagar a medias entre los 2 cónyuges sin tener en cuenta los ingresos de ambos.
Las asociaciones de padres separados califican esta sentencia como un paso para la igualdad en los procesos de divorcio.
Según el Instituto de Política Familiar, 350 parejas se separan o divorcian cada día en España.
De las que tienen hijos, la custodia compartida sólo se aplica en un 4 % de los casos.
En el resto, la custodia recae sobre la madre.
Además de los hijos, ¿quién sale más perjudicado de un proceso de divorcio: el hombre o la mujer?
ENCUESTA: La Noria Tele5
Las separaciones, a debate.
El Tribunal Supremo ha determinado esta semana que, en caso de divorcio, la hipoteca se tiene que pagar a medias entre los 2 cónyuges sin tener en cuenta los ingresos de ambos.
Las asociaciones de padres separados califican esta sentencia como un paso para la igualdad en los procesos de divorcio.
Según el Instituto de Política Familiar, 350 parejas se separan o divorcian cada día en España.
De las que tienen hijos, la custodia compartida sólo se aplica en un 4 % de los casos.
En el resto, la custodia recae sobre la madre.
Además de los hijos, ¿quién sale más perjudicado de un proceso de divorcio: el hombre o la mujer?
Crisis económica, de pareja y la hipoteca en la mesa
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/ellas/2011/04/26/de-hipotecas-y-crisis-matrimoniales.html
De hipotecas y crisis matrimoniales
26 ABR 2011. María Tardón,Jueza, presidenta de la Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid que trata de asuntos relacionados con la violencia de género.
La publicación de una reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, que viene a establecer que el pago de la hipoteca que grava la vivienda familiar debe hacerse por mitad, y no en función de la situación económica en que queden cada uno de los cónyuges tras la separación o el divorcio, ha provocado todo un huracán de comentarios que demuestran hasta qué punto nos encontramos ante un problema que afecta a un número verdaderamente significativo de hombres y mujeres en nuestro país, y, también, que las tensiones que provocan los conflictos económicos y familiares generan enfrentamientos tan enconados y, a veces, tan inexplicables, que no habrá ley ni sentencia judicial que pueda establecer una solución que resulte pacíficamente aceptada.
No es la primera vez que nuestro Alto Tribunal resuelve en este sentido, puesto que viene a confirmar lo que ya dijo nada menos que en una sentencia de 5 de noviembre de 2008, y entonces no se produjo esta reacción, ni mucho menos.
Lo que dice, además, resulta de una lógica incontestable: no pueden equipararse los gastos derivados de la conservación y el mantenimiento del inmueble destinado a ser la vivienda familiar, con el pago de las cuotas del préstamo que ha permitido que ambos cónyuges hayan accedido a la propiedad de dicha vivienda, por mitad.
De forma que, en el caso de estas últimas, el porcentaje de su pago habrá de corresponderse con el que se derive de su condición de co-propietario, y no con su situación económica, que deberá determinar, eso sí, la contribución de cada uno de ellos al pago de las cargas familiares –incluidos los gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda antes señalados- o, en su caso, y de producirse una situación de desequilibrio, generar el pago de una pensión compensatoria al cónyuge que quede perjudicado económicamente por la separación o el divorcio.
Sin embargo, hay quien asegura que la sentencia va a producir indefensión, especialmente en las economías más bajas. Yo no lo creo.
Porque a mi juicio, lo que genera, no ya indefensión, sino angustia vital para ambos cónyuges en los procesos de separación y divorcio de matrimonios con economías “bajas”, especialmente en estos momentos de crisis que vivimos, con un desempleo tremendo, es deshacer un núcleo familiar, que es también una unidad económica, que puede incluso encontrarse, ya, bajo mínimos, e intentar que eso llegue para mantener, a partir de ese momento, 2 casas, 2 economías, 2 familias.
Y en esos momentos, la experiencia nos demuestra que no siempre los contendientes sacan lo mejor de sí mismos, para intentar superar los problemas derivados de una situación dificilísima de solucionar.
Y por eso todos conocemos casos de ex cónyuges (hombres y mujeres) que, aunque tengan que utilizar a los hijos comunes para ello, o pasarse el día denunciando, reclamando, litigando hasta por las cosas más insospechadas -como si el perro entra dentro del régimen de visitas o forma parte del ajuar doméstico-, a partir de que se produce la ruptura no parecen tener otro objetivo en la vida que el de molestar y hacer daño al otro o a la otra. (No estoy hablando de violencia, ojo, la violencia es otra cosa aunque algunos se empeñen en justificarla o equipararla con lo que denominan “conflictos de pareja”).
Convertidos en 2s enemigos irreconciliables y nunca suficientemente satisfechos con la desgracia del otro, olvidan que un día se quisieron y pensaron que su mayor felicidad era el bienestar del otro.
Rebuscan en sus recuerdos íntimos aquellas cosas o situaciones que vuelven más vulnerable al contrario, y olvidan, sobre todo, que con los hijos, perdiendo, se gana, y que es procurando su equilibrio, su estabilidad, que no sufran las broncas ni el enfrentamiento de sus padres, como se consigue evitar que sufran lo menos posible las rupturas de la familia que habían vivido hasta entonces.
Y si, además, la situación económica es difícil, ya pueden dictar los Tribunales la mejor de las sentencias, que lo más seguro es que no le parezca bien a ninguna de las partes…ni, por extensión, a ninguno de los que conocemos casos similares, parecidos o equiparables.
De hipotecas y crisis matrimoniales
26 ABR 2011. María Tardón,Jueza, presidenta de la Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid que trata de asuntos relacionados con la violencia de género.
La publicación de una reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, que viene a establecer que el pago de la hipoteca que grava la vivienda familiar debe hacerse por mitad, y no en función de la situación económica en que queden cada uno de los cónyuges tras la separación o el divorcio, ha provocado todo un huracán de comentarios que demuestran hasta qué punto nos encontramos ante un problema que afecta a un número verdaderamente significativo de hombres y mujeres en nuestro país, y, también, que las tensiones que provocan los conflictos económicos y familiares generan enfrentamientos tan enconados y, a veces, tan inexplicables, que no habrá ley ni sentencia judicial que pueda establecer una solución que resulte pacíficamente aceptada.
No es la primera vez que nuestro Alto Tribunal resuelve en este sentido, puesto que viene a confirmar lo que ya dijo nada menos que en una sentencia de 5 de noviembre de 2008, y entonces no se produjo esta reacción, ni mucho menos.
Lo que dice, además, resulta de una lógica incontestable: no pueden equipararse los gastos derivados de la conservación y el mantenimiento del inmueble destinado a ser la vivienda familiar, con el pago de las cuotas del préstamo que ha permitido que ambos cónyuges hayan accedido a la propiedad de dicha vivienda, por mitad.
De forma que, en el caso de estas últimas, el porcentaje de su pago habrá de corresponderse con el que se derive de su condición de co-propietario, y no con su situación económica, que deberá determinar, eso sí, la contribución de cada uno de ellos al pago de las cargas familiares –incluidos los gastos de conservación y mantenimiento de la vivienda antes señalados- o, en su caso, y de producirse una situación de desequilibrio, generar el pago de una pensión compensatoria al cónyuge que quede perjudicado económicamente por la separación o el divorcio.
Sin embargo, hay quien asegura que la sentencia va a producir indefensión, especialmente en las economías más bajas. Yo no lo creo.
Porque a mi juicio, lo que genera, no ya indefensión, sino angustia vital para ambos cónyuges en los procesos de separación y divorcio de matrimonios con economías “bajas”, especialmente en estos momentos de crisis que vivimos, con un desempleo tremendo, es deshacer un núcleo familiar, que es también una unidad económica, que puede incluso encontrarse, ya, bajo mínimos, e intentar que eso llegue para mantener, a partir de ese momento, 2 casas, 2 economías, 2 familias.
Y en esos momentos, la experiencia nos demuestra que no siempre los contendientes sacan lo mejor de sí mismos, para intentar superar los problemas derivados de una situación dificilísima de solucionar.
Y por eso todos conocemos casos de ex cónyuges (hombres y mujeres) que, aunque tengan que utilizar a los hijos comunes para ello, o pasarse el día denunciando, reclamando, litigando hasta por las cosas más insospechadas -como si el perro entra dentro del régimen de visitas o forma parte del ajuar doméstico-, a partir de que se produce la ruptura no parecen tener otro objetivo en la vida que el de molestar y hacer daño al otro o a la otra. (No estoy hablando de violencia, ojo, la violencia es otra cosa aunque algunos se empeñen en justificarla o equipararla con lo que denominan “conflictos de pareja”).
Convertidos en 2s enemigos irreconciliables y nunca suficientemente satisfechos con la desgracia del otro, olvidan que un día se quisieron y pensaron que su mayor felicidad era el bienestar del otro.
Rebuscan en sus recuerdos íntimos aquellas cosas o situaciones que vuelven más vulnerable al contrario, y olvidan, sobre todo, que con los hijos, perdiendo, se gana, y que es procurando su equilibrio, su estabilidad, que no sufran las broncas ni el enfrentamiento de sus padres, como se consigue evitar que sufran lo menos posible las rupturas de la familia que habían vivido hasta entonces.
Y si, además, la situación económica es difícil, ya pueden dictar los Tribunales la mejor de las sentencias, que lo más seguro es que no le parezca bien a ninguna de las partes…ni, por extensión, a ninguno de los que conocemos casos similares, parecidos o equiparables.
Las mujeres divorciadas tienen las tasas de actividad laboral más altas
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/ellas/2011/04/28/las-ninas-bonitas-no-pagan-dinero.html
Las niñas bonitas no pagan dinero
28 ABR 2011 .Marisa Soleto
Las mujeres separadas y divorciadas han sido las que tradicionalmente han tenido unas tasas de actividad laboral más altas del conjunto de las mujeres en nuestro país.
Es así desde los años 80, es decir, desde que el divorcio se aprueba en España.
La tasa de actividad de las mujeres y los hombres divorciados está casi equiparada y por encima del 75% en ambos casos; es decir, muy alta; muy por encima de la media y, desde luego, muy por encima de las personas con otro estado civil.
Hago la aclaración porque cada vez que alguna cuestión sobre el divorcio se cuela en los medios de comunicación, da la sensación de que las mujeres que se separan en realidad aspiran a ser mantenidas por sus ex maridos de por vida, cuando la verdad es que prácticamente todas trabajan.
Son las mujeres casadas y, en especial, las viudas quienes tienen las tasas más bajas.
El matrimonio es un factor de riesgo para la actividad laboral femenina y, por el contrario, favorece la masculina.
¿Por qué hacemos esto las mujeres? ¿Por qué renunciamos a un empleo para dedicarnos al cuidado de la familia, con los riesgos que conlleva?
Dejar de un empleo entorno a la treintena o no incorporarse al mercado laboral con el objetivo de dedicarse a ser madre, es una decisión que, en cualquier caso, empobrece.
Si una lo hace en el marco de una relación que resulta ser estable, existen muchas posibilidades de ser pobre en la vejez.
En términos generales, vivimos más y las pensiones de viudedad no dan para mucho.
Y si la relación no dura para siempre en los consabidos términos de hasta que la muerte nos separe, se afronta la tarea de regresar al empleo en condiciones casi imposibles y sin prácticamente opciones de desarrollo de carrera profesional, es decir, malos empleos y malos salarios.
Por lo tanto, no parece una buena idea, ya que sólo sale a cuenta si el matrimonio dura y una se muere antes o, al menos, no mucho después de su cónyuge.
Sin embargo, está más que aceptada socialmente si hacemos caso al CIS, que en septiembre de 2010, nos hacía la siguiente pregunta:
En caso de que 1 de los 2 miembros de la pareja tenga que trabajar menos de forma remunerada para ocuparse de las tareas del hogar y el cuidado de los hijos, ¿quién cree que debería ser?
Más del 45% respondió que debe ser la mujer de la pareja quien debe dar este paso.
Sólo un 1,8% contesta que el hombre.
Hemos mejorado algo, ya que unos años antes, en torno al 2002, en una encuesta similar, el 45% de los hombres pensaban que las mujeres debían abandonar completamente el trabajo cuando tuvieran hijos.
Esto pensamos hoy. No en otros tiempos, sino en el siglo XXI.
¿No será que esta opinión colectiva influye en el hecho de que haya en España casi 1 millón y medio de mujeres casadas, menores de 45 años, dedicadas en exclusiva a las labores del hogar?
Desconozco cuál es la opinión de este 45% sobre cómo resolver los problemas derivados del reparto de gastos y sobre quién debe hacerse cargo del cuidado de los hijos si se produce un divorcio, pero espero que tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo, con la que estoy de acuerdo, entre otras cosas porque es lo que ya sucede en la inmensa mayoría de los casos de divorcio con hipoteca, en el próximo barómetro del CIS sobre relaciones familiares se incluya una opción de respuesta que diga: En el caso de que haya hipoteca, ninguno de los 2.
Al pasar la barca me dijo el barquero:
- Las niñas bonitas no pagan dinero.
- Yo no soy bonita ni lo quiero ser, y tengo dinero para pagarle a usted.
Tal y como está la cosa, lo demás son tonterías y riesgos financieros y familiares innecesarios.
Las niñas bonitas no pagan dinero
28 ABR 2011 .Marisa Soleto
Las mujeres separadas y divorciadas han sido las que tradicionalmente han tenido unas tasas de actividad laboral más altas del conjunto de las mujeres en nuestro país.
Es así desde los años 80, es decir, desde que el divorcio se aprueba en España.
La tasa de actividad de las mujeres y los hombres divorciados está casi equiparada y por encima del 75% en ambos casos; es decir, muy alta; muy por encima de la media y, desde luego, muy por encima de las personas con otro estado civil.
Hago la aclaración porque cada vez que alguna cuestión sobre el divorcio se cuela en los medios de comunicación, da la sensación de que las mujeres que se separan en realidad aspiran a ser mantenidas por sus ex maridos de por vida, cuando la verdad es que prácticamente todas trabajan.
Son las mujeres casadas y, en especial, las viudas quienes tienen las tasas más bajas.
El matrimonio es un factor de riesgo para la actividad laboral femenina y, por el contrario, favorece la masculina.
¿Por qué hacemos esto las mujeres? ¿Por qué renunciamos a un empleo para dedicarnos al cuidado de la familia, con los riesgos que conlleva?
Dejar de un empleo entorno a la treintena o no incorporarse al mercado laboral con el objetivo de dedicarse a ser madre, es una decisión que, en cualquier caso, empobrece.
Si una lo hace en el marco de una relación que resulta ser estable, existen muchas posibilidades de ser pobre en la vejez.
En términos generales, vivimos más y las pensiones de viudedad no dan para mucho.
Y si la relación no dura para siempre en los consabidos términos de hasta que la muerte nos separe, se afronta la tarea de regresar al empleo en condiciones casi imposibles y sin prácticamente opciones de desarrollo de carrera profesional, es decir, malos empleos y malos salarios.
Por lo tanto, no parece una buena idea, ya que sólo sale a cuenta si el matrimonio dura y una se muere antes o, al menos, no mucho después de su cónyuge.
Sin embargo, está más que aceptada socialmente si hacemos caso al CIS, que en septiembre de 2010, nos hacía la siguiente pregunta:
En caso de que 1 de los 2 miembros de la pareja tenga que trabajar menos de forma remunerada para ocuparse de las tareas del hogar y el cuidado de los hijos, ¿quién cree que debería ser?
Más del 45% respondió que debe ser la mujer de la pareja quien debe dar este paso.
Sólo un 1,8% contesta que el hombre.
Hemos mejorado algo, ya que unos años antes, en torno al 2002, en una encuesta similar, el 45% de los hombres pensaban que las mujeres debían abandonar completamente el trabajo cuando tuvieran hijos.
Esto pensamos hoy. No en otros tiempos, sino en el siglo XXI.
¿No será que esta opinión colectiva influye en el hecho de que haya en España casi 1 millón y medio de mujeres casadas, menores de 45 años, dedicadas en exclusiva a las labores del hogar?
Desconozco cuál es la opinión de este 45% sobre cómo resolver los problemas derivados del reparto de gastos y sobre quién debe hacerse cargo del cuidado de los hijos si se produce un divorcio, pero espero que tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo, con la que estoy de acuerdo, entre otras cosas porque es lo que ya sucede en la inmensa mayoría de los casos de divorcio con hipoteca, en el próximo barómetro del CIS sobre relaciones familiares se incluya una opción de respuesta que diga: En el caso de que haya hipoteca, ninguno de los 2.
Al pasar la barca me dijo el barquero:
- Las niñas bonitas no pagan dinero.
- Yo no soy bonita ni lo quiero ser, y tengo dinero para pagarle a usted.
Tal y como está la cosa, lo demás son tonterías y riesgos financieros y familiares innecesarios.
UPyD y la Custodia compartida en Castilla-León: Hay que valorarla
http://www.elmundo.es/encuentros/invitados/2011/04/4735/index.html
29 de Abril de 2011. El Mundo.es
El abogado segoviano Félix Sánchez Montesinos encabeza la lista de Unión Progreso y Democracia (UPyD) a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.
Buenos días a todos, es un placer estar con todos vosotros. Quiero agradecer a elmundo.es la oportunidad de poder hablar con los ciudadanos de una forma tan directa.
En UPyD nos preocupa seriamente el éxodo juvenil. Pero también es posible evitarlo; para ello proponemos un decidido apoyo a la agricultura, a nuestro ganaderos, para que su industria sea viable.
Además, proponemos un gran pacto nacional para definir de una vez por todas el futuro del campo español. (....)
Cree sinceramente que tiene alguna posibilidad de lograr un escaño en el Parlamento regional? Le recuerdo que Izquierda Unida, pese a tener casi un 5% de los votos, se quedó fuera en la pasada legislatura?
Naturalmente que sí.
Si los ciudadanos votan lo que realmente les gusta, y no al bipartidismo obligatorio, y quieren dar una utilidad real a su voto, no tengo ninguna duda, llevaré la voz de la gente sencilla a las Cortes de Castilla y León.
Buenos días, cuál es la portura de UPyD en el tema de la custodia compartida DE LOS HIJOS EN CASO DE DIVORCIO DE LOS PADRES?. gRACIAS
Esta es una cuestión muy técnica, no obstante como abogado de familia te contesto que la custodia compartida debe ser seriamente valorada antes de adoptarla.
Puede ser beneficiosa si hay una evaluación inicial, pensando siempre en interés de los menores y no en la comodidad de los padres.
UPyD sin duda, está a favor de todo aquello que pueda beneficiar a los menores. (Vamos que no se moja y por lo tanto, no esta a favor de ella).
Despedida
Muchas gracias por vuestras preguntas y vuestro interés.
Seguid participando en política, esto nos da libertad.
Podéis seguir en contacto conmigo en el correo electrónico: felix_2011@valladolidmagenta.es
o a través de facebook y twitter: @felix_upyd2011
Mi sincero agradecimiento a elMundo.es por su invitación. Hasta la próxima.
29 de Abril de 2011. El Mundo.es
El abogado segoviano Félix Sánchez Montesinos encabeza la lista de Unión Progreso y Democracia (UPyD) a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.
Buenos días a todos, es un placer estar con todos vosotros. Quiero agradecer a elmundo.es la oportunidad de poder hablar con los ciudadanos de una forma tan directa.
En UPyD nos preocupa seriamente el éxodo juvenil. Pero también es posible evitarlo; para ello proponemos un decidido apoyo a la agricultura, a nuestro ganaderos, para que su industria sea viable.
Además, proponemos un gran pacto nacional para definir de una vez por todas el futuro del campo español. (....)
Cree sinceramente que tiene alguna posibilidad de lograr un escaño en el Parlamento regional? Le recuerdo que Izquierda Unida, pese a tener casi un 5% de los votos, se quedó fuera en la pasada legislatura?
Naturalmente que sí.
Si los ciudadanos votan lo que realmente les gusta, y no al bipartidismo obligatorio, y quieren dar una utilidad real a su voto, no tengo ninguna duda, llevaré la voz de la gente sencilla a las Cortes de Castilla y León.
Buenos días, cuál es la portura de UPyD en el tema de la custodia compartida DE LOS HIJOS EN CASO DE DIVORCIO DE LOS PADRES?. gRACIAS
Esta es una cuestión muy técnica, no obstante como abogado de familia te contesto que la custodia compartida debe ser seriamente valorada antes de adoptarla.
Puede ser beneficiosa si hay una evaluación inicial, pensando siempre en interés de los menores y no en la comodidad de los padres.
UPyD sin duda, está a favor de todo aquello que pueda beneficiar a los menores. (Vamos que no se moja y por lo tanto, no esta a favor de ella).
Despedida
Muchas gracias por vuestras preguntas y vuestro interés.
Seguid participando en política, esto nos da libertad.
Podéis seguir en contacto conmigo en el correo electrónico: felix_2011@valladolidmagenta.es
o a través de facebook y twitter: @felix_upyd2011
Mi sincero agradecimiento a elMundo.es por su invitación. Hasta la próxima.
Los nuevos tiempos motivan la reforma del divorcio en España
http://www.elmundo.es/elmundo/2004/09/16/sociedad/1095351634.html
MODIFICACIÓN DE LA NORMA EN ESPAÑA:
Los nuevos tiempos motivan la reforma del divorcio en Europa.
EFE.MADRID.Jueves, 16 de Septiembre de 2004.
Los nuevos tiempos, unidos a la necesidad de facilitar y agilizar las rupturas conyugales, han llevado a varios países europeos a reformar su legislación sobre el divorcio, paso que dará España este viernes.
El Gobierno español aprobará una reforma de la ley del divorcio de 1981 que elimina el trámite de separación previa (mínimo de 1 año) y la necesidad de alegar ante el juez motivos para la ruptura.
Las leyes del divorcio se remontan en muchos países europeos a la década de 1970, pero en los últimos años se han llevado a cabo importantes reformas en Estados como Francia, Alemania o Austria.
FRANCIA
En Francia, el Parlamento adoptó en mayo pasado una reforma de la ley de 1975 que redujo de 6 a 2 años el plazo de separación previa para poner fin al vínculo conyugal en caso de acuerdo mutuo.
También se instauró la posibilidad de expulsión rápida de un cónyuge violento del domicilio familiar.
La oposición socialista considera que "se podría haber ido más lejos", especialmente en lo relativo a la supresión del divorcio "por culpa" de uno de los cónyuges.
ALEMANIA
En Alemania, sí se eliminó el principio de culpabilidad y tampoco hay que alegar las causas de la ruptura.
Para la tramitación del divorcio sin acuerdo mutuo, se exigen pruebas de que ha habido una separación de 1 a 3 años. El plazo puede ser inferior si existe consentimiento mutuo o se alegan causas de gravedad, como violencia o alcoholismo.
Para dar por fracasado un matrimonio deben cumplirse 2 condiciones: que la comunidad conyugal haya dejado de existir y que no haya perspectivas de restitución.
Si la pareja lleva 3 años o más sin convivir, no hay que presentar ninguna prueba.
ITALIA
En Italia, la ley (aprobada en 1970 y revisada en 1978 y 1989) establece que las parejas separadas deben esperar al menos 3 años desde el inicio del proceso para obtener una sentencia definitiva.
En octubre de 2003, la oposición de centroizquierda presentó un proyecto en el Parlamento para acortar el tiempo de espera a 1 año, pero fue rechazado por la mayoría conservadora.
PORTUGAL
En Portugal, se exige 1 año de separación para el divorcio de mutuo acuerdo o de 3 si es disputado.
Si hay mutuo acuerdo, basta con acudir al Registro Civil, pero en caso contrario una de las partes tiene que presentar demanda ante los tribunales y puede argumentar diversas causas, como falta de respeto, adulterio, abandono del hogar o incumplimiento de los deberes familiares.
AUSTRIA
En Austria, la ley prevé, además del divorcio por mutuo acuerdo, otros por determinados motivos basados en el principio de culpa o de destrucción de la convivencia o por combinación de ambos supuestos.
La reforma de la ley aprobada en 2000 establece, con independencia de la culpa, la obligación de mantenimiento de uno de los cónyuges si éste se había dedicado al cuidado del hogar y los hijos dejando a un lado su propia carrera o si, por razones de edad o salud, no puede obtener suficientes ingresos.
Condición para el divorcio de mutuo acuerdo (entre el 85 y el 90% de los casos en Austria) es, además de la solicitud de ambos cónyuges, su separación previa por un mínimo de 6 meses, así como un pacto sobre las condiciones de la ruptura.
Si se llega al divorcio tras denuncia y las 2 partes no logran un acuerdo, serán los tribunales los que decidan, teniendo en cuenta, entre otras cosas, el principio de culpa.
REINO UNIDO
En el Reino Unido, se puede solicitar el divorcio si la pareja lleva casada 1 año o más.
Los argumentos considerados por la legislación británica para dar curso a una solicitud de divorcio pueden ser el adulterio, el comportamiento poco razonable o el abandono del hogar durante 2 años, así como una separación de 2 años por mutuo acuerdo o de 5 sin consentimiento de una de las 2 partes.
IRLANDA
En Irlanda, se legalizó el divorcio en 1996.
Los tribunales exigen que la pareja lleve al menos 1 año de casados.
Se concede el divorcio si las partes han vivido separadas durante un periodo o la suma de periodos de, al menos, 4 años o si no no hay perspectivas razonables de reconciliación.
HOLANDA
En Holanda, la ley prevé 4 formas de separación.
El divorcio "relámpago", sin intervención del juez (sino de un notario y las autoridades del Ayuntamiento), es posible en caso de que no haya hijos menores o si los padres comparten la patria potestad y logran un acuerdo con los términos de la ruptura.
Además de la posibilidad del divorcio directo, existe la separación de "mesa y cama", que utilizan las parejas que no desean divorciarse por razones religiosas o financieras y que, en todo caso, puede convertirse en divorcio definitivo si ambos lo piden a un juez.
BÉLGICA
En Bélgica, hay 3 vías para lograr el divorcio:
1.- separación real de al menos 2 años,
2.- consentimiento mutuo tras 2 años de matrimonio y
3.- con la mediación de un notario que registrará los términos del acuerdo, o demanda de una de las partes ante los tribunales alegando culpabilidad de la pareja.
MODIFICACIÓN DE LA NORMA EN ESPAÑA:
Los nuevos tiempos motivan la reforma del divorcio en Europa.
EFE.MADRID.Jueves, 16 de Septiembre de 2004.
Los nuevos tiempos, unidos a la necesidad de facilitar y agilizar las rupturas conyugales, han llevado a varios países europeos a reformar su legislación sobre el divorcio, paso que dará España este viernes.
El Gobierno español aprobará una reforma de la ley del divorcio de 1981 que elimina el trámite de separación previa (mínimo de 1 año) y la necesidad de alegar ante el juez motivos para la ruptura.
Las leyes del divorcio se remontan en muchos países europeos a la década de 1970, pero en los últimos años se han llevado a cabo importantes reformas en Estados como Francia, Alemania o Austria.
FRANCIA
En Francia, el Parlamento adoptó en mayo pasado una reforma de la ley de 1975 que redujo de 6 a 2 años el plazo de separación previa para poner fin al vínculo conyugal en caso de acuerdo mutuo.
También se instauró la posibilidad de expulsión rápida de un cónyuge violento del domicilio familiar.
La oposición socialista considera que "se podría haber ido más lejos", especialmente en lo relativo a la supresión del divorcio "por culpa" de uno de los cónyuges.
ALEMANIA
En Alemania, sí se eliminó el principio de culpabilidad y tampoco hay que alegar las causas de la ruptura.
Para la tramitación del divorcio sin acuerdo mutuo, se exigen pruebas de que ha habido una separación de 1 a 3 años. El plazo puede ser inferior si existe consentimiento mutuo o se alegan causas de gravedad, como violencia o alcoholismo.
Para dar por fracasado un matrimonio deben cumplirse 2 condiciones: que la comunidad conyugal haya dejado de existir y que no haya perspectivas de restitución.
Si la pareja lleva 3 años o más sin convivir, no hay que presentar ninguna prueba.
ITALIA
En Italia, la ley (aprobada en 1970 y revisada en 1978 y 1989) establece que las parejas separadas deben esperar al menos 3 años desde el inicio del proceso para obtener una sentencia definitiva.
En octubre de 2003, la oposición de centroizquierda presentó un proyecto en el Parlamento para acortar el tiempo de espera a 1 año, pero fue rechazado por la mayoría conservadora.
PORTUGAL
En Portugal, se exige 1 año de separación para el divorcio de mutuo acuerdo o de 3 si es disputado.
Si hay mutuo acuerdo, basta con acudir al Registro Civil, pero en caso contrario una de las partes tiene que presentar demanda ante los tribunales y puede argumentar diversas causas, como falta de respeto, adulterio, abandono del hogar o incumplimiento de los deberes familiares.
AUSTRIA
En Austria, la ley prevé, además del divorcio por mutuo acuerdo, otros por determinados motivos basados en el principio de culpa o de destrucción de la convivencia o por combinación de ambos supuestos.
La reforma de la ley aprobada en 2000 establece, con independencia de la culpa, la obligación de mantenimiento de uno de los cónyuges si éste se había dedicado al cuidado del hogar y los hijos dejando a un lado su propia carrera o si, por razones de edad o salud, no puede obtener suficientes ingresos.
Condición para el divorcio de mutuo acuerdo (entre el 85 y el 90% de los casos en Austria) es, además de la solicitud de ambos cónyuges, su separación previa por un mínimo de 6 meses, así como un pacto sobre las condiciones de la ruptura.
Si se llega al divorcio tras denuncia y las 2 partes no logran un acuerdo, serán los tribunales los que decidan, teniendo en cuenta, entre otras cosas, el principio de culpa.
REINO UNIDO
En el Reino Unido, se puede solicitar el divorcio si la pareja lleva casada 1 año o más.
Los argumentos considerados por la legislación británica para dar curso a una solicitud de divorcio pueden ser el adulterio, el comportamiento poco razonable o el abandono del hogar durante 2 años, así como una separación de 2 años por mutuo acuerdo o de 5 sin consentimiento de una de las 2 partes.
IRLANDA
En Irlanda, se legalizó el divorcio en 1996.
Los tribunales exigen que la pareja lleve al menos 1 año de casados.
Se concede el divorcio si las partes han vivido separadas durante un periodo o la suma de periodos de, al menos, 4 años o si no no hay perspectivas razonables de reconciliación.
HOLANDA
En Holanda, la ley prevé 4 formas de separación.
El divorcio "relámpago", sin intervención del juez (sino de un notario y las autoridades del Ayuntamiento), es posible en caso de que no haya hijos menores o si los padres comparten la patria potestad y logran un acuerdo con los términos de la ruptura.
Además de la posibilidad del divorcio directo, existe la separación de "mesa y cama", que utilizan las parejas que no desean divorciarse por razones religiosas o financieras y que, en todo caso, puede convertirse en divorcio definitivo si ambos lo piden a un juez.
BÉLGICA
En Bélgica, hay 3 vías para lograr el divorcio:
1.- separación real de al menos 2 años,
2.- consentimiento mutuo tras 2 años de matrimonio y
3.- con la mediación de un notario que registrará los términos del acuerdo, o demanda de una de las partes ante los tribunales alegando culpabilidad de la pareja.
La vivienda: un auténtico problema para las parejas que se divorcian
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/03/05/suvivienda/1267781541.html
SEPARACIÓN: ¿Qué hacer con la casa?.Malvendido por divorcio.
La vivienda supone un auténtico problema para las parejas que se separan
Mónica Tragacete.Madrid. viernes 05/03/2010
"Oportunidad. Urge venta de vivienda por divorcio", "¡Piso chollo por divorcio!", "Vendo mi piso por lo que me queda de hipoteca. Urge, divorcio"...
Los reclamos de este tipo se multiplican en los foros y páginas de anuncios de internet. Liquidar la vivienda conyugal tras el divorcio nunca fue fácil y con la crisis arreciando la economía familiar, menos aún.
"El uso de la vivienda es uno de los problemas más complicados de la crisis matrimonial", confirma el abogado Luis Zarraluqui, presidente del bufete Zarraluqui Abogados de Familia.
Madrid, estudio de 60 m2, con baño y cocina reformados, en la zona de Pío XII. Antes: 230.000 euros. Ahora: 210.000. "Estoy en trámites de divorcio y necesito vender el piso ya... Mira que es una rebaja considerable, una oportunidad única...".
Rebaja de 20.000 euros y bajando, porque la negociación prospera: "Me corre prisa vender. Si quiere, cuando venga a verlo vemos a ver qué se puede hacer...", el vendedor cede.
Los abogados matrimonialistas alertan de que muchas parejas se ven obligadas a malvender sus propiedades cuando deciden divorciarse.
"Con buena voluntad, antes, se acordaba la venta de la vivienda. Ahora no es posible porque la situación no es favorable", reflexiona Zarraluqui.
'La gente ahora se lo piensa antes de divorciarse'
"Ahora que no hay seguridad económica y la crisis inmobiliaria es grave, la gente se lo piensa 2 veces antes de divorciarse", argumenta Patricia Alzate, abogada y doctora en Derecho de la Familia.
"He atendido a personas en proceso de divorcio que te preguntan qué va a pasar con su vivienda y, al explicarles la situación actual, han decidido posponer el divorcio", agrega África Viciana, de Despacho de Familia.
En la mayoría de los casos es el hombre el que tiene que hacer las maletas
Durante los 3 primeros trimestres de 2009 se produjeron en España 89.883 divorcios, separaciones y nulidades matrimoniales.
Cuando la pareja que se rompe tiene hijos en común, la cosa empeora.
La normativa vigente -Ley del Divorcio de 1981- contempla que el progenitor al que le sea otorgada la guardia y custodia de los hijos ha de disfrutar de la vivienda matrimonial hasta que los hijos sean independientes económicamente, aunque ésta pertenezca al otro cónyuge. En la mayoría de los casos es el hombre el que tiene que hacer las maletas.
Francisco Rodríguez se separó en 1999 y desde entonces paga el 50% de la hipoteca del piso en el que convivía con su ex mujer y su hija.
Durante cuatro años aportó incluso el 100% de la hipoteca.
Estuvo hasta 2006 viviendo de alquiler, hasta que se fue a casa de sus padres para 3 meses. Lleva allí 4 años. "Llega el día 5 de cada mes y estoy a 2 velas", se lamenta Paco, que, como director de la Asociación de Padres y Madres en Acción, trabaja para que los políticos se hagan cargo de la delicada situación en la que se encuentran muchos divorciados.
'Pido una ayuda similar a la RBE'
Alfonso, de 46 años, aún está en trámites de divorcio.
Tiene trabajo pero en poco tiempo tendrá que salir de su casa para irse a vivir a un piso compartido, pagar la manutención de su hijo y hacerse cargo del 50% de la hipoteca del piso matrimonial.
Una situación económica que aún no se ha planteado, pero que ya le trae numerosos quebraderos de cabeza.
"Sólo pido que para los divorciados se contemplen una serie de ayudas similares a las de la Renta Básica de Emancipación", comenta.
Algunas parejas piden seguir compartiendo la vivienda marital tras separarse.
Patricia Alzate todavía recuerda asombrada el día en el que a su despacho acudió una pareja pidiéndole que el convenio regulador del divorcio incluyera seguir compartiendo la vivienda marital. Ha podido atender 12 casos de este tipo.
"Es una situación extrema de carácter transitorio", dice la abogada.
"Son en su mayoría gente joven que está desesperada porque no ha podido vender su piso o porque aún lo tienen hipotecado", aclara.
Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), apunta que ésta es una tendencia residual, nada recomendable.
"Hemos observado tiempos distintos en la liquidación del patrimonio. Antes se vendía en 4 o 5 meses y ahora en 1 año o más, si es que llega a venderse", asegura.
La convivencia de los ex cónyuges es una situación puente que no suele extenderse más de 6 meses. Y siempre el punto y final es hundir el precio del piso hasta límites insospechados. "Así, los pisos se venden solos", se lamenta un divorciado.
SEPARACIÓN: ¿Qué hacer con la casa?.Malvendido por divorcio.
La vivienda supone un auténtico problema para las parejas que se separan
Mónica Tragacete.Madrid. viernes 05/03/2010
"Oportunidad. Urge venta de vivienda por divorcio", "¡Piso chollo por divorcio!", "Vendo mi piso por lo que me queda de hipoteca. Urge, divorcio"...
Los reclamos de este tipo se multiplican en los foros y páginas de anuncios de internet. Liquidar la vivienda conyugal tras el divorcio nunca fue fácil y con la crisis arreciando la economía familiar, menos aún.
"El uso de la vivienda es uno de los problemas más complicados de la crisis matrimonial", confirma el abogado Luis Zarraluqui, presidente del bufete Zarraluqui Abogados de Familia.
Madrid, estudio de 60 m2, con baño y cocina reformados, en la zona de Pío XII. Antes: 230.000 euros. Ahora: 210.000. "Estoy en trámites de divorcio y necesito vender el piso ya... Mira que es una rebaja considerable, una oportunidad única...".
Rebaja de 20.000 euros y bajando, porque la negociación prospera: "Me corre prisa vender. Si quiere, cuando venga a verlo vemos a ver qué se puede hacer...", el vendedor cede.
Los abogados matrimonialistas alertan de que muchas parejas se ven obligadas a malvender sus propiedades cuando deciden divorciarse.
"Con buena voluntad, antes, se acordaba la venta de la vivienda. Ahora no es posible porque la situación no es favorable", reflexiona Zarraluqui.
'La gente ahora se lo piensa antes de divorciarse'
"Ahora que no hay seguridad económica y la crisis inmobiliaria es grave, la gente se lo piensa 2 veces antes de divorciarse", argumenta Patricia Alzate, abogada y doctora en Derecho de la Familia.
"He atendido a personas en proceso de divorcio que te preguntan qué va a pasar con su vivienda y, al explicarles la situación actual, han decidido posponer el divorcio", agrega África Viciana, de Despacho de Familia.
En la mayoría de los casos es el hombre el que tiene que hacer las maletas
Durante los 3 primeros trimestres de 2009 se produjeron en España 89.883 divorcios, separaciones y nulidades matrimoniales.
Cuando la pareja que se rompe tiene hijos en común, la cosa empeora.
La normativa vigente -Ley del Divorcio de 1981- contempla que el progenitor al que le sea otorgada la guardia y custodia de los hijos ha de disfrutar de la vivienda matrimonial hasta que los hijos sean independientes económicamente, aunque ésta pertenezca al otro cónyuge. En la mayoría de los casos es el hombre el que tiene que hacer las maletas.
Francisco Rodríguez se separó en 1999 y desde entonces paga el 50% de la hipoteca del piso en el que convivía con su ex mujer y su hija.
Durante cuatro años aportó incluso el 100% de la hipoteca.
Estuvo hasta 2006 viviendo de alquiler, hasta que se fue a casa de sus padres para 3 meses. Lleva allí 4 años. "Llega el día 5 de cada mes y estoy a 2 velas", se lamenta Paco, que, como director de la Asociación de Padres y Madres en Acción, trabaja para que los políticos se hagan cargo de la delicada situación en la que se encuentran muchos divorciados.
'Pido una ayuda similar a la RBE'
Alfonso, de 46 años, aún está en trámites de divorcio.
Tiene trabajo pero en poco tiempo tendrá que salir de su casa para irse a vivir a un piso compartido, pagar la manutención de su hijo y hacerse cargo del 50% de la hipoteca del piso matrimonial.
Una situación económica que aún no se ha planteado, pero que ya le trae numerosos quebraderos de cabeza.
"Sólo pido que para los divorciados se contemplen una serie de ayudas similares a las de la Renta Básica de Emancipación", comenta.
Algunas parejas piden seguir compartiendo la vivienda marital tras separarse.
Patricia Alzate todavía recuerda asombrada el día en el que a su despacho acudió una pareja pidiéndole que el convenio regulador del divorcio incluyera seguir compartiendo la vivienda marital. Ha podido atender 12 casos de este tipo.
"Es una situación extrema de carácter transitorio", dice la abogada.
"Son en su mayoría gente joven que está desesperada porque no ha podido vender su piso o porque aún lo tienen hipotecado", aclara.
Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), apunta que ésta es una tendencia residual, nada recomendable.
"Hemos observado tiempos distintos en la liquidación del patrimonio. Antes se vendía en 4 o 5 meses y ahora en 1 año o más, si es que llega a venderse", asegura.
La convivencia de los ex cónyuges es una situación puente que no suele extenderse más de 6 meses. Y siempre el punto y final es hundir el precio del piso hasta límites insospechados. "Así, los pisos se venden solos", se lamenta un divorciado.
Los mayores de 60 pierden el miedo a divorciarse
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/04/17/espana/1271500047.html
Los mayores de 60 pierden el miedo a divorciarse
Carlos Mínguez (Efe) Madrid Actualizado sábado 17/04/2010
Muchos se casaron jóvenes y por la Iglesia -ellas de blanco inmaculado-, convencidos, entonces, de que era para toda la vida.
Hoy, superados los 60, le han perdido el miedo al divorcio, y prueba de ello es que, en los últimos años, no han parado de crecer las rupturas matrimoniales entre los que ya están jubilados.
Según datos -los últimos al respecto- en poder del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2008 los divorcios y separaciones de parejas en las que ambos cónyuges tenían más de 60 años de edad fueron 5.338, frente a los 3.868 de 2005, cuando entró en vigor el llamado "divorcio exprés".
Puerto Gómez, trabajadora social y vicepresidenta de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, recuerda que las estadísticas del Inserso hablan de un 4% de hombres y mujeres que, superados los 60 y después de décadas de vida en pareja, deciden poner fin a su matrimonio.
"Se separan los hijos y se están separando también sus padres", afirma, en conversación con Efe, Juan Luis Rubio Azcue, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados. "Siempre ha habido casos, pero sí es verdad que se han incrementado en los últimos años. Se ha perdido el miedo, porque los mayores también se han dado cuenta de que un divorcio es algo normal".
Luis Zarraluqui, presidente de uno de los bufetes de abogados de familia más prestigiosos y más antiguos de España, confirma, desde su dilatada experiencia, que ese temor se ha debilitado en una generación de españoles que fue educada en el "contigo pan y cebolla" para siempre y que pasó por la vicaría en un momento en el que el divorcio era pecado y estaba prohibido por las leyes.
"Cuando el divorcio se aprobó en España, hace unos 30 años, era algo exótico. Ahora está a la orden del día, ha penetrado fuertemente en la sociedad española. ¿Quién no tiene un divorciado en su entorno? Todos nos hemos acostumbrado a ello. Los mayores también, y le han perdido el miedo a lo desconocido", reflexiona Zarraluqui.
La cultura del divorcio
María Luisa Pérez Caballero, coordinadora del Centro de Apoyo a la Familia "Mariam Suárez", una iniciativa de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, abunda en esa misma idea.
"Por común, ya no se vive de una forma tan traumática. Hemos entrado en la cultura del divorcio", afirma.
Muchas son las causas que explican el aumento de las rupturas matrimoniales entre los españoles de más edad, pero hay coincidencia en señalar, entre las principales:
1.- la mayor esperanza de vida -superar los 80 ya no es una rareza- y
2.- una conciencia creciente en las mujeres de que es posible liberarse de un marido mezquino y, en algunos casos, maltratador.
"Para muchas mujeres, pasados los 60, el divorcio es una opción de libertad, de vivir en paz, sin sobresaltos, sin tener que soportar situaciones de obediencia ciega en la última etapa de la vida", destaca Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas.
Y es que son precisamente las mujeres las que, en líneas generales, "en ésta y en otras edades", suelen tomar la iniciativa, observa Luis Zarraluqui. "Son más valientes", insiste.
María Luisa Pérez Caballero también lo cree así.
"A nuestra sede -afirma- suelen venir más mujeres que hombres en demanda de información, cuando los conflictos de pareja que han estado latentes durante años se agudizan", casi siempre tras la jubilación del marido.
"La jubilación del hombre, normal o anticipada, es un enemigo declarado de la convivencia de la pareja", apunta el abogado Zarraluqui.
"Es un momento difícil para muchos hombres, en el que da comienzo una nueva etapa vital y en el que la desorientación puede ser total", comenta Juan Luis Rubio Azcue, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados.
Exceso de convivencia
Un "exceso de convivencia" puede acentuar "lo que viene fallando desde hace tiempo", recalca Rubio Azcue.
"Lo mismo pasa en las vacaciones de verano; en septiembre, siempre aumentan las demandas de divorcio", agrega.
"A partir de la jubilación del marido -interviene María Dolores Ortiz, psicóloga especializada en gerontología- se produce una importante reestructuración de roles en la pareja, que puede superarse si los vínculos son sólidos, aunque también puede derivar en situaciones de conflicto. Unas veces deriva en una segunda luna de miel y otras en un auténtico calvario".
Ana María Pérez del Campo habla, además, de la resistencia de muchos hombres a "aceptar la vejez, lo que les impulsa a demostrarse a sí mismos que son todavía capaces de conquistar" a mujeres más jóvenes.
Son hombres que no quieren ni oír hablar de jugar a la petanca y que, con la ayuda de una píldora de color azul, tampoco renuncian a los placeres del sexo.
Para la vicepresidenta de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, Puerto Gómez, la influencia negativa de la jubilación "es un mito".
"Si durante la vida laboral -comenta- el hombre no ha cultivado otras cuestiones importantes, como el ocio, los amigos, las relaciones familiares, de pareja..., si no se ha preparado para la nueva situación, es fácil que se produzcan alteraciones de ánimo que deriven en conflictos. Pero no necesariamente".
Mejor la mujer que el hombre.
En general, hay una opinión coincidente en reconocer que las mujeres afrontan mejor que los hombres su nueva situación de separadas o divorciadas, y son excepcionales las que buscan una nueva pareja.
"Rehacer la vida a esa edad, no nos engañemos, es muy difícil, para ellos y para ellas", opina Luis Zarraluqui.
"Una ruptura, en cualquier edad, es siempre traumática, su superación depende de la actitud de las partes y de su madurez emocional. Las mujeres pueden tener un problema añadido, el económico, pues, como casi todas las de esa generación, sólo han trabajado en el hogar", recuerda María Luisa Pérez Caballero.
En cualquier caso, para la mujer "suele ser una liberación" y, en función de los apoyos familiares y sociales que tengan, "no vivirán la nueva situación de soledad como una carga", insiste.
"La soledad -apunta la psicóloga María Dolores Ortiz- no es mala en sí misma. No es lo mismo sentirse solo que vivir solo. La soledad también se puede vivir en pareja".
Aunque al mencionado centro de ayuda familiar de la Comunidad de Madrid han acudido, en demanda de información y consejo, algunos hijos que son conscientes de los problemas conyugales de sus padres, y que creen que lo mejor para ellos es divorciarse, lo normal, advierte el abogado Zarraluqui, es que "se asuma peor que en la infancia".
"Los niños -dice- tienen una enorme capacidad de adaptación a las nuevas situaciones. A los adultos lo único que les preocupa es que la separación de sus padres les caiga encima, que repercuta en su apacible vida. El egoísmo del ser humano no tiene límites".
Para Juan Luis Rubio Azcue "lo triste", en cualquier caso de divorcio, "es que los hijos tomen partido por un progenitor en contra del otro. Es lo peor que puede hacer un hijo y lo peor que le puede ocurrir a un padre o una madre".
Los mayores de 60 pierden el miedo a divorciarse
Carlos Mínguez (Efe) Madrid Actualizado sábado 17/04/2010
Muchos se casaron jóvenes y por la Iglesia -ellas de blanco inmaculado-, convencidos, entonces, de que era para toda la vida.
Hoy, superados los 60, le han perdido el miedo al divorcio, y prueba de ello es que, en los últimos años, no han parado de crecer las rupturas matrimoniales entre los que ya están jubilados.
Según datos -los últimos al respecto- en poder del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2008 los divorcios y separaciones de parejas en las que ambos cónyuges tenían más de 60 años de edad fueron 5.338, frente a los 3.868 de 2005, cuando entró en vigor el llamado "divorcio exprés".
Puerto Gómez, trabajadora social y vicepresidenta de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, recuerda que las estadísticas del Inserso hablan de un 4% de hombres y mujeres que, superados los 60 y después de décadas de vida en pareja, deciden poner fin a su matrimonio.
"Se separan los hijos y se están separando también sus padres", afirma, en conversación con Efe, Juan Luis Rubio Azcue, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados. "Siempre ha habido casos, pero sí es verdad que se han incrementado en los últimos años. Se ha perdido el miedo, porque los mayores también se han dado cuenta de que un divorcio es algo normal".
Luis Zarraluqui, presidente de uno de los bufetes de abogados de familia más prestigiosos y más antiguos de España, confirma, desde su dilatada experiencia, que ese temor se ha debilitado en una generación de españoles que fue educada en el "contigo pan y cebolla" para siempre y que pasó por la vicaría en un momento en el que el divorcio era pecado y estaba prohibido por las leyes.
"Cuando el divorcio se aprobó en España, hace unos 30 años, era algo exótico. Ahora está a la orden del día, ha penetrado fuertemente en la sociedad española. ¿Quién no tiene un divorciado en su entorno? Todos nos hemos acostumbrado a ello. Los mayores también, y le han perdido el miedo a lo desconocido", reflexiona Zarraluqui.
La cultura del divorcio
María Luisa Pérez Caballero, coordinadora del Centro de Apoyo a la Familia "Mariam Suárez", una iniciativa de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, abunda en esa misma idea.
"Por común, ya no se vive de una forma tan traumática. Hemos entrado en la cultura del divorcio", afirma.
Muchas son las causas que explican el aumento de las rupturas matrimoniales entre los españoles de más edad, pero hay coincidencia en señalar, entre las principales:
1.- la mayor esperanza de vida -superar los 80 ya no es una rareza- y
2.- una conciencia creciente en las mujeres de que es posible liberarse de un marido mezquino y, en algunos casos, maltratador.
"Para muchas mujeres, pasados los 60, el divorcio es una opción de libertad, de vivir en paz, sin sobresaltos, sin tener que soportar situaciones de obediencia ciega en la última etapa de la vida", destaca Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas.
Y es que son precisamente las mujeres las que, en líneas generales, "en ésta y en otras edades", suelen tomar la iniciativa, observa Luis Zarraluqui. "Son más valientes", insiste.
María Luisa Pérez Caballero también lo cree así.
"A nuestra sede -afirma- suelen venir más mujeres que hombres en demanda de información, cuando los conflictos de pareja que han estado latentes durante años se agudizan", casi siempre tras la jubilación del marido.
"La jubilación del hombre, normal o anticipada, es un enemigo declarado de la convivencia de la pareja", apunta el abogado Zarraluqui.
"Es un momento difícil para muchos hombres, en el que da comienzo una nueva etapa vital y en el que la desorientación puede ser total", comenta Juan Luis Rubio Azcue, presidente de la Asociación de Padres de Familia Separados.
Exceso de convivencia
Un "exceso de convivencia" puede acentuar "lo que viene fallando desde hace tiempo", recalca Rubio Azcue.
"Lo mismo pasa en las vacaciones de verano; en septiembre, siempre aumentan las demandas de divorcio", agrega.
"A partir de la jubilación del marido -interviene María Dolores Ortiz, psicóloga especializada en gerontología- se produce una importante reestructuración de roles en la pareja, que puede superarse si los vínculos son sólidos, aunque también puede derivar en situaciones de conflicto. Unas veces deriva en una segunda luna de miel y otras en un auténtico calvario".
Ana María Pérez del Campo habla, además, de la resistencia de muchos hombres a "aceptar la vejez, lo que les impulsa a demostrarse a sí mismos que son todavía capaces de conquistar" a mujeres más jóvenes.
Son hombres que no quieren ni oír hablar de jugar a la petanca y que, con la ayuda de una píldora de color azul, tampoco renuncian a los placeres del sexo.
Para la vicepresidenta de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, Puerto Gómez, la influencia negativa de la jubilación "es un mito".
"Si durante la vida laboral -comenta- el hombre no ha cultivado otras cuestiones importantes, como el ocio, los amigos, las relaciones familiares, de pareja..., si no se ha preparado para la nueva situación, es fácil que se produzcan alteraciones de ánimo que deriven en conflictos. Pero no necesariamente".
Mejor la mujer que el hombre.
En general, hay una opinión coincidente en reconocer que las mujeres afrontan mejor que los hombres su nueva situación de separadas o divorciadas, y son excepcionales las que buscan una nueva pareja.
"Rehacer la vida a esa edad, no nos engañemos, es muy difícil, para ellos y para ellas", opina Luis Zarraluqui.
"Una ruptura, en cualquier edad, es siempre traumática, su superación depende de la actitud de las partes y de su madurez emocional. Las mujeres pueden tener un problema añadido, el económico, pues, como casi todas las de esa generación, sólo han trabajado en el hogar", recuerda María Luisa Pérez Caballero.
En cualquier caso, para la mujer "suele ser una liberación" y, en función de los apoyos familiares y sociales que tengan, "no vivirán la nueva situación de soledad como una carga", insiste.
"La soledad -apunta la psicóloga María Dolores Ortiz- no es mala en sí misma. No es lo mismo sentirse solo que vivir solo. La soledad también se puede vivir en pareja".
Aunque al mencionado centro de ayuda familiar de la Comunidad de Madrid han acudido, en demanda de información y consejo, algunos hijos que son conscientes de los problemas conyugales de sus padres, y que creen que lo mejor para ellos es divorciarse, lo normal, advierte el abogado Zarraluqui, es que "se asuma peor que en la infancia".
"Los niños -dice- tienen una enorme capacidad de adaptación a las nuevas situaciones. A los adultos lo único que les preocupa es que la separación de sus padres les caiga encima, que repercuta en su apacible vida. El egoísmo del ser humano no tiene límites".
Para Juan Luis Rubio Azcue "lo triste", en cualquier caso de divorcio, "es que los hijos tomen partido por un progenitor en contra del otro. Es lo peor que puede hacer un hijo y lo peor que le puede ocurrir a un padre o una madre".
Los abogados de Familia (AEAFA) identifican la Hipoteca con la Pensión Compensatoria
http://www.europapress.es/epsocial/ong-y-asociaciones/noticia-abogados-familia-advierten-sentencia-ts-hipoteca-divorcios-creara-mucha-indefension-20110425134655.html
Abogados de Familia advierten de que la sentencia del TS sobre la hipoteca en divorcios creará "mucha indefensión": Sobre todo en las economías más bajas.
MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -
La vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Susana Moya, ha señalado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara que la hipoteca debe pagarse a partes iguales en caso de divorcio, "creará muchísima indefensión, sobre todo en las economías más bajas".
Así, Moya espera que "los jueces vean este problema y lo tengan en cuenta a la hora de fijar las pensiones compensatorias para las amas de casa", ya que, según ha advertido, "de otro modo la hipoteca no se va a poder pagar".
En este sentido, considera que "es un tema complicado porque el pago de una hipoteca no entra dentro de la pensión compensatoria".
En declaraciones a Europa Press, ha indicado que "el problema es que la sentencia dice que la hipoteca que grava una vivienda no es una carga de la sociedad de gananciales sino que es una deuda". La sentencia dice todo lo contrario.
Así, ha recordado que la sentencia ya tiene un antecedente de la misma sala Iª del Tribunal Supremo del 5 de noviembre de 2008.
Sin embargo, ha apuntado que esta IIª sentencia ya fija doctrina, es decir, "cuando hay 2 sentencias concordantes esto sienta jurisprudencia y, por lo tanto, los jueces tienen que acatar esta resolución".
Por ello, ha subrayado que "los jueces, en procedimientos contenciosos, no van a poder tomar ninguna medida que se aparte de esta doctrina del Tribunal Supremo".
En todo caso, ha recordado que en procesos de mutuo acuerdo "los cónyuges pueden convenir el pago de la hipoteca como quieran" y ha puntualizado que "luego el banco se va a dirigir solidariamente contra los ex cónyuges en caso de que no se pague la hipoteca".
Sin embargo, en el caso de los contenciosos, ha destacado que los jueces no van a poder pronunciarse de forma distinta a la que fija la sentencia del TS.
"Si los esposos tienen economías similares y ninguno tiene problema para pagar este préstamo hipotecario no habrá problema", ha añadido.
A pesar de ello, ha subrayado que "el problema está en el caso típico de un ama de casa que carezca de ingresos y tenga que pagar el 50 % de ese préstamo hipotecario o que uno de ellos deje de pagar".
En este sentido, ha indicado que "hasta ahora si una de las partes dejaba de pagar la hipoteca se podía instar a la liquidación de la misma en el juzgado de familia". No es cierto...
Por el contrario, Moya ha afirmado que "ahora no se podrá hacer de esta forma por considerarse esta hipoteca como una deuda de la sociedad de gananciales y no como carga del matrimonio".
Finalmente, ha recordado que antes de esta sentencia "el juez podía defender que una de las partes pagase la hipoteca integramente" y, de este modo, cuando se venda la casa se le devuelva lo que ha anticipado.
Además, ha asegurado que "también se podía establecer que una parte pagase un 20 % y otra el 80, dependiendo de su economía". Por poder, se puede poder hacer todo y más un Juez de Familia en la sociedad actual española
Abogados de Familia advierten de que la sentencia del TS sobre la hipoteca en divorcios creará "mucha indefensión": Sobre todo en las economías más bajas.
MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -
La vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Susana Moya, ha señalado que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que declara que la hipoteca debe pagarse a partes iguales en caso de divorcio, "creará muchísima indefensión, sobre todo en las economías más bajas".
Así, Moya espera que "los jueces vean este problema y lo tengan en cuenta a la hora de fijar las pensiones compensatorias para las amas de casa", ya que, según ha advertido, "de otro modo la hipoteca no se va a poder pagar".
En este sentido, considera que "es un tema complicado porque el pago de una hipoteca no entra dentro de la pensión compensatoria".
En declaraciones a Europa Press, ha indicado que "el problema es que la sentencia dice que la hipoteca que grava una vivienda no es una carga de la sociedad de gananciales sino que es una deuda". La sentencia dice todo lo contrario.
Así, ha recordado que la sentencia ya tiene un antecedente de la misma sala Iª del Tribunal Supremo del 5 de noviembre de 2008.
Sin embargo, ha apuntado que esta IIª sentencia ya fija doctrina, es decir, "cuando hay 2 sentencias concordantes esto sienta jurisprudencia y, por lo tanto, los jueces tienen que acatar esta resolución".
Por ello, ha subrayado que "los jueces, en procedimientos contenciosos, no van a poder tomar ninguna medida que se aparte de esta doctrina del Tribunal Supremo".
En todo caso, ha recordado que en procesos de mutuo acuerdo "los cónyuges pueden convenir el pago de la hipoteca como quieran" y ha puntualizado que "luego el banco se va a dirigir solidariamente contra los ex cónyuges en caso de que no se pague la hipoteca".
Sin embargo, en el caso de los contenciosos, ha destacado que los jueces no van a poder pronunciarse de forma distinta a la que fija la sentencia del TS.
"Si los esposos tienen economías similares y ninguno tiene problema para pagar este préstamo hipotecario no habrá problema", ha añadido.
A pesar de ello, ha subrayado que "el problema está en el caso típico de un ama de casa que carezca de ingresos y tenga que pagar el 50 % de ese préstamo hipotecario o que uno de ellos deje de pagar".
En este sentido, ha indicado que "hasta ahora si una de las partes dejaba de pagar la hipoteca se podía instar a la liquidación de la misma en el juzgado de familia". No es cierto...
Por el contrario, Moya ha afirmado que "ahora no se podrá hacer de esta forma por considerarse esta hipoteca como una deuda de la sociedad de gananciales y no como carga del matrimonio".
Finalmente, ha recordado que antes de esta sentencia "el juez podía defender que una de las partes pagase la hipoteca integramente" y, de este modo, cuando se venda la casa se le devuelva lo que ha anticipado.
Además, ha asegurado que "también se podía establecer que una parte pagase un 20 % y otra el 80, dependiendo de su economía". Por poder, se puede poder hacer todo y más un Juez de Familia en la sociedad actual española
Divorcio: Conciliación laboral y Familiar y ........
http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-ocde-recomienda-espana-fortalecer-politicas-conciliar-trabajo-familia-20110427191511.html
Según recomienda la OCDE: España debe fortalecer sus políticas para conciliar el trabajo con la familia
MADRID, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -
España necesita fortalecer sus políticas para facilitar la conciliación de la vida laboral con la familiar y personal, según se desprende de las conclusiones de un informe elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), presentado este miércoles en París (Francia).
El documento constata que para las familias españolas es "difícil" conciliar el trabajo con la vida familiar:
1.- una situación que se traduce en bajas tasas de empleo femenino y
2.- de fecundidad --1,4 hijos por mujer en España, frente al 1,74 de media de los 34 países de la OCDE--.
El hecho de que las mujeres y los hombres quieran establecerse en el mercado laboral antes de tener hijos ha provocado "un aplazamiento de la maternidad", según los autores del estudio, que sitúan la edad media del 1º hijo para las madres españolas en los 30 años.
El documento también vincula las bajas tasas de fecundidad con un descenso en el número de familias numerosas y un incremento en la proporción de mujeres que no tienen hijos.
Respecto al empleo femenino en España, se ha producido un aumento en los últimos 15 años, al pasar de 32,5 % en 1995 al 53,5 % en 2009.
Sin embargo, el documento sitúa a España por debajo de la media de la OCDE (59,6%).
Por otro lado, el informe reconoce el aumento del gasto público en prestaciones familiares en España entre 2003 y 2007 hasta el 1,6 % del Producto Interior Bruto (PIB), aunque la cifra es inferior a la media del 2,2 % de la OCDE.
El documento también recoge los esfuerzos para ampliar la cobertura y los apoyos para reducir el costo de cuidado infantil ya que, en 2008, el 66,9 % de los niños menores de 6 años se matricularon en los servicios de cuidado formal (la media de la OCDE es del 58,2 %).
Sin embargo, el estudio denuncia que "la atención fuera del horario escolar es limitada" por lo que muchos padres de familia dependen del apoyo de los abuelos.
En este punto, el informe señala que aproximadamente una cuarta parte de los abuelos en España cuida a sus nietos a diario.
Además, en España, las mujeres dedican más tiempo al trabajo no remunerado (alrededor de 5 horas diarias de media) que los hombres (menos de 2 horas diarias de media), lo que supone la 6ª mayor brecha de género de la OCDE.
Por ello, los autores del estudio consideran que una división más equitativa del trabajo no remunerado dentro de los hogares españoles "podría contribuir a una mayor participación de padres y madres en el mercado laboral, y a tener el número de hijos en el momento deseado".
ESPAÑA, A LA COLA EN POLITICAS DE BIENESTAR
Además, el porcentaje de pobreza infantil alcanza el 17,3 % en España, por encima del 12,7 % de la media de la OCDE.
Por todo ello, España ocupa el puesto 29 de un total de 35 países en políticas de bienestar familiar, frente a Dinamarca, Finlandia, Noruega, Austria y Suecia que ocupan, por este orden, los primeros puestos de la clasificación.
En declaraciones a Europa Press, la presidenta de Mujeres en Igualdad, Mercedes de la Merced, ha criticado al Ejecutivo "por presumir de hacer políticas a favor de la mujer cuando no es así".
A su juicio, la Ley de Igualdad "no ha servido para lo que se pretendía porque no se han acortado distancias entre hombres y mujeres" y ha lamentado que los abuelos "paguen el pato de la crisis" al tener que ayudar a los hijos con el cuidado de los nietos.
De la Merced también ha denunciado que sólo se han construido un 45 % de las 750.000 plazas de guarderías prometidas, al tiempo que ha pedido que las guarderías estén más cerca de los lugares de trabajo y con horarios similares a los laborales, además de reclamar que los horarios españoles sean iguales a los del resto de la UE.
Según recomienda la OCDE: España debe fortalecer sus políticas para conciliar el trabajo con la familia
MADRID, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -
España necesita fortalecer sus políticas para facilitar la conciliación de la vida laboral con la familiar y personal, según se desprende de las conclusiones de un informe elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), presentado este miércoles en París (Francia).
El documento constata que para las familias españolas es "difícil" conciliar el trabajo con la vida familiar:
1.- una situación que se traduce en bajas tasas de empleo femenino y
2.- de fecundidad --1,4 hijos por mujer en España, frente al 1,74 de media de los 34 países de la OCDE--.
El hecho de que las mujeres y los hombres quieran establecerse en el mercado laboral antes de tener hijos ha provocado "un aplazamiento de la maternidad", según los autores del estudio, que sitúan la edad media del 1º hijo para las madres españolas en los 30 años.
El documento también vincula las bajas tasas de fecundidad con un descenso en el número de familias numerosas y un incremento en la proporción de mujeres que no tienen hijos.
Respecto al empleo femenino en España, se ha producido un aumento en los últimos 15 años, al pasar de 32,5 % en 1995 al 53,5 % en 2009.
Sin embargo, el documento sitúa a España por debajo de la media de la OCDE (59,6%).
Por otro lado, el informe reconoce el aumento del gasto público en prestaciones familiares en España entre 2003 y 2007 hasta el 1,6 % del Producto Interior Bruto (PIB), aunque la cifra es inferior a la media del 2,2 % de la OCDE.
El documento también recoge los esfuerzos para ampliar la cobertura y los apoyos para reducir el costo de cuidado infantil ya que, en 2008, el 66,9 % de los niños menores de 6 años se matricularon en los servicios de cuidado formal (la media de la OCDE es del 58,2 %).
Sin embargo, el estudio denuncia que "la atención fuera del horario escolar es limitada" por lo que muchos padres de familia dependen del apoyo de los abuelos.
En este punto, el informe señala que aproximadamente una cuarta parte de los abuelos en España cuida a sus nietos a diario.
Además, en España, las mujeres dedican más tiempo al trabajo no remunerado (alrededor de 5 horas diarias de media) que los hombres (menos de 2 horas diarias de media), lo que supone la 6ª mayor brecha de género de la OCDE.
Por ello, los autores del estudio consideran que una división más equitativa del trabajo no remunerado dentro de los hogares españoles "podría contribuir a una mayor participación de padres y madres en el mercado laboral, y a tener el número de hijos en el momento deseado".
ESPAÑA, A LA COLA EN POLITICAS DE BIENESTAR
Además, el porcentaje de pobreza infantil alcanza el 17,3 % en España, por encima del 12,7 % de la media de la OCDE.
Por todo ello, España ocupa el puesto 29 de un total de 35 países en políticas de bienestar familiar, frente a Dinamarca, Finlandia, Noruega, Austria y Suecia que ocupan, por este orden, los primeros puestos de la clasificación.
En declaraciones a Europa Press, la presidenta de Mujeres en Igualdad, Mercedes de la Merced, ha criticado al Ejecutivo "por presumir de hacer políticas a favor de la mujer cuando no es así".
A su juicio, la Ley de Igualdad "no ha servido para lo que se pretendía porque no se han acortado distancias entre hombres y mujeres" y ha lamentado que los abuelos "paguen el pato de la crisis" al tener que ayudar a los hijos con el cuidado de los nietos.
De la Merced también ha denunciado que sólo se han construido un 45 % de las 750.000 plazas de guarderías prometidas, al tiempo que ha pedido que las guarderías estén más cerca de los lugares de trabajo y con horarios similares a los laborales, además de reclamar que los horarios españoles sean iguales a los del resto de la UE.
Coto Matamoros ingresa en prisión
http://www.lasprovincias.es/v/20110428/gente/coto-matamoros-ingresa-prision-20110428.html
Gente: Coto Matamoros ingresa en prisión
28.04.11 - EXTELEVISIVO.
El extertuliano televisivo Coto Matamoros ha ingresado en prisión por no pagar la pensión de sus hijos.
Matamoros, hermano gemelo de Kiko, colaborador de Telecinco, fue detenido el martes por la tarde en Zaragoza y conducido a la cárcel de Zuera en cumplimiento de una orden emitida en verano por un juzgado de Málaga.
El excolaborador de 'Cronicas marcianas' ya había sido condenado en otras 2 ocasiones a 9 meses de prisión por no pasar la pensión alimenticia a sus hijos.
Su abogado declaró ayer que intentará conseguir el 3º grado y sacarle del centro penitenciario lo antes posible.
Coto reside desde hace varios meses en la capital del Ebro, por lo que ha ingresado en la cárcel aragonesa.
Gente: Coto Matamoros ingresa en prisión
28.04.11 - EXTELEVISIVO.
El extertuliano televisivo Coto Matamoros ha ingresado en prisión por no pagar la pensión de sus hijos.
Matamoros, hermano gemelo de Kiko, colaborador de Telecinco, fue detenido el martes por la tarde en Zaragoza y conducido a la cárcel de Zuera en cumplimiento de una orden emitida en verano por un juzgado de Málaga.
El excolaborador de 'Cronicas marcianas' ya había sido condenado en otras 2 ocasiones a 9 meses de prisión por no pasar la pensión alimenticia a sus hijos.
Su abogado declaró ayer que intentará conseguir el 3º grado y sacarle del centro penitenciario lo antes posible.
Coto reside desde hace varios meses en la capital del Ebro, por lo que ha ingresado en la cárcel aragonesa.
viernes, 29 de abril de 2011
Malos tratos que no llegan a juicio ¿Falsas denuncias?
http://www.abc.es/20110428/cordoba/abcp-malos-tratos-llegan-juicio-20110428.html
Córdoba / AUDIENCIA PÚBLICA: Malos tratos que no llegan a juicio
4 de cada 10 denuncias de violencia doméstica que se interpusieron a lo largo del pasado año 2010 fueron archivadas; la mayoría, por no quedar claro que se hubiera cometido el delito.
POR DAVINIA DELGADO / CÓRDOBA / 28/04/2011/ABC .
4 de cada 10 denuncias interpuestas en 2010 por presuntos malos tratos fueron archivadas, según los últimos datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Así, de las 1.026 demandas registradas, a 435 se les dio «carpetazo», en la mayoría de los casos —366— «por no resultar justificada la perpetración del delito».
En este apartado se incluyen las denuncias falsas o infundadas.
Por otro lado, llama la atención que 72 demandantes decidieron retirar sus querellas antes de que se iniciara el procedimiento.
Por otro lado, casi un centenar de mujeres que demandaron en 2010 una orden de protección por presuntos malos tratos recibieron la denegación de su solicitud por respuesta, según el informe del CGPJ.
De este modo, de las 383 medidas incoadas (tanto penales como civiles), 287 se adoptaron y 96 fueron rechazadas.
La cifra representa un 21,5 % más de órdenes desetimadas que las que se desaprobaron en 2009 (79), pese a que ese año se recibieron más solicitudes (498).
La mayoría de las víctimas que acudieron a la Justicia en busca de protección fueron:
a.- españolas mayores de edad (333);
b.- también hubo 9 menores (1 de ellas extranjera) y
c.- otras 41 foráneas.
En cuanto al número de personas enjuiciadas, las estadísticas revelan que 322 supuestos maltratadores se sentaron en el banquillo de los acusados.
De ellos, un total de 215 fueron condenados y 107, absueltos; es decir, que más de 30 % de los procesados quedó en libertad sin cargos.
En lo que respecta a la relación entre denunciante y demandado:
1.- en el 44 % de los casos, el agresor fue el cónyuge de la víctima;
2.- el 20,4 %, su pareja sentimental;
3.- el 20,3 %, ex compañeros y
4.- el 13 % de los acusados fue el ex marido de la maltratada.
Café con Magaña.
La Agrupación de Jóvenes Abogados celebrará hoy, a partir de las 16.00 horas, su Café Jurídico, que, en esta ocasión, contará con la presencia del magistrado del a Audiencia Provincial de Córdoba Jose María Magaña Calle.
El togado disertará sobre «La ética en la sala».
La cita tendrá lugar en el hotel Córdoba Centro.
Córdoba / AUDIENCIA PÚBLICA: Malos tratos que no llegan a juicio
4 de cada 10 denuncias de violencia doméstica que se interpusieron a lo largo del pasado año 2010 fueron archivadas; la mayoría, por no quedar claro que se hubiera cometido el delito.
POR DAVINIA DELGADO / CÓRDOBA / 28/04/2011/ABC .
4 de cada 10 denuncias interpuestas en 2010 por presuntos malos tratos fueron archivadas, según los últimos datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Así, de las 1.026 demandas registradas, a 435 se les dio «carpetazo», en la mayoría de los casos —366— «por no resultar justificada la perpetración del delito».
En este apartado se incluyen las denuncias falsas o infundadas.
Por otro lado, llama la atención que 72 demandantes decidieron retirar sus querellas antes de que se iniciara el procedimiento.
Por otro lado, casi un centenar de mujeres que demandaron en 2010 una orden de protección por presuntos malos tratos recibieron la denegación de su solicitud por respuesta, según el informe del CGPJ.
De este modo, de las 383 medidas incoadas (tanto penales como civiles), 287 se adoptaron y 96 fueron rechazadas.
La cifra representa un 21,5 % más de órdenes desetimadas que las que se desaprobaron en 2009 (79), pese a que ese año se recibieron más solicitudes (498).
La mayoría de las víctimas que acudieron a la Justicia en busca de protección fueron:
a.- españolas mayores de edad (333);
b.- también hubo 9 menores (1 de ellas extranjera) y
c.- otras 41 foráneas.
En cuanto al número de personas enjuiciadas, las estadísticas revelan que 322 supuestos maltratadores se sentaron en el banquillo de los acusados.
De ellos, un total de 215 fueron condenados y 107, absueltos; es decir, que más de 30 % de los procesados quedó en libertad sin cargos.
En lo que respecta a la relación entre denunciante y demandado:
1.- en el 44 % de los casos, el agresor fue el cónyuge de la víctima;
2.- el 20,4 %, su pareja sentimental;
3.- el 20,3 %, ex compañeros y
4.- el 13 % de los acusados fue el ex marido de la maltratada.
Café con Magaña.
La Agrupación de Jóvenes Abogados celebrará hoy, a partir de las 16.00 horas, su Café Jurídico, que, en esta ocasión, contará con la presencia del magistrado del a Audiencia Provincial de Córdoba Jose María Magaña Calle.
El togado disertará sobre «La ética en la sala».
La cita tendrá lugar en el hotel Córdoba Centro.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha abierto un expediente de idoneidad a la jueza María Rosa Gutés Pascual,
http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/expedientada-jueza-que-objeto-contra-dar-nino-adopcion-lesbianas-987462
Expedientada la jueza que objetó contra dar un niño en adopción a 2 lesbianas.
El TSJC investiga si las expresiones utilizadas en el auto son «ofensivas».
La magistrada concedió la adopción a la pareja solo «por imperativo legal».
Viernes, 29 de abril del 2011 - JESÚS G. ALBALAT / Barcelona
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha abierto un expediente de idoneidad a la jueza sustituta María Rosa Gutés Pascual, que ha concedido la adopción de un niño de 2 años a la pareja de una mujer lesbiana (la cual ya tenía la adopción del menor) solo por "imperativo legal", confirmaron fuentes de este organismo.
El alto tribunal está analizando el auto dictado por la magistrada el 23 de marzo, en la que se vierten observaciones personales y califica la actual ley de "disparatada".
La Fiscalía Superior de Catalunya ha remitido un informe al TSJC en el que se considera que esta magistrada no reúne los requisitos para ejercer su función porque sus expresiones son "ofensivas".
El alto tribunal solo ha podido incoar este tipo de expediente administrativo (y no sancionador) porque María Rosa Gutés es magistrada sustituta y no de carrera (en este caso hubiera sido el Consejo General del Poder Judicial el competente).
En el supuesto de que se halle algún tipo de actuación anómala, la jueza podría dejar de ejercer sus funciones.
Fuentes judiciales aseguraron ayer que la fiscalía catalana puso en conocimiento del TSJC la existencia de la resolución judicial, en la que, entre otras frases, la magistrada destaca que "ya que Dios los creo [a los progenitores] hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con un padre y una madre".
Expedientada la jueza que objetó contra dar un niño en adopción a 2 lesbianas.
El TSJC investiga si las expresiones utilizadas en el auto son «ofensivas».
La magistrada concedió la adopción a la pareja solo «por imperativo legal».
Viernes, 29 de abril del 2011 - JESÚS G. ALBALAT / Barcelona
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha abierto un expediente de idoneidad a la jueza sustituta María Rosa Gutés Pascual, que ha concedido la adopción de un niño de 2 años a la pareja de una mujer lesbiana (la cual ya tenía la adopción del menor) solo por "imperativo legal", confirmaron fuentes de este organismo.
El alto tribunal está analizando el auto dictado por la magistrada el 23 de marzo, en la que se vierten observaciones personales y califica la actual ley de "disparatada".
La Fiscalía Superior de Catalunya ha remitido un informe al TSJC en el que se considera que esta magistrada no reúne los requisitos para ejercer su función porque sus expresiones son "ofensivas".
El alto tribunal solo ha podido incoar este tipo de expediente administrativo (y no sancionador) porque María Rosa Gutés es magistrada sustituta y no de carrera (en este caso hubiera sido el Consejo General del Poder Judicial el competente).
En el supuesto de que se halle algún tipo de actuación anómala, la jueza podría dejar de ejercer sus funciones.
Fuentes judiciales aseguraron ayer que la fiscalía catalana puso en conocimiento del TSJC la existencia de la resolución judicial, en la que, entre otras frases, la magistrada destaca que "ya que Dios los creo [a los progenitores] hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con un padre y una madre".
El TSJA procesa al juez Serrano por prevaricación por cambiar la custodia de un menor
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/04/28/andalucia_sevilla/1304018293.html
El TSJA procesa al juez Serrano por prevaricación por cambiar la custodia de un menor: Califica la decisión del juez de "precipitada y no cuidadosa"
Europa Press.Sevilla. jueves 28/04/2011
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido un auto en el que procesa por un presunto delito de prevaricación al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
En un auto de 16 páginas fechado el 27 de abril, el magistrado instructor de la causa, Miguel Pasquau Liaño, recuerda que, en el marco del procedimiento de divorcio de los padres del menor, se atribuyó a la madre la guarda y custodia del mismo, mientras que al padre le fue concedido un régimen de visitas por el que, en la Semana Santa de 2010, permanecería con el menor hasta las 14 horas del Miércoles Santo, cuando debería entregárselo a la madre.
No obstante, relata el juez que el día 30 de marzo se presentó en el Juzgado de Francisco Serrano el menor con su abuelo "con la intención de obtener tutela para el deseo del niño de salir en la procesión", todo ello mientras también estaban en la sede del Juzgado el padre del menor y su letrado, así como otros 2 abogados.
Así, el abuelo y su nieto fueron recibidos en su despacho por el juez Serrano, y tras manifestarle la situación y el deseo del menor, el magistrado "les indica que habrían de presentar una solicitud de medidas cautelares" en el Decanato para que fuese turnada, procediéndose a redactar a posteriori el acta de comparecencia.
Una vez que el asunto fue turnado al Juzgado de Francisco Serrano, éste redactó un auto "resolviendo sobre la medida cautelar solicitada, sin oír previamente a ninguno de los progenitores del menor".
Además, el contenido del auto "permite concluir que el magistrado tenía conocimiento previo de los hechos, pues así puede explicarse que dé por ciertas ciertas premisas de hecho, como la actitud obstativa de la madre a cumplir el deseo del menor, que no constaban en las actuaciones".
'Decisión precipitada y no cuidadosa'
"El auto -del juez Serrano-, más que respuesta a una necesidad urgente de protección, puede calificarse como decisión precipitada y no cuidadosa con las exigencias procesales básicas, que en este caso habrían consistido en una citación telefónica para comparecer en la mañana siguiente a fin de que la madre hubiese podido dar su versión y explicar si era cierto o no que pretendía evitar que su hijo saliera en la procesión", añade, señalando que la ausencia de la Fiscalía en esta decisión "es otro indicio que apunta a que, en el ánimo del magistrado importó más la prisa en adoptar la decisión a que había llegado por prejuicios extraprocesales que el respeto equilibrado de los intereses en presencia".
El magistrado concluye diciendo que "no puede descartarse la existencia de un delito de prevaricación por vulneración consciente o gravemente culposa de las normas de competencia y sobre todo por la adopción de la medida sin ni siquiera intentar, como mínima garantía de un cabal conocimiento de la realidad, oír al padre y desde luego a la madre del menor".
Tras ello, procesa al juez por prevaricación y da a la acusación particular y a la Fiscalía un plazo de 10 días para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen los escritos de acusación o el sobreseimiento de la causa.
El TSJA procesa al juez Serrano por prevaricación por cambiar la custodia de un menor: Califica la decisión del juez de "precipitada y no cuidadosa"
Europa Press.Sevilla. jueves 28/04/2011
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido un auto en el que procesa por un presunto delito de prevaricación al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.
En un auto de 16 páginas fechado el 27 de abril, el magistrado instructor de la causa, Miguel Pasquau Liaño, recuerda que, en el marco del procedimiento de divorcio de los padres del menor, se atribuyó a la madre la guarda y custodia del mismo, mientras que al padre le fue concedido un régimen de visitas por el que, en la Semana Santa de 2010, permanecería con el menor hasta las 14 horas del Miércoles Santo, cuando debería entregárselo a la madre.
No obstante, relata el juez que el día 30 de marzo se presentó en el Juzgado de Francisco Serrano el menor con su abuelo "con la intención de obtener tutela para el deseo del niño de salir en la procesión", todo ello mientras también estaban en la sede del Juzgado el padre del menor y su letrado, así como otros 2 abogados.
Así, el abuelo y su nieto fueron recibidos en su despacho por el juez Serrano, y tras manifestarle la situación y el deseo del menor, el magistrado "les indica que habrían de presentar una solicitud de medidas cautelares" en el Decanato para que fuese turnada, procediéndose a redactar a posteriori el acta de comparecencia.
Una vez que el asunto fue turnado al Juzgado de Francisco Serrano, éste redactó un auto "resolviendo sobre la medida cautelar solicitada, sin oír previamente a ninguno de los progenitores del menor".
Además, el contenido del auto "permite concluir que el magistrado tenía conocimiento previo de los hechos, pues así puede explicarse que dé por ciertas ciertas premisas de hecho, como la actitud obstativa de la madre a cumplir el deseo del menor, que no constaban en las actuaciones".
'Decisión precipitada y no cuidadosa'
"El auto -del juez Serrano-, más que respuesta a una necesidad urgente de protección, puede calificarse como decisión precipitada y no cuidadosa con las exigencias procesales básicas, que en este caso habrían consistido en una citación telefónica para comparecer en la mañana siguiente a fin de que la madre hubiese podido dar su versión y explicar si era cierto o no que pretendía evitar que su hijo saliera en la procesión", añade, señalando que la ausencia de la Fiscalía en esta decisión "es otro indicio que apunta a que, en el ánimo del magistrado importó más la prisa en adoptar la decisión a que había llegado por prejuicios extraprocesales que el respeto equilibrado de los intereses en presencia".
El magistrado concluye diciendo que "no puede descartarse la existencia de un delito de prevaricación por vulneración consciente o gravemente culposa de las normas de competencia y sobre todo por la adopción de la medida sin ni siquiera intentar, como mínima garantía de un cabal conocimiento de la realidad, oír al padre y desde luego a la madre del menor".
Tras ello, procesa al juez por prevaricación y da a la acusación particular y a la Fiscalía un plazo de 10 días para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen los escritos de acusación o el sobreseimiento de la causa.
jueves, 28 de abril de 2011
El Ejecutivo estudia ayudas para familias con problemas hipotecarios
http://www.cincodias.com/articulo/economia/Ejecutivo-estudia-ayudas-familias-problemas-hipotecarios/20110428cdscdieco_8/
El Ejecutivo estudia ayudas para familias con problemas hipotecarios.
El Gobierno estudia "mecanismos de ayuda" para las familias que por la crisis no pueden afrontar el pago de sus hipotecas y apoyará la subcomisión de Vivienda creada en el Congreso para revisar el sistema hipotecario español.
Cinco Días - Madrid - 28/04/2011
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, aseguró durante una entrevista en Youtube que el Ejecutivo "es consciente de que hay que inventar mecanismos" para ayudar a los ciudadanos a conservar su casa, al igual que ha establecido ayudas, en forma de avales, al sistema financiero.
Contestaba así a varias preguntas de internautas que le interpelaban sobre por qué el Estado no sale al rescate de miles de familias en crisis y solo ayuda a las entidades financieras.
En este sentido, Zapatero fue tajante al asegurar que el apoyo del Gobierno a los bancos no es dinero "a fondo perdido", sino avales o compras de activos que conllevan el cobro de intereses.
"De momento, no estamos perdiendo dinero con ese apoyo, más bien estamos ganando, aproximadamente unos 3.000 millones", dijo, tras reiterar que el propósito es "salvar" a las entidades sin coste para las arcas públicas.
El jefe del Ejecutivo dijo que los fondos del Gobierno puestos a disposición del sistema financiero son para "evitar la quiebra de la economía y de los compromisos con los depósitos y ahorros de ciudadanos y empresas".
El Ejecutivo estudia ayudas para familias con problemas hipotecarios.
El Gobierno estudia "mecanismos de ayuda" para las familias que por la crisis no pueden afrontar el pago de sus hipotecas y apoyará la subcomisión de Vivienda creada en el Congreso para revisar el sistema hipotecario español.
Cinco Días - Madrid - 28/04/2011
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, aseguró durante una entrevista en Youtube que el Ejecutivo "es consciente de que hay que inventar mecanismos" para ayudar a los ciudadanos a conservar su casa, al igual que ha establecido ayudas, en forma de avales, al sistema financiero.
Contestaba así a varias preguntas de internautas que le interpelaban sobre por qué el Estado no sale al rescate de miles de familias en crisis y solo ayuda a las entidades financieras.
En este sentido, Zapatero fue tajante al asegurar que el apoyo del Gobierno a los bancos no es dinero "a fondo perdido", sino avales o compras de activos que conllevan el cobro de intereses.
"De momento, no estamos perdiendo dinero con ese apoyo, más bien estamos ganando, aproximadamente unos 3.000 millones", dijo, tras reiterar que el propósito es "salvar" a las entidades sin coste para las arcas públicas.
El jefe del Ejecutivo dijo que los fondos del Gobierno puestos a disposición del sistema financiero son para "evitar la quiebra de la economía y de los compromisos con los depósitos y ahorros de ciudadanos y empresas".
IU: Contradicciones Ideológicas sobre la Custodia Compartida
http://www.pedrojimenez2011.com/2011/04/izquierda-unida-pide-que-la-custodia.html
Izquierda Unida (IU) pide que la custodia compartida de los hijos e hijas de las parejas separadas o divorciadas deje de ser una cuestión excepcional
Miércoles 27 de abril de 2011
El Grupo Municipal de IU LV-CA en el Ayuntamiento de Huelva defenderá en el próximo Pleno Municipal una moción en la que se pide que se lleven a cabo las modificaciones legislativas necesarias para hacer que la custodia compartida de los hijos e hijas de parejas divorciadas y separadas deje de ser una cuestión excepcional y se aplique como sistema preferente, salvo en los casos de violencia de género o cuando uno de los integrantes de la pareja que se haya disuelto por separación o divorcio haya sido condenado. ¿No es lo mismos?
La concejala de IU LV-CA en el Ayuntamiento de Huelva y nº 2 de la candidatura de Izquierda Unida(IU) para las próximas elecciones municipales, explica que en el Estado Español la custodia de los hijos e hijas se encuentra regulada por el artículo 92 del Código Civil, reformado por la Ley 15/2005, de 8 de julio que, en defecto de acuerdo entre los padres, configura la guarda y custodia compartida como excepcional.
Establecer la preferencia en la custodia compartida, sólo no aplicable en aquellos casos excepcionales en que se perjudique objetivamente el interés del menor, favorece el interés superior de los/as menores y promueve la igualdad entre quienes ostentan la patria potestad de éstos. La Custodia Compartida no perjudica el interes del Menos. La Custodia Monoparental SÍ
Esto no debe ser entendido como la única alternativa posible, ni que todas las estipulaciones de dicha custodia deban ser idénticas. ¿Hay dos alternativas posibles al problema de las Custodias Monoparentales?
Muñoz añade que para que la custodia compartida se convierta en un derecho de hijos e hijas a la par que de padres y madres es preciso que esa opción, además de voluntaria o legalmente establecida, pueda ser fruto de un proceso de mediación familiar por equipos especializados en los Juzgados de Familia o con competencias en materia de Familia.
Desde esta óptica, el procedimiento de separación o divorcio podría ser considerado como un proceso corresponsable en el que se persigue el interés superior de los menores.
Por ello, la moción de Izquierda Unida también incluye que el Ayuntamiento inste al Gobierno del Estado a que cree un servicio de mediación familiar por cada partido judicial y que se lleven a cabo las campañas institucionales de formación y sensibilización para la población sobre los beneficios de la mediación familiar.
Por último, Muñoz expone que la custodia compartida es básicamente un derecho que tienen hijos y progenitores a seguir teniendo una relación paterno filial y materno filial igualitaria y justa, sobre la que seguir desarrollando la afectividad y el cariño, al margen de las relaciones contractuales establecidas.
La custodia compartida, como cualquier derecho, sólo puede ser limitada en caso de delito probado
Izquierda Unida (IU) pide que la custodia compartida de los hijos e hijas de las parejas separadas o divorciadas deje de ser una cuestión excepcional
Miércoles 27 de abril de 2011
El Grupo Municipal de IU LV-CA en el Ayuntamiento de Huelva defenderá en el próximo Pleno Municipal una moción en la que se pide que se lleven a cabo las modificaciones legislativas necesarias para hacer que la custodia compartida de los hijos e hijas de parejas divorciadas y separadas deje de ser una cuestión excepcional y se aplique como sistema preferente, salvo en los casos de violencia de género o cuando uno de los integrantes de la pareja que se haya disuelto por separación o divorcio haya sido condenado. ¿No es lo mismos?
La concejala de IU LV-CA en el Ayuntamiento de Huelva y nº 2 de la candidatura de Izquierda Unida(IU) para las próximas elecciones municipales, explica que en el Estado Español la custodia de los hijos e hijas se encuentra regulada por el artículo 92 del Código Civil, reformado por la Ley 15/2005, de 8 de julio que, en defecto de acuerdo entre los padres, configura la guarda y custodia compartida como excepcional.
Establecer la preferencia en la custodia compartida, sólo no aplicable en aquellos casos excepcionales en que se perjudique objetivamente el interés del menor, favorece el interés superior de los/as menores y promueve la igualdad entre quienes ostentan la patria potestad de éstos. La Custodia Compartida no perjudica el interes del Menos. La Custodia Monoparental SÍ
Esto no debe ser entendido como la única alternativa posible, ni que todas las estipulaciones de dicha custodia deban ser idénticas. ¿Hay dos alternativas posibles al problema de las Custodias Monoparentales?
Muñoz añade que para que la custodia compartida se convierta en un derecho de hijos e hijas a la par que de padres y madres es preciso que esa opción, además de voluntaria o legalmente establecida, pueda ser fruto de un proceso de mediación familiar por equipos especializados en los Juzgados de Familia o con competencias en materia de Familia.
Desde esta óptica, el procedimiento de separación o divorcio podría ser considerado como un proceso corresponsable en el que se persigue el interés superior de los menores.
Por ello, la moción de Izquierda Unida también incluye que el Ayuntamiento inste al Gobierno del Estado a que cree un servicio de mediación familiar por cada partido judicial y que se lleven a cabo las campañas institucionales de formación y sensibilización para la población sobre los beneficios de la mediación familiar.
Por último, Muñoz expone que la custodia compartida es básicamente un derecho que tienen hijos y progenitores a seguir teniendo una relación paterno filial y materno filial igualitaria y justa, sobre la que seguir desarrollando la afectividad y el cariño, al margen de las relaciones contractuales establecidas.
La custodia compartida, como cualquier derecho, sólo puede ser limitada en caso de delito probado
Una mujer víctima de violencia de género no confía en la ley
http://www.lexureditorial.com/noticias/1104/28113017.htm
Una mujer recurre una sentencia que permite a su ex marido con orden de alejamiento recoger a la hija en su propia casa
LAS ROZAS (MADRID), 28 (EUROPA PRESS)
Una mujer víctima de violencia de género ha recurrido una sentencia de un juzgado que permite a su ex marido, con una orden de alejamiento de 500 metros de ella, acudir a la vivienda donde reside la madre con la hija de ambos para recogerla y entregarla los días en los que el tribunal ha fijado el régimen de visita.
En declaraciones a Europa Press, la mujer maltratada ha relatado que el Juzgado de Instrucción nº 7 de Majadahonda permitirá que dentro de 3 meses, hasta entonces la menor tiene que acudir 3 veces por semana a un punto de encuentro para ver a su padre, que su progenitor pueda quebrantar la orden de alejamiento para recoger a su hija y llevársela a cualquier sitio durante 2 horas.
Olga nunca se había imaginado que la relación fuera a acabar así.
Durante los 2 años de noviazgo, desde 2001 hasta marzo de 2003 cuando celebraron la boda, él "no había demostrado nada extraño".
Poco después de casarse, "empezó con actitudes extrañas" y fue cuando ella descubrió que desde los 18 años él había estado recibiendo tratamiento psicológico.
Entonces, "empezó a ser agresivo".
Olga relata que de llamarle "idiota" a insultos más graves tan sólo pasaba "un segundo" y por algo tan nimio como, "en vez de hacer patatas fritas de cenar, hacer puré".
"Nos acabábamos de casar, de comprar piso, no lo entendía", se lamentó.
LA GOTA QUE COLMÓ EL VASO
El embarazo lo recuerda como un periodo "horrible" y con un sentimiento "mucho peor" rememora el momento en el que "nació la niña".
"Era totalmente obsesivo y controlador, no podíamos salir casi de casa. A ella le llegó a marcar con una equis detrás de la oreja el primer día de guardería porque decía que le iban a clonar a la niña", explica Olga.
La gota "que colmó el vaso" llegó precisamente el día siguiente del aniversario de boda cuando Olga entró a la habitación a por una camiseta para lavar.
Por un descuido, movió unos centímetros la guitarra de su ex marido.
"Se puso muy violento, me empezó a golpear y la niña estaba delante. Ese fue el día en que decidí poner la denuncia y decir que hasta aquí", sentenció.
El juzgado de Instrucción nº 7 de Majadahonda acordó en marzo de 2009 dictar una orden de alejamiento de su marido sobre ella, su domicilio y su lugar de trabajo, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, pero no extendió la medida cautelar hacia la hija de ambos al entender que no existían indicios de delitos contra la menor.
"La niña no quería ver al padre, se hacia pis encima, y el único día que se la llevó, en julio de 2009, devolvió a la niña en estado catatónico, con la mirada perdida. Me dijeron que la niña estaba en estado de shock", relató.
Olga recordó con vergüenza que su hija le llegó a contar que su padre le dio "besitos en los genitales", algo que ella piensa que es tan "grave" que no puede entender cómo el Juzgado "no lo tiene en cuenta" para extender la medida cautelar de alejamiento sobre la menor.
NO CONFÍA EN LA LEY
Ahora, casi un mes después de llegar la sentencia del divorcio, el 4 de abril de 2011, Olga tendrá que llevar a su hija al punto de encuentro tres veces por semana para que la vea su padre, aunque la pequeña tenga "pánico" a ir a verle.
Por todo ello, Olga ya no confía en la Ley.
Dice que "es mucho de propaganda" ya que desde las Administraciones Públicas se anima a denunciar "y luego no protegen a tus hijos".
Estas razones le llevan a desaconsejar a otras mujeres en la misma situación a que denuncien "porque lo que le va a esperar en el Juzgado va a ser peor que los golpes que te pueda dar tu pareja". "La última amenaza de él era que lo iba a pagar mi hija", concluyó.
Una mujer recurre una sentencia que permite a su ex marido con orden de alejamiento recoger a la hija en su propia casa
LAS ROZAS (MADRID), 28 (EUROPA PRESS)
Una mujer víctima de violencia de género ha recurrido una sentencia de un juzgado que permite a su ex marido, con una orden de alejamiento de 500 metros de ella, acudir a la vivienda donde reside la madre con la hija de ambos para recogerla y entregarla los días en los que el tribunal ha fijado el régimen de visita.
En declaraciones a Europa Press, la mujer maltratada ha relatado que el Juzgado de Instrucción nº 7 de Majadahonda permitirá que dentro de 3 meses, hasta entonces la menor tiene que acudir 3 veces por semana a un punto de encuentro para ver a su padre, que su progenitor pueda quebrantar la orden de alejamiento para recoger a su hija y llevársela a cualquier sitio durante 2 horas.
Olga nunca se había imaginado que la relación fuera a acabar así.
Durante los 2 años de noviazgo, desde 2001 hasta marzo de 2003 cuando celebraron la boda, él "no había demostrado nada extraño".
Poco después de casarse, "empezó con actitudes extrañas" y fue cuando ella descubrió que desde los 18 años él había estado recibiendo tratamiento psicológico.
Entonces, "empezó a ser agresivo".
Olga relata que de llamarle "idiota" a insultos más graves tan sólo pasaba "un segundo" y por algo tan nimio como, "en vez de hacer patatas fritas de cenar, hacer puré".
"Nos acabábamos de casar, de comprar piso, no lo entendía", se lamentó.
LA GOTA QUE COLMÓ EL VASO
El embarazo lo recuerda como un periodo "horrible" y con un sentimiento "mucho peor" rememora el momento en el que "nació la niña".
"Era totalmente obsesivo y controlador, no podíamos salir casi de casa. A ella le llegó a marcar con una equis detrás de la oreja el primer día de guardería porque decía que le iban a clonar a la niña", explica Olga.
La gota "que colmó el vaso" llegó precisamente el día siguiente del aniversario de boda cuando Olga entró a la habitación a por una camiseta para lavar.
Por un descuido, movió unos centímetros la guitarra de su ex marido.
"Se puso muy violento, me empezó a golpear y la niña estaba delante. Ese fue el día en que decidí poner la denuncia y decir que hasta aquí", sentenció.
El juzgado de Instrucción nº 7 de Majadahonda acordó en marzo de 2009 dictar una orden de alejamiento de su marido sobre ella, su domicilio y su lugar de trabajo, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, pero no extendió la medida cautelar hacia la hija de ambos al entender que no existían indicios de delitos contra la menor.
"La niña no quería ver al padre, se hacia pis encima, y el único día que se la llevó, en julio de 2009, devolvió a la niña en estado catatónico, con la mirada perdida. Me dijeron que la niña estaba en estado de shock", relató.
Olga recordó con vergüenza que su hija le llegó a contar que su padre le dio "besitos en los genitales", algo que ella piensa que es tan "grave" que no puede entender cómo el Juzgado "no lo tiene en cuenta" para extender la medida cautelar de alejamiento sobre la menor.
NO CONFÍA EN LA LEY
Ahora, casi un mes después de llegar la sentencia del divorcio, el 4 de abril de 2011, Olga tendrá que llevar a su hija al punto de encuentro tres veces por semana para que la vea su padre, aunque la pequeña tenga "pánico" a ir a verle.
Por todo ello, Olga ya no confía en la Ley.
Dice que "es mucho de propaganda" ya que desde las Administraciones Públicas se anima a denunciar "y luego no protegen a tus hijos".
Estas razones le llevan a desaconsejar a otras mujeres en la misma situación a que denuncien "porque lo que le va a esperar en el Juzgado va a ser peor que los golpes que te pueda dar tu pareja". "La última amenaza de él era que lo iba a pagar mi hija", concluyó.
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