sábado, 14 de julio de 2018

De Amancio Ortega a las Koplowitz: los divorcios más caros de la historia

SE NOS ROMPIÓ EL AMOR
Casarse puede llegar a ser muy caro, pero romper el matrimonio se puede convertir en una pesadilla económica. Repasamos algunos que han hecho historia
J. D. 13/07/2018
Los detalles del divorcio que acabó con la historia de amor entre Astrid Gil-Casares y Rafael del Pino, presidente de Ferrovial y la 3ª fortuna de España con 3.400 millones de euros según la lista Forbes 2018, han salido ahora a la luz. Mientras duró el proceso, ambos presentaron recursos al no estar de acuerdo con los dictámenes preliminares.
Astrid Gil-Casares tras la sentencia: "Si no trabajo en finanzas, es porque mi ex me vetó"
En la resolución de la A.P. de Madrid, que dirime su divorcio, se fijan unas cantidades relativas a la manutención de sus hijas, aún menores, de 7.000 euros y una pensión compensatoria de 75.000 euros. Muchas han sido las voces que han señalado este como uno de los divorcios más caros de la historia, pero si hacemos memoria, veremos que los ha habido más abultados.
Amancio Ortega, Rupert Murdoch, Bernie Ecclestone, Alicia Koplowitz… 
Todos ellos saben lo que duele el amor, sobre todo lo que duele cuando se acaba, y en el caso que nos ocupa, lo que le duele al bolsillo. Casarse es un negocio: el lugar, el banquete, el detalle, el vestido, la luna de miel… Los números en torno al lucrativo negocio de las bodas es abultado. Pero puede llegar a palidecer cuando lo comparamos con el dinero que puede llegar a mover un divorcio.
Cuando en el año 2014, el magnate ruso Dmitry Rybolovlev y su esposa Elena decidieron poner punto final a su relación, los (otrora) tortolitos protagonizaron el divorcio más caro de la historia. Tras varios meses de batallas judiciales en Suiza, la pareja llegó a un acuerdo que obligó al empresario a pagar a su esposa 4.800 millones de dólares (4.200 millones de euros). Solo unos meses después, otro divorcio sacudió la City de Londres. El financiero Chris Hohn, fundador del exitoso Hedge Fund The Children Investment Fund (TCI), acabó la relación con su esposa, a la que tuvo que pagar 530 millones de libras, el 36% de su fortuna.
Dos de los casos más sangrantes los protagonizaron el empresario Rupert Murdoch y el magnate de la Fórmula 1, Bernie Ecclestone. Al 1º separarse de la que fue su mujer durante 31 años, María Torv, le costó 1.455 millones de euros. El 'roto' no logró, sin embargo, que el australiano nacionalizado estadounidense dejara de creer en el amor; de hecho, no habían pasado más de 17 días desde que firmaran el divorcio cuando se volvió a casar con Wendi Deng. Por su parte, a Bernie terminar con la modelo croata Slavica Radic en 2009 le costó 1.020 millones de euros.
Divorcio a la española
También en España se rompe el amor, no sabemos si de tanto usarlo (como rezaba la canción de la gran Jurado) o de todo lo contrario. Uno de los más sonados ha sido sin duda el del hombre que siempre está en el top 10 de la lista Forbes de caballeros (muy) poderosos: Amancio Ortega. El creador de uno de los imperios textiles más importantes del mundo se divorció de Rosalía Mera, lo que automáticamente la convirtió en la mujer más rica de España al generarle una fortuna de 1.500 millones de euros. Además, también se hizo con un 7% del imperio Inditex.
Años después, en 2014, su hija Marta protagonizaba su propia ruptura con muchos ceros. Aunque no llegó a trascender, se hablaba de una sustanciosa cifra para el jinete (y ex de la heredera) Sergio Álvarez, que podría reportarle unos 400.000 euros anuales por guardar silencio sobre el clan.
Sin movernos de nuestra piel de toro, otros nombres que se han visto implicados en separaciones con mucha matemática por medio han sido la de Luis Miguel Rodríguez y Asunción Fernández. Al actual novio de Ágatha Ruiz de la Prada volar libre de nuevo le costó el 49,85% del accionariado de Desgüaces La Torre, una empresa que genera unos 100 millones de euros al año y que actualmente esta viviendo su peor momento económico, como contamos en El Confidencial.
Las hermanas Koplowitz, Alicia y Esther, vivieron un divorcio (casi) sincronizado de los Albertos, o sea, Cortina y Alcocer. Con muy poco margen pasaron del 'Felices los 4' al 'Olvídame y pega la vuelta'. Las empresarias que figuran como 2 de las mujeres más ricas de España vieron mermada su fortuna con el mordisco que cada uno de sus maridos se llevó y que se estimaba en unos 20.000 millones de las antiguas pesetas. No se vuelvan locos con los cálculos mentales: hablamos de unos 12 millones de euros.
Divorcios de cine
En el mundo del 7º arte se mueven grandes sumas. No hay más que leer de vez en cuando los sueldos de las estrellas de Hollywood para palidecer. Esas cantidades también se traducen en cuentas que se resquebrajan cuando el núcleo familiar se rompe. Incluso cuando se tomaron medidas previas.
Antonio Banderas y Melanie Griffith se casaron en régimen de separación de bienes, en 2004 firmaron un contrato de régimen de gananciales. Eso dificultó el momento de hacer cuentas cuando llegó la gran crisis, la sentimental. En su momento se dijo que Melanie intentó arañar 35 millones de euros al protagonista de 'El Zorro', pero finalmente el acuerdo se zanjó con una pensión mensual de 60.000 euros, una casa en Colorado y 1 cuadro de Picasso.
En este listado de divorcios 'made in Hollywood' encontramos algunos que merecen alfombra roja, como los 85 millones de euros que Spielberg pagó a su mujer, Amy Irving; los 72 que desembolsó Harrison Ford a Melissa Mathison o los 342 que tuvo que abonar Mel Gibson a Robyn Moore, su mujer durante 26 años y madre de los 7 hijos que el actor de 'Braveheart' y su ex tienen en común.
Batiendo récords
Y si el cine ha dado una gran recaudación, el mundo del deporte tampoco se queda atrás, sobre todo cuando hablamos de estrellas de la NBA o del mundo del golf. En el top 5 de los deportistas que más dinero tuvieron que pagar a sus respectivas parejas están Michael Jordan (143 millones de euros), Tiger Woods (94), Dwayne Wade (4 millones y una pensión de 300.000 anuales), Lance Armstrong (11 millones por 5 años de matrimonio) y Shaquille O'Neal. 20.000 dólares mensuales de pensión para su mujer que acabó harta de sus infidelidades.

9 frases que nunca debes decirle a tu hijo mientras te divorcias

Joanna Mozo, Fhatherly. Traducción: LNN, 13 julio 2018
Todos decimos cosas que lamentamos de vez en cuando, pero no hay un momento más crucial para que los padres se preocupen por lo que dicen que durante un divorcio. Esas cosas dichas pueden dañar a los niños y a las personas que los rodean.
Entonces, si te sientes frustrado, harto o listo para explotar, respira profundo, cuenta hasta diez y, sobre todo, muerde tu lengua porque hay cosas que nunca debes decir. 
Aquí, algunos expertos ofrecen algunos ejemplos específicos de declaraciones que nunca hay que decirles a los niños durante un divorcio.
1.- Tu padre/madre es un inútil
Decir cualquier cosa mala acerca de su cónyuge, pone a los niños justo en el medio. ‘Los niños son la mitad de cada padre’, dice la Doctora Nancy Mramor, psicóloga de salud, medios de comunicación y educación infantil, y ex formadora de padres en el programa de Divorcio Educativo de Pittsburgh:
Entonces, cuando se reprendía a los padres, el niño también se sentía reprendido. Pueden ponerse a la defensiva y proteger al cónyuge criticado, dañando la relación con el padre crítico”.
2.- Estaré solo hasta que vuelvas.
Al decir algo como esto, puedes pensar que simplemente están dejando que tus hijos los extrañen mientras están con su ex. Sin embargo, lo que en realidad están haciendo es hacerles sentir como si su felicidad fuera de alguna manera un problema, lo que puede generar estrés y preocupación innecesarios en tus hijos.
Nunca críe a sus hijos como padres haciéndolos sentir responsables de su felicidad”.
Dice Benjamin Valencia II, socio y especialista certificado en derecho familiar con Meyer, Olson, Lowy y Meyers. ‘Debería ser de otra manera. Los niños no deberían tener que preocuparse por la infelicidad de sus padres’.
3.- Tengo que llevar a tu padre/madre a juicio para obtener más dineroCompartir problemas financieros con sus hijos es algo fuera de lugar y les pone un peso sobre los hombros que no sólo no están equipados para llevar, sino que, en 1º lugar, nunca deberían tenerlos. ‘Está bien decir que las cosas han cambiado desde el divorcio y que el gasto en ciertas cosas ya no es posible’, dice Mramor, ‘pero no los agobien con cuestiones de adultos relacionadas con las finanzas. Déjalos disfrutar de su infancia’.
4.- Papá quería que permaneciéramos juntos como familia, pero mamá no quería
Esta es otra forma de poner a los niños en la posición de tener que elegir entre uno de los padres, incluso si es inconscientemente.
‘Culpar al otro padre sólo sirve para aumentar la confusión y la tristeza del niño’, dice Nadine Carey, psicoterapeuta registrada y entrenadora de padres. ‘Envía un mensaje de que deberían elegir entre padres porque, después de todo, uno de los padres tiene la culpa’.
5.- Los hombres son tramposos o las mujeres son mentirosas
Estas frases, u otras variaciones de ellas, tienen el potencial de causar no sólo un daño inmediato, sino que sientan las bases para futuros daños ya que pueden hacer que los niños formen imágenes negativas sobre el otro género. Mramor dice:
Los niños te están mirando y escuchándote, y no quieres que repitan el mismo patrón en sus relaciones futuras”.
6.- Si no fueras tan difícil, no nos divorciaríamos
Cuando ocurre un divorcio, los niños automáticamente se culpan a sí mismos de todos modos, y frases como esta sólo les confirman que sus sentimientos son correctos.
‘Es responsabilidad de los padres manejar el estrés y los desacuerdos entre ellos, no los del niño’, dice Ofra Obejas, una psicoterapeuta para niños, adolescentes y familias en Redondo Beach, California:
Estas afirmaciones hacen que el niño sienta que si el fuera de alguna manera mejor, los padres no tendrían tantos problemas que llevaran al divorcio”.
7.- Eres como tu madre o padre
Piense en el mensaje que esto le está enviando a su hijo. Obviamente ya no quiere estar con su pareja, por lo que si le dice a su hijo que de alguna manera son como ellos, ¿qué los hará pensar?
‘Declaraciones como esta hacen que el niño pregunte si corre el riesgo de perder tu amor’, dice Craig S. Pedersen, socio de Meyer, Olson, Lowy y Meyers:
Y puede hacer que el niño se pregunte si puede permanecer fiel a ambos padres”.
8.- Ve a tu habitación si vas a llorar
Puede doler saber la angustia que está causando su divorcio a su hijo, y puede ser aún más doloroso ver que expresen ese dolor en frente de ud. Pero, por difícil que sea, tienes que dejar que expresen esos sentimientos y, bajo ninguna circunstancia, debe ser suprimido:
El divorcio da miedo a los niños, especialmente cuando no tienen la edad suficiente para expresar sus emociones con la misma precisión que los adultos”.
Dice el especialista en recuperación de duelos, Shelby Forsythia. ‘Al decir esto, les muestra a sus hijos que no quieren ver sus sentimientos ‘negativos’ o ‘malos’ y, como resultado, les ocultarán sus emociones’.
9.- Eres el ‘hombre/mujer de la casa’ ahoraEl pensamiento detrás de esta frase podría ser que estás inculcando en el niño un sentido de responsabilidad, pero en realidad simplemente estás cargando con la idea de que de alguna manera tienen que asumir un rol ‘adulto’ en el hogar.
Especialmente con los niños más pequeños, las declaraciones como estas tienden a tomarse literalmente”.
Dice Carole Brody Fleet, autora de Cuando las cosas malas suceden a las mujeres buenas. ‘Ningún niño, independientemente de su edad, debe sentirse como si necesitara asumir funciones o responsabilidades adultas’.


España: El negocio del divorcio para las mujeres

Divorcio en desventaja para las mujeres kenianas.
Fracasa el intento de cambiar la ley en el país africano para que el reparto patrimonial sea igualitario y no obvie las aportaciones no monetarias de ellas.
DOMINIC KIRUI, 13 JUL 2018
Las divorciadas kenianas seguirán en desventaja en lo que respecta a los bienes gananciales. El Tribunal Supremo del país africano ha desestimado una petición que reclamaba que, en caso de que una pareja ponga fin a su matrimonio, sus propiedades se repartan a partes iguales.
Cuando la Federación de Mujeres Abogadas de Kenia presentó la petición en septiembre de 2016, su objetivo era la derogación de la sección VIIª de la Ley de Régimen Económico Matrimonial. Esta norma dicta que, en caso de divorcio, las propiedades de la pareja se reparten de acuerdo con la contribución que haya hecho cada uno mientras duró el matrimonio. Las abogadas afirman que la ley contradice un artículo de la Constitución keniana, según el cual "ambos cónyuges tienen los mismos derechos en el momento de contraer matrimonio, mientras dure este y en caso de su disolución".
Sin embargo, el Tribunal Supremo replicó que el reparto al 50% que proponían las juristas daría lugar a posibles fraudes, al abrir la puerta a que la gente contrajese matrimonios de corta duración con el único objetivo de hacerse con la mitad de las propiedades del otro cónyuge. En consecuencia, el 14 de mayo el tribunal falló en contra de la petición.

La Federación de Mujeres Abogadas afirma que recurrirá la decisión.
El mismo día de la sentencia, Josephine Mong'are, presidenta de la asociación, declaró que en su organización existe un gran temor a que el país retroceda de golpe a la época en la que las mujeres recibían un trato injusto sobre los bienes ganaciales. "Tal como está formulada actualmente, la Ley de Régimen Económico Matrimonial tiene sus limitaciones y en Kenia cada año sigue habiendo millones de mujeres que se ven obligadas a luchar por conservar sus propiedades tras el divorcio o la muerte de su esposo. Debemos salvaguardar los avances en favor de la mujer de la actual Constitución".
La secciónVIIª es una enmienda añadida a la Ley de Régimen Económico Matrimonial cuando esta se aprobó en 2013. En origen, la legislación garantizaba a las mujeres que, en caso de divorcio, los bienes se dividirían a partes iguales. La versión enmendada cambió el reparto de manera que correspondiese a la contribución de cada cónyuge, pero también hizo recaer la carga de la prueba sobre el hombre. En vez de ser la mujer la que tiene que demostrar que tiene derecho a un reparto igualitario, como establecía la normativa anterior a la ley actual, ahora es el hombre quien debe probar que le corresponde más de la mitad de las propiedades.
"La mayoría de las mujeres que se ven envueltas en [un litigio por la tierra] ni siquiera tiene la capacidad de presentar una demanda. Casi siempre se limitan a renunciar, aliviadas porque su matrimonio haya terminado, y lo único que quieren es seguir con su vida".
Pero los defensores de los derechos de las mujeres denuncian que el sistema actual perjudica gravemente a las mujeres kenianas, que ya se encuentran en importante desventaja con respecto a los hombres en lo que a propiedades se refiere. 
En los casos de litigio por la titularidad de un bien, los hombres suelen disponer de más recursos para respaldar su demanda de que son acreedores de todos o la mayor parte de los bienes. Por lo general, las mujeres no tienen tiempo ni dinero para luchar por sus derechos sobre las propiedades en un tribunal o, sencillamente, no saben cómo hacerlo.
Calcular la contribución de la mujer
Con la legislación actual, las mujeres tenemos difícil explicar lo que hicimos durante el matrimonio para demostrar lo que aportamos.
En Kenia, un país en el que más del 60% de la población depende total o parcialmente de la agricultura para vivir, las mujeres representan el 80% de la mano de obra. Sin embargo, solamente el 1% de las propiedades registradas está a su nombre y alrededor del 6% al suyo y al de su marido.
Cuando pronunció su veredicto, el juez John Mativo señaló que la Ley de Régimen Económico Matrimonial establece compensaciones por la contribución no monetaria a la unidad familiar y que, por tanto, legalmente el reparto de las tierras y las propiedades de una pareja tiene en cuenta el trabajo no remunerado de la mujer, como el cuidado de la casa, la gestación y la crianza de los hijos, y el trabajo agrícola.
Sin embargo, los defensores de la petición de la Federación de Mujeres Abogadas denuncian que, normalmente, es difícil que las mujeres puedan cuantificar esa contribución, y que la mayoría nunca recibe una compensación adecuada por el trabajo no remunerado que han realizado a lo largo de su matrimonio.
"En la cultura keniana en particular, las mujeres siempre son las encargadas de los cuidados y las tareas domésticas no retribuidas, mientras que los maridos trabajan y adquieren propiedades", explica Evans Lagat, abogado del Tribunal Supremo del país africano.
"En caso de divorcio o conflicto, corresponde a la mujer demostrar cuánto ha trabajado y contribuido, de manera que el tribunal pueda concederle una compensación financiera o del tipo que el juez decida".
Sin posibilidad de defenderse
Jane (nombre ficticio) contrajo matrimonio hace 11 años. Entonces trabajaba en un banco en Nairobi. Al quedarse embarazada, dejó su empleo para cuidar al bebé. Cuando llegó el 2º hijo de la pareja volvió a quedarse en casa, dependiendo totalmente de su marido para el mantenimiento de la familia mientras ella se dedicaba al cuidado de los niños y a las tareas domésticas.
Durante el embarazo de su 3º hijo, su marido empezó a maltratarla. "Llegaba a casa borracho y me pegaba sin ningún motivo. Muchas veces venía con una mujer y se acostaba con ella en nuestro dormitorio mientras yo dormía en el de los niños", recuerda.
Jane se fue de casa y su marido empezó los trámites legales para el divorcio. "Firmé el documento inmediatamente", cuenta. Luego su cuñada le dijo que tenía derecho a exigir su parte de los bienes matrimoniales. En 2015 recurrió a los tribunales con la esperanza de conseguir al menos una de las viviendas que su marido había comprado mientras estuvieron casados. El tribunal, sin embargo, solamente le concedió 50.000 chelines kenianos (420 dólares). Sin tierra ni propiedades, Jane se quedó sin sitio donde vivir con sus hijos.
Entonces se mudó a casa de su hermana y empezó a vender pescado. Más adelante se trasladó a una casa alquilada, una pequeña vivienda de chapa metálica en los suburbios de Mathare. Durante el divorcio, su marido aceptó contribuir al mantenimiento de los hijos, pero Jane dice que ya no le paga la pensión alimenticia. "No puedo llevarlo a juicio porque me ha advertido muchas veces que tiene buenos contactos y no me conviene causarle problemas", lamenta.
Tras más de una década de matrimonio, Jane se encuentra sin casa y con grandes dificultades para ganar lo necesario para sostener a su familia. Si la ley no cambia, no tiene posibilidades de defenderse. "Con la legislación keniana actual, las mujeres como yo tenemos difícil explicar lo que hicimos durante el matrimonio para demostrar lo que aportamos", denuncia. "Espero que algún día se escuchen nuestras quejas y se nos garantice un trato igualitario".

Custodia compartida y uso de la vivienda familiar

Iustel,10/07/2018
Uso alterno de la vivienda por períodos semanales, ¿hasta la liquidación de la sociedad de gananciales o hasta que el hijo alcance la mayoría de edad?
En el supuesto de autos, en la vivienda familiar -de carácter ganancial- residen los 3 hijos bajo la custodia compartida de sus progenitores, por semanas alternas.
La sentencia de primera instancia acordó atribuir el uso de la vivienda a los menores hasta que el más pequeño alcanzara la mayoría de edad. La Audiencia Provincial, por su parte, estimando el recurso del marido, fijó el tiempo de duración del uso de la vivienda hasta el momento de liquidación de la sociedad de gananciales.
La recurrente pide que se revoque la sentencia argumentando que cuando el Tribunal Supremo ha limitado el uso de la vivienda familiar hasta la liquidación de los gananciales lo ha hecho en supuestos en los que se atribuía el uso en exclusiva a uno de los progenitores, siendo así que en este caso el uso de la vivienda se ha adjudicado a los hijos.
El Tribunal Supremo confirma el parecer de la Audiencia: en casación solo puede valorarse si el tribunal ha ponderado el interés más necesitado de protección, el de los menores, y la mejor forma de organizar la custodia compartida establecida en su interés, conforme a lo dispuesto en el art. 96 del Código civil. Y en este caso la Audiencia lo ha hecho, al tomar en consideración las tensiones que pueden producirse en perjuicio de los hijos con la excesiva prolongación de la situación de uso alterno de la vivienda y la conveniencia por ello de facilitar el tránsito a 2 viviendas.
La sentencia Aquí ......

Gastos de comunidad de propietarios de la vivienda familiar en caso de divorcio

Iustel13/07/2018
Debe abonarlos el titular del inmueble, salvo acuerdo en contrario.
En el supuesto de autos, la sentencia de divorcio atribuyó el uso de la vivienda familiar, de carácter ganancial, a la esposa y a los hijos, sin especificar la proporción en que los cónyuges propietarios del inmueble deberían satisfacer los gastos inherentes al mismo. Tanto la sentencia de primera instancia como la de apelación, con base en diversas sentencias de Audiencias Provinciales, entendieron que era la esposa usuaria del piso la que había de hacerse cargo de las cuotas de la comunidad de propietarios, por ser el usuario el beneficiario de los servicios que se sufragan con tales cuotas.
La Sala 1.ª estima el recurso interpuesto por la esposa, considerando que hay que distinguir entre gastos que se derivan del uso del inmueble y gastos correspondientes a la propiedad del inmueble. Respecto de los primeros (como son los referidos a servicios de luz, agua, gas, teléfono...), deben ser asumidos por el cónyuge usuario, si bien una parte proporcional habría de ser computada como gasto de los hijos a los efectos de la fijación de la pensión de alimentos. En relación con los gastos derivados de la propiedad, como son los de comunidad y el impuesto sobre bienes inmuebles, que tienen carácter propter rem, corresponden al propietario. A falta de acuerdo o determinación en las medidas definitivas ha de considerarse que la deuda va unida a la propiedad del inmueble.
Dado que, en el caso, era la sociedad de gananciales la titular del inmueble, es la misma la que ha de hacerse cargo de la deuda y, por tanto, procede reembolsar a la esposa el 50 % de lo abonado por tal concepto.
La sentencia AQUI ....

viernes, 13 de julio de 2018

reparto de inmuebles en herencias o divorcios: Hacienda quiere cobrarte 2 veces

Redacción, 12 julio 2018,
En una separación de bienes en caso de una herencia o un divorcio suele haber inmuebles de por medio que toca repartir entre los herederos o propietarios. A estos casos ya complicados de por sí, se une que Hacienda ha decidido cobrar 2 veces el impuesto de AJD a la persona que se quede con la casa (el inmueble tipo en la mayoría de casos), al considerar que se producen 2 operaciones diferentes que debe pagar: la extinción de condominio y el exceso de adjudicación.
Para los herederos que se encuentren en el proceso de reparto de bienes o para aquellas parejas que estén en plena separación de divorcio, deben tener en cuenta que a partir de ahora se les puede tributar 2 veces por los Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuando se produzca la repartición de los inmuebles o de aquellos bienes que sean indivisibles, tras una reciente resolución de la Dirección General de Tributos.
Los abogados de Ático Jurídico aclaran en qué situación se produce este caso, por qué Hacienda aplica ahora este criterio y qué deben hacer los contribuyentes que se vean beneficiarios del inmueble.
En la mayoría de las herencias o en los casos de separación, siempre hay uno o varios inmuebles que tienen varios propietarios. Cuando llega la hora del reparto de estos bienes indivisibles suelen surgir discrepancias y problemas entre los herederos y las parejas que se están separando. Lo normal es que siempre haya un beneficiario del bien que tendrá que compensar al resto en metálico. A esto se le conoce comúnmente como la extinción de condominio.
El otro caso es que decida venderse el inmueble y repartir la ganancia entre todos los herederos o beneficiarios que se están separando.
Pero en el caso de que unos de los herederos o una de las partes de la pareja decida quedarse con el inmueble, además de compensar a la otra parte en metálico, deberá hacerse cargo de los impuestos relativos al exceso de adjudicación.

¿Cómo tiene que actuar el beneficiario en estos casos?
“Hasta ahora, el criterio de Hacienda era el de considerar que este exceso de adjudicación no debía tributar como una verdadera transmisión, ya que el mismo obedecía a la imposibilidad de realizar un reparto de bienes diferentes, más que a una venta del inmueble”, afirma José Mª Salcedo, socio abogado de Ático Jurídico.
Y aclara, “como los inmuebles son bienes indivisibles y que desmerecen mucho su valor en caso de división, no tributan por la modalidad de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), sino por la de Actos Jurídicos Documentados (AJD), con un tipo impositivo menor, que ronda entre el 1% y el 2% del valor del inmueble”.
Sin embargo, una resolución de la Dirección General de Tributos del pasado mes da abril considera que se producen 2 operaciones en estos casos, y que deben tributar por separado.
Por un lado, se produce la extinción de condominio, que como hemos explicado anteriormente se produce cuando los inmuebles se adjudican a uno o algunos de los propietarios, compensando al resto en metálico.
“En estos casos no se entiende que hay transmisión, y la disolución patrimonial tributará sólo en la modalidad de AJD con su cuota gradual. La base imponible será el valor declarado de los inmuebles. Los sujetos pasivos del impuesto serán los comuneros, por los inmuebles que se les adjudiquen”, aclaran desde Ático Jurídico.
Por otro lado, y con el nuevo criterio de Hacienda, se produce una 2ª operación con el exceso de adjudicación. Que también le tocara tributar por la cuota gradual de AJD. En este caso, la base imponible será el valor del exceso de adjudicación, y el sujeto pasivo serán los que se adjudiquen los inmuebles.
“A nuestro juicio, tal interpretación no tiene sentido alguno, ya que solo hay una única convención, que es la extinción del condominio, y no 2, como considera la Dirección General de Tributos. El exceso de adjudicación no puede ser tratado como una operación independiente, y susceptible de tributar de forma autónoma, cuando tan sólo es una consecuencia de la división patrimonial”, destaca José Mª Salcedo, de Ático Jurídico.
Desde el despacho de abogados ofrecen 2 opciones a los afectados:
Si se asume el criterio de Hacienda, y tributar 2 veces se puede solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada, y la devolución de ingresos indebidos. Dentro de los 4 años posteriores, contados desde el último día de plazo que tenían para presentar la autoliquidación.
La otra opción es seguir como hasta ahora y pagar una única vez por el AJD por la extinción de condominio como hasta ahora. “Si Hacienda comprobara la operación y pretendiera hacer tributar en el AJD también por el exceso de adjudicación, se puede recurrir la liquidación que se dicte. Consideramos que las posibilidades de éxito son elevadas, y que lo normal será que dicho criterio no resista el examen de los Tribunales”, concluyen desde el despacho de abogados.

jueves, 12 de julio de 2018

Capitulaciones matrimoniales en las Monarquías europeas

Carlos de Inglaterra y Diana de Gales, el divorcio que puso de moda los contratos prenupciales.
Tras 15 años de matrimonio, el heredero al trono británico y la «princesa del pueblo» pusieron punto final a su matrimonio con un histórico acuerdo de divorcio en el que la princesa salió ganando.
E.B., MADRID, 12/07/2018
En 1992, mientras España disfrutaba de sus Juegos Olímpicos en Barcelona y su Expo de Sevilla, Carlos de Inglaterra vivía «una especie de tragedia griega». Así explicaba el hijo de Isabel II a Nancy Reagan, ex 1ª dama de los Estados Unidos, su matrimonio con Diana de Gales.
Histórica fue la boda e histórico fue el matrimonio de 3 del heredero al trono británico y la «princesa del pueblo». El «affaire» del príncipe con Camilla Parker-Bowles, hoy su mujer, fue un auténtico bombazo en Reino Unido que derivó en un mediático divorcio. 4 años tardaron Diana de Gales y el palacio de Buckingham en llegar a un acuerdo. El 12 de julio de 1996, la oficina de prensa de la Reina de Inglaterra anunció la disolución «amistosa» del matrimonio. Un acuerdo obligado a encajar a la madre de los herederos en la Familia Real.
Según el texto oficial distribuido por el palacio de Buckingham, Diana de Gales perdería el tratamiento de Alteza Real pero «será contemplada como un miembro de la Familia Real por lo que, de vez en cuando, y como en el caso de otros miembros, recibirá invitaciones de la propia soberana o del Gobierno. En estas ocasiones, la princesa recibirá el tratamiento del que ha disfrutado hasta el presente». Esa fue la fórmula encontrada por los abogado para mantener dentro de la realeza a Lady Di y evitarse así futuros problemas de protocolo.
Diana de Gales perdió también su despacho en el palacio de St. James, instalando su oficina en su nuevo hogar, el palacio de Kensington, pero consiguió algo más importante: la custodia compartida de Guillermo y Harry de Inglaterra, quienes vivirían con ella. Además, la princesa tendría derecho a utilizar el Real Escuadrón en sus vuelos oficiales, así como todas las insignias, órdenes y demás títulos. Por supuesto, Diana de Gales se llevó también sus joyas, que tras su muerte heredaron sus hijos y que ahora están a disposición de sus nueras, Catalina de Cambridge y Meghan Markle.
En cuestión monetaria, una cláusula de confidencialidad impedía a Diana de Gales desvelar los detalles económicos del divorcio. Con el paso de los años, se reveló que la princesa consiguió una indemnización de 17 millones de libras y una pensión anual de 400.000 libras. Según reveló Geoffrey Bignell, el entonces asesor financiero de Carlos de Inglaterra, el príncipe tuvo que pedir ayuda a su madre para afrontar los reclamos financieros de su exmujer. «La princesa Diana se llevó hasta el último céntimo que tenía. Me dijo que lo vendiera todo, todas las inversiones», reveló Bignell.
Firmar antes para no llorar después
El divorcio de Carlos de Inglaterra y Diana de Gales puso el foco en los acuerdos prenupciales. Pocos son los millonarios que se atreven a dar el «sí, quiero» sin antes acordar qué pasará con la fortuna común en caso de divorcio. Hay quien incluso acuerda la pensión en función de los niños o niñas que nazcan del matrimonio.
Y así llegamos al año 2005, cuando Carlos de Inglaterra preparaba su 2ª boda con, esta vez sí, el gran amor de su vida, Camilla Parker-Bowles. Como era de esperar tras su experiencia con Diana de Gales, el palacio de Buckingham -es decir, la Reina de Inglaterra- propuso al novio firmar un acuerdo prenupcial con su prometida. ¿La respuesta? No. El príncipe de Gales se negó a discutir los términos del divorcio con la ahora duquesa de Cornualles ya que, tras tantos años de relación, no creía que lo suyo fuera a terminar en divorcio.
La aversión de su padre a este tipo de documentos la heredaron Guillermo y Harry de Inglaterra, quienes tampoco quisieron firmar nada antes de sus bodas con Catalina de Cambridge y Meghan Markle. Una libertad, la de negarse, que no tienen otros príncipes y herederos europeos.
Pocos quisieron vivir el mismo problema que Margarita de Dinamarca, quien se vio obligada a proporcionarle 2 mansiones, el condado de Frederiksborg, joyas -incluía una tiara que fue vendida para disgusto de la reina- y una pensión de más de 30.000 dólares mensuales a Alexandra Manley, 1ª esposa del príncipe Joaquín y madre de sus 2 hijos mayores, Félix y Nicolás.
Tras el escándalo que supuso para los daneses tener que mantener a una mujer que ya no era miembro de la Familia Real, Margarita de Dinamarca obligó a la princesa Mary, esposa de Federico de Dinamarca, y a la princesa Marie, 2ª esposa de Joaquín, a firmar estrictos contratos prematrimoniales.
También Máxima de Holanda estampó su firma en un documento de este tipo. Según los periodistas Soledad Ferrari y Álvarez Guerrero, la reina perdería la custodia de sus hijas en caso de divorcio y recibiría una pensión de casi 1 millón de dólares anuales.
Mejor parado sale el príncipe Daniel, marido de Victoria de Suecia. En caso de divorcio, repartirán todo aquello que hayan comprado para la casa que comparten, ya que se casaron en régimen de separación de bienes. El acuerdo es público, ya que se tramitó directamente en el Parlamento Sueco. En caso de divorcio, Daniel no recibiría pensión, pero compartiría la custodia de sus hijos.
Aunque sin duda, el peor acuerdo prenupcial de la realeza europa lo firmó Sofía Hellqvist. La esposa del príncipe Carlos Felipe de Suecia perdería sus títulos de princesa de Suecia y duquesa de Varmland, recuperando su apellido de casada. A su cargo quedarían todos sus gastos, pues no recibiría pensión mensual, y la custodia de sus 2 hijos correspondería al padre. Además, al ser los 2 príncipes de Suecia, su educación quedaría a cargo de los Bernadotte, sin que ella tuviera ni voz ni voto
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miércoles, 11 de julio de 2018

Los hijos de hombres asesinados por sus mujeres también recibirán ayudas

La ley de Familia incorpora en su dictamen a los huérfanos por "violencia conyugal" y no sólo por "violencia de género".
Alexander Cortés, Palma de Mallorca,10.07.2018
La ley de Familia que se aprobará este mes en el Parlament incluirá finalmente que los hijos de hombres asesinados por sus mujeres también recibirán ayudas.
La Comisión de Asuntos Sociales incorporó ayer una enmienda de Ciudadanos con los votos a favor de PP, El Pi y Més per Menorca además de los del partido de Albert Rivera para ampliar las ayudas previstas inicialmente para menores huérfanos por la violencia de género, hijos de parejas en las que el padre asesina a la madre, a huérfanos por violencia conyugal, hijos de parejas en las que es la madre quien asesina al padre y que no estaban incluidos en la ley hasta la fecha. La iniciativa contó con el voto en contra de PSIB, Més per Mallorca y Podemos. Según los datos facilitados en comisión, 14 menores se encontraron en esta situación en 2017 en España.
Más allá de esto, la ley, que se centra en blindar las prestaciones a familias vulnerables y que cuenta con un amplio consenso, llegará a votación con pocos cambios.
El punto en el que hay más división es en el de la custodia compartida como fórmula preferente en caso de que no haya acuerdo entre los progenitores sobre la custodia de los menores. PP, El Pi y Cs mantienen enmiendas en este sentido que han sido rechazas hasta la fecha por el Pacto.

OPinión de un Juez de Familia sobre la actual normativa del divorcio.

DIVORCIOS DE 'PLOMO': UN PROBLEMA SOCIAL OCULTO
Crear juzgados y jueces especializados, elaborar un Código de Familia, fomentar la mediación, el papel de los terapeutas postruptura y de los coordinadores de parentalidad mejoraría enormemente la calidad de la respuesta que se está dando
JOSÉ LUIS UTRERA, Juez de familia, 10 julio 2018,
El divorcio es, tras la pérdida de un ser querido, la vivencia más estresante que puede experimentar cualquier persona. La tensión que todo divorcio supone se dispara si la ruptura familiar –aproximadamente 1 de cada 3– resulta traumática por el enfrentamiento de la pareja, por la duración del conflicto o por la utilización de los hijos menores en las disputas de los adultos. Son divorcios 'de plomo' que lastran la vida emocional de todos los afectados y especialmente de su hijos menores, quienes quedarán marcados para siempre por una ruptura en la que los progenitores anteponen sus intereses –emocionales, económicos– a los de unos niños que solo desean seguir siendo felices, aunque sea en un entorno familiar distinto.
Si bien la decisión de divorciarse pertenece al ámbito más privado de cada persona, las consecuencias de la misma desbordan la esfera estrictamente individual, pues involucran a 3º y tienen una evidente proyección social al afectar a ámbitos tan diversos como el educativo, el laboral, el sanitario o el de servicios sociales. 
Un 'mal divorcio' suele traducirse en menores con problemas (bajo rendimiento escolar, conflictividad social, padecimientos psíquicos), adultos estresados (bajas laborales, usuarios de servicios médicos y sociales) y en un aparato judicial sobreexplotado y desnaturalizado, donde el juez termina convertido en un '3º progenitor dirimente' ante la incapacidad de los padres para adoptar decisiones consensuadas respecto a sus hijos.
Pese al elevado coste social que esta problemática supone, sorprendentemente, no es objeto de atención ni por la ciudadanía ni por los poderes públicos. Los divorcios 'de plomo' no parecen preocupar a casi nadie, pese a que estamos en presencia de una parcela de la realidad muy importante por el número de personas a las que afecta y las secuelas que generan, muchas de ellas para toda la vida. La explicación de esta pasividad podría estar en que el divorcio sigue considerándose como algo privado, de adultos, y un terreno solo para juristas, prescindiéndose de otras consideraciones: el interés prioritario de los menores, la importancia de las perspectivas psicoemocionales o la necesaria intervención de profesionales no jurídicos.
Y basta un ejemplo para ilustrar esa indiferencia social: mientras que cualquier crisis laboral o mercantil de un ciudadano es resuelta por un juez especializado en la materia que aplica leyes específicas, la crisis familiar de ese mismo ciudadano será atendida por un juez al que no se le exige una formación multidisciplinar acorde a la complejidad del conflicto familiar, y que tiene que valerse de un código civil del siglo XIX pensado, sobre todo, para decidir pleitos patrimoniales.
Mejorar la gestión de los conflictos familiares de ruptura y evitar las patologías sociales que acompañan a muchos de ellos no tiene por que aparejar un gasto relevante. Es más, supondrá un ahorro a medio y largo plazo para el Estado. Crear juzgados y jueces verdaderamente especializados, elaborar un Código de Familia(s), fomentar la mediación o reconocer el importante papel que deberían desempeñar otros profesionales y recursos no jurídicos (Puntos de Encuentro Familiar, coordinadores de parentalidad o terapeutas postruptura) mejoraría enormemente la calidad de la respuesta que se está dando actualmente.
En definitiva, se trata de hacer las cosas de otra forma y conseguir que esos divorcios 'de plomo' tengan los menores costes posibles para sus protagonistas y para la sociedad. Y sobre todo, que no impidan a muchos niños y niñas volar felizmente en la vida tras la separación de sus progenitores.

martes, 10 de julio de 2018

Todo lo que debes saber de custodia compartida

JESSICA LÓPEZ, México, Julio 2018
Los niños tienen el derecho de convivir con ambos padres, ello beneficia en gran parte a su desarrollo. Por eso, la custodia compartida adquiere cada vez más relevancia ante casos de divorcio o separación.
En México, entre los años 2000 y 2015, el número de divorcios aumentó 136.4 %. 
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha precisado que en el país hay 1,381,509 personas que viven solas y, de estas, 94.4 % son ex-unidas o solteras, mientras que solo 5 % declararon estar casadas o en unión libre.
Además, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 9.6 % de las mujeres de 15 y más años con hijos nacidos vivos son solteras. En las adolescentes de 15 a 19 años este porcentaje es de 22.8 %.
Estos datos hablan sin duda de la realidad que vive la infancia en nuestro país: el divorcio, o separación de las parejas, es una de las principales causas de trastornos en menores. Un estudio publicado por la UNICEF señala que “las consecuencias pueden ir de moderadas a graves, de transitorias a permanentes y que dependen de los siguientes aspectos:
1. Grado del conflicto previo, especialmente que se involucre o no a los hijos.
2. Ejercicio o no de la crianza conjunta de los hijos.
3. Los efectos del deterioro económico y del estilo de vida.
En este sentido, César Martín, abogado, afirma que “la custodia compartida es la situación ideal para los hijos en el caso de divorcio de los papás”. Sin embargo, agrega: “Cuando no hay una ley que regule algo tiene que ser la jurisprudencia la que lo haga; es decir, sentencias reiteradas del Tribunal Superior que complementan esas lagunas y en las que se basan los juzgados”.
En México, por ejemplo, la custodia compartida no figura como tal en el Código Civil Federal, pero deja abierta su posibilidad:
Art. 416. En caso de separación de quienes ejercen la patria potestad, ambos deberán continuar con el cumplimiento de sus deberes y podrán convenir los términos de su ejercicio, particularmente en lo relativo a la guarda y custodia de los menores.
Art. 417. Los que ejercen la patria potestad, aun cuando no tengan la custodia, tienen el derecho de convivencia con sus descendientes, salvo que exista peligro para estos. No podrán impedirse, sin justa causa, las relaciones personales entre el menor y sus parientes.
LO MÁS IMPORTANTE: QUE EL NIÑO SE SIENTA SEGURO.
Procura por igual el fomento de la seguridad y cuida los factores emocionales, para que el cambio de progenitor-casa no sea causa de preocupación. Así, las idas y venidas pasarán a un 2º plano si como padres dan prioridad a la estabilidad de su hijo, que depende más de las relaciones significativas que de la comodidad a nivel físico o ambiental. Este sistema puede ser el ideal si en cada domicilio las normas y los hábitos son similares. 7 puntos que debes saber de la custodia compartida.
1) Tiene como finalidad que ambos papás continúen con la crianza de sus hijos, pues “la ruptura conyugal no significa el fin de la relación paterno-filial; esto es, el hijo no se divorcia de uno de los progenitores”, afirma Pérez Gándara.
2) Mediante ella ambos papás tienen la custodia legal y física de sus hijos; esto significa que comparten los derechos y responsabilidades en la educación, formación, manutención y toda actividad relacionada con la crianza de los niños, de tal manera que gozan, por resolución judicial, de igualdad en todas las decisiones y acciones relativas a los menores, en igualdad de condiciones.
3) Para que haya custodia compartida debe existir patria potestad, la cual tienen los papás por ley; es decir, ellos son los responsables de cuidar, proteger, alimentar, educar, procurar, representar legalmente y administrar los bienes de sus hijos menores de 18 años. Y solo la pierden cuando no cumplen con sus deberes o cuando su conducta pone en peligro el bienestar del hijo, pero únicamente por sentencia judicial, lo cual también terminaría con la custodia compartida.
4) Los hermanos no pueden separarse y quedar en casas distintas; además, se busca evitar, en lo posible, sustraer a los hijos de su entorno social (amistades, escuela, nivel económico…), por lo que conviene que no haya cambio de domicilio de los papás.
5) Los hijos con más de 12 años o que ya tienen la capacidad y madurez para expresar su decisión, pueden elegir con cuál de los padres vivir. El juez es quien determina, recurriendo a expertos de la conducta, si el niño está en condiciones de tomar la elección o incluso, si esta pudiera ser producto de la manipulación de alguno de los progenitores para destruir su vínculo con el otro (la llamada alienación parental).
6) Los papás son quienes deben proponer la custodia compartida de sus hijos ante el juez de lo familiar, quien podrá hacer las consultas que considere pertinentes a los familiares cercanos de ambos padres, solicitar la opinión de los profesionales o expertos necesarios y hasta entrevistar a los hijos para determinar qué sería lo más benéfico para ellos.
7) El juez es quien determina a cada uno de los papás la contribución para los alimentos de los hijos, considerando su particular capacidad económica. Este plan estaría sometido a evaluaciones periódicas.
Garantías de éxito.
1. Ambos papás deben involucrarse por igual en las actividades y la crianza de sus hijos, compartiendo en igualdad de condiciones las responsabilidades y los derechos.
2. Ambos padres deben tener claro que el divorcio no quita a ninguno su derecho de convivencia con los hijos.
3. Los progenitores deben mantener siempre el respeto entre ellos y hacia cada uno de los hijos.
4. Los papás necesitan tener la suficiente inteligencia emocional para llegar a acuerdos y arreglar conflictos con el fin de facilitar la estructura de horarios, condiciones, frecuencia y todos aquellos detalles que permitan construir un buen convenio de custodia compartida.

Aumenta a 21 el número de víctimas por violencia de género en 2018

ABC, 09/07/2018
Ya son 21 los casos de violencia de género en España a lo largo del 2018. 
El último se ha producido este lunes en la localidad madrileña de Collado Villalba. El detenido de nacionalidad rumana y 59 años, era la pareja de la víctima. Todavía se desconocen las causas de su fallecimento. Ha sido la 4ª víctima en los últimos 3 días.
Fuentes de la Guardia Civil han informado a Efe que el suceso ocurrió la madrugada del domingo al lunes cuando recibieron el aviso de un incidente. Un equipo de Summa se desplazó hasta el lugar de los hechos, la Plaza de la Estación de Collado Villalba y certificó la muerte de la mujer, de 48 años.
Este caso se suma a los producidos este fin de semana en Langreo, Lepe y Madrid. El viernes, la Policía Nacional detuvo a un hombre por la muerte de una mujer en el distrito madrileño de Tetuán. El cadáver de la mujer había sido hallado la mañana anterior. El detenido era su expareja y tenía una orden de alejamiento.
También, el viernes un hombre asesinó a su mujer en el barrio de La Campa, en La Felguera (Asturias) y después se tiró por la ventana del domicilio quitándose la vida. En este caso eran matrimonio y no existían denuncias previas por malos tratos.
El sábado, en Lepe (Huelva), una joven de 24 años moría en manos de su expareja tras una discusión. Había denunciado a su agresor hacía apenas 3 semanas.
En cifras
Andalucía es la Comunidad Autónoma en la que más muertes se ha cobrado la violencia de género. Según los datos proporcionados por la delegación de gobierno para la violencia de género, más del 25% de los casos se han dado en Andalucía, seguido de Madrid, Cataluña y Castilla-La Mancha. En más del 50% de los casos, las víctimas tenían entre 41 y 50 años, y en más del 25% de ellos había denuncia previa.
El año pasado se cerró con un balance de 51 mujeres asesinadas, de las que 12 habían realizado una denuncia previa. La cifra supuso un repunte respecto de las 45 víctimas mortales registradas en 2016, aunque la cifra seguía por debajo de las 60 de 2015, el peor desde 2011.

domingo, 8 de julio de 2018

Divorcio Real: todo lo que perdería la Reina Letizia

Sara Caro, 07/07/2018
Mucho se está hablando del divorcio real entre la Reina Letizia y el Rey Felipe VI. Que si el carácter de Letizia hará que Felipe pida el divorcio, que si el acercamiento de Felipe enfada tanto a Letizia que es capaz de divorciarse, que si la suegra está por medio…, vamos, que parece que la Reina Letizia y Felipe VI tienen graves problemas como podría tenerlo cualquier otro matrimonio, solo que ellos no son cualquiera.
Pero, ¿Qué pasaría si deciden terminar su relación y divorciarse? ¿Qué perdería la Reina Letizia? ¿Y qué ganaría? Si tienes curiosidad por saber cómo sería la vida de Doña Letizia si dejase de ser Reina de España, no te pierdas lo que vamos a decirte a continuación.
1º. La Reina Letizia le diría adiós a sus 2 hijas
Si la Reina Letizia decidiera pedir el divorcio, perdería a sus 2 hijas. Lo pone claramente en el acuerdo prenupcial que firmó antes de la boda. Las niñas pasaría a formar parte de la corona y quedaría bajo la custodia de la Casa Real, ya no de padre, sino de la corona.
No podría escoger nada sobre la educación de las niñas ni tampoco un régmen de visitas. ¿Significaría eso que la Reina Sofía tendría carta blanca para ver a las niñas? Es muy probable. Es por eso mismo por lo que esta situación es la menos beneficiosa para la Reina Letizia y quizá por eso no se plantea pedir el divorcio, que ya sabemos a ella eso de romper matrimonios no se le está mal.
2º. Letizia podría perder su título
En caso de divorcio, es posible que Letizia perdiera su título y que ya no fuese ni Doña Letizia, y mucho menos la Reina Letizia. Algunos dicen que podría llegar a mantenerlo si solo se separa y no se divorcia, pero para estar así casados mejor no estarlo, ¿No es cierto?
Eso sí, Letizia no quedaría desamparada. Le proporcionarían una vivienda y una gran suma de dinero para no tener que trabajar nunca.. Al final, a pesar de todo, haberse casado con Don Felipe VI le soluciona de una forma u otra la vida. Eso sí, como hemos dicho, en caso de divorcio se quedaría sin las 2 niñas.
3º. El rey no puede ser juzgado
Una cláusula muy importante dentro de la constitución que puede dejar sin defensa a la reina Letizia. Según el art. 56 la persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Esta cláusula puede hacer que Letizia pierda ante el caso de un divorcio.
Si llegara el caso de divorcio la que peor va a salir es la reina Letizia. Si llegará a ocurrir, puede terminar sin ver a sus hijas o nietas en un futuro, ya que todo depende de la valoración del rey. Una cláusula que deja sin opciones a la reina Letizia a la hora de luchar por sus hijas.
4º. Más escándalos para la Casa Real
En los últimos años, la Casa Real ha vivido una época de escándalos terribles. Es por eso por lo que la noticia de un divorcio real sería el fin de la monarquía española. Además, el divorcio podría hacer que empeore aún más la imagen de la casa real.
Por errores como estos la Casa Real ha sufrido de muchos problemas como el asesinato de un Elefante por parte del rey Juan Carlos. Además de casos de malversación de fondos en los que estaba involucrada la infanta con su marido.
5º. Educación Militar para Leonor
Se da por supuesto que el heredero al trono tiene que tener cierta instrucción militar, no es necesario tener estudios militares. La princesa Leonor no tendría porque hacer instrucción militar si ella no lo desea.
No hay ningún apartado en el que se haga constancia que los estudios militares con mejores que otro tipo de disciplinas. La princesa podría cursar cualquiera de las enseñanzas que eligiera y estén aprobadas por la casa real.
6º. Letizia no tendría problemas de dinero
En caso de divorcio entre los reyes Felipe VI y Letizia, habría varios puntos a favor de Letizia. La reina obtendría una gran suma de dinero para que pudiera mantenerse. Sería en los hogares elegidos por la casa real para su retiro. Letizia no podría elegir ninguno de estos acuerdos para luchar por sus hija y ya sabemos que sus hijas, para ella, lo son todo. Estas leyes provienen de un pacto firmado a 
la hora de concebir el matrimonio.
Una de las mejores opciones para Letizia si de verdad ocurre el divorcio de ambos. Aunque los rumores se hayan extendido, se les ha visto en público y no han querido hacer ninguna declaración. Seguramente en caso de divorcio el dinero sería lo de menos, ya que también perdería a sus dos hijas.
7º.- ¿Por qué tiene tan sobreprotegidas Letizia a las niñas?
Esta es una pregunta que nos hemos hecho en más de 1 ocasión, y de 2 y de 3. Letizia tiene demasiado protegidas a las niñas y aisladas del mundo exterior. Pero sus hijas, le guste o no le guste, forman parte de la vida mediática del país. Y es por eso por lo que en algún momento, tendrán que salir mucho más a menudo frente a las cámaras.
Esto puede provocar un poco de ansiedad a las niñas ya que pasarán de 0 a 100 en cuestión de horas. ¿Es esto sano? Desde luego que no. Es de todo menos sano. Es por eso por lo que Letizia debería ir dejando que las niñas vayan saliendo en la prensa y se paseen libremente. Al final son eso, solo niñas.
8º. La Reina Letizia y el divorcio
Entonces, ¿Qué es lo que perdería la Reina Letizia? Pues perdería la dotación económica actual, su vivienda actual, los títulos concedidos y a las niñas, que pasarían a forma parte de la corona y serían criadas por su padre y, como no, la abuela patena de las niñas.
Sí que tendría un sueldo vitalicio y una casa en una zona concreta. Tan solo tienes que decidir cuál quieres y la tendrás para toda la vida. Eso sí, sin niñas. También hay que señalar que ella no es el que pone el horario de visitas. Es probable que no te dejasen verlas en un principio.