jueves, 18 de septiembre de 2025

Programa mi Iª vivienda de Madrid para personas de 40 a 50 años

mujerymadrehoy,17 Sept 2025 
La Comunidad de Madrid ha anunciado que va a ampliar el programa Mi Primera Vivienda de Madrid para las personas de 40 a 50 años. A través de este programa se facilita que facilita el acceso a una hipoteca a quienes compran su 1ª hogar y no tienen ahorros suficientes para para cubrir el 20% del valor de la vivienda que suelen pedir los bancos.
Es decir se facilita el acceso a una hipoteca cuando la financiación pueda ser superior al 80 % del valor del inmueble porque la Comunidad de Madrid concede el aval,

Con los cambios, a través el programa Mi Iª Vivienda Los menores de 40 años podrán optar a hipotecas de hasta el 100% del valor del inmueble
Las personas 40 y los 45 podrán optar a hipotecas de hasta el 95% del valor del inmueble
Las personas de 45 a 50 años podrán optar a hipotecas de hasta el 90% del valor del inmueble.
Además, según anunciado el consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se van a incluir en el programa las construcciones de obra nueva entre las opciones financiables.

El programa Mi Iª Vivienda de Madrid se puso en marcha en otoño de 2022, mediante un convenio de adhesión con 2 entidades bancarias (actualmente ya colaboran 8) para que los menores de 35 años pudieran firmar una hipoteca aunque no tuvieran dinero para cubrir el 20% del valor de la vivienda que piden los bancos.

Inicialmente, formaba parte la Estrategia de Protección a la Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2022/26 de la Comunidad de Madrid.
En julio de 2024 se amplió hasta los 40 años y a las familias numerosas, las familias monoparentales y los padres recientes sin restricciones de edad  y ahora se extenderá a las personas de 40 a 50 años para aumentar la protección a las familias.

Estos nuevos incentivos del Plan Mi Iª Vivienda forman parte del Plan de Choque 2026/27, formado por 15 medidas, entre las que destacan una nueva Ley del Suelo y el incremento tanto de la edificabilidad como de la densidad en las parcelas destinadas a inmuebles protegidos;

Para poder beneficiarse del programa hay que acreditar:
a.-  la residencia legal en la Comunidad de Madrid, de manera continuada e
       ininterrumpida, durante los 2 años previos a la petición de la hipoteca, 
b.- no ser propietario de ningún inmueble en España y 
c.- que el coste la vivienda no supere un valor determinado. 

miércoles, 17 de septiembre de 2025

La Manipulacion Narcisista en los procesos de Divorcio

El Dr. Carlos Cuadrado Gómez‑Serranillos explica la manipulación narcisista en custodias y divorcios.
Redacción, 16 septiembre 2025.
En España, los procesos de divorcio y custodia llevan años multiplicándose y haciéndose más complejos. Entre los factores que más dificultan la labor de jueces y psicólogos forenses está el narcisismo, un rasgo de personalidad que convierte el conflicto familiar en un auténtico escenario de manipulación. 
Las estadísticas demuestran que las parejas que presentan rasgos de la denominada triada oscura (narcisismo, maquiavelismo y psicopatía) son proclives a mentir y utilizar a sus hijos para atacar al otro progenitor; en un estudio con más de 1 300 padres divorciados, los autores comprobaron que quienes estaban dispuestos a mentir en procesos de custodia obtenían puntuaciones significativamente más altas en dichas dimensiones, y que el alto narcisismo se relaciona con conflictos sobre el régimen de visitas y la custodia de los hijos tras el divorcio.

Frente a esta realidad, el Dr. Carlos Cuadrado Gómez‑Serranillos se ha consolidado como el mejor perfilador forense de nuestro país en casos de parejas narcisistas y violencia psicológica. 
A su lado trabaja la psicóloga forense Polina Poloziuk, especialista en análisis de personalidad y dinámica familiar. Juntos forman un equipo capaz de desenmascarar las estrategias de manipulación que se desarrollan en los juzgados de familia.

Narcisismo y divorcios: cuando la custodia se vuelve un trofeo
Los abogados especializados en familia advierten que los pleitos de custodia se vuelven “tóxicos” cuando uno de los progenitores muestra rasgos narcisistas. Los padres narcisistas utilizan la custodia como una extensión de su necesidad de control y pueden llegar a ver a sus hijos como un “premio” en lugar de una responsabilidad. En sus estrategias suelen aparecer comportamientos como el gaslighting, las acusaciones falsas y la alienación parental, así como el uso de litigios interminables y retrasos procesales para desgastar al otro progenitor. Estas tácticas no solo asfixian al adulto que se enfrenta al narcisista, sino que convierten al menor en una pieza de un ajedrez que busca castigar y humillar al otro.

La psicóloga forense Polina Poloziuk explica que los narcisistas poseen la habilidad de modular su discurso para aparecer como víctimas, ocultando el daño que ocasionan. “En los informes periciales observamos patrones repetitivos: denuncias instrumentales sin base real, obstáculos deliberados al régimen de visitas, descalificación constante del otro progenitor y victimización pública”, apunta la especialista. Las descripciones coinciden con lo que recogía el portal Psicología Legal y Forense: los narcisistas muestran elevados niveles de conflictividad interpersonal, mantienen un control férreo sobre sus parejas y sus hijos y son expertos en generar culpabilidad en los niños, hasta el punto de provocar conflictos de lealtades y enfrentamientos entre padres e hijos.

La relación entre manipulación parental y narcisismo también se ha confirmado en estudios académicos. La investigación de la Universidad de La Coruña sobre la triada oscura subraya que los rasgos narcisistas y maquiavélicos predicen la disposición a utilizar a los hijos como arma judicial y que estos rasgos están correlacionados con la tendencia a emitir afirmaciones falsas en un proceso de custodia. Además, la literatura sobre alienación parental indica que los padres narcisistas pueden inducir a sus hijos a creer que el otro progenitor es dañino, generando campañas de denigración y falsas acusaciones.

La importancia del informe pericial: imparcialidad y rigor
Ante comportamientos tan sutiles y complejos, la figura del perito forense es clave. Tal y como recuerda el doctor Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos, “sin un peritaje sólido, el juez puede quedar atrapado en la narrativa del narcisista y dictar resoluciones injustas”. Un informe de custodia profesional debe evaluar la idoneidad de los progenitores, analizar las dinámicas familiares y el estado emocional de los menores de forma objetiva y ofrecer al juez una valoración integral que priorice el bienestar del niño. La imparcialidad no significa falta de criterio: un buen peritaje privado utiliza instrumentos psicológicos válidos, recoge información de múltiples fuentes y aplica un razonamiento transparente.

El auge de las parejas narcisistas en los tribunales exige un cambio de paradigma en la justicia y en la sociedad. Casos donde la manipulación emocional y jurídica se normaliza son una amenaza para el desarrollo sano de los hijos y para la credibilidad de las instituciones. El trabajo de perfiladores forenses como el Dr. Carlos Cuadrado Gómez‑Serranillos y Polina Poloziuk —referentes en la materia— demuestra que es posible identificar y frenar estas estrategias con profesionalidad, rigor y humanidad. Actualmente, el equipo formado por el Dr. Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos y la psicóloga forense Polina Poloziuk trabaja en Canarias en un caso mediático de alto impacto relacionado precisamente con estas dinámicas narcisistas en procesos de divorcio y custodia. La repercusión pública del asunto ha puesto en evidencia cómo la manipulación emocional puede extenderse más allá del ámbito privado, alcanzando a la opinión pública y generando un debate social y jurídico sobre la necesidad de nuevas herramientas forenses y judiciales para proteger a los menores y garantizar resoluciones justas.

Ni el silencio ni la falta de contacto son excusa para no pagar la pensión de alimentos

.... la Justicia rechaza que un padre deje de abonarla pese a tener 50 mensajes en visto de su hija.
La reconstrucción cronológica revela que, a pesar de la ruptura del contacto desde diciembre de 2021 y la absoluta ausencia de comunicación presencial, la falta de relación no puede imputarse solo a la progenitora
Noelia Tabanera, 16 Sept 2025 
La cuantía varía según ingresos, necesidades del menor y otros factores. 
El juez decide basándose en criterios de proporcionalidad.
El 21 de septiembre de 2022, Jose Miguel recibió el último mensaje de su hija, Belen. Desde entonces no ha habido una palabra, una llamada o un simple texto entre padre e hija. Él, convencido de que la juventud debería ser tiempo de puertas abiertas, insistió durante meses: 51 mensajes sin respuesta. El silencio, finalmente, se convirtió en rutina. Mientras tanto, la transferencia bancaria de cada mes seguía llegando puntual: los 400 € que el padre debía abonar en concepto de pensión de alimentos para una hija que ya rebasó la mayoría de edad y que, en sus palabras, lo mantiene alejado de su vida.

La ruptura no fue instantánea, pero sí irreversible. Jose Miguel, tras años de intentos fallidos y viendo que su hija no quería mantener relación con él, recurrió a los tribunales para solicitar el cese definitivo de la pensión alimenticia
Amparado en la distancia emocional y en dudas sobre el verdadero aprovechamiento académico y laboral de la joven, pidió que el pago se extinguiera y que, además, si el tribunal le daba la razón, se hiciera efectivo con carácter retroactivo a la fecha de la demanda. Su argumento principal: la ley permite cesar la obligación cuando quien la recibe corta por completo el vínculo familiar y además carece de interés real en sus estudios o en formarse profesionalmente.

La A. P. de Gipuzkoa, sin embargo, ha confirmado la desestimación de esta demanda. El tribunal subraya que ni el silencio ni la falta de contacto pueden usarse como castigo para dejar a una hija sin protección económica. 
Más aún cuando la joven carga sobre sus hombros las secuelas psíquicas de un largo, traumático y judicializado proceso de divorcio.

Se divorciaron cuando la hija tenía 13 años
Durante años, la vida de Belen se vio atravesada por la disputa de sus padres y la inestabilidad provocada por su separación. Cuando su padre abandonó el domicilio familiar en enero de 2019, ella tenía solo 13 años. En ese tiempo soportó procedimientos judiciales sucesivos, tuvo que afrontar la exploración por parte de equipos psicosociales y experimentó, según informes periciales y médicos, un ánimo decaído que los profesionales vinculaban directamente con el entorno familiar. 
El impacto emocional escaló durante la adolescencia y finalmente llevó a Belen a buscar ayuda psicológica por sí misma, iniciando terapia en septiembre de 2023.

La reconstrucción cronológica revela que, a pesar de la ruptura del contacto desde diciembre de 2021 y la absoluta ausencia de comunicación presencial, la falta de relación no puede imputarse solo a la hija. El tribunal toma en cuenta no solo el relato de Belen y la incomodidad y tensión expresadas en sede judicial, sino también los informes psicológicos que mencionan tristeza, estrés y resentimiento derivados de la situación. El camino a la desconexión fue erosionado por conflictos judiciales y una adolescencia marcada por la confusión y la crispación dentro del hogar.

El expediente académico, a examen por el tribunal-
El tribunal repasa, además, el expediente académico: desde el bachillerato superado sin repeticiones hasta la matrícula y posterior abandono de un grado superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos, pasando por la inscripción nueva en Educación Infantil. La asistencia al 1º módulo alcanzó el 85%; la renuncia se justificó por un desajuste de expectativas y gusto personal. El abandono de ese itinerario concreto de formación—con apenas 19 años—no equivale, según precisa la sentencia, a una conducta negligente ni a una negativa a continuar formándose. Belen se encuentra en la actualidad matriculada en un grado de Educación Infantil online y se prepara para obtener el título oficial a través de pruebas libres.

El recorrido judicial ha estado marcado por la insistencia paterna en extinguir la pensión a raíz de la desaparición del vínculo afectivo, postulando que la falta de agradecimiento o respuesta debía tener consecuencias económicas. 
La petición fue desestimada en diciembre de 2024 por el Juzgado de Primera Instancia de Irún y, tras el recurso, ha sido confirmada por la A. P. de Gipuzkoa. 
La Sala impone las costas al padre y recuerda la doctrina: la mera ruptura del vínculo, sin que pueda atribuirse exclusivamente a la hija ni acreditarse desidia en su proyecto vital, no justifica suspender la pensión.

A partir de la notificación de la sentencia, aún cabe recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, para lo cual el recurrente dispone de veinte días hábiles.
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