sábado, 18 de marzo de 2017

La necesaria reforma de la ley de violencia sobre la mujer

Víctor Martínez Patón, director del departamento de derecho penal de Patón & Asociados, 17 Marzo, 2017
La Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados está trabajando intensamente con el fin de alcanzar un deseado pacto de Estado en materia de violencia de género. El principal objetivo que se pretende conseguir es el de reducir drásticamente el número de mujeres que son asesinadas por sus parejas y exparejas, terrible número que la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LO 1/2004) no ha conseguido disminuir significativamente.
Pero al mismo tiempo no puede dejarse de tener en cuenta que los feminicidios son solo la punta del iceberg, pues no en vano al año se presentan en España más de 130.000 denuncias por casos de violencia de género.
El planteamiento de la Comisión de Igualdad viene a insistir en la definición del propio concepto de “violencia de género” creado por la citada Ley de 2004: es la violencia dirigida contra las mujeres por el hecho mismo de ser mujeres. Esta definición, que aparece en el 1º párrafo de la exposición de motivos, era sin embargo contradictoria con el articulado de la propia norma, que reducía el objeto de la ley a un caso muy concreto: el de la violencia ejercida por un hombre a la mujer con la que tiene o ha tenido una relación sentimental.
En consecuencia lo que la Comisión de Igualdad pretende en este momento es dotar de contenido a la definición legal ampliando los casos que quedan amparados por la ley a otro tipo de relaciones entre hombres y mujeres como pueden ser las relaciones laborales. En nuestra opinión, resulta claro que partiendo de la definición resulta coherente aplicar la norma a esos otros casos en que también un hombre (“macho”) ataca a una mujer (“hembra”) por el hecho de serlo.
Ahora bien, la coherencia es simplemente una virtud de carácter formal y por lo tanto para analizar la oportunidad de la modificación legislativa será necesario plantearse si la definición 1ª es adecuada o no. Porque si lo es, la coherencia de extenderlo a otros casos podrá dar resultados satisfactorios; pero si no lo es, la coherencia tendrá como consecuencia insistir en un error conceptual y desviarse del objetivo que unánimemente la sociedad exige: la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Hace años que nosotros como abogados de familia venimos defendiendo que el problema de la ley de violencia de género no es solo la falta de recursos que se invierten sino sobre todo la manera en que se utilizan los existentes, como consecuencia precisamente de una conceptualización equivocada.
En palabras de Gustavo Bueno, si un hombre atacara a una mujer por el hecho de serlo este mismo hombre saldría a la calle a atacar a cuantas más mujeres mejor, que son tan mujeres como “su” mujer. Pero esto no ocurre, sino que incluso no es infrecuente ver que tras el asesinato de su mujer salen vecinos y vecinas diciendo que el homicida era “buena persona” y que no se imaginan qué ha podido ocurrir. 
Y efectivamente así es: el mismo hombre encantador con sus amigas, vecinas y compañeras de trabajo puede estar simultáneamente sometiendo a grave violencia a su mujer.
En nuestra opinión la llamada “violencia de género” tiene como base la relación de pareja, y no difiere en lo sustancial de la que tiene lugar entre parejas homosexuales o incluso la que pueden sufrir hombres a manos de sus mujeres. El número es notablemente diferente, desde luego, pero el concepto es sustancialmente el mismo. 
En los últimos años de los homicidios habidos en relaciones de pareja el 90 % lo han sufrido mujeres, el 9 % hombres a manos de sus mujeres y el 1 % hombres a manos de sus maridos.
Que la reforma de la ley de violencia de género se hace imprescindible lo sabemos todos los ciudadanos que nos alarmamos con cada uno de los asesinatos que todas las semanas vemos por televisión. Cada uno de ellos es la constatación de que la ley no ha dado los frutos que se buscaban. Ahora bien, si la reforma continúa por la vía que se está planteando podemos encontrarnos con que una vez conseguido el pacto de Estado sigamos siendo espectadores de cómo la violencia contra las mujeres no termina.

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Y en nuestra opinión, mientras no se deseche como causa una mítica “guerra entre sexos” que viene a sustituir a la guerra de clases marxista no podremos enfocar correctamente un problema que tiene como sede genética a la institución familiar.
Nota: La ley SI esta dando los resultados que las Feministas buscaban con la misma. Si no, la hubiesen modificado hace años. Ejemplo de como se puede utilizar políticamente una situación social. Las leyes no son eternas y esta lleva camino de serlo (2004-2017).

jueves, 16 de marzo de 2017

El coste de un divorcio y cómo puede afectar a tus finanzas personales

Todo divorcio conlleva una enorme cantidad de cambios. Los más importantes son en el plano personal, pero tras estos, y muchas veces parejos a los mismos, están los económicos. Los divorcios generan la duplicidad de algunos gastos o hacer frente a otros nuevos, a lo que se une la pérdida de ingresos.
Invertia/Self Bank./ jueves 16 de marzo de 2017  
Es difícil determinar cuánto cuesta en general un divorcio, ya que incluso en el proceso legal en sí no hay un coste fijo. Pero los costes que se tendrán que desembolsar posteriormente también cambian, porque depende de muchas de las circunstancias de cada pareja.
Lo normal es que el proceso de divorcio se pague a partes iguales con costes muy dispares. Si se opta por el divorcio Express y de mutuo acuerdo, que se tramita principalmente por Internet, el coste se sitúa entre los 450 y 600 euros. 
Si se reparte al 50%, oscila entre 225 y 300 euros por cada uno. 
Si es de mutuo acuerdo, pero con abogado tradicional, el precio ya sube a unos 1.000-1.200 euros en total (500 a 600 euros cada uno). 
Y por último, si el divorcio fuera por contencioso el coste se elevaría hasta los 1.500-3.600 euros de media.
¿HAY DIFERENCIAS ENTRE HOMBRES Y MUJERES?
El caso más normal en un divorcio si hay hijos es que el padre se vaya a vivir fuera del piso conyugal, y ambos sigan haciendo frente al gasto principal de la vivienda, la hipoteca. Esto genera la 1ª duplicidad de gasto, en este caso para el que abandona la casa, ya que por un lado seguirá pagando el 50% de la hipoteca de su antigua vivienda, pero por otro también tendrá que afrontar el gasto de la casa en donde viva.
Si no hay hijos lo normal es que se venda la vivienda y se repartan las ganancias entre ambos, o que uno de los miembros de la pareja compre su parte a otro. Además del desembolso habrá que afrontar también el pago de impuestos, aunque existe una figura que nos ayuda a aminorar este gasto: la extinción de condominio. Esta figura del código civil permite que un propietario se haga con la propiedad de otra participación de cualquier bien indivisible, como sucede con las viviendas. Lo principal son sus ventajas fiscales, ya que sólo se paga un 1% por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Además, si el valor de transmisión no genera plusvalías, tampoco tendrá que pagar por el IRPF. Por ello, es importante hacerlo por valor real del bien, descontando por supuesto las deudas que tenga la vivienda si no se ha terminado de pagar la hipoteca, ya que las asume la parte compradora.
Una vez cerrado el proceso de divorcio, la mayoría de los padres con hijos tienen que afrontar un nuevo gasto en vivienda y en la mayoría de los casos en alquiler. Aunque busquen pisos pequeños, su escasez y alta demanda en grandes ciudades lleva a que su precio por metro cuadrado sea muy elevado. Fácilmente en una ciudad supone pagar cifras que se sitúan alrededor de 600 euros al mes. El precio también varía enormemente si el piso es o no amueblado.
Sobre esta vivienda tendrá que hacer frente a los gastos normales de toda vivienda: luz, gas, Internet, agua, comunidad de propietarios, etc.
QUÉ SUCEDE CUANDO HAY HIJOS Y/O HIJAS
Tener hijos conlleva tener que pagarles mensualmente una pensión por alimentos que cubras sus necesidades básicas (comida, vivienda, ropa, colegio, farmacia, libros, material escolar, matrículas, etc.). 
El importe se puede establecer por mutuo acuerdo o por decisión judicial. Estos pagos los realizará el padre o madre que no tiene la custodia de los hijos a quien ejerza la misma.
Otra manera de repartir gastos es establecer una custodia compartida de los niños entre ambos progenitores, haciéndose cargo de ellos al 50% del tiempo (ya sea semanas o meses). En este caso, en vez de dar una pensión el padre a la madre, cada uno asume los gastos de los niños el tiempo que estén en su casa. Este tipo de custodia sigue siendo minoritaria, principalmente por razones personales, ya que exige una buena comunicación entre los padres, disponibilidad horaria de ambos, vivir cerca para no alterar costumbres, amigos, actividades extraescolares, etc.
QUÉ SUCEDE CON LAS INVERSIONES DURANTE Y TRAS EL DIVORCIO
El futuro de las inversiones y el patrimonio de los cónyuges dependerá en 1º lugar del régimen económico en el que se rija. El más común en España es el de gananciales. En este caso hay que dividir el patrimonio, con algunas dificultades potenciales, especialmente por la valoración de los bienes.
Dividir una cuenta o repartir un fondo de inversión no es complicado, ya que basta con hacer 2 partes con los saldos o las participaciones. En el caso de los Fondos, como no hay venta, no hay que abonar impuestos, salvo que por el nº de participaciones o acciones quede algún resto que no se pueda dividir y se opte por la venta.
El problema surge cuando no hay un valor directo o conocido. Esto sucede por ejemplo con los inmuebles, pero también con otros activos como joyas o colecciones. En este caso lo más conveniente es elegir un tasador independiente que realice una valoración y, posteriormente, hacer una propuesta de reparto.
Un caso especial está en las empresas que no cotizan y no cuentan con una valoración clara y directa –por ejemplo, acciones suspendidas indefinidamente en bolsa-. En este caso, la valoración tendrá que realizarla un auditor o especialista en valoración de sociedades.
CONSEJOS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO DEL DIVORCIO
Llegado el momento del divorcio, el mejor consejo es intentar consensuar todas las decisiones, incluso en aspectos que no parecen económicos en un principio, como la custodia de los hijos, y acaban suponiendo un coste en casos difícil de asumir. Con un acuerdo se disminuye el pago del acuerdo de divorcio; si se realiza la custodia compartida se deja de pasar manutención y se asumen los gastos que corresponda.
Mucho cuidado también con el tema fiscal. Da igual la fecha en la que se hace efectivo el divorcio, a efectos de la declaración de la renta se computa en ese estado civil todo el ejercicio. Eso incluye el régimen o custodia de los hijos, una de las principales deducciones.
Y ante todo, actualiza tu presupuesto a una situación completamente distinta, en la que en muchos casos dependerás sólo de tus ingresos y se te pueden disparar  los gastos.


martes, 14 de marzo de 2017

Los Morancos: Nueva visión de la Justicia en España

La parodia de Los Morancos sobre el caso Noós que arrasa en Internet.
Yahoo,13 de marzo de 2017
La sentencia sobre el caso Noós sigue trayendo cola. Esta vez, no es ningún político ni ningún periodista el que critica que Iñaki Urdangarin prácticamente se haya ido de rositas y que su mujer, la Infanta Cristina, no solo haya sido absuelta de ir a prisión, sino que además haya conseguido que el Estado le devuelva varios miles de euros. La última opinión viene de Los Morancos, el famoso duo de humoristas, que han creado un video clip sobre lo sucedido que arrasa en Internet. 
La obra es una parodia del la canción de ‘Despacito‘ de Luis Fonsi y Daddy Yankee y en la que cantan sobre la sentencia del ‘caso Nóos’ contra Iñaki Urdangarin.
La letra de la canción refleja lo que muchos ciudadanos piensan sobre este episodio de la justicia: que refleja la impunidad de los delitos cometidos por personas de según qué ámbitos de la esfera social: los pobres terminan en la cárcel por delitos ínfimos y los ricos se escapan.
En apenas 2 días, la parodia ha conseguido casi 3,5 millones de reproducciones, todo un exitazo viral.

Este no ha sido el único vídeo reivindicativo que han hecho esta pareja de veteranos humoristas. Hace solo 3 meses triunfaron con Antonia Vs Trump, una crítica a las ideas del nuevo presidente de los Estados Unidos de América. 

domingo, 12 de marzo de 2017

El divorcio en Portugal:¿Cuestión de decoro?

La mujer portuguesa no se divorcia como las demás.
La ley permite al hombre volver a casarse 120 días antes que a su ex.
Gracias a un despiste legal, Carolina Beatriz Ângelo fue la 1ª portuguesa que votó. Corría el año 1911 cuando solo los hombres mayores de 21 años y cabezas de familia tenían el derecho de acudir a las urnas, pero la cirujana era viuda y, por tanto, demostró que era la jefa de la casa. La justicia le dio la razón, votó y antes de que se extendiera la moda, los legisladores de la época se dieron prisa en tapar ese agujero normativo.
La discriminación legal y real de la mujer portuguesa es muy semejante a la de otros países desarrollados; desde tiempos pretéritos podía divorciarse en caso de adulterio de su marido “con escándalo público”, aunque él marido lo podía hacer en cualquier caso; si la esposa se decidía por matarle, las penas eran más severas que en el caso contrario. 
Hoy, la discriminación es sobre todo por vía laboral, pues la mujer gana menos por igual trabajo (un 23% menos, según los últimos estudios), mientras que el Código Civil se va sacudiendo discriminaciones. 
Hace unos meses, el Parlamento aprobó que las parejas lésbicas puedan realizar tratamientos de fertilidad en el país (hasta ahora se iban a España), 1 año después de que aprobara la adopción de las parejas homosexuales.
El último reto en este camino sin fin por reducir diferencias por razón de sexo lo ha descubierto el Bloco de Esquerda. Según la ley de 1967, refrendada en 1977, ya en democracia, la mujer divorciada puede volver a casarse 300 días después; el porqué de este plazo ya es curioso, pero aún lo es más que las mentes legisladoras del momento dispusieran que el hombre divorciado solo necesite 180 días, casi la mitad, para volver a contraer matrimonio.
En un país que se divorcia como pocos, los plazos son importantes. Según la Fundación Francisco Manuel dos Santos, Portugal tiene 73,7 divorcios por cada 100 bodas, y no es poco habitual reincidir en un 3º y hasta 4º divorcio.
La diputada del Bloco de Esquerda Sandra Cunha espera que el Parlamento apruebe por unanimidad, en el Día de la Mujer, la unificación de los plazos. Cunha justifica aquellos tiempos diferentes “por razones de decoro social” en el caso de embarazos interregnos, pero “hoy no tienen sentido alguno”. Aún argumentando que el Estado no debería meterse en cuestiones íntimas, el Bloco mantiene los 180 días de plazo entre bodas, no tanto por el decoro, como por los trámites y las discusiones para el reparto de muebles, discos, tiestos y gatos.