sábado, 8 de febrero de 2020

Test de pareja: 2 formas de saber si has superado una ruptura

El libro «Si echas de menos el principio, vuelve a empezar» da herramientas divertidas para salir de una ruptura lo más airosos posible. 
ABC Bienestar07 Feb 2020
Que nos dejen nunca es plato de buen gusto. Puede que «se os acabara el amor de tanto usarlo», que te hayan dejado con «el corazón partío» sin haberlo previsto, que sientas que a tu alrededor son todo «dramas y comedias» o que tengas dentro un sentimiento de rabia que hace que no te duela tanto aunque todo «se acabó», pero no podemos mentirnos, una ruptura amorosa siempre hace un poco de daño, sea más o menos dramática.
Para intentar hacer de este proceso a veces tan complicado una experiencia un poco más llevadera y añadirle un poco de humor, Marita Alonso, periodista y escritora, publica «Si echas de menos el principio, vuelve a empezar», un libro en el que nos invita a viajar con ella por las 5 fases de una rupturanegación, ira, promiscuidad, depresión y aceptación– y a explorarlas a través de juegos, tests y playlist.
Os dejamos aquí 2 de los juegos del libro, para que des el 1º paso y descubras si de verdad has superado a tu ex o es solo algo que te dices a ti mismo.
Test: ¿Cuál es el diagnóstico?
Si acaba de ocurrir la temida ruptura y no sabes muy bien cómo estás, este test es perfecto para identificar cómo te sientes realmente.
El cantante al que más escuchas estos días es...
A) Pablo Alborán
B) ¿Escuchar un audio de Whatsapp de mi ex sirve como respuesta?
C) Ozuna
D) Lola Índigo (solo escucho Lola Bunny porque no entender lo que dice me relaja)
Llevas días sin salir de casa porque...
A) Prefiero quedarme en el sofá por si mi ex vuelve a casa.
B) No encuentro las llaves y no está la economía para llamar al cerrajero
C) Me he enganchado al Satisfyer. ¿Quién dijo ex?
D) Me he hecho un clásico de las rupturas: me he cortado el pelo ante el espejo y me siento como Britney Spears en 2007
¿Qué es lo que más has bebido estos últimos días?
A) ¿Se consideran las lágrimas una bebida?
B) Cevvvvaz... Perdón: quería decir cerveza
C) ¿Quién habría adivinado que los smoothies de kale me sentarían tan bien?
D) Ahora mismo soy 70% agua, 30% «La Casa de Papel»: la serie me ayuda a despejarme.
Hablemos de lo que te cuesta dormir
A) Intento que me entre sueño con los stories de Instagram de mis contactos, pero siempre termino viendo alguno de mi ex y me es imposible dormir.
B) Llevo encima tantos tranquilizantes que me sorprende no haber tenido que cambiarme de ropa interior en los últimos 10 minutos. Uy: ahora vengo.
C) Me cuesta más llegar a fin de mes que dormir
D) La verdad es que no me cuesssZzZzZ
Si me encuentro a una pareja besándose por la calle...
A
) Me tapo la cara con el pelo para que nadie vea mis lágrimas
B) Les escupo.
C) Sigo adelante como si nada
D) Peor sería encontrarme con mi yo de 2015
Mírate al espejo y dime lo que ves:
A) El vaho de las duchas calientes que me pego para llorar no me deja verme.
B) No creo en los espíritus, pero lo que veo es claramente un fantasma.
C) Espejito, espejito, hemos encontrado al ser más bello del mundo.
D) Tengo ojeras, pero nada que no tenga cualquiera un lunes a las 8 de la mañana.
Ahora hablemos de higiene personal...
A) Me he duchado tan poco que me han llamado los de la compañía de agua para asegurarse de que no me he muerto.
B) Intento arreglarme lo junto para que el equipo de recursos humanos de la oficina no me llame la atención.
C) Huelo tan bien que podría parecer que vivo en la sección de perfumes de Sephora.
D) Intento no descuidar mi aspecto físico para no hundir aún más mi autoestima. Además, una buena ducha jamás le hizo daño a nadie, ¿no? Lo sé, a Jean-Paul Marat, sí.
MAYORÍA DE «A»
Haz el favor de llamar a un amigo y pídele que vaya a tu casa para hablar. Lee, mira series, sal a darte un paseo e intenta alejarte de las redes sociales unos días.
MAYORÍA DE «B»
No hace falta que te diga que no estás en tu mejor momento, pero C. Tangana tampoco lo estuvo hace no tan poco y ahora muchos lo vemos bastante bien. Conclusión: de todo se sale, así que respira hondo y sigue adelante.
MAYORÍA DE «C»
Estás tan bien que o estás haciendo este test por diversión y no por necesidad, o te encuentras en ese momento en el que crees que esto es pasajero y que en unos días vas a volver con tu pareja.
MAYORÍA DE «D»
Vas por el camino correcto. Recuerda la sensación de tomarte un pimiento de padrón que pica: escuece un rato y todo vuelve a la normalidad. Así será tu ruptura si sigues así.
Preparados, listos... ¡YA!
Esta es la prueba definitiva. Tienes que asegurarte de que finalmente has aceptado la ruptura. Y para ello, te van a ayudar los «7 fantásticos». 
Señala todos los que se cumplan en tu caso:
1. Hablas de tu ex con normalidad, sin llantos ni dramas.
2. No necesitas recurrir a los insultos al hablar de tu expareja.
3. Te ilusionas ante nuevos planes y proyectos.
4. Eres capaz de reírte con cosas que antes te dolían.
5. No sientes la necesidad de mirar sus redes sociales constantemente.
6. Te atraen otras personas.
7. Al despertar ya no sientes una puñalada al comprobar que no está a tu lado.
Si has marcado como mínimo una opción, ya podemos decir oficialmente que vas por el buen camino. Te has dado cuenta de que no vais a volver y la idea de continuar la vida con tu expareja ya no te hunde en la miseria. ¡Enhorabuena!

¿Qué ocurre con la casa cuando hay un divorcio o una separación?

Marta de los Dolores, 07.02.2020
La sociedad de gananciales es el régimen más complicado a la hora de resolver una separación.
Cuando una pareja se divorcia, uno de los primeros problemas que se plantean es qué hacer con la vivienda familiar, es decir, el domicilio habitual donde ha residido el matrimonio, en alquiler o como propietarios. Si ha sido en alquiler, la solución es más sencilla. Pero si el inmueble es en propiedad, la situación se puede complicar mucho.
Precisamente por eso, los expertos recomiendan ir a un notario para hacer capitulaciones matrimoniales, donde se elige en qué régimen se quiere contraer matrimonio: sociedad de gananciales, régimen de participación o separación de bienes. 
Si no se hace ninguna elección, en la mayoría de las Comunidades Autónomas suele aplicarse por defecto la sociedad de gananciales, excepto en Cataluña, País Vasco, Aragón, Navarra y Baleares.
Sociedad de gananciales
Este régimen es el más complicado a la hora de resolver una separación. Si se ha adquirido una vivienda en gananciales, el divorcio supone una disolución de ese régimen y el reparto del patrimonio. Según el Código Civil, los bienes que se han adquirido durante el matrimonio será repartidos a partes iguales (50%) entre los cónyuges.
En ese momento, la pareja tendrá que decidir qué hacer con la vivienda: venderla, si se la queda una de las partes o alquilarla.
Se puede poner en alquiler como opción para pagar la hipoteca, si la hubiera. En este caso, la expareja deberá incluir su parte de este alquiler en su declaración de la Renta.
Si hay acuerdo en vender la vivienda, lo 1º es pactar el precio de venta. Si no hubiera conformidad en este punto, habría que recurrir a la tasación del inmueble para conocer su valor en el mercado. Lo que se obtenga con la venta se debe repartir al 50%, de manera que cada parte liquide su porcentaje de hipoteca.
Otra posibilidad es que se la quiera quedar una de las partes. Aquí es importante tener en cuenta si la pareja tiene hijos o no.
Cuando uno de los excónyuges propone quedarse con la casa, lo normal es que una de las partes ceda la propiedad a la otra. “Ponemos un ejemplo para explicarlo: una pareja ha comprado una vivienda de 200.000 euros al 50%. En el momento del divorcio han pagado 20.000 euros. Para realizar la extinción de condominio, el excónyuge que se queda con la casa también se queda con una hipoteca de 180.000 euros y debe pagarle a su ex 10.000 euros. Este procedimiento es el más económico porque solo tributa por Actos Jurídicos Documentados, aplicando entre un 0,5% y un 1% (según la CCAA) sobre el valor real de los bienes adjudicados”, señala Antonio Gallardo, experto financiero en iAhorro.com.
Una vez que el banco estudie la solvencia del excónyuge interesado en la casa, se haría una novación del préstamo (un cambio de las condiciones de la hipoteca). “Si el banco no acepta a la pareja que quiere hacerse con el 100% de la vivienda, otra opción que tiene es cancelar la hipoteca y constituir un nuevo préstamo hipotecario con otra entidad”, destaca Antonio Gallardo.
Cuando la pareja tiene hijos
También puede ocurrir que haya una sentencia judicial por la que una de las partes se quede con la vivienda por el cuidado de los niños. En este caso, el banco no elimina a uno de los titulares de la hipoteca por lo que sigue estando obligado a pagarla. Esto se debe a que las condiciones de un préstamo no pueden ser modificadas por una sentencia de separación.
El Código Civil regula la atribución del uso de la vivienda familiar en caso de separación o divorcio. Esto solo afecta al uso de ese inmueble, no a la propiedad.
El uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”, según el art. 96 del C.Civil. Esto quiere decir que, siempre que haya hijos menores de edad, la atribución del uso de la casa dependerá del tipo de custodia que se determine.
Régimen de custodia compartida
En este caso, los niños permanecerán con cada uno de los progenitores por periodos alternos de convivencia. Este tipo de régimen es cada vez más frecuente. En cambio, la ley no prevé el uso de la vivienda en este supuesto, por lo que, si no hay acuerdo entre los padres, será el juez quien determine según las circunstancias en cada caso. Deberá primar siempre el interés del menor.
Se pueden dar escenarios en los que uno de los excónyuges tenga en exclusiva el uso de la vivienda si su situación económica es más desfavorecida, incluso siendo el inmueble propiedad de la otra parte. Esto sucederá, siempre y cuando esta tenga la posibilidad de vivir en otro domicilio adecuado.
Régimen de custodia exclusiva
Esto último también puede pasar cuando el juez asigne la custodia a uno de los progenitores. Es lo que se conoce como custodia monoparental, individual o exclusiva.
En el supuesto en el que no se haya llegado a un acuerdo entre las partes durante un proceso de divorcio, será el juez el que, en beneficio del menor o menores, determine el uso del domicilio familiar. Aunque la vivienda sea propiedad únicamente del progenitor que no tiene la custodia, su uso se asignará a los hijos y al progenitor custodio (al que se le atribuye la guardia y custodia de los hijos).

viernes, 7 de febrero de 2020

los ayuntamientos pueden retirar la custodia de los hijos sin denuncia de malos tratos

Pedro Sánchez y el Consejo de Ministros aprueban 'decretazo' en materia de violencia de género.
Carlos Cuesta, 14/08/2018
El Gobierno del PSOE acaba de politizar por decreto y en pleno agosto la custodia de los hijos en las denuncias por machismo. 
El Ejecutivo de Pedro Sánchez acaba de meterse en el enésimo jardín con tal de contentar a sus votantes. Y a cada jardín, el siguiente más delicado: ahora ha decidido ordenar por Real Decreto incluso modificaciones de leyes orgánicas con el fin de dar voz y voto a los servicios sociales y hasta a los propios ayuntamientos en la certificación de la veracidad de acusaciones, ni siquiera denuncias, de supuesta violencia de género.
En base a ellas, y sin la protección mínima para el padre de poder defenderse porque no hay ningún proceso judicial planteado, se podrán dar por buenas las denuncias y modificar custodias cautelarmente, decidir asistencia psicológica para el hijo según la exigencia de la denunciante, etc.
La bomba de relojería jurídica fue introducida en el último Consejo de Ministros, pero con orden de que no entrase en vigor hasta el pasado domingo 5 de agosto. La norma en cuestión, que tendrá profundas consecuencias en el tratamiento de las denuncias por supuesta violencia de género, es el Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Y bajo esa denominación acomete una fuerte modificación de la esencia de la patria potestad. Para ello el Ejecutivo Sánchez ha ampliado el catálogo de actos que requieren decisión común de ambos progenitores y ha introducido a empleados públicos no judiciales en las decisiones sobre las acusaciones de violencia de género contra el padre.
Así, con esta norma, los mecanismos de acreditación de las situaciones de violencia de género plasmados en el apartado 2 del Artículo Único ya no tendrán como una única fuente las resoluciones judiciales o, de forma excepcional, el Ministerio Fiscal. A partir de ahora el informe del Fiscal pasa a ser una situación habitual, y, además, puede ser certificada la existencia de violencia de género por informe de cualquier servicio social o por cualquier otro título que no llega ni a especificarse en la norma. 
La mera apariencia de oficialidad en la certificación abre las puertas al inicio de las actuaciones contra la violencia de género sin haber dado cauce de defensa al acusado.
Arbitrariedades sin garantía judicial
El Real Decreto abre la puerta de esta forma a toda una catarata de arbitrariedades llevadas a cabo por funcionarios no judiciales bajo el argumento de la urgencia por los datos de “mujeres asesinadas en 2017”. “El art. 23 de la Ley Orgánica es también objeto de modificación con una doble finalidad. Por una parte, para concretar y ampliar los títulos judiciales habilitantes para acreditar la condición de víctima de violencia de género; y, por otra parte, para establecer otros títulos no judiciales habilitantes para los casos en los que no hay denuncia y, en consecuencia, tampoco existe procedimiento judicial abierto”, señala literalmente el texto, admitiendo abiertamente que se tramitará sin apertura de proceso judicial y, por lo tanto, sin garantías judiciales para el acusado.
El texto explica que “como se ha señalado, un porcentaje elevado de las víctimas de violencia de género asesinadas no había de denunciado previamente la situación de maltrato que estaban sufriendo”. Y, como consecuencia, en lugar de reforzar la dotación policial, fiscal y judicial para proteger a las mujeres y tramitar con celeridad las alertas policiales y advertencias de los fiscales, el Gobierno de Sánchez ha preferido diezmar los derechos a una tutela judicial efectiva de los futuros acusados a los que pasa a considerar culpables de crímenes pasados.
El Gobierno recuerda en su texto que “el art. 18.3 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, exige no supeditar la protección de las víctimas de violencia de género al ejercicio por parte de aquéllas de acciones legales ni a la declaración contra el autor”. Pero ese texto en ningún momento recomienda recortar la tutela judicial efectiva. 
De hecho, lo que reclama es una mayor dotación de medios para proteger policialmente a las mujeres víctimas de machismo y para tramitar sin demoras las advertencias policiales y fiscales.
Pero, además, la reforma Sánchez mete en medio de estas situaciones a otras entidades politizadas por definición y sin formación jurídica por esencia: los ayuntamientos.Una de las medidas más urgentes de llevar a cabo en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, es la que plantea la necesidad de adoptar las modificaciones legales oportunas para que la Administración local pueda llevar a cabo actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género, ya que se trata de la administración más cercana a la ciudadanía y, por ende, a las víctimas”, señala.
Todo ello hace imprescindible la modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, para poder permitir el desarrollo de políticas contra la violencia de género, y que dicha modificación se realice con toda celeridad, para evitar que las posibles actuaciones previstas por las entidades locales no puedan ser desarrolladas por la falta de adaptación de las disposiciones vigentes, algo que redundaría en un enorme perjuicio para las mujeres víctimas de la violencia de género, así como sus hijos e hijas”.
En resumen, que también los ayuntamientos podrán certificar la violencia de género e intervenir sin mediación judicial.

La diócesis ofrece apoyo a familias en proceso de divorcio

Carlos H. Sanz, Palencia, 6 febrero 2020
El Centro de Orientación Familiar pone en marcha un novedoso programa para ayudar a los hijos a adaptarse a la separación dando a los padres las herramientas para gestionar el conflicto.
El Centro de Orientación Familiar (COF) de la diócesis de Palencia va a poner en marcha un novedoso programa que, bajo el nombre de EmPiezando, pretende ayudar a madres y padres en proceso de divorcio o separación y, sobre todo, a sus hijos. Mª Pilar Martínez, doctora en Psicología y vicedecana de Relaciones Internacionales y Externas de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la UP Comillas, es la responsable de esta iniciativa en la que se trabaja en «enseñar a los padres a manejar el conflicto y las relaciones con respecto a los hijos, de forma que no sean utilizados en las disputas».
EmPiezando, que se basa en una adaptación que ha realizado la Unidad de Intervención Psicosocial de la Universidad Pontificia Comillas a partir del programa Egokitzen desarrollado en la Universidad de Deusto, consiste en 10 sesiones grupales en semanas consecutivas.
«El objetivo es ayudar a los hijos a adaptarse al divorcio, y parte de esto tiene que ver con el trabajo personal de los padres, a los que se les van dado herramientas para poder afrontarlo», detalla Mª Pilar Martínez. 
Así, EmPiezando comienza con una 1ª fase en la que los progenitores tienen que «comprender qué está ocurriendo». La siguiente fase consiste en «analizar cómo manejan los padres el conflicto», y la última tiene que ver con pautas de crianza, «maneras de llevar la educación de los hijo que van a ayudar a que se adapten mejor», especificó.
La necesidad de este programa surge de las estadísticas. España es uno de los países de la UE con mayor tasa de divorcios, incluso del mundo, con una tasa de fracaso de las parejas muy alta, del un 65%. De esas parejas que se separan, más del 50% tienen menores a su cargo, por lo que hay un grupo muy grande de familias que no han podido seguir adelante, «que sufren muchísimo, y esto es importante dejarlo claro», señala la responsable de este programa.
«Hemos detectado que el problema no está tanto en el divorcio como en la forma en la que su padres lo manejan. En la medida en la cual los padres saben gestionar su separación mejor, los niños, en el plazo de 1 año, pueden estar bien», comenta Mª Pilar Martínez.
«Muchas veces, los padres no hacen las cosas mal porque quieran hacerlas mal. Con esa idea de por el bien del hijo, se les utiliza en las peleas, y eso es lo que va minando la salud mental y el ajuste social de los hijos», sostiene esta doctora en Psicología .
implicación. Anastasio González, vicario general de la diócesis de Palencia, recalca que la iglesia no es ajena a estas situaciones de dolor en las familias. 
El Papa Francisco, en la exhortación Amoris Laetitia (La alegría del amor), habla de cómo «acompañar después de rupturas y divorcios» y propone «espacios de escucha dentro de las diócesis para que las personas que pasan por una situación de separación y divorcio puedan sentirse acompañadas y escuchadas, así como tener especial cuidado con los menores, los más afectados».
Miguel Ruiz, psicólogo del Centro de Orientación Familiar, concreta que el programa EmPiezando se enmarca dentro de los servicios que el COF ofrece «a todas las familias, independientemente de su credo, y desde una mirada integral a la persona». «Concretamente, en la parte de la intervención, donde el COF también ofrece acompañamiento psicológico y psicoterapia, terapias para problemas psicológicos personales (ansiedad, depresión, duelo…), ayuda en conflicto de pareja o a familias con hijos adolescentes, etc.», enumera.
«Y luego está el trabajo de prevención, con una red de voluntarios que son expertos en distintos campos del saber y que colaboran en temas como la convivencia escolar, el manejo de las pantallas, el uso de redes sociales, la autoestima de los niños, la inteligencia emocional, la relación de la familia...», concreta.
Para ello, el COF cuenta con una persona contratada, Judith González, que visita los colegios y parroquias, «animando con chavales adolescentes talleres de educación afectivo-sexual desde una visión integral de la persona».

jueves, 6 de febrero de 2020

Finlandia iguala los permisos de paternidad y maternidad

........ y elimina la referencia de género.
El Gobierno, liderado por 5 mujeres, se propone aumentar una natalidad en caída libre.
NÚRIA VILA, MALMÖ,  05/02/2020
El gobierno de Finlandia ha iniciado el camino para llevar a cabo una revolucionaria reforma del sistema de bajas parentales. El Ejecutivo, que desde diciembre está liderado por 5 mujeres, con la 1ª ministra Sanna Marin al frente, prevé igualar las bajas de los 2 progenitores de una forma innovadora: eliminando la referencia de género. Así, se suprimirán los permisos de maternidad y paternidad para pasar a ser “permisos familiares”.
Los 2 miembros de la pareja tendrán derecho a los mismos días de baja tras el nacimiento o adopción de un hijo: un total de 164 días (unos 6 meses y medio), de los cuales sólo podrán transferir 69 días al otro progenitor. En el caso de familias monoparentales, el progenitor tendrá derecho al doble de días, es decir, los mismos que una pareja.
Cada progenitor tendrá 164 días, de los cuales sólo podrá dar 69 al otro miembro de la pareja
Esta reforma es una oportunidad de construir un esquema de permisos familiares en línea con el concepto de familia actual”, ha afirmado la ministra finlandesa de Asuntos Sociales y Salud, Aino-Kaisa Pekonen, que subrayó la apuesta por un “lenguaje neutral en cuanto al género y adecuado para todo tipo de familias”.
La propuesta, que se prevé que entre en vigor a mediados del 2021, prolongará el tiempo total de permiso parental hasta los 14 meses (ahora son 11 meses y medio) y, además, se introducirá 1 mes adicional para la mujer embarazada antes de dar a luz. Actualmente, Finlandia cuenta con un permiso de maternidad de 105 días (algo más de 4 meses) y 1 de paternidad de 54 días (unos 2 meses), a los que se suman otros 6 meses durante los cuales pueden decidir quién se queda en casa o pueden optar por compartirlos, por ejemplo con una reducción de jornada para ambos miembros de la pareja. 
A la práctica, sin embargo, los padres finlandeses aprovechan sólo el 11% del total de permiso disponible, la cifra más baja de los Países Nórdicos junto con Dinamarca –en Suecia e Islandia es el 30%, y en Noruega el 20%--, según un informe del Consejo Nórdico de Ministros.
Los padres finlandeses sólo aprovechan el 11% de su baja, la cifra más baja entre los nórdicos
El incremento de días de permiso supondrá un gasto adicional de 100 millones de euros, según los cálculos provisionales del gabinete de centroizquierda. Sin embargo, aún quedan por determinar algunos detalles, como el porcentaje el sueldo a cobrar durante la baja –ahora es el 90% los primeros 2 meses de la madre y el 70% el resto--. 
El Gobierno lleva meses estudiando la medida, para lo que creó un grupo de trabajo con sindicatos y patronales, teniendo en cuenta que las empresas son las responsables de la mayor parte del coste. 
El Ejecutivo se ha comprometido a cubrir 25 millones de euros de los 100 millones adicionales, según informa la cadena pública Yle.
La ministra de Asuntos Sociales y Salud explicó que esta “reforma radical” pretende mejorar la igualdad de género, pero también dar un vuelco a una tasa de natalidad en caída libre. Mientras que en 1990 la media era de 1,9 hijos por mujer, ahora es de 1,4, y el año pasado la tasa de fertilidad de Finlandia fue la más baja de los Países Nórdicos. 
A este dato se suma que también es el país de la región nórdica con la población más envejecida y el que menos inmigrantes tiene. 
Malos augurios para su tantas veces aclamado estado del bienestar.

Divorcio a la mexicana

Armando Fuentes Aguirre" Catón", 5 Feb 2020
¿Por qué se divorcian los casados? La principal razón, creo yo, es porque se casan. Decir eso no es perogrullada: si la gente no se casara tampoco se divorciaría. He ahí una de las pocas ventajas del amor libre, que es (dicho sea entre paréntesis) el menos libre de todos los amores.
Antiguamente se creía que la causa mayor de los divorcios son los problemas de la cama. Esa incorrecta idea derivó de las tesis pansexualistas del doctor Freud. Este señor todo lo hacía residir en la región de la entrepierna: Napoleón se lanzó a conquistar Europa porque la tenía muy chica (la región); San Ignacio de Loyola fundó la Compañía de Jesús porque una bala de cañón le voló las verijas, y así.
Tal criterio es muy elemental, lo mismo que casi todos los criterios, menos el de Balmes. El Reporte Kinsey, fruto de una paciente investigación realizada en la Universidad de Indiana -de la cual soy exalumno-, puso de manifiesto que el motivo más frecuente de ruptura entre los casados es el dinero. (La falta de él, para decirlo con mayor exactitud). Las dificultades económicas originan más divorcios que los problemas relacionados con el sexo. Marx le atinó; Freud no.
Claro, hay excepciones a este principio general. Una señorita de muy buenas familias de Saltillo se casó con el hijo de un prominente empresario de la Capital. Al regreso del viaje de bodas se divorció porque en plena luna de miel lo halló en la cama con un botones del hotel. ¡Qué manera de encanallarse! Si al menos se hubiera tratado del gerente...
Conozco la historia de una pareja de ancianitos -95 años él; 90 ella- que acudieron ante un juez de lo familiar a pedir la disolución del vínculo matrimonial que los había unido durante 70 años.
-70 años de casados -exclamó boquiabierto el juzgador- ¿y ahora se quieren divorciar?
Explicó la viejecita, humilde:
-Es que estábamos esperando a que los muchachos se murieran.
La Iglesia Católica no admite el divorcio. “Lo que Dios ha unido que no lo separe el hombre”. Admite sólo la anulación del matrimonio

Entonces sí, lo que Dios ha unido el hombre lo puede separar. Entiendo que la única diferencia entre divorcio y anulación religiosa es el precio: la anulación sale un poco más cara. Pero los efectos son los mismos. 
Me dicen -no me consta- que a una cierta señora de sociedad le acaban de anular su matrimonio. Estuvo casada más de 30 años; tuvo 5 ó 6 hijos con su esposo... De pronto, sin embargo, se acordó de algo que tenía por ahí olvidado en el desván de la memoria, y la Santa Madre Iglesia -al fin madre- le otorgó la anhelada anulación. Bendito sea el Señor, que nunca desampara a sus criaturas.
En Italia, por influencia de la religión católica, estuvo prohibido el divorcio durante muchos años. Los italianos, que son tan ingeniosos -escribieron la Divina Comedia; pintaron la Capilla Sixtina; se les ocurrió la telegrafía sin hilos, la pizza, el helado napolitano, etcétera-, inventaron lo que se llamó “divorcio a la italiana”, que consistía en asesinar al cónyuge. Hay una película muy simpática de Marcello Mastroianni que así se llama: “Divorcio a la italiana”. La exhibieron en el Cinema Palacio allá por el año 63 del pasado siglo. Ya hace rato. (Seguirá).

12 hábitos de las parejas que suelen acabar en divorcio

José Rodríguez, 5 Feb 2020
Nadie es capaz de predecir con un 100% de seguridad si una pareja se va a divorciar o no. 
Sin embargo, los científicos sociales sí que con capaces de predecir qué parejas son más susceptibles al divorcio. Estas comparten ciertos puntos en común - en la forma en la que se pelean y describen su relación, pero también en su nivel de educación y de empleo. A continuación te presentamos 12 factores que predicen el divorcio. Puedes identificarlos tanto en las películas como en el mundo real. Casarse cuanto todavía se es adolescente o después de los 32 años.
El mejor momento para casarse es cuando te sientes preparado, y cuando has encontrado a alguien con quien crees que puedes pasar el resto de tu vida. No fuerces nada - o lo pospongas - porque un estudio te lo haya dicho. Una vez dicho esto, las investigaciones sugieren que las parejas que se casan en la adolescencia o después de los 32 años tienen un mayor riesgo de divorcio que las parejas que tienen entre 20 y 30 años. El riesgo es especialmente alto para las parejas adolescentes. Tener un marido que no trabaja a tiempo completo. 
Un estudio llevado a cabo por la universidad de Harvard en 2016 que fue publicado en la American Sociological Review sugiere que no son las finanzas de una pareja las que afectan a tus posibilidades de divorcio, sino la división del trabajo. Cuando la investigadora Alexandra Killewald observó los matrimonios heterosexuales que comenzaron después de 1975, esta descubrió que las parejas en las que el marido no tenía un trabajo a tiempo completo tenían un 3,3% de posibilidades de divorciarse al año siguiente, en comparación con el 2,5% entre las parejas en las que el marido sí tenía un trabajo a tiempo completo. 
La situación laboral de las esposas, sin embargo, no afecta mucho a las posibilidades de divorcio. 
No acabar secundaria.
No parece justo que las parejas que pasan más tiempo en el instituto tengan menos probabilidades de divorciarse. Sin embargo, eso es lo que la investigación sugiere. Un artículo publicado en la página web de la Oficina de Estadísticas Laborales de EE. UU. destaca un resultado de la Encuesta Longitudinal Nacional de la Juventud (1979), que examinó los patrones de matrimonio y divorcio de un grupo de jóvenes nacidos en la posguerra. El post dice: "La probabilidad de que un matrimonio acabara en divorcio era menor para las personas con más educación, ya que más de la mitad de los matrimonios de los que no terminaron secundaria acabaron divorciados en comparación con aproximadamente el 30% de los matrimonios de graduados universitarios". Esto puede estar relacionado con el hecho de que un menor nivel educativo suele estar asociado a unos ingresos más bajos, lo que a su vez predice una vida más estresante
Mostrar desprecio por tu pareja .
John Gottman, psicólogo de la Universidad de Washington y fundador del Instituto Gottman, ha identificado 4 comportamientos de las parejas como los "cuatro jinetes del apocalipsis". Eso se debe a que predicen el divorcio con una exactitud aterradora. El 1º comportamiento es el desprecio o ver a tu pareja como algo inferior. Gottman llama a este comportamiento el "beso de la muerte" para una relación. Las críticas también pueden provocar el final de un matrimonio. Convertir un comportamiento en una declaración sobre el carácter de tu pareja puede llevar a una mayor inestabilidad. Estar a la defensiva o hacerse la víctima en situaciones difíciles también puede causar problemas. Por último, obstaculizar o bloquear la conversación entre tú y tu pareja es una receta para el desastre. 
Ser demasiado cariñosos como recién casados.
Que no te apetezca estar abrazando y besando a tu pareja cuando estáis recién casados puede ser un problema. Sin embargo, el extremo opuesto tampoco es bueno. El psicólogo Ted Huston ha estado estudiando a 168 parejas durante 13 años desde el día de su boda. Huston y su equipo realizaron múltiples entrevistas a las parejas a lo largo del estudio. Según los resultados: "Como recién casados, las parejas que se divorciaron después de 7 o más años eran muy afectuosas, mostrando alrededor de un tercio más de afecto que los cónyuges que permanecieron casados felizmente durante más tiempo". Aviva Patz lo resumió así en Psychology Today: "Los cónyuges cuyos matrimonios comienzan en la felicidad romántica son particularmente propensos al divorcio debido a que mantener esa intensidad es muy difícil. Aunque no lo creas, los matrimonios que empiezan con menos 'romance de Hollywood' suelen tener un futuro más prometedor". 
El estrés diario.
No subestimes el peso que el estrés puede tener en un matrimonio. 
En un artículo publicado en 2007 en el Journal of Social and Personal Relationships se examinaron los factores que llevaron al divorcio en las parejas europeas y se descubrió que el estrés diario era una de las principales razones. 
Experiencias aparentemente triviales como olvidar una cita o perder el autobús resultaron crear tensión entre los cónyuges. Los autores incluso descubrieron que "los participantes informaron de que el estrés diario era un desencadenante de divorcio más relevante que enamorarse de otra persona o la violencia". 
Evitar los conflictos 
Cuando tu pareja está intentando hablarte sobre algo difícil, ¿te callas? Si es así (o si tu pareja es culpable de ese comportamiento), no es una buena señal. Un estudio realizado en 2013 y publicado en el Journal of Marriage and Family descubrió que el comportamiento de "abstinencia" de los maridos predecía mayores tasas de divorcio. Esta conclusión se basó en las entrevistas de los investigadores con unas 350 parejas recién casadas. Mientras tanto, un estudio de 2014 publicado en la revista Communication Monographs sugiere que las parejas que siguen patrones de "demanda/retiro", es decir, que un miembro presiona al otro y recibe silencio a cambio, son menos felices en sus relaciones. Describir tu relación de manera negativa.
En 1992, Gottman y otros investigadores de la Universidad de Washington desarrollaron un procedimiento llamado "entrevista de historia oral", en el que piden a las parejas que hablen sobre diferentes aspectos de su relación. Tras analizar las conversaciones, los investigadores son capaces de predecir qué parejas van a divorciarse. Tener padres divorciados.
Las investigaciones demuestran que si tus padres se divorcian, tú también podrías seguir el mismo camino. Las estadísticas varían en esta teoría, pero un estudio de los investigadores Paul Amato y Danelle Deboer descubrió que si los padres de una mujer se divorciaban, sus probabilidades de divorciarse aumentaban en un 69%. El estudio también averiguó que si los padres de un esposo y una esposa se divorciaban, el riesgo de divorcio aumentaba en un 189%. 
Trabajar como gerente de juegos, barman o asistente de vuelo.
Ciertas profesiones suelen estar asociadas a una mayor tasa de divorcios. Los trabajos con mayores tasas de divorcio son los gerentes de juegos, los barman y los asistentes de vuelo. Los trabajos con menores posibilidades de divorcio son los actuarios, los científicos físicos y los médicos y científicos de la vida. 
Cuánto dinero ganas.
El dinero es un factor estresante común en la mayoría de las parejas casadas. De hecho, el dinero suele ser uno de los principales factores que suelen llevar al divorcio. Un estudio publicado en 2012 en el Family Relations Journal descubrió que "el dinero es el principal predictor de divorcio tanto para hombres como para mujeres". Sin embargo, mientras que muchos pueden pensar que no tener suficiente dinero suele provocar el divorcio, los estudios demuestran que las parejas con unos ingresos más altos tienen más probabilidades de separarse
Los hijos. 
El hecho de que una pareja tenga o no hijos puede influir en sus posibilidades de divorcio. En 2010, al menos el 66% de las parejas divorciadas en Estados Unidos informaron de que no tenían hijos, frente al 40% que sí los tienen. La ausencia de hijos también puede provocar tensión si uno de los cónyuges quiere tener hijos y el otro no. 
Según el informe, las parejas que no están de acuerdo en querer tener hijos tienen el doble de probabilidades de acabar divorciadas.

miércoles, 5 de febrero de 2020

¿Cómo tramitar tu divorcio de mutuo acuerdo fácilmente?

Redacció DJ, 4 feb 2020
A veces es inevitable que el amor entre una pareja se acabe y contra eso poco podemos hacer. Pero lo que sí que podemos hacer es que la relación acabe lo mejor posible, porque a priori no hay ningún motivo para acabar peleados. Mucho menos si hay hijos menores en común, pues al final los que sufren las consecuencias son ellos. No tiene sentido empezar una guerra judicial cuando si se hablan las cosas se puede llegar aún entendimiento, asumiendo que la relación de pareja ya está rota, y empezar así los trámites de un divorcio de mutuo acuerdo.
El 1º paso es redactar el convenio regulador. Una vez acabado se te envía para que, junto a tu ex pareja, lo reviséis y digáis si es necesario hacer alguna modificación. Si todo está correcto solo tenéis que firmarlo y volverlo a mandar al abogado.
Los puntos básicos que debe regular un convenio regulador son los siguientes:
Atribución de la guarda y custodia. ( En caso de hijos menores)
Atribución del domicilio familiar.
Régimen de visitas que tendrá el familiar no custodio.
Pensión de alimentos a pagar para la manutención de los menores.
Destino tanto de los bienes muebles e inmuebles, cuentas corrientes, deudas, pertenencias, etc…
Estamos hablando de aspectos muy sensibles con lo cual es importante estar bien asesorado.
Debemos puntualizar que específicamente en Catalunya, se debe acompañar además un plan de parentalidad, que normalmente está insertado dentro del propio convenio regulador.
El divorcio de mutuo acuerdo o express se inicia con una demanda, a la cual se le adjunta el convenio firmado por ambos y la documentación acreditativa del matrimonio y de los hijos si los hubiese (Certificado de matrimonio y Certificado de nacimiento de los hijos) así como del domicilio de 1 de los 2 (o el último común).
Una vez empieza la tramitación en el juzgado, se citará a ambas partes para que acudan a firmar nuevamente el convenio y de paso otorgar poderes al procurador. Lo que se llama la ratificación del convenio. Este acto deberá ser realizado por ambas partes pues el juez quiere estar seguro que la 1ª firma del convenio no se hizo bajo amenazas o coacciones y que ambas partes estaban en plenas facultades en ese momento.
Una vez ratificado, el juez recoge todos los puntos del convenio en una sentencia que dictará a las pocas semanas de haberse realizado la ratificación del convenio y manda la inscripción del divorcio de mutuo acuerdo en el Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio.
Éste procedimiento como véis es muy sencillo y no debería durar más de 2 o 3 meses, pero como siempre, dependemos de la saturación que existe en las oficinas de los juzgados con lo que puede que en algunos casos exista cierta demora en la tramitación.
Nota: Los procesos de Mutua Acuerdo, sin hijos, son más rapidos a travéss de los notarios.

martes, 4 de febrero de 2020

Divorcio:¿Hasta cuando la pensión de alimentos?

Un padre debe seguir pagando la pensión de alimentos a sus hijas mayores de edad porque son buenas estudiantes
Emilio Calatayud, 1 FEB 2020
Buenas, soy Emilio Calatayud. Son conocidas, aquí hemos comentado varias de ellas, las sentencias judiciales que liberan a los padres de seguir pasando la pensión de alimentos a los hijos ninis, es decir, esos jóvenes que ni estudian ni trabajan porque no les da la gana. Han decidido vivir de sus padres hasta que puedan vivir de sus hijos.
Pues bien, no todo son ninis. Ni mucho menos. El Tribunal Supremo ha dictado un fallo en el que obliga a un padre a seguir pasando la pensión de alimentos a sus hijas mayores de edad porque son buenas estudiantes: una está preparando oposiciones para ser registradora de la propiedad y la otra cursa la carrera de Odontología.
“No se acredita pasividad en la obtención de empleo o en la terminación de la formación académica”, recuerda la sentencia.
Muy bien: a los ninis ni agua, pero a los hijos trabajadores y estudiosos, agua y alimentos. Es lo justo.
Aquí os dejamos el enlace a la información.

Parejas de hecho no registradas: ¿qué derechos tienen?

Las parejas de hecho no inscritas en el registro carecen de algunas garantías y derechos que sí tendrían al estar oficializadas
Blanca Álvarez, 26 enero 2020
En 2018, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España contrajeron matrimonio 9.655 parejas y 1.625 se constituyeron como pareja de hecho. Pero a estas uniones hay que añadir las que no se inscribieron en ningún registro. ¿Qué derechos tienen las parejas de hecho no registradas? ¿Y sus hijos? ¿Qué pasa si el amor se acaba y hay que dividir bienes o si sus miembros enviudan o desean adoptar un hijo? Como explicamos en este artículo, al no estar oficializadas, las parejas no inscritas carecen de algunas garantías y derechos que de otro modo tendrían.
¿Qué es una pareja de hecho no registrada?
La vida en pareja contempla diferentes posibilidades, y las principales opciones de establecerse como tal son 3: matrimonios, parejas de hecho y parejas no registradas. Al margen de los matrimonios, “los cuales no generan duda interpretativa, la diferencia principal entre las parejas de hecho inscritas y las parejas no registradas es la oficialidad de que gozan cada una de ellas”, señala Carlos Ignacio Neira, abogado en Paloma Zabalgo Abogados de Familia.
La pareja de hecho es, según el Tribunal Supremo, la creada por la convivencia de 2 personas, con carácter diario, estable, con permanencia temporal consolidada y, además, practicada de forma pública, de manera que se cree una comunidad de vida, intereses y fines en el núcleo de un mismo hogar.
Pero, además, las parejas de hecho, en general, “han procedido a formalizar su relación de afectividad inscribiéndose en el correspondiente Registro de Parejas de Hecho y mantienen una convivencia en análoga relación a la matrimonial”, indica el abogado. Así adquieren garantías y derechos que, de otro modo, no dispondrían. Este sería el caso de las parejas no registradas que, al no proceder a esta inscripción, no disponen de determinados derechos.
¿Puedo tener problemas si no registro mi unión?
El tipo de unión que elija una pareja para vivir no es un problema, pero hay que tener en cuenta que la consecuencia de no registrar una unión de hecho es no gozar de los derechos que mediante el registro o matrimonio alcanzarían. Entre los derechos que no tienen se encuentran los siguientes, tal y como apunta Neira:
Derecho a pensión de viudedad. Hay sentencias muy concretas que han reconocido este derecho en casos excepcionales, pero no es la norma general.
Beneficios fiscales en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), así como en el impuesto de sucesiones y donaciones.
Derecho de la pareja a la herencia. El Código Civil hace tan solo referencia a los derechos de que dispondrá el cónyuge viudo (es decir, casados), por lo que el resto de las parejas no disfrutaría de estos derechos (como, por ejemplo, el usufructo del tercio de mejora). 
No obstante, a las parejas de hecho en determinadas comunidades autónomas (como Cataluña, País Vasco o Baleares) se les otorgan derechos en materia de sucesiones que el Código Civil no contempla. Pero las parejas no registradas “quedan fuera de todo derecho sucesorio”.
Derecho al permiso laboral por matrimonio o inscripción en registro.
Derecho a la asistencia sanitaria de la pareja.
Derechos en relación con los arrendamientos que pudiera corresponderle a la pareja en caso de fallecimiento.
Estos son los principales derechos a los que las parejas no registradas no acceden, pero hay otros. Así, no pueden disfrutar de permiso laboral por causa de enfermedad o muerte de la pareja, ni recibir indemnización en caso de accidente de circulación de la pareja, además de que tienen dificultades para acceder a la adopción.
Las parejas no registradas carecen de derecho a pensión de viudedad o a heredar, entre otros
A ellos hay que añadir los que surgen también en caso de que se acabe el amor entre ellos, momento en que nacen los litigios.
En el caso de estas parejas, si no han pactado nada respecto a las consecuencias económicas de una posible separación, no se reconoce (o se reducen los supuestos) una pensión compensatoria por el miembro desfavorecido si no tienen hijos comunes.
¿Qué pasa con los hijos y con la herencia?
Todos los hijos “tienen los mismos derechos, no hay diferencias”, aclara el abogado. No importa que sean ilegítimos, que nazcan fruto de una pareja registrada, de una unión sin inscribir o de un matrimonio. Los progenitores con respecto de sus hijos y viceversa tendrán los mismos derechos recíprocamente, así lo establece el art. 39 C.Española.
Los derechos de los hijos de una pareja no registrada con respecto de la herencia se mantienen inalterables
Sí hay una diferencia, aunque no en cuanto derechos. En el caso de los hijos de parejas que tienen oficializada la relación, el Código Civil les otorga presunción de paternidad con respecto al marido por el simple hecho de ser matrimonio. “Esta veracidad no existe en caso de parejas no registradas”, explica Neira.
Respecto a la herencia, al no haber diferencia entre los hijos matrimoniales o no matrimoniales, ni diferencias en derechos ni obligaciones, “sus derechos con respecto de la herencia se mantienen inalterables”.
Registrarse como pareja, un trámite sencillo
Muchas parejas no se inscriben por pereza o dejadez, pero los trámites y requisitos son muy sencillos y, además, otorgan muchos derechos. Para hacerlo es preciso ser mayor de edad y no estar casado, además de estar empadronado en la comunidad autónoma en la que se registra la unión (basta con el empadronamiento de uno de los miembros de la pareja). Asimismo, es necesario demostrar un periodo de convivencia que varía según la comunidad autónoma.
Para registrarse como pareja de hecho hay que acudir con 2 testigos y con una serie de documentación:
DNI de los 2 miembros de la pareja.
Libro de familia.
Impreso relleno de la solicitud de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
Documentación que acredite, si es el caso, la separación, divorcio o viudedad (los casados no pueden inscribirse).

La influencia del divorcio de tus padres en tus relaciones de pareja

El impacto de la separación de tus progenitores en tu vida.
Patricia Barato Salvador, Psicóloga, 3 Feb 2020
Enfrentarse a un divorcio es, sin duda, uno de los tragos más difíciles que podemos vivir en la vida ya que pueden llevar a múltiples problemas emocionales, desde la ansiedad hasta la depresión. Se ha roto el ideal de amor que teníamos, nuestra pareja está a punto de convertirse en pasado y toca empezar una nueva vida lejos de esa persona y del camino que habíais creado.
Para las 2 personas que forman la pareja es muy duro afrontar esta nueva situación, pero también lo es para sus hijos. 

¿Cómo vivirán el divorcio de sus padres? ¿Cómo lo pueden superar? ¿Tendrá esto algún impacto en sus vidas futuras? 
Son muchas las preguntas que se plantean los hijos de parejas divorciadas y que necesitan de rápida respuesta.
Para ayudarte a saber más de este tema, nos hemos puesto en contacto con la psicóloga clínica Patricia Barato. Así, vamos a descubrir la influencia del divorcio de tus padres en tus relaciones de pareja futuras, pues es posible que un divorcio marque tu visión en el amor… ¿O no?
Nos vamos a divorciar: ¿cómo se lo comunico a mis hijos?
Antes de saber si influye o no el divorcio de tus padres en tus relaciones de amor, es importante ponerse en la piel de la pareja que se va a separar. ¿Cómo puedes darles a tus hijos una noticia tan complicada como esa? ¿Qué puedes hacer en esta situación? Según Patricia Barato, el error más grande que podemos cometer es continuar con la pareja por nuestros hijos, pues estaremos transmitiendo un modelo que no es de cariño, de amor o de apoyo, y es ahí cuando más influirá en sus vidas futuras.
Lo principal es que no hay que tener miedo, hay que intentar proteger a los hijos desde el cariño. Además, es importante comunicarles el divorcio de forma conjunta, para que vean que ha sido una decisión de los 2. Si los niños son pequeños, hay que hacerles clara referencia a que ellos no tienen nada que ver porque, a veces, se pueden preocupar demasiado por el asunto.
Por otra parte, es esencial remarcar que papá y mamá siguen siendo papá y mamá. ¿Qué quiere decir esto? Pues que sus padres siguen siendo sus padres, solo que ahora no van a ser pareja. La familia no tiene por qué romperse después de un divorcio, se rompe solo la relación de pareja.
¿Cómo afrontar o superar el divorcio de nuestros padres?
Y, en la cara contraria de la moneda, se encuentran los hijos de padres divorciados. Una vez que nos comunican la noticia de la separación tocará afrontarlo de la mejor manera posible. Hay que tener cuidado, según Patricia Barato, porque sin querer podemos posicionarnos de un lado o de otro. Los padres ya tienen suficiente como para que nosotros tomemos un papel de mediadores.
Podemos sentir un montón de emociones, desde la tristeza hasta la rabia pasando por el enfado, la impulsividad… Es importante buscar personas de confianza, como de nuestra familia, con los que podemos hablar y desahogarnos. Además, es conveniente tener una relación equitativa con ellos y facilitar las cosas, no ponerlas más difíciles. Tener claro que no tiene nada que ver con nosotros y todo lo que tenga que ver con posicionarse, posiblemente complique más las cosas que ayudarlas.
¿Influye el divorcio de tus padres en tus relaciones futuras?
Cuando una pareja se divorcia y tiene hijos, es posible pensar que esta situación tan desagradable para ellos pueda tener un gran impacto en su forma de vida futura. ¿La manera en la que conciben sus relaciones puede ser diferente a la de hijos de parejas sin divorciarse? La psicóloga clínica lo tiene claro: no tiene por qué.
Por norma general, los hijos de padres separados son personas absolutamente sanas, emocionalmente hablando. Lo que sí que es cierto es que estas personas pueden tener cierta tendencia a normalizar la situación de separación un poco más que el resto de la gente que no lo ha vivido.
Los hijos de parejas divorciadas crecen con padres separados y pueden verlo como algo natural y como algo normal. Pero, ¿esto es malo? Lo cierto es que no, porque muchas veces el poder normalizar algo de este estilo nos hace que nos podamos adaptar mucho más fácil a todas estas situaciones.
En definitiva, que tus padres se hayan divorciado no tiene por qué influir negativamente en tus relaciones de amor. No tienes por qué pensar que, como has crecido en un ambiente diferente al resto, verás tus relaciones de pareja de forma distinta. Nada más lejos de la realidad, tú mism@ experimentarás tus propias aventuras amorosas, conocerás a tu pareja y vivirás una historia de amor que no tiene por qué ser la misma que la que han vivido tus padres.

1932: El día que el divorcio separó el Congreso

El 3 de febrero de 1932 comienza el debate del proyecto de ley sobre el divorcio en el Congreso de los Diputados. Se aprobó y publicó en la Gaceta el 2 de marzo.
Luis H. Rodríguez, 03 feb 2020 |
3 de febrero de 1932. “Esa ley del divorcio es para los librepensadores, no para los católicos, que no podrán acogerse a ella más que renegando del bautismo, para vivir y morir fuera de la Iglesia de Cristo”. De esta manera presentaba el ABC en su nº 9.059 (04-02-1932), la presentación e inicio del debate del proyecto de Ley del Divorcio el día anterior. La Cámara abordaba el desarrollo del art. 43 de la Constitución de la República aprobada en 1931, que señalaba que «el matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos, y podrá disolverse por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges».
Es un engendro verdaderamente ridículo”, dijo Santiago Guallar Poza (diputado por Acción Nacional) durante el pleno. El canónigo defendía la ascendencia religiosa del matrimonio – “La moral condena el divorcio… es un ataque a la Iglesia” – y que la nulidad era lo único plausible. Salió Cristo, también los apóstoles; todos fueron invitados por Guallar para defender la negación a esa propuesta: “Destruye la familia y la moral”.
La Cámara está bastante animada”, retrata el diario de sesiones. 
En la bancada de enfrente, se defiende el art. 43 de la Constitución: el pleno era para debatir la ley del divorcio, no para discutir el derecho constitucional que lo recoge. Se habla de Italia, que no dispone de la ley, como país retrasado frente al resto de Europa. También de Alemania y Francia, que ya disponen de las suyas propias.
El diputado Leizaola levanta las voces del Congreso, al comparar las consecuencias del divorcio con las del suicidio. El diputado Jaén ya está harto de la afrenta, cuando solo ha transcurrido mitad del debate: “No se siente [él mismo] con fuerzas, con salud ni aún con valor para hacer sentir la pesadumbre dado lo avanzado de la hora”. 
Aunque el debate se alargara hasta el día siguiente, 4 de febrero, finalmente el proyecto Ley del Divorcio se aprobó.
Las derechas “inadaptadas”
El debate, aún cerrado, fue tan arduo que la ley, en sí, se aprobó el 25 de febrero de ese año y se publicó en La Gaceta en 2 de marzo, casi 1 mes después del intercambio de ideas en el Congreso. 
La prensa de tendencia hacia la izquierda destacó la “inadaptación” de las derechas a avalar la Ley del divorcio, algo que no llegaron a reflejar los diputados.
A pesar del choque frontal, los diputados de la bancada izquierda del Hemiciclo entendían que “por imposición del hábito y de los prejuicios sociales cuesta a todos demasiado trabajo reconocer” e incluso que la ley, por sí misma, tampoco tenía porqué cambiar nada. Incluso C. Juarros, de la Derecha Liberal Republicana, que estaba a favor de la ley, reflejó que el mayor problema al que se enfrentaban era la sociedad: “El defecto básico del proyecto es estar escrito pensando en la sociedad actual únicamente. Se trata de un error importante, porque su renovación y reforma se impondrán inmediatamente”.
Aun así, la ley salió adelante y el 11 de marzo de 1932 La Gaceta publicó todos los preceptos. 
Entre ellos, las causas que podían alegar para divorciarse.
13 supuestos
En el art. 3 de la ley se recogen 13 supuestos que avalarían el divorcio. Fuera de ellos, a priori, no existiría opción de separarse, legalmente, de la pareja. Uno de los motivos sobre los que basaron la creación de esta ley era la necesidad de, en general, proteger a las mujeres que habían contraído matrimonio y permitirles una salida “honrosa” del mismo.
Esto se refleja, más claramente, entre los casos 1º y 7º. Los primeros recogen “el adulterio no consentido” y “la bigamia”; el 3º, “la tentativa del marido de prostituir a su mujer (…) o a sus hijas”; el 4º, “el desamparo de la familia”. El 5º y el 6º son concreciones del 4º: abandono culpable o ausencia del cónyuge. El 7º, por su parte, hacía referencia al intento de homicidio.
Pero el que más controversia trajo fue el punto 13: “La enajenación mental de uno de los cónyuges, cuando impida su convivencia espiritual en términos gravemente perjudiciales para la familia y que excluya toda presunción racional de que aquélla pueda restablecerse definitivamente. No podrá decretarse el divorcio en virtud de esta causa, si no queda asegurada la asistencia del enfermo”. La última frase, que asegura que no se abandone a la pareja enferma, fue añadida a partir del debate del proyecto de Ley, ya que en principio no se recogía.
Fuentes
Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados del 03-02-1932.
Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados del 04-02-1932.
Nº 9.059 (páginas 17, 23 y 24) del ABC del 4 de febrero de 1932, consultado a través de la hemeroteca del ABC.
Nº 71 del 11 de marzo de 1932 de La Gaceta de Madrid.
El 1º divorcio, Archivo Histórico Provincial de Cádiz.
Ley del divorcio de 1932: Presupuestos ideológicos y significación política, de Jesús Daza Martínez, Catedrático de Derecho Romano.

Palencia:Condenada por sustracción de menores

Condenada a 2 años de prisión por sustracción de su hijo menor en Palencia.
El fallo del Juzgado Penal considera que no entregó el niño al padre, su exmarido, a la salida del colegio, a pesar de tener la custodia compartida
Ricardo Sánchez Rico, Palencia, 4 feb 2020,
La titular del Juzgado de lo Penal de Palencia ha dictado una sentencia en la que condena a una mujer, Laura M. M., a una pena de 2 años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante el tiempo de 5 años por un delito de sustracción de menor, después de que el 15 de enero de 2018 no entregara a su hijo a Javier A. M., su exmarido y padre del niño (de 11 años, actualmente) cuando este acudió a recogerle al colegio. El fiscal solicitaba para ella una pena de 2 años y 3 meses de prisión, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad por tiempo de 5 años, mientras que la acusación particular elevaba a 4 años de cárcel su petición de condena, y solicitaba también la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad durante 10 años. La acusación particular pedía además otros 2 años de cárcel para la mujer por un presunto delito de inducción al menor a la desobediencia, además de la guarda y custodia del menor para el padre, pero el fallo (contra el que cabe recurso de apelación) absuelve a Laura M. M. de este delito y no se pronuncia sobre la guardia y custodia.
El 24 de febrero de 2015, se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Palencia, por la que, además de acordarse la disolución del matrimonio por divorcio del denunciante, Javier A. M. y la ahora condenada, se estableció un «sistema de guarda y custodia compartida respecto del hijo menor común, por lo que el menor estaría con cada progenitor por semanas alternas». 
La sentencia dictada el 4 de julio de 2014 por la Audiencia en recurso de apelación confirmó tal resolución judicial.
La sentencia de 28 de septiembre de 2015 dictada en el procedimiento de modificación de medidas definitivas de carácter contencioso seguido ante el Juzgado Nº 3 de Palencia acordó desestimar la demanda presentada por la acusada con confirmación de la sentencia de divorcio. Por sentencia de 29 de julio de 2016, se acordó estimar parcialmente la demanda presentada por la ahora acusada, dejándose sin efecto el régimen de guarda y custodia, otorgando a la madre la guarda y custodia de hijo menor.
La sentencia de 3 de mayo de 2017 dictada en el recurso de apelación por la Audiencia revocó tal sentencia, dejándola sin efecto, acordando «el mantenimiento del régimen de guarda y custodia del hijo común que hasta ahora ha venido rigiendo».
Laura M. M. no procedió a la entrega voluntaria del menor con el fin de cumplir el régimen de custodia compartida fijada judicialmente. Ante tal tesitura, Javier A. M., con fecha de 25 de septiembre de 2017, presentó demanda de ejecución que dio lugar al procedimiento de ejecución provisional seguido ante el Juzgado Nº 3 de Palencia, requiriendo a la ahora condenada a fin de que procediera a la inmediata entrega al padre del menor. El 29 de septiembre de 2017 se dictó orden general de ejecución, pero la mujer no procedió a la entrega del menor en el plazo estipulado, ni en fechas posteriores, interesando en ese procedimiento Javier A. M., llegado diciembre de 2017, que la guarda y custodia le fuere atribuida al padre.
Finalmente, el 10 de enero de 2018, Javier A. M. informó a su exmujer, a través de su abogado, de que la semana del 15 de enero de ese año sería él el encargado de llevar y recoger al menor, toda vez que la madre había estado en compañía del menor la primera semana del curso escolar. Así, el 15 de enero de 2018, Javier A. M. acudió al centro escolar del menor para recogerle, estando allí también la madre, que conocía las resoluciones judiciales indicadas y su obligación de entregar al menor, si bien el padre no pudo llevarse al menor.
«Todas estas resoluciones judiciales las conocía la acusada y, pese a ello, de manera consciente y voluntaria las desatiende, las obvia, las incumple y retiene al menor. No entrega al menor al padre para cumplir así el régimen de custodia compartida, como sabía que debía hacer. Ni siquiera lo hace el día 15 de enero de 2018 cuando está en el colegio, como también el padre para recoger al niño», señala la sentencia de la titular del Juzgado de lo Penal.
«Existen 5 sentencias que establecen un régimen de custodia compartida y existe una resolución de ejecución que obliga a la acusada a entregar al menor. Y no es el menor quien decide, ni es la madre quien decide si el menor debe ir o no con el padre, si debe ir gradualmente o progresivamente. A esa fecha 15 de enero de 2018 había diversos mandatos judiciales que obligaban a la acusada a entregar al menor y, sin embargo, lo retiene. Pudo y debió entregar al menor a su padre desde mayo de 2017, y pudo y debió entregar al menor a su padre el 15 de enero de 2018, como sabía que debía hacer, sin excusarse en que el menor no quería. Ni siquiera el día 15 de enero de 2018 la acusada habló con su hijo para decirle que tenía que ir con su padre. Pudo haber solicitado a la orientadora o cualquiera de las personas que estaban con él, verle, hablar con él para explicarle que tenía que ir con el padre y entregárselo así al padre. La acusada retuvo al menor incumplimiento gravemente el deber establecido en esas resoluciones», agrega el fallo.

Parejas LAT: ¿Es cierto que la convivencia mata el amor en la pareja?

Ni juntos, ni revueltos, pero sí enamorados
La fórmula «Living apart together» (LAT) es un fenómeno creciente en las parejas de 2ª, 3ª ó 4ª «vuelta».
Algunas parejas prefieren mantener una relación estable, pero sin convivir
Raquel Alcolea02 Feb 2020
Vivir juntos (en sintonía sentimental) pero no revueltos (en convivencia marital) parece ser una tendencia creciente en el ámbito de las relaciones de pareja. Es lo que se conoce como parejas LAT (acrónimo de «Living apart together», que significa precisamente eso, viviendo separados pero juntos) y se trata de un fenómeno que ha estudiado a través de la experiencia de sus pacientes la psicóloga Laura S. Moreno, experta en relaciones de pareja de Area Psicológica Mujer. Este tipo de parejas son las que, aunque mantienen una relación estable y con un cierto compromiso, han decidido de común acuerdo no vivir en el mismo domicilio.
La fórmula despierta intéres y en algunos casos incluso envidia, pero también un cierto recelo pues socialmente se cuestiona la solidez o el éxito de este tipo de parejas. Desmontamos algunos falsos mitos en torno a las llamadas «parejas LAT» continua ....... 
Resumen:
1.- esta opción de pareja LAT («Living Apart Together»), que es una alternativa a la convivencia. Lo que evita esta fórmula es el desgaste de la convivencia.
2.- la franja de edad en la que es más factible y hay más probabilidades de que ese tipo de pareja tenga éxito es a partir de los 45 años. 
El amor no tiene edad. Lo que no quieren volver a vivir es la experiencia de la convivencia.
3.- Unos sienten que «su casa» es «su casa» y no quieren convivir con nadie. A estas edades existe una filosofía o una manera de vivir la vida en pareja de otra manera, que no tiene que pasar necesariamente ni por la convivencia, ni por compartir gastos. 
4.- La clave del éxito para este tipo de parejas es que ambos tengan claro que no quieren convivir juntos.
5.- En definitiva, ser una pareja LAT es algo que tiene que conectar con la persona y con su momento vital, 
6.- Otras ventajas que refieren los que lo han probado es que conservan su privacidad, su forma de llevar la casa y su economía. Cada uno se paga lo suyo y se tiene la conciencia muy clara de lo que es de uno y de lo que es del otro.

Hijos secuestrados del amor

Más de 3.000 niños españoles han sido sustraídos por su madre o su padre en 9 años, casi 1 al día.
Cruz Morcillo, 16/12/2019
«La última vez que hablé con mi hijo fue hace 3 años, unos minutos por Skype. Me enteré de que jugaba al Minecraft en la play y le pedí que me agregara. "Hola cariño. ¿Sabes quién soy? Ya no te puedo coger en brazos", le dije aguantándome las lágrimas. Después la madre me volvió a bloquear en todo». Emiliano Medina lleva más de 8 años sin ver a su hijo Hugo, que está a punto de cumplir 15. En las vacaciones de 2011 su madre se lo llevó a Trujillo (Perú), su ciudad natal, pese a que un Juzgado de Colmenar Viejo le había otorgado la custodia definitiva a él un par de meses antes.
Hugo Medina es uno de los más de 3.000 niños españoles secuestrados por su madre o su padre y Emiliano otra víctima de un sistema ineficaz que parece diseñado para torturar a miles de progenitores. Lo que un día fue amor se ha convertido en su pesadilla diaria, en una ausencia de meses o años o definitiva. «Si no tienes dinero, es casi imposible recuperar a tu hijo», afirma Javier Somoza, presidente de la Asociación Nisde (Niños sin Derechos), un colectivo contra la sustracción parental que aglutina a padres, madres y abuelos de menores arrancados de su entorno por uno de los progenitores.
Esta semana todos han brindado y abrazado en la distancia a Alberto Encinas, uno de los suyos, que ha recuperado a su hija Oliva secuestrada por su madre en Polonia, al cabo de 8 años. 
«Se están cargando la infancia de muchos niños», insiste Alberto a ABC.
«Nuestros hijos están pasando por un cruel infierno psicológico y físico. La mayoría arrastran gravísimas secuelas de ese acto de egoísmo irracional. Algunos han sido internados por temporadas en orfanatos». Las palabras, aldabonazos, son de este colectivo que ha llamado a todas las puertas, incluido el Congreso de los Diputados, donde registraron en octubre del año pasado sus propuestas y análisis. Resultado: estrellarse contra un muro.
Los países que no cumplen la ley
Sus hijos están en Gran Bretaña, Alemania, Italia, Polonia, Eslovaquia, Hungría o Rusia (en este último país hay 157 niños españoles), entre otros países, y aunque muchos tienen sentencias españolas que les otorgan la custodia otros jueces de esos países no se someten a la jurisdicción española. «Las autoafirmaciones nacionales de cada país de destino de nuestros hijos echan por tierra cualquier convenio, tratado o acuerdo de colaboración en la defensa jurídica de los derechos de nuestros hijos», explican desde «Niños sin derechos».
«El Ministerio de Justicia debería tener una lista de los países incumplidores», explica Alberto Encinas, que ha peregrinado a Polonia una y otra vez hasta volver a abrazar a su hija. «Sin la Guardia Civil y un policía de allí que decidió hacerse cargo no lo habríamos conseguido».
Los progenitores se enfrentan a acostarse y levantarse sin poder dar un beso a sus hijos, sin verlos crecer, enfermar, actuar en el colegio o saber qué comen o qué amigos tienen. Un dolor insoportable. Y se enfrentan a un laberinto judicial, a una maraña de abogados y procesos internacionales, a traducciones, a notarios... a algunos desaprensivos. Casi todos han sido víctimas de alguna estafa de uno de esos participantes en el proceso. Las cifras que han gastado buscando justicia son mareantes. Emiliano lleva empleados 80.000 euros.
Javier asegura que tiene facturas de gastos de 200.000 (85.000 solo en traducciones y legalizaciones al ruso); Alberto más de 60.000.
Han hipotecado o vendido sus casas, sus coches, han empeñado ahorros de familiares y amigos. Y siempre hace falta más. Es el caso de Olga. Su exmarido se llevó a su hijo John de vacaciones a Torrevieja en 2018 y de ahí a Estados Unidos. Ha gastado 300.000 euros en el proceso de restitución. El próximo día 20 su ex tiene que devolverle al niño, pero ella no puede pisar suelo norteamericano porque podrían detenerla tras la denuncia que él interpuso. Irán a buscarlo su madre y su hermana. Otros 6.000 euros que está reuniendo a marchas forzadas.
Según datos del Centro Nacional de Desaparecidos, dependiente de Interior solo el año pasado fueron secuestrados por uno de sus padres 320 niños. En los últimos 9 años 2.731. En más del 65 % de los casos es la madre la que se lo lleva. Las víctimas (el otro progenitor) señalan con el dedo la ineficacia de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional, del Ministerio de Justicia, la autoridad central para los convenios y tratados. Según «Niños sin derechos», actúan como «una especie de empresa de mensajería, más cara y más lenta».
«Llevamos años haciéndoles requerimientos. Sin un claro mandato suyo ni Interior ni Exteriores pueden hacer nada por recuperar a nuestros hijos», explica Javier Somoza. Él ha sufrido el escarnio que denuncia. Su expareja se llevó a su hijo Miguel a Rusia cuando tenía unos meses en 2012. Ha viajado más de 30 veces para ver a su niño unas horas. La última vez que lo logró fue el 6 de septiembre de 2016 durante 3 horas.
«Siento su vacío cada día. Le estoy fallando»
A Emiliano Medina un juzgado peruano le dio la razón en 2012. Viajó a Trujillo y el juez le autorizó ver a su hijo, pero la madre se lo llevó en brazos de la Sala sin que pudiera acercarse a Hugo. «Me puse de rodillas ante el juez, supliqué, lloré... pero mi niño ya no estaba». Su expareja recurrió y nunca más la Justicia peruana se ha pronunciado a su favor.
Emiliano preside ACSIM (Asociación contra el Secuestro Internacional de Menores) y ayuda a otros padres a traer de vuelta a casa a sus pequeños. «Siento su vacío cada día. Siento que estoy fallando a Hugo».
Nota: En Europa existe el Convenio de La Haya o el Tratado de Bruselas II, para estos casos. A nivel internacional, los distintos países pueden o no firmar dichos tratados de cooperación.Como ejemplo, hace unos años lo firmó Japón por la problemática existente en los divorcio mixtos entre personas de distintas nacionalidades.