El principio psicojurídico que gobierna toda acción en un divorcio es
el interés del menor. Este interés se entiende, dentro de un concepto
laxo y difuso, como todas aquellas decisiones que se tomen en la
dirección de favorecer el desarrollo del menor en la suma de las áreas
de su vida (académica, familiar, social, etc.). Como ya hablamos en otro
artículo,
no existe un conjunto de criterios que permitan al Juez determinar qué
debe ser tenido en cuenta y qué no y, ni mucho menos, en qué orden de
importancia en una pericial psicológica sobre custodia compartida. Sin
embargo, la literatura especializada sí ofrece unas variables
fundamentales imprescindibles, sobre las que debemos reposar el resto de
elementos, que he argumentado extensamente a lo largo de mi trabajo en
libros y docencia.
Existen 2 elementos fundamentales que la psicología ha destacado como
variables imprescindibles a tener en cuenta si queremos garantizar al
máximo el bienestar del menor en la situación post divorcio: el
alejamiento de los niños del conflicto adulto y el mantenimiento de sus
vínculos emocionales previos a la ruptura. Decenas de estudios
científicos, técnicamente contrastados y revisados refieren que estos
2 elementos son pilares fundamentales para que el menor disfrute de la
mejor situación emocional tras el divorcio. Tan relevantes son estas
variables que se pueden considerar variables predictivas de tal suerte
que, cuanto más conflicto viva el menor, en peor situación se encontrará
tras la ruptura de la relación de sus progenitores. Las investigaciones
han concluido que las parejas sin conflicto consideran más
positivamente a sus hijos, llegan a más acuerdos entre ellos sobre los
problemas que les afectan y se reparten más su cuidado. Así mismo, los
niños desarrollan un apego más seguro y mayores habilidades sociales.
Los vínculos emocionales, y en concreto el apego, es la relación
especial que el niño establece con otro sujeto a través de las acciones y
actividades que comparten. El 1º en desarrollar una teoría del
apego fue Bowlby en el año 1969, con posteriores revisiones en los años
1973 y 1980. Con ella pretendió explicar y describir, desde un enfoque
evolucionista, de qué modo los niños se convierten en personas
emocionalmente apegadas a sus cuidadores y, por el contrario,
angustiadas cuando son separados de ellos. Bowlby sostenía que el
sistema de apego está compuesto por tendencias conductuales y
emocionales diseñadas para mantener a los niños cerca de sus cuidadores.
Mantenerse cerca de los cuidadores ayudaría a protegerlos de algún
peligro o ataque. Los niños que poseen estas tendencias de apego,
tendrían mayor probabilidad de sobrevivir, de llegar a la edad
reproductiva y traspasar estas tendencias a futuras generaciones.
Figuras significativas para el niño son sus padres, pero también sus
abuelos, tíos, primos y amigos y compañeros de colegio.
Finalmente, la práctica anterior de los progenitores, sus aptitudes
personales al respecto de la crianza, los deseos manifestados por los
menores competentes, el cumplimiento por parte de los progenitores de
sus deberes en relación con los hijos, los acuerdos adoptados por los
progenitores y la ubicación de los domicilios respectivos son variables
que completarían nuestro dictamen.